Fondos
-
4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1838-04-07_Ordinaria. Acta de sesión 1838/04/07_Ordinaria
Acta de sesión 1838/04/07_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.12.996/2.1838-04-07_Ordinaria
Título Acta de sesión 1838/04/07_Ordinaria
Data(s) 1838-04-07 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 188 1. Se dio cuenta de una comunicación circular del capitán general declarando en su fuerza y vigor la Real Orden de 13 de enero de 1836 y por consiguiente la alocución del general Sanjuanera de 9 de diciembre de 1834 bajo las formalidades y seguridades que indica la primera, para que disfrute de la gracia de libertad de la presente quinta de 40.000 hombres todo aquel que aprehenda un faccioso armado [Guerras Carlistas]. En su vista se acordó que se traslade al Jefe político con copia de la Real Orden y circular que cita para que la mande publicar en el BOP. ------ Folla: 188 2. Se dio cuenta de una comunicación del mismo capitán general, manifestando que con fecha 8 de marzo [1838] último, se le dice de Real Orden entre otras cosas, que sin descanso promueva la entrada en los depósitos de los quintos que faltan a los reemplazos (que faltan) de los de 100.000 y 50.000 hombres. Y se acordó que se conteste a SE que el contingente que falta de los 2 quintas en estas provincias corresponde a pueblos que o no tienen absolutamente mozos para cubrirlo, y la pobreza de sus vecinos tampoco permite verificarlo en dinero, o en cuanto algunos si los tienen se hallan emigrados en Portugal en donde no alcanzan las disposiciones de la Diputación para hacerlos venir. La última que puede adoptarse la ha elevado en consulta de SM cuya resolución se espera, según ya se le tienen manifestado a SE. ------ Folla: 188 3. Quedó enterada la Diputación de una comunicación del referido capitán general de que SM por Real Orden ha tenido a bien mandar que para alivio de los pueblos se expidan licencias absolutas sin derecho a reemplazo a los inútiles que se hallaban en sus casas con licencias ilimitadas. ------ Folla: 188 4. Se dio cuenta de una exposición que remite el Jefe político con oficio de Tomás Martínez, Manuel González y otros electores de algunas parroquias que forman el ayuntamiento de Gondomar, pidiendo la nulidad de las elecciones para renovación de concejales por la ilegalidad que ha mediado y con presencia del acta que ha remitido dicho Jefe político. Y oído el dictamen de la comisión, se acordó que, respecto del testimonio de aquella aparece que en la junta electoral no se han nombrado los 2 escrutadores de entre los electores según se previene en el artículo 229 de la ley 3 de febrero de 1823, se declara nula la elección de ayuntamiento verificada en Gondomar en 18 de marzo último, previniendo al alcalde presidente del mismo convoque nuevamente a los electores parroquiales y haga observar el Art. citado 316 de la Constitución del año 1812 y mas resoluciones vigentes, que no sólo prohiben la reelección, sino también el nombramiento de parientes dentro del 4º grado civil en afines y consanguíneos entre los nuevamente electos, cesantes y que quedan, y procedan a la renovación de los 2 alcaldes, 4 últimos regidores y procurador general, sin dar lugar a las quejas que contra el y secretario del ayuntamiento se han elevado a la Diputación. ------ Folla: 189 5. Se dio cuenta de otra instancia que remite el Jefe político con oficio, de Francisco Bertolo, vecino de la parroquia de Dúas Iglesias del ayuntamiento de Forcarei, pidiendo la nulidad de la renovación de concejales por haber sido reelegidos todos los del año último. Y en vista del acta de elecciones, se acordó que, siendo cierto cuanto se expone como resulta del testimonio de dicha acta, conforme con el dictamen de la comisión, se declara nula la reelección y se proceda a verificar de nuevo en sujetos que no tengan parentesco, por consanguinidad y afinidad (entre los con) dentro del 4º grado civil, entre los concejales electos, los que quedan y salen, arreglándose a los decretos y órdenes vigentes. ------ Folla: 189 6. Se dio cuenta de otra instancia de Benito Ferreiro, vecino del distrito del ayuntamiento de Meaño, pidiendo la nulidad de la elección de procurador general, José Besada, siendo primo hermano de José Padín y Lis. Conforme con el dictamen de la comisión, se acordó que, siendo ciertas las razones de parentesco que se exponen, se declara nula la elección de procurador general y que por el presidente del ayuntamiento se convoque 2 electores para nombrar otro ciudadano que no tenga tachas legales. ------ Folla: 189 7. Se dio cuenta de un oficio del presidente del ayuntamiento de Caldas remitiendo el acta de repartimiento de enteros y quebrados entre las parroquias de su comprensión de los 15 quintos que le han correspondido para el reemplazo actual de los 40.000 hombres. Y por cuanto resulta de las diligencias practicadas, no se hizo dicho sorteo de quebrados con arreglo a la ley vigente de reemplazos, se declara nulo y que se proceda a verificar de nuevo conforme en el se previene. ------ Folla: 189 8. Se dio cuenta de una instancia de Juan Manuel Álvarez, vecino de Rubín del ayuntamiento de Cereixo, pidiendo que se obligue a los nº anteriores de su hijo, para que vengan a cubrir la plaza que está sirviendo por la quinta de 100.000 hombres. Y con presencia de los antecedentes y expediente formado sobre este incidente, se acordó que se remita al alcalde de Cereixo el oficio de 20 de marzo último, para que cumpla con lo que en él se le previno, dentro del término de 15 días, bajo apercibimiento de 20 ducados de multa. ------
Ãrea de notas
Nota