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Acta de sesión 1887/01/07_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.006/1.1887-01-07_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1887/01/07_Ordinaria

  • Data(s) 1887-01-07 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 45 (Sres. Limeses vicepresidente, Prada, Lois, Pardo). 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 45 2. Se dio cuenta de la nota de Contaduría referente a la necesidad de hacer una pequeña obra en el lugar - excusado de dicha dependencia, mediante hoy, dadas sus condiciones, la limpieza de la misma es difícil y por lo tanto molesta la atmósfera que en ella se respira y sumamente nociva para los empleados. Añade que llamado un cantero manifestó se comprometía a ejecutar lo necesario por la cantidad de 17,50 pesetas. La comisión teniendo en cuenta que el gasto es insignificante, acuerda se lleve a cabo dicha obra por la referida suma, con cargo a la incluida para material extraordinario en el presupuesto vigente, facultando al efecto al contador para realizarla y recibirla. ------ Folla: 45 3. Visto el expediente sobre pertenencia de unos castaños sitos a las inmediaciones del ex- convento de San Xoán de Poio, que remite el señor gobernador a informe; se acuerda por vía de tal, decir a dicho señor gobernador que en opinión de esta comisión y a evitar sospechas de parcialidad, procede que ante el juzgado del partido y dentro del término que al efecto se le señale, presenten y practiquen los interesados las informaciones que estimen más convenientes sobre la pertenencia de los citados castaños y más particulares que consideren útiles a la defensa de su derecho, con vista de cuya justificación, podrá esta comisión informar sobre el fondo del asunto. ------ Folla: 45 4. Vista la alzada interpuesta por el concejal D. José Maquieira contra un acuerdo del ayuntamiento de Xeve, declarándole incapacitado para ejercer el cargo y con el fin de resolver, se acuerda que el alcalde remita certificaciones de la cantidad líquida que deba el Maquieira por el concepto a que la alzada se refiere. ------ Folla: 45,46 5. Visto el expediente de alzada interpuesta por varios concejales contra el acuerdo tomado por la mayoría del ayuntamiento de Marín, referente al cierre de un sendero en el sitio denominado Canto de Area y resultando de la información suministrada que venía siendo desde años anteriores de servicio general del público, sin que aparezca claro si fue o no interrumpido por los denunciados José Cadillo y Santiago González, puesto que en la denuncia producida por el alcalde de barrio a que se refiere el acuerdo del ayuntamiento se expresa que fue cerrado dicho camino público mientras que en la información suministrada últimamente se expresa que lo intentó cerrar D. Santiago González, en el mes de mayo último y, considerando que es obligación de las corporaciones municipales el conservar el estado posesorio de las servidumbres públicas, corrigiendo las usurpaciones recientes sin perjuicio de lo que resuelvan los tribunales de justicia sobre el derecho de propiedad y de posesión cuando estos sean disputados por particulares; se acuerda informar al Sr. Gobernador que, en concepto de esta comisión, procede revocar el acuerdo apelado, declarando que el Ayuntamiento está en el deber de mantener expedito al tránsito público el camino o sendero a que la apelación se refiere, sin perjuicio del derecho que compete a los interesados sobre la posesión o propiedad para que lo ventilen ante los tribunales de justicia. ------ Folla: 46 6. Vista la cuenta enviada por el alcalde de Oia con los justificantes correspondientes, relativas a la inversión de las 1.500 pesetas concedidas a aquel Ayuntamiento, cuya cuenta arroja un total de gastos de 1.507,11 pesetas. Visto el informe de contaduría y hallándose perfectamente justificada la indicada cuenta, se acuerda aprobarla, sin hacer especial declaración respecto al exceso de 9,10 pesetas, entendiéndose dicha aprobación, con condición de que por la Junta a cuyo cargo estuvo la inversión de fondos remita los 8 sellos móviles de que carecen los recibos números 2,3,4,5,7,20,32 y 33 a fin de legitimar la justificación de los mismos. Se levantó la sesión. ------

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