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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1890-02-24_Ordinaria. Acta de sesión 1890/02/24_Ordinaria
Acta de sesión 1890/02/24_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.007/2.1890-02-24_Ordinaria
Título Acta de sesión 1890/02/24_Ordinaria
Data(s) 1890-02-24 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 54 ( Álvarez Jiménez vicepresidente, González Besada, Limeses, Ruza) 1. Leída el acta anterior fue aprobada. ------ Folla: 54 2. Se dio cuenta del expediente incoado en el Juzgado de 1ª instancia de la ciudad de Santander que remite aquella Comisión provincial para acreditar la demencia que sufre José Castro Gamallo natural de Silleda, que se encuentra accidentalmente en el hospital de dicha población; y se acuerda: 1º- Que se dirija atenta comunicación al señor administrador de contribuciones y rentas de Barcelona, encareciéndole se sirva remitir certificación en que conste, con referencia a los repartimientos y matrículas de subsidio en los 2 últimos años y del presente, las cuotas de contribución con que figure en los mismos D. José Castro Gamallo y Dª Sofía Álvarez, habitante esta última en la calle del Carmen nº 61 de dicha ciudad; y 2º Que se oficie así mismo al Alcalde de Silleda para que con referencia a los repartimientos y matrículas de los mismos años manifieste la contribución que paguen Juan de Castro y Andrea Gamallo, naturales y vecinos de Siador; y caso hayan fallecido los primeros, que informe igualmente si dejaron bienes, si hubo particiones y si se le formó y adjudicó cupo al hijo ausente José Mª Castro Gamallo; y venidos estos datos se resolverá. ------ Folla: 54 3. Se dio cuenta de las municipales del Ayuntamiento de Dozón correspondientes al año económico de 1887-88; y Visto que no se hallan ajustados a lo que previenen las bases 50, 51, 52 y 83 de la circular de la dirección general de administración local de 1º de junio de 1886; se acuerda, de conformidad con lo propuesto por la contaduría, se devuelvan las referidas cuentas al Alcalde de Dozón a fin de que se confeccionen con arreglo a las expresadas bases, en el bien entendido que de no haberlo así se llevará a cabo lo que disponen la 57 y 58 de la misma circular para lo que se le señala un plazo de 4 días a fin de que mande una persona competentemente autorizada que recoja las mencionadas cuentas para que no sufran extravío, debiendo confeccionarse y remitirse a esta superioridad en el de 8 días. ------ Folla: 54 4. La Comisión provincial ha examinado las cuentas municipales del Ayuntamiento de Cangas correspondientes al ejercicio de 1886-87; y hallándolas arregladas a las prescripciones legales sin que por otra parte haya ningún reparo que ponerles a sus justificantes, teniendo además presente que se ha cumplido en ellas lo dispuesto en el art.º 161 y siguientes de la ley municipal; Acuerda de conformidad con lo propuesto por la contaduría manifestar al señor gobernador que a juicio de este cuerpo provincial procede la aprobación definitiva de las referidas cuentas. Se levantó la sesión. ------
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