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Acta de sesión 1891/06/08_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.008/1.1891-06-08_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1891/06/08_Ordinaria

  • Data(s) 1891-06-08 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 161 (Sres. Matos vicepresidente, García Vidal, Otero, Limeses y Nine) 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 161 2. Se dio cuenta del presupuesto carcelario del Partido de Cambados correspondiente al próximo ejercicio de 1891-92 que el señor gobernador remite nuevamente a informe de esta Comisión, acompañándose una solicitud de D. Benigno Enríquez, escribiente de la cárcel de Cambados, en queja de habérsele rebajado su sueldo; y Considerando que no se justifica en manera alguna la necesidad de modificar ni variar las 3 partidas consignadas en dicho presupuesto que han sido objeto de discusión y por último de divergencia entre los vocales o representantes de la junta de partido en el acto de haberse sometido a su deliberación el repetido presupuesto, se acuerda proponer su aprobación al Sr. Gobernador tal como lo ha formado la Alcaldía, o sea en el sentido de mantener firmes aquellas partidas, referentes a la gratificación de 300 pts al médico, al haber de 750 al escribiente por existir un nombramiento hecho a su favor por la dirección general de establecimientos penales señalándole dicho sueldo, y a las 730 para 2 guardias encargados de la custodia de la cárcel. Y que asimismo se encargue lo conveniente para que en el término de 6 meses se ponga dicha cárcel en condiciones de seguridad que permitan la suspensión de los sueldos señalados a los referidos guardias. ------ Folla: 161 3. Visto el expediente instruido con motivo de las expropiaciones que hay necesidad de hacer en el distrito municipal de Poio para la construcción de la carretera de 3º orden de Pontevedra a O Grove, remitido por el señor gobernador a informe de esta Comisión; y resultando que dicho expediente se ha tramitado con sujeción a lo dispuesto en la Ley de expropiación forzosa por causa de utilidad pública, de 10 de enero de 1879 y en el reglamento para su ejecución de 13 de junio del mismo año, sin que haya producido reclamación alguna contra la ocupación de las fincas que hay necesidad de expropiar con el expresado objeto, se acuerda devolver dicho expediente al señor gobernador manifestándole por vía de informe que a juicio de esta Comisión procede decretar la necesidad de la ocupación de las referidas fincas de conformidad con lo propuesto por el ingeniero jefe de obras públicas. ------ Folla: 161,162 4. Visto que a pesar de la circular de esta Comisión de 22 de abril último previniendo a los Ayuntamientos en la misma expresados remitiesen las cuentas municipales corrientes a partir desde el ejercicio de 1886-87, bajo los apercibimientos consiguientes, es hoy el día que solo han cumplido con este servicio, los de A Guarda, Oia y Sayar; se acuerda, de conformidad con lo propuesto por la contaduría oficiar al señor gobernador manifestándole la conveniencia de expedir apremio contra todos los que no han remitido las cuentas municipales correspondientes a los ejercicios anteriores al de 1889-90, concediéndoles al efecto un mes de término para la remisión de las cuentas posteriores a dicho ejercicio, bajo apercibimiento de que en otro caso se expedirá también nuevo apremio contra ellos. ------ Folla: 162 5. Vista la comunicación del arquitecto encargado de las obras provinciales D. Antonio Crespo, manifestando haber obtenido la aquiescencia de la Diputación de Ourense para continuar atendiendo a los asuntos de las de esta Provincia y que, en su virtud, se determine la remuneración que por tal concepto le corresponda. Y la Comisión, atendiendo a que existe incluido en el presupuesto vigente un crédito de 3.000 pts para él haber anual del arquitecto, acuerda conceder al D. Antonio Crespo una gratificación mensual de 250 pesetas que se le satisfará con cargo a la partida indicada; y en cuanto a los gastos de material, abónensele todos aquellos que se ocasionen, previa cuenta justificada que presentará al efecto. ------

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