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Acta de sesión 1892/01/11_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.008/2.1892-01-11_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1892/01/11_Ordinaria

  • Data(s) 1892-01-11 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 37 (Sres. G. Vidal Vicep., Limeses, M. Casal, Otero D.P., López Pérez). 1. Leída el acta anterior fue aprobada. ------ Folla: 37 2. Vista la instancia promovida por D. José Arribas Pazos, contador de los fondos municipales de esta capital e interventor de los de la cárcel del partido que el Sr. Gobernador, en unión del presupuesto carcelario, remite a informe de esta comisión, en súplica de que por dicha superioridad se revoque el acuerdo que reduce a la cantidad de 100 pesetas la de 300 consignada en el referido presupuesto carcelario en concepto de gratificación concedida a dicho funcionario por el mayor trabajo que le produce la contabilidad de corrección pública aumentado con los numerosos presos a disposición de la audiencia y las del presidio correccional; y considerando esta comisión, no existen al presente razones bastantes para modificar el acuerdo adoptado por el Sr. Gobernador que motiva la reclamación del D. José Arribas, toda vez que las consideraciones que aduce el exponente en su instancia son de carácter permanente privado, sin que baste el hecho de anterior disfrute ni aún el considerable trabajo que se dice recompensado para disculpar un cambio de criterio en este cuerpo provincial del que consignó en su informe de 11 de Mayo de 1871, que estimó exagerada la referida gratificación de 300 pesetas concedida por la Junta de partido, acuerda por mayoría manifestar al Sr. Gobernador por vía de su nuevo informe, que se está en el caso de desestimar la instancia producida por D. José Arribas Pazo. ------ Folla: 37,38 3. Se dió cuenta del acta relativa a la reunión efectuada el día 8 del corriente por la Comisión mixta encargada de informar a esta provincial en cuanto se ofrece al proyecto de construcción de un palacio de justicia para el que se concedió una subvención por la Excma. Diputación bajo determinadas condiciones de cuya acta resulta: que los Sres. D. Lorenzo García Vidal y D. Ángel Limeses, con vista del referido proyecto, propusieron que este permaneciese tres días sobre la mesa para su estudio y perfecto conocimiento y los Sres. D. Inocencio Acebedo y D. Felipe Ruza opinan que debe ser ya aprobado o proponerse su aprobación a la Comisión provincial para los efectos del acuerdo de la Diputación de 2 de Abril de 1891, toda vez al fijar la subvención lo hizo con vista y conocimiento de los planos y presupuestos, y ante esta divergencia puesto que los Sres. García Vidal y Limeses insistieron en la necesidad de conocer mejor dicho proyecto, se dió por terminada la referida reunión. Y esta comisión provincial acuerda se consigne que queda enterada. ------ Folla: 38 4. Visto el expediente relativo a la demencia y pobreza de José Migueles Vidal, natural de A Cañiza, y faltando por acreditar el último de dichos extremos por lo que respecta a los padres de dicho alienado; se acuerda rogar al Sr. Gobernador se sirva disponer la instrucción del oportuno expediente al que se una certificación de la cuota con que figuren los padres de aquel en los repartimientos de territorial y subsidio correspondientes al actual ejercicio y los 4 últimos, informando a la vez el párroco, para en vista de estos datos poder resolver esta comisión lo que proceda. Se levantó la sesión. ------

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