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Acta de sesión 1892/06/03_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.008/2.1892-06-03_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1892/06/03_Ordinaria

  • Data(s) 1892-06-03 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 116 (Sres. G. Vidal-Vicep., López Pérez, Otero G.G., M. Casal, Limeses, Otero D.P.). 1. Leída el acta anterior fue aprobada. ------ Folla: 116,117 2. Visto el expediente de expropiación de la casa nº 11 de la calle del Muelle de la ciudad de Vigo, propiedad de D. José Pérez González que el Sr. Gobernador se sirve remitir a esta Comisión para los efectos de la ley de expropiación forzosa. Visto que de dicho expediente aparece que el valor en venta de la indicada finca lo apreció el perito de la administración en 2.930,86 ptas., el del propietario 7.150,77, y el 3º en discordia en 4.268,32, cuya última tasa es la que esta Comisión considera aceptable por hallarla más ajustada al justo valor de dicha casa, y como por otra parte se hubieren llenado todos los trámites que la ley exige para esta clase de expedientes, se acuerda participarlo así por vía de informe al Sr. Gobernador a los efectos que estime oportunos. ------ Folla: 117 3. Se dió cuenta de las comunicaciones de Sr. Gobernador remitiendo las diligencias de las notificaciones practicadas a los médicos D. Nicanor Ocampo Pereira y D. Fermín Alfaya Martinez con fecha 13 y 18 de Abril último referentes a los acuerdos de esta Comisión que declaró rescindidos los contratos celebrados con los mismos por los Ayuntamientos de Soutomaior y Mos respectivamente para prestar el servicio benéfico sanitario en dichos pueblos, y se acuerda que se unan a los expedientes de su razón para los efectos que procedan. ------ Folla: 117 4. Visto el expediente formado sobre inscripción en el libro de registro de extranjeros que solicita D. Luis A. Rodriguez, expediente que el Sr. Gobernador civil remite a informe de esta Comisión. Vista la cédula consular que acredita que el solicitante es súbdito de S.M. el Rey de Portugal. Vistos el art. 9 del R.D. de 17 de Noviembre de 1852, el convenio celebrado entre España y Portugal en 17 de Abril de 1870 y el párrafo 2º, apartado 4º, del art. 1 de la Constitución de la Monarquía. Considerando que el carácter de español se pierde por el solo hecho de adquirir carta de naturaleza en país extranjero. Considerando que según lo establecido por los tratados vigentes entre España y Portugal procede la inscripción del D. Luis A. Rodriguez en el libro registro de extranjeros como súbdito portugués. Se acuerda manifestarlo así, por vía de informe al Sr. Gobernador. Se levantó la sesión. ------

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