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Acta de sesión 1893/08/08_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.009/1.1893-08-08_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1893/08/08_Ordinaria

  • Data(s) 1893-08-08 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 173 (Matos vicepresidente interino, Alfaya, Besada, Millán, G. Otero) 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 173 2. Vista la cuenta general de impresión de listas electorales correspondientes al año actual comprensiva de 214 pliegos a razón de 40 pesetas que importan 8.580 pesetas presentada por el contratista de las mismas Rogelio Quintáns; y visto el recuento y liquidación de dichos trabajos que ha practicado la contaduría de lo que aparece una diferencia de menos respecto a dicha cuenta, de 1,14 pesetas, resultando por lo tanto a favor del indicado contratista la suma de 8.578,86 proponiendo que de esta cantidad se expida libramiento a favor del mismo con cargo al remanente de crédito que para estos gastos existe en el presupuesto de 1892-93 por valor de las 4.499,81 pesetas que importa la impresión hecha dentro del período ordinario de dicho año; y otro libramiento con cargo al presupuesto vigente por las 4.079,05 a que asciende la impresión realizada en el mes de julio último; se acuerda que se efectúe dicho pago en la forma indicada por la referida Contaduría. ------ Folla: 173,174 3. Visto el expediente de demencia instruido por el alcalde de esta capital a Manuela Barcala Solla, en comunicación fecha 21 de enero último. Vista la comunicación del gobernador transcribiendo otra del representante de la compañía arrendataria de tabacos en contestación a lo interesado por esta Comisión sobre la existencia en aquella dependencia de un depósito a favor de Manuela; y resultando que según manifiesta dicho representante, Manuela Barcala, solicitó la compra de 5.000 pesetas nominales en papel amortizable del 4% y cuyos títulos están hoy depositados en la sucursal del Banco de España de esta ciudad a nombre del representante de dicha compañía arrendataria de Tabacos por no saber ella firmar y con encargo de la interesada de no entregarle más que los intereses trimestrales que producen aquellos valores; y considerando que aún prescindiendo de que el expediente de demencia no reúne todas las condiciones legales de su instrucción, Manuel Barcala Solla no es pobre. Se acuerda la devolución del expediente a la Alcaldía de esta capital, y que esta requiera a los parientes más inmediatos de la presunta alienada para que, autorizado legalmente con un nombramiento de curador ejemplar o en la forma que la ley determine, el que le corresponda se haga cargo de tal presunta demente, de la administración de sus intereses y se le obliga al abono de los socorros que hubiese obtenido del Partido judicial si se le hubiesen facilitado, dándole ingreso en todo caso como pensionista, previa la instrucción del correspondiente expediente en el manicomio que mejor les parezca, cuyos particulares debió tener muy en cuenta la alcaldía, puesto que si la Comisión provincial supo los recursos propios con que cuenta la alienada mucho más fácil le hubiera sido a dicha alcaldía. Se levantó la sesión. ------

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