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Acta de sesión 1895/07/06_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.010/1.1895-07-06_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1895/07/06_Ordinaria

  • Data(s) 1895-07-06 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 155 (Sres. José Salgado, Limeses, Nine, Gil, Guerra, Alfaya). 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 155,156 2. Dado cuenta de una comunicación del Sr. Gobernador civil de esta provincia de fecha 11 de septiembre de 1891, en la que interesa la autoridad referida a propuesta de la Junta Provincial de Sanidad que se destine a la Secretaría de dicha Junta la cantidad de 750 pts que para gastos, dispone el art. 53 de la ley de Sanidad vigente, se consignen en los presupuestos provinciales. Visto el recuerdo que para pronta resolución dirige el Gobierno Civil a esta Comisión con fecha 16 de noviembre de 1892, y el que dirige nuevamente con esta fecha. La Comisión definiendo lo manifestado por el Sr. Gobernador civil, acuerda por mayoría que, con cargo a la partida consignada para material extraordinario, se libre a favor de la Secretaría de la Junta de Sanidad la cantidad de 750 pts y que en los años económicos sucesivos se consigne como partida especial dicha cantidad en los presupuestos ordinarios de conformidad con lo dispuesto por el art.* 53 de la Ley de Sanidad de 28 de noviembre de 1855, siempre que esta última parte del acuerdo obtenga favorable censura de la Diputación provincial en su próxima reunión ordinaria. ------ Folla: 156 3. Visto (que) el oficio que dirige el Alcalde de [Ayuntamiento de] Silleda en súplica de que se satisfaga el importe de la subvención de 300 pts concedido para la construcción de un portón sobre el río Gouxa y, visto el informe del Director Jefe de caminos el cual manifiesta que existen obras ejecutadas por valor de 4.000 pts, se acuerda que, con cargo a la partida de subvenciones del presupuesto vigente, se libre a favor del Alcalde de Silleda la cantidad de 2.000 pts, 50% del valor de las obras ejecutadas. ------ Folla: 156,157 4. Visto el expediente formado por el Ayuntamiento de Catoira en súplica de autorización de arbitrios extraordinarios y el informe de la Delegación de Hacienda contrario a la pretensión del citado Ayuntamiento fundándose en que este no ha utilizado el recargo del 50% sobre el impuesto de cédulas y Considerando que el recargo de cédulas no siempre se ingresa en su totalidad por los arrendatarios en las áreas municipales, circunstancia que hace ilusarios los productos del recargo en la mayoría de los casos y Considerando que los Ayuntamientos conocedores de las necesidades de lugar y de las condiciones de los contribuyentes, pueden determinar mejor que ningún otro centro administrativo la clase de impuesto que con menor molestia del contribuyente pueden proporcionar mayores ingresos. Se acuerda manifestar al Sr. Gobernador que en sentir de esta Comisión, si bien por el Ayuntamiento de Catoira no se han utilizado todos los resursos que la ley concede con anterioridad a la imposición de arbitrios extraordinaria, pudiera sin embargo y en atención a las razones expuestas remitir a la superioridad con su favorable informe el expediente de referencia. ------ Folla: 157 5. Visto el expediente instruido por el Ayuntamiento de Meaño con el fin de que se le autorice para la imposición de arbitrios extraordinarios con que cubrir el déficit que le resulta en su presupuesto del presente ejercicio del presente ejercicio económico; y Visto que dicho Ayuntamiento no utilizó los recargos máximos para que la ley autoriza sin que le alcancen para enjugar el déficit de su presupuesto por la Delegación de Hacienda, informar al Sr. Gobernador que a juicio de esta Comisión procede acceder a la pretensión de la referida Corporación municipal, quedando obligada al cumplimiento de lo dispuesto en los art. 119 y 120 del Reglamento de 21 de junio de 1889. ------ Folla: 157 6. Se dio cuenta de la comunicación del Alcalde de esta Capital acompañando certificación de un acuerdo del Ayuntamiento [de Pontevedra] fecha 4 de junio último por el que se solicita una moratoria en dos años para satisfacer la cantidad de 30.741´57 pts que por atrasos adeuda aquel municipio a fondos provinciales. Y atendiendo esta Comisión las causas que dificultaron en parte satisfacer entre otras la atención de que se trata, acuerda conceder la moratoria de un año a dicho Ayuntamiento para la solvencia del descubierto referido, cuyo pago deberá efectuarse en 4 partes en cada uno de los 4 trimestres del presente ejercicio económico a la vez que se realice el importe de lo correspondiente a este mismo período. ------ Folla: 157,158 7. Se dio cuenta de la instancia suscrita por los Alcaldes de los Ayuntamientos de Cambados, Sanxenxo, Meaño, Ribadumia, Meis y Vilanova en súplica de que se proceda a la ejecución de las obras que aun faltan por realizar en el camino de 1º orden nº 8 del plan, denominado de Noalla a Caldas; y Visto lo informado por el Director Jefe de caminos provinciales, se acuerda fijar el plazo de ejecución de dichas obras en 6 meses y remitir el proyecto de las mismas a dicho funcionario fin de que formule el pliego de las condiciones económicas que han de regir en la contrata. Se levantó la sesión ------

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