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Acta de sesión 1895/08/02_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.010/1.1895-08-02_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1895/08/02_Ordinaria

  • Data(s) 1895-08-02 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 168 (Sres. José Salgado Vicepresidente, Limeses, Guerra, Alfaya, Nine, Gil). 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 168 2. Vista la instancia producida por D. Diego Estévez, contratista de las obras para la traída de aguas del Palacio Provincial en súplica de que se le devuelva la fianza que ha constituido para garantir el cumplimiento de su contrato. Y la Comisión, atendiendo a que se han terminado las obras y recibidas definitivamente habiéndose practicado la correspondiente liquidación y acreditado que satisfizo la contribución industrial, acuerda declarar exenta de responsabilidad la fianza que en garantía del cumplimiento del contrato ha constituido con fecha 2 de agosto de 1894 en la Caja de Depósitos de esta provincia el D. Diego Estévez, a disposición del Sr. Gobernador, consistente en 272´50 pts, y que le sea devuelta al interesado toda vez que carece ya de objeto. ------ Folla: 168,169 3. Se dio cuenta de una comunicación del Sr. Gobernador excitando a esta Comisión a que facilite algún auxilio para socorrer a numerosas familias absolutamente pobres que se encuentran en el balneario de A Toxa, completamente abandonadas y entregadas a la caridad de las familias pudientes que allí existen. Y en vista del a excitación del Sr. Gobernador, se acuerda conceder una subvención de 500 pts con cargo al capítulo de calamidades públicas librándose dicha cantidad a favor del referido Sr. Gobernador para que por si o personas que crea convenientes se encarguen de atender a las necesidades de esas familias pobres que se encuentran en el balneario indicado. ------ Folla: 169 4. Se dio cuenta de la comunicación del Sr. Gobernador trasladando otra del alcalde de Marín y certificaciones referentes a la presunta perturbación mental de Andrés Fernández Martínez de 63 años de edad, viudo natural de la parroquia y Ayuntamiento de Bueu, interesando la reclusión provisional de dicho enfermo en el manicomio; y Visto que ni se acompaña el auto judicial decretando esa reclusión según determina el Real Decreto de 19 de mayo de 1885 ni se justifica la condición de pobreza del Fernández Martínez, se acuerda que el alcalde de Marín lo ponga a disposición del de Bueu a fin de que éste gestione del Juzgado de Instrucción del partido, la instrucción del oportuno expediente a que se refiere el indicado RD y dicte en su virtud la providencia que estime procedente para en su vista, así como del expediente de pobreza que esta alcaldía debe a su vez instruir, resolver esta Comisión si procede o no su ingreso por cuenta de fondos provinciales. ------ Folla: 169 5. Vista la comunicación del Presidente de la Junta de Beneficencia de Vigo participando hallarse terminadas las obras de instalación del a Cocina Económica en aquella ciudad y hecha la liquidación de las mismas, por lo que solicita el pago de la subvención de 1.000 pts concedidas al objeto por la Diputación en sesión de 2 de abril último. La Comisión, a fin de que se cumplan las formalidades de contabilidad, acuerda reclamar previamente de la indicada Junta la liquidación de dichas obras con la aprobación correspondiente, para en su vista resolver lo que proceda. ------ Folla: 169,170 6. Vista la relación de estancias causadas por los dementes pobres de esta provincia recluidos en el Manicomio de Conxo durante el mes de junio último importantes 3.486 pts y hallándose conformes con los datos existentes en estas oficinas, se acuerda, de conformidad con lo propuesto por la Contaduría, que se satisfaga dicha suma con cargo a lo consignado para esta atención en el presupuesto de 1894-1895. ------ Folla: 170 7. Visto que al acordarse por esta Comisión en sesión de 27 de junio [1895] último concederles la gratificación de 300 pts a los sargentos que actuaron en las operaciones de talla de mozos del actual reemplazo y revisiones, se dejó inadvertidamente de ver que solo había consignado para este servicio la suma de 200 pts, se cuerda declarar que aquella concesión se entienda solo por las 200 pts. Se levantó la sesión. ------

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