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Acta de sesión 1896/07/13_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.010/2.1896-07-13_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1896/07/13_Ordinaria

  • Data(s) 1896-07-13 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 185 Señores: Neira, Álvarez, Iglesias, Garrido, Pereira. 1. Leída el acta anterior fue aprobada. ------ Folla: 185,186 2. Visto el expediente de subasta de arbitrios municipales formada por el Ayuntamiento de Redondela, expediente que en virtud de alzada entablada, remite a informe de esta comisión, el Sr. Gobernador Civil. Resultando que anunciada la primera subasta resultó desierta y verificada la segunda previos los anuncios que la ley establece, se presentaron posturas dentro del tipo para seis de los siete grupos en que se dividió el impuesto de arbitrios. Resultando que en dicha segunda subasta no se hizo adjudicación provisional a pretexto de dudas que se suscitaron en el ánimo de las que presidían el acto, el cual fue suspendido después de terminado el plazo de licitación. Resultando que el Ayuntamiento de Redondela en sesión extraordinaria de 27 de junio y en vista de instancia presentada por D. Avelino Giraldez en que se ofrecía más ventajosa postura, acordó que al siguiente día se celebrase nueva subasta, como así se verificó, haciéndose la adjudicación provisional a favor del D. Avelino Giraldez. Resultando que contra tal resolución se interpone recurso para ante el Sr. Gobernador. Considerando que con arreglo a lo dispuesto por el Real Decreto de 4 de enero de 1883, todas las subastas que celebren las Corporaciones municipales, deben anunciarse con un plazo que en ningún caso puede bajar de 10 días y que en consecuencia debe estimarse como nula y de ningún valor y efecto la celebrada el día 28 de junio último. Considerando: que la referida subasta no puede considerarse como continuación de la segunda, ni menos esta puede estimarse como suspendida, toda vez que el referido RD de 4 de enero de 1889 preceptúa de una manera clara y terminante que en el acto de la subasta se haga la adjudicación provisional. Considerando que las proposiciones presentadas en el acto de la segunda subasta, lo fueron con arreglo a lo prevenido en la ley, y dentro del pliego de condiciones, y que no existe en consecuencia defecto legal que las invalide. Se acuerda manifestar al Sr. Gobernador, que en sentir de esta Comisión procede declarar la nulidad de la subasta celebrada el día 28 de junio último y en consecuencia acordar la adquisición definitiva a favor de los que resultaron mayores factores en la segunda subasta verificada por el Ayuntamiento de Redondela para el acuerdo del impuesto de arbitrios. ------ Folla: 186 3. Vista la renuncia que del cargo de cajero de Instrucción Pública presenta el depositario de fondos provinciales, fundado en el exceso de trabajo que dicho encargo lleva consigo y en la exigua retribución que por el percibe, se acuerda aceptar la renuncia presentada y nombrar para dicho cargo, con carácter interino, a D. Telesforo Fonseca Buceta con el haber anual de 1.755 pts sin ningún otro emolumento ni por concepto de material, ni por descuento de moneda, debiendo prestar el interesado antes de su posesión, fianza por valor de 5.000. ------ Folla: 186 4. Visto el modelo de un sable artístico formado por el platero de Vigo D. Enrique Pérez, y que presentan a esta Comisión los vocales Señores Neira e Iglesias, comisionados para dar cumplimiento al acuerdo de la Excma. Diputación, por el que se ofrece tal objeto como prenda de simpatía al Coronel D. Antero Rubín, y visto que el importe del referido sable es de 3.000 pts, con empuñadora de oro y hoja labrada, se acuerda aprobarlo y que se proceda a su construcción. ------ Folla: 187 5. El escultor D. José Martínez Barciela regala a esta Comisión provincial un busto en yeso del Excmo. Sr. Marqués del Pazo de la Merced [Elduayen] y con objeto de que sirva de estímulo a sus trabajos artísticos y como remuneración de los ya efectuados, se acuerda que se libre a su favor la cantidad de 2.000 pts, con la obligación de entregar a esta Comisión un busto del Excmo. Sr. D. Eugenio Montero Rios, en forma igual a la del busto presentado. ------ Folla: 187 6. El Sr. Gobernador remite a informe de esta Comisión el recurso de alzada entablado por D. Joaquín Álvarez Vidal, contra acuerdo del Ayuntamiento de O Grove, que le obliga al derribo de una caseta; y Resultando que el recurrente construyó una caseta en la Illa da Toxa, en el año de 1887 y en la ribera de la citada Isla, previo el permiso que con arreglo a lo dispuesto por la Ley de Puertos de 7 de mayo de 1880 le fue concedido, con la expresa condición de que la construcción que se proyectaba había de ser destinada a balneario. Resultando de los informes recibidos por el Ayuntamiento de O Grove que la caseta de que se trata, viene dedicándose a hospedería. Considerando que el terreno ocupado con la construcción de la caseta no puede dedicarse a otro objeto, ni ser utilizado en forma distinta que la autorizada por la concesión administrativa. Se acuerda manifestar al Señor Gobernador que en sentir de esta Comisión procede confirmar el acuerdo del Ayuntamiento de O Grove que motivó este expediente. ------ Folla: 187 7. Vistos los planos, condiciones, presupuestos y memoria remitidos por el Ayuntamiento de Redondela, de varios caminos vecinales de aquel distrito, documentos enviados en virtud de lo acordado por la Diputación en 5 de noviembre último, concediendo a dicho municipio una subvención para las obras de reparación del camino que desde la antigua carretera conduce a Soutomaior, se acuerda haber por cumplida la condición impuesta al Ayuntamiento citado por la referida resolución de 5 de noviembre y que se devuelvan los documentos de referencia. ------ Folla: 187,188 8. Vista el acta de la subasta celebrada el 10 del actual para la construcción de obras de reparación del edificio que ocupa el Instituto de 2ª Enseñanza de esta capital de la que resultó mejor postor D. Diego Iglesias que se comprometió a ejecutar dichas obras por la suma de 5.900 pts, se acuerda aprobar dicha subasta y adjudicar definitivamente el remate al D. Diego Iglesias. ------ Folla: 188 9. Vista la cuenta presentada por los comerciantes de esta ciudad, srs. García y Campo, correspondiente a la adquisición de efectos que fueron necesarios para la Audiencia de lo Criminal de esta Ciudad, importante 927´15 pts, se acuerda aprobarla y que se satisfaga su referido importe con cargo al capítulo 7º art. 1 del presupuesto de 1895-96. ------ Folla: 188 10. Vistas las cuentas municipales del Ayuntamiento de Tomiño, correspondientes al año económico de 1889-90 así como los reparos puestos a las mismas por la Contaduría, se acuerda se remita al alcalde un pliego de dichos reparos a fin de que sean solventados por los respectivos cuentadantes en el plazo de 15 días, encargándole que de hecho devuelva todo con dicho pliego, contestado al margen, para en su vista resolver lo que proceda. ------ Folla: 188 11. Se dio cuenta de la instancia dirigida a la Corporación provincial por D. Eliseo Ozores Camino, abad de Santiago de Vigo, en súplica de que por fondos de la provincia, se le conceda algún auxilio para poder proseguir las obras de construcción del nuevo templo parroquial; Y la Comisión atendiendo las razones expuestas por el recurrente; acuerda conceder la subvención de 2.000 pts al objeto indicado. ------ Folla: 188 12. Vista la instancia que en representación del Ayuntamiento de Lavadores dirige a esta Comisión el alcalde del mismo, D. Tomás Soto, en súplica de que por fondos provinciales se abone el importe de 4.527´37 pts con destino a las obras de reforma y ensanche del camino vecinal de aquel distrito que da servicio continuo a la Iglesia y cementerio parroquial de dicho pueblo. Y la Comisión acuerda conceder la subvención que se solicita, entendiéndose que no será efectiva esta resolución hasta tanto no sea aprobada por la Excma. Diputación. ------ Folla: 188,189 13. Vista la comunicación del alcalde de Silleda en súplica de que se le facilite el personal facultativo de Caminos provinciales para proceder al replanteo de las obras del camino de unión de aquel pueblo con Camporrapado y adición de las condiciones técnicas y económicas del proyecto de las mismas, para la consiguiente licitación pública; se acuerda autorizar al sr. Director Jefe de Caminos de la provincia para proceder a las obras de referencia. Se levantó la sesión. ------

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