ATOPO
Registros actuales: 1.625.393
Objetos digitales disponibles: 504.762

Acta de sesión 1899/06/02_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.012/1.1899-06-02_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1899/06/02_Ordinaria

  • Data(s) 1899-06-02 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 102 Señores: Iglesias, Vicepresidente. Boente. Otero. Fernández. Nine. Garrido. 1- Leída el acta anterior fue aprobada En cumplimiento de los prescripto en el art. 3 del Real Decreto de 12 de mayo del corriente año, esta Comisión acuerda designar para el despacho de asuntos ordinaios en el presente mes los días 3, 9, 10, 16, 17, 23, 24, 28 y 30. Publíquese la oportuna circular. ------ Folla: 102,103 2- Don Camilo Romero Pinal, contratista de bagajes en el año actual, acude a esta Comisión exponiendo que la repatriación de las tropas y llegada del batallón de topógrafos a esta capital, así como los movimientos de fuerza a que dió lugar la guerra de Cuba, causáronle como contratista del referido servicio lesión enormísima en sus intereses, la cual no le fuedado preveer al timpo de la subasta y suplicando, por último, se le conceda la cantidad de 2.000 pts como indemnización de las pérdidas sufridas, y esta Comisión reconociendo la certeza de los hechos y los mayores gastos que el presente año económico impuso el servicio de bagajes, como quiera que no hay razón de urgencia que aconseje la concesión que se solicita, se abstiene de adoptar resolución definitiva, acordando proponer a la Excma. Diputación, que por razones de equidad y en justa compensación al buen servicio prestado por el D. Camilo Romero Pinal, el cual ha cumplido fielmente las obligaciones de su cargo, se sirva acordar se le conceda una indemnización de 1.000 pts, a cuyo efecto se dé cuenta de este acuerdo a la Excma. Diputación en la primera sesión que celebre. ------ Folla: 103 3- Visto el expediente instruido por el Ayuntamiento de Baiona, sobre ensanche del campo destinado a mercado de Sabarís, en la parroquia de A Ramallosa, resultando que el expediente se halla completamente ajustado a las disposiciones vigentes y que la adquisición del terreno necesario para el indicado ensanche, puede hacerla el Ayuntamiento sin el requisito de subasta por hallarse en el caso de excepción nº 3 del art. 36 del Real Decreto de 4 de enero de 1883, se acuerda informar al Sr. Gobernador, que procede preste su aprobación al referido expediente y conceda autorización al Ayuntamiento de Baiona para que pueda otorgar la correspondiente escritura con los propietarios de los terrenos necesarios para realizar el ensanche del mercado que citado queda. Se levantó la sesión. ------

Área de notas

  • Nota

Puntos de acceso

Área de control da descrición