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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1888-05-22_Ordinaria. Acta de sesión 1888/05/22_Ordinaria
Acta de sesión 1888/05/22_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.006/2.1888-05-22_Ordinaria
Título Acta de sesión 1888/05/22_Ordinaria
Data(s) 1888-05-22 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 129 (Guerra vicepresidente interino, Mucientes, Otero, Nine) 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 129,130 2. Se dio cuenta de una comunicación del alcalde de Salvaterra, manifestando que en 1º del actual y después de un escrupuloso examen, acordó aquel ayuntamiento declarar deudor a los fondos municipales por la cantidad de 3.622,78 pesetas, al ex-depositario recaudador Manuel Queimadelos por su gestión en dichos cargos en los años de 1884-85 a 1886-87, siéndole admitidas las cuentas respectivas, sin perjuicio de admitirle también los recibos pendientes de cobro que existen en su poder, de los cuales se supone resulta a el resto al completo de lo que adeuda a fondos provinciales, según el citado Queimadelos asegura: que en 3 del mismo mes se le notificó dicho acuerdo y previno la entrega de la cantidad y recibos indicados en el término de 3 días; y que como no lo hubiese verificado aún el 8 se dictó nueva providencia con el mismo fin, que le fue notificada. Que no habiendo dado cumplimiento alguno, en 16 se acordó continuar los procedimientos de apremio contra Queimadelos, siendo requerido en 18 para que ingrese en las arcas municipales la referida cantidad conforme al art.º 61 de la instrucción de 20 de mayo de 1884; y que es de presumir que Queimadelos acuda en queja, según acostumbra, a fin de detener los procedimientos de apremio, causándose así al Ayuntamiento los vejámenes consiguientes por lo que pide se repelen las capciosas pretensiones del citado deudor. El anterior extracto de la comunicación del alcalde de Salvaterra si bien pone de manifiesto las gestiones que el Ayuntamiento ha hecho para hacer efectivos los descubiertos en que se halla el ex-recaudador Queimadelos liquidándole su cuenta y admitiéndole recibos que aún no están hecho efectivos no resuelve sin embargo el ingreso por lo que fue apremiado el Ayuntamiento y del que se halla en suspenso para de 3 meses en cuyo tiempo pudo realizar esos mismos recibos que se hallan en descubierto sin perjuicio de seguir los demás procedimientos que creyese oportunos contra el citado ex-recaudador; y como esta gestión es completamente independiente de la que la Diputación tiene en ejecución contra el Ayuntamiento de Salvaterra, de ahí el que esta Comisión acuerda prevenir nuevamente al alcalde que sin perjuicio del apremio y ejecución que está en el caso de ejercer contra el deudor, debe no obstante ingresar en la Caja provincial el atraso en que se halla por los débito a la misma, advirtiéndole por última vez que si no lo verifica en el improrrogable término de 8 días continuará la ejecución que se halla en suspenso después de haber transcurrido con bastante exceso el plazo que se le ha concedido. Se levantó la sesión. ------
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