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Acta de sesión 1937/03/17_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.3.13.162/1.1937-03-17_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1937/03/17_Ordinaria

  • Data(s) 1937-03-17 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 104 1. Bajo la Presidencia de Don Rafael González Besada y con asistencia del Señor Vicepresidente Señor Puig Llamas y Vocales Señores Baquero Pérez, Cerecedo Lapatza, Cunqueiro Montenegro, Durán Gómez, Fernández Torres, Lino Sánchez, Núñez García, Rey Daviña y Troncoso Penedo, celebra sesión la Comisión Gestora de esta Excma. Diputación provincial, siendo las once y treinta y cuatro del día de hoy diecisiete de Marzo de mil novecientos treinta y siete actuando el Secretario de la Corporación Señor Posse García. Se da lectura del acta de la sesión última que corresponde a diez del actual que por unanimidad es aprobada. Seguidamente se procede al despacho de los asuntos que figuraban en el orden del día adoptándose los siguientes acuerdos-. ------ Folla: 104 2. Aprobando cuentas Asilos del mes de febrero último. Aprobar las cuentas de estancias de ancianos en los Asilos de Pontevedra, Caldas, Tui y Vigo correspondientes al mes de Febrero último que importan respectivamente 4.325,90; 556,85; 1.339,80, 1.023,70 pesetas que se librarán con cargo al Capitulo 8º, Articulo 4º del presupuesto. ------ Folla: 104 3. Declarando de abono a D. José Bermúdez el importe de dos carros de leña. Declarar de abono a Don José Bermúdez encargado de la calefacción y en concepto de reintegro el recibo importante treinta y tres pesetas por dos carros de leña para esta Diputación y que ha suplido dicho subalterno, debiendo librarse esta cantidad con cargo al Capitulo Articulo del presupuesto. ------ Folla: 104,105 4. Aprobando cuenta del período voluntario y año de 1936 del Ayuntamiento de Arbo de cédulas. De conformidad con el dictamen de la Comisión de cédulas se acuerda prestar aprobación a la cuenta del período voluntario y año de 1936 del Ayuntamiento de Arbo que rinde el Gestor de cédulas, Don Enrique Álvarez Rey sin perjuicio de que al liquidar el período ejecutivo se le exija la indemnización correspondiente si la recaudación total no llegase al mínimo aprobado. En esta cuenta resulta que la cantidad recaudada es de cuatro mil cuatrocientas cuarenta y ocho pesetas con nueve céntimos contra un cargo de siete mil seiscientas ocho pesetas con treinta y nueve céntimos representando la recaudación en este período el sesenta y dos por cien del mínimo que el Gestor está obligado a ingresar. ------ Folla: 105 5. Prestando aprobación a los Padrones de cédulas personales para 1937 de los Ayuntamientos de Carbia, Dozón, Silleda, As Neves, Mondariz, Mondariz - Balneario, Ponteareas y Salvaterra. De conformidad con el informe del Servicio de cédulas y propuesta de la Comisión correspondiente se acuerda prestar aprobación a los Padrones de cédulas para el año 1937 de los Ayuntamientos de Carbia, Dozón, Silleda, As Neves, Mondariz, Mondariz - Balneario, Ponteareas y Salvaterra en perjuicio de lo que resulte de oír los reclamaciones que contra los mismos se formula y cuyos Padrones presentan los siguientes características: Carbia. Importa el Padrón 12.481,35 ptas con una diferencia en más respecto del año anterior de 239,93 pesetas y conteniendo el 50% de personas empadronadas. Dozón. Importa el Padrón 2.965,56 ptas con una diferencia en más respecto del año anterior de 6,97 pesetas y conteniendo el 53% de la población empadronada. Silleda. Importa el Padrón 12.175,96 ptas con una diferencia en más respecto del año anterior de 105,27 ptas conteniendo el 40% de la población empadronada. As Neves. Importa el Padrón 7.970,65 ptas con una diferencia en más respecto del año anterior de 119,98 pesetas conteniendo el 46% de la población empadronada. Mondariz. Importa el Padrón 7.131,86 ptas con una diferencia en más respecto del año anterior de 181,60 ptas y conteniendo el 38% de la población empadronada. Mondariz - Balneario. Importa el Padrón 1.267,68 ptas con una diferencia en más respecto del año anterior de 65,90 y conteniendo el 55% de la población empadronada. Ponteareas. Importa el Padrón 22.962,95 ptas con una diferencia en más respecto del año anterior de 2.903,00 pesetas y conteniendo el 60% de la población empadronada. Salvaterra. Importa el Padrón 14.003,54 ptas con una diferencia en más respecto del año anterior de 51,29 pesetas y conteniendo el 53% de la población empadronada. ------ Folla: 105 6. Propuesta de sanciones a los Gestores que no han presentado dentro del plazo concedido los padrones de cédulas para 1937. Diose cuenta de oficio fecha quince del actual de la Jefatura del Servicio de cédulas de esta Diputación participando cuales de los Gestores han presentado dentro del plazo concedido por acuerdo de seis de noviembre último que finalizaba en quince del corriente, los padrones de cédulas de mil novecientos treinta y siete y de los que no han cumplimentado aquel servicio. La Comisión acuerda disponer que por dicha Jefatura de cédulas se propongan sanciones para aquellos Gestores que no han llevado a cabo la confección y presentación de dichos padrones debiendo formularse tal propuesta a fin de que conozca de ella en la sesión próxima esta Comisión provincial. ------ Folla: 105 7. Resolviendo reclamación interpuesta por Doña Adelaida Iglesias Oitaven, de Fornelos, contra su clasificación en el Padrón de cédulas. Vista la reclamación formulada por Doña Adelaida Iglesias Oitaven, vecina de Fornelos contra su clasificación en el Padrón de cédulas personales de dicho Ayuntamiento para el año 1936. De conformidad con lo informado por la Jefatura del Servicio se acuerda estimar la presente reclamación y declarar que la interesada no tiene obligación de adquirir la cédula personal de su hijo emancipado José Albán Iglesias y que se le expida a nombre de ella cédula de la tarifa 2ª, clase 13ª de dos pesetas; cuarenta céntimos en la base dieciocho, con sesenta y seis de contribución anual. ------ Folla: 105 8. Resolviendo petición de Doña María Lourdes Viaño sobre cédulas. Vista la reclamación formulada por Doña María Lourdes Viaño de Martín, esposa del Teniente Coronel de Infantería Señor Martó Rufilanchas exponiendo que por hallarse su esposo en el frente de Avila no ha podido recoger sus cédulas en período de cobranza voluntario y suplicando que por hallarse de nuevo en el frente su referido esposo se le conceda un plazo mínimo para retirar las cédulas sin recargo alguno; la Comisión siguiendo el criterio que en circunstancias análogas tiene establecido, acuerda acceder a lo solicitado concediendo el plazo de un mes a la peticionaria para que pueda hacer efectiva su cédula y la de sus familiares sin recargo alguno. ------ Folla: 105 9. Ingreso en la Inclusa del niño José Fajardo Cores. Decretar el ingreso en la Inclusa del niño José Fajardo Cores hijo de Carmen Fajardo en virtud de expediente de pobreza instruido al efecto debiendo satisfacerse sus estancias con cargo a fondos provinciales. ------ Folla: 105 10. Ingreso en Conjo de la demente de A Estrada, María Ferro Maiceira. En virtud de expediente instruido al efecto y dada la urgencia del caso se acuerda disponer el ingreso en el Manicomio de Conjo por cuenta de fondos provinciales y en concepto de observación de la demente María Ferro Maiceira, natural de Loimil en el Ayuntamiento de A Estrada debiendo comunicarse este acuerdo al Director de aquel establecimiento con envío de la filiación de la demente y a la Alcaldía de A Estrada para que se disponga el traslado de la enferma a dicho Sanatorio. ------ Folla: 105 11. Instalación de un Hospital de Evacuación de heridos de guerra en el Nuevo Instituto. Diose cuenta de oficio del Gobierno Militar de la plaza y provincia en Pontevedra que dice así: "ILtmo. Sr.: El Gobierno Militar de la plaza y provincia de Pontevedra hace entrega a la Excma. Diputación del local del nuevo Instituto de segunda enseñanza, con doscientas camas, para destinarlo a Hospital de Evacuación de heridos de guerra, facilitados por vecinos de esta plaza a los cuales serán devueltos una vez que cesen las actuales circunstancias. La Excma. Diputación se encargará de la parte administrativa de dicho Hospital que para esos efectos, será considerado como anejo o prolongación del Gran Hospital de Pontevedra. Será de cuenta de la Diputación, o sea del Gran Hospital, el pago de las obras necesarias para adoptar el local a los servicios de Hospital; la adquisición de los efectos precisos, excepto las camas; la parte de Farmacia en las condiciones de posibilidad, por las actuales circunstancias; la alimentación de los heridos y del personal que, por práctica, goce de este beneficio; el nombramiento y pago del personal subalterno; recibiendo por este servicio el importe integro de lo que el Estado abone por estancias. La parte de Médicos y Practicantes del nuevo local, será de cargo y facultad del Gobierno Militar que, cuenta ya, por intermedio de su representante de Sanidad Don José Barros Sanromán, con elementos voluntarios suficientes. Viva España. Pontevedra diecisiete de Marzo de mil novecientos treinta y seite. El Gobernador Militar. Servicio de Aspe. Rubricado. ILtmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial". La Comisión acuerda se cumplan las condiciones señaladas por la Autoridad Militar en el precedente oficio para el mejor funcionamiento del Hospital de Evacuación de Heridos de Guerra. ------ Folla: 105,106 12. Dándose por enterada de oficio de la Caja de Ahorros provincial sobre cobranza de cédulas. Diose cuenta de oficio del Consejo de Administración de la Caja de Ahorros provincial que dice así: "El Consejo de Administración de la Caja de Ahorros Provincial en sesión de quince del corriente mes adoptó el siguiente acuerdo. "El Secretario da cuenta de comunicaciones recibidas de la Comisión Gestora de la Diputación provincial en las cuales se trasladan a la Institución acuerdos de dicha Comisión Gestora referentes a la recaudación de Cédulas personales en los Distritos de Pontevedra, Ponte Caldelas, Redondela y Tui en período voluntario a la cobranza en período ejecutivo de los valores atrasados del distrito últimamente citado. El Consejo después de estudiar el contenido de dichas comunicaciones acuerda: aceptar la recaudación de cédulas personales en período voluntario en los distritos de Pontevedra, Ponte Caldelas, Redondela y Tui y la cobranza en período ejecutivo de los valores atrasados correspondientes a dicho distrito de Tui, todo ello en las condiciones y con sujeción a las normas aprobadas por la Comisión Gestora de la Diputación en sesión de 10 de Febrero próximo pasado y que obran en poder de esta Caja de Ahorros provincial". Lo que traslado a V. para su conocimiento y efectos. Pontevedra a dieciséis de Marzo de mil novecientos treinta y siete. El Secretario , Vicente López García. Vº Bº El Presidente González Señor Secretario de la Diputación provincial de Pontevedra". La Comisión se da por enterada. ------ Folla: 106 13. Concediendo licencia de un mes a la Sta. Villar Landín. Vista la instancia que formula la Auxiliar Mecanógrafa afecta a la Secretaría Srta. Doña Dolores Villar Landín, solicitando un mes de permiso para contraer matrimonio, La Comisión acuerda acceder a lo solicitado debiendo comunicarse la fecha en que comienza el disfrute de esta licencia. ------ Folla: 106 14. Se acuerda de conformidad con informe de Intervención sobre pago de subvención para la construcción de un Centro Sanitario en el Ayuntamiento de Vilagarcía. Diose cuenta de informe de la Intervención que dice así: "Sr. Presidente: Ya en ocasión anterior, esta Intervención informó a V.S. una solicitud del Ayuntamiento de Vilagarcía relacionado con el pago de la subvención concedida por esta Diputación para la construcción de un edificio destinado a Centro Santano para el tratamiento de las enfermedades infecto contagiosas. En aquella solicitud se afirmaba que el Estado subvencionaba la mencionada obra con la cantidad de cien mil pesetas. Por esto, porque la obra (según liquidación que acompañaba a la solicitud del Ayuntamiento) importó pesetas ciento siete mil trescientas doce, con cincuenta céntimos que le cuesta al mencionado Ayuntamiento la citada obra. Pero ahora el contratista afirma que la subvención del Estado no fue de cien mil pesetas y que, la mencionada subvención fue de cincuenta mil posteriormente ampliadas a setenta y cinco mil pesetas, de las que cobró setenta y cuatro mil trece con sesenta y cinco céntimos quedando, por tanto, a cargo del Ayuntamiento la cantidad de pesetas, treinta y tres mil doscientas noventa y ocho, con ochenta y cinco céntimos, en cuyo caso la Diputación tendría que satisfacer al Ayuntamiento el cincuenta por cien de esta última cantidad o sea pesetas dieciséis mil seiscientas cuarenta y nueve con cuarenta y dos céntimos, Pero, para que la Diputación reconozca este crédito a favor del Ayuntamiento de Vilagarcía, será menester que, por el Secretario del mismo se remita a esta Diputación una certificación en que se haga constar el importe total de las subvenciones con que el Estado, por medio de sus distintos organismos, acordó contribuir a los gastos de construcción del Establecimiento en cuestión. Esto es todo lo que la Intervención puede informar a V.S. relacionado con la solicitud de D. Valentín Abalo Rodríguez., Pontevedra catorce de Febrero de mil novecientos treinta y siete. El Interventor José G. Otero. Rubricado". La Comisión acuerda de conformidad con lo propuesto por el Señor Interventor y que se interese de la Secretaría del Ayuntamiento de Vilagarcía la certificación a que anteriormente se hace referencia. ------ Folla: 106 15. Creación de un sello provincial de carácter benéfico. Vista la Moción presentada por el Diputado Don Frutos Cerecedo Lapatza, proponiendo la creación de un sello provincial de carácter benéfico; se acuerda solicitar de la Junta Técnica del estado la autorización correspondiente a fin de poner en circulación el sello benéfico cuyos rendimientos se destinarían a fines benéficos exclusivamente, debiendo una vez concedida la autorización a solicitar de desarrollarse la acertada iniciativa del Señor Cerecedo, cuya Moción ha merecido unánimes elogios de la Comisión Provincial. ------ Folla: 106 16. Renuncia al ingreso en un Asilo del anciano Antonio Vázquez López de Rodeiro. Se da cuenta de oficio de la Alcaldía de Rodeiro participando que el anciano Antonio Vázquez López cuyo expediente para ingreso en un Asilo figuraba en el orden del día ha manifestado que renunciaba a ser internado en un establecimiento benéfico, disponiéndose por la Comisión el archivo de las actuaciones practicadas con tal motivo. ------ Folla: 106 17. Ingreso en A Lanzada del enfermo Narciso Rodríguez Couñago, de Redondela. Visto el informe favorable por el Señor Delegado de esta Diputación en el Sanatorio de A Lanzada, en el expediente de pobreza instruido para ingreso en aquel establecimiento de Narciso Rodríguez Couñago, que padece de de artritis tuberculosa de las extremidades inferiores; y en consideración a las circunstancias excepcionales que concurren en el caso de que se trata, por hallarse la madre de dicho enfermo sin colocación alguna, ni medios de atenderle; como por la naturaleza de la dolencia que permitirá una curación menos lenta que la precisada por otros enfermos allí sometidos a tratamiento; se acuerda decretar el ingreso en el Sanatorio de A Lanzada de Narciso Rodríguez Couñago, vecino de la parroquia de Cesantes en el Ayuntamiento de Redondela, por cuenta de fondos provinciales, y sin que, la adopción de esta medida que tan justificadamente se adopta con carácter extraordinario, suponga la modificación de las disposiciones restrictivas de ingreso que tiene dispuestas la Corporación. ------

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