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Acta de sesión 1940/04/24_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.3.13.164/1.1940-04-24_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1940/04/24_Ordinaria

  • Data(s) 1940-04-24 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 165 1 - Sesión de 24 de Abril de 1.940 - Bajo la Presidencia de Don Luis de Toledo Freire, y con asistencia del Vicepresidente D. Felipe Castro Valladares y Vocales Gestores Sres. Rodríguez Fontenla; Fontoira Peón; Virgós Pintos y García Solís, celebra sesión ordinaria la Comisión Gestora de esta Diputación, correspondiente al día de hoy veinticuatro de Abril de mil novecientos cuarenta, actuando de Secretario el de la Corporación Sr. Posse García. Dada lectura al acta de la sesión anterior, por unanimidad es aprobada, adoptándose seguidamente los siguientes acuerdos: ------ Folla: 165 2 - Declarando de abono relación de estancias causadas en el Manicomio de Conxo, durante el mes de Marzo ppdo. Prestar aprobación y declarar de abono la relación de estancias causadas por dementes pobres de esta Provincia en el Manicomio de Conxo, durante el pasado mes de Marzo, que informa favorablemente la Intervención de fondos, y el Negociado de Beneficencia; debiendo librarse su importe de 23.720 pesetas, con cargo al capítulo VIII artículo 5º de la parte de gastos del presupuesto vigente. ------ Folla: 165 3 - Aprobando las cuentas del periodo ejecutivo de cédulas de 1.935 y 1.936 del Ayuntamiento de Lavadores, rendidas por el ex-Gestor D. Modesto Viso (no habiendo cubierto el 80%). Aprobar las cuentas del periodo ejecutivo de cédulas personales de los años de 1.935 y 1.936 rendidas por el ex-Gestor de dicho impuesto en el Ayuntamiento de Lavadores, D. Modesto Viso Fernández; e importando el 80% que como mínimo está obligado a ingresar las cantidades de 48.183'84 pesetas, en el año 1.935 y 51.237'70 pts. en 1.936, cantidades que no fueron cubiertas, faltando para ello 6.851'30 pesetas y 2.960'56 pesetas respectivamente, se acuerda que con arreglo a la base once del pliego de condiciones se retenga de la fianza de dicho Gestor, la parte necesaria para saldar dicho 80%. ------ Folla: 165 4 - Idem idem, del año 1.937, que rinde la Caja de Ahorros de los Ayuntamientos que se citan. Aprobar las cuentas del periodo ejecutivo correspondientes al año 1.937, que rinde el Gestor-Caja de Ahorros Provincial, de los Ayuntamientos de Sotomaior, Vilanova, O Porriño y Mos, toda vez están debidamente justificadas las partidas de abono y que las cantidades recaudadas fueron ingresadas en la Caja Provincial a medio de cartas de pago. ------ Folla: 165 5 - Idem idem del año 1.938, que rinde la Caja de Ahorros correspondientes a los Ayuntamientos que se citan, y el ex Gestor D. José Calviño, del de Rodeiro. Aprobar las cuentas de cédulas personales de 1.938 en periodo ejecutivo, correspondiente a los Ayuntamientos de Vilanova, Salceda, Moaña, Vilaboa, Mos, Soutomaior y Rodeiro, que rinden el Gestor-Caja de Ahorros Provincial, respecto a los cinco primeros Ayuntamientos y el ex-Gestor D. José Calviño Diéguez del último, toda vez que no existe reparo alguno que oponerles, que el 80% que como mínimum estaban obligados a ingresar, fue cubierto en periodo voluntario y que las cantidades recaudadas en la Caja Provincial a medio de cartas de pago. ------ Folla: 165 6 - Idem idem del año 1.938 del Ayto. de Lavadores que rinde el ex-Gestor D. Modesto Viso Fernández. Aprobar las cuentas de cédulas personales del año 1.938, en periodo ejecutivo correspondiente al Ayuntamiento de Lavadores que rinde el ex-Gestor D. Modesto Viso Fernández, teniendo en cuenta que están debidamente justificadas las partidas de abono; que el 80% que como mínimum está obligado a ingresar ya fue cubierto en periodo voluntario y que las cantidades recaudadas fueron ingresadas en la Caja Provincial, a medio de carta de pago. ------ Folla: 165,166 7 - Declarando de abono cuenta de gastos de conservación de c.v. durante el primer trimestre del año actual. Prestar aprobación y declarar de abono la cuenta de gastos de conservación de caminos vecinales, correspondiente al primer trimestre del año actual y que informa favorablemente la Intervención de fondos, debiendo librarse el total importe de la misma que asciende a 16.022 pesetas con cargo al capítulo XI artículo 3º de la parte de gastos del presupuesto provincial vigente. ------ Folla: 166 8 - Aceptando la propuesta de la Junta de Gobierno del Manicomio de Conxo y el informe de Intervención sobre la fórmula de liquidar la deuda de esta Diputación con aquel establecimiento, cuyo saldo es de pts. 541.400, y cuya quita del 10% beneficia al erario provincial en 51.140 pesetas. Se da cuenta de escrito del Sr. Administrador del Manicomio de Conxo e informe de la Intervención que copiados literalmente dicen así: "Manicomio de Conxo-Santiago. Debidamente autorizado por la Junta de Gobierno de este Manicomio, tengo el honor de proponer a V.S. una quita del diez por ciento para la cancelación de la deuda de esa Excma. Diputación de su digna Presidencia, en las condiciones siguientes: El saldo deudor en 31 de Diciembre de 1.939 que importa quinientas cuarenta y una mil cuatrocientas pesetas, debe ser pagado en tres plazos; el primero, al siguiente día de la formalización del oportuno convenio; el segundo, dentro del próximo mes de Agosto, y el tercero, el 31 de Diciembre del año actual. Al hacer efectivos estos plazos, de cada uno de ellos se deduciría la referida quita del diez por ciento. Esta concesión quedaría sin efecto en cualquiera de los plazos que esa Excma. Diputación no abonase a su vencimiento, obligándose a pagar su importe íntegro dentro de los noventa días siguientes. Se exceptúa de ésta condición el plazo o plazos que con anterioridad se hallen cancelados. Con el fin de evitar que nuevamente pueda crearse otra deuda de importancia, esa Excma. Diputación atendería con la normalidad posible el pago de las estancias que se devenguen en el corriente año." ""Informe de Intervención. "Vista la proposición que hace el Administrador del Manicomio de Conxo, debidamente autorizado por la Junta de Gobierno, del mismo, por que que para cancelar la deuda atrasada, correspondiente a los ejercicios de 1.938 y 39, que tiene con aquel, esta Diputación, ofrece una quita del diez por ciento, sobre cada uno de los tres plazos que señala para la total liquidación de su importe, que asciende a la suma de 541.400 pesetas, siempre que sean satisfechos dentro de las fechas en ella señaladas. El Interventor que suscribe, tiene a bien informar lo siguiente: Primero: Que revisadas las cuentas correspondientes al Manicomio de Conxo, aparece de conformidad el saldo resultante del extracto por aquel presentado. Segundo: Que tratándose de una deuda de atención preferente, máxime por tratarse de una institución de carácter benéfico-social, indispensable y obligatoria de sostener, no hay duda que procede su liquidación a la mayor brevedad posible. Tercero: Que si como complemento de lo expuesto, se obtiene una quita a favor de las arcas provinciales de 54.140 pesetas, lo que representa una cantidad nada despreciable, y suponiendo muy fundadamente el que suscribe, que en los plazos que se señalan, no será difícil satisfacer el importe de aquellos, es de parecer que, salvo mejor opinión de esa Comisión, a cuyo juicio somete esta propuesta, debe aceptarse en todos sus extremos, por ser beneficiosa para la hacienda provincial."" La Comisión acuerda aceptar la propuesta de la Junta de Gobierno del Manicomio de Conxo, y en su virtud, facultar al Sr. Presidente para firmar la formalización del convenio en las condiciones que se detallan en la propuesta que se deja transcrita. ------ Folla: 166 9 - Declarando de abono factura del industrial D. Luis Senn, por arreglo en el servicio de alumbrado eléctrico, en las habitaciones del Gobernador. Prestar aprobación y declarar de abono la factura del industrial de esta plaza D. Luis Senn, por diferentes arreglos en el servicio de alumbrado eléctrico de las habitaciones del Sr. Gobernador, que informa favorablemente la Intervención de fondos provinciales y cuyo importe de 35 pesetas se librará con cargo al capítulo 1º artículo 1º de la parte de gastos del presupuesto provincial vigente. ------ Folla: 166 10 - Idem idem factura del mismo por reparaciones en este Palacio Provincial. También se aprueba y se declara de abono la factura del mismo industrial D. Luis Senn, por reparaciones efectuadas en el servicio de alumbrado eléctrico de este Palacio Provincial, informada favorablemente por la Intervención de fondos y cuyo importe de 566 pesetas deberán librarse con cargo al capítulo XI artículo 10 de la parte de gastos del presupuesto provincial vigente. ------ Folla: 166 11 - Aprobando el presupuesto y anuncio de subasta de 1ª Sección del c.v. de Arbo a Cabeiras, que eleva la Dirección de V. y O. por haberse rescindido el contrato con el anterior Contratista. Se da lectura a oficio del Sr. Director de Vías y Obras provinciales que dice así: ""Habiéndose acordado en sesión del 10 del actual la rescisión del contrato con pérdida de fianza, con el Contratista D. Cándido Rodríguez, de la 1ª Sección del camino vecinal número 2 de Arbo a Cabeiras, y que se anuncie nuevamente a subasta; tengo el honor de someter a la aprobación de la Excma. Comisión, el presupuesto de contrata de la obra, redactado con arreglo a las normas del Decreto de 7 de Diciembre de 1.939, que dice: "Artículo 3º.- En la segunda subasta de las obras, cuyo proyecto se hubiera aprobado antes de la fecha de esta disposición, se considerarán aumentados los precios unitarios en un 13% para obtener el nuevo presupuesto de contrata que servirá de base a la licitación." El presupuesto de contratar así reformado que ha de servir de base a la licitación asciende a pesetas 67.088'57. Acompaño también el anuncio de subasta por si la Comisión cree procedente su aprobación."" La Comisión acuerda aprobar el presupuesto y anuncio de subasta que eleva la Dirección de Vías y Obras por haberse rescindido el contrato con el anterior Contratista. ------ Folla: 166 12 - Resolviendo expediente de depuración instruido al enfermero del Hospital D. Manuel Fernández Solla, reponiéndolo en el cargo, con pérdida de los haberes dejados de percibir. Visto el expediente instruido por el Sr. Juez instructor de los expediente de depuración a los funcionarios de esta Corporación con arreglo a la Orden del Ministerio de la Gobernación de 12 de Marzo de 1.939, al enfermero del Gran Hospital Provincial D. Manuel Fernández Solla; esta Comisión, de conformidad con la propuesta de dicho Juez acuerda reponer en el cargo al Sr. Fernández Solla, con pérdida de los haberes dejados de percibir desde la suspensión, debiendo comunicarse este acuerdo al Sr. Administrador del Gran Hospital y al interesado, con la advertencia de que contra esta resolución puede entablar recurso de alzada para ante el Ministerio de la Gobernación. ------ Folla: 166 13 - idem idem respecto al también enfermero D. Angel Muiños Novás, con igual sanción. Visto el expediente instruido por el Sr. Juez instructor de los expedientes de depuración a los funcionarios de esta Corporación con arreglo a la Orden del Ministerio de la Gobernación de 12 de Marzo de 1.939, al enfermero del Gran Hospital Provincial D. Angel Muiños Novas, esta Comisión de conformidad con la propuesta de dicho Juez acuerda reponer en el cargo al Sr. Muiños Novás, con pérdida de los haberes dejados de percibir desde su suspensión; debiendo comunicarse este acuerdo al Sr. Administrador del Gran Hospital, y al interesado, con la advertencia de que contra esta resolución puede entablar recurso de alzada para ante el Ministerio de la Gobernación. ------ Folla: 166,167 14 - Idem idem referente al Guarda Forestal D. Avelino Villaverde Míguez, con abono de los haberes dejados de percibir. Visto el expediente instruido por el Sr. Juez instructor de los expedientes de depuración a los funcionarios de esta Corporación con arreglo a la Orden del Ministerio de la Gobernación de 12 de Marzo de 1.939 al Guarda Forestal D. Avelino Villaverde Míguez, esta Comisión de conformidad con la propuesta de dicho Juez, acuerda: reponer en el cargo al Sr. Villaverde Míguez, con abono de los haberes dejados de percibir desde su suspensión; debiendo comunicarse este acuerdo al Sr. Interventor de fondos provinciales, el Jefe del Servicio de Repoblación Forestal, y al interesado. ------ Folla: 167 15 - Concediendo un donativo de 500 pts. para obsequiar a los reclusos con una comida extraordinaria y ropas con motivo del cumplimiento del precepto Pascual. Se da cuenta de oficio del Sr. Director de la Prisión Provincial de Pontevedra, en súplica de la concesión de un donativo, a fin de obsequiar con una comida extraordinaria y ropas, a los reclusos de aquel establecimiento el día del cumplimiento Pascual; esta Comisión acuerda contribuir con la cantidad de 500 pesetas, para los fines indicados; debiendo librase dicha cantidad con cargo al capítulo artículo de la parte de gastos del presupuesto. ------ Folla: 167 16 - Decretando el ingreso en el Sanatorio de A Lanzada de la niña Mª del Carmen Rodríguez, de Tui. Decretar el ingreso en el Sanatorio Marítimo "Miguel Gil Casares" de A Lanzada, de la niña María del Carmen Rodríguez, vecina del Ayuntamiento de Tui, toda vez del expediente instruido al efecto se deduce que, tanto ella como su madre son pobres de solemnidad, viviendo esta último únicamente de lo que gana como mandadera. ------ Folla: 167 17 - Accediendo a lo solicitado por el Ayudante de Caja de esta Diputación, Caballero Mutilado D. Antonio Longa Campos respecto a la reforma de acuerdos anteriores relativos a su ascenso a Oficial en el turno de oposición libre. Vista la instancia del Ayudante de Caja, Caballero Mutilado de Guerra por la Patria D. Antonio Longa, exponiendo que enterado de que la Comisión Gestora en sesión de 17 del actual, al aprobar la convocatoria para provistar por oposición dos plazas de Oficiales Administrativos acordó declarar consumido el turno de Mutilados por habérsele adjudicado el cargo de Ayudante de Caja que tiene la misma categoría administrativa con lo que se causa un perjuicio al citado Cuerpo de Mutilados, puesto que la plaza de Ayudante de Caja tiene un sueldo anual de 5.000 pesetas, sin ascenso, mientras que los Oficiales ingresan con igual sueldo en un escalafón en el que pueden ascender hasta 9.500 pesetas, por lo que solicita no se agrupe la plaza de Ayudante de Caja a las de nuevo ingreso de Oficiales, al efecto de poder adjudicar a Mutilados el cupo que le corresponde; la Comisión Gestora, en vista del perjuicio, que por los motivos expuestos en la reclamación, se pueden ocasionar al Cuerpo de Caballeros Mutilados de Guerra por la Patria, estima que procede resolver en el sentido de reformar los acuerdos anteriores por los que se declaró consumido el turno que corresponde a dicho grupo en la convocatoria para provistar por oposición dos plazas de Oficiales Administrativos, y enviar al Boletín Oficial de la Provincia, nueva convocatoria rectificada sin aquella declaración, a fin de que la adjudicación de plazas se ajuste a la Ley de 25 de Agosto de 1.939, en rotación que comenzará por el grupo de Mutilados. ------ Folla: 167 18 - Decretando el ingreso en el Manicomio de Conxo del demente José Rodal Abal, de Cangas que se halla hospitalizado, en concepto de prisionero en la Clinica de Santa Agueda, Mondragón (Guipuzcoa). Se da cuenta de oficio del Jefe de la Clínica Psiquiátrica de prisioneros de guerra de Santa Agueda, Mondragón (Guipuzcoa), participando la necesidad de recluir, por cuenta de esta Diputación en un Manicomio al demente hospitalizado en concepto de prisionero en aquella Clínica, José Rodal Abal, natural de Cangas, de 29 años de edad, cumpliendo con ello órdenes recibidas del Sr. Coronel Inspector de dicho servicio; esta Comisión acuerda el ingreso del enfermo de que se deja hecho mención en el Manicomio de Conxo, sin perjuicio de que por el Negociado se reclame el expediente de pobreza correspondiente. ------ Folla: 167 19 - Librando la cantidad de 750 pts. para atenciones de F.E.T. y de las J.O.N.S. con cargo a la consignación del presupuesto. A petición del Sr. Jefe Local de F.E.T. y de las J.O.N.S. se acuerda librar a nombre de dicha Organización la cantidad de 750 pesetas, con cargo a la consignación que figura en el presupuesto provincial vigente para esta atención. ------ Folla: 167,168 20 - Resolviendo de conformidad con lo propuesto por la Ponencia de Hacienda y Cédulas las reclamaciones formuladas por los contribuyentes que se expresan en la forma que se detalla. Resolver de conformidad con lo propuesto por la Ponencia de Hacienda y Cédulas, las reclamaciones sobre cédulas del padrón de 1.939, en la forma que a continuación se expresan: - Pontevedra, D. Manuel Canitrot Méndez, estimándola y que se le extienda cédula de la Tarifa 3ª clase 11ª, por alquileres. - Redondela, D. Francisco Mosquera Manso, estimándola y que se le expida la cédula en sencillo, sin recargo alguno. - Lavadores, D. José Manuel Sanjuan Otero, lo mismo que el anterior. - Vigo, D. Daniel María Conde; Salesiano, idem, idem, idem y que se le extienda con arreglo a sus rentas de trabajo. - Vigo, D. Carlos Advenier Naud, Idem, idem, sin recargo alguno. - Vigo, D. Fabriciano Fernández Serra, idem, idem, la del interesado y sus familiares. - Vigo, D. Luis de Torres González, idem, idem, en sencillo sin recargo alguno. - Vigo, Dª Carmen Piñeiro Bouza, estimándola y que se devuelva a la interesada el importe íntegro de la cédula correspondiente a su hermano, D. Albino, Fallecido en 4 de Enero de 1939. - Vigo, D. Francisco Tabares Alvarez, estimándosela; que se anule la cédula de la Tarifa 2ª Clase 6ª y que se le asigne cédula de la Tarifa 3ª Clase 6ª. - Tui, D. Valentín Méndez González, estimándola, anulando el procedimiento ejecutivo y las cédulas duplicadas de 1934 y 1935 extendidas a nombre del reclamante y su esposa. - Cambados, D. Albino Escudeiro Touris, estimándola y anulando el procedimiento de apremio que se sigue al reclamante por cédulas de 1.937 y 1.938. - Cangas, D. Manuel Boullosa del Río, estimándola en parte y resolver en el sentido de que se exija al reclamante la cédula con arreglo a la clasificación que le fue asignada en el padrón de 1934, si la recoge en el plazo de diez días, a cantar de la notificación de este acuerdo. - Vigo, D. Benito Iglesias Otero, desestimando su reclamación por extemporánea (padrón de 1939). - Tui, Sr. Consul de Portugal, no accediendo a lo que interesa respecto de las cédulas de 1939, cobradas al empleado de aquel Consulado D. José Dacosta Gómez y su esposa Dª Antonia Gómez Amorín, por las razones que se expresan. - Pontevedra, D. José Bermúdez Pena, Oficial de Guardia Civil, la Ponencia entiende: que si bien el reclamante se halla retirado, el hecho de su movilización implica la vuelta al servicio activo, por tiempo que dure, siendo por tanto lógico aplicarle los beneficios de los militares en activo, estimando su reclamación, respecto a la cédula de 1939. - Se levantó la sesión - ------

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