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Acta de sesión 1881/06/13_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.11.13.003/2.1881-06-13_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1881/06/13_Ordinaria

  • Data(s) 1881-06-13 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 88 ( gobernador Eduardo Matos, romero, Fraga, limeses, Patiño, ruza). 1. Se aprueba el acta de la sesión anterior. ------ Folla: 88 3. Dado cuenta del expediente instruido con motivo de la reclamación hecha por la Diputación provincial de A Coruña que termina a que sean recogidos de la Inclusa de Santiago de Compostela 14 expósitos procedentes de mujeres de esta provincia que han dado a luz en el Hospital de Santiago de Compostela. Se acuerda se diga a dicha Corporación que desde 1º de julio próximo queda obligada esta Diputación a satisfacer el pago de dichas nodrizas acreditado que sea a medio de las certificaciones de bautismo de dichos expósitos que las madres de quienes proceden pertenecen a esta provincia, rogando a dicha Diputación de A Coruña se sirva manifestar a ésta los nombres de las nodrizas que los lactan y pueblos a que pertenecen para que pueda dirigirse la junta encargada de esta Inclusa a las autoridades locales respectivas a fin de que sean satisfechos los haberes de aquellas por cuenta de esta provincia. ------ Folla: 88 4. Vista la comunicación del gobernador civil que pasa a la Diputación una cuenta del impresor D. José M. Madrigal su importe 612 pesetas 50 céntimos por 35.000 cédulas electorales encargadas por el gobernador civil y teniendo en cuenta que no fueron suficientes las 30.000 que se imprimieron de orden de esta Diputación para cubrir el servicio de las elecciones que se llevaron a cabo en esta provincia, se acuerda se satisfaga el importe de dichas cédulas y se disponga el pago en suspenso a formalizar cuando se reciba aprobado el presupuesto adicional. El Sr. Limeses hace constar su voto en contra. ------ Folla: 88,89 5. Vista la cuenta de gastos extraordinarios de material presentada por la secretaria de esta Corporación importante 654 pesetas 31 céntimos, se acuerda aprobarla y que se pague en suspenso y a formalizar, con cargo al capítulo primero artículo primero del presupuesto adicional cuando se reciba autorizado por la superioridad. ------ Folla: 89 6. Verificada la subasta para las obras que hay necesidad de ejecutar en la Biblioteca Provincial para asegurar su armadura que se halla arruinada, cuyo presupuesto importa 3.055 pesetas 96 céntimos; y resultando que solo se ha presentado la proposición de D. Manuel Veiga quien ofrece ejecutar las obras por 3.055 pesetas, se acuerda adjudicarle definitivamente el remate, como lo propone la contaduría. ------ Folla: 89 7. Dado cuenta de una comunicación del Excmo. Sr. director general de Agricultura, Industria y Comercio de fecha de 28 de mayo último trasladada por el Ilmo. Sr. gobernador en 2 del actual en la que se inserta integro el artículo 4º del Real Decreto de 14 de mayo anterior, en el que se determina el establecimiento de estaciones agronómicas en 3 de las provincias que lo soliciten antes del 15 del mes actual, llamando la atención sobre el gran interés que entraña esta medida, se acuerda: 1º: que se dirija un telegrama al Excmo. Sr. Ministro de Fomento manifestándole que la Diputación le encarece que esta provincia sea una de las que lleguen a designarse para el establecimiento de una estación agronómica por las razones que se expresan en la exposición que se le dirige por el correo. 2º: que puesta en limpio la minuta de la exposición que está rubricada se eleve a SE por el correo de mañana precisamente. La minuta dice así: "Excmo. Sr.: El notable decreto de la Gaceta ha publicado con fecha 18 de mayo y la comunicación que VE dirigió en 2 del actual a esta Diputación ha motivado el acuerdo que tengo el honor de participar referente a la creación de una estación agronómica en esta capital. Pontevedra es la única provincia de España que sostiene desde el año de 1872 una granja escuela, cuyo presupuesto anual es de 19.537 pesetas y a los resultados que hasta hoy ha obtenido quiere añadir, los que produzca la estación que unida al citado establecimiento, completará la resolución de los importantes problemas que comprende la producción agrícola de estas comarcar. Es inútil demostrar a VE los beneficios que a Galicia reportará dicha creación y la necesidad de instalarla en esta localidad que ya cuenta con valiosos elementos para ayudar los trabajos que debe emprender, y si alguna consideración merece a VE los sacrificios verificados en beneficio de la enseñanza agrícola, ninguna provincia ocupará lugar preferente a esta que hasta ahora no ha solicitado la protección del gobierno. La Comisión permanente asociada de los señores diputados residentes en esta capital acordó en sesión de ayer crear en la granja escuela de esta provincia una estación agronómica costeando los gastos de instalación aumentando el presupuesto de la granja con 2.500 pesetas para atender a los gastos que originen los ensayos del cultivo, abonos y establo de experimentación. Solo falta que VE designe el personal encargado de la dirección y conceda el material necesario para la instalación del laboratorio y observatorio y algunos recursos para la formación de una modesta biblioteca; por todo lo que esta Comisión asociada, suplica a VE que atendiendo a las consideraciones indicadas, designe a esta provincia como una de las que deben gozar de los beneficios, otorgados por el Real Decreto de 14 de mayo último. ------ Folla: 89,91 8. Dado cuenta de 2 comunicaciones, una del director gerente de los ferrocarriles de Medina del Campo a Zamora y de Ourense a Vigo y otra suscrita por D. Julio Astray, relativa a los estudios de una vía férrea que enlace esta capital con el inmediato puerto de Marín esta Corporación teniendo en cuenta: 1º: que por la Compañía de ferrocarril de Ourense a Vigo, se ofrece estudiar el mayor medio de enlace entre esta capital y el indicado puerto con lo cual se significa no solo que habrá de estudiarse el trazado de una vía directa e independiente, sino que se tomarán los datos precisos para saber si sería posible construir un ferrocarril de vía ancha, pero de condiciones económicas, utilizando en parte la carretera que une ambos pueblos, según ha explicado el Sr. director gerente en conferencia verbal con el Sr. gobernador y algunos diputados, de lo cual fue enterada esta Corporación: 2º: que aún cuando parece es más conveniente optar desde luego por una vía férrea independiente de la carretera, la importancia de esta clase de obras, los grandes gastos que ocasionarían, y la mayor o menor probabilidad de obtener resultado en la explotación, exigen que no se prescinda de ningún dato ni antecedente que pueda servir para formar juicio seguro acerca del cual sea el medio de comunicación mas conveniente. 3º: que la compañía expresada al dar terminada la vía férrea de Ourense a Vigo, ha cumplido lealmente los compromisos que había contraído se ha hecho acreedora a la gratitud del país, y es una garantía de que los estudios que se propone hacer la Diputación, los practicará concienzudamente llenando los deseos de esta Corporación. 4º: que interesa al país estimular y apoyar a empresas que como la actual del ferrocarril de Ourense a Vigo ha dado evidentes muestras de seriedad y de las que es licito esperar contribuirá en grande escala la ejecución de otras obras acrecentando con ello la riqueza del país. 5º: que proponiéndose la Diputación hacer los indicados estudios con el fin de que sea un hecho la construcción de la vía férrea, siempre que sea realizable con un sacrificio que no sea insoportable a la provincia, y la deje en condiciones de emprender la ejecución de otras obras y otras vías que han de aumentar los productos de la vía férrea general y la prosperidad de la provincia, la empresa que por hoy ofrezca unas probabilidades de realizar en mejores condiciones el pequeño trozo de esta capital a Marín, es la del ferrocarril de Ourense a Vigo, por lo cual conviene que ella misma practique los estudios. 6º y último: que si bien la proposición de D. Julio Astray ofrece llevar a cabo estos con alguna mayor economía, esta consideración siempre importante, tiene que ceder ante las que quedan expuestas: Visto el acuerdo de la Diputación provincial de 13 de mayo último que faculta a la Comisión asociada para resolver todo lo que crea conveniente o considere necesario hasta la realización de los repetidos estudios. Se acuerda encomendar la ejecución de estos a la compañía de los ferrocarriles de Medina del Campo a Zamora y de Ourense a Vigo, bajo las condiciones que la misma propone en la comunicación atendida de 4 de mayo del presente año, que la Corporación acepta, obligándose por lo tanto esta a satisfacer a aquella 2.500 reales por kilómetro, debiendo ser aprobados los estudios por el gobierno de SM, por mas que en ellos, este acuerde alguna modificación; y se encarece a dicha compañía la urgencia para llevarlos a cabo, y la conveniencia de darlos ultimados lo mas pronto posible, enterándole de este acuerdo en contestación a su atenta comunicación de 4 de mayo. Se acuerda así mismo se diga a D. Julio Astray, que la Diputación ha visto con gusto su proposición; y que si bien no la es posible aceptarla, espera que en otras circunstancias y sobre otros trabajos se presente ocasión de venir a un acuerdo, lo cual complacerá aquella en alto grado. ------ Folla: 91 9. Dado cuenta del expediente especial de indemnización del terreno necesario para cauce y servidumbre de riego que a partir de la salida del primer caño sifón construido en el segundo trozo de camino provincial de Guillarei a los baños de Caldelas, en el sitio llamado Senras, y siguiendo por los terrenos que al lado sur del indicado camino y en dirección al oeste, poseen Manuel Villaverde y Francisco Fernández para regar el terreno de que a continuación de estos, es propietario Antonio Núñez importante en junto la cantidad de 137 pesetas, se acuerda aprobar dicho expediente de indemnización y remitirlo al Sr. ordenador de pagos a los efectos correspondientes. Se acuerda así mismo trasladar al Alcalde de Tui el informe del ingeniero jefe para que a su vez lo haga a los interesados, como resolución a sus instancias de 24 de enero de 1873 y 30 de octubre de 1879 respectivamente. ------ Folla: 88 2. Quedó enterada esta Comisión Asociada de la Real Orden de 4 del actual por la que SM se ha servido confirmar el acuerdo del Sr. gobernador suspendiendo del cargo de diputado provincial a los Sres. D. Emilio Álvarez Jiménez, D. Marcial Carballido Bugallal, D. José Quiroga Losada, D. Antonio López de Neira, D. Sabino González Besada, D. Ramón Gómez Parcero, D. Eduardo Cea Naharro, D. Benito Seijas, D. Manuel Posada, D. Alberto González, D. Vicente Mosteiro, D. José Bermúdez y D. José María Guerra. ------

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