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Acta de sesión 1881/06/25_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.11.13.003/2.1881-06-25_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1881/06/25_Ordinaria

  • Data(s) 1881-06-25 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 91 ( Gobernador presidente, romero López, Patiño, Rodríguez del corral, Salgado, ruza). 1. Leída el acta anterior ha sido aprobada. ------ Folla: 92 3. Con el objeto de acreditar que Dª. Clara Rivas, viuda de Sobrino, ha fallecido abintestato en 14 de febrero próximo pasado y a fin de percibir 66 ptas. 66 céntimos que la provincia le adeudaba a su fallecimiento por la pensión de gracia que le había concedido la Diputación, se ha recibido en la Contaduría la correspondiente información testifical, de la que resulta exacto el fallecimiento de aquella sin haber hecho testamento. Y en su consecuencia, de conformidad con lo opinado por la Contaduría, se acuerda que se le abonen a los herederos de la finada, la cantidad de 69 pesetas 92 céntimos y la de 66 con 66 que dice el interesado en su instancia pasándose el expediente a la ordenación de pagos para los efectos correspondientes. ------ Folla: 92 4. Visto que amenazaba próxima ruina el piso de la sala principal de recepciones en el Gobierno de provincia, o sea de la techumbre del despacho de la Comisión provincial, cuyas obras no pueden autorizarse por al tramitación regular de presupuesto y subasta, a consecuencia del peligro que ofrece el estado de dicha techumbre, por lo que en sesión de esta Comisión de 7 de abril último se autorizó al ingeniero jefe de caminos provinciales de llevarla a cabo por administración y con urgencia; y habiéndose terminado y remitido la cuenta por aquel jefe del gasto de las reparaciones indicadas, se acuerda aprobarla y que se paguen las 392 pesetas 10 céntimos de su importe por cuenta del capítulo primero artículo primero del presupuesto vigente, pasando dicha cuenta a la ordenación de pagos para los efectos correspondientes. ------ Folla: 92 5. Vista la moción hecha por la Contaduría en la que después de expresar que no se han recibido aun de la superioridad los presupuesto adicional ni el ordinario del año próximo a pesar de que está inmediato el día en que ha de principiar a regir, propone dos extremos, de los cuales el segundo esta conforme con lo prescripto en el artículo 45, que establece que cuando por cualquier motivo no se hubiese aprobado el presupuesto en primero de julio del año económico a que se refiere su ejercicio, regirá el que haya sido votado y acordado por la Diputación sin perjuicio de las alteraciones o modificaciones que el gobierno introduzca en el al aprobarlo, se acuerda aprobar en esta parte la moción de la contaduría. ------ Folla: 92,93 6. Dado cuenta del expediente instruido acerca del manicomio oficial, con motivo del fallecimiento del director propietario D. Antonio Pujadas: Visto el contrato hecho con este director, quien, a consecuencia de este convenio se ha encargado de la asistencia de los dementes de esta provincia. Vista la comunicación remitida por la sociedad de acreedores de D. Antonio Pujadas, la cual se propone continuar al frente de dicho establecimiento introduciendo en el notables reformas importantes a la salud y prosperidad de los enfermos, se acuerda. 1º: contestar a dicha sociedad manifestando que sin renunciar al derecho que asiste a la DP a causa del fallecimiento del director finado, para dar por rescindido el contrato, se declara que autoriza, pero provisionalmente, la continuación de todas las obligaciones que por el referido contrato afecto a excepción de la 4ª sobre la que resolverá lo conveniente, cuando, planteadas definitivamente con la dirección, o administración del manicomio y 2º: nombrar persona bastante idónea, qué sin demora inspeccione el trato que se dé a los dementes proponiendo a la DP lo que considere conveniente, comisionándose al efecto al Sr. D. José de la Campa, teniente de carabineros. ------ Folla: 93 7. Dado cuenta de la liquidación de las obras ejecutadas en la terminación del trozo quinto del camino provincial de Vilapouca a Ponte Vea, se acuerda, de conformidad con lo propuesto por el ingeniero jefe y negociado aprobarla y remitirla a la ordenación de pagos a fin de que se expida el oportuno libramiento por valor de 11.022 pesetas 12 céntimos a que asciende el saldo a favor del contratista. ------ Folla: 93 8. Dado cuenta de la liquidación de los acopios para conservación de la carretera de Arcade a Ponteareas sección de este último punto a las aguas medicinales de Mondariz, se acuerda aprobarla y dirigirla a la ordenación de pagos para que expida el oportuno libramiento por 440 pesetas 85 céntimos importe del saldo que resulta a favor del contratista. ------ Folla: 93 9. VISTA LA COMUNICACIÓN DEL INGENIERO JEFE DE 10 DEL ACTUAL, REMITIENDO LA LIQUIDACIÓN FINAL DE LAS OBRAS DE REPARACIÓN DE LA AVENIDA IZQUIErda del ponte Vea de la que resulta un saldo a favor del contratista, importante 294 pesetas 51 céntimos, se acuerda de conformidad con dicho jefe y el negociado aprobarla y remitirla a la ordenación de pagos a fin de que se sirva expedir el oportuno libramiento por el importe del saldo que resulta. ------ Folla: 93 10. De conformidad con lo propuesto por el ingeniero jefe, se concede una prórroga de 2 meses para la terminación de las obras del camino provincial de Peniche a Bouzas. ------ Folla: 93 11. Visto el presupuesto formado por el oficial archivero y remitido a esta Comisión por la secretaría, del papel, cartulina y otros efectos necesarios para el servicio de dicho archivo en la parte por ahora referente a la sección de quintas se acuerda que se adquiera todo lo consignado en dicho presupuesto, con cargo al capítulo 1º artículo 1º del presupuesto vigente, rindiéndose en su día cuenta documentada. ------ Folla: 93 12. Dado cuenta de una instancia del contratista del trozo segundo del camino de Pontevedra a Ponte Caldelas en la que manifiesta que dichas obras se han ultimado y recibido sin que hubiese reclamación alguna, en su consecuencia pide que se le devuelva la fianza que había constituido en garantía del contrato: Vista la nota del negociado que propone que así se apruebe por ser exacto lo manifestado por dicho contratista: y resultando que efectivamente no ha habido reclamaciones según así lo aseguran el Alcalde de esta capital y Ponte Caldelas, se acuerda acceder a su petición y en su consecuencia que se devuelva la fianza. ------ Folla: 93,94 13. Dado cuenta de una comunicación del Sr. gobernador de 20 del actual trasladando otra del ingeniero jefe de obras públicas de la provincia, manifestando este que ha reconocido las obras de reparación de puente Arnego y que hallándolas arregladas autorizó la apertura del indicado puente al transito de peatones, y ganado, habiendo además indicado al Alcalde la reparación de las pilas. Visto el informe del negociado se acuerda de conformidad con el mismo, trasladar dicha comunicación, a la ordenación de pagos, a fin de que disponga se haga efectiva la subvención concedida por acuerdo de la Diputación provincial de fecha 6 de noviembre de 1878. ------ Folla: 94 14. Vista una comunicación de la junta superior de la Casa Hospicio de esta capital, manifestando que persuadida de que se aprobaría lo dispuesto por la misma respecto a las obras que se están ejecutando en las nuevas crujías de dicha casa hospicio ordenó se continuasen practicando las proyectadas por el segundo presupuesto adicional que acompaña, para abrir las necesarias luces en la fachada a 1.554 pesetas 83 céntimos, sufragando este gasto con los sobrantes que lleguen a resultar de los presupuestos primitivo y adicional de las mismas crujías, rogando en su consecuencia a la Diputación tenga a bien aprobarlo, como también lo dispuesto por dicha junta. Esta comisión asociada en su vista, acuerda aprobar el presupuesto que se acompaña como lo solicita la referida junta. ------ Folla: 94 15. Se acuerda aprobar la distribución de fondos provinciales para el próximo mes de julio. ------ Folla: 94 16. Dado cuenta del expediente relativo al canje de las acciones antiguas de los ferrocarriles de Medina del Campo a Zamora y de Ourense a Vigo, que posee la Diputación y se hallan depositadas en casa del Excmo. Sr. D. Ramón Aranar, de Madrid, esta Corporación acuerda se dirija atenta carta a dicho Sr. rogándole que en obsequio a la Diputación provincial y sin perjuicio de remitir en su día a la misma la respectiva cuenta de gastos para su abono, se sirva disponer que las acciones que obran en su poder, sean embaladas y remitirlas con la seguridad y formalidades correspondientes a la casa de banca de los señores Vidal Cuadras Hermanos de Barcelona. Acordó igualmente rogar al Ilmo. Sr. gobernador se sirva dirigir también atenta carta al director gerente de la compañía de los citados ferrocarriles, preguntándole el resultado del encargo hecho al mismo por el gobierno de provincia, en 14 de diciembre último, disponiendo que diese parte al juzgado, para el procedimiento criminal a que hubiere lugar del hecho de presentarse al canje 150 acciones de los referidos ferrocarriles que forma la mitad de las 300 extraídas en 1877, por una persona que decía encargada de la Diputación, manifestándole que la misma Corporación desea saber si han sido presentadas las 150 restantes, y el juzgado que tenga conocimiento del asunto. ------ Folla: 91,92 2. Visto el resultado que ha ofrecido la contrata del servicio de bagajes para el año económico próximo de 1881 a 82 y resultando que en la subasta, solo se ha presentado un pliego de D. Manuel Vidal Rodríguez, vecino de A Cañiza. Y, estado la cantidad ofrecida dentro del pliego de condiciones, se acuerda aprobar la subasta adjudicándose definitivamente el remate como lo propone la contaduría. ------

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