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31-01-1994_Extraordinaria. Acta de sesión_31-01-1994_Extraordinaria
Acta de sesión_31-01-1994_Extraordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.AMPO.1.GF001.F0001.SF003.S0020.18461/2.31-01-1994_Extraordinaria
Título Acta de sesión_31-01-1994_Extraordinaria
Data(s) 31-01-1994 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo municipal de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido ACTA NUMERO DOS CORRESPONDIENTE A LA SESIÓN EXTRA0RDINARIA DEL PLENO DE LA CORPORACIÓN CELEBRADA EL DÍA 31 DE xaneiro DE 1994
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En el Salón de Actos de la Casa Consistorial del Excmo. Ayuntamiento de Pontevedra, siendo las diecinueve horas y cinco minutos, del día treinta y uno de xaneiro de mil novecientos noventa y cuatro se reúne, en sesión extraordinaria y primera convocatoria, el Pleno de la Corporación bajo la Presidencia del Iltmo. Sr. Alcalde D. Francisco Javier Cobián Salgado, y con la asistencia de los Sres. Concejales D. Edelmiro Barreiro Gómez, D. Bernardo López Abadín, D. Fernando Gago Ruibal, D. Germán de la Iglesia Faustino,
D. Ernesto Baltar Feijoo, D. Francisco Javier Rial Vázquez, D. José María Picallo Búa, D. Fulgencio López Tomé, D. Manuel Vidal Outeda, Dª María Blanca Rodríguez Fernández, D. Fernando Morquecho Barral,
D. Javier Pazos Carballido, D. Manuel Durán Couto, D. Roberto Taboada Rivadulla, D. Eugenio Jiménez Passolas, D. Camilo José Garrido Torres, Dª María del Carmen Larriba García, D. José Manuel Estévez Heredia, Dª María Margarita Adrio Taracido, D. Miguel Anxo Fernández Lores, D. José Cesáreo Mosquera Lorenzo, D. Raimundo González
Carballo y Dª Salomé Alvarez Blanco,-con excepción de la Sra. Larriba García que se incorpora a la sesión después de resuelto el punto 1 del orden del día- estando presente el Sr. Interventor D. Manuel Loureiro Blanco, actuando como Secretario, D. Julio Dapena Outomuro, que da fe del acto.
No asistiendo D. José Acuña Sastre.
El Iltmo. Sr. Alcalde declara abierta la sesión y, por cuestión de orden, concede la palabra a don José Manuel Estévez Heredia, en representación del grupo municipal del P.S. de G-PSOE, el cual desea saber las razones que han podido existir para no incluir en el orden del día de esta sesión plenaria su escrito relativo a la ubicación en Vigo de las sedes de dos Delegaciones provinciales de la Xunta de Galicia, medida que su grupo municipal, al considerarla discriminatoria para este Ayuntamiento, estima que es merecedora de un pronunciamiento por parte del Pleno, teniendo que suponer que para el Sr. Alcalde se trata de un asunto cerrado o intrascendente.
Le contesta el Sr. Alcalde que no se trata de un asunto ni cerrado ni intrascendente y como tiene la facultad de convocar y disponer el orden del día de las sesiones de los Plenos no le pareció oportuna la inclusión de este tema que, ante el debate suscitado a través de los medios de comunicación, ya tuvo respuesta por parte de la Alcaldía, en el mismo momento en que transcendió, de acuerdo con los comunicados procedentes de la Xunta de Galicia y de su Presidente, por lo que todavía está abierto y, en el supuesto de que se cierre, será el momento de debatirlo en Pleno, porque es clara la posición de todos los grupos políticos municipales, no solamente la del grupo municipal socialista, en todo cuanto se refiere a la defensa de la capitalidad de Pontevedra.
ORDEN DEL DÍA
1.-ACTAS ANTERIORES: APROBACIÓN, EN SU CASO, DE LOS BORRADORES
DE LAS ACTAS CORRESPONDIENTES A LAS SESIONES PLENARIAS EXTRAORDINARIA DE 19 DE NOVIEMBRE, ORDINARIA DE 25 DE NOVIEMBRE Y EXTRAORDINARIA DE 29 DE DICIEMBRE DE 1993.
Dada cuenta de los borradores de las actas correspondientes a las sesiones plenarias: Extraordinaria de 19 de noviembre, ordinaria de 25 de noviembre y extraordinaria de 29 de diciembre de 1993, son aprobados por unanimidad y sin modificación alguna.
Se incorpora a la sesión doña María del Carmen Larriba García.
2.-RESOLUCIONES DE LA ALCALDÍA: DAR CUENTA DE LAS RESOLUCIONES DE LA ALCALDÍA (ALCALDE Y TENIENTES DE ALCALDE) DICTADAS DURANTE LOS MESES DE NOVIEMBRE Y DICIEMBRE DE 1993.
Examinadas las resoluciones dictadas por los Sres. Alcalde y Tenientes de Alcalde durante los meses de noviembre y diciembre de 1993.
Abierto el debate, se concede la palabra a don Miguel Anxo Fernández Lores, portavoz del grupo municipal del B.N.G., o cal manifesta que desexa facer unhas reflexións ó respecto dalgunhas resolución asinadas polo Sr. Alcalde, que se refiren na súa maioría ás subvencións que, en moitos aspectos, ademaisde existir una clara discrecionalidade, teñen un contido político que están a producir uns agravios comparativos como ven sendo norma nesta lexislatura, a pesar das peticións que fan os grupos da oposición, concretamente o Bloque Nacionalista Galego, para que ó igual que se facía nas anteriores lexislaturas estas subvencións volvan a pasar pola Comisión de Cultura, co fin de que sendo do coñecemento de tódolos Concelleiros saiban a quen se lle dan e os criterios que se empregan, co que a devandita Comisión, que non se reúne case nunca, tería bastantes motivos para facelo; que a pesar de que hai múltiples resolucións que podería comentar, soamente vai a falar, en primeiro lugar, dunha resolución da Alcaldía pola que se lle paga a una empresa, por medio de adxudicación directa, 450.000 pesetas para o arranxo dunha fonte e lavadeiro en Bora, e aínda que non ten ningún inconveniente en que se faga, resúltalle extraño que, existindo un acordo da Corporación de subvencionar con 9.000 pesetas cada una das fontes do Concello, non se teña en conta unha petición de subvención feita pola Xunta de Montes de Lérez que arranxou ó parecer a totalidade das fontes desa parroquia nunha contía de catro millóns de pesetas, mentres o grupo de goberno gasta 450.000 pesetas nunha fonte, que quere supoñer que sería imprescindible o seu arreglo, pero non o fai así noutros casos, como o lavadeiro e a fonte de auga que lle chaman dos Cebos de Campolongo, que o seu grupo municipal solicitouno por medio dun escrito xa fai un par de anos e aínda non se sabe nada do proxecto para arranxar esa fonte e lavadeiro, cando se arranxa esta de Bora, ó parecer dunha maneira urxente, porque se utilizou a vía da urxencia para adxudicar unha obra sen ningún tipo de expediente de contratación nin concurso público; que tamén ten que se referir a dúas subvencións que, alomenos, ó grupo municipal do BNG parecéronlle chocantes, unha por importe de 200.000 pesetas á Federación Provincial de Comercio para a celebración dunha reunión, e outra pola mesma contía con motivo da toma de posesión de don Rafael Úbeda, que non entende a súa razón pois supone que a Federación Provincial de Comercio terá cartos de abondo para desprazamento e utilización dalgunha sala de convencións, sen que teña que subvencionala o Concello de Pontevedra, e o mesmo pódese dicir da toma de posesión dun persoeiro, que lle merece tódolos respectos, pero que tampouco entende porque o Concello ten que subvencionalo, e iso é, dende o seu punto de vista, un agravio comparativo coas 500.000 pesetas que se lle dan ó Comedor de San Francisco, recentemente nomeado Premio Ciudad de Pontevedra; que hai tamén otras subvencións a algunha asociación de veciños, concretamente a de Santa María, polo festival de Reis ou de Nadal, cando lle parece que houbo outras asociacións que tamén fixeron algún festival no Nadal e nestas resolucións non se lle concede ningún tipo de subvención, aínda que puidera ser que non a solicitaran pero, no suposto de que a soliciten, supón que o Concello veráse nun problema de tesourería á hora de ter que subvenciona-las asociacións que organicen calquera tipo de actividades, polo que hai que utilizar outros criterios na concesión de subvencións, xa que non lle parece correcto que se dean deste xeito pois deberían pasar pola Comisión de Cultura para que tiveran unha certa lóxica e os grupos da oposición as coñeceran, incluso antes da súa concesión.
Le contesta el Sr. Alcalde que na súa intervención alegou, como razón para que as resolucións da Alcaldía teñan que pasar polas Comisións, o feito do coñecemento dos grupos da oposición, pero ese coñecemento xa o teñen os Concelleiros posto que ninguén lles impide acceder a elas, pero de tódalas maneiras as resolucións da Alcaldía non necesitan de filtro ningún, pois está no seu pleno dereito de facelas xa que é unha competencia que lle corresponde; que, polo que respecta ó tema de Bora, como debería saber, figura no Presuposto unha consignación de 25.000 pesetas por fonte e o Concelleiro da Área presentou un estudio ó respecto que a Alcaldía considerou razoable polo que se buscou a fórmula para darlle esa contía por medio dunha resolución, pois tódalas peticións estúdianse e nun momento determinado, se non son moitas, pódense ás veces outorgarse para unhas actividades concretas.
Terminado el debate, el Pleno de la Corporación queda enterado de las resoluciones dictadas por los señores Alcalde y Tenientes de Alcalde durante los meses de noviembre y diciembre de 1993.
3.- DAR CUENTA DE RESOLUCIONES DE LA ALCALDÍA POR LAS QUE SE NOMBRA MIEMBRO DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO Y TENIENTE DE ALCALDE A
D. JOSÉ MARÍA PICALLO BÚA Y SE DELEGAN DETERMINADOS SERVICIOS EN EL CONCEJAL D. JAVIER PAZOS CARBALLIDO.
El Pleno de la Corporación queda enterado de Resolución de la Alcaldía de fecha 29 de diciembre de 1993, que dice:
Habiendo cesado, por renuncia expresa, como Concejal de este Excmo. Ayuntamiento don Tomás Iribarren Fernández-Rogina, que ostentaba el cargo de tercer Teniente de Alcalde y miembro de la Comisión de Gobierno, y vistos los artículos 20-1-b) y 23-3 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, al amparo de los cuales corresponde al Alcalde la designación de Tenientes de Alcalde entre los miembros de la Comisión de Gobierno para que le sustituyan, por el orden de su nombramiento, en los casos de vacante, ausencia, enfermedad u otro impedimento que le imposibilite para el ejercicio de sus atribuciones.
Esta Alcaldía, con arreglo a lo establecido en el artículo 46 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
HA RESUELTO:
PRIMERO.- Nombrar octavo Teniente de Alcalde y miembro de la
Comisión de Gobierno del Excmo. Ayuntamiento de Pontevedra al Concejal don José María Picallo Búa, quedando establecido el orden de sustitución del Alcalde en la totalidad de sus atribuciones en los casos de ausencia, enfermedad u otro impedimento que le imposibilite para el ejercicio de sus atribuciones, en la forma siguiente:
1º Tte. de Alcalde: Don Edelmiro Barreiro Gómez.
2º Tte. de Alcalde: Don Bernardo López Abadín.
3º Tte. de Alcalde: Don Fernando Gago Ruibal.
4º Tte. de Alcalde: Don Germán de la Iglesia Faustino.
5º Tte. de Alcalde: Don Ernesto Baltar Feijoo.
6º Tte. de Alcalde: Don José Acuña Sastre.
7º Tte. de Alcalde: Don Francisco Javier Rial Vázquez.
8º Tte. de Alcalde: Don José María Picallo Búa.
SEGUNDO.- Dar cuenta al Pleno de la precedente resolución en la primera sesión que celebre, notificándola personalmente al designado y publicándola en el Boletín oficial de la Provincia sin perjuicio de su efectividad desde el día de la fecha.
Asimismo, el Pleno de la Corporación queda enterado de Resolución de la Alcaldía de fecha 26 de xaneiro de 1994, que dice:
Vistos los artículos 43 a 45 y 114 a 118 del Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, esta Alcaldía en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 21-3 de la Ley 7/85 y de conformidad con lo establecido en el artículo 43-4) y 5) del citado Reglamento HA RESUELTO:
Conferir delegación especial a favor del Concejal don Javier Pazos Carballido para la dirección interna y gestión, excluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, de todos aquellos asuntos, de competencia municipal, relacionados con la Juventud, sin perjuicio de que las atribuciones delegadas, puedan ser avocadas por la Alcaldía, en cualquier momento, de conformidad con la legislación vigente sobre procedimiento administrativo común.
De la precedente resolución se dará cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre notificándola personalmente al Concejal interesado quien deberá aceptarla expresamente para su eficacia, publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia sin perjuicio de su efectividad desde su aceptación.
4.- COMUNICACIÓN DEL SR. PORTAVOZ DEL GRUPO MUNICIPAL DEL PARTIDO POPULAR SOBRE LA ADSCRIPCIÓN DE LOS CONCEJALES DE SU GRUPO A LAS DIFERENTES COMISIONES INFORMATIVAS Y ÓRGANOS COLEGIADOS CON REPRESENTACIÓN MUNICIPAL.
Dada cuenta de comunicación del portavoz del grupo municipal del Partido Popular, don Ernesto Baltar Feijoo, en la que manifiesta:
Como consecuencia del cese del Concejal y Teniente de Alcalde don Tomás Iribarren Fernández-Rogina y la toma de posesión del Concejal don Javier Pazos Carballido, el grupo municipal del Partido Popular ha acordado proceder a la reorganización de la adscripción de sus miembros en las distintas Comisiones Informativas y en los órganos colegiados en los que el Pleno de la Corporación tenga representación.
A) COMISIONES INFORMATIVAS
a) Comisión Informativa Permanente y Especial de Cuentas.- Se adscribe a la misma al Concejal don Javier Pazos Carballido, en sustitución de don Tomás Iribarren Fernández-Rogina.
b) Comisión Informativa Permanente de Urbanismo.- Se adscribe a la misma a doña María Blanca Rodríguez Fernández, en sustitución de don Tomás Iribarren Fernández-Rogina.
c) Comisión Informativa Permanente de Educación y Cultura.Se adscribe a la misma a don Javier Pazos Carballido, cesando el vocal don Francisco Javier Rial Vázquez.
Lo que participo al Pleno de la Corporación, en cumplimiento de lo acordado por el Pleno de la Corporación en su sesión del día 3 de julio de 1991 (punto nº 7, apartado cuarto).
B) REPRESENTACIÓN DEL GRUPO POPULAR EN ÓRGANOS COLEGIADOS
De conformidad con lo establecido en el artículo 38-c) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y teniendo en cuenta los criterios establecidos por el Pleno para determinar la representación de los distintos grupos municipales en los Órganos Colegiados en que debe estar representado el Ayuntamiento, se propone al Pleno los siguientes nombramientos:
a) Organismo autónomo local Fundación Pública de Servicios Deportivos municipais- Designar vocal de la Junta Rectora de la Fundación a don Javier Pazos Carballido, en sustitución de don José María Picallo Búa, que cesará en su representación.
b) Consejo Local de Consumo.- Designar vocal a don Fernando Morquecho Barral, en sustitución de don Tomás Iribarren Fernández-Rogina.
c) Asamblea Local de la Cruz Roja.- Designar como vocal del Comité de la Asamblea Local de la Cruz Roja a doña María Blanca Rodríguez Fernández, en sustitución de don Fernando Morquecho Barral.
d) Consejo Escolar del Colegio Público Piedra Picada-Lérez.Designar a don Germán de la Iglesia Faustino, en sustitución de don Tomás Iribarren Fernández-Rogina.
C) PORTAVOCES DEL GRUPO MUNICIPAL DEL PARTIDO POPULAR
Se ha designado Portavoz del grupo municipal del partido popular a don Ernesto Baltar Feijoo y suplentes a todos los miembros del grupo que ostenten delegaciones de área o servicios, en relación con los asuntos referentes a su delegación y sometidos a debate.
Lo que participo al Pleno de la Corporación para conocimiento de los apartados A) y C) y aprobación del apartado B).
Abierto el debate, se concede la palabra a doña María del Carmen Larriba García, en representación del grupo municipal del P.S. de G-PSOE, la cual manifiesta que se ha propuesto una modificación de miembros de Comisiones e, incluso, de responsabilidades en áreas de importancia, y como quiera que es en el Pleno el único lugar que tienen los Concejales de la oposición para poder intervenir, se ve obligada a hacerlo sobre cuestiones que podían debatirse dentro de las Comisiones Informativas, con lo que el resultado podía ser mejor, siendo consciente de que el Sr. Picallo Búa, que pasa a ser Teniente de Alcalde, está saturado de trabajo, ya que prácticamente todo el tiempo de dedicación al Ayuntamiento lo invierte, y además bien, en organización de festejos, con lo cual en el área de cultura no hay absolutamente nada, como lo demuestra el hecho de que la Comisión se reúne dos veces al año por cuestiones de puro trámite, sin ningún tipo de entidad ni de contenido, siendo uno de los grandes vacíos de este Ayuntamiento la política cultural, que no existe, por lo que se han perdido todos los avances que se habían conseguido en el anterior mandato, por cuyo motivo desearía proponer en Comisión que, como el Sr. Picallo Búa está realmente tan sobrecargado de trabajo con la organización de los festejos, el área de cultura le fuera encomendada a otro Concejal que dispusiera de más tiempo para dedicarse a los temas culturales que le parecen fundamentales en un Ayuntamiento de tantos habitantes y de tanta entidad como el de Pontevedra, y lo dice, a la vez que sin ningún ánimo de ofender al
Sr. Picallo Búa, porque estima que debe ser así ya que durante este mandato no se ha tratado en absoluto ningún tema de entidad cultural, desconociendo si se van a reunir las Comisiones para debatir los presupuestos de cada área, si este Ayuntamiento va a tener una programación cultural propia para el año 1994, ni que tipo de dotación presupuestaria va a haber, porque, por ejemplo, en tema de las subvenciones, a las que hizo referencia el Sr. Fernández Lores al tratar el punto de las resoluciones de la Alcaldía, sería bueno que se imitase la labor que realiza la Fundación Pública de Servicios Deportivos Municipales, que tiene una partida concreta dedicada a subvenciones, elabora unos baremos, redacta unas bases de convocatorias públicas y, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se bareman y debaten las peticiones, otorgándose las subvenciones en función de una serie de acuerdos que plenamente adopta el Consejo Rector, teniendo que decir, con el mejor ánimo del mundo, que el desierto más importante que hay en este momento en el Ayuntamiento es la política cultural, porque si repartir subvenciones o ceder el Teatro Principal consideran que es política cultural de un Ayuntamiento de capital de provincia, le parece que es desvirtúar excesivamente lo que es y significa la palabra cultura, por lo que le gustaría que estos temas se hubiesen tratado en la Comisión, si se reuniese con cierta regularidad.
Le contesta el Sr. Alcalde que le agradece esas felicitaciones a los Concejales del equipo de gobierno pero, en todo caso, el Sr. Picallo Búa hasta hoy, como bien ha dicho, no era Teniente de Alcalde, razón por la cual no podía presidir Comisión alguna, dándose, además, la circunstancia de que en el Reglamento Orgánico de esta Corporación no existe más que una Comisión que se denomina Educación y Cultura que preside don Fernando Gago, que hasta el momento se ocupa a su vez de todos los temas de las dos áreas, pudiéndole decir que es intención de la Alcaldía desdoblar esa Comisión Informativa en dos, para que una se ocupe del área de deportes y juventud y la otra de la de educación y cultura, dadas las materias tan importantes que ambas Comisiones tienen, pero tal hecho requiere una modificación del Reglamento Orgánico, con toda la tramitación que conlleva.
Terminado el debate, el Pleno de la Corporación queda enterado de los apartados A) y C) de la citada comunicación y por mayoría, con el voto favorable de los catorce Concejales presentes del grupo municipal del P.P. y con la abstención de los seis Concejales del grupo municipal del P.S. de G-PSOE y de los cuatro Concejales del grupo municipal del B.N.G., aprueba los siguientes nombramientos:
a) Organismo autónomo local Fundación Pública de Servicios Deportivos municipais- Designar vocal de la Junta Rectora de la Fundación a don Javier Pazos Carballido, en sustitución de don José María Picallo Búa, que cesará en su representación.
b) Consejo Local de Consumo.- Designar vocal a don Fernando Morquecho Barral, en sustitución de don Tomás Iribarren Fernández-Rogina.
c) Asamblea Local de la Cruz Roja.- Designar como vocal del Comité de la Asamblea Local de la Cruz Roja a doña María Blanca Rodríguez Fernández, en sustitución de don Fernando Morquecho Barral.
d) Consejo Escolar del Colegio Público Piedra Picada-Lérez.Designar a don Germán de la Iglesia Faustino, en sustitución de don Tomás Iribarren Fernández-Rogina.
5.- URBANISMO-CATÁLOGO: RESOLUCIÓN DE LAS RECLAMACIONES Y
SUGERENCIAS ACEPTANDO LOS TEXTOS REFUNDIDOS DEL "CATÁLOGO DE
EDIFICACIONES Y ELEMENTOS A CONSERVAR EN LA CIUDAD Y EN EL RURAL" Y REMISIÓN DE LOS MISMOS A LA COMISIÓN PROVINCIAL DE URBANISMO PARA SU PRECEPTIVO INFORME.
Dada cuenta del dictamen favorable, por mayoría, de la Comisión Informativa Permanente de Urbanismo a la resolución de las reclamaciones y sugerencias aceptando los textos refundidos del Catálogo de Edificaciones y Elementos a Conservar en la ciudad y en el rural, así como a la remisión de los mismos a la Comisión Provincial de Urbanismo para su preceptivo informe.
Abierto el debate, se concede la palabra a don Miguel Anxo Fernández Lores, portavoz del grupo municipal del B.N.G., o cal manifesta que ó seu grupo municipal parécelle que este catálogo se quedou curto, pois lle gustaría incluir algunha edificación máis; que se este catálogo se tivera feito antes evitaríanse as demolicións de edificios que se fixeron no seu momento, que se deberían ter conservados, tendo que lamentar que o grupo de gobernó deixara pasar os prazos de paralización de licenzas, polo que hai un auténtico perigo de que se sigan a facer demolicións de edificios ó 0olicitar novas licenzas e polo tanto esta curtidade do catálogo ainda sexa menor, sendo partidario de que se aprobe canto antes, ainda que, como non está de acordo co seu contido, a súa postura vai ser de abstención.
A continuación, interviene por el grupo municipal del P.S. de G-PSOE, don Eugenio Jiménez Passo las indicando si será verdad aquello que decía Einstein de que el signo de esta época es la perfección en los medios y la confusión en los fines, porque en este caso no hay perfección en los medios, pero de cualquier manera la posición de su grupo municipal, respecto al catálogo, también va a ser de abstención, ya que tiene bastantes quejas en relación con el mismo, porque el equipo de gobierno sabe que ha sido polémico desde que se levantó la suspensión de licenzas, en relación con el Cuartel de San Fernando, a petición del ciudadano Sr. Baltar Feijoo que presentó una alegación, que, al atenderla aisladamente, ya fue un procedimiento irregular y, mucho más irregular, el rebajar sensiblemente la protección de dicho Cuartel; que tampoco está de acuerdo con que se nombre una Comisión Mixta, en la cual intervendrán dos representantes de Patrimonio, por considerar que se trata de una invasión de las competencias municipales, porque, de la misma manera que no se ha opuesto a que la Comisión de Patrimonio tuviera una participación activa durante el período de estudio de las alegaciones y la toma de postura posterior, le parece que es extralimitarse el perpetuar la presencia de la Comisión de Patrimonio en la intervención sobre el informe de edificios que no están dentro del ámbito de la zona monumental, estando, no ya en desacuerdo, sino sorprendido con el hecho de que se haya dejado pasar el plazo de dos años que se disponía para la resolución de este expediente que, al no tener mayores dificultades, se podía haber llevado a cabo en muchísimo menos tiempo, pudiendo decir el Sr. Secretario si es cierto o no que, en este momento, todos los edificios que forman parte de ese catálogo están desprotegidos, con lo cual cualquier particular no tiene ningún inconveniente para construir sobre un edificio actualmente catalogado.
Le contesta el Sr. Alcalde que es así, pero con reservas, ya que, según los informes jurídicos que le han facilitado en este Ayuntamiento, si la Corporación, en un plazo no superior a dos meses, aprueba definitivamente ese catálogo, tiene la posibilidad de no conceder esas licenzas.
Continúa en el uso de la palabra el Sr. Jiménez Passolas indicando que la pregunta inmediata es ¿se van a poner los medios necesarios para que antes del plazo de dos meses, que supone cuenta desde la solicitud de alguna licencia, se produzca ese informe preceptivo de la Comisión Provincial de Urbanismo y esa aprobación definitiva? porque, de no ser así, se estaría en esa situación de indefensión, que es lo contrario de lo que pretenden todos los aquí presentes, por lo que, su grupo municipal se va a abstener, por esas tres cuestiones, pero sobre todo por las dos últimas, puesto que lo del Cuartel de San Fernando es algo que ya tuvo su trámite correspondiente.
Le contesta el Sr. Alcalde que este primer paso que hoy se da, remitiendo el expediente a la Comisión Provincial de Urbanismo, tiene por objeto el agilizar al máximo el procedimiento, que no depende sólo de este Ayuntamiento, sino de otras instituciones, el que se pueda o no cumplir con exactitud ese plazo, aunque se tratará por todos los medios de conseguirlo.
Seguidamente hace uso de la palabra, don Edelmiro Barreiro Gómez, en representación del grupo municipal del P.P., anunciando que va a dar su aprobación al catálogo, que debía estar aprobado ya hace muchísimo tiempo porque edificios, tal como dicen los compañeros socialistas y del Bloque, se han derribado, pero no en esta época y a que se vienen produciendo desde hace tiempo, deseando, también, hacer constar que seguramente podía haber más edificios, pero tanto la Comisión como el Equipo redactor han considerado que son suficientes los que están ya catalogados, por lo menos que no se derriben aquellos edificios de cierta calidad, queriendo agradecer a los compañeros de la Comisión el gran trabajo desarrollado que, al haber visto edificio por edificio, han tenido quizás que dejar otras ocupaciones; que también es verdad que la Comisión de seguimiento que se propone, que puede aceptarse o no, es consecuencia de la alegación presentada por Patrimonio relativa a su creación, aunque quizás fuera más interesante, como así se acuerda en la Comisión, que sea en la zona monumental, pero al ser también verdad que existen edificios fuera de esa zona que tienen quizás más interés que muchos otros de la zona monumental, es importante de que, en aquellos edificios que tienen ciertas características, haya alguien especializado que diga que es lo que se debe conservar, por lo que considera que no es una dejación de funciones municipales toda vez que el informe que produzca no es vinculante sino simplemente de asesoramiento, correspondiéndole a la Corporación y al equipo de gobierno, una vez emitido el informe previo por esa Comisión, el aprobarlo o no y el tener o no en cuenta ese informe, por lo que, al estimar que se está dando un paso importante, vota a favor del dictamen favorable de la Comisión de
Urbanismo.
Toma la palabra el Sr. Alcalde para felicitar y agradecer al Presidente y demás miembros de la Comisión por el trabajo realizado, que le consta que fue realmente arduo y serio, porque han recorrido la ciudad, viendo y analizado la situación de cada edificio, con el asesoramiento de miembros de la Comisión Provincial de Patrimonio, lamentando el retraso habido, que no es sólo imputable a esta Corporación, sino también a las anteriores, para que este catálogo no estuviera ya realizado, pero, no obstante, se tratará de acelerar al máximo todos sus trámites para llevarlo adelante lo antes posible.
Terminado el debate, el Pleno de la Corporación, por mayoría, prestó su aprobación al proyecto de acuerdo con su motivación, en los términos y sentido del voto que se indican a continuación:
Examinada la documentación integrante del denominado "PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR Y CONSERVACIÓN ARTÍSTICA DEL CASCO
HISTÓRICO Y CATALOGO DE EDIFICACIONES Y ELEMENTOS A CONSERVAR DEL
TERMINO MUNICIPAL DE PONTEVEDRA", redactado por el Equipo Adjudicatario de dichos trabajos, representado por el Arquitecto don José González-Cebrián y Tello, esta Secretaría General, en cumplimientodelodispuestoenelart.3ºb)delRealDecreto1174/1987, que impone al Secretario de la Corporación el deber de informar preceptivamente en aquellos asuntos cuya aprobación exija una mayoría especial, como son los Planes e Instrumentos de Ordenación Urbanística, por imperativo del art. 47.3.i), de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y art. 54.1.b) del Texto Refundido de Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, emite el siguiente INFORME:
RESULTANDO: Que se han acreditado los siguientes
H E C H O S
PRIMERO.- El Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día veintinueve de octubre de mil novecientos noventa y dos, acordó prestar aprobación con carácter inicial a los referidos documentos urbanísticos, manteniéndose la suspensión de licenzas de parcelación de terrenos, edificación y demolición en aquellas áreas cuyas nuevas determinaciones supusiesen una modificación del régimen urbanístico vigente, así como en aquellas parcelas, edificaciones o elementos del término municipal contenidas en las fichas elaboradas por el Equipo Redactor del Catálogo de Ciudad, Rural, y Casco Histórico, no afectando sin embargo esa suspensión a las obras de reforma, salvo aquellas que pudieran hacer inviable la protección especificada en el Plan Especial o Catálogo ni a aquellas que fueran conformes y estuviesen basadas en el régimen urbanístico vigente, siempre que se respetasen las determinaciones contenidas en el Plan Especial.
SEGUNDO.- Tanto el Plan Especial de Reforma Interior y Conservación Artística mencionado, como el Catálogo de Edificaciones y Elementos a Conservar de la Ciudad, Rural y Casco Histórico fueron sometidos a información pública durante el plazo de un mes, insertándose anuncios en los que se recogieron los diversos edificios y elementos incluidos en el Catálogo. De este modo, se publicaron anuncios en el tablón de edictos de la Casa Consistorial, "Diario de Pontevedra" de fecha 8/11/92, "Boletín Oficial" de la Provincia de 23/11/92 y "Diario Oficial" de Galicia de 11/1/93, computándose el período de un mes desde esta última publicación pudiendo, en consecuencia, durante ese plazo examinar cualquier interesado la correspondiente documentación en el edificio municipal de Urbanismo de este Ayuntamiento y formular las alegaciones que se estimasen pertinentes.
TERCERO.- Atendiéndose a lo dispuesto en la vigente legislación protectora del patrimonio histórico-artístico, los documentos inicialmente aprobados fueron remitidos a la Dirección Xeral do Patrimonio Histórico e Documental de la Consellería de Cultura e Xuventude,medianteoficiodelaAlcaldíadefecha4/11/92,entrando en su Delegación Provincial el día diecinueve de ese mes, todo ello con el fin de que se emitiese el preceptivo informe sobre el Plan Especial y el Catálogo del Casco Histórico.
CUARTO.- Durante la fase de información pública se formularon ciento siete alegaciones referidas a alguno de los documentos mencionados o a ambos. De estas, dieciocho fueron suscritas por Asociaciones, Partidos o particulares cuestionando aspectos de carácter general, en tanto que treinta reclamaciones fueron presentadas por particulares prácticamente en su mayoría propietarios de inmuebles incluidos en el Catálogo de la Ciudad y del Rural, que suscribían alegaciones sobre diversos aspectos de estos textos. De este modo, pronto se apreció una distinta problemática entre el Catálogo de la Ciudad y el Rural y el Catálogo y el Plan Especial del Casco Histórico, lo cual se acentuó una vez se recibió en este Ayuntamiento -concretamente el día diecinueve de febrero del año pasado- el informe de la Dirección Xeral do Patrimonio Histórico e Documental, el cual planteaba notorias discrepancias con los trabajos inicialmente aprobados para el casco histórico, por cuanto resumidamente el informe de Patrimonio incidía en una tendencia conservacionista del Barrio antiguo pontevedrés en todos y cada uno de sus inmuebles, elementos y estética.
QUINTO.- El día 2/6/93, se recibieron en el Registro General del Ayuntamiento, sendos ejemplares de la contestación conferida por el Equipo Redactor a las alegaciones formuladas, efectuándose a la vista de toda la documentación, sendas reuniones interdisciplinares de la Comisión Informativa Municipal de Urbanismo con miembros de la Delegación Provincial de la Consellería de Cultura yEquipoRedactordelosinstrumentosurbanísticoslosdías17/6/93, 23/6/93, 29/6/93 y 2/7/93, de las cuales se levantaron las correspondientes actas en aras de adecuar dichos documentos al preceptivo informe de la Dirección Xeral de Patrimonio.
En estas reuniones, se estudió el Catálogo del Rural y de la Ciudad, desplazándose los presentes hasta los diversos inmuebles catalogados, por lo que una vez emitido informe por el Sr. Arquitecto Jefe del Servicio Municipal de Gestión y Disciplina Urbanística de fecha 27/7/93, la Comisión Informativa Municipal de Urbanismo, en sesión celebrada el día 29/7/93, emitió dictamen sobre las alegaciones formuladas al Catálogo de la Ciudad y del Rural. Por consiguiente, emitido un nuevo informe por el Sr. Arquitecto Jefe de la O.G.D.U., de fecha 2/8/93, la Alcaldía remitió dicho informe y el dictamen de la C.I.M.U. al Equipo Redactor mediante oficio del día1/9/93conelfindequeseconfeccionaseunnuevotextorefundido de la ciudad y del rural, significándosele que cualquier consulta debería ser tratada con el Sr. Presidente de la Comisión Municipal de Urbanismo.
SEXTO.-Hecho relevante o significativo que no podría obviarse en esta propuesta fue la estimación por el Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria del día 24/6/93, de la alegación suscrita por el Sr. Teniente Alcalde del Área de Disciplina Urbanística sobre la modificación de la Protección establecida para el Cuartel de San Fernando en el documento de aprobación inicial del Catálogo de la Ciudad; de este modo se le asignó por el Pleno de la Corporación un Nivel de Protección Ambiental en su Categoría "A" posibilitándose la intervención arquitectónica en tal Centro, según los condicionamientos urbanísticos contenidos en el Pliego regulador del Concurso de Proyectos y Obras de la remodelación para su adecuación a Facultad de Bellas Artes y Escuela de Restauración, confeccionado por la Excma. Diputación Provincial, previo dictamen del organismo competente para la protección del patrimonio histórico-artístico.
Contra este acuerdo se formuló un escrito de oposición por el
Grupo Municipal del P.S. de G.-P.S.O.E., informando el Sr. Arquitecto Jefe de la O.G.D.U. no tratarse tal modificación de una de las denominadas de naturaleza sustancial, sino únicamente de carácter puntual.
SÉPTIMO.- Durante estos últimos meses, prosiguieron las reuniones entabladas entre la Comisión Municipal de Urbanismo, miembros de la Delegación Provincial de Cultura y Equipo Redactor con el fin de examinar y analizar la problemática del Casco Histórico, acudiéndose personalmente a sus distintas zonas y levantándose las actas y planos preceptivos. Asimismo, dándose cumplimiento a lo solicitado por la Alcaldía y pliego regulador del Concurso que rigió la adjudicación de los trabajos, el día 28/12/93, el Arquitecto Sr. González-Cebrián Tello, Jefe del Equipo Redactor, entregó en el Registro General de esta Administración Municipal cinco ejemplares del Catálogo de la Ciudad y del Rural, informando sobre esa documentación el Sr. Arquitecto Jefe de la O.G.D.U. que se recogieron los dictámenes de la Comisión Informativa Municipal de Urbanismo, constituida en Comisión de Seguimiento, cumpliendo el documento las determinaciones y prescripciones establecidas por la Ley del Suelo, no existiendo modificaciones sustanciales sobre los textos inicialmente aprobados, manifestando, no obstante, haberse eliminado la ficha 81 del Catálogo del Rural (Casa de los García Sarmiento en Mourente), al no localizarse, así como existir un error en el apartado 7 de la Reglamentación de Obras a que estarán sujetos los edificios catalogados "Obra Nueva" del Catálogo, pues deberá referirse a la Comisión Municipal de Seguimiento según estipula el apartado5delepígrafedeDefinicióndeTiposde Obra del Catálogo. Finalmente, la Comisión Informativa Municipal de Urbanismo dictaminó favorablemente los textos refundidos del Catálogo de Ciudad y Rural confeccionados, proponiendo al Pleno de la Corporación que prestase su conformidad y por tanto, se remitiesen los documentos a informe de la Comisión Provincial de Urbanismo, como trámite inmediatamente anterior a su aprobación definitiva.
CONSIDERANDO: Que el expediente administrativo se ha tramitado correctamente, se formula proyecto de acuerdo amparado en los siguientes
FUNDAMENTOS LEGALES
PRIMERO.- De conformidad con lo dispuesto en la vigente normativa urbanística, el Catálogo tanto de la Ciudad y Rural como del Casco Histórico y el Plan especial de Reforma Interior y Conservación Artística de ese ámbito espacial fueron sometidos a información y exposición pública en la forma reglamentariamente estipulada con el fin de que se formulasen las alegaciones o reclamaciones que cualquier interesado o colectividad estimase convenientes. Asimismo, el citado Plan Especial y el Catálogo del Barrio Antiguo pontevedrés se remitieron a informe del organismo de la Administración autonómica competente para la protección del patrimonio histórico-artístico y una vez emitido dicho dictamen, de carácter preceptivo y vinculante, y tal y como se expuso en los anteriores hechos, la disconformidad de la Dirección Xeral de Patrimonio Histórico e Documental supuso un notorio diferenciamiento no sólo en la tramitación, sino en la competencia para la instrucción y adopción del definitivo acto administrativo de aprobación de los documentos urbanísticos.
SEGUNDO.- De esta manera, aunque las competencias de la Dirección Xeral referida se ceñían a los documentos relativos al casco histórico, esta Administración Municipal celebró reuniones con miembros de dicho organismo con el fin de consensuar las determinaciones y previsiones de los documentos urbanísticos. Una vez examinado el Catálogo de la Ciudad y Rural y emitido el oportuno dictamen por la Comisión Informativa Municipal de Urbanismo, constituida en Comisión de Seguimiento de los trabajos y redactados los textos devenidos de tales dictámenes que no suponen según los informes técnicos emitidos un cambio sustancial del Catálogo de la ciudad y rural inicialmente aprobados, procede que el Pleno de la Corporación preste su conformidad a tales textos refundidos del Catálogo de la Ciudad y del Rural.
TERCERO.- El vigente Texto Refundido de la Ley sobre régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1992, de 26 de junio, establece que los Catálogos se tramitarán, aprobarán y publicarán de conformidad con las reglas establecidas para los Planes Parciales.
Siendo competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma la materia de "Ordenación do territorio, do Litoral, Urbanismo e Vivenda", según dispone el artículo 27.3 de nuestro Estatuto de
Autonomía, y transferida la materia urbanística a la Administración
Autonómica por Real Decreto 2/2/1979, de 26 de xaneiro y Real Decreto
2424/1982, de 24 de julio, son de aplicación aquellos aspectos concretoscontenidosenlaLey11/1985,de22deagosto,deAdaptación de la del Suelo a Galicia, cuyo art. 30 dispone que los Municipios que cuenten con más de treinta mil habitantes serán competentes para la aprobación definitiva de los Planes Parciales y Especiales que desarrollen y se ajusten a las determinaciones del Plan General y una vez adoptado el acuerdo de aprobación inicial y finalizado el plazo de información pública se someterá con sus alegaciones preceptivamente a informe de la Comisión Provincial de Urbanismo, que se entenderá favorable si no se emite en el plazo de dos meses a partir de la recepción del expediente completo por dicho organismo, así como al organismo competente en materia de protección del patrimonio. Asimismo, el apartado primero, párrafo tercero de dicho artículo, dispone que los Planes Parciales y Especiales que desarrollen y se ajusten a las determinaciones del Plan General, no estarán sujetos a la aprobación provisional, procediéndose directamente a la aprobación definitiva, una vez cumplimentado el trámite de información pública e informe de la Comisión Provincial de Urbanismo.
CUARTO.-Siendo el órgano competente para otorgar la aprobación inicial corresponde al Ayuntamiento Pleno, según establece el art. 22.2.c) de la Ley 7/85, de 2 de abril y art. 50.20 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (R.O.F.), Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre, con el quórum exigido por el art. 47.3.i) de dicha Ley 7/85, es decir, mayoría del número legal de miembros de la Corporación, previo dictamen de la Comisión Municipal de Urbanismo como exige el art. 123.1 del R.O.F.
El Pleno de la Corporación, por mayoría, con el voto favorable de los catorce Concejales presentes del grupo municipal del P.P. y con la abstención de los seis Concejales del grupo municipal del P.S. de G-PSOE y de los cuatro Concejales del grupo municipal del B.N.G., que representa la mayoría absoluta del número legal de sus miembros, y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Permanente de Urbanismo, acuerda:
PRIMERO.-Prestar conformidad a la totalidad de los dictámenes emitidos por la Comisión Informativa Municipal de Urbanismo en relación con las alegaciones formuladas al Catálogo de Edificaciones y Elementos a Conservar de la Ciudad y del Rural durante la fase de información pública de dichos documentos urbanísticos y, en consecuencia, aceptar los textos refundidos de ambos ejemplares confeccionados por el Equipo Técnico representado por el Arquitecto Sr. González-Cebrián y Tello y resultantes de los citados dictámenes emitidos a las alegaciones interpuestas en la exposición de los instrumentos inicialmente aprobados.
SEGUNDO.-Remitir el Catálogo de la Ciudad y el del Rural junto con la totalidad del expediente a informe de la Comisión Provincial de Urbanismo, haciéndose constar que dicho informe se entenderá emitido en sentido favorable si no se evacua en el plazo de dos meses contados a partir de la recepción del expediente por ese organismo, procediéndose a su aprobación definitiva una vez obtenido dicho informe o, en su caso, transcurrido el indicado plazo sin ser evacuado.
6.-URBANISMO-PERI - PUERTO: INFORME ANTE LA AUTORIDAD PORTUARIA
SOBRE LAS DETERMINACIONES QUE DEBE CONTENER EL PROYECTO DE "PLAN
ESPECIAL DEL PUERTO DE MARÍN-PONTEVEDRA" Y SOBRE EL PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARA SU APROBACIÓN.
Dada cuenta del dictamen favorable, por unanimidad, de la
Comisión Informativa Permanente de Urbanismo al informe ante la
Autoridad Portuaria sobre las determinaciones que debe contener el Proyecto del Plan Especial del Puerto de Marín-Pontevedra y sobre el procedimiento a seguir para su aprobación.
Abierto el debate, se concede la palabra a don José Cesáreo Mosquera Lorenzo, en representación del grupo municipal del B.N.G., o cal manifesta que, aunque supoñe que se manterá a unanimidade da Comisión, este tema merece unhas reflexións porque xa ven de vello e demostra unha gravidade na relación entre institucions que non é de recibo en canto ó talante que demostra unha delas; que este tema foi aprobado na Comisión de Urbanismo, por votación secreta, ó ser tremendamente conflictivo, porque despois de admitido no Plan de Urbanismo, quedou tumbado pola Autoridade Portuaria, xa que a súa idea era realizar as cousas como ó parecer están a facelas, polo que houbo incluso que estará pelexar duramente ata que aceptou facer un Peri, e cando os prazos están pasados cos anos aparece agora que a Comisión de Urbanismo lle fai outras suxerencias no sentido de que habería que contempla- -los vertidos, a praia e a súa zona de afección, polo tanto elimina-lo varadeiro, a terminal de carga e descarga, etc., considerando que todas estas cousas son extraordinariamente sensatas e mínimas para preserva-lo medioambiente e para dotar de espacios públicos a Pontevedra, pero a Autoridade Portuaria volve de novo a non facer ningún caso e a seguir co seu, polo que se alegra de que ó final isto sexa por unanimidade, que o Concello poña as cartas sobre a mesa e agarda e solicita que se dirixa á Autoridade Portuaria esixindo que inmediatamente teña unha entrevista coa Comisión de Urbanismo para expoñerlle as razóns do Concello, tendo que dicir que este comportamento da Autoridade Portuaria está sendo universal pois, segundo apareceu na prensa, en Vigo tamén tiveron un lío con iso, querendo deixar constancia, porque non lle parece de recibo que, en aras dese famoso interese xeral, se pase absolutamente por riba de todo, pois as competencias en urbanismo e en planificación son dos Concellos polo que haberá quefacerlleunmínimocaso,máximecandononinterrompeodesenvolvementodoportoparanada,parecéndolleunhaprepotencia,unhafalta de tacto e un incumprimento da Lei de Costas, que lles afecta a eles mesmos, polo tanto alégrase de que haxa esta unanimidade en defender por parte do Concello todas estas cuestións mínimas que son importantes para Pontevedra e, ó mesmo tempo que anuncia o seu voto a favor, ofrece todo o apoio do BNG para presionar, negociar e para o que faga falta co fín de lograr que se aveñan a razóns, porque lle parece unha falta de respecto á Corporación en Pleno.
A continuación interviene don Roberto Taboada Rivadulla, portavoz del grupo municipal del P.S. de G-PSOE, para, a la vez que anuncia que mantiene la misma posición de la Comisión, decir que sigue manteniendo la defensa de los intereses de los ciudadanos de Pontevedra, porque es un grupo municipal que está sustentado por una representación electoral importante de este municipio, y a los ciudadanos se debe, dada la confianza que su partido le ha dado para estar presente en este Ayuntamiento, pero también quiere decir que la verdad en este asunto no está sólo de un lado, porque aún cuando es verdad que hay cuestiones que tiene que aclarar la Autoridad Portuaria y que este Ayuntamiento demanda y todavía no han sido satisfechas, tiene información de que por parte de la Autoridad Portuaria se ha solicitado en dos ocasiones una entrevista con el Sr. Alcalde con el fin de intentar aclarar este asunto y para llegar a una formulación más adecuada del Plan Especial conforme a los intereses del municipio, siendo una información que tiene documentada por escrito, aunque desconoce si habrá llegado por Registro al Ayuntamiento, pero se hace mención a un escrito del 16-12-93 solicitando al Sr. Alcalde esa reunión.
Le contesta el Sr. Alcalde que, según le informa el Sr. Secretario, pudo haber llegado ayer o anteayer, pues hasta esa fecha no existe petición alguna.
Continúa en el uso de la palabra el Sr. Taboada Rivadulla, indicando que, además de la anteriormente citada, hay otra remitida con fecha 27 de xaneiro de 1994, teniendo, a lo menos, constancia de ambas comunicaciones, solicitándose, en esta última, la celebración de una reunión para tratar este asunto, que se hace extensible también a los grupos municipales, con lo que quiere decir que, independientemente de la resolución que va a mantener sobre la posición en la Comisión, considera que es importante que el máximo responsable municipal tome cartas en este tema e intente flexibilizar lo máximo posible lo que se entiende una relación entre instituciones, pudiéndose convenir al final, para los mejores intereses de Pontevedra, un plan especial de ordenación del Puerto de Marín-Pontevedra, que sea interesante para ambas partes.
Seguidamente, hace uso de la palabra don Edelmiro Barreiro Gómez, como portavoz del grupo municipal del P.P., señalando que, debe quedar muy claro, que tanto el equipo de gobierno como, al parecer, los demás grupos políticos que componen la Corporación, dicen que sí al puerto de Pontevedra, pero, no obstante, también se le exigen unas condiciones mínimas cuando se dictamina el avance, que ya se recogían en el dictamen de la Comisión de Urbanismo y que fueron aceptadas tanto por la Comisión de Gobierno como por el Pleno, pero sin embargo se ha recibido un documento exactamente igual que el avance que no recogía ninguna de las condiciones que la Comisión había incluido, a pesar de que habló personalmente con el Ingeniero del Grupo de Puertos de Pontevedra y le ofreció la colaboración de la Comisión para, antes de presentar el documento del plan especial para su aprobación inicial, entablar conversaciones y ver las dificultades que podía haber, pues con el dialogo se podía buscar lo que sería mejor para Pontevedra y para los vecinos de Estribela, pudiendo confirmar el Sr. Alcalde que la voluntad del equipo de gobierno es el solucionar eso por encima de todo, por lo que su grupo municipal coincide plenamente con el dictamen de la Comisión y en ese sentido se pronunciará.
Toma la palabra el Sr. Alcalde manifestando que, aunque no va a entrar en polémica con el portavoz del partido socialista, tiene quedecirlequenotieneconstanciadeeseescritode16dediciembre por el que se le solicita una entrevista, aunque, quizás, según le informaelSr.Secretario,eldefecha27dexaneiropudotenerentrada en el día de hoy en el Ayuntamiento, pero, a pesar de todo eso, por la Alcaldía se ha contactado personalmente con el Presidente de la Autoridad Portuaria y, por lo menos, en dos conversaciones privadas le invitó a reunirse, porque es respetuoso con las instituciones y deseaba desbloquear la situación a la que se había llegado como consecuencia de que este Ayuntamiento no fue invitado a pertenecer al Consejo de Administración de esa Institución, lo que es realmente lamentable, porque precisamente este Ayuntamiento, en ese convenio a que hizo referencia el Sr. Mosquera, aceptó en un momento determinado una licencia provisional para no impedir las obras y el buen desarrollo del Puerto de Marín-Pontevedra, siendo, en ese momento, ya claro que la Autoridad Portuaria aceptaba esa dependencia, al entender que tenía que redactar un Peri y someterlo a la aprobación de este Ayuntamiento; que, asimismo, tiene que insistir que nunca estuvo cerrado a esa reunión, por lo que dispone que se recoja en el acta de este Pleno la propuesta del Sr. Mosquera, pero no sólo en el sentido de que se celebre esa reunión entre la Autoridad Portuaria y el Alcalde, sino que sea con la misma Comisión de Urbanismo, tal como invitó, aunque de manera informal, el Sr. Barreiro al Ingeniero del Grupo de Puertos, haciéndola oficialmente para que técnicos y políticos de esa institución se reúnan con la Comisión Municipal de Urbanismo, con el fin de que un tema de tanta trascendencia para el desarrollo del Puerto y para los vecinos de Estribela, por tanto para el municipio de Pontevedra, no esté congelado por la gravedad que esto tiene, haciéndose de acuerdo con las directrices que este Ayuntamiento, en legítima defensa de sus intereses, mantiene; que el Sr. Taboada Rivadulla puede estar tranquilo pues, en ese aspecto, no se trata de ninguna lucha institucional, teniendo que insistir que no tenía conocimiento alguno de esos escritos, a los que ha hecho referencia, pero mañana mismo dispondrá que los dos escritos pasen a la Alcaldía y, muy gustosamente, aceptará esa entrevista.
De nuevo interviene el Sr. Taboada Rivadulla diciendo que sustancialmente está de acuerdo con el Sr. Alcalde y que está clara la postura de su grupo municipal, que ha hecho pública, aunque tiene que insistir que, siendo una posición difícil para su grupo, es valiente en defensa de los intereses de los ciudadanos, y la única salvedad que hacía en su intervención, porque le parece que es justo hacerla, al menos así aparece en el Registro municipal, de ese escrito enviado el día 16 de diciembre y ese otro segundo escrito.
Toma la palabra el Sr. Alcalde manifestando que tiene que leer este segundo escrito, porque le parece importante, toda vez que la propuesta que hace, la acepta prácticamente la Autoridad Portuaria pues dice que en solicitud de una reunión para tratar este asunto en la que si te parece oportuno podríamos estar acompañados por los técnicos de ambas instituciones, al objeto de acercar posiciones mediante el estudio y valoración de las recomendaciones efectuadas por la citada Comisión de Urbanismo que motivaron la no aceptación del Plan, dicha solicitud de reunión se hace extensible, asimismo, a todos los grupos municipales que conforman esa Corporación; que considera que, por delegación, debe ser la propia Comisión de Urbanismo la que tenga la reunión y, mañana mismo, dará respuesta a este escrito, teniendo que lamentar el no tener conocimiento alguno de ese otro escrito, por lo que investigará las causas.
Terminado el debate, el Pleno de la Corporación, por unanimidad, prestó su aprobación al proyecto de acuerdo con su motivación, en los términos siguientes:
Examinado el "Plan Especial de Ordenación del Puerto de Marín-Pontevedra", formulado por la Autoridad Portuaria de Marín-Pontevedra.
RESULTANDO: Acreditados los siguientes HECHOS:
PRIMERO.- El día dos de marzo de mil novecientos noventa y dos se suscribió un Convenio entre este Excmo. Ayuntamiento y la antigua Junta del Puerto de Marín y Ría de Pontevedra -actual Autoridad Portuaria-, sobre cooperación en el planeamiento para la ordenación urbanística de la Zona de Servicios del Puerto. Este Convenio tuvo como finalidad dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 81 y disposiciones adicionales del vigente P.G.O.U. de Pontevedra, aprobado por Orden de la C.O.T.O.P. de fecha 18/12/89, es decir, la consecución de los fines necesarios para la ordenación del conjunto portuario de Estribela, determinado por el planeamiento como sistema general portuario, conviniéndose entre ambos organismos los criterios generales y Plan Directorio de Actuación a tener en cuenta por la Junta en la redacción del Plan Especial de ordenación del citado conjunto portuario, que tendría que redactarse para desarrollar las previsiones contenidas en el Plan General, consensuándose por ambas Administraciones y que aunque fuese formulado por la Junta, su Equipo Redactor estaría en contacto con los servicios técnicos municipales para unificar criterios en sus respectivas competencias.
SEGUNDO.-La Comisión de Gobierno, en sesión celebrada el cinco de julio del año pasado, previo dictamen de la Comisión Informativa Municipal de Urbanismo, informó favorablemente el Avance del Plan
Especial del Puerto de Marín-Pontevedra, formulado por la Autoridad Portuaria de Marín-Pontevedra, debiéndose, no obstante, incluir en el Plan Especial que posteriormente y como consecuencia del Avance se confeccionasen diversas cuestiones de tipo técnico planteadas por el Sr. Arquitecto Jefe del Servicio Municipal de Gestión Urbanística, así como otras condiciones propuestas por el citado órgano informativo municipal referentes a la conservación de la playa de Placeres, usos, paseo, edificaciones y colectores. De dicho acuerdo se dio traslado a la Autoridad Portuaria mediante oficio recibido por esta entidad el día 5/8/93.
TERCERO.- Entregado por la Autoridad Portuaria en el Registro General del Ayuntamiento el pasado día veintidós de octubre el Plan Especial de Ordenación del Puerto, redactado a instancia de dicha entidad por "ARTEPLAN, S.A.", y sometido a informe del Sr. Arquitecto Jefe del Servicio de Gestión Urbanística, dicho técnico manifestó no recogerse la mayoría de las cuestiones propuestas por la Comisión Municipal de Urbanismo, ni tenerse en cuenta la falta de parámetros limitadores en la zona S.2 al no existir límite de superficie edificable, ocupación, volumen, alturas y determinaciones estéticas, condiciones todas ellas establecidas por la Comisión de Gobierno en su informe favorable de fecha 5/7/93, así como carecer el Plan Especial de esquemas de conexión de los servicios urbanísticos de las diversas zonas con los generales, inconcreción de su Plan de Etapas en las actuaciones de zonas de uso público, límites exteriores, zona Z.6, cierres y paseos, teniendo que referirse el apartado 1.5.2 en la "Conexión con el entorno urbano" y la "Propuesta de Ordenación" a la relación de la Zona Portuaria con el núcleo de Estribela y el tratamiento de esta Zona.
CUARTO.- Incluido este asunto en el Orden del Día de la Comisión Municipal de Urbanismo de fecha 14/12/93, dicho órgano colegiado se ratificó en su anterior dictamen e informe evacuado por la Comisión de Gobierno de fecha 5/7/93.
CONSIDERANDO: Que para la aceptación de la presente propuesta han de apreciarse los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- El referido Plan General de Ordenación Urbana pontevedrés establece en el Capítulo 4 de su Título III, la regulación del sistema general portuario, constituido tanto por el Puerto de Pontevedra como por el de Estribela, exigiendo su artículo 81 para este último que la ordenación de su conjunto portuario partirá de la elaboración de un Plan Especial que tendrá, entre otras determinaciones, que lograr la adecuada conexión del recinto portuario con el espacio urbano, adecuando sus bordes a una mejora ambiental de las zonas del límite urbano, establecer las futuras actuaciones portuarias y regular las edificaciones a realizar estableciéndose las limitaciones pertinentes en función de la posición respecto al conjunto.
SEGUNDO.- El artículo 84.2.a) del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Real DecretoLegislativo1/1992,de26dejunio,establecequelosPlanes Especiales constituyen un elemento fundamental desde un aspecto sectorial en cuanto al desarrollo del sistema general de comunicaciones y sus zonas de protección, sistema de espacios libres y sistema de equipamiento comunitario, en ejecución del Plan General. Por su parte, la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, en su artículo 18.2, dispone que el sistema general portuario definido en los planes generales deberá desarrollarse a través de un plan especial que habrá de incluir entre sus determinaciones las medidas y previsiones necesarias para garantizar una eficiente explotación, desarrollo y conexión del puerto con los sistemas generales de transporte terrestre.
De este modo, en la ejecución y gestión de los puertos estatales existe una concurrencia de títulos competenciales y por tanto, de intereses y valores, y al mismo tiempo de atribuciones o competencias de las Administraciones que tienen encomendado el servicio de esos intereses generales. Pues bien, el P.G.O.U. de Pontevedra, anterior a los textos legales precedentemente citados, reconoce claramente la existencia de esas competencias concurrentes sobre el ámbito espacial del puerto y difiere su ordenación urbanística a la redacción del Plan Especial por la Autoridad Portuaria, que lo habrá de abordar con el Ayuntamiento y servirá como instrumento ejecutivo desarrollando la ordenación básica y sirviendo de base a la materialización de las actuaciones urbanísticas.
TERCERO.- Existiendo una concurrencia de títulos competenciales sobre el puerto, ésta tendrá que solucionarse a través de la armonización o coordinación, y en dichos términos se suscribió el Convenio de cooperación de fecha 2/3/92, que en su Disposición Primera, apartado a), reconocía la concurrencia en la Zona de Servicio del Puerto de competencias urbanísticas del Ayuntamiento, y de gestión portuaria atribuidas a la Junta, para estipular en su apartado siguiente que el Plan Especial sería consensuado por ambos organismos, siendo redactado por la Junta para lo cual designaría un Equipo Redactor que estaría en contacto con los servicios técnicos municipales para unificar criterios con las competencias respectivas de cada Administración. Confeccionado un Avance e informado favorablemente por la Administración Municipal, si bien con determinadas condiciones impuestas en el ejercicio de sus atribuciones urbanísticas en aras a articular la acción urbanística con la propia del puerto, el Texto formulado del Plan Especial no las ha recogido, limitándose, por tanto, el papel de la competencia territorial o urbanística configurada por este Excmo. Ayuntamiento relativa a la actividad consistente, entre otras, en la delimitación de los usos a que pueda destinarse el suelo o espacio físico del puerto.
CUARTO.- El artículo 18.2 de la Ley de Puertos establece que la aprobación y tramitación del Plan Especial se realizará de acuerdo con lo previsto en la legislación urbanística y de ordenación del territorio por la Administración competente en materia de urbanismo, aunque se exigirá la emisión de un informe vinculante por la Autoridad Portuaria previo a la aprobación definitiva del Plan Especial sobre "aspectos de su competencia". Si la legislación urbanística autonómica atribuye a los Municipios de más de treinta mil habitantes la competencia para la aprobación de los Planes Especiales, lo cierto es que el Puerto se halla situado sobre terrenos integrantes de los términos municipales de Pontevedra y Marín, aquél con un planeamiento de ordenación integral y adaptado a la Ley 11/1985, de 22 de agosto, de Adaptación de la del Suelo a Galicia, y éste con unas Normas Subsidiarias anteriores incluso a dicho texto legal. Se ha motivado que el artículo 18 de la Ley de Puertos reconoce a la Autoridad Portuaria la elaboración del planeamiento y aunque se le pudiera reconocer incluso actualmente una condición de Administración urbanística especializada como hacía la Orden Ministerial de 29/3/79, lo cierto es que el tenor literal de ese artículo 18 de la Ley de Puertos establece que las Administraciones urbanísticas serán las competentes para tramitar y aprobar el Plan Especial. Este artículo 18 se corresponde con el artículo 104 de la Ley del Suelo que establece que las Entidades Públicas podrán redactar y elevar a la Administración competente para su tramitación, instrumentos de desarrollo del planeamiento general que establezca la legislación urbanística aplicable como es el Plan Especial, disponiendo el artículo 106 de esta última norma que si afectaren a varios municipios se presentarán en la Diputación Provincial o en su defecto, en el órgano autonómico competente y seguirán el procedimiento establecido por la legislación urbanística.
QUINTO.- El artículo 22.2.c) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, establece que corresponde al Pleno de la Corporación la aprobación de los planes y demás instrumentos de ordenación y gestión previstos en la legislación urbanística, requiriéndose según su artículo 47.3 el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación para su aprobación.
El Pleno de la Corporación, por unanimidad, que representa la mayoría absoluta del número legal de sus miembros, y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Permanente de Urbanismo, acuerda:
PRIMERO.- Informar desfavorablemente ante la Autoridad Portuaria de Marín-Pontevedra el "Plan Especial del Puerto de Marín-Pontevedra", formulado por dicha Entidad y redactado a instancia suya por "ARTEPLAN, S.A.", debido a que en dicho documento urbanístico no se han recogido las condiciones estipuladas por la Comisión de Gobierno en su informe favorable emitido en la sesión del día 5/7/93 al Avance de dicho Plan Especial referentes a la conservación de la Playa de Placeres, usos, paseos, edificaciones y colectores, sin que se hayan limitado tampoco los parámetros volumétricos y edificatorios del área S.2 ni mencionarse la relación en algunos apartados del Plan de la Zona Portuaria con el Núcleo de Estribela ni el tratamiento de esa zona de borde.
SEGUNDO.- Comunicar a la Autoridad Portuaria que afectando el ámbito del Plan Especial terrenos de los Municipios de Pontevedra y Marín, de conformidad con lo dispuesto en la legislación urbanística deberá presentar el Plan Especial en la Diputación Provincial o, en su defecto, en el órgano autonómico competente con el fin de que se siga el procedimiento de tramitación y aprobación estipulado por la normativa urbanística y de ordenación.
TERCERO.-Trasladar el presente acuerdo a la Excma. Diputación Provincial y a la Delegación Provincial de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas e Vivenda.
7.- RUEGOS Y PREGUNTAS.
Toma la palabra el Sr. Alcalde para aclarar que, según le informa el Sr. Secretario General, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, al tratarse de una sesión extraordinaria, aunque tenga carácter sustitutoria, no se incluye en el orden del día el capítulo de moción urgentes.
A) PREGUNTA DE DON MIGUEL ANXO FERNÁNDEZ LORES, PORTAVOZ DEL GRUPO MUNICIPAL DEL B.N.G., SOBRE CUALES SON LAS RAZONES PARA QUE NO SE LLEVE A CABO LA URBANIZACIÓN DE LA AVENIDA EDUARDO PONDAL.
Manifesta que a avenida Eduardo Pondal, a pesar de estar incluida dende o ano 1991 nas rúas que ten previsto o Concello urbanizar, é una das once rúas que están pendentes de urbanización, pero o proxecto de Eduardo Pondal é distinto ó das outras pola razón de que a Xunta de Galicia aprobou a urxente ocupación dos terreos, polo tanto debería ser máis rápida a súa execución pero, a pesar de estar aprobado o proxecto e adxudicada a obra, aínda non se empezaron as obras e, nalgún momento, o Sr. Concelleiro de Urbanismo achacouno ó mal tempo, pero unha vez que xa pasou ese mal tempo, estase a falar agora de que hai unhas negociacións con RENFE, que o grupo municipal do BNG non ten ningún inconvinte, ó contrario, pero de tódalas maneiras non entende que relación ten a negociación con RENFE ó respecto da urbanización da rúa, xa que, de chegarse a algún acordo con RENFE, hai tempo para modifica-lo proxecto ou a contía económica das contribucións especiais, polo que pregunta cales son as verdadeiras razóns e por que aínda non se comenzou a urbanizar Eduardo Pondal, que é a única rúa que ten visos de ser executada a pesar do retraso patente nas outras que están aprobadas pola Corporación anterior.
Por indicación del Sr. Alcalde, le contesta don Edelmiro
Barreiro Gómez, en su calidad de Presidente de la Comisión de Urbanismo, informándole que, cuando se sacaron a subasta estas obras, se presentóu na empresa con una baja considerable y, cuando se sacaron a subasta las de Fernández Ladreda, también se presentaron otras empresas y la llevó ésta, con otra baja considerable, habiendo pasado bastante tiempo desde que se le requirió para la firma del contrato hasta la fecha en que se llevó a cabo tal requisito, pues como debe saber no se pueden iniciar las obras hasta que no se cumple ese trámite; que, una vez firmado el contrato, se le exigió el comienzo de las obras, poniendo la empresa como disculpa para no iniciarlas el mal tiempo, por lo que la única solución que existe es la de llevar a cabo la rescisión del contrato, aunque entraña el peligro de que, como la obra la van a pagar prácticamente los vecinos mediante contribuciones especiales, cualquier modificación de contrato traerá consigo el tener que sacarla nuevamente a subasta o adjudicársela al siguiente, pero sería más costoso pues significaría el aumento de contribuciones especiales que supone que no estarían dispuestos a pagar los vecinos, por lo tanto está intentando, juntamente con los técnicos que llevan la dirección de la obra, que esta empresa la agilice y la ejecute lo más pronto posible, no siendo su paralización culpa de RENFE, porque de ser así lo sería en una obra sóla, pero también lo es en la de Fernández Ladreda que está exactamente en las mismas condiciones.
B)PREGUNTAS DEL CONCEJAL DEL B.N.G.,DON JOSÉ CESÁREO MOSQUERA LORENZO,RELATIVAS A MEDIDAS DE SEGURIDAD EN EL PUENTE DE LAS CABRAS Y A LA URBANIZACIÓN DE LA AVENIDA CONDE DE BUGALLAL.
Manifesta que a primeira pregunta é sobre un tema que xa provocou mortes e que hai un escrito assinado o 31 de agosto de 1993 polo señor Alcalde de Barrio da Santiña no que advirte que a Ponte das Cabras ou Maceira, que cruza o río Alba, ó carecer de barreira protectora pode provocar desgracias e, a pesar dunha resposta que se lle deu por parte do Concelleiro delegado naquel momento, pasou o tempo, advertindo tamén no escrito que alí debaixo, cando hai mareas vivas, pódese crear unha profundidade de três ou catrometros, que se alguén se cae da ponte abaixo pode ter perigo, efectivamente tivo perigo pois xa pasou esa desgracia, polo que a pregunta é cando se pensa poñer aínda que sexa soamente unha barreira protectora porque segue sendo un perigo público, que se arranxe aínda que sexa agora, pero que se arranxe; que a seguinte pregunta é un tema que estaba a seguir e que xa na Deputación tiña preguntado algunhas veces, que se refire á rúa Conde de Bugallal, que estaba prevista a súa ampliación no Plan da Rede Viaria Local de 1992 e, adxudicada a obra o 1 de novembro de 1992, xa tiña que estar rematada hai un ano máis ou menos, pero ó parecer este Concello indicou que non tiña sentido repoñe-los muros, dado que estaba previsto urbanizala, entón, como este Plan tiña que estar xa xustificado e mandado a Madrid, antes do 31 de decembro de 1993, para que paguen os cartos que corresponden da aportación do MAP, a Deputación, ante a demora, tivo que decidir o tirar para adiante e poñerse a face-la obra, que aínda hoxe se aprobou polo pasará algún tempo, sendo a pregunta o por qué esta demora e, se realmente tense previsto urbanizar isto, cales son os prazos, cando se pensa acometer e onde está o proxecto.
Le contesta el Sr. Alcalde que efectivamente están los técnicos redactando el proyecto y como hubo problemas con los trabajos topográficos, se hizo una contratación externa para acelerarlo, por lo que se está trabajando en ello; que, en cuanto a lo de Puente Magueiro, puede decirle que, no como consecuencia de la desgracia sucedida, está incluido en el convenio con Autopistas y, antes de suceder ese hecho, lo trasladó a Autopistas porque, según informes que le daban de la anterior Corporación, ya existía el compromiso no sólo de la remodelación del nudo con el jardín botánico, sino también del acceso a la Santiña, incluido el Puente Magueiro y su urbanización, y como en el primer convenio no se incluía, en una ampliación del mismo, en carta dirigida a la Alcaldía, existe el compromiso por parte de la dirección de Autopistas de urbanizar y mejorar toda esa zona, y como siempre se habla de ahorrar en un precario presupuesto, es por lo que trata de que, en este caso, sea un organismo autónomo el que cumpla los compromisos que tiene con la ciudad.
C)PREGUNTA DEL CONCEJAL DEL GRUPOMUNICIPAL DEL P.S.DEG-PSOE, DON CAMILO JOSÉ GARRIDO TORRES, RELATIVA AL CAMINO DE RAMALLÁS EN LÉREZ.
Dice que la pregunta, que va a acompañada de un ruego, tiene relación con un expediente que está seguro que el Sr. Alcalde conoce perfectísimamente, pues se trata del camino de Ramallás en Lérez, que ya en el mes de octubre había planteado en una sesión plenaria, constándole que en xaneiro se ha dictado una última resolución de la Alcaldía referente al vecino que, como consecuencia de la no construcción de una tajea, provoca las inundaciones de este camino, que han llevado a que en los últimos meses, incluso hasta quince veces, hayan tenido que ir los bomberos a bombear el agua que allí se acumulaba con los perjuicios clarísimos para todos los vecinos, al margen de otra serie de responsabilidades que podría haber, y como en esa resolución de la Alcaldía se le insta y se le da un plazo de cinco días para la ejecución de las obras, sino el Ayuntamiento las haría, es por lo que pregunta si efectivamente el expediente está en estas circunstancias y si es voluntad de la Alcaldía hacer cumplir exactamente lo que se dice en esta resolución, siendo el ruego que esto sea así, por cuanto después de una resolución similar del año 1991, donde se le daban no cinco sino diez días, han pasado dos años y medio, y es justo reconocer que los vecinos no pueden por más tiempo soportar la situación que allí se está creando, a parte de algo que ya institucionalmente también le parece gravísimo, como es la falta de autoridad que está demostrando el propio Ayuntamiento, pues funcionarios de esta Institución han sido claramente maltratados cuando estaban ejerciendo sus funciones y, el principio de autoridad que tiene que imperar en una Institución como el Ayuntamiento de Pontevedra, tiene que quedar por encima de cualquier consideración y cualquier interés particular, entonces la pregunta es, Sr. Alcalde, como está el expediente y cual es la voluntad del Ayuntamiento en este sentido y, el ruego, que por favor se hagan cumplir exactamente los términos de la resolución que el propio Sr. Alcalde ha dictado.
Le contesta el Sr. Alcalde que este tema viene de años atrás, de la anterior Corporación, por lo que por el Concejal Delegado y por técnicos municipales se intentó el llegar a un acuerdo con la persona que se oponía a que esa tajea pasara por su finca para verter esas aguas y, ante esa oposición, consultó con los servicios jurídicos municipales que le informaron que había que llevar a cabo una expropiación o una acción judicial porque el tema era bastante complejo; que, en su última visita a esa zona, aproximadamente en el mes de septiembre del pasado año, se intentó nuevamente por funcionarios municipales llegar a un acuerdo con esta persona, buscando la mejor solución al asunto, pero no se consiguió, de todo lo cual informó debidamente a los vecinos en las distintas reuniones que con ellos mantuvo en su despacho oficial, la última en el mes de diciembre, así como de que esperaba la incorporación del Letrado Asesor para darle el trámite judicial correspondiente; que, por lo tanto, su intención es ejercer la autoridad que le demanda, pero siempre con sujeción a la legalidad vigente, la cual exige que para entrar en una propiedade privada es necesario el correspondiente permiso judicial, en cuyo trámite se está por parte del Letrado Asesor de este Ayuntamiento que, por supuesto, se va a llevar adelante.
D) PREGUNTAS DE LA CONCEJALA DEL GRUPO MUNICIPAL DEL P.S. DE G-PSOE, DOÑA MARÍA DEL CARMEN LARRIBA GARCÍA, RELATIVAS AL CONSEJO LOCAL DE LA JUVENTUD.
Manifiesta que su compañero el Sr. Jiménez Passolas habló de perfección en los medios y confusión en los fines, pero ella lo que pretende es perfección en los medios y claridad en los fines y, aunque las preguntas las dirige al Sr. Alcalde, desea que el Sr. Pazos Carballido tome muy buena nota porque es algo que atañe directamente a sus nuevas competencias, pues se refiere a esa hoy creada Concejalía de la Juventud y, en este sentido, al tener conocimiento de que el día 29 se celebró una reunión para constituir la Junta Gestora del Consejo Local de la Juventud, que al parecer no llegó a constituirse, porque no hubo perfección en los medios, desearía que inicie el Sr. Pazos su andadura en esta Corporación con la mayor perfección posible en los medios, por lo que va a hacer una serie de preguntas que le gustaría que tomase en consideración, y como sabe además que va a haber otra reunión el 12 de febrero, por lo tanto desearía que se diese respuesta a estas preguntas, antes de que se convoque esa nueva reunión; que, en primer lugar, quisiera saber si se dará participación a todas las organizaciones juveniles de Pontevedra y cómo se va a articular, así como si contará esta Concejalía con un presupuesto concreto para sus actividades, es decir, si hay algo concreto sobre la dotación que va a tener esta Concejalía y de que forma se va a realizar la elección de la Junta Gestora de dicho Consejo; que otra pregunta que si tiene que ver con lo de la perfección en los medios, es porqué las organizaciones juveniles no han recibido notificación alguna de la reunión celebrada el día 29, pues toda la información que tuvieron fue a través de la prensa, preguntando, asimismo, sobre que censo de asociaciones juveniles se va a guiar la Concejalía de la Juventud para permitir la participación democrática en las reuniones constitutivas del Consejo y, una última pregunta al respecto, si va a contar el Consejo Local de la Juventud con un local fijo para poder desarrollar sus actividades y si dispone de algún proyecto de estatutos, porque, aunque hubo un proyecto de estatutos en el anterior mandato, entiende que está obsoleto, por lo que le gustaría que en Comisión se debatiesen los estatutos que van a regir estas áreas de gestión y, una pregunta que también tiene que ver con política de juventud, es que ha tenido noticia de que la Escuela Taller de Restauración de Poio presentó un proyecto de taller escuela al Ayuntamiento de Pontevedra, por lo que desea saber si ese proyecto ha servido o servirá de base para una escuela taller en el Ayuntamiento de Pontevedra y si ha sido evaluado por los servicios técnicos municipales y cual es su opinión o de la Alcaldía al respecto.
Le indica el Sr. Alcalde que tratará de responder a alguna de las múltiples preguntas que le ha formulado, y que el Alcalde estuvo en ese acto durante el cual hizo la presentación de la Concejalía que hoy se crea, figurando, dentro del programa del Partido Popular que gobierna en este Ayuntamiento, la participación de todas las asociaciones de este municipio y, la fuerza que tendrá ese Consejo Local de la Juventud, será precisamente en función de esa participación y del número de jóvenes que represente, tal como les informó en esa misma reunión y, aunque hubo algún defecto formal de notificación, le consta que sin ninguna intencionalidad, ya que no se convocó ni a Nuevas Generaciones del Partido Popular ni a las Juventudes Socialistas, por poner algún ejemplo; que, por lo que respecta al censo que utilizó el Concejal Delegado, es el existente en el Gobierno Civil, pero al parecer existen algunas asociaciones que están registradas a nivel nacional y no al local, por lo que dió las correspondientes instrucciones para que se rectifique y se tengan en cuenta todas las asociaciones juveniles existentes; que, en cuanto a medios, ha dicho en esa misma reunión ante los jóvenes y lo repite ahora, que tendrá apoyo económico mediante un convenio con este Ayuntamiento, cuya cuantía todavía no se conoce por estar sin confeccionar el presupuesto de 1994, aunque le ha dicho al Concejal Delegado y a los jóvenes que allí estaban presentes que por desgracia los gastos de este Ayuntamiento y las competencias eran muy diversas, por lo que la cuantía, hasta que empezara su rodaje en este primer año, no iba a poder ser la que ellos quisieran, pero si que se le ayudaría con ese convenio; que, en cuanto al local que plantea, inicialmente tienen a su disposición, una vez creado ese Consejo, los propios locales de esta institución, pues como bien conoce en su calidad de Concejala, el Ayuntamiento no anda muy sobrado delocales de su propiedade para poder ceder, no sólo al Consejo Local de la Juventud, sino a otras instituciones que también lo demandan, y, por último, con respecto a los estatutos, le parece muy prudente la recomendación que le hizo al Concejal y que ya tenía in mente, pues una vez que esos estatutos estén pergueñados pasarán por la Comisión correspondiente y se debatirán, no hay inconveniente alguno para ello, pudiéndole decir, en cuanto a la referencia que hizo de la anterior Corporación, que pretende constituirlo dentro de esta legislatura municipal, que en la anterior no se hizo, a pesar de la existencia de esos estatutos a los que se refirió; que, por lo que respecta a la escuela taller de Combarro, existe un proyecto que un grupo de personas presentó a la Alcaldía en entrevista personal, que pertenecía a la desaparecida escuela taller de Combarro, que por motivos económicos el Ayuntamiento de Poio no pudo continuar y le hicieron esa oferta al de Pontevedra, pero la respuesta va en la línea de lo anterior, pues puede suceder que los gastos corrientes de este Ayuntamiento sobrepasen los ingresos corrientes, porque los ingresos bajan y los gastos suben y, con esto, hace referencia a una reunión reciente, celebrada en La Coruña, de la Federación Española de Municipios y Provincias, en la que don Francisco Vázquez, Presidente de la misma y Alcalde de La Coruña, demandó del Gobierno de la Nación una declaración de competencias de los Ayuntamientos y unos medios que acompañen a las competencias que se delimiten, siendo, en este momento, el problema de los Ayuntamientos que realmente se les demandan todas las competencias, pero no tienen los medios económicos para cumplirlas.
Nuevamente interviene la Sra. Larriba García para agradecer todas las explicaciones que le ha dado, incluso de alta política, como de la FEMP, pero le gustaría, si es posible, tener una contestación por escrito, antes de esa reunión, de los fines y de los medios que piensan poner en marcha con respecto a esto y lo de la escuela taller, porque, en un momento en que se está hablando de la conservación del patrimonio histórico-artístico pontevedrés o de edificios, considera que la escuela taller de restauración podía tener una buena finalidad, que sería contribuir a la conservación y al mantenimiento de esos edificios que muchos particulares no pueden realizar ni siquiera a través de subvenciones.
F)PREGUNTA DEL CONCEJAL DEL GRUPO MUNICIPAL DEL P.S.DEG-PSOE, DON EUGENIO JIMÉNEZ PASSOLAS,RELATIVA A LA REVISIÓN DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA.
Manifiesta que se han cumplido ya cuatro años de vida del Plan General y procede obligatoriamente la revisión de alguno de sus documentos, por lo que pregunta si existe alguna previsión de llevar a cabo esta revisión y para cuando.
Le contesta el Sr. Alcalde que existe esa previsión que se está tratando por la Comisión de Gobierno, aunque está pendiente de la aprobación del presupuesto de la Xunta de Galicia para contemplar las ayudas que al respecto se puedan obtener, pues es intención del grupo de gobierno iniciar los trabajos en aquellas partes que tengan que ser revisadas, no en su totalidad.
Se ausentan de la sesión don Miguel Anxo Fernández Lores y doña Salomé Alvarez Blanco.
G)PREGUNTA DEL CONCEJAL DEL GRUPO MUNICIPAL DEL P.S.DEG-PSOE, DON EUGENIO JIMÉNEZ PASSOLAS, SOBRE EL RECURSO INTERPUESTO EN RELACIÓN CON LAS DIMENSIONES DE PARCELA MÍNIMA EN EL RURAL.
Manifiesta que hay un recurso presentado ante la Consellería solicitando que se reduzca la dimensión actual de la parcela mínima obligatoria en el rural de Pontevedra, que son 4.000 m2 y que es una cantidad suficientemente alta como para ocasionar perjuicios a los particulares, habiéndose interesado en numerosas ocasiones tanto el Bloque Nacionalista Galego como el Partido Socialista sobre la situación en que se encuentra este recurso, contestándoseles habitualmente que se iba a resolver favorablemente, pero lo cierto es que han pasado varios meses y como este asunto sigue sin resolverse, es por lo que le gustaría que el Sr. Alcalde le dijera si efectivamente van a contestar ese recurso alguna vez y si será favorablemente.
Le contesta el Sr. Alcalde que el Sr. Conselleiro, recién reelegido en la Xunta de Galicia, hizo constar en el mes de septiembre a miembros del equipo de gobierno que se iba a resolver favorablemente y que así lo notificaría.
H) RUEGO DEL CONCEJAL DEL GRUPO MUNICIPAL DEL P.S. DE G-PSOE, DON JOSÉ MANUEL ESTÉVEZ HEREDIA, EN RELACIÓN CON LA UBICACIÓN DE LAS DELEGACIONES PROVINCIALES DE DETERMINADAS CONSELLERÍAS.
Manifiesta que desea retomar el tema de las Delegaciones Provinciales de las Consellerías que, según el Sr. Alcalde, es abierto, y si es un tema abierto, es público y de interés para esta ciudad, por tanto desea saber que medidas efectivas está llevando a cabo en ese sentido, ya que se trata de un tema muy importante y por ello quisiera darle alguna idea al Sr. Alcalde que espera tome como un ruego, pues ya en el escrito presentado le sugería que reuniese la Junta de Portavoces para tratar de este tema, lo cual no llevo a efecto ni ha incluido en el orden del día este tema y, a pesar de que dice que es un tema importante, verdaderamente los hechos demuestran lo contrario, por tanto le vuelve a sugerir que reúna a la Junta de Portavoces, pues está seguro que todos los grupos políticos le van a apoyar, y se dirija oficial y públicamente al Sr. Presidente de la Xunta de Galicia reclamando de inmediato la restitución a Pontevedra de las Delegaciones de Xusticia e Interior y la de Familia, Mujer y Juventud, que se han ubicado en la ciudad de Vigo, así como la restitución de la Consellería de Pesca a Pontevedra, porque esto no es hacer demagogia, sino hablar del futuro del Ayuntamiento de Pontevedra.
Le contesta el Sr. Alcalde que le da mucha importancia a ese tema, pero no le va a hacer decir aquello que no quiere, por tanto le da la misma respuesta que ha dado anteriormente a este asunto, es un tema no cerrado y por la Alcaldía se seguirá luchando por la capitalidad y por no perder las competencias.
I)RUEGOS DE LA CONCEJALA DEL GRUPO MUNICIPAL DEL P.S.DEG-PSOE,
DOÑA MARÍA DEL CARMEN LARRIBA GARCÍA, RELATIVOS A MOCIÓN SOBRE PREVENCIÓN DEL ALCOHOLISMO Y CELEBRACIÓN DE REUNIÓN DE LA COMISIÓN DE CULTURA.
Manifiesta que la moción presentada por el grupo municipal socialista el 16 de julio de 1993, que figura en la relación que el Sr. Alcalde facilitó a todos los grupos municipales, pasó a Comisión de Servicios Sociales el 27 de ese mismo mes, conociendo las circunstancias que se han producido para que esta Comisión no pudiera reunirse con la regularidad que tenía que hacerlo, tratando dicha moción sobre prevención del alcoholismo que tenía relación con un hecho grave que había acontecido en Pontevedra por la celebración de un festival musical, donde se había repartido por parte de una casa comercial alcohol a chavales de cualquier edad y condición, por lo que le gustaría que ese tema fuese llevado a Comisión ahora que parece que se está tomando muy en serio lo de la vida de juventud; que, en segundo lugar, ruega que se convoque la Comisión de Cultura, porque hay temas muy importantes que debatir, siendo uno de ellos, del que ya ha insistido en este Pleno, el conocer como está el tema de la futura Fundación Municipal de Cultura, que previsiones presupuestarias existen al respecto, y, otra, saber que programación cultural va a haber para el año 1994 y que dotación presupuestaria, ya que al igual que hay una programación para fiestas y una dotación presupuestaria, estima que la programación cultural debe también tener su propia dotación; que, volviendo un poco sobre lo que habló al principio, desea referirse al tema de las subvenciones, porque aunque sean competencia de la Comisión de Gobierno o de la Alcaldía, que se articulen mecanismos para que sean otorgadas de forma reglamentaria, con el fin de evitar malos entendidos, sospechas y malas intencionalidades, pudiendo servir como modelo el sistema que se sigue en la Fundación Pública de Servicios Deportivos Municipales, en la que no tiene mayoría el partido popular, que no tiene problema de clase alguna pues existe una partida presupuestaria destinada a subvenciones, se convocan anualmente, cada entidad presenta su proyecto y, en función de unos baremos preestablecidos, se decide la subvención que se concede a cada club o entidad deportiva, por lo que ruega que se haga lo mismo en el área de cultura, pues considera que la transparencia beneficia a todos y la democracia se demuestra de esa manera, no sometiéndose a lo que impone una ley, sino practicándola, solicitando que se convoque la reunión de la Comisión de Cultura con un orden del día que tenga entidad y que de verdad se pueda empezar a trabajar de cara a 1994.
Le contesta el Sr. Alcalde que se toma nota de sus ruegos, pero en cuanto al tema de las subvenciones, que ya planteó antes el Sr. Mosquera Lorenzo, le repite lo mismo, que no compare la Fundación Pública de Servicios Deportivos Municipales que sólo subvenciona en una dirección, que es la del deporte, y que de antemano se pueden conocer los clubes existentes en todos los ámbitos deportivos, con una cosa tan compleja como competencialmente es un Ayuntamiento, que tiene competencias en todos los campos o al menos los ciudadanos así lo entienden, por lo que tiene que decirle que es una competencia que analiza el Alcalde, en función del capítulo que se puede dotar y se hace comparativamente, porque la transparencia es total y absoluta en todas las resoluciones de la Alcaldía a las que tiene acceso y no hay nada que ocultar, por tanto tiene que rechazar ese mal hacer que insinúa.
Y no habiendo más asuntos de que tratar, el Iltmo. Sr. Alcalde, da por finalizado el acto, levantando la sesión a las veinte horas y treinta y cinco minutos, de todo lo cual, yo Secretario, doy fe.
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