ATOPO
Rexistros actuais: 1.638.818
Obxectos dixitais dispoñibles: 505.521

Acta de sesión_08-09-1994_Extraordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.AMPO.1.GF001.F0001.SF003.S0020.18461/2.08-09-1994_Extraordinaria

  • Título Acta de sesión_08-09-1994_Extraordinaria

  • Data(s) 08-09-1994 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido ACTA NUMERO TRECE CORRESPONDIENTE A LA SESIÓN EXTRA0RDINARIA DEL PLENO DE LA CORPORACIÓN CELEBRADA EL DÍA 8 DE SEPTIEMBRE DE 1994

    En el Salón de Actos de la Casa Consistorial del Excmo. Ayuntamiento de Pontevedra, siendo las doce horas y quince minutos, del día ocho de septiembre de mil novecientos noventa y cuatro se reúne, en sesión extraordinaria y primera convocatoria, el Pleno de la Corporación bajo la Presidencia del Iltmo. Sr. Alcalde D. Francisco Javier Cobián Salgado, y con la asistencia de los Sres. Concejales D. Edelmiro Barreiro Gómez, D. Bernardo López Abadín, D. Fernando Gago Ruibal, D. Germán de la Iglesia Faustino, D. Ernesto Baltar Feijoo, D. José Acuña Sastre, D. Francisco Javier Rial Vázquez, D. José María Picallo Búa, D. Manuel Vidal Outeda, D. Fernando Morquecho Barral, D. Javier Pazos Carballido, D. Manuel Durán Couto, D. Roberto Taboada Rivadulla, D. Eugenio Jiménez Passolas, D. Camilo José Garrido Torres, Dª María del Carmen Larriba García, D. José Manuel Estévez Heredia, D. José Cesáreo Mosquera Lorenzo, D. Raimundo González Carballo y Dª Salomé Alvarez Blanco, estando presente el Sr. Interventor D. Manuel Loureiro Blanco, actuando como Secretario, D. Julio Dapena Outomuro, que da fe del acto.
    No concurriendo D. Fulgencio López Tomé, Dª María Blanca Rodríguez Fernández y D. Miguel Anxo Fernández Lores que justifican su falta de asistencia.
    No asistiendo Dª María Margarita Adrio Taracido.

    El Iltmo. Sr. Alcalde declara abierta la sesión.

    ORDEN DEL DÍA

    1. PERSONAL: RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO INICIADO A PETICIÓN DE FUNCIONARIO MUNICIPAL DE CARRERA, TÉCNICO SUPERIOR DE LA SUBESCALA TÉCNICA DE LA ESCALA DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, PARA COMPATIBILIZAR EL LIBRE EJERCICIO DE LA PROFESIÓN, FUERA DEL TÉRMINO MUNICIPAL, CON LAS TAREAS PROPIAS DEL PUESTO DE TRABAJO QUE DESEMPEÑA EN LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL.
    Dada cuenta de propuesta que formula el Sr. Teniente de Alcalde Delegado de Personal, que dice:
    El Arquitecto Jefe del Servicio de Gestión y Disciplina Urbanística del Excmo. Ayuntamiento de Pontevedra don Carlos García Velasco tiene solicitada la declaración de compatibilidad de sus funciones como Arquitecto del Excmo. Ayuntamiento y el ejercicio libre de su profesión fuera del término municipal de Pontevedra por estimar que el estricto cumplimiento de sus deberes funcionariales no quedarán menoscabados por el desempeño como actividad privada de la propia del ejercicio libre de la profesión de Arquitecto.
    El ejercicio de actividades profesionales, laborales, mercantiles e industriales fuera de las Administraciones Públicas requerirá el previo reconocimiento de compatibilidad.
    La regulación legal de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas viene determinada en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre (BOE del 4185), de aplicación al personal al servicio de las Corporaciones Locales y de los Organismos de ellas dependientes, conforme señala el artículo 21c) y declarado básico del régimen estatutario de la Función Pública en la Disposición Final Primera.
    Conforme señala el artículo 14 de la citada Ley, corresponde al Pleno de la Corporación el reconocimiento de compatibilidad por resolución motivada, que no podrá modificar la jornada de trabajo y horario del interesado y ello previa petición del interesado.
    El artículo 16 señala que no puede autorizarse o reconocerse la compatibilidad al personal que desempeñe puestos que comporten la percepción de complementos específicos o concepto equiparable y al retribuido por arancel. Sin embargo, la Ley 31/1991, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1992, en su artículo 34, añade un apartado 4º al artículo 16 de la Ley 53/84 que señala: "Asimismo, por excepción, y sin perjuicio de las limitaciones establecidas en los artículos 13, 11, 12 y 13 de la presente Ley, podrá reconocerse compatibilidad para el ejercicio de actividades privadas al personal que desempeñe puestos de trabajo que comporten la percepción de complementos específicos, o concepto equiparable, cuya cuantía no supere el 30 por 100 de su retribución básica, excluidos los conceptos que tengan su origen en la antigüedad".
    En la Relación de Puestos de Trabajo aprobada por el Pleno de la Corporación Municipal en sesión celebrada el día 25 de marzo de 1994, el puesto de trabajo de Arquitecto Jefe Servicio de Gestión y Disciplina Urbanística tiene asignado un complemento específico de 744.732 pesetas, que de mantenerse, incompatibilizaría al solicitante para el ejercicio privado de la profesión de Arquitecto.
    A la vista de los antecedentes expuestos tengo a bien proponer a la Comisión de Régimen Interior y Personal la elevación al Pleno de la Corporación Municipal del siguiente
    DICTAMEN
    Primero. Acordar la modificación de la asignación de complemento específico al puesto de trabajo de Arquitecto Jefe del Servicio de Gestión y Disciplina Urbanística, asignándole con efectos de 1 de agosto de 1994, la cuantía de 596.093 pesetas, equivalente al 30 por 100 de la retribución básica del puesto de trabajo, tal como autoriza el artículo 164, según la redacción dada por Ley 31/1991.
    Segundo. Declarar la compatibilidad para el ejercicio libre de la profesión de Arquitecto, fuera del término municipal de Pontevedra, al funcionario de carrera de este Excmo. Ayuntamiento don Carlos García Velasco, por estimar que el estricto cumplimiento de sus deberes funcionariales no quedarán menoscabados por el desempeño, como actividad privada, de la profesión de Arquitecto, sin que ello suponga modificación alguna en el cumplimiento de sus obligaciones como funcionario.
    Dada cuenta, asimismo, del dictamen favorable, por mayoría, de la Comisión Informativa Permanente de Régimen Interior y Personal a la modificación de la asignación del complemento específico al puesto de trabajo de Arquitecto Jefe del Servicio de Gestión y Disciplina Urbanística y a la declaración de compatibilidad para el ejercicio libre de la profesión de Arquitecto, fuera del término municipal, al funcionario de carrera de este Excmo. Ayuntamiento don Carlos García Velasco.
    Abierto el debate, se concede la palabra a don Raimundo González Carballo, en representación del grupo municipal del B.N.G., o cal manifesta que o BNG vai mantelo voto negativo da Comisión por entender que os funcionarios deben ter dedicación exclusiva xa que significa unha mellora no funcionamento do Concello e na prestación dos servicios ós cidadáns, e a propia lexislación vixente contempla a compatibilidade como unha cuestión de carácter excepcional e así se recolle no propio expediente tramitado, entón o que se pretende facer é unha artimaña legal no senso de modificalo complemento específico para que non supere o 30% das retribucións básicas e así concederlle a compatibilidade, pero neste caso aínda lle parece máis grave porque a praza no seu momento cubriuse por oposición na que se esixía a dedicación exclusiva, por tanto é un posto de traballo ó que non se debera conceder a compatibilidade, pero ademais considera que conceder estas compatibilidades ós funcionarios implica un deterioro dos servicios municipais como o demostra o feito de que o persoal que ten concedida a compatibilidade neste Concello a súa dedicación ó posto de traballo deixa moito que desexar, entón para o BNG isto, tal como o denunciou moitas veces, implica que o grupo de goberno carece dunha política de persoal que nunca se abordou en profundidade pese a que así se ten prometido na Comisión de Réxime Interior, polo que o único que fai é unha política de compadreo con determinados funcionarios para cuestións moi puntuais; que, para rematar, ten que dicir que o grave desta situación é que o Concello forma persoal que despois utiliza eses coñecementos para a súa actividade privada.
    A continuación interviene, por el grupo municipal del P.S. de GPSOE, don José Manuel Estévez Heredia anunciado que su grupo municipal se abstendrá en este asunto al igual que lo hizo en el dictamen de la Comisión.
    Seguidamente hace uso de la palabra don Ernesto Baltar Feijoo, portavoz del grupo municipal del P.P., indicando que, lo mismo que ha hecho en la Comisión, votará favorablemente a la concesión de la compatibilidad al funcionario y, por lo que respecta a la intervención del representante del Bloque, decirle que no se trata de una artimaña legal sino de un derecho que tienen todos los funcionarios de las distintas Administraciones Públicas, no habiendo rebatido la legalidad de su propuesta que la formula por considerar que no supone merma alguna del trabajo profesional que tiene en este Ayuntamiento, ya que los trabajos particulares los realizará una vez cumplido su horario reglamentario como funcionario municipal y fuera del municipio de Pontevedra, pero si el Bloque considera que es una artimaña legal, lo que tiene que hacer es interponer los recursos pertinentes para que sean los Tribunales de Justicia los que decidan si eso que autorizan las leyes a cualquier funcionario a solicitarlo y a los poderes públicos a concederlo es o no una artimaña, y si le consta que algún funcionario que disfruta de compatibilidad no desarrolla las funciones que le corresponden en este Ayuntamiento, lo que tiene que hacer, sin artimañas ni artilugios legales, es denunciarlo con nombres y apellidos para que la Comisión de Régimen Interior y Personal proponga al señor Alcalde la adopción de las medidas pertinentes con el fin de corregir la conducta de ese funcionario, porque no es válido el salpicar sin fundamento alguno y hablar de artimañas cuando está permitido por la legislación vigente.
    De nuevo interviene el señor González Carballo para facer dúas puntualizacións, en primeiro lugar, que non é un dereito deste funcionario xa que senón o exercería directamente, tendo que lamentar a ignorancia do señor Baltar neste asunto porque o que di a lexislación é que con carácter excepcional se poderá conceder a compatibilidade a aqueles funcionarios que non superen o 30% do complemento específico comparado coas retribucións básicas, por tanto é un acto discrecional da Administración e non un dereito do propio funcionario, e, en segundo lugar, lle marabilla co señor Baltar diga agora que non lle consta o incumprimento das súas tarefas por determinados funcionarios, cando non hai moito tempo fixo unhas declaracións na prensa nas que dicía que o persoal do Concello non cumpria e non viña á hora, é moi curiosa esa contradicción, polo que a este respecto só quere recordar o incumprimento dun funcionario que ten concedida a compatibilidade e que nun Pleno o equipo de goberno dixo que lle ía abrir expediente polo tema do Xurado Provincial de Expropiacións con motivo da ampliación do Cemiterio de San Mauro.
    Vuelve a hacer uso de la palabra el señor Baltar Feijoo indicando que ha dicho que el solicitar la compatibilidad era un derecho del funcionario y el concederla de la Corporación, negando que se tratase de una antimaña legal.
    Terminado el debate, el Pleno de la Corporación, por mayoría, con el voto favorable de los trece Concejales presentes del grupo municipal del P.P., con el voto en contra de los tres Concejales presentes del grupo municipal del B.N.G. y con la abstención de los cinco Concejales presentes del grupo municipal del P.S. de GPSOE, y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Permanente de Régimen Interior y Personal, acuerda:
    PRIMERO. Modificar la asignación de complemento específico al puesto de trabajo de Arquitecto Jefe del Servicio de Gestión y Disciplina Urbanística, asignándole con efectos de 1 de agosto de 1994, la cuantía de 596.093 pesetas, equivalente al 30 por 100 de la retribución básica del puesto de trabajo, tal como autoriza el art. 164, según la redacción dada por Ley 31/1991.
    SEGUNDO. Declarar la compatibilidad para el ejercicio libre de la profesión de arquitecto, fuera del término municipal de Pontevedra, al funcionario de carrera de este Excmo. Ayuntamiento don Carlos García Velasco, por estimar que el estricto cumplimiento de sus deberes funcionariales no quedarán menoscabados por el desempeño, como actividad privada, de la profesión de arquitecto, sin que ello suponga modificación alguna en el cumplimiento de sus obligaciones como funcionario.
    2. OPERACIÓN DE CRÉDITO: APROBACIÓN DE PROYECTO DE CONTRATO DE PRÉSTAMO A FORMALIZAR CON LA CAJA DE AHORROS PROVINCIAL DE PONTEVEDRA, PARA FINANCIAR INVERSIONES PREVISTAS EN EL PRESUPUESTO VIGENTE Y ACUERDOS POSTERIORES.
    Dada cuenta del dictamen de la Comisión Informativa Permanente de Cuentas que dice:
    Examinado el expediente tramitado para la formalización de una operación de crédito por importe de 948.636.626 pesetas para financiar las inversiones previstas en el Presupuesto vigente y el abono a la empresa Saneamientos Sellberg del material adquirido para la ampliación y mejora del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos y limpieza viaria, así como el proyecto de contrato de préstamo remitido por la Dirección General de la Caja de Ahorros Provincial como resultado de las gestiones realizadas al efecto y visto el informe del Sr. Interventor General, la Comisión Informativa Permanente de Cuentas y Patrimonio, por mayoría, acuerda dictaminar favorablemente las condiciones financieras de la operación de crédito ofertada y el proyecto de contrato de préstamo remitido por la citada entidad bancaria proponiendo al Pleno de la Corporación la aprobación inicial tanto de las condiciones financieras como del proyecto de contrato de préstamo para su ulterior sometimiento a información pública por el período de 15 días hábiles, siendo definitivo el acuerdo de no producirse reclamaciones.
    Visto el informe del Sr. Interventor General que dice:
    ANTECEDENTES
    Por el Pleno Municipal en sesión celebrada el día 28 de abril último, al aprobar el Presupuesto General de este Ayuntamiento para el corriente ejercicio de 1994, aprobó igualmente el concierto de operación de préstamo a largo plazo por un importe de OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTAS CUARENTA Y UNA MIL SEISCIENTAS VEINTISÉIS PESETAS (866.641.626), para financiar las siguientes finalidades figuradas en el Capítulo VI del Estado de Gastos del Presupuesto Ordinario:
    Expropiación terrenos Campus Universitario.. 80.000.000
    Sellado vertedero........................... 20.000.000
    Acondicionamiento pavimento Alameda......... 6.000.000
    Alumbrado público vías urbanas.............. 25.000.000
    Reposición red abastecimiento aguas......... 25.000.000
    Pavimentación accesos núcleos rurales....... 25.000.000
    Alumbrado público núcleos rurales........... 25.000.000
    Colector L.Crespo y reforma alcantarillado.. 72.479.308
    Instalación nuevo vertedero................. 25.000.000
    Acondicionamiento mercado ambulante......... 8.000.000
    Limpieza márgenes Río Gafos................. 22.714.220
    Reparación y conservación vías públicas..... 100.000.000
    Pavim. V/C R.Gafos 2 Fase, Monteporreiro.... 93.457.208
    Restauración Fuente Tornos y calles......... 15.000.000
    Convenio repar. Colegios EGB................ 25.000.000
    Acondicionamiento Mercados.................. 50.000.000
    Erradicación chabolismo..................... 9.000.000
    Cementerios: cierre y reparaciones.......... 27.833.157
    Pabellón P.VillaverdeM y Centro............ 67.750.000
    Casa Cultura Pontesampaio................... 16.566.923
    Acceso nave almacén......................... 4.300.000
    Cierre perrera municipal y nave............. 5.438.077
    Vehículos servicios operativos.............. 9.400.000
    Contenedores y papeleras.................... 5.000.000
    Elevador funerario.......................... 2.000.000
    Estudio orden. tráfico y semaforización..... 18.000.000
    Adquisición vehículos Policía Mpal.......... 10.000.000
    Reparación jardines e invernadero........... 31.000.000
    Señalización y rotulación................... 15.907.733
    Revisión PGOU y cartografía base............ 3.795.000
    Acondicionamiento archivo................... 4.000.000
    Convenio Escuela Fisioterapia, etc.......... 19.000.000
    T O T A L............................... 866.641.626
    Y asimismo se aprobaron las condiciones financieras siguientes:
    Tipo de interés nominal anual: 8,50 por ciento
    Periodicidad de amortización : Trimestral
    Plazo de amortización: 10 años más dos de carencia
    Amortización: Mediante cuotas trimestrales de 32.379.474 pesetas. Anualidad resultante: 129.517.857 pesetas.
    Comisión de apertura: 0,25 por ciento sobre el total a pagar de una sola vez.
    Garantía de la operación: Podrán afectarse ingresos procedentes de los recursos presupuestarios.
    Posteriormente el 28 de julio de 1994, se adoptó el acuerdo de modificar el contrato formalizado por la Empresa Saneamientos Sellberg, concesionaria del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos y limpieza viaria para la ampliación y mejora del servicio, estableciéndose en el punto 2º del citado acuerdo "acudir al concierto de una operación de préstamo por importe de OCHENTA Y UN MILLÓN NOVECIENTAS NOVENTA Y CINCO MIL PESETAS (81.995.000) para el pago a la Empresa Saneamientos Sellberg S.A. del material adquirido para al ampliación y mejora del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos y limpieza viaria", por lo que el crédito inicial de 866.641.626 pesetas, se ha incrementado en 81.925.000 pesetas, dando una operación total para la financiación de inversiones figuradas en el Presupuesto inicial y acuerdos posteriores de NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTAS TREINTA Y SEIS MIL SEISCIENTAS VEINTISÉIS (948.636.626) pesetas.
    Realizadas gestiones con entidades financieras para el concierto de la operación de crédito que financie las citadas inversiones del estado de gastos del Presupuesto de 1994, y remitido a Intervención el proyecto de contrato de préstamo que se adjunta, de la Caja de Ahorros Provincial de Pontevedra, y examinado el mismo, y en cumplimiento de lo establecido en el Art. 53 de la Ley 39/88, se emite el siguiente:
    INFORME
    1º) Es preciso que por el Pleno de la Corporación se adopte el oportuno acuerdo sobre las condiciones financieras que figuran reflejadas de la siguiente forma:
    PLAZO: 12 AÑOS, incluidos los DOS AÑOS de carencia de amortización, a partir de la fecha de esta escritura.
    AMORTIZACÍON: Amortizaciones por TRIMESTRES VENCIDOS, incluidos en la cuota al finalizar el período de carencia, durante el cual tan solo se devengarán intereses. Amortización anual estimada 139.077.652 pesetas.
    TIPO DE INTERÉS Y VARIABILIDAD: MIBOR a 3, 6 ó 12 MESES, a elección de la parte prestataria, contado a partir de la fecha de la firma de esta escritura, más un diferencial de 0,25%, con MARGEN DE MAS MENOS DOS PUNTOS sobre el inicialmente pactado, siendo el interés de partida el 8,06% (7,81% + 0,25%).
    PERIODICIDAD DE PGO DE INTERESES: Por trimestres vencidos, incluidos en las cuotas.
    COMISIÓN: CERO CON VEINTICINCO POR CIENTO de apertura.
    GARANTÍA DE LA OPERACIÓN: Los ingresos ya afectados por el préstamo de refinanciación de deuda.
    2º) Que la carga financiera que existe en la actualidad, es la siguiente:
    De la deuda refinanciada con la CAP ..... 311.925.600
    I.C.O. y Tesoro Público ................. 8.401.128
    T O T A L ............................... 320.326.728
    =====================================================
    3º) Que el total de los ingresos liquidados por recursos ordinarios, conforme se refleja en la Liquidación del Presupuesto de 1992, asciende a 3.142.136.674 pesetas.
    Resulta, que la carga financiera anual representa, en relación con dichos ingresos liquidados, el 10,19 por ciento, y que, incrementada aquella carga con la nueva de 139.077.652 pesetas que se estima ha de derivarse de la operación de crédito a concertar, lo que totaliza 459.404.380 pesetas, el citado porcentaje asciende al 14,62 por ciento, que se halla por debajo del límite del 25 por ciento a que se refiere el Art. 54 de la ya mencionada Ley 39/1988.
    4º) Resulta igualmente:
    a) Que computado el importe de la operación con el montante de los recursos ordinarios del Presupuesto, representa el 30,52 por ciento de éstos, por lo de conformidad con lo dispuesto por el Art. 47 de la Ley 7/1985 y al exceder de su 5 por ciento, el concierto de la misma habrá de ser aprobado con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación.
    b) Que conjugado el citado importe con el de los ingresos liquidados por operaciones corrientes, deducidos de la última Liquidación presupuestaria practicada, que es la de 1992, asciende aquél al 30,19 por ciento, por lo que, siendo superior al 5 por ciento que prevé el citado Art. 54 de la Ley 39/1988, para su formalización habrá de solicitarse autorización de la Consellería de Economía e Facenda de la Xunta de Galicia.
    5º) Que las condiciones generales que refleja el Proyecto de Contrato son las ordinarias en este tipo de operaciones y semejantes al proyecto de conversión y refinanciación de deuda aprobada por el Pleno, el 24294, a excepción de la facultad de elegir el tipo de interés trimestral, semestral o anual como se establece en la Cláusula 2ª del proyecto de contrato de préstamo.
    6º) Que el acuerdo de aprobación inicial que se adopte, se considerará elevado a definitivo si durante el plazo de quince días de exposición al público que ha de llevarse a efecto, no se presentan reclamaciones.
    Abierto el debate, se concede la palabra a don José Cesáreo Mosquera Lorenzo, en representación del grupo municipal del B.N.G., o cal manifesta que en canto ás condicións do crédito son algo mellores cas que había hai dous anos, xa que nestes momentos vai sair cun interese do 8,06%, que era impensable hai uns anos, polo que non ten nada que dicir polo que respecta á negociación técnica das condicións da operación, aínda que lle sorprende que non haxa máis que unha proposta; que, en relación á finalidade, pese a que é un debate que xa estivo dado no Pleno do Presuposto, no que fixo moita incidencia, considera que é bo recordalo aínda que sexa moi por riba, porque, en primeiro lugar, é a maior operación de crédito solicitada nun ano por esta Corporación e supón que este Concello dunha débeda de dous mil cen millóns de pesetas que ten agora vai pasar a tres mil millóns, ou sexa, neste ano pídese tanto como a mitade de todo o que se ten pedido desde hai anos e que se refinanciou hai pouco, pero o máis curioso é a razón de fondo que non corresponde a súa finalidade pois, segundo se recolle no informe que presentaron, a maioría son para obras non concretadas, entre outras, a pavimentación accesos núcleos rurais, iluminación pública núcleos rurais e vías urbanas, reparación e conservación vías públicas e, como xa dixo naquel momento, recurren á maior operación de crédito nun só ano para financialas obras de escaparate cara ás eleccións e seguen coa política de non subilas taxas, as suben o ano seguinte de gañalas eleccións, pero nos outros deixanse conxeladas, o que lle parece unha demostración máis do tipo de funcionamento do equipo de goberno onde a planificación, racionalización, priorización e demais non existen e soamente existe o interese do día a día, sobre todo o electoral, pero como xa o dixo naquel momento non quere insistir en máis matices, aínda que ten que resaltala gravidade dun crédito de tal volume no que gran parte vai para obras moi pequenas que non son nin investimentos reais polo que se poderían poñer no capítulo de gastos correntes, sendo un volume excesivo e na maioría dos casos a maior parte dos cartos que se solicitan están indeterminados hipotecando o futuro deste Concello, pero cando se teñan que pagalos 450 ou 500 millóns de pesetas da amortización máis os créditos da débeda que se vai ter agora ó pedir estes 950 millóns, que supón un 14 ou 15%, se dirá que segue sendo boa a situación financieira do Concello, pese a que tal como se recolle no Presuposto resulta que neste momento os gastos correntes se comen os ingresos correntes e aínda que no formal non son máis co 15% de carga financieira, no real os ingresos correntes non chegan para cubrilos servicios e pagalo crédito, polo que haberá que recorrer a novos créditos e así é exactamente como están as contas deste Concello, ogallá tivera o 20% de carga financieira pero os ingresos correntes deran para pagalos intereses e a amortización, co cal non habería ningún problema, pero están a hipotecalo futuro porque están a pedir a terceira parte dos ingresos correntes, xa que pedir 900 e pico de millóns nun ano é un auténtico despropósito porque tiran do crédito dunha maneira feroz, non planificada, hipotecando o futuro desta Corporación, polo tanto vai votar en contra en canto á finalidade para que é solicitado o crédito, porque polo que respecta ás condicións técnicas supón cos técnicos o terán moi ben estudiado e será do mellor que se pode conseguir no mercado.
    A continuación interviene, por el grupo municipal del P.S. de GPSOE, don Camilo José Garrido Torres diciendo que los políticos están tan acostumbrados a dramatizar y a dar un carácter solemne a tantísimos asuntos, que tratan ya con la misma indiferencia un mayor endeudamiento de 1.000 millones de pesetas que el desahucio de la Filarmónica o la habilitación de una finca para coches abandonados, y lamentablemente esta es la manera de hacer del equipo de gobierno, pues presentan una operación de crédito de prácticamente 1.000 millones de pesetas, que suman, no restan ni ayudan, a los 2.100 aprobados hace muy pocos meses, a algunos créditos más pequeños todavía no cancelados y a la deuda de proveedores y suministradores habituales del Ayuntamiento, porque, como quiere que se le entienda bien, primero hablará de lo que es el préstamo con la Caja de Pontevedra, pues presentan una operación de crédito con una única oferta, ¿cual será la razón?, porque no le vale que digan que se han hecho más gestiones, ya que lo razonable es traer más ofertas, pues no es lo mismo que sea la mejor propuesta a que sea la única propuesta, aunque sea buena, porque lo lógico sería que presentasen alternativas distintas de financiación de diferentes entidades bancarias para, una vez analizadas, elegir la que pueda ser la más ventajosa desde todos los puntos de vista, porque, a su juicio, esta operación de crédito es un engaño, una herramienta financiera que está siendo utilizada de una forma perversa y que confirma lo que ya en su momento había denunciado el grupo municipal socialista cuando se debatió la refinanciación y el Presupuesto del año 1994, porque presentan una operación de crédito a interés variable, cuya particularidad más significativa no es el interés sino el plazo y la forma de amortización, lo traen con dos años de carencia, que financiera y económicamente no tiene ningún sentido, siendo su misión el actuar los dos primeros años como una bombona de oxígeno para el actual equipo de gobierno, porque la carencia es un instrumento que se utiliza en las operaciones típicas de inversión y que se prevé para aquellos procesos de instalación y, por lo tanto, de generación de capacidad productiva que tardan un tiempo en llevarse a cabo, no para pagar más tarde, pero la carencia mal utilizada, como en este caso, sólo genera mayores costos dentro de la operación y traslada para ejercicios futuros obligaciones que se contraen en este momento, es decir, obligaciones de hoy se pagan en ejercicios futuros, y dice que el sistema de amortización es lo más importante, no el tipo de interés que es lo que se vende, porque se está pactando un crédito con cuotas constantes, comprensivas de amortización e intereses, y la amortización, por si alguien no lo sabe, es creciente de tal manera que en los primeros años de la vida del préstamo lo que se paga son casi todo intereses y muy poco de amortización, porque cuando realmente se empiece a amortizar el crédito será después del año 2000, ni siquiera en la próxima Corporación, y así durante doce años con la misma cuota al principio, todo intereses y poca amortización para que el proceso sea inverso y se amortice realmente el capital hoy pedido dentro de doce años, pero hay alternativas de financiación a esta situación y, como consecuencia de lo indicado, si persisten en la idea de mantener las inversiones que relacionan, porque ahí está el fondo de la cuestión, el grupo municipal socialista les invita a que tengan la valentía de firmar un crédito por el cual asuman directamente y desde el primer momento la responsabilidad de la carga financiera a la que están sometiendo a cualquier Corporación venidera, no la trasladen al futuro y distingan aquellas operaciones que merecen ser financiadas a tan largo plazo de aquellas otras cuya amortización no debería pasar nunca el período de una legislatura, porque los pontevedreses se acordarán de la gestión del señor Cobián y su equipo cuando en los debates de Presupuestos de las legislaturas desde 1995 al 2010 se estén pagando las carrocetas de chapapote y las bombillas de sus brigadas ruralistas, los mancontros del señor Acuña, las papeleras de don Germán, las flores del señor Barreiro y tanto despropósito acumulado, porque, lamentablemente, en el año 2010 se seguirá hablando de este tema, pero tendrían su apoyo para una operación de crédito cuyo plazo coincida con el período de vida útil de los bienes que están financiando y siempre que trasladen los costos de inversión de los servicios a los ingresos que generan o deberían generar por su utilización, porque la firma de un crédito, con independencia de su importe, siempre podría ser discutida y más aún cuando se analiza la situación económica de aquél que asume la responsabilidad de su devolución; que, en el informe elaborado para esta ocasión, el señor Interventor se limita a definir las características técnicas del préstamo, lo que no es una casualidad, porque ya lo había informado cuando el Pleno había adoptado el acuerdo para endeudarse y en el momento de aprobación del Presupuesto del año en curso, diciendo en su informe textualmente que nivelado el Presupuesto con la operación de crédito a concertar, se estima preciso analizar la proyección económica que se origina sobre los futuros Presupuestos, a partir del momento en que transcurridos los dos años de carencia se produzca la consolidación del préstamo, teniendo en cuenta que prácticamente en el mismo plazo se producirá la del préstamo destinado a la amortización anticipada de la deuda anterior, es decir a los 2.000 y pico millones de pesetas, si tenemos en cuenta que, como antes se señaló, los ingresos previstos se ajustan al rendimiento real de los recursos ordinarios disponibles y que los gastos corrientes consignados son los que se consideran precisos para atender el cumplimiento de las necesidades de funcionamiento de los servicios y de los acuerdos adoptados por la propia Corporación, cuya ejecución originará gastos, es indudable que, la diferencia entre unos y otros, es el margen disponible para hacer frente a aquellas nuevas obligaciones financieras y a los incrementos que anualmente experimenten los referidos gastos como consecuencia de la ampliación, mayor extensión de los servicios y el aumento constante de los costos; dado que el rendimiento de los ingresos es estable, con ligeros incrementos vegetativos, es lógico prever que éstos en su importe actual serán insuficientes para cubrir aquéllos, por lo que se estima necesario el que se lleve a efecto una revisión de las Ordenanzas Fiscales de Tasas o Precios Públicos referidas a servicios, de las que se derivan ingresos que deben cubrir los costos que se originan en la prestación de los mismos o bien incrementar los impuestos directos o indirectos, en caso contrario, sólo podrá lograrse equilibrio económico, que ha de reflejar el Presupuesto, mediante la reducción de gastos corrientes; que, en este informe, el señor Interventor podría decir las cosas más alto, pero más claro no es posible, porque con esta operación deberían estar obligados, incluso por ley, lamentablemente no lo están, a presentar su plan financiero pero, como no lo tienen, va a comentar lo único de que disponen, es decir, su historia financiera en los últimos años, y en el Presupuesto del año 1992 incrementan el crédito en 315 millones de pesetas, teniendo en ese momento una carga financiera de más de 419 millones de pesetas, para el año 1993 en 357 millones de pesetas, con una carga financiera de casi 450 millones de pesetas, la deuda se refinancia, se bajan los tipos de interés y en el año 1994, con esta operación de casi 1.000 millones de pesetas, pasan a una carga financiera anual de 460 millones de pesetas, ya han superado la carga refinanciada lo que supone un incremento brutal de los gastos corrientes del Ayuntamiento que, como reconocerá el señor Alcalde, ha sido el caballo de batalla del grupo municipal socialista durante la presente legislatura, y adquieren compromisos de pago que suponen una auténtica barbaridad porque los gastos de personal 1.245 millones, los de funcionamiento de los servicios 1.300 millones, los financieros 460 millones, en total, en estas tres partidas, 3.000 millones de pesetas, pero, ¿con que las financian?, tienen ingresos por impuestos directos 1.018 millones, por impuestos indirectos 140 millones, por tasas 834, por ingresos del Estado 1.050 millones, que suman los primeros gastos más de 3.000 millones y los segundos 3.042 millones y, como tienen los gastos ajustados a lo que ya tienen que gastar para la nómina de los funcionarios, la gestión cero, a no ser más crédito, porque los ingresos se prevé que tengan un escaso crecimiento mientras que los gastos necesariamente crecen más, por la propia demanda de los servicios, quedando también muy claro que no tendrán un duro para el capítulo de inversiones, por lo que solamente operaciones de crédito le permitirán la atención de las necesidades que surjan en este Ayuntamiento, porque van a tener serios problemas de tesorería aunque necesariamente en el año 1995 este Ayuntamiento tendrá operaciones de tesorería ya que no todo lo que se liquida se cobra en el momento, pero sin embargo los intereses y las nóminas hay que pagarlos a su vencimiento, por lo que el señor Interventor, los funcionarios que tengan algo que ver con las cuentas y el conjunto de los ciudadanos de Pontevedra, cada vez que abran la puerta de este Ayuntamiento, comienzan con unas obligaciones de pago diarias de más de 14 millones de pesetas, dos millones de pesetas cada día destinados a devolver sus créditos, francamente lo están llevando a una situación económica muy complicada, hagan su campaña electoral y lo que quieran, pero no quemen este Ayuntamiento, porque ya les adelanta que, como muy tarde, finalizado ese período de carencia, se tendrá que acudir a operaciones de tesorería con lo que se complica más la cosa, porque si en este momento se tienen por ingresos de productos financieros unas cantidades, inmediatamente se dejará de tener eso más los intereses que hay que pagar por la tesorería, y no esperen que van a cobrar puntualmente todo lo que liquidan, porque las entidades financieras que se dedican exclusivamente a prestar dinero con las mejores garantías soportan un nivel de mora del 9%, con lo que es seguro que el nivel de mora de este Ayuntamiento no baja del 35% sobre lo que se liquida, y el 35% de lo que se liquida llevará necesariamente a problemas de tesorería, no de patrimonio, porque mantendrán ese 14% de endeudamiento patrimonial, pero el dinero no lo van a ver por ningún lado y este es el problema que trasladarán a las tres Corporaciones que vengan de aquí en adelante.
    Toma la palabra el señor Alcalde indicando que es una pena que la Federación Española de Municipios no invite a la oposición a las reuniones de la Comisión de Hacienda porque tendrían otra visión del tema financiero municipal y, empezando por la intervención de don Camilo Garrido, le invita a que, en cuanto a su alusión a los 14 millones de pesetas diarios, si recoge los datos de cualquier Ayuntamiento capital de provincia, particularmente de las seis restantes ciudades importantes de Galicia, observará que son muy superiores a los de Pontevedra, porque en estas reuniones de la FEMP, a las que procura concurrir e informarse y a las que quizás no les apetezca asistir a los miembros del grupo municipal socialista por estar presididas por don Francisco Vázquez, le gustaría que oyera lo que allí se habla, pero, a su afirmación de que la carencia es perversa y que los ingresos son estables, tiene que contestarle que en estos momentos los ingresos municipales no pueden ser estables porque, si a través de los medios de comunicación ha seguido el debate mantenido en la reunión de la FEMP en La Coruña, habrá observado que está precisamente la exigencia de los Ayuntamientos de una mayor participación en los fondos del Estado y, después de la última reunión a que ha asistido la Alcaldía en el mes de julio, ya se ha conseguido el aumento de esa participación con unos restos deudores de 1992 y 1993 que son unas cantidades importantes para repartir entre los Ayuntamientos, siendo esta la visión que tiene el Alcalde y su equipo de gobierno cuando deciden acudir a una operación de crédito; que también ha dicho que lamentablemente la ley no exige unos estudios financieros, por lo que debería tener en cuenta que ya impone un tope del 25% de los Presupuestos de los Ayuntamientos y éste está en el 14,62% de endeudamiento y, aunque es normal que la oposición haría distintas inversiones que las del equipo de gobierno, está convencido de que responden a las demandas de los vecinos; que, por lo que respecta al tema financiero, vuelve a insistir, y contesta también al señor Mosquera Lorenzo que citaba los dos años de carencia como un sistema leonino, que en cualquier sistema, cualquier persona, incluso no entidad, que acude a un crédito tiene esa capacidad, precisamente en previsión del aumento de sus ingresos por una simple inflación, aunque efectivamente con un mayor pago de intereses, pero también con una previsión de mayores ingresos y, en este caso, está el tema municipal, siendo inaceptable que pretendan trasladar a los vecinos la irresponsabilidad en cuanto a esta operación de crédito, por lo que les invita a que conozcan los datos de otros Ayuntamientos y su situación en cuanto a los gastos e ingresos corrientes, pudiéndoles decir que por suerte este Ayuntamiento, con los problemas normales de tesorería de una gestión que agiliza los pagos y la ejecución del Presupuesto, no tiene ni la cuarta parte de los problemas que en otros tienen sus Alcaldes, según han manifestado en esas reuniones a las que asiste, porque es muy conveniente aprender de otros Ayuntamientos que hacen cosas y para lo que tienen que endeudarse; que, de ninguna manera, acepta la reflexión del señor Mosquera de las obras de escaparate para las elecciones, porque el equipo de gobierno tiene una planificación, le guste o no a la oposición, como lo demuestra que en 1992 y 1993 hubiera una previsión para la posible necesidad de inversiones en determinadas acciones, entre ellas la universitaria que, por suerte, no tuvo que ser así, al ser financiada por otras Instituciones mediante la gestión del equipo de gobierno, pero atacan diciendo que no hay ningún tipo de gestión a pesar de que ahí están las fuertes inversiones en el tema universitario, entre otras, en el Campus Universitario y en el Cuartel de San Fernando, lo que demuestra que analizan parcialmente lo que quieren; que, por otro lado, le sorprende que el señor Mosquera, sin atacar el tipo de préstamo, pero coincidiendo con don Camilo Garrido en la falta de ofertas, va más lejos y dice que se debe a los Técnicos municipales, desconociendo que la gestión de estos préstamos la llevó directamente la Alcaldía con la Caja de Ahorros, aunque con el asesoramiento de los Técnicos económicos y del Presidente de la Comisión de Hacienda, porque esta operación de crédito que se trae a aprobación ya estaba gestionada con esta Entidad, salvo mejores condiciones, cuando se llevó a cabo la refinanciación de la deuda, y como se habrá preocupado de informarse en otras Instituciones, entre ellas en la que es Diputado, comprobaría que no ha logrado el tipo de interés que el Ayuntamiento ha conseguido, pues hay al menos una diferencia del 0,25% en cuanto el tipo de interés más el MIBOR que, teniendo en cuenta las cuantías, no deja de ser importante, porque el equipo de gobierno municipal si ha gestionado esa posibilidad, no por escrito en este caso, aunque si en el primer préstamo, por lo que acepta la crítica de don Camilo Garrido, y ninguna entidad bancaria podía mejorar estas condiciones porque las circunstancias han variado a favor, como ya dijo en su día, en cuanto al precio del dinero por el MIBOR de los tres meses, lo que le permite presentar este préstamo; que, desde luego, el equipo de gobierno sabe perfectamente lo que hace y tiene muy claro que los Ayuntamientos necesitan tener una mayor financiación estatal y así lo está demandando conjuntamente con los representantes municipales pertenecientes al Partido Socialista, porque considera que los servicios que hay que prestar, las demandas de las ciudades y la responsabilidad que tienen los Ayuntamientos es mucha y poca la aportación del Estado, pero, en todo caso, en los cuatro años de legislatura próximos a terminar se ha cumplido el compromiso del programa electoral de no aumentar la presión fiscal en estos momentos de crisis económica porque, si como dice el Gobierno de la Nación, está repuntando y permite en el futuro unas ciertas alegrías para el empresariado y, en general, para los ciudadanos, habrá que pensar en el nuevo mandato la posibilidad de revisar determinados tributos que llevan congelados y que, en este Ayuntamiento, comparativamente con el resto de los de capitales de provincia, están en un nivel mediobajo; que, al considerar que su postura está políticamente definitiva, no les va a solicitar que apoyen esta operación de crédito, que técnicamente no han atacado porque realmente es la mejor que se puede presentar.
    Nuevamente interviene el señor Mosquera Lorenzo dicindo que é sorprendente que, cando non falou para nada da carencia, sexa unha das liñas argumentais máis profundas do señor Alcalde para rebater a súa intervención, pois o que textualmente dixo foi que había unha oferta única que, como se explicou, non ía entrar niso, porque os Técnicos municipais terán comprobado que nas condicións do mercado era do mellor que se podía atopar, sendo esa toda a liña argumental do señor Alcalde; que, cando falou de como ía desenvolverse este mandato, era evidente que un dos seus argumentos fundamentais para salvalo era facelo último ano as típicas obras que incluso xente con responsabilidade do seu propio partido xa empeza a opinar que é unha política acabada, porque nestes momentos a xente compórtase en función dunha imaxe da forza política e da xestión que se fixo no mandato, non ofrecendo a última hora chapapote, puntos de luz, asfaltados, xardíns ou o que sexa, o típico remendo electoral, pois aquela imaxe típica cando un pasaba por un pobo e miraba catro obras seguidas na rúa dicía aquí estarán en eleccións, parece que para o grupo de goberno desta Corporación non pasou á historia, pero xa se vía vir porque era todo deseño en gran parte do tipo de política que estaban a facer, polo que non pode contestar ó que se di, pois senón conteste se o ano pasado pediu 300 ou 400 millóns de pesetas, porque este ano pide o triple, sendo ó parecer a liña argumental máis seria que puxo o señor Alcalde sobre a mesa de que se está no endebedamento do 14,62 cando a legalidade autoriza o 25%, pero ninguén criticou que fora ilegal o nivel de endebedamento deste Concello, aínda que lle gustaría que estivera no 25% pero tendo uns ingresos correntes con respecto ós gastos correntes, porque non lle preocupa se o que aforra esta Corporación chega para pagar intereses e amortización e moito menos lle preocuparía chegar ó 25% ou superalo se tódolos barrios tiveran pavillóns, escolas en boa situación e unha serie de servicios que outras cidades teñen, pero en catro anos non se deu un gran salto en melloras e o Concello de Pontevedra pasou de ser economicamente moi saneado a non estar saneado, independentemente de que chegue ou non ó 25%; que, por outra banda, di que non quere subilos tributos, alá os seus compromisos, porque os argumentos están dados e o señor Alcalde está a responder a cousas que non corresponden, polo que manten o voto negativo tendo en conta a finalidade do crédito e a oportunidade política pero, con respecto ás condicións técnicas, non vaí entrar nelas porque lle parecen ben.
    Vuelve a hacer uso de la palabra el señor Garrido Torres manifestando que si ha discutido técnicamente la operación de crédito porque le parece una barbaridad y una herramienta utilizada de forma perversa y, si preguntó si era la única oferta presentada, lo hizo no porque le parezca malo el tipo de interés, que es muy bueno, sino porque no está muy seguro de que otras entidades financieras estuviesen dispuestas a conceder este crédito ya que, si se analiza desde otro punto de vista donde ya no tuviese asumido los dos mil y pico millones de pesetas de deuda, probablemente nadie estaría dispuesto a conceder al Ayuntamiento un crédito de mil millones de pesetas, siendo esa otra situación distinta porque hay que recordar que este crédito, así como los dos mil y pico millones de pesetas vienen avalados por unos determinados ingresos municipales, por lo que habría que ver si hay o no más ofertas, de lo que tiene sus dudas; que, por otra parte, el señor Alcalde le habló de la reunión de la FEMP, haciendo una referencia, que estima de mal gusto, a su Presidente y Alcalde de La Coruña, por la sencilla razón de que se puede reunir con él en cualquier momento, no porque les unan lazos de amistad, sino simplemente porque no tiene inconveniente alguno, como tampoco lo ha tenido en discutir con él cuando lo ha creído conveniente, interesante o desde el punto de vista político, al igual que lo hace con el señor Alcalde, porque de lo contrario el Ayuntamiento se convertiría en lo que es hoy la Diputación de Pontevedra, en la que su Presidente se dedica exclusivamente a aguantar el chaparrón para que vaya pasando el tiempo con el fin de salvar la nefasta gestión financiera del anterior, pues hoy casi no le pueden conceder un crédito porque, a pesar de tener un Presupuesto de más de 16.000 millones de pesetas, solamente puede esperar a que pase el tiempo para ir recuperándose, lo que no es el caso del Ayuntamiento que no tiene nada que esperar porque las alcantarillas se estropean y las bombillas se funden todos los días, por lo que es una situación completamente distinta y eso es lo que parece que no quiere valorar porque, además, imagínese que si se reuniesen todos los proveedores o deudores del Ayuntamiento pensarían que les pone unas condiciones financieras y dirían que es una barbaridad lo que pretende hacer, pues, señor Alcalde, está hablando de una reunión de los que deben dos billones y medio de pesetas y lógicamente tienen que decir que tienen pocos ingresos, pero la cuestión es como se llega a esta situación, sea quien sea el Ayuntamiento, porque ya ha llegado el tiempo de dejar de tirar a manos llenas los cuartos de la Administración Pública y, como Concejal del Ayuntamiento de Pontevedra, es aquí donde le dice, sin acritud y con el mejor de los criterios, que no financie a doce años la reparación de jardines, porque no tiene ningún sentido, financie a doce años el Campus Universitario, que ahí tiene todo el apoyo porque merece ser financiado a doce años, es más, mejor si puede conseguirlo a veinte, pero no financie a doce años la compra de unos equipos que tienen una vida útil de tres, porque le está engañando, ya que si tuviese que conceder un crédito a un particular en estas condiciones le diría que no se complique la vida, pero precisamente eso es lo que está haciendo, complicando la vida de la forma más brutal y, en este caso, conscientemente, porque está claro que de ésto entiende; que es falso que en su compromiso electoral dijera no aumentar la presión fiscal, el señor Alcalde decía pagar menos y recibir más, lo que no es verdad, porque ya antes ha leído el informe del señor Interventor, por lo que lo único que le está es exclusivamente posponiendo una decisión por la vía de la carencia, le está encubriendo la subida de impuestos en un momento que no le interesa hacerlo, está siendo encubridor de una situación inmediata que se le presenta ahí diciendo que le tienen que dar más dinero, pero en este plan si alguien lo analiza le dará dinero con cuentagotas, porque quién le va a dar, según dice aquí, 100 millones de pesetas para caminos rurales, cuando todos los años constantemente está tirando en cada Presupuesto esos mismos millones, tendrá que hacer lo que puede, si tiene dinero para reparar los jardines lo hace, pero lo que no puede es pedir un crédito de 31 millones de pesetas para reparar jardines, y si tiene cuartos para reponer papeleras repóngalas, pero no puede estar pidiendo créditos constantemente para eso, porque no tiene ningún sentido, por lo que repite que técnicamente el crédito es una barbaridad, porque tendría que tener la valentía de asumir un crédito de 1.000 millones de pesetas en función de su capacidad de reembolso, que en este momento no la tendría, si en vez de acogerse a una técnica de crédito que se utiliza fundamentalmente para las economías domésticas y familiares, que es el de cuenta constante, fuese al tipo de crédito que se le da a las empresas, no sería capaz de pagarlo porque es materialmente imposible, y esa es la realidad, por lo tanto técnicamente el crédito, desde el punto de vista político, es una barbaridad, porque está hipotecando el Ayuntamiento de una forma grave, poniéndolo en situaciones difíciles y, por eso, le pide que retire este crédito, porque de no hacerlo el grupo municipal socialista votará en contra, ya que no quiere ser responsable de lo que hoy aquí se está firmando.
    Toma la palabra el señor Alcalde indicando que también sin acritud, en primer lugar, tiene que decirle al señor Garrido Torres que es una conducta habitual en él hacer a la Alcaldía constantes referencias al señor Cuiña Crespo, por lo que no le puede parecer mal que se haya referido a don Francisco Vázquez, porque además venía al caso en su condición de Presidente de la FEMP; que, en segundo lugar, ha dicho una cosa grave que es inexacta, en cuanto a que al Ayuntamiento, salvo con la entidad que está financiando este crédito, le sería imposible alcanzarlo, pudiéndole decir que hay más de una entidad pero, al menos, citará una, el Banco de Crédito Local de España, de lo que es testigo el señor Interventor, ha estado presionando, incluso a nivel de Director Regional, para obtener la refinanciación de esta deuda, aunque en condiciones superiores de tipo de interés al de la Caja de Ahorros Provincial, y se acudió al más barato, por lo que puede estar tranquilo ya que las entidades de crédito no consideran al Ayuntamiento en bancarrota, como quiere hacer ver; que también le agradece que le haya recordado la frase exacta de pagar menos y recibir más, porque es exactamente lo que se está haciendo, y como los ingresos ordinarios no dan para ello se acude al crédito para darle más a los vecinos, porque pagar menos no significa necesariamente rebajar, sino mantener, pues reconocerá que una peseta de hace cuatro años, hoy no tiene el mismo valor, con lo que se están pagando pesetas depreciadas; que, por otra parte, le sorprende también que el señor Mosquera Lorenzo le haya dicho que estaba respondiendo a cosas que él no dijo, lo que da la impresión que no escucha al resto de los intervinientes, porque estaba haciendo una respuesta conjunta a los temas planteados por los dos grupos de la oposición; que, para finalizar, tiene que insistir, con el fin de quede bien claro, que se trata de un estudio serio hecho por el equipo de gobierno, que está planteado precisamente en esa previsión necesario y, como se han barajado cifras, en esa deuda de 2.500.000 de pesetas, nada más se tiene una pequeña cuota de participación, por lo que el Estado tendrá que arbitrar medidas para que esto no suceda en los Ayuntamientos, pues sería muy triste que los mayormente endeudados reciban fondos del Estado y, los que no han querido endeudarse, no reciban nada, como ya ha sucedido en este País con las grandes ciudades, en algún caso gobernando los socialistas en Madrid, por tanto el equipo de gobierno lleva adelante, sin ningún tipo de dudas ni titubeos, la operación de crédito y solicita al Pleno la aprobación de este proyecto de contrato.
    Terminado el debate, el Pleno de la Corporación, por mayoría, con el voto favorable de los trece Concejales presentes del grupo municipal del P.P. y con el voto en contra de los cinco Concejales presentes del grupo municipal del P.S. de GPSOE y de los tres Concejales presentes del grupo municipal del B.N.G., que representa la mayoría absoluta del número legal de sus miembros, y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Permanente de Cuentas, acuerda:
    PRIMERO. Prestar aprobación a las condiciones financieras del contrato de préstamo a formalizar con la Caja de Ahorros Provincial de Pontevedra, fijadas en la siguiente forma:
    Amortización: Amortizaciones por trimestres vencidos, incluidos en la cuota al finalizar el período de carencia, durante el cual tan solo se devengarán intereses. Amortización anual estimada 139.077.652 pesetas.
    Tipo de interés y variabilidad: Mibor a 3, 6 ó 12 meses, a elección de la parte prestataria, contado a partir de la fecha de la firma de esta escritura, más un diferencial de 0,25%, con margen de más menos dos puntos sobre el inicialmente pactado, siendo el interés de partida el 8,06% (7,81% + 0,25%).
    Periodicidad de pago de intereses: Por trimestres vencidos, incluidos en las cuotas.
    Comisión: Cero con veinticinco por ciento de apertura.
    Garantía de la operación: Los ingresos ya afectados por el préstamo de refinanciación de deuda.
    SEGUNDO. Prestar aprobación al texto íntegro del proyecto de contrato de préstamo remitido por la Caja de Ahorros Provincial de Pontevedra, por el que se concede a este Ayuntamiento un préstamo de 948.636.626 pesetas, con previa apertura de crédito y para financiar inversiones previstas en el Presupuesto General de 1994 y acuerdos posteriores de:
    Expropiación terrenos Campus Universitario.. 80.000.000
    Sellado vertedero........................... 20.000.000
    Acondicionamiento pavimento Alameda......... 6.000.000
    Alumbrado público vías urbanas.............. 25.000.000
    Reposición red abastecimiento aguas......... 25.000.000
    Pavimentación accesos núcleos rurales....... 25.000.000
    Alumbrado público núcleos rurales........... 25.000.000
    Colector L.Crespo y reforma alcantarillado.. 72.479.308
    Instalación nuevo vertedero................. 25.000.000
    Acondicionamiento mercado ambulante......... 8.000.000
    Limpieza márgenes Río Gafos................. 22.714.220
    Reparación y conservación vías públicas..... 100.000.000
    Pavim. V/C R.Gafos 2 Fase, Monteporreiro.... 93.457.208
    Restauración Fuente Tornos y calles......... 15.000.000
    Convenio repar. Colegios EGB................ 25.000.000
    Acondicionamiento Mercados.................. 50.000.000
    Erradicación chabolismo..................... 9.000.000
    Cementerios: cierre y reparaciones.......... 27.833.157
    Pabellón P.VillaverdeM y Centro............ 67.750.000
    Casa Cultura Pontesampaio................... 16.566.923
    Acceso nave almacén......................... 4.300.000
    Cierre perrera municipal y nave............. 5.438.077
    Vehículos servicios operativos.............. 9.400.000
    Contenedores y papeleras.................... 5.000.000
    Elevador funerario.......................... 2.000.000
    Estudio orden. tráfico y semaforización..... 18.000.000
    Adquisición vehículos Policía Mpal.......... 10.000.000
    Reparación jardines e invernadero........... 31.000.000
    Señalización y rotulación................... 15.907.733
    Revisión PGOU y cartografía base............ 3.795.000
    Acondicionamiento archivo................... 4.000.000
    Convenio Escuela Fisioterapia, etc.......... 19.000.000
    T O T A L............................... 866.641.626
    TERCERO. Disponer la exposición al público del acuerdo de aprobación del proyecto de contrato de préstamo y características fundamentales del mismo, por un período de quince días hábiles a efectos de reclamaciones, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, considerándose definitivamente aprobado en el supuesto de no formularse reclamaciones contra el mismo.
    CUARTO. Facultar al Sr. Alcalde para la firma del contrato de conformidad con las cláusulas contenidas en el texto del contrato aprobado, una vez se obtenga la previa autorización de la Consellería de Economía e Facenda de la Xunta de Galicia.
    QUINTO. Las cláusulas del contrato aprobado son las que literalmente se transcriben a continuación:
    "En Pontevedra, a ...... de .......... de mil novecientos noventa y cuatro.
    C O M P A R E C E N
    De una parte:
    D. FRANCISCO JAVIER COBIÁN SALGADO, con D.N.I. 35.205.316.
    Y de otra parte:
    D. CARLOS VELASCO GARRIDO, con D.N.I. 35.125.436.
    I N T E R V I E N E N
    El primero, en representación del Ayuntamiento de Pontevedra.
    Y el segundo en nombre y representación de la CAJA DE AHORROS PROVINCIAL DE PONTEVEDRA.
    E X P O N E N
    I. Que el Ayuntamiento de Pontevedra y la Caja de Ahorros Provincial de Pontevedra, en lo sucesivo La Caja, han concertado una operación de préstamo, por importe de hasta 948.636.626. Pts. (NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTAS TREINTA Y SEIS MIL SEISCIENTAS VEINTISÉIS PESETAS), cuyo destino serán Inversiones Municipales aprobadas en los plenos de fechas 28/04/94 y 28/07/94.
    II. Y a tal efecto,
    O T O R G A N:
    1. La Caja, a través de su representante, concede en este acto al Excmo. Ayuntamiento de Pontevedra, en concepto de préstamo, la cantidad de NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTAS TREINTA Y SEIS MIL SEISCIENTAS VEINTISÉIS PESETAS (948.636.626.Pts.), que serán desembolsadas, conjunta o fraccionadamente, durante los DOS primeros años exclusivamente, a solicitud de la parte prestataria mediante ingreso en la cuenta abierta en la Entidad con el nº 3111.006.000007.7.
    Tan solo devengarán intereses las cantidades efectivamente abonadas en la cuenta de la parte prestataria a partir de su entrega.
    2. Las CONDICIONES ESENCIALES DEL PRÉSTAMO son las siguientes:
    PLAZO: 12 AÑOS, incluidos los DOS AÑOS de carencia de amortización, a partir de la fecha de esta escritura.
    AMORTIZACIÓN: Amortizaciones por TRIMESTRES VENCIDOS, incluidos en la cuota al finalizar el período de carencia, durante el cual tan solo se devengarán intereses.
    TIPO DE INTERÉS Y VARIABILIDAD: MIBOR A 3,6 ó 12 MESES, a elección de la parte prestataria, contado a partir de la fecha de la firma de esta escritura, más un diferencial de 0,25%, con MARGEN DE MAS MENOS DOS PUNTOS sobre el inicialmente pactado, siendo el interés de partida el 8,06% resultante de adicionar el MIBOR A 3 MESES (7,81%), elegido por la prestataria para el período inicial, el referido margen del 0,25%.
    PERIODICIDAD DE PAGO DE INTERESES: Por trimestres vencidos, incluidos en las cuotas.
    COMISIÓN: CERO CON VEINTICINCO POR CIENTO de apertura.
    CLÁUSULAS.
    PRIMERA. Para todos los efectos, se reputará este contrato mercantil, obligándose la parte prestataria a devolver el capital prestado en las condiciones a que se deja hecha referencia. No obstante, la parte prestataria podrá anticipar en cualquier momento el vencimiento de la operación, mediante el ingreso del capital pendiente de amortización más intereses devengados en ese momento.
    Asimismo, se podrán efectuar amortizaciones anticipadas de capital, siempre que su cuantía se corresponda con una o varias cuotas de amortización completas, determinadas de acuerdo con lo estipulado en el punto 2 del otorgamiento de esta escritura.
    SEGUNDA. El tipo de interés de partida, que para el primer período será el 8,06%, podrá variar por períodos trimestrales, semestrales o anuales, según la elección de la parte prestataria, a partir del día siguiente de cumplirse el primer período elegido por la prestataria, contado desde la fecha de esta escritura. En este caso el nuevo tipo de interés será el resultado de la suma algebraica del Margen o Diferencial indicado y el TIPO DE REFERENCIA.
    El TIPO DE REFERENCIA será el MIBOR a TRES, SEIS ó DOCE MESES, siendo éste la media resultante del publicado en el Boletín de la Central de Anotaciones del Banco de España en los 30 días anteriores a la formalización del préstamo o de su variación, para cada uno de los referidos períodos. Si la Entidad deudora no manifestase el TIPO DE REFERENCIA escogido en cada revisión, se entiende que opta por el MIBOR a TRES MESES.
    En cualquier caso, la parte prestataria tendrá conocimiento del TIPO DE REFERENCIA a través de la publicación del mismo en el referido Boletín, amén de la comunicación que del mismo efectúe la Caja.
    Convienen las partes intervinientes que el tipo de interés pactado en la presente escritura se altere por períodos trimestrales, semestrales o anuales, según la elección de la parte prestataria, en la misma cuantía que aumente o disminuya el tipo de interés de referencia, aplicándole el diferencial de MAS CERO CON VEINTICINCO PUNTOS.
    Si en virtud de los establecido en esta escritura, se modificase el tipo de interés aplicable a este préstamo, se recalculará la nueva cuota a pagar desde el momento de la entrada en vigor del nuevo tipo de interés, aplicando el sistema establecido para el cálculo de la cuota de partida, en función del saldo de capital y del plazo restante, modificándose dicha cuota a partir del siguiente vencimiento ya devengado.
    Los intereses de este préstamo se devengarán durante su vigencia, sobre las cantidades dispuestas y no amortizadas. Tanto las amortizaciones como los intereses impagados a sus vencimientos, a partir de la fecha de éstos, producirán a favor de la Caja CUATRO PUNTOS más que el interés pactado o vigente en cada momento para esta escritura.
    En todo caso, es condición esencial para que las disposiciones solicitadas por la prestataria puedan ser atendidas, que la Caja pueda obtener en el Mercado Interbancario de Madrid los depósitos en pesetas al plazo solicitado, no asumiendo responsabilidad alguna la Caja por aquellos sucesos o circunstancias excepcionales que imposibiliten tal obtención de depósitos.
    Si tales supuestos llegasen a producirse, la Caja negociará con la prestataria las posibles soluciones o alternativas para hacer factible la disposición solicitada y si en el plazo de quince días no se encontrase solución alguna, se entenderá que concurren circunstancias objetivas que imposibiliten dicha disposición.
    TERCERA. A todos los efectos, será saldo deudor del préstamo, la suma del capital pendiente de amortizar, intereses vencidos, intereses de demora, impuestos y gastos; saldo que quedará automáticamente determinado al asentarse en la cuenta cada una de las operaciones que lo integran.
    CUARTA. El Ayuntamiento de Pontevedra afecta como garantía del préstamo los ingresos procedentes del Impuesto de Actividades Económicas, Impuesto sobre Bienes Inmuebles, Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica y el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
    A tal efecto, se compromete a canalizar los referidos recursos a través de la cuenta abierta en la Entidad acreedora con el nº 3111.006.000007.7, autorizando expresamente a la Caja para que, a sus vencimientos, pueda cargar en dicha cuenta el importe de los mismos, hasta la total cancelación de la deuda, cursando las oportunas comunicaciones seguidamente.
    De no tener saldo suficiente en la cuenta mencionada en el momento del vencimiento, el prestatario faculta a la Caja para cargar el importe del recibo en cualquier cuenta acreedora que mantenga en la misma.
    QUINTA. Serán por cuenta de la parte prestataria todos los gastos e impuestos que origine este contrato, incluyendo su intervención, así como costas y gastos que se produzcan para hacer efectivo su cumplimiento.
    La parte prestataria reconoce que solamente quedará libre de las obligaciones contraídas en este acto, una vez que la Entidad prestamista quede enteramente reintegrada de la cantidad prestada, de sus intereses y de los gastos de toda clase que origine el cobro del total adeudado.
    SEXTA. La Caja podrá dar por vencido el préstamo y reclamar el total de lo que se adeude:
    a) Por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contraídas en esta escritura, en especial, por incurrir en mora en el pago de las amortizaciones e intereses vencidos.
    b) Concurso de cualquier otra causa que, con arreglo a Derecho, determina la resolución o el vencimiento anticipado.
    En caso de que la parte prestataria incurriese en alguna de las causas de resolución antedichas, la Caja podrá exigir cuanto se le adeude, por cualquiera de los procedimientos legales. Las partes, a tenor del artículo 1.435 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (L.E.C.), convienen que la cantidad exigible, en caso de ejecución, será la que se especifique en certificación expedida por la Caja, que se tendrá por líquida, siempre que conste en documento fehaciente que acredite haberse practicado la liquidación en la forma establecida en la cláusula tercera, y que el saldo coincida con el que aparece en la cuenta abierta al deudor.
    SÉPTIMA. Transcurridos los dos años de carencia de este préstamo, se producirá la consolidación de la deuda, comenzando el período de amortización por la cantidad dispuesta en ese momento, y quedando el préstamo reducido al importe del capital entregado.
    OCTAVA. Los intervinientes renuncian expresamente a su propio fuero y se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de la Ciudad de PONTEVEDRA, para cuantas incidencias puedan surgir de la interpretación o cumplimiento de lo aquí pactado.
    NOVENA. Las partes consienten el tratamiento de la información confidencial derivada de la operación por los empleados de la CAJA o por terceros por cuenta de ésta, sin perjuicio del deber de secreto de todos ellos.
    CLÁUSULA ADICIONAL. A efectos meramente informativos, el T.A.E. (Tipo anual Equivalente) para esta operación es el 8,35%.
    Para el cálculo, se aplica el sistema establecido por la Circular número 8/1990 del 7 de Septiembre de 1990 del Banco de España, publicado en el Boletín Oficial del Estado nº 266 del 200990 y cuya expresión matemática firmada por los manifestantes, dejo unida a esta matriz.
    n t m t
    Ó D ( 1 + i ) n = Ó R ( 1 + i ) m
    n=1 k m=1 m k
    Siendo:
    D = Disposiciones.
    R = Reembolsos.
    n = número de entregas.
    m = número de reembolsos.
    tn= tiempo transcurrido desde la fecha de referencia hasta la disposición n.
    tm= tiempo transcurrido desde la fecha de referencia hasta la del reembolso m.
    ik= tanto por uno efectivo referido a períodos de tiempo elegido para expresar los tn y tm en números enteros.
    Por su parte el tipo anual equivalente i (T.A.E.) será:


    k
    i = ( 1 + i ) 1
    k
    Siendo:
    k = número de veces que el año contiene el período elegido.
    El T.A.E. no incluye las comisiones y gastos que el cliente pueda evitar en uso de las facultades contractuales, los gastos a abonar a terceros e impuestos, y en su caso, los gastos por seguros y garantías".

    Y no habiendo más asuntos de que tratar, el Iltmo. Sr. Alcalde da por finalizado el acto, levantando la sesión a las trece horas y doce minutos, de todo lo cual, yo Secretario, doy fe.

Área de notas

  • Nota

Puntos de acceso

Área de control da descrición