Fondos
29-12-1994_Extraordinaria. Acta de sesión_29-12-1994_Extraordinaria
Acta de sesión_29-12-1994_Extraordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.AMPO.1.GF001.F0001.SF003.S0020.18461/2.29-12-1994_Extraordinaria
Título Acta de sesión_29-12-1994_Extraordinaria
Data(s) 29-12-1994 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo municipal de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido ACTA NUMERO DIECISIETE CORRESPONDIENTE A LA SESIÓN EXTRAORDINARIA URGENTE DEL PLENO DE LA CORPORACIÓN CELEBRADA EL DÍA 29 DE DICIEMBRE DE 1994
En el Salón de Actos de la Casa Consistorial del Excmo. Ayuntamiento de Pontevedra, siendo las nueve horas y cinco minutos del día veintinueve de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro se reúne, en sesión extraordinaria urgente y primera convocatoria, el Pleno de la Corporación bajo la Presidencia del Iltmo. Sr. Alcalde D. Francisco Javier Cobián Salgado, y con la asistencia de los Sres. Concejales D. Edelmiro Barreiro Gómez, D. Fernando Gago Ruibal, D. Germán de la Iglesia Faustino, D. Ernesto Baltar Feijoo, D. José Acuña Sastre, D. Francisco Javier Rial Vázquez, D. José María Picallo Búa, D. Fulgencio López Tomé, D. Manuel Vidal Outeda, D. Fernando Morquecho Barral, D. Javier Pazos Carballido, D. Manuel Durán Couto, D. Roberto Taboada Rivadulla, D. Camilo José Garrido Torres, Dª María del Carmen Larriba García, D. José Manuel Estévez Heredia, Dª María Margarita Adrio Taracido, D. Miguel Anxo Fernández Lores, D. José Cesáreo Mosquera Lorenzo y Dª Salomé Alvarez Blanco, estando presente el Sr. Interventor D. Manuel Loureiro Blanco, actuando como Secretario, D. Julio Dapena Outomuro, que da fe del acto.
No concurriendo don Bernardo López Abadín, doña María Blanca Rodríguez Fernández, don Eugenio Jiménez Passolas y don Raimundo González Carballo, que justifican su falta de asistencia.
El Iltmo. Sr. Alcalde declara abierta la sesión.
ORDEN DEL DÍA
1. JUSTIFICACIÓN Y, EN SU CASO, RATIFICACIÓN DE LA URGENCIA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA CONVOCADA.
Toma la palabra el señor Alcalde manifestando, en primer lugar, que la celebración de esta sesión extraordinaria en una hora tan temprana e intempestiva viene motivada por el compromiso que había adquirido, con anterioridad a su convocatoria, de ceder el Salón de Sesiones a partir de las diez de la mañana para el acto del pago de expropiaciones de los terrenos del polígono del Campiño y, en segundo lugar, justifica la urgencia de la sesión el hecho de tener que resolver las dos reclamaciones presentadas, una por la Sección Sindical de la U.G.T. en este Ayuntamiento, a la que renunció su Secretario de Organización mediante comparecencia efectuada ante el señor Secretario General y, otra, de la Confederación Intersindical Galega, presentada a través del Gobierno Civil y que tuvo su entrada en este Ayuntamiento a principios de esta semana, con cuyos representantes se reunió el señor Teniente de Alcalde Delegado de Personal, no consiguiendo que retiraran el recurso a pesar de haberles explicado que no podía prosperar por tratarse de una reiteración del presentado por Comisiones Obreras contra el Presupuesto solicitando la aplicación del Convenio, que no se pudo estimar por la prohibición impuesta en la normativa reguladora de los Presupuestos Generales del Estado, según informaron en aquel momento los señores Secretario General, Interventor General y Letrado Asesor, y la necesidad urgente de resolver dichas reclamaciones motivó la convocatoria de esta sesión, debido a que el expediente de modificación de créditos, aprobado por este Pleno el pasado mes de noviembre, tiene que ser ejecutivo antes de finalizar el año, por cuya razón solicita la ratificación de la urgencia de esta sesión.
Se concede la palabra a don José Cesáreo Mosquera Lorenzo, en representación del grupo municipal del B.N.G., o cal manifesta que o señor Alcalde, para xustificala urxencia desta sesión, está a dar unhas razóns que supón que as crerá e que incluso serán certas, pero onte cando recibiu a convocatoria pensou que era unha inocentada ó ter en conta o día e a forma, que demostra, unha vez máis, o desprezo polo Pleno que se está a reiterar dende o comezo deste mandato, porque o señor Alcalde coñece perfectamente, por telo feito xa noutras ocasións, que se hai un asunto urxente pode chamar ós portavoces dicíndolles que vai convocalo Pleno e, incluso, no caso de máxima urxencia facer unha chamada telefónica pero, de tódolos xeitos, puido buscar outras horas máis normais, xa que supón que ó igual que se convocou para hoxe se puido convocar para onte á unha, ás doce ou ás sete da tarde, polo que, despois de deixar constancia da protesta do BNG, seguindo coa súa norma de cortesía vai aceptala urxencia como fai sempre.
Seguidamente interviene don Roberto Taboada Rivadulla, portavoz del grupo municipal del P.S. de GPSOE, para anunciar que también votará a favor de la urgencia, pero no sin antes hacer una pequeña alusión a lo sorprendente de esta convocatoria, ya no sólo porque también le pareciera que se trataba de una inocentada por ser convocado el día 28, sino incluso por la hora y demás circunstancias que es el fiel reflejo del estado de ánimo de la actual Corporación Municipal.
El Pleno de la Corporación, por unanimidad, acuerda ratificar la urgencia de la sesión.
2. PRESUPUESTO GENERAL ÚNICO: RESOLUCIÓN DE LAS RECLAMACIONES PRESENTADAS CONTRA EL EXPEDIENTE Nº 1 DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS DENTRO DEL PRESUPUESTO ORDINARIO VIGENTE, APROBADO POR EL PLENO DE LA CORPORACIÓN EN LA SESIÓN DEL DÍA 24111994 (CONCESIÓN DE CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS Y SUPLEMENTOS DE CRÉDITO).
Se da cuenta del informe emitido por el señor Interventor General en el que señala que los suplementos y concesiones de créditos figurados en este expediente, se nutren por transferencia de los sobrantes existentes en otras Partidas presupuestarias, entre ellas diversos créditos destinados a gastos de personal, en los que se introducen las consiguientes bajas, de conformidad con lo establecido en el artículo 36,1.c) del Real Decreto 500/1990, habida cuenta que los referidos sobrantes no corresponden a obligaciones comprometidas y su reducción no ocasiona perturbación del respectivo servicio, porque no existe acuerdo adoptado por órgano municipal competente en relación con el compromiso que se menciona de la Comisión Paritaria Mixta, de cuyo acuerdo pudieran resultar obligaciones exigibles que hiciesen necesario consignar en Presupuesto las oportunas dotaciones de crédito, por lo que los sobrantes que se transfieren no se hallan afectados por obligación alguna y constituyen economías que pueden causar baja sin perturbación para el servicio, por consiguiente no se producen las circunstancias que menciona el artículo 22,2,b) del antes citado Real Decreto 500/1990; que por lo que respecta a las repercusiones derivadas del Convenio colectivo en las retribuciones de personal, ha de señalarse que el Pleno de la Corporación, en sesión de 28 de abril último, al resolver reclamación interpuesta, sobre esta cuestión, contra el Presupuesto de 1994, a la vista de los informes emitidos por los señores Secretario de la Corporación y Letrado Asesor, acordó desestimarla, habida cuenta que, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 212 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1994, las retribuciones del personal durante el citado ejercicio de 1994, no experimentarán variación alguna, por lo que los incrementos previstos en el citado Convenio, devienen inaplicables.
Seguidamente, se da lectura al informe emitido por el señor Secretario General señalando que, examinadas las reclamaciones presentadas por la Comisión Ejecutiva de la Sección Sindical de F.S.P.U.G.T. de este Ayuntamiento y por el Vicesecretario Comarcal de la Confederación Intersindical Galega (C.I.G.) contra el acuerdo plenario de fecha 241194 por el que se prestó aprobación inicial al expediente nº 1 de Modificación de Créditos para suplementación de créditos y concesión de créditos extraordinarios dentro del Presupuesto General único de 1994, el expediente fue sometido a información pública por el período de 15 días hábiles mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de la provincia nº 231, del día 11294, habiéndose presentado con fecha 21 de diciembre y dentro del plazo señalado al efecto las dos reclamaciones referenciadas, compartiendo el informe de la Intervención y, a mayor abundamiento, significa que las cuestiones planteadas por los reclamantes ya han sido debatidas y resueltas por el Pleno de la Corporación, en sesión del día 28494, en la que se acordó desestimar, por mayoría, la reclamación interpuesta por la Organización Sindical CC.OO, prestando aprobación definitiva al Presupuesto, y que tal decisión del Pleno de la Corporación se fundamentó en los informes jurídicos del Secretario y del Letrado Asesor, a los cuales se remite, por lo que las reclamaciones formuladas ahora contra el expediente de modificación de créditos constituyen una reiteración o reproducción de unas alegaciones ya resueltas de forma definitiva, que debieran de ser desestimadas elevando a definitiva la modificación de créditos aprobada inicialmente.
Abierto el debate, se concede la palabra a don Miguel Anxo Fernández Lores, portavoz del grupo municipal del B.N.G., quen manifesta que o seu voto vai ser favorable á reclamación presentada pola Confederación Intersindical Galega, entre outras razóns, porque tamén o foi cando a presentou Comisións Obreiras contra a aprobación dos Presupostos e tamén porque o BNG votou negativamente tanto os Presupostos como a última modificación de créditos, pois aquí hai varias cuestións, sendo a primeira e máis importante que o equipo de goberno durante catro anos foi incapaz de negociar un catálogo de postos de traballo e a súa recualificación como veñen a demandalos traballadores e a oposición reiteradamente tódolos anos, xa que o único que truxo ó Pleno foi certas modificacións puntuais das asignacións dalgúns traballadores concretos, pero en ningún momento fixo un estudio serio, á parte de iso, se firmou un convenio no ano 1993 onde, entre outros puntos, se recollía que, como nestes últimos catro anos houbo unha conxelación salarial para tódolos traballadores do Concello, tiña que ser dalgunha forma compensada e recollida nos Presupostos sobre todo de 1994, cousa que non se fixo, e había tamén o compromiso de facer un novo catálogo de postos de traballo e de recoller un complemento específico que compensara a perda da capacidade adquisitiva e as diferencias salariais que teñen os traballadores deste Concello, coas mesmas funcións, cos doutros do arredor, incluso de menor entidade de poboación, e aínda que non vai discutir agora se iso é verdade ou non, o BNG apoia esta postura porque o equipo de goberno firmou ese Convenio en tódolos seus termos e sistematicamente o ven a incumprir aducindo que a Lei de Orzamentos impide aumentala masa salarial, pero se aplica a lei cando é favorable para os intereses do equipo de goberno, xa que á parte de non negociar cos traballadores se salta a norma imprescindible de que, antes de facer unha modificación de crédito nun Presuposto, ten que reunila Mesa de Negociación, polo tanto ten que defendela postura dos traballadores e criticar esa falta de seriedade do equipo de goberno que toma decisións sen contar non só coa oposición senón coa Mesa de Negociación que ten a obriga legal de contar cando se trata de asuntos que atinxen a modificacións de créditos que, na súa maior parte, veñen dadas polos aforros de persoal que foron de 75 millóns de pesetas do total de 100 millóns que comprende este expediente.
A continuación, interviene, por el grupo municipal del P.S. de GPSOE, don José Manuel Estévez Heredia indicando que, como ha dicho el señor Alcalde, se está en la reiteración de un punto ya tratado por este Pleno, pero fundamentalmente en la reiteración de la falta de política de personal en este Ayuntamiento, porque el grupo de gobierno promete, firma y hacen muchas cosas que normalmente no cumplen, puesto que en el Convenio del año 1993 se comprometía que a partir del 1 de xaneiro siguiente entrarían en vigor determinadas mejoras para el personal y sobre todo la elaboración de una reclasificación de los puestos de trabajo, porque se parte de una realidad de la política de personal en este Ayuntamiento en la que existen situaciones que calificaría de escandalosas por la discriminación que representa la retribución salarial de puestos de igual categoría, en las que llega a haber diferencias anuales de más de un millón de pesetas brutas, existiendo también cierta discriminación de determinados puestos de trabajo, sobre todo en los de menor categoría, respecto de otros Ayuntamientos y, como es reiterar un discurso que la oposición ha estado haciendo continuamente, no va a extenderse más aunque tiene que decir que, entre las muchísimas cosas que no se han hecho en este Ayuntamiento, está la política de personal, entendiendo su pasividad si el grupo de gobierno hubiese dejado permanecer algunas cosas, pero no entiende que se dedique a resolver casos puntuales, en cuya política va a seguir hasta su despedida en junio de 1995, considerando que la política de personal necesita un cambio urgente porque se está jugando con los con los salarios de trabajadores que están discriminados tanto internamente como respecto de otros Ayuntamientos.
Toma la palabra el señor Alcalde señalando que ambos intervinientes han reconocido que se trata de la reiteración del debate efectuado en la sesión aprobatoria del Presupuesto, teniendo que afirmar que el equipo de gobierno ha asumido la responsabilidad, a pesar del imperativo legal que prohibía la aplicación del Convenio en el año 1994, de conceder las dos gratificaciones por importe de 20.000 pesetas, cada una de ellas, que dicho Convenio establecía, habiendo acordado, asimismo, recientemente la Comisión de Gobierno las ayudas para estudios y vivienda, que eran los compromisos económicos claros que existían en ese Convenio.
Terminado el debate, el Pleno de la Corporación, por mayoría, con el voto favorable de los trece Concejales presentes del grupo municipal del P.P., y con el voto en contra de los cinco Concejales presentes del grupo municipal del P.S. de GPSOE y de los tres Concejales presentes del grupo municipal del B.N.G., acuerda:
PRIMERO. Desestimar las reclamaciones interpuestas por la Comisión Ejecutiva de la Sección Sindical de F.S.P.U.G.T. de este Excmo. Ayuntamiento y por el Vicesecretario Comarcal de la Confederación Intersindical Galega (C.I.G.) contra el acuerdo plenario de fecha 24 de noviembre de 1994 por el que se prestó aprobación inicial al expediente nº 1 de Modificación de Créditos para suplementación de créditos y concesión de créditos extraordinarios dentro del Presupuesto General Único de 1994.
SEGUNDO. Aprobar definitivamente el expediente nº 1 de Modificación de Créditos para suplementación de créditos y concesión de créditos extraordinarios dentro del Presupuesto General Único de 1994.
Y no habiendo más de que tratar, el Iltmo. Sr. Alcalde da por finalizado el acto, levantando la sesión a las nueve horas y veinticuatro minutos, de todo lo cual, yo Secretario, doy fe.
Ãrea de notas
Nota