ATOPO
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Acta de sesión_28-07-1994_Ordinaria

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  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.AMPO.1.GF001.F0001.SF003.S0020.18461/2.28-07-1994_Ordinaria

  • Título Acta de sesión_28-07-1994_Ordinaria

  • Data(s) 28-07-1994 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

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  • Alcance e contido ACTA NUMERO DOCE CORRESPONDIENTE A LA SESIÓN ORDINARIA DEL PLENO DE LA CORPORACIÓN CELEBRADA EL DÍA 28 DE JULIO DE 1994

    En el Salón de Actos de la Casa Consistorial del Excmo. Ayuntamiento de Pontevedra, siendo las diecinueve horas y tres minutos, del día veintiocho de julio de mil novecientos noventa y cuatro se reúne, en sesión ordinaria y primera convocatoria, el Pleno de la Corporación bajo la Presidencia del Iltmo. Sr. Alcalde D. Francisco Javier Cobián Salgado, y con la asistencia de los Sres. Concejales D. Edelmiro Barreiro Gómez, D. Bernardo López Abadín, D. Fernando Gago Ruibal, D. Germán de la Iglesia Faustino, D. Ernesto Baltar Feijoo, D. José Acuña Sastre, D. Francisco Javier Rial Vázquez, D. José María Picallo Búa, D. Fulgencio López Tomé, D. Manuel Vidal Outeda, Dª María Blanca Rodríguez Fernández, D. Fernando Morquecho Barral, D. Javier Pazos Carballido, D. Manuel Durán Couto, D. Roberto Taboada Rivadulla, D. Eugenio Jiménez Passolas, D. Camilo José Garrido Torres, Dª María del Carmen Larriba García, D. José Manuel Estévez Heredia, Dª María Margarita Adrio Taracido, D. Miguel Anxo Fernández Lores, D. José Cesáreo Mosquera Lorenzo, D. Raimundo González Carballo y Dª Salomé Alvarez Blanco, con excepción de don Fernando Gago Ruibal y don Manuel Durán Couto que se incorporan a la sesión después de resuelto el punto número dos del orden del día estando presente el Sr. Interventor accidental D. Santiago Gutiérrez Sánchez, actuando como Secretario, D. Julio Dapena Outomuro, que da fe del acto.

    El Iltmo. Sr. Alcalde declara abierta la sesión.

    ORDEN DEL DÍA

    1. MINUTA DE ACTA ANTERIOR: APROBACIÓN, EN SU CASO, DEL BORRADOR DEL ACTA CORRESPONDIENTE A LA SESIÓN PLENARIA EXTRAORDINARIA DE FECHA 29 DE JUNIO DE 1994.
    Dada cuenta del borrador del acta correspondiente a la sesión plenaria extraordinaria de 29 de junio de 1994, es aprobado por unanimidad y sin modificación alguna.
    2. RESOLUCIONES DE LA ALCALDÍA: DAR CUENTA DE LAS RESOLUCIONES DE LA ALCALDÍA (ALCALDE Y TENIENTES DE ALCALDE) DICTADAS DURANTE EL MES DE JUNIO DE 1994.
    Dada cuenta de las resoluciones de los señores Alcalde y Tenientes de Alcalde dictadas durante el mes de junio de 1994.
    Abierto el debate, se concede la palabra a don Raimundo González Carballo, en representación del grupo municipal del B.N.G., o cal manifesta que desexa referirse a unha resolución de data 1 de xuño de 1994 pola que a unha persoa se lle aboa unha cantidade de diñeiro por efectuar 286 notificacións para o Concello, entre o 13 e o 31 de maio, o que considera que se trata de un grave precedente porque este Concello non ten con esta persoa unha relación contractual, laboral, civil nin mercantil, polo que hai un grave incumprimento da legalidade vixente en materia de contratación, pero non só é o incumprimento da legalidade, que xa é grave, porque o Concello ten que dar exemplo de non cometer irregularidades en materia de contratación con persoas ou con entidades, senón que ademais implica un grave risco xa que esta persoa notifica, entre outras, liquidacións do imposto sobre bens inmobles, plus valía, certificacións ós xulgados e resolucións sobre reclamacións dos cidadáns, entón se non notifica ou faino deficientemente o Concello está indefenso e non ten mecanismo ningún para lle esixir ós cidadáns o pagamento deses impostos ou de cara a calquera tipo de demandas, nin para sancionar ou esixir responsabilidades a esta persoa ó non haber ningún tipo de contratación ou vinculación.
    Le contesta el señor Alcalde que desde hacía varios meses no se efectuaban esas notificaciones por haberse jubilado el funcionario que las llevaba a cabo, y ante los perjuicios económicos que se derivaban del incumplimiento de ese trámite y de la imposibilidad de disponer de un funcionario municipal que lo realizara, el señor Interventor le propuso que autorizara que esa persona de total confianza y responsabilidad prestase ese necesario y urgente servicio, abonándose una cantidad fija por cada una de las notificaciones debidamente realizadas.
    Seguidamente interviene por el grupo municipal del P.S. de GPSOE, don José Manuel Estévez Heredia indicando que quiere referirse a una resolución de la Alcaldía de 8 de junio, que viene foliada con el número 2435, relativa al servicio de recogida, retirada y depósito de vehículos indebidamente estacionados en la vía pública, disponiendo que se requiera a Gruponsa para que proceda a dar cumplimiento a lo dispuesto en la base 9ªk del pliego de condiciones, es decir, la presentación de los análisis semestrales de los resultados obtenidos, que se le inicie un expediente sancionador como consecuencia de la posible existencia de un desequilibrio económico en la concesión, y esta resolución, aunque sea procedente, le provoca un amargo recuerdo pues como recordará desde el inicio del mandato de la actual Corporación ha denunciado repetidamente la actuación absolutamente ilegal de las grúas de Gruponsa con evidentes infracciones del pliego de condiciones, de cuyas denuncias pasó constantemente el equipo de gobierno, llegando incluso la Policía Local a dar escolta a las grúas pero, como ahora afecta directamente el comportamiento de la empresa al Ayuntamiento, se apresura a incoarle un expediente sancionador con amenaza de rescindir el contrato, lo que desde el grupo municipal socialista se ha venido demandando en múltiples ocasiones por incumplimientos graves de las bases del pliego de condiciones, advirtiéndole en el pasado Pleno de que, si ponía en funcionamiento el terreno arrendado para el depósito de los vehículos retirados de la vía pública, podría dar lugar a nuevas reclamaciones de Gruponsa solicitando indemnizaciones por quebrantamiento por parte del Ayuntamiento de las cláusulas del contrato, con lo que a los ciudadanos pontevedreses le va a salir más cara la grúa que el Teatro Principal.
    Le contesta el señor Alcalde que sobre este asunto ya le informó ampliamente en la pasada sesión plenaria con motivo de una pregunta que le había formulado al respecto, pero no obstante tiene que decirle que esa resolución es consecuencia del incumplimiento por parte de la empresa de las condiciones estipuladas en el pliego de condiciones.

    Terminado el debate, el Pleno de la Corporación queda enterado de las resoluciones de la Alcaldía (Alcalde y Tenientes de Alcalde) dictadas durante el mes de junio de 1994.

    Se incorporan a la sesión don Fernando Gago Ruibal y don Manuel Durán Couto.

    3. HONORES Y DISTINCIONES: CONCESIÓN DE LA MEDALLA DE ORO DE LA CIUDAD AL BENEMÉRITO CUERPO DE LA GUARDIA CIVIL CON OCASIÓN DEL 150 ANIVERSARIO DE SU FUNDACIÓN.
    Dada cuenta del dictamen favorable, por mayoría, a la propuesta del Instructor del procedimiento para la concesión de la Medalla de Oro de la Ciudad al Benemérito Cuerpo de la Guardia Civil con ocasión del 150 aniversario de su fundación.
    Abierto el debate, se concede la palabra a don José María Picallo Búa, en su calidad de Teniente de Alcalde Instructor del expediente, el cual da lectura a su propuesta de concesión de la Medalla de Oro de la Ciudad al Benemérito Cuerpo de la Guardia Civil, en los términos siguientes:
    A propuesta de la AlcaldíaPresidencia, que por unanimidad hizo suya la Comisión de Gobierno, según acuerdo adoptado en sesión de 18 de mayo pasado, se resolvió iniciar los trámites pertinentes para la concesión de la Medalla de Oro de la Ciudad de Pontevedra, al Benemérito Cuerpo de la Guardia Civil, personificado en la Comandancia residenciada en esta capital, como condigno homenaje, al cumplirse la efemérides del ciento cincuenta aniversario de su creación, a fin de testimoniarle públicamente el reconocimiento del pueblo pontevedrés, por su meritísima labor, como símbolo de Autoridad, y eficaz auxiliar de la Justicia.
    Designado Instructor del expediente acreditativo de los méritos concurrentes en dicho Benemérito Cuerpo y consciente de la necesidad de premiar y corresponder adecuadamente a su brillante trayectoria como Institución ejemplar, procede traer aquí lo más sobresaliente de su larga y singular ejecutoria profesional, lo que, sin duda, legítima y acredita la justicia de la distinción que pretendemos otorgarle.
    Resulta incuestionable por su notoriedad que dicho Instituto Armado, de creación genuinamente española, ha venido acumulando, a lo largo de siglo y medio, innumerables gestas heroicas, en su nobilísima y trascendente tarea de proteger y tutelar la legalidad y seguridad ciudadana y, en definitiva, de garantizar a los españoles el ejercicio en plenitud de sus derechos y libertades constitucionales, cuya justificación me cabe el honor de reflejar aquí, siquiera sea con la brevedad y concisión que exige la propuesta de concesión de la distinción a otorgar, objeto de este expediente.
    Nace este Instituto Armado allá por la primavera del año 1844, en cumplimiento de lo determinado en los Reales Decretos de 28 de marzo y 13 de mayo de dicho año, precisamente en unos momentos en los que España recibía las primeras ideas liberalizadoras. El Cuerpo que se crea, nace con el objeto de "proveer al buen orden, a la seguridad pública y a la protección de las personas y propiedades, dentro y fuera de las poblaciones", designándose al Mariscal de Campo Francisco Javier Girón y Ezpeleta de las Casas y Enrile, Duque de Ahumada, como organizador del mismo y primer Inspector General.
    Coincide su nacimiento con un paréntesis histórico crucial, tras una corta pero cruel contienda dinástica, que había llevado al trono a la Reina Isabel II.
    Con precarísimos medios, personales, instrumentales y económicos, inicia sus ya difíciles y complejas tareas, toda vez que sus creadores decidieron encomendarle la casi imposible misión de velar por la seguridad ciudadana y de enfrentarse al desproporcionado reto de asumir las altas y graves responsabilidades de convertirse en brazo ejemplarizante, para hacer realidad los valores de la Autoridad y la Justicia.
    Pese a tal insuficiencia de medios y a las limitadísimas condiciones en las que hubo de iniciar y desarrollar su ingente y abnegada tarea e incluso frente al general excepticismo en un corto espacio de tiempo, pudo y supo llevar la seguridad a los campos y a los caminos y la paz y el orden a las ciudades, en los cuales, el bandolerismo y la delincuencia estaban enquistados y campaban en la mayor de las impunidades.
    Esa esforzada tarea, que no conoció el descanso, ni de día, ni mucho menos de noche, fue llevada a cabo por el modélico Instituto de la Guardia Civil, con la disciplina, dedicación y eficacia que la han caracterizado desde el momento mismo de su creación.
    Hasta tal punto ha sabido cumplir, con eficacia y entrega, esa difícil misión que, al enjuiciar su relevante trayectoria tutelar y protectora, llegó a pronunciarse con razón, esa certera y expresiva frase, que la Alcaldía recoge en su Propuesta, afirmando que "desde 1844 hasta nuestros días, nadie, como el abnegado Cuerpo de la Guardia Civil, se ha quemado tanto bajo el sol de España, ni nadie ha velado tanto por ella, bajo el brillo de las estrellas".
    Sus arduas y arriesgadas misiones y su plural polivalencia como Cuerpo de Seguridad Ciudadana, se pusieron pronto de manifiesto en todos los rincones del solar hispano. A este respecto y acudiendo a la cita de otra autorizada voz "a cualquier alteración o conmoción social, acudían prestos los Guardias Civiles para cumplir siempre las órdenes recibidas y restablecer con prontitud el orden y la pública seguridad ciudadana. Tampoco hubo, a partir de su creación, catástrofe, inundación, incendio o accidente, en donde el humanitarismo y la eficacia en el servicio del citado Cuerpo, no se hiciese patente". Añadiendo, como colofón, que "de este modo, la Institución llegó a ser conocida y calificada por el pueblo como "benemérita". Y precisamente ese título que en su origen y expontaneamente le reconoció el pueblo español, fue asumido por los Poderes Públicos y confirmado y ratificado el 4 de octubre de 1929, con la concesión, por Real Decreto de dicha fecha, de la Gran Cruz de la Beneficencia. La humanitaria y trascendente labor que el Instituto Armado había imprimido a sus servicios desde su misma creación, se confirmó así por ley.
    Los constantes y sucesivos avatares políticos por los que hubo de pasar el acontecer histórico español desde 1844, no han alcanzado a empañar ni dañar, sin embargo, la modélica y emblemática imagen de esta ejemplar Institución. Porque, dejando a un lado veniales y aislados sectarismos y opiniones sesgadas, gratuitas y carentes de rigor, debidas las mas de las veces al desconocimiento de su verdadera historiografía o por desgraciadas y ocasionales peripecias de personajes indignos y ajenos al propio Cuerpo que de propósito queremos soslayar es lo cierto que la brillante hoja de servicios y su singular ejecutoria, no ha merecido sino múltiples y unánimes elogios.
    Desde la luminosa intuición profética de Pérez Galdós, que lo acuñó ya en su nacimiento con la conocida frase de que "fue creado en el seno de España un ser grande y eficaz de robusta vida", hasta la categórica afirmación de persona tan poco sospechosa de parcialidad como Julián Besteiro, que llegó a declarar en momentos en los que se pretendió su disolución que "la Guardia Civil es una máquina admirable que no debe suprimirse", el respeto y el afecto por la Guardia Civil son compartidos por todos los sectores sociales, incluidos los más radicales.
    Las elevadas virtudes que caracterizan a tan distinguido Cuerpo, se reflejan con meridiana claridad en el texto doctrinal de la Institución. La "Cartilla de la Guardia Civil" define sus valores: alto sentido del honor, capacidad de sacrificio y abnegación, espíritu benemérito, disciplina, austeridad y lealtad.
    La disciplina, a la vez que una austeridad casi franciscana, constituye su mejor signo de identidad. Ahumada, su fecundo organizador, fue consciente de que ,sin una férrea disciplina sería imposible conseguir la eficacia deseada, dada la peculiaridad de las misiones a desempeñar y la distribución de sus unidades, muy diseminadas y con pequeñas dotaciones.
    Por eso llegó a decirse que, condicionados por virtud de la tradicional mezquindad presupuestaria del erario público, a prestar un servicio con una notable escasez de medios y con salarios menguados, no solo han soportado con resignación esta precaria y penosa situación, sino que han aprendido a convivir con ella, sin mostrar síntomas de malestar.
    Diríase que han sabido asumir plenamente la máxima castrense del poeta clásico español: "Aquí la más principal virtud es obedecer. Y el modo como ha de ser es...... ni pedir, ni rehusar".
    Abnegación y capacidad de sacrificio, lealtad. Espíritu benemérito, como fundamental componente humanitario: "El Guardia Civil procurará ser un pronóstico feliz para el afligido", como reza su Cartilla, en el artículo sexto, "auténtico Catecismo de la Guardia Civil", que diría el historiador Iglesias Carnicero. Idea que corrobora otro insigne colega, López Corral, cuando enjuicia su labor humanitaria: "el que se creía cercado de asesinos, se vea libre de ellos; el que tenía su casa presa de las llamas, considere el incendio apagado; el que vea a su hijo arrastrado por la corriente de las aguas, lo crea salvado..."
    Ciento cincuenta años de abnegados servicios a España son credenciales que avalan sus excepcionales e indiscutibles merecimientos.
    Hoy, aquel Cuerpo incipiente, nacido en medio del excepticismo general, con precarísimos medios materiales que no morales ha evolucionado, gracias a la demostración de su contrastada eficacia, y ha diversificado hasta la pluralidad actual, su campo de actuación en múltiples tareas protectoras del orden establecido.
    Desde la elemental y ruralísima "pareja" que recorría a pie campos y caminos polvorientos y agrestes, hasta los modernos y sofisticados sistemas de investigación y las unidades operativas, cubre una importante variedad de servicios, que nos permiten ejercer hoy, dentro de un marco de seguridad, nuestros derechos y libertades.
    Servicio rural, Agrupación de Tráfico, Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA), Unidades de Montaña, Grupo especial de Actividades Subacuáticas, Agrupación de Helicópteros, Servicio Marítimo, Servicio Fiscal, Servicio de Policía Judicial, Agrupación rural de Seguridad, Servicio de desactivación de explosivos, Servicio de Protección y Seguridad y Unidad Especial de Intervención, conforman el abanico de ese amplio espectro confiado a la responsabilidad de un Cuerpo que hoy se nos antoja imprescindible para asegurar nuestra pacífica convivencia y que, por encima de cualquier consideración, merece el homenaje y la gratitud de un pueblo, al que ha servido con abnegación, esfuerzo y sacrificio, durante los ciento cincuenta años de eficaz e indiscutida dedicación y profesionalidad.
    Por último, permítaseme hacer referencia al desempeño de una misión particularmente difícil y arriesgada, en la que está dando ejemplo de coraje y heroicidad: la lucha contra el terrorismo funesta plaga de nuestro tiempo en la que, como es tristemente conocido, la Guardia Civil ha sufrido y sufre, en sus propias carnes y en la de sus familias, el azote de la violencia más brutal y más cobarde, con un terrible precio de sangre.
    Cuanto se deja apuntado no es más que una breve síntesis del "curriculum" profesional de este prestigioso Cuerpo.
    Lo dicho del mismo ha de aplicarse como es obvio al colectivo que representa al Cuerpo Benemérito, en la Comandancia residenciada en esta ciudad y a cuantos en ella desempeñaron y desempeñan sus nobles misiones tutelares, desde su establecimiento, a finales de octubre de 1845, porque han sido y son símbolo genuino y parte integrante de su acrisolado Instituto Armado.
    Su permanente y cotidiana convivencia con todos los estamentos de nuestro pueblo, los acredita como conciudadanos fraternos de hecho y de derecho y su dilatada y constante tarea en pro del cuidado, seguridad y buen orden de nuestro entorno, les hace acreedores al más condigno agradecimiento y gratitud de este Ayuntamiento, cuya representación democrática, a través de la Corporación Municipal, desea hacerles patente el público homenaje de su imperecedera consideración y de su profundo y perdurable afecto, al ofrecerle el testimonio de la más alta distinción institucional que, aún siendo acaso menguada para sus muchos y cabales merecimientos, es la mayor que podemos otorgarle.
    Consecuente con tales méritos y en cumplimiento del mandato que me ha sido confiado, tengo el alto honor y la íntima satisfacción personal de proponer a la Corporación Municipal se acuerde conceder al Benemérito Cuerpo de la Guardia Civil, personificado en la Comandancia residenciada en Pontevedra, la Medalla de Oro de la Ciudad, con ocasión de haberse cumplido en el presente año la efemérides del ciento cincuenta aniversario de su fundación.
    A continuación interviene, por el grupo municipal del P.S. de GPSOE, doña María del Carmen Larriba García manifestando que, además de parecerle el discurso del señor Picallo Búa poco adecuado para lo que es una Institución municipal, tampoco le gusta el tono enfático que ha puesto en el mismo.
    Seguidamente hace uso de la palabra don José Cesáreo Mosquera Lorenzo, en representación del grupo municipal del B.N.G., dicindo que, aínda que dixo na Comisión que o seu grupo municipal ía absterse neste asunto, despois de escoitalo discurso do señor Picallo Búa vai votar en contra xa que no mesmo faise unha loanza ás virtudes militares e á traxectoria da Garda Civil, que supoñe que tamén incluirá feitos que é mellor non citar pero que todo o mundo terá na súa mente, incluso despois da transición democrática, polo que de ningunha pode avalar iso, porque se fora polos servicios prestados e polos esforzos, que grandes problemas internos lle está a custar a súa adaptación ás virtudes democráticas, podería absterse e deixalo pasar pero como se fixo un canto á autoridade, militarismo, obediencia e poñer orde e disciplina, é dicir, un discurso que valería para a santa inquisición, que foi unha institución que en certos momentos supliuna a Garda Civil na súa traxectoria, e aínda que nada ten contra algúns dos membros actuais ós que lle agradece os esforzos que fan para adaptarse ós novos tempos, cando foron educados en outra ideoloxía, pero como o discurso é un canto que podía ser feito hai trinta anos, nunha Corporación do ano 1965, en pleno franquismo, non pode de ningunha maneira avalalo, polo que votará rotundamente en contra.
    Por alusiones, se le concede la palabra al señor Picallo Búa el cual manifiesta que su intervención no puede considerarse como un discurso ya que se ha limitado simplemente, como Instructor del expediente, de lo que se siente altamente honrado, a dar lectura a su propuesta, considerando que el señor Mosquera Lorenzo se ha quedado en la revolución de octubre y en el asalto a los cuarteles en Moscú.
    Terminado el debate, el Pleno de la Corporación, por mayoría, prestó su aprobación al proyecto de acuerdo en los términos y sentido del voto que se indican a continuación:
    Examinado el expediente instruido, a iniciativa del Ilmo. Sr. Alcalde, para la concesión de la Medalla de Oro de la Ciudad de Pontevedra al Benemérito Cuerpo de la Guardia Civil con motivo de cumplirse el 150 aniversario de su creación, de conformidad con lo establecido en el Reglamento Municipal de Honores y Distinciones y vista la propuesta formulada por el Instructor del procedimiento designado al efecto, informada favorablemente por la Comisión Informativa Permanente de Régimen Interior y Personal.
    El Pleno de la Corporación Municipal, por mayoría, con el voto favorable de los quince Concejales del grupo municipal del P.P. y de los seis Concejales del grupo municipal del P.S. de GPSOE y el voto en contra de los cuatro Concejales del grupo municipal del B.N.G., acuerda prestar aprobación a la propuesta motivada del Instructor del procedimiento tramitado y, en consecuencia, conceder al Benemérito Cuerpo de la Guardia Civil, personificado en la Comandancia residenciada en esta Ciudad, la Medalla de Oro de la Ciudad de Pontevedra con ocasión de haberse cumplido en el presente año de 1994 la efemérides del 150 aniversario de su fundación, como condigno homenaje de reconocimiento y gratitud por su constante y meritísima ejecutoria, como símbolo de Autoridad y eficaz auxiliar de la Justicia.
    4. URBANISMO: APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DE LA DELIMITACIÓN DE LA UNIDAD DE ACTUACIÓN Nº 13 DEL P.G.O.U., TRAMITADA A INSTANCIA DE PARTICULAR.
    Examinado el expediente número 790/93, tramitado a instancia de "B.B.T., S.L.", en solicitud de modificación de la Unidad de Actuación número 13, delimitada por el vigente Plan General de Ordenación Urbana aprobado por Orden de la C.O.T.O.P. de 18.12.89, mediante la segregación de una finca propiedad de la citada entidad promotora, de 277 m2 de superficie, de los cuales 231 m2 se destinarían a vial y los 46 m2 restantes a solar edificable, de conformidad con el Proyecto técnico redactado por el Arquitecto don Ricardo Aguilar Argenti.
    RESULTANDO: Que el Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el pasado día veinticuatro de febrero, acordó prestar aprobación, con carácter inicial, a la referida modificación de tal Unidad de Actuación, disponiéndose la notificación personal a los propietarios de terrenos incluidos en la Unidad y el sometimiento a información pública del expediente del modo reglamentario.
    RESULTANDO: Que, atendiendo al citado acuerdo plenario, se insertaron anuncios en el Diario de Pontevedra, de fecha 23.3.94, "Boletín Oficial" de la Provincia núm. 63, del día 4.4.94 y "Diario Oficial" de Galicia número 60, de 28.3.94, computándose el período de quince días de exposición pública del expediente desde esta última publicación, notificándose individualizadamente a todos los propietarios afectados por la modificación el acuerdo plenario y el anuncio inserto en el diario autonómico.
    RESULTANDO: Que el día siete de mayo se presentó una alegación por la entidad mercantil "MARCO A04, S.L.", oponiéndose a la propuesta inicialmente aprobada al no aportarse estudio económico de las consecuencias que conllevaría la segregación en lo referente a demoliciones de edificaciones existentes, indemnizaciones, etc... Asimismo, "MARCO A04, S.L.", como propietario de terrenos en la Unidad de Actuación 13 solicitaba que este Ayuntamiento requiriese a todos los propietarios incluidos en tal ámbito para constituir la Junta de Compensación, órgano preciso para la ejecución de tal Unidad.
    RESULTANDO: Que remitida esta única alegación interpuesta a informe del Sr. Arquitecto Jefe del Servicio de Gestión Urbanística, dicho técnico informó no aportar la sociedad alegante estudio alguno que avale que las conclusiones emitidas por dicho técnico en el informe previo a la aprobación inicial contuviesen error o fuesen insuficientes ni demostrar un perjuicio en la equidistribución de beneficios y cargas, ratificándose así en su informe favorable a la modificación. Asimismo, sobre la cuestión de requerir a los propietarios de la actual U.A. 13 para constituirse en Junta de Compensación, el técnico informante consideró de gran interés para el Ayuntamiento el inicio de la gestión de la Unidad.
    CONSIDERANDO: Que atendiendo a lo dispuesto en el artículo 146.2 y artículos 116 y siguientes L.S., así como el artículo 38 del Reglamento de Gestión Urbanística, Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, el expediente se sometió a información pública durante un plazo de quince días en la forma reglamentaria, citándose personalmente a los propietarios de terrenos incluidos en las Unidades de Actuación número 13 y 14, habiéndose formulado una única alegación referida en los párrafos precedentes, la cual carece de eficacia para desvirtuar las determinaciones y beneficios para el interés general de la propuesta inicialmente aprobada.
    CONSIDERANDO: Que el artículo 144 L.S. establece que las Unidades de Ejecución se delimitarán de forma que permitan el cumplimiento conjunto de los deberes de cesión, equidistribución y urbanización de la totalidad de su superficie, habiéndose acreditado por parte del Sr. Arquitecto de la O.G.D.U. que no se irroga perjuicio alguno al resto de los propietarios integrantes de la unidad y que se permite la justa distribución de los beneficios y cargas derivados del planeamiento, además de adquirirse directamente 167,94 m2 con destino a viales que se obtendrán plenamente urbanizados.
    CONSIDERANDO: Que el art. 307 del Texto Refundido de la Ley del Suelo establece que serán inscribibles en el Registro de la Propiedad los actos firmes de aprobación de los expedientes de ejecución del planeamiento en cuanto supongan la modificación de las fincas registrales afectadas por el Plan, la atribución del dominio o de otros derechos reales sobre las mismas o del establecimiento de garantías reales de la obligación de ejecución o de conservación de la urbanización.
    CONSIDERANDO: Que el órgano competente para otorgar la aprobación definitiva corresponde al Ayuntamiento Pleno tal como exige el artículo 22.2.c) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y artículo 50.20 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, Real Decreto 2.568/86, de 28 de noviembre, siendo preciso el previo dictamen de la Comisión Municipal de Urbanismo, como exige el artículo 123.1 del Reglamento de Organización mencionado.
    El Pleno de la Corporación, por unanimidad, y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Permanente de Urbanismo, acuerda:
    PRIMERO. Aprobar definitivamente la Propuesta instada a iniciativa particular por "B.B.T., S.L." de Modificación de la actual Unidad de Actuación número 13 del vigente P.G.O.U., mediante la segregación de una finca de propiedad de la citada entidad promotora de 277 m2 de superficie, de los cuales 231 m2 se destinarían a vial y los 46 m2 restantes a solar edificable, de conformidad con el Proyecto técnico redactado por el Arquitecto don Ricardo Aguilar Argenti, desestimándose, en consecuencia, la alegación interpuesta por "MARCO AO4, S.L." oponiéndose a la modificación pretendida al no aportarse estudio económico ni demostración de la existencia de perjuicio en la equidistribución de beneficios y cargas en la Unidad resultante de la modificación, al no desvirtuar el estudio justificativo elaborado en tal sentido por el Sr. Arquitecto de la Oficina de Gestión y Disciplina Urbanística.
    SEGUNDO. Disponer que por el Sr. Arquitecto Jefe de la O.G.D.U. se proceda a un estudio puntual de la Unidad de Actuación, atendiendo a su Programa de Actuación, proponiendo, en consecuencia, a este órgano municipal, las medidas urbanísticas tendentes a la gestión y ejecución de la Unidad de Actuación número 13 resultante.
    TERCERO. Publicar este acto administrativo en el "B.O.P.", "D.O.G." y notificarlo expresamente a los interesados.
    CUARTO. Disponer la inscripción del presente acuerdo en el Registro de la Propiedad al objeto de garantizar el estricto cumplimiento de los compromisos de cesión y urbanización efectuados por la peticionaria.
    5. URBANIZACIÓN DE LA CALLE PROLONGACIÓN DE COBIÁN AREAL (ENTRE JOAQUÍN COSTA Y EDUARDO PONDAL): RESOLUCIÓN DE ALEGACIONES PRESENTADAS EN RELACIÓN CON LOS BIENES Y DERECHOS AFECTADOS POR LA EXPROPIACIÓN.
    Examinado el expediente tramitado para la "URBANIZACIÓN DE LA CALLE ENTRE LAS DE JOAQUÍN COSTA Y EDUARDO PONDAL (PROLONGACIÓN DE COBIÁN AREAL)", son relevantes para la resolución del mismo los siguientes
    H E C H O S
    1º) El Pleno de la Corporación en sesión ordinaria celebrada el día 30 de julio de 1992, acordó aprobar definitivamente el proyecto de "Urbanización de la calle prolongación de Cobián Areal", elevando a definitiva la relación de bienes y derechos afectados, determinando como fecha de iniciación del expediente de expropiación la de aprobación definitiva del proyecto de "Urbanización de la calle prolongación de Cobián Areal".
    2º) Los propietarios de las fincas afectadas por la expropiación, así como a los titulares de derechos, fueron requeridos al objeto de determinar el justiprecio en vía amistosa, no alcanzándose avenencia con ninguno de los afectados.
    3º) Por don Manuel Brea Sanmartín se manifiesta su oposición a la relación de bienes y derechos afectados y al acuerdo de iniciación del expediente expropiatorio, así como al expediente de contribuciones especiales mediante la interposición de recurso de reposición contra el acuerdo por el que se determina la cuota individual de contribuciones especiales impuestas con motivo de la "Urbanización de la calle prolongación de Cobián Areal", señalándose en el recurso que la planta baja del inmueble esta arrendada a don Benito Domínguez Barreiro..... y la planta alta, para uso de vivienda, está alquilada a doña María del Carmen Gómez Mourente....., que se valoran los 3 m2 objeto de expropiación y la casa objeto de demolición, recogiéndose solamente en la relación de bienes y derechos afectados la superficie a ocupar......., una vez expropiado y demolida la edificación el exponente continuaría como propietario del resto, es decir, de una superficie de 45,46 m2 ....., ello significa que sería propietario de un solar no edificable por no tener la parcela el mínimo ancho requerido en el Plan General......, solicitándose que se revise la relación de bienes y derechos afectados incluyendo toda la propiedad del exponente y los derechos de los arrendatarios, adjuntando fotocopia de los contratos de arrendamiento.
    4º) Remitido el recurso al Sr. Arquitecto Municipal, autor del proyecto de "Urbanización de la calle prolongación de Cobián Areal" se informa que "teniendo en cuenta las alegaciones presentadas por don Manuel Brea Sanmartín se ha decidido su eliminación del expediente de expropiación, por cuanto la superficie de la propiedad afectada es mínima y no se considera imprescindible para la apertura efectiva de la calle en proyecto", elaborándose igualmente un nuevo plano parcelario
    de los terrenos necesarios afectados por la expropiación para la apertura y urbanización de la calle prolongación de Cobián Areal.
    5º) Por doña Rosa María Garrido Feijoo, inquilina del piso 1º derecha de la casa sita en Joaquín Costa nº 48 propiedad de José Rielo Fernández, se presentó reclamación en el sentido de que la indemnización que le corresponde por la expropiación de su derecho se valore desde la fecha del contrato de arrendamiento, informándose por el Sr. Arquitecto Municipal que la valoración efectuada para el cálculo de la indemnización correspondiente al inquilino del piso 1º derecha por desalojo fue efectuada tomando como base de partida para dicho cómputo el contrato de arrendamiento facilitado. El nuevo contrato que ahora se adjunta por la alegante, tiene fecha posterior al inicio del expediente y además no está certificado por organismo alguno que le preste veracidad, tal como la Cámara de la Propiedad Urbana, por lo que se estima que salvo mejor parecer no debiera tenerse en consideración.
    6º) Doña Carmen Sánchez Ramos, titular del derecho de arrendamiento del bajo sito en la calle Joaquín Costa nº 48 propiedad de José Rielo Fernández, formuló escrito de alegaciones en el que manifiesta su disconformidad con las indemnizaciones, ya que no se ha tenido en cuenta el derecho de traspaso ni el precio medio de los traspasos de locales destinados a local de negocio en el cómputo de la indemnización y remitido a informe del Sr. Arquitecto Municipal informa que se han incluido en algunas de las indemnizaciones de derechos los perjuicios que puedan corresponder por traslados y pérdida de derechos de traspaso.
    7º) Doña María del Carmen Martínez Iglesias, titular de la finca nº 6 del plano parcelario, se presentó escrito de alegaciones en el cual manifiesta su disconformidad con la valoración municipal, solicitando que se proceda a una nueva valoración de la finca afectada, teniendo en cuenta la valoración por ella presentada, informándose por Secretaría General que la valoración presentada por doña María del Carmen Martínez Iglesias se tomará en consideración en el momento en el que se proceda a la elaboración de las hojas de aprecio municipais
    CONSIDERACIONES LEGALES
    1ª) El Pleno de la Corporación en sesión celebrada el día 30 de julio de 1992, elevó a definitiva la relación de bienes y derechos afectados por la "Urbanización de la calle prolongación de Cobián Areal", figurando en la misma don Manuel Brea Sanmartín como titular de la finca nº 4 del plano parcelario, y que como informa el Sr. Arquitecto Municipal a la vista de las alegaciones presentadas por el mencionado afectado, "la superficie de la propiedad afectada es mínima y no se considera imprescindible para la apertura efectiva de la calle en proyecto, por lo que se procedió a elaborar un nuevo plano parcelario en el que no figura la propiedad de don Manuel Brea Sanmartín, en consecuencia debe procederse a modificar la relación de bienes y derechos afectados aprobados por el Pleno, excluyéndose de la misma a don Manuel Brea Sanmartín que figuraba como titular de la finca nº 4.
    2ª) Fracasado el trámite de avenencia con los propietarios de los bienes y derechos afectados de expropiación con motivo de la "Urbanización de la calle prolongación de Cobián Areal", dispuesto en el artº 24 de la Ley de Expropiación Forzosa, debe procederse a la determinación del justiprecio de conformidad con el procedimiento establecido en los artículos 29 y siguientes de la citada Ley, sin perjuicio de que en cualquier estado posterior de su tramitación pueda llegarse a fijar el justiprecio de mutuo acuerdo entre las partes.
    3ª) En cumplimiento de lo dispuesto en el artº 29 de la Ley de Expropiación Forzosa y artº 30 del Reglamento para su aplicación, la Administración expropiante deberá requerir a los afectados por la expropiación para que en el plazo de 20 días presenten hoja de aprecio en la que se concrete el valor en que estimen el objeto que se expropia, pudiendo aducir cuantas alegaciones estimen pertinentes, valoración que deberá ser forzosamente motivada y podrá estar avalada por la firma de un perito.
    4ª) Que es competencia del Pleno de la Corporación esta resolución dado que excede los límites fijados por el Pleno al aprobar la relación valorada de bienes y derechos afectados de expropiación con motivo de la "Urbanización de la calle prolongación de Cobián Areal" (artº 23.1.a) del Real Decreto Legislativo 781/86).
    El Pleno de la Corporación, por unanimidad, y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Permanente de Urbanismo, acuerda:
    PRIMERO. Excluir la parcela nº4 de la relación de bienes y derechos afectados por la "Urbanización de la calle prolongación de Cobián Areal", aprobada por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el día 30792, de la cual era titular D. Manuel Brea Sanmartín, por los motivos expuestos en el punto cuarto de la motivación del presente acuerdo, quedando la nueva relación de bienes y derechos afectados como sigue:
    Nº DE PARCELA PROPIETARIO SUPERFICIE A EXPROPIAR
    1 CONSTRUCTORA SAN JOSÉ 7,57 M2
    2 JOSÉ RIELO FERNÁNDEZ 29,63 M2
    3 JOSÉ RIELO FERNÁNDEZ 500,18 M2
    4 CRISTINA CRESPO GONZÁLEZ 371,84 M2
    5 Mª DEL CARMEN MARTÍNEZ IGLESIAS 506,22 M2
    6 ALBERTO Y RICARDO MIRÓN GUTIÉRREZ 11,56 M2
    INQUILINOS
    3 CARMEN SÁNCHEZ RAMOS LOCAL NEGOCIO
    3 ROSA Mª GARRIDO FEIJOO 1º PISO DCHA
    3 AUTOESCUELA PONTEVEDRA C.B 1ª PISO IZDA
    SEGUNDO. No aceptar las alegaciones formuladas por Dª Rosa Mª Garrido Feijoo, Dª Carmen Sánchez Ramos y Dª Mª del Carmen Martínez Iglesias, en base a lo expuesto por el Sr. Arquitecto Municipal, según se relata en la motivación del presente acuerdo, sin perjuicio de que pueda reiterarse su petición, debidamente fundada, en la hoja de aprecio que se les requiera, por cuanto no se considera este el momento procedimental adecuado para la determinación de la valoración municipal, la cual se formulará una vez recibidas las hojas de aprecio requeridas a los particulares afectados.
    TERCERO. Declarar fracasado el trámite de avenencia, requiriéndose a los afectados por la expropiación para que presenten hoja de aprecio en el plazo de veinte días, contados a partir de la notificación del presente acuerdo, en la que se concretará el valor en que se estime el bien o derecho que se le expropia, pudiendo aducir cuantas alegaciones estimen pertinentes, debiendo estar la valoración forzosamente motivada, de conformidad con lo dispuesto en el artº 129 de la Ley de Expropiación Forzosa, siendo los propietarios requeridos los siguientes:
    Nº DE PARCELA PROPIETARIO
    1 CONSTRUCTORA SAN JOSÉ
    2 JOSÉ RIELO FERNÁNDEZ
    3 JOSÉ RIELO FERNÁNDEZ
    4 CRISTINA CRESPO GONZÁLEZ
    5 Mª DEL CARMEN MARTÍNEZ IGLESIAS
    6 ALBERTO Y RICARDO MIRÓN GUTIÉRREZ
    INQUILINO
    3 CARMEN SÁNCHEZ RAMOS
    3 ROSA Mª GARRIDO FEIJOO
    3 AUTOESCUELA PONTEVEDRA C.B
    6. PUERTO DE MARÍNPONTEVEDRA: EMISIÓN DE INFORME SOBRE EL PLAN DE UTILIZACIÓN DE LOS ESPACIOS PORTUARIOS, APROBADO POR EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA AUTORIDAD PORTUARIA.
    Examinado el presente expediente, núm. 9.338/94, tramitado a instancia de la Autoridad Portuaria de MarínPontevedra, en solicitud de informe de esta Administración Municipal al "Plan de Utilización de los Espacios Portuarios del Puerto de MarínPontevedra".
    Vistas las aclaraciones del redactor del proyecto, los compromisos adquiridos por la Autoridad Portuaria referentes a la zona terminal de transporte y regeneración de la playa de Placeres y construcción de espigón con paseo de separación entre playa y puerto deportivo.
    A la vista del dictamen emitido por la Comisión Informativa Permanente de Urbanismo, en sesión celebrada el 26794, en virtud de lo dispuesto en el artículo 123 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre.
    El Pleno de la Corporación, por unanimidad, acuerda informar favorablemente ante la Autoridad Portuaria de MarínPontevedra el "Plan de Utilización de los Espacios Portuarios del Puerto de MarínPontevedra", elaborado por dicha entidad y redactado por el Ingeniero Jefe del Departamento de Anteproyectos y Obras D. Miguel Ángel Navarro Veroz, en base a las aclaraciones y compromisos a que se obliga la Autoridad Portuaria al estimarse que dicho plan de utilización no modifica el P.G.O.U., al contemplar el uso del ferrocarril en la página 50 de la Memoria; condicionando tal informe favorable a que se recojan en el mismo las determinaciones aclaratorias siguientes:
    1. Se preverá por parte de la Autoridad Portuaria un Centro Terminal de Transporte mientras no se realice el ferroviario, y tal zonificación se especificará en el plan especial que en su día se tramite, sin que por parte de dicha Autoridad se otorguen concesiones comerciales que condicionen tal uso de transporte.
    2. La regeneración de la playa de Placeres que se detalla en la página 43 de la Memoria y en el plano 2.10 al igual que el espigón de separación del paseo de la playa y puerto deportivo, se deberá incluir también en el apartado 1.11 "usos admisibles para las diferentes obras del puerto".
    7. SERVICIO DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS Y LIMPIEZA VIARIA: MODIFICACIÓN DEL CONTRATO FORMALIZADO CON LA EMPRESA CONCESIONARIA PARA AMPLIACIÓN Y MEJORA DEL SERVICIO.
    Dada cuenta del dictamen favorable, por mayoría, de la Comisión Informativa Permanente de Cuentas a la modificación del contrato formalizado con la empresa concesionaria del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos y limpieza viaria para la ampliación y mejora del servicio.
    Abierto el debate, se concede la palabra a don Miguel Anxo Fernández Lores, portavoz del grupo municipal del B.N.G., o cal manifesta que a súa postura ó respecto dos servicios públicos municipales é a favor da municipalización, polo que, no seu momento votou en contra ou cando menos se abstivo nas seguintes modificacións do contrato de recollida de lixo, porque está de acordo coa proposta de que sexa o propio Concello quen merque o material para esta ampliación do servicio de limpeza pois sae máis barato, xa que non é verdade que estas concesións sexan máis baratas para o usuario, polo que vai absterse como está a facer nas actualizacións do contrato nos últimos anos.
    A continuación interviene, por el grupo municipal del P.S. de GPSOE, don Camilo José Garrido Torres anunciando que la postura del grupo municipal socialista va a ser de abstención porque, aún estando absolutamente de acuerdo con la ampliación y mejora del servicio y siendo consciente de que tiene un incremento de costos, no acaba de entender que pueda salir más barata la operación de préstamo que el subarriendo completo del servicio, porque, aún cuando, según el informe que se presenta, en la cuota de amortización e intereses se genera una economía anual, la empresa estaba presentando unos números que no son absolutamente ciertos, o bien plantea unos plazos de amortización absolutamente distintos a los suyos.
    Terminado el debate, el Pleno de la Corporación, por mayoría, prestó su aprobación al proyecto de acuerdo en los términos y sentido del voto que se indican a continuación:
    Examinado el expediente tramitado a instancia del Sr. Teniente de Alcalde Delegado del Area de Limpieza para la modificación del contrato administrativo suscrito entre este Excmo. Ayuntamiento y la empresa concesionaria del servicio municipal de recogida de residuos sólidos urbanos, limpieza viaria y de edificios municipales, SANEAMIENTOS SELLBERG, S.A., para introducir en el Municipio de Pontevedra el sistema de containerización del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos y su ampliación, lo que, en principio, acepta la Comisión de Gobierno en sesión celebrada el día 15 de marzo de 1993, en asistencia a la Alcaldía, acordó comunicar a la empresa SANEAMIENTOS SELLBERG, S.A. la conveniencia de realizar a título de prueba, la containerización del servicio.
    Vistos los informes emitidos por el Sr. Ingeniero Municipal, Secretaría General e Intervención, y teniendo en cuenta que la Administración Municipal puede modificar, por razones de interés público, las características del servicio contratado y las tarifas que han de ser abonadas por los usuarios, tal como dispone el art. 74 de la Ley de Contratos del Estado, art. 221 del Reglamento General de Contratación del Estado y lo señalado en el pliego de condiciones económicoadministrativas.
    El Pleno de la Corporación, por mayoría, con el voto favorable de los quince Concejales del grupo municipal del P.P. y con la abstención de los seis Concejales del grupo municipal del P.S. de GPSOE y de los cuatro Concejales del grupo municipal del B.N.G., y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Permanente de Cuentas, acuerda:
    PRIMERO. Modificar el contrato aceptando la propuesta que formula la empresa concesionaria del servicio municipal de recogida de residuos sólidos urbanos y limpieza viaria, SANEAMIENTOS SELLBERG, S.A. para la ampliación y mejora del servicio con efectos de 1 de xaneiro de 1994, incrementando la contraprestación económica anual vigente (canon) en 35.809.863 pesetas, que resultan de los siguientes conceptos:
    Conservación y mantenimiento............ 4.684.387
    Combustibles y lubricantes.............. 2.141.100
    Seguros y tributos...................... 685.000
    Personal................................ 22.897.155

    Total......... 30.407.642
    ================================
    Beneficio industrial 10%................ 3.040.764
    Sellos municipais..................... 334.484
    I.V.A. 6%............................... 2.026.973

    IMPORTE TOTAL................. 35.809.863
    SEGUNDO. Acudir al concierto de una operación de préstamo en las condiciones financieras actuales de amortización a un tipo medio estimado del 8.5% de interés a 10 años, por importe de 81.995.000 pesetas, para el pago a la empresa SANEAMIENTOS SELLBERG, S.A. del material adquirido para la ampliación y mejora del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos y limpieza viaria.
    TERCERO. Teniendo en cuenta que el gasto previsto de personal en esta ampliación del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos y limpieza viaria constituye un porcentaje notablemente inferior al 80% que se halla previsto en la fórmula polinómica de revisión anual del precio de adjudicación se acuerda un reajuste de la misma adaptándola en función de los costes reales resultantes, tanto de personal como de combustible, por cuanto los demás conceptos no afectan a aquélla al formar parte de su término invariable.
    8. MOCIONES URGENTES, RUEGOS Y PREGUNTAS.
    A) PREGUNTA DEL PORTAVOZ DEL GRUPO MUNICIPAL DEL B.N.G., DON MIGUEL ANXO FERNÁNDEZ LORES, RELATIVA A LA POSIBLE SUBVENCIÓN DE LA CONSELLERÍA DE CULTURA DE LA XUNTA DE GALICIA PARA LA REMODELACIÓN DE LA PLAZA DE TOROS.
    Manifesta que recentemente saíu unha noticia na prensa, que é a forma normal de ter coñecemento neste Concello das cousas que pasan ou que se teñen previsto facer, na que se di que o señor Alcalde está a negociar unha subvención da Consellería de Cultura da Xunta de Galicia para remodelala praza de touros e facer un auditorio multiusos, pese a que aínda non está construído o famoso auditorio, que criticou no seu momento e segue a criticar, pois aínda non se sabe como vaise manter e os problemas que vai ter o Concello para iso, e cando se lle pregunta ó señor Alcalde por que se fixo o auditorio e non se fixeron outros investimentos máis importantes e necesarios para este Concello, sempre contesta que foi a Consellería de Cultura e os cartos soamente estaban adicados ó auditorio, cando o certo é que está a facelo a COTOP, e pensa que sería máis prioritario solicitar investimentos urxentes noutras cuestións como pode ser rematalo saneamento da ría, co famoso colector da marxe dereita, que non está previsto ata o ano 1997, sen o cal é absolutamente imposible facer un saneamento integral da ría, á parte do solo industrial ou rematalo Anel da Eiriña, e se vai saír coa cuestión de sempre de dicir que son investimentos da Consellería de Cultura, hai outro tipo de investimentos para facer neste Concello, polo que pregunta se non considera prioritario adicar esas posibles subvencións da Consellería de Cultura a outros aspectos máis importantes como casas de cultura no rural, pavillóns polideportivos ou outras actuacións como poden ser a depuración ou rematala rede viaria interior do Concello.
    Le contesta el señor Alcalde que, por lo que respecta a la posible remodelación de la plaza de toros, entiende tanto el equipo de gobierno municipal como la Consellería de Cultura que, dadas las condiciones climatológicas, puede ser un tema importante para la ciudad, como centro de atracción de toda la comarca pontevedresa, el disponer de un recinto cubierto, con capacidad para ocho o diez mil personas, que puede permitir el ofrecer grandes espectáculos y como considera que es su obligación, como Presidente de la Corporación y del grupo en el que milita, el gestionar fondos para la ciudad y para aquellas cuestiones que tanto las distintas Consellerías como los distintos Ministerios entienden que pueden encajar en sus Presupuestos, lo seguirá intentando, pero el asunto de la plaza de toros, que se trató con ocasión de la firma del convenio para la restauración de los mosaicos de la Alameda, es un tema cuyas negociaciones se iniciarán con la empresa propietaria en el mes de septiembre, de las que la Corporación tendrá puntual información y, en su momento, se someterá a los trámites oportunos en este Ayuntamiento.
    B) PREGUNTAS DEL PORTAVOZ DEL GRUPO MUNICIPAL DEL B.N.G., DON MIGUEL ANXO FERNÁNDEZ LORES, RELATIVAS AL CAMPUS UNIVERSITARIO.
    Manifesta que no tema do Campus Universitario, desafortunadamente estanse a cumprilas previsións negativas que fixo neste último mandato, xa que segue a ser unha asignatura pendente, pois a estas alturas do ano 1994 non hai aínda ningunha sede definitiva e a que se está a construir, segundo as últimas noticias que ten, vai ter un incremento no seu custo co cal, entre a compra e a remodelación do Cuartel de San Fernando, aproxímase ós 1724 millóns de pesetas e, se non houbera un abandono por parte do Concello e da Xunta de Galicia na axilización do Campus da Xunqueria, con eses cartos poderíanse ter construídas dúas sedes definitivas ou máis, dependendo dos metros cadrados, polo que a primeira pregunta, que xa lle fixo no Pleno do Estado do Municipio, que non contestou polo menos publicamente diante da Corporación é ¿por que non se empeza este ano cos estudios de Fisioterapia e Rehabilitación, aínda que sexa dun xeito provisional, ó ter en conta ademais que o número de alumnos previstos para o primeiro curso sería soamente de cincuenta?; que, a segunda pregunta, é ¿se vai empezar, despois dos problemas habidos co Decano, o primeiro curso de Relacións Públicas e Publicidade neste Campus de Pontevedra?; a terceira ¿cando se vai empezar a construilo edificio de Industrias Forestais na Xunqueira? e, a cuarta, ó ter en conta que estes días se concederon varias titulacións noutros Campus de Galicia, ¿que pasou coa famosa titulación clásica que o señor Alcalde e o señor Fraga prometeron para este Concello nunha rolda de prensa, e tamén o señor Alcalde no Pleno do Estado do Municipio do ano 1993?.
    Le contesta el señor Alcalde que, nuevamente va a explicar el tema del Cuartel de San Fernando con el fin de que, de una vez por todas, el B.N.G. entienda que el convenio firmado en octubre de 1991 con una inversión de 1.200 millones de pesetas, tenía por objeto la adquisición de un edificio singular, en el que el Ayuntamiento aportaba 50 millones de pesetas, en el que se incluía una cláusula para la ejecución de la infraestructura del Campus Universitario, por parte de la COTOP, con un importe que después alcanzó en torno a los trescientos millones de pesetas, cantidad elevadísima para este Ayuntamiento y, aunque se trata de dos temas totalmente distintos, el tiempo no le ha dado la razón al B.N.G. sino al grupo de gobierno porque, mientras el primero de octubre estarán terminadas las obras del Cuartel de San Fernando; que, además de que debería tener en cuenta que se está dirigiendo al Alcalde de Pontevedra, Presidente de la Corporación, elegido democráticamente, que no es el Rector de la Universidad para inmiscuirse en la autonomía universitaria, si participara en la Comisión de Seguimiento Procampus, que a lo largo de este año a petición del Rectorado pasará a ser una Fundación, tendría, como la tienen los demás grupos políticos y las fuerzas vivas de la ciudad, más información y sabría que de los 1.724 millones de pesetas, a los que aludió, el Ayuntamiento de Pontevedra, de acuerdo con el convenio suscrito, solamente pagará 133, contándose para el Curso 19941995 con un edificio para la Facultad de Bellas Artes y para la Escuela de Restauración; que respondiendo a sus preguntas, en lo referente al edificio para Industrias Forestales, tiene noticias de que está en fase de adjudicación o de apertura de plicas, pero en todo caso el Ayuntamiento solamente puede gestionar porque no es la Consellería de Educación y, su primera pregunta, tiene la misma respuesta, porque para Fisioterapia, hay un convenio firmado y en el Presupuesto del Ayuntamiento de este año se incluía una cantidad en torno a los 15 millones de pesetas para la habilitación de un edificio, pero surgieron unos problemas en cuanto a la titularidad de ese edificio que no era propiedad del SERGAS sino del antiguo INSALUD, como el Rectorado expuso a través de los medios de comunicación, que se resolvieron hace aproximadamente unos 15 días lo que imposibilita el llevar a cabo las obras necesarias en este año porque el plazo de ejecución está fijado en ocho o diez meses, habiendo sido criticado por algún grupo de la oposición o por algún Concejal cuando dijo que se podía comenzar en este primer año, provisionalmente, poniendo como ejemplo el Salón de Actos de la Residencia Sanitaria de Montecelo, porque la Corporación lo que puede es colaborar y gestionar, pero no tomar las decisiones que corresponden al Claustro de la Universidad de Vigo; que, a la pregunta de que si va a empezar Publicidad y Relaciones Públicas, le puede decir que casi diariamente está siguiendo el tema. manteniendo conversaciones con el nuevo Rector, al que está instando para que comiencen pues ya ha sido nombrado el Decano y aprobado el plan de estudios, por lo que, si se desarrollan todos los hechos tal como espera y desea y si se produce el traslado de Bellas Artes al Cuartel de San Fernando, para lo cual era necesaria esa adquisición, debe comenzar Publicidad y Relaciones Públicas, toda vez que con el esfuerzo de todas las partes que han intervenido para trasladar la Escuela de Enfermería al Hospital Provincial, adaptando y mejorando las instalaciones existentes, queda en un espacio suficiente, pudiéndole dar la buena noticia, facilitada por el Rectorado, de que para el año 1995 planifican el iniciar la construcción del edificio para esta Facultad de Publicidad y Relaciones Públicas, lo que demuestra que el Campus de la Xunqueira no está pendiente a pesar de que en junio de 1991 no existían ni los terrenos y en estos momentos están finalizadas las obras de infraestructura, esperando que en fecha próxima se empiece la construcción del primer edificio, y el primero de octubre finalizadas las obras del edificio de la Facultad de Bellas Artes, como ha dicho y dirá públicamente su Decano, admirado tanto el edificio como su ubicación por todos los Decanos que lo han visitado este edificio y su ubicación, aunque lamenta que no le guste a los Concejales del B.N.G.; que, por lo que respecta a la titulación clásica, le responde que este Ayuntamiento tiene a don Bernardo López Abadín como miembro del Consello Universitario de Galicia, en donde las distintas Universidades planifican sus titulaciones, aunque el grupo de gobierno municipal continúa instando nuevas titulaciones para el Campus de Pontevedra, existiendo la promesa de que serán posibles dentro del Plan 19941996 y, a pesar de que existen retrasos en cuanto a infraestructuras, espera que responderá a Pontevedra también en sus reivindicaciones.
    C) PREGUNTAS DEL CONCEJAL DEL GRUPO MUNICIPAL DEL B.N.G., DON JOSÉ CESÁREO MOSQUERA LORENZO, SOBRE ROTURA DE LAS CONDUCCIONES DE AGUA, CAMINO DE ACCESO AL COLEGIO PÚBLICO DE MONTE CARRASCO Y ACTUACIÓN DE LA POLICÍA LOCAL.
    Manifesta que a primeira pregunta é relativa ó que sucedeu o outro día cando se enganchou a auga para Sanxenxo e reventaron as tuberías en Pontevedra, á parte do espantoso ridículo que se fixo, desexa saber quen manda neste Concello, se hai que seguir instruccións en contra dos criterios dos técnicos e dos responsables políticos e tamén quen vai pagar eses gastos, porque cando foi a rotura da tubería da conducción de auga coas pas forzouse a pagar á empresa COPDISA; a segunda é con respecto a unha situación grave no acceso ó Colexio Público do Monte Carrasco en Marcón, cara a Tomeza, pois se trata dun camiño público que en outono de 1992 alguén para sacar xabre fixo unha escavación duns catro ou cinco metros de profundidade, nacía auga porque había un manantial no fondo e a promesa ó parecer era que se ía tapar inmediatamente e deixalo camiño como estaba, pero o recheo foi de tal calibre que alí se botaron escouras, frigoríficos, lavadoras, plásticos, cemento e restos de obra, lévase case dous anos e segue sen arranxalo problema a pesar de que por alí acceden rapaces ó Colexio Público, polo que desexa saber quen ordenou esas obras, se teñen licencia ou non e como se pode tolerar unha situación da que teñen coñecemento responsables do grupo de goberno, porque o xabre foi para pavimentalo campo de fútbol en San Xibrán e foi o PP quen deu a licencia e quen permitiu que estivera nesa situación durante todo ese tempo con perigo para os rapaces que pasaban por alí, polo que roga que se arranxe canto antes; a terceira ten relación cun incidente que demostra como funciona certo corpo neste Concello, que nun principio no lle deu ningunha importancia pero despois foina collendo e interésalle aclaralo porque quedou profundamente sorprendido, pois o outro día chamárono os veciños de Bora dicindo que se a Policía Local podía levantar acta de que un señor estaba a cerrar un terreo de dominio público, polo que chamou á Policía Local, pasáronlle co mando e dille que ten que falar co xefe, fala co xefe e dille que non pode facer nada agás que fale co señor Tenente Alcalde Delegado, chamouno e non estaba dicíndolle a secretaria que ía chamar e non chamou ata hoxe, polo que supuso que ó non ser membro do equipo de goberno non ten nin dereito a que se faga isto e terá que pasalos seus trámites, pero o outro día na Comisión de Réxime Interior comentou o asunto e ante a súa sorpresa os Concelleiros e Tenentes de Alcalde do grupo de goberno dixéronlle que a eles pásalles o mesmo, ou sexa que non se fai nada sen chamar directamente ó Tenente Alcalde encargado da Area, que de verdade sorpréndelle porque pode haber unha emerxencia e non localizalo e o normal sería que tome nota e lle pregunte ó Tenente Alcalde se se fai ou non, pero nunca ese trámite de ter que chamalo directamente, polo que pregunta se o señor Alcalde avala ese tipo de funcionamento e se pode sacala conclusión de que tódalas actuacións da Policía Local, incluidas algunhas que xa se comentaron nalgún Pleno de retirar automóbiles de aparcamentos para bodas e cousas desas, responden a ese tipo de funcionamentos, é dicir, se tódalas actuacións pasan directamente polo Tenente de Alcalde Delegado, se funciona desa maneira tan autoritaria e se ten esa responsabilidade.
    Le contesta el señor Alcalde que, por lo que respecta al tema del agua, la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda está haciendo una fuerte inversión en la Estación Depuradora, en el Pontillón de Castro y en las conducciones para poder dar agua a otros Ayuntamientos de la provincia, como pueden ser Marín, Poio o Sanxenxo; que, precisamente, en la noche del sábado al domingo, en que se produjeron las roturas, la Alcaldía, Concejal Delegado, Técnicos municipales y de la Xunta de Galicia, trataron sobre el tema del suministro de agua a Sanxenxo, manifestándole a los Técnicos de la Consellería el fundado temor de que en esa prueba de mayor presión pudiera producirse alguna ruptura en las conducciones, pero, por un principio de solidaridad, tanto el Alcalde como el Concejal Delegado accedieron a esa prueba que se llevó a cabo a las nueve de la noche en presencia del Alcalde, Concejal Delegado y los Técnicos que les acompañaban, llegando el agua a Sanxenxo y funcionando perfectamente, pero a las ocho de la mañana del día siguiente le llamó el Concejal Delegado anunciándole que se habían producido unas roturas, la más espectacular en la avenida de Buenos Aires, frente a la Escuela de Magisterio, y otras de menor importancia en otros puntos de la ciudad, que fueron reparadas, puesto que a las ocho de la tarde, también con su presencia y la del Concejal Delegado en las distintas obras, estaban totalmente reparadas las averías, que se debieron a un problema técnico por la falta de conexión entre los Técnicos de la Empresa de las conducciones y la del Servicio de Aguas de Sanxenxo; que, para mejor comprender este tema, debe considerarse que se está hablando de una inversión de cerca de 2.000 millones de pesetas entre la depuradora, conducciones y presa, estando pendiente de invertir 180 millones de pesetas para tener toda la instalación y así poder acceder al consorcio del agua, aunque manteniendo que en el uso del agua siempre tendrán prioridad los vecinos de Pontevedra sobre los de cualquier otro Ayuntamiento, pero, por principio de solidaridad y ante las inversiones efectuadas por la Xunta de Galicia, estima que existe también la obligación de colaborar en el abastecimiento de estos otros Ayuntamientos.
    Por indicación del señor Alcalde, interviene don Germán de la Iglesia Faustino, en su calidad de Teniente de Alcalde Delegado del Servicio de Aguas, informando al señor Mosquera Lorenzo, en cuanto al pago de las reparaciones que, su costo también le preocupaba, fue asumido, así como cualquier otro que se produzca, por el señor Director General de la Consellería que dio orden a la empresa para que minuciosamente evalúe los daños que, una vez que finalicen las obras, alcanzarán aproximadamente entre tres y cuatro millones de pesetas, debiendo aclarar que si se asumió ese pequeño riesgo de suministrar agua a Sanxenxo fue al tener en cuenta todas esas inversiones realizadas, así como las obras solamente pendientes de ejecutar, porque los proyectos ya están elaborados, por un importe de 180 millones de pesetas que duplicarán el bombeo de la ciudad y el almacenamiento de agua con otro depósito que redundarán en beneficio de Pontevedra, queriendo dejar claro que el coste de las reparaciones está plenamente asumido por la Consellería.
    De nuevo toma la palabra el señor Alcalde indicando que, con respecto a la pregunta del señor Mosquera Lorenzo sobre el estado actual del camino de acceso al Colegio Público de Monte Carrasco, se informará debidamente y adoptará las medidas necesarias para subsanar las deficiencias y, en cuanto al último apartado de sus preguntas, le sorprende que los compañeros de Corporación hagan esos comentarios a los que aludió, aunque a veces se pueden hacer manifestaciones de una manera coloquial que no le parece correcto el hacer uso de las mismas ante el Pleno de la misma, pero en todo caso al ser la Policía Local un Cuerpo con una disciplina especial, como Instituto armado y jerarquizado, tiene unas normativas y el Concejal Delegado unas competencias muy claras sobre el mismo, no obstante daré instrucciones al respecto en cuanto a esa petición que ha hecho, extrañándole que, conociendo al Concejal Delegado, de tener conocimiento no le hubiera dado respuesta.
    D) PREGUNTAS DEL PORTAVOZ DEL GRUPO MUNICIPAL DEL P.S. DE GPSOE, DON ROBERTO TABOADA RIVADULLA, SOBRE EL PALACIO DE MUGÁRTEGUI Y FERPALIA.
    Manifiesta que, toda vez que el B.N.G. tiene el privilegio de preguntar primero, muchas de las preguntas que su compañeros de grupo municipal tienen previsto formular ya han sido hechas con anterioridad, independientemente de que las respuestas a lo mejor no le satisfacen, por lo tanto, aunque lo tenía previsto, no va a abundar sobre cuestiones de Universidad o averías en las conducciones de agua, pero si quiere formular a la Alcaldía dos preguntas puntuales que le producen cierta curiosidad, porque al parecer, según han recogido los medios de comunicación, recientemente el señor Alcalde se ha entrevistado con el señor Vázquez Portomeñe por el tema de los mosaicos de la Alameda, que ha sido una iniciativa del grupo municipal socialista en la anterior Corporación, y si aprovechando esa entrevista consiguió, preguntó o gestionó algo más que los mosaicos, porque está el tema del Palacio de Mugártegui que viene de antiguo y por el que tiene un interés especial, habiéndose publicado en los medios de comunicación que podría ser adquirido por la Xunta de Galicia, a través del Xacobeo o de la Consellería de Cultura, bien para sede institucional de la Administración Autónoma o del Ayuntamiento de Pontevedra, por lo que desea saber si han hablado de ello o si por el contrario es un tema ya cerrado y no hay posibilidad de recuperar ese edificio noble para el patrimonio municipal; que, asimismo, al hilo de lo que se habló en el debate del Estado del Municipio, en relación con el modelo de ciudad turística y de ciudad de certámenes, por lo que interesa le informe si se ha institucionalizado la feria que un año se denominó Municipalia y al siguiente Ferpalia pues desconoce si va a celebrarse este año y en que mes.
    Le contesta el señor Alcalde que, en cuanto al Palacio de Mugártegui, efectivamente ha realizado gestiones con el señor Conselleiro de Cultura y se está estudiando la posibilidad de su adquisición, procediéndose recientemente a cerrar al tráfico la plaza por los problemas que originaban el ser utilizada como residencia habitual de drogadictos, y que ya, con motivo del Xacobeo 93 se había solicitado de la Xunta de Galicia inversiones de infraestructura, pero se limitaron por lo que se sigue instando la posible financiación, no sólo para la adquisición que, en gestiones del anterior Alcalde, en las que participó como Concejal, se cifraba en 60 millones de pesetas, y al parecer los propietarios están dispuestos a rebajar esa cantidad, pero el verdadero problema reside en la rehabilitación ya que su costo será superior al de su adquisición, por lo que sólo el Ayuntamiento no podrá afrontarlo; que, en cuanto al tema de ferias, hace días ya se reunió con el Secretario Xeral de Turismo, por lo que le puede tranquilizar ya que los certámenes y ferias que ya están instaurados tendrán su continuidad, pues Construgal, en la que participa la Consellería de Industria como principal financiadora, la Cámara de Comercio y este Ayuntamiento, ya se celebró por cuarta vez, y Ferpalia se celebrará este año por tercera vez, produciéndose únicamente el cambio de nombre por problemas de registro, teniendo ya garantizada la ayuda económica para su celebración por el señor Conselleiro de Industria, habiendo mantenido una reunión con el Presidente de la Cámara de Comercio y los parámetros económicos son más o menos los mismos que el año anterior, siguiéndose en la línea de aumentar los certámenes y no renunciando al Recinto Ferial permanente a pesar de que los problemas de terrenos no son fáciles de solventar.
    E) PREGUNTA DEL CONCEJAL DEL GRUPO MUNICIPAL DEL P.S. DE GPSOE, DON JOSÉ MANUEL ESTÉVEZ HEREDIA, EN RELACIÓN CON LA ACTUACIÓN DE LA GRÚA EN ZONA DE LA ORA.
    Manifiesta que ha solicitado varias veces del señor Alcalde hace más de dos años que la grúa no actuase en la zona de la ORA, habiéndole dado la razón, como así consta en las actas, por lo que quiere recordarle que últimamente se han dictado sentencias por cuatro Tribunales Superiores de Justicia en el sentido de que es absolutamente ilegal la actuación de la grúa en zonas de la ORA, lo que a pesar de ser de sentido común aquí da la impresión de que no hay más coches mal aparcados que los que están en la ORA y no pagan cinco duros, por lo que tiene la duda de que si cuando no está el señor Acuña actúa o no alguien, pues está seguro de que el señor Acuña tiene un espíritu absolutamente jerarquizado y acata las órdenes del señor Alcalde, por lo que no comprende que, habiéndole dado la razón en cuanto a que nunca más actuaría la grúa en zona de la ORA, en los últimos quince días haya actuado cantidad de veces, estimando que debe haber algún elemento extraño en la Corporación que da órdenes en ausencia del señor Alcalde o del señor Acuña.
    Le contesta el señor Alcalde que le sorprende que haya dicho tan rotundamente que la grúa no actuaría en la ORA, por lo que mandará repasar las actas, pero le puede decir que los Tribunales resuelven temas que luego el Tribunal Supremo modifica, no existiendo en este momento jurisprudencia sobre este tema, pero en todo caso toma nota de su pregunta y se interesará por el tema.
    F) PREGUNTA DEL CONCEJAL DEL GRUPO MUNICIPAL DEL P.S. DE GPSOE, RELATIVA A LA PARTICIPACIÓN DE LA ALCALDÍA EN EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA AUTORIDAD PORTUARIA.
    Manifiesta que como consecuencia de la polémica que se ha iniciado respecto al posible cambio de denominación del Puerto de MarínPontevedra y a la aprobación por unanimidad de un documento de usos del Puerto en la zona de Pontevedra, pregunta si, dentro de las relaciones que supone existen entre la Autoridad Portuaria y el Ayuntamiento, están tratando de resolver la ausencia notable del Alcalde de Pontevedra en el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria, puesto que una presencia institucional allí podría ayudar a solucionar este problema que puede convertirse en serio.
    Le contesta el Sr. Alcalde que considera que el Ayuntamiento debe estar representado en el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria, y aunque el tema depende de Madrid parece que las peticiones están teniendo buena acogida, pero continuará insistiendo y llegará hasta los últimos extremos.
    A) RUEGO DEL CONCEJAL DEL GRUPO MUNICIPAL DEL P.S. DE GPSOE, DON CAMILO JOSÉ GARRIDO TORRES, SOBRE CREACIÓN DE UNA PONENCIA O COMISIÓN DE ESTUDIO PARA DINAMIZAR LA CIUDAD DURANTE LOS MESES DE VERANO.
    Manifiesta que aún cuando se trata de una opinión personal que no ha contrastado con el debido rigor, hay algo que es preocupante en Pontevedra, que no sabe si lo habrán notado el señor Alcalde y el resto de compañeros de la Corporación, que en el mes de julio Pontevedra es una ciudad muerta, porque algo está pasando que le parece necesario evaluar cuando menos y aunque está seguro que el mes de agosto va a ser distinto puesto que hay unas fiestas y una inversión pública que va a dinamizar esta ciudad, rogaría al señor Alcalde que a la altura del mes de septiembre crease una ponencia o una comisión de estudio que, con un poco de rigor y más allá de lo que pueden ser simples percepciones personales, valore si es efectivamente Pontevedra es una ciudad muerta durante algunos meses y si sería conveniente una distribución de la inversión pública y no la concentración que se realiza, porque le preocupa el mes de julio que se ha vivido en Pontevedra como supone le preocupará a los que viven de la ciudad.
    Le contesta el señor Alcalde que trasladará su ruego al Indepo por considerar que encaja perfectamente entre sus objetivos pero, de no ser así, toma nota por estimar que se trata de una buena sugerencia.

    Y no habiendo más de que tratar, el Iltmo. Sr. Alcalde da por finalizado el acto, levantando la sesión a las veinte horas y veinticinco minutos, de todo lo cual, yo Secretario, doy fe.

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