ATOPO
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Acta de sesión_27-10-1994_Ordinaria

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  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.AMPO.1.GF001.F0001.SF003.S0020.18461/2.27-10-1994_Ordinaria

  • Título Acta de sesión_27-10-1994_Ordinaria

  • Data(s) 27-10-1994 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

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  • Alcance e contido ACTA NUMERO QUINCE CORRESPONDIENTE A LA SESIÓN 0RDINARIA DEL PLENO DE LA CORPORACIÓN CELEBRADA EL DÍA 27 DE OCTUBRE DE 1994

    En el Salón de Actos de la Casa Consistorial del Excmo. Ayuntamiento de Pontevedra, siendo las diecinueve horas y cinco minutos, del día veintisiete de octubre de mil novecientos novenda y cuatro se reúne, en sesión ordinaria y primera convocatoria, el Pleno de la Corporación bajo la Presidencia del Iltmo. Sr. Alcalde D. Francisco Javier Cobián Salgado, y con la asistencia de los Sres. Concejales D. Edelmiro Barreiro Gómez, D. Bernardo López Abadín, D. Fernando Gago Ruibal, D. Germán de la Iglesia Faustino, D. Ernesto Baltar Feijoo, D. José Acuña Sastre, D. Francisco Javier Rial Vázquez, D. José María Picallo Búa, D. Fulgencio López Tomé, D. Manuel Vidal Outeda, Dª María Blanca Rodríguez Fernández, D. Fernando Morquecho Barral, D. Javier Pazos Carballido, D. Manuel Durán Couto, D. Roberto Taboada Rivadulla, D. Eugenio Jiménez Passolas, D. Camilo José Garrido Torres, Dª María del Carmen Larriba García, D. José Manuel Estévez Heredia, Dª María Margarita Adrio Taracido, D. Miguel Anxo Fernández Lores, D. José Cesáreo Mosquera Lorenzo, D. Raimundo González Carballo y Dª Salomé Alvarez Blanco, con excepción de don Camilo José Garrido Torres que se incorpora a la sesión después de resuelto el punto número cuatro del orden del día estando presente el Sr. Interventor D. Manuel Loureiro Blanco, actuando como Secretario, D. Julio Dapena Outomuro, que da fe del acto.

    El Iltmo. Sr. Alcalde declara abierta la sesión.

    ORDEN DEL DÍA

    1. MINUTA DEL ACTA ANTERIOR: APROBACIÓN, EN SU CASO, DEL BORRADOR DEL ACTA CORRESPONDIENTE A LA SESIÓN PLENARIA ORDINARIA DE 29 DE SEPTIEMBRE DE 1994.
    Dada cuenta del borrador del acta correspondiente a la sesión plenaria ordinaria de 29 de septiembre de 1994, es aprobado por unanimidad y sin modificación alguna.
    2. RESOLUCIONES DE LA ALCALDÍA: DAR CUENTA DE LAS RESOLUCIONES DE LA ALCALDÍA (ALCALDE Y TENIENTES DE ALCALDE) DICTADAS DURANTE EL MES DE SEPTIEMBRE DE 1994.
    El Pleno de la Corporación queda enterado de las resoluciones dictadas por los señores Alcalde y Tenientes de Alcalde durante el mes de septiembre de 1994.
    3. PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN DEL PUERTO DE MARÍNPONTEVEDRA: EMISIÓN DE INFORME SOBRE EL PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN DEL PUERTO DE MARÍNPONTEVEDRA, FORMULADO POR LA AUTORIDAD PORTUARIA Y APROBADO INICIALMENTE POR LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL.
    Examinado el "Plan Especial de Ordenación del Puerto de MarínPontevedra", formulado por la Autoridad Portuaria de MarínPontevedra, esta Secretaría General en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 3º.b) del Real Decreto 1174/1987, que impone al Secretario de la Corporación el deber de informar preceptivamente en aquellos asuntos cuya aprobación exija una mayoría especial como son los Planes e instrumentos de ordenación urbanística, por imperativo del art. 47.B.i) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y art. 54.1.b) del Texto Refundido de Disposiciones en materia de Régimen Local, Real Decreto 781/86, emite el siguiente informe:
    RESULTANDO: Acreditados los siguientes
    HECHOS:
    1º. El día dos de marzo de mil novecientos novenda y dos se suscribió un Convenio entre este Excmo. Ayuntamiento y la antigua Junta del Puerto de Marín y Ría de Pontevedra actual Autoridad Portuaria, sobre cooperación en el planeamiento para la ordenación urbanística de la Zona de Servicios del Puerto. Este Convenio tuvo como finalidad dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 81 y disposiciones adicionales del vigente P.G.O.U. de Pontevedra, aprobado por Orden de la C.O.T.O.P. de fecha 18/12/89, es decir, la consecución de los fines necesarios para la ordenación del conjunto portuario de Estribela, determinado por el planeamiento como sistema general portuario, conviniéndose entre ambos organismos los criterios generales y Plan Directorio de Actuación a tener en cuenta por la Junta en la redacción del Plan Especial de ordenación del citado conjunto portuario, que tendría que redactarse para desarrollar las previsiones contenidas en el Plan General, consensuándose por ambas Administraciones y que aunque fuese formulado por la Junta, su Equipo Redactor estaría en contacto con los servicios técnicos municipales para unificar criterios en sus respectivas competencias.
    2º. La Comisión de Gobierno, en sesión celebrada el cinco de julio de mil novecientos novenda y tres, previo dictamen de la Informativa de Urbanismo, informó favorablemente el Avance del Plan Especial del Puerto de MarínPontevedra, redactado por la Autoridad Portuaria de MarínPontevedra, estableciendo diversas condiciones en cuanto a conservación de la Playa de Placeres, usos, paseos, edificaciones y colectores.
    3º. Formulado por la Autoridad Portuaria el Plan Especial de Ordenación del Puerto, el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 31/1/94, informó desfavorablemente dicho instrumento urbanístico al no haberse recogido las condiciones estipuladas por la Comisión de Gobierno en el informe citado de fecha 5/7/93, trasladándose este acuerdo a la propia Autoridad Portuaria, Diputación Provincial y Delegación Provincial de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas e Vivenda, haciéndose constar que afectando el ámbito del Plan Especial a terrenos de los Municipios de Pontevedra y Marín, de conformidad con lo dispuesto en la legislación urbanística tendría que presentar el Plan Especial en la Diputación Provincial o, en su defecto, en el órgano autonómico competente, con el fin de que se siguiese el procedimiento de tramitación y aprobación estipulado por la normativa urbanística y de ordenación.
    4º. El día ocho de febrero se celebró una reunión conjunta entre miembros de la Comisión Informativa Municipal de Urbanismo y la Autoridad Portuaria, llegándose a un consenso en las determinaciones a incluir en un nuevo texto refundido del Plan Especial que tendría que redactar la Autoridad Portuaria recogiendo las estipulaciones establecidas en esa reunión, prácticamente similares a aquellas previamente determinadas por los órganos municipales colegiados.
    5º. El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de MarínPontevedra, en sesión celebrada el día 26/7/94, aprobó la formulación del citado Plan Especial y su remisión a la Diputación Provincial como administración competente en materia urbanística, remitiéndose a este Ayuntamiento, el día 12/8/94, el Plan Especial reformado en el que se integraron los acuerdos alcanzados entre el órgano rector del Puerto y esta Administración Municipal con base en el informe de 5/7/93, refrendado en la sesión plenaria de 31/1/94. Este documento de ordenación sectorial, confeccionado por el Arquitecto don Manuel Jesús Freijeiro en julio de 1994 (Arteplán, S.A.) fue remitido al Sr. Arquitecto Jefe de la Oficina Municipal de Gestión y Disciplina Urbanística, quien lo informó en sentido favorable al recogerse las modificaciones acordadas conjuntamente por la Autoridad Portuaria y este Concello, y adaptarse a la normativa urbanística y sectorial de incidencia.
    6º. El Pleno de la Excma. Diputación Provincial, en sesión de 30/9/94, acordó aprobar inicialmente el citado ejemplar del Plan Especial de Ordenación del Puerto de MarínPontevedra, disponiendo su sometimiento a información pública de un mes, con comunicación personal a este Concello, lo cual se efectuó el pasado día 7/10/94, procediendo, en consecuencia, la emisión del correspondiente informe.
    CONSIDERANDO: Que son de aplicación los siguientes
    FUNDAMENTOS DE DERECHO:
    PRIMERO. El referido Plan General de Ordenación Urbana pontevedrés establece en el Capítulo 4 de su Título III, la regulación del sistema general portuario, constituido tanto por el Puerto de Pontevedra como por el de Estribela, exigiendo su artículo 81 para este último que la ordenación de su conjunto portuario partirá de la elaboración de un Plan Especial que tendrá, entre otras determinaciones, que lograr la adecuada conexión del recinto portuario con el espacio urbano, adecuando sus bordes a una mejora ambiental de las zonas del límite urbano, establecer las futuras actuaciones portuarias y regular las edificaciones a realizar estableciéndose las limitaciones pertinentes en función de la posición respecto al conjunto.
    SEGUNDO. El artículo 84.2.a) del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1992, de 26 de junio, establece que los Planes Especiales constituyen un elemento fundamental desde un aspecto sectorial en cuanto al desarrollo del sistema general de comunicaciones y sus zonas de protección, sistema de espacios libres y sistema de equipamiento comunitario, en ejecución del Plan General. Por su parte, la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, en su artículo 18.2, dispone que el sistema general portuario definido en los planes generales deberá desarrollarse a través de un plan especial que habrá de incluir entre sus determinaciones las medidas y previsiones necesarias para garantizar una eficiente explotación, desarrollo y conexión del puerto con los sistemas generales de transporte terrestre. De este modo, en la ejecución y gestión de los puertos estatales existe una concurrencia de títulos competenciales y, por tanto, de intereses, valores y atribuciones de las Administraciones que tienen encomendado el servicio de esos intereses generales, lo cual reconoce claramente el P.G.O.U. de Pontevedra, a pesar de ser anterior a los textos legales precedentemente citados, y que se plasmó en el Convenio de Cooperación de fecha 2/3/92, cuya Disposición Primera, apartado a) reconoció esa incidencia sobre la Zona de Servicio del Puerto de competencias urbanísticas del Ayuntamiento, y de gestión portuaria atribuidas a la Junta.
    TERCERO. El citado Plan Especial, instrumento ejecutivo que servirá de marco de desarrollo de la ordenación básica para la materialización de las actuaciones urbanísticas, contiene las determinaciones necesarias de esa ordenación dispuesta por el Plan de Ordenación y las propias de su naturaleza y finalidad debidamente justificadas y desarrolladas en los estudios, planos y normas correspondientes, según establece el artículo 84.4 del Real Decreto Legislativo 1/1992, concretado en los documentos previstos en el artículo 77.2 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico, aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, documentación que, según el informe del técnico municipal, integra el Plan.
    CUARTO. El artículo 18.2 de la Ley de Puertos señala que la aprobación y tramitación del Plan Especial se realizará, de acuerdo con lo previsto en la legislación urbanística y de ordenación del territorio, por la Administración competente en materia de urbanismo, estableciendo el artículo 104 de la Ley del Suelo que las Entidades Públicas podrán redactar y elevar a la Administración competente para su tramitación, instrumentos de desarrollo del planeamiento general disponiendo el artículo 106 de esta norma que si afectasen a varios municipios se presentarán en la Diputación Provincial y seguirán el procedimiento establecido en la legislación urbanística, si bien el precepto citado de la Ley de Puertos exige la emisión de un informe vinculante de la Autoridad Portuaria previo a la aprobación definitiva sobre "aspectos de su competencia".
    QUINTO. El artículo 22.2.c) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, establece que corresponde al Pleno de la Corporación la aprobación de los planes y demás instrumentos de ordenación y gestión previstos en la legislación urbanística, requiriéndose según su artículo 47.3 el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación para su aprobación.
    El Pleno de la Corporación, por unanimidad, que representa la mayoría absoluta del número legal de sus miembros, y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Permanente de Urbanismo, acuerda:
    PRIMERO. Informar favorablemente ante la Excma. Diputación Provincial el "Plan Especial del Puerto de MarínPontevedra", formulado por la Autoridad Portuaria de dicho Puerto y redactado por el Arquitecto don Manuel Jesús Freijeiro (Arteplán, S.A.), al adecuarse a las determinaciones establecidas por este Ayuntamiento y adecuarse a la normativa urbanística y sectorial y al planeamiento de ordenación integral del Municipio.
    SEGUNDO. Comunicar este acuerdo a la Excma. Diputación Provincial, Autoridad Portuaria de MarínPontevedra e Ilmo. Concello de Marín.
    4. PARQUE EMPRESARIAL DEL CAMPIÑO: APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PROYECTO DE INFRAESTRUCTURAS EXTERIORES DEL PARQUE EMPRESARIAL DEL CAMPIÑO.
    Dada cuenta del dictamen favorable, por unanimidad, de la Comisión Informativa Permanente de Urbanismo a la aprobación definitiva del proyecto de infraestructuras exteriores del Parque Empresarial del Campiño.
    Abierto el debate, se concede la palabra a don Roberto Taboada Rivadulla, portavoz del grupo municipal del P.S. de GPSOE, el cual solicita se le informe los plazos que puede haber para este tema de las infraestructuras exteriores del Campiño, toda vez que tiene conocimiento de que existen empresas que están deseando instalarse y no tienen de momento ninguna posibilidad para ello.
    Le informa don Edelmiro Barreiro Gómez, en su calidad de Teniente de Alcalde Delegado de Urbanismo, que no existe inconveniente alguno para que las empresas interesadas inicien los trámites pertinentes para la obtención de la correspondiente licencia municipal.
    Toma la palabra el señor Alcalde para, a la vez que amplia la información del señor Teniente de Alcalde Delegado de Urbanismo en el sentido de que la empresa pontevedresa Reyes Hermanos ya ha presentado el correspondiente proyecto de edificación, estando en estos momentos en disposición de tramitar la licencia de obras al mismo tiempo que se ejecuta el proyecto de infraestructuras exteriores del parque empresarial, informar que tiene programada para la próxima semana una reunión con el Director del Instituto Galego da Vivienda e Solo, don José Antonio Gil Sotres, con el fin agilizar los trámites pendientes para la puesta en marcha del parque empresarial.
    Terminado el debate, el Pleno de la Corporación, por unanimidad prestó su aprobación al proyecto de acuerdo con su motivación, en los términos siguientes:
    Examinado el Proyecto de Infraestructuras Exteriores del Parque Empresarial del Campiño, promovido por "XESTUR PONTEVEDRA, S.A.", y redactado por la entidad Urbeplán, con la finalidad de definir la conexión de las redes generales de abastecimiento y saneamiento de la ciudad de Pontevedra a las redes de infraestructura interior del Parque, siguiendo los criterios establecidos en el P.G.O.U.
    RESULTANDO acreditados los siguientes
    H E C H O S:
    1º. El Pleno de la Corporación, en sesión extraordinaria celebrada el día 25/3/94, acordó aprobar inicialmente el citado Proyecto de Infraestructuras Exteriores del Parque Empresarial de Campiño, así como el Plan Especial de Infraestructuras Exteriores de ese Parque Empresarial, promovidos por "Xestur Pontevedra, S.A.", siendo la finalidad de este último instrumento urbanístico desarrollar las conexiones exteriores de abastecimiento de agua y saneamiento del Parque que se considerarán integrantes de los sistemas generales de tales servicios del Ayuntamiento de Pontevedra.
    2º. En cumplimiento del mencionado acuerdo plenario y de conformidad con lo dispuesto en la normativa urbanística, el Plan Especial y el Proyecto de Infraestructuras fueron sometidos a información pública durante un plazo de un mes pudiendo cualquier interesado examinar la documentación y formular las alegaciones pertinentes. De este modo se insertaron edictos en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial y se efectuaron sendas publicaciones en el periódico "Diario de Pontevedra" de 22/4/94, "Boletín Oficial" de la Provincia número 82, de 29/4/94 y "Diario Oficial" de Galicia número 92 de 13/5/94.
    3º. Durante el plazo de exposición pública de un mes, el cual se computó desde la última publicación efectuada, es decir, la del diario oficial autonómico, no se formuló reclamación ni alegación alguna contra el instrumento de planeamiento de desarrollo ni contra el documento de ejecución de urbanización, tal y como consta en certificación del Registro General de fecha 20/6/94.
    CONSIDERANDO: Que el expediente se ha tramitado correctamente, se formula proyecto de acuerdo amparado en los siguientes
    FUNDAMENTOS JURÍDICOS:
    PRIMERO. El artículo 92 del vigente Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1992, de 26 de junio, y denominado concretamente "Proyectos de Urbanización", dispone que los Proyectos de Urbanización son proyectos de obras cuya finalidad es llevar a la práctica en suelo urbano las determinaciones correspondientes de los Planes Generales y de las normas Complementarias y Subsidiarias del Planeamiento y en suelo urbanizable, la realización material de las propias de los Planes Parciales, debiendo contener, según el párrafo cuarto de este artículo todas las determinaciones necesarias para el desarrollo del Plan de Ordenación correspondiente y en su defecto las propias de su naturaleza y finalidad debidamente justificadas y desarrolladas en los estudios, planos y normas correspondientes.
    SEGUNDO. De conformidad con lo dispuesto en la legislación y reglamentación urbanística, el Proyecto fue sometido a la preceptiva información pública, con el fin de que se presentasen las alegaciones que se estimasen pertinentes, tal y como establecen los artículos 117 del Real Decreto Legislativo 1/1992 y artículo 141 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico, aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio.
    TERCERO. El artículo 31.2 de la Ley 11/1985, de 22 de agosto, de Adaptación de la del Suelo a Galicia, dispone que la aprobación de los Proyectos de Urbanización corresponderá a la Administración urbanística actuante, que otorgase su aprobación inicial y cumplimentase el trámite de información pública, atribuyendo también el artículo 117 del Real Decreto Legislativo 1/1992 esa aprobación definitiva al Ayuntamiento, acto que deberá publicarse en los diarios oficiales correspondientes y comunicarse a la Comisión Provincial de Urbanismo en el plazo de los seis días siguientes a su aprobación, según establece el párrafo 3 del artículo 31 de la Ley 11/1985.
    CUARTO. Que conformidad con lo dispuesto en los arts. 22.2.c) y 47.1. de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, corresponde al Pleno de la Corporación, por mayoría simple de sus miembros, la aprobación del presente proyecto de urbanización, previo dictamen de la Comisión Informativa Municipal de Urbanismo, como exige el art. 123.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre.
    El Pleno de la Corporación, por unanimidad y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Permanente de Urbanismo, acuerda:
    PRIMERO. Aprobar definitivamente el Proyecto de Infraestructuras Exteriores del Parque Empresarial de Campiño, promovido por "Xestur Pontevedra, S.A." y redactado por la entidad Urbeplán, con la finalidad de definir la conexión de las redes generales de abastecimiento y saneamiento de la ciudad de Pontevedra a las redes de infraestructura interior del Parque.
    SEGUNDO. Comunicar a la Comisión Provincial de Urbanismo, en el plazo de seis días contados a partir de su adopción el presente acto administrativo y disponer la publicación de anuncio en el D.O.G. y B.O.P.

    Se incorpora a la sesión don Camilo José Garrido Torres.

    5. URBANISMO: UNIDAD DE EJECUCIÓN B4 DEL P.G.O.U.(FONTE SANTA). APROBACIÓN, SI PROCEDIERE, DEL PROYECTO DE COMPENSACIÓN PARA EJECUCIÓN DE LA UNIDAD Y RESOLUCIÓN DEL RECURSO ADMINISTRATIVO ORDINARIO INTERPUESTO POR PARTICULAR RELATIVO A SU INCLUSIÓN EN LA JUNTA DE COMPENSACIÓN, COMO TITULAR DE UNA PARCELA COMPRENDIDA DENTRO DEL ÁMBITO DE LA UNIDAD.
    Dada cuenta del dictamen favorable, por unanimidad, de la Comisión Informativa Permanente de Urbanismo a la aprobación del proyecto de compensación para ejecución de la Unidad B4 del P.G.O.U. y resolución del recurso administrativo ordinario interpuesto por particular relativo a su inclusión en la Junta de Compensación con titular de una parcela comprendida dentro del ámbito de la unidad.
    Abierto el debate, se concede la palabra a don Eugenio Jiménez Passolas, en representación del grupo municipal del P.S. de GPSOE, el cual manifiesta que el Ayuntamiento posee una finca colindante con este polígono en la que está ubicado el Colegio Juan XXIII para niños con algún tipo de discapacidad, existiendo una vieja aspiración de la Asociación Juan XXIII, manifestada en diversas ocasiones por su Presidente don Eloy FernándezValdés durante su etapa como Concejal, que conoce perfectamente el señor Alcalde, de disponer de una parcela con el fin de ampliar los terrenos de dicha Institución, a cuyo efecto figura en el Plan Parcial una parcela de algo más de quinientos metros cuadrados que, en su momento, se anexionará a la finca matriz de propiedade municipal, y como quiera que en la resolución que se presentó en la Comisión de Urbanismo se decía que los terrenos de cesión obligatoria y gratuita que figuran en el proyecto de compensación podría el Ayuntamiento disponer de los mismos a partir de este momento, aunque, como ya es costumbre, se iba a esperar a que se terminasen las obras de urbanización para que se produjesen ya todas las cesiones, solicita que, como esta finca de quinientos y pico metros cuadrados no produce ningún obstáculo para el resto de la urbanización, se obtuviese lo más rápidamente posible esa cesión dado que el Colegio necesita urgentemente esta parcela debido a los graves problemas que le plantea el movimiento de los autobuses en su entrada.
    Le contesta el señor Alcalde que tiene pendiente una visita a esa Asociación que presta un servicio extraordinario en la atención a los disminuidos psíquicos y físicos y que el equipo de gobierno suscribe íntegramente la solicitud del señor Jiménez Passolas por lo que se procederá a su tramitación en la medida de lo posible y dentro de la viabilidad legal.
    Terminado el debate, el Pleno de la Corporación, por unanimidad, prestó su aprobación al proyecto de acuerdo con su motivación, en los términos siguientes:
    Examinado el expediente incoado para la aprobación del Proyecto de Compensación del Polígono o Unidad de Ejecución B4 o Fonte Santa del vigente Plan General de Ordenación Urbana, aprobado por Orden de la antigua C.O.T.O.P. de 18/12/89, esta Secretaría General, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 3º.b) del Real Decreto 1174/1987 que impone al Secretario de la Corporación el deber de informar preceptivamente en aquellos asuntos cuya aprobación exija una mayoría especial como son los Planes e instrumentos de ordenación urbanística, por imperativo del art. 47.b.i) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y art. 54.1.b) del Texto Refundido de Disposiciones en materia de Régimen Local, Real Decreto 781/86, emite el siguiente informe:
    RESULTANDO acreditados los siguientes
    HECHOS:
    1º. El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 24/2/94, acordó aprobar la constitución de la Junta de Compensación de la Unidad de Ejecución del Suelo B4 de Fonte Santa, formalizada mediante escritura pública otorgada en fecha 18/12/93, ante el Notario de esta ciudad Sr. Méndez Apenela bajo el número de su protocolo 5926, disponiéndose también en dicho acto que por la Junta se formulase el correspondiente Proyecto de Compensación en el plazo de tres meses siguientes a la adopción del acuerdo.
    2º. Este acuerdo fue notificado a los propietarios afectados por el sistema de actuación, comunicándose igualmente a la Delegación Provincial de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas e Vivenda de la Xunta de Galicia y Comisión Provincial de Urbanismo, publicándose el correspondiente anuncio de la aprobación de la Constitución de la Junta en el "Boletín Oficial" de la Provincia, número 69 de 12/4/94.
    La Comisión Provincial de Urbanismo, mediante acuerdo de fecha 22/4/94, inscribió a la citada Junta de Compensación en el Registro de Entidades Urbanísticas colaboradoras, disponiendo desde entonces de las condiciones inherentes a tal categoría.
    3º. En cumplimiento del acuerdo plenario mencionado, el día 2/5/94, se presentó por el Sr. Presidente de la Junta el Proyecto de Compensación de tal Unidad de Ejecución, aportándose testimonio del Sr. Secretario de la Junta certificando haberse aprobado en la Asamblea General reunida el día 27/4/94 dicho documento, con el voto favorable del 100% de las cuotas de participación constitutivas de la totalidad de los propietarios integrantes de la Junta.
    4º. El día 19/5/94, se recibió en el Registro General de esta Administración Municipal un escrito suscrito por don Manuel Blanco González, posible titular de una parcela incluida en la Unidad y de propiedade litigiosa, al haberse entablado el Juicio de Menor Cuantía número 139/93, seguido ante el Juzgado de Primera Instancia número 1 de esta ciudad, solicitando el Sr. Blanco que se requiriese a la Junta a fin de que incluyese a la parcela en el Proyecto como litigiosa indicando la finca resultante, su aprovechamiento y cuota de participación correspondiente, actuando mientras tanto esta Administración como representante legal de la mencionada finca hasta la resolución del litigio.
    5º. Remitido el expediente al Sr. Arquitecto Jefe de la Oficina Municipal de Gestión Urbanística, dicho técnico informó adaptarse el proyecto al Reglamento de Gestión y a las Bases de Actuación aprobadas, estando conforme las parcelas con el Plan Parcial y con el aprovechamiento de cada una de ellas según la edificabilidad y beneficios correspondientes, figurando el aprovechamiento al que tiene derecho el Ayuntamiento y las parcelas de cesión obligatoria, zonas verdes y viarias. No obstante, informó tener que modificarse el proyecto por participar el Ayuntamiento en representación de la titularidad de la finca litigiosa, en tanto no recayese resolución definitiva de los tribunales, disminuyendo proporcionalmente las cuotas de la propiedade que se le atribuía debiéndose, por consiguiente, indicar tal singularidad de la parcela en el proyecto.
    El Sr. Interventor Municipal en contestación a Providencia de la Alcaldía, informó, en fecha 14/6/94, que la asunción de la representación de la titularidad litigiosa por el Concello no alcanza la obligación de afrontar gasto alguno, que corresponda a dicha titularidad que, en su caso, habrá de ser asumida por la Junta de Compensación, la cual de resultar procedente podrá interesar su cobro por la vía de apremio.
    6º. El día 4/6/94, por don Manuel Blanco González se presentó un recurso de alzada contra un acuerdo de la Junta de Compensación de fecha 19/5/94, por cuanto dicho órgano no admitió su adhesión a la misma como propietario, solicitando se ordenase la inclusión del recurrente y su esposa en la Junta, cuando menos con la categoría de litigiosa y se ordenase a la Junta la plasmación de la propiedade en el Proyecto así como la finca resultante y las cuotas de participación correspondientes.
    Habiendo requerido la Alcaldía en fecha 30/5/94, la presentación de un Proyecto de Compensación reformado en el que figurase la finca litigiosa, su descripción y aprovechamiento, por el Sr. Presidente de la Junta de Compensación se presentó una rectificación del proyecto el día 14/6/94, en la cual se atribuían a la finca litigiosa unas parcelas resultantes, una en propiedade al Sr. Blanco y esposa y otra, en proindiviso, a esta sociedad conyugal y "Deca Promociones, S.L.".
    7º. En contestación a oficio de la Alcaldía, el 13/7/94, se alegó por el Sr. Presidente de la Junta de Compensación la no procedencia de la integración del Sr. Blanco en la Junta al hallarse en litigio la parcela y por ello este Ayuntamiento ostentaría la representación legal de su titularidad, solicitando la desestimación del recurso y la aprobación del Proyecto con la modificación presentada el día 14/6/94, al entender que el Presidente de la Junta fue facultado por acuerdo unánime de la Asamblea para presentar "cuantos documentos complementarios, aclaratorios, de rectificación o subsanatorios sean necesarios" en el Proyecto de Compensación.
    En fecha 22/9/94 fue presentada una nueva modificación referente a las fincas a atribuir a la parcela litigiosa, que nuevamente sería reformada por una documentación aportada en fecha 14/10/94 por el Sr. Presidente de la Junta. Esta última documentación compuesta de nueva descripción de la parcela litigiosa y las de nueva creación y Plano de Parcelas resultantes, fue informada favorablemente por el Sr. Arquitecto Jefe de la Oficina de Gestión y Disciplina Urbanística en fecha 20/10/94, al indicarse específicamente las fincas tanto en el plazo parcelario como en los documentos escritos, ajustándose en consecuencia el Proyecto, con tales correcciones, a las determinaciones de la normativa urbanística.
    CONSIDERANDO de aplicación los siguientes
    FUNDAMENTOS LEGALES:
    PRIMERO. En cuanto al recurso de alzada interpuesto por don Manuel Blanco González, tiene que dejarse constancia, en primer lugar, que tras la entrada en vigor de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y tal como figura en el Proyecto de Estatutos y de Bases aprobado, y artículo 110.2. de dicha Ley, el recurso ha de entenderse como de carácter ordinario, sin que ello sea obstáculo alguno para su tramitación. Atendiendo a lo expuesto, el artículo 103.4 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto (RG en adelante) establece que si la discrepancia se plantea en un Proyecto como el presente, en el orden de la titularidad de las fincas, la resolución definitiva corresponde a los Tribunales Ordinarios y, por analogía con el proyecto de reparcelación, ese de compensación se limitará, en tal caso, a calificar la titularidad de dudosa o litigiosa, según proceda, asumiendo la Administración actuante la representación de los derechos e intereses de esas titularidades a efecto de la tramitación del expediente, de modo que los gastos que sean imputables a las titularidades referidas podrán hacerse efectivos por la vía de apremio en caso de impago.
    Así las cosas, este Concello, reiteradamente, asumió la representación de esa titularidad litigiosa hasta obtener la modificación del Proyecto de Compensación, expresando la finca antigua como litigiosa, así como la que le correspondería y las cargas, gravámenes, condiciones, sustituciones y demás derechos, lo cual se plasmó en la documentación reformada del proyecto, aportada el día 14/10/94. Sin embargo, dado ese litigio, y, por tanto, la discordancia sobre la propiedade de la parcela, esta Administración Municipal no puede estimar la incorporación del recurrente a la Junta por no haberse dilucidado tal titularidad todavía ante la jurisdicción ordinaria, cuestión vedada a esta Administración Municipal, si bien como servicio a los intereses generales a los que viene obligado este Concello, asumirá la representación de los derechos e intereses de la titularidad de esa finca, lo cual conduce, por consiguiente, a la estimación parcial del recurso en cuanto a la declaración de litigiosa de la finca antigua y la resultante que corresponda a aquélla, con descripción de la misma, titularidad litigiosa, concepto y demás circunstancias. No obstante, junto a esa representación o tutela que ejercerá este Concello, es indudable la condición de interesado en el procedimiento del recurrente, al amparo de los artículos 30 y 31 de la Ley 30/1992, reconociéndosele todos los derechos que conlleva dicha condición, entre ellos el de notificación de cualesquiera resoluciones y acuerdos que afecten a sus derechos o intereses.
    SEGUNDO. El artículo 172 del Reglamento de Gestión Urbanística, vigente al aprobarse por el Gobierno de la Nación su tabla de vigencias, por Real Decreto 304/1993, de 26 de febrero, dispone que de acuerdo con los criterios establecidos en las bases de actuación, la Junta formulará un proyecto de compensación, el cual con la reforma presentada el día 14/10/94, y según informa el Sr. Arquitecto Jefe de la Oficina Municipal de Gestión Urbanística, cumple con la normativa urbanística y del planeamiento y los estatutos y bases rectores de la gestión de la Unidad.
    TERCERO. Según certificación de la Junta, en sesión de este órgano de 27/4/94, se aprobó el Proyecto, que se presentó, por consiguiente y tal como dispone el artículo 174 RG, a este Concello, como Administración actuante, lo cual reitera la Ley 11/1985, de 22 de agosto, de Adaptación de la del Suelo a Galicia (L.A.S.G.A.), en su artículo 47, teniendo que resolver la Administración sobre la aprobación definitiva del proyecto en el plazo de tres meses desde la entrada del expediente completo en su Registro, lo cual evidentemente debe entenderse desde el día 14/10/94.
    CUARTO. El párrafo 4 de este artículo 47 de la L.A.S.G.A. establece que en el sistema de compensación, la localización de la cesión correspondiente al diez por ciento del aprovechamiento medio del sector del suelo que le correspondiese a la Administración actuante, se hará de común acuerdo entre el Ayuntamiento y los promotores. De este modo, el Pleno de la Corporación, en sesión de 28/5/92, al aprobar inicialmente el preceptivo Programa de Actuación Urbanístico y Plan Parcial del Suelo B4, determinó como sistema de actuación el denominado de compensación sustituyéndose la cesión del quince por ciento de aprovechamiento tipo no susceptible de apropiación por los particulares, por la cesión del diez por ciento de dicho aprovechamiento, compensándose el restante porcentaje con aquellos gastos de urbanización que pudieran corresponder a este Ayuntamiento.
    QUINTO. El artículo 157 del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1992, de 26 de junio, establece que para la definición del Proyecto de Compensación, su aprobación, efectos del acuerdo aprobatorio e inscripción del proyecto se estará a lo dispuesto para la reparcelación, de tal modo que, al amparo del artículo 167 de este texto legal, el acuerdo aprobatorio del proyecto producirá la transmisión a esta Administración, en pleno dominio y libre de cargas, de todos los terrenos de cesión obligatoria para su incorporación al patrimonio del suelo o su afectación a los usos previstos en el planeamiento, la subrogación, con plena eficacia real, de las antiguas por las nuevas parcelas, siempre que quede establecida su correspondencia y la afectación real de las parcelas adjudicadas al cumplimiento de las cargas y pago de los gastos inherentes al sistema de actuación correspondiente.
    SEXTO. La citada cesión, no obstante, se entiende sin perjuicio del derecho de ocupación (anticipada a esa cesión, como reconoce la doctrina más autorizada) de tales terrenos por la Junta de Compensación y la empresa encargada de la ejecución de las obras de urbanización con la finalidad de proceder a esta ejecución y hasta la recepción de las obras por la Administración, como estipula el artículo 179 RG, en tanto que el artículo siguiente determina que esa cesión se efectuará en favor de la Administración actuante dentro de un plazo no superior a tres meses, contado desde la recepción definitiva por la propiedade, siendo formalizadas las cesiones de obras, instalaciones y dotaciones en actas que suscribirán la Administración actuante y la citada propiedade.
    SÉPTIMO. Esa gestión de la obra urbanizadora no significa que este Ayuntamiento quede desprovisto de atribuciones interventoras en tal gestión. El artículo 175.3 estipula que la Administración actuante tendrá facultades para vigilar la ejecución de las obras e instalaciones, pudiendo adoptar las medidas legales exigibles si no se ejecutasen de conformidad con el proyecto.
    OCTAVO. El artículo 174.4 RG establece que la aprobación definitiva del proyecto de compensación produce idénticos efectos jurídicos que la de la parcelación. De este modo una vez firme en vía administrativa el acuerdo de aprobación definitiva del proyecto de compensación, el Ayuntamiento otorgará escritura pública o expedirá documento con las solemnidades y requisitos dispuestos para las actas de sus acuerdos, como disponen los arts. 113 y 114 RG, procediéndose a su inscripción en el Registro de la propiedade con la forma y efectos determinados en el artículo 310 L.S.
    NOVENO. La aprobación del Proyecto de Compensación compete al Pleno de la Corporación, como dispone la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, teniendo, no obstante, que emitir dictamen previo la Comisión Informativa Municipal de Urbanismo, como consta en el artículo 123 del R.O.F., Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre.
    El Pleno de la Corporación, por unanimidad y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Permanente de Urbanismo, acuerda:
    PRIMERO. Prestar aprobación al Proyecto de Compensación de la Unidad de Ejecución B4 de Fonte Santa, formulado por la Junta de Compensación de dicha Unidad, con las correcciones presentadas ante el Registro General de este Concello el día 14/10/94 en relación con la parcela de titularidad litigiosa, y que, por consiguiente, anulan y reforman la documentación correlativa del proyecto, estimándose parcialmente, en consecuencia, el recurso ordinario interpuesto por don Manuel Blanco González contra el acuerdo de la Junta, declarando la inadmisión del recurrente y su esposa en esa entidad, en el sentido de describirse en la corrección del proyecto la finca de discutible titularidad como dudosa o litigiosa, expresando la finca resultante de ella y las diversas circunstancias que le afecten, asumiendo este Concello la representación de los derechos e intereses de esa titularidad hasta que en la vía jurisdiccional ordinaria recaiga sentencia firme declarando dicha titularidad, de manera que hasta ese momento, se reputará al Sr. Blanco González como interesado en el procedimiento con todos los derechos inherentes a tal condición administrativa.
    SEGUNDO. Determinar que la formalización del proyecto de compensación aprobado, se efectúe en documento administrativo con las solemnidades y requisitos dispuestos para las actas de los acuerdos de este Ayuntamiento con el contenido legalmente exigido, o bien mediante escritura pública si así lo prefiere la Junta de Compensación, y por cuenta de la misma. En cualquier caso, el documento en que se formalice será inscrito en el Registro de la propiedade, previa protocolización notarial del mismo, siendo ambas obligaciones por cuenta de la citada Entidad urbanística colaboradora.
    TERCERO. Incorporar al Patrimonio Municipal del Suelo, para afectar a los usos previstos en el planeamiento, los terrenos que, por ser de cesión gratuita y obligatoria, quedan cedidos de derecho al Municipio, conforme a los artículos 205 del Texto Refundido de la Ley del Suelo, y 179 del Reglamento de Gestión Urbanística, sin perjuicio de que la Junta y la empresa que tenga a su cargo la ejecución de las obras de urbanización puedan ocupar a este fin los terrenos objeto de cesión hasta que, finalizadas dichas obras, sean recibidas por este Concello, lo cual se realizará en un plazo no superior a tres meses, contados desde la recepción definitiva por la Junta, formalizándose aquélla en actas que suscribirán este Concello y la citada entidad.
    6. APARCAMIENTO SUBTERRÁNEO EN LA PLAZA DE BARCELOS: RESOLUCIÓN DE LAS ALEGACIONES PRESENTADAS DURANTE EL PERÍODO DE INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ANTEPROYECTO, PLANO DIRECTOR Y PLIEGO DE CONDICIONES, Y, EN SU CASO, ANUNCIO DE LA CONVOCATORIA DEL CONCURSO PARA SU CONSTRUCCIÓN Y SUBSIGUIENTE EXPLOTACIÓN EN RÉGIMEN DE CONCESIÓN ADMINISTRATIVA.
    Dada cuenta del dictamen favorable, por mayoría, de la Comisión Informativa Permanente de Urbanismo a la resolución de las alegaciones presentadas durante el período de información pública del anteproyecto, plano director y pliego de condiciones, así como del anuncio de la convocatoria del concurso para la construcción y subsiguiente explotación en régimen de concesión administrativa del aparcamiento subterráneo en la plaza de Barcelos.
    Abierto el debate, se concede la palabra a don Miguel Anxo Fernández Lores, portavoz del grupo municipal del B.N.G., o cal manifesta que ten que explicalo seu razoado voto negativo que debe coñecela Corporación e a opinión pública en xeral, polo tanto ten que dicir que a situación actual da praza de Barcelos é un caos recoñecido por todos xa que cada vez é máis difícil pasar por alí ó existir unha situación de predelincuencia, incluso para a xente que vai aparcar na superficie arborizada, porque o Concello non está a tomalas medidas que debería nese aspecto, aínda que non é ningunha novidade o feito da calamitosa situación da praza de Barcelos porque xa na anterior Corporación se tomou a decisión por tódolos Concelleiros de proceder á súa remodelación para o que se aprobou un proxecto que, pese a ter presupostado pola orde de máis de 40 millóns de pesetas, endexamais se executou, proxecto que recollía, entroutras cousas, mantela superficie arborizada, liberalos espacios públicos, eliminalos aparcamentos nesa zona e a posibilidade de utilizar ese espacio tanto polos veciños como polos alumnos do Colexio de Barcelos que están moi necesitados de espacios libres e de instalacións deportivas, polo que quere deixar ben claro que, dende o punto de vista do BNG, é necesario remodela praza de Barcelos e axeitala, como tamén facer un aparcamento subterráneo nesa zona para dar solucións as necesidades tanto de prazas de garaxe para os edificios da zona de San Antoniño como de aparcamento por hora de pago, aínda que non está moi seguro de cal debe selo tamaño dese aparcamento ó ter en conta que as prazas necesarias non se calcularon en base a estudio serio feito ó respecto; que, por outra banda, considera que o sitio máis axeitado para facer ese aparcamento, que é tecnicamente posible tal e como recollen os informes dos técnicos municipais nas alegacións que presentou o BNG, é debaixo dos viais perimetrais da praza, con catro viais e cun largo suficiente, deixando ademais beirarrúas máis amplas que as actuais, polo que ese aparcamento tería varias vendaxas xa que se poderían facer un par de rúas e, no futuro, se poderían amplialas outras dúas, co cal a posibilidade de prazas en aparcamento subterráneo serían superiores ás mil, considerando que sería máis axeitado facela rúa que está próxima ó convento de Santa Clara e a que sube pegada ó colexio de Barcelos e, despois, dependendo da ocupación do aparcamento, facer noutra fase as outras rúas perimetrais, porque a actual superficie arborizada da praza de Barcelos é unha das poucas que ten a cidade de Pontevedra no centro, xa que as outras serían a Alameda, as Palmeiras e a praza de Galicia recén remodelada que o equipo de goberno tenta de eliminar, polo que considera que é importante preservala sen entrar a discutir se as árbores que debe haber na praza de Barcelos son os plátanos que existen agora ou se se podería completar esa posible alameda con outro tipo de árbores de certa prestancia que sirvan para dar sombra no verán e de folla caediza para que no inverno non impidan o seu uso por parte da cidadanía, polo que entende que este proxecto vai hipotecar a posibilidade de mellorar unha alameda no centro de Pontevedra, xa que ocupará máis do 60% do espacio e enriba dese aparcamento soamente se poderán plantar unhas árbores de tipo xardín porque nunca se poderán plantar do tipo que hai actualmente ou outras parecidas ás da praza de Barcelos, polo que, por todas estas razóns, o BNG non pode estar de acordo coa ubicación que propoñen e manten o seu voto negativo, nin está de acordo con este proxecto ó haber argumentos máis que dabondo para desbotalo e presentala alternativa de construilo aparcamento debaixo das rúas, tal e como se está a facer noutras cidades onde hai máis experiencia nos aparcamentos subterráneos, porque mesmo na cidade de Pontevedra, cando se fixo o aparcamento da rúa Montero Ríos, non se lle ocorreu a ninguén facelo debaixo da Alameda, que ven sendo máis ou menos a mesma postura que se está a presentar na praza de Barcelos, sendo tecnicamente posible e incluso máis barato facelo debaixo das rúas perimetrais, polo que o destrozar a praza de Barcelos non vai contar co voto positivo do BNG senón co seu voto negativo.
    Seguidamente interviene don Eugenio Jiménez Passolas, en representación del grupo municipal del P.S. de GPSOE, para anunciar que el grupo municipal socialista mantiene el voto afirmativo emitido en la Comisión de Urbanismo, por considerar que lo que se está llevando adelante es una obra bastante interesante y que, dentro de las posibilidades que siempre hay que buscar entre lo que es técnicamente posible y lo que es económicamente viable, es un equilibrio razonable en el que como todos saben se ha localizado en la zona más despoblada y más desarbolada de la plaza, donde antaño se instalaban los circos, que afecta a un total de 12 árboles, existiendo el compromiso de que 6 de ellos se van a replantar y estimando que el nivel de aceptación de esta propuesta por parte de la opinión pública queda suficientemente garantizado por el hecho de que solamente se hayan presentado cuatro alegaciones.
    A continuación, hace uso de la palabra por el grupo municipal del P.P. don Edelmiro Barreiro Gómez indicando que, de las cuatro alegaciones presentadas, dos tienen un carácter más bien político y, las otras dos, son prácticamente de carácter técnico, una de las cuales, la correspondiente al Colegio de Arquitectos, la Comisión ha considerado estimarla en alguna de sus partes ya que con ella se mejora el aspecto exterior de la plaza que se desea coordinar y armonizar en cuanto al arbolado, evitando una posible rotura del parque o alameda con el aparcamiento subterráneo, esperando que con esta cláusula adicional se facilite a los pontevedreses y, particularmente, a los vecinos que allí habitan un lugar de esparcimiento, así como al Colegio una zona de recreo y deportiva como se recoge en el pliego de condiciones.
    Terminado el debate, el Pleno de la Corporación, por mayoría, prestó su aprobación al proyecto de acuerdo con su motivación, en los términos y sentido de voto que se indican a continuación:
    Examinado el expediente tramitado para la convocatoria de un concurso con la finalidad de establecer una concesión administrativa para el uso privativo del subsuelo de la Plaza de Barcelos con la construcción de un aparcamiento subterráneo y la subsiguiente explotación del mismo, así como las alegaciones presentadas contra el anteproyecto, plano director de superficie y pliego único reformado de condiciones, son relevantes para la resolución de las mismas los siguientes:
    HECHOS:
    1º. El Pleno de la Corporación en sesión celebrada el día 26 de mayo de 1994, aprobó el anteproyecto del aparcamiento de la Plaza de Barcelos, el plano director de la remodelación y urbanización de la superficie exterior y documentación complementaria así como el pliego único reformado de prescripciones técnicas y de las condiciones jurídicas y económicoadministrativas que han de regular el concurso público, disponiendo su sometimiento a información pública durante un plazo de 30 días, mediante inserción de anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, que fue publicado el 6 de julio de 1994 nº 109 y Diario Oficial de Galicia nº 159 de 18 de agosto del actual.
    2º. Doña Leonor González Prieto, Presidenta de la Asociación pola Defensa da Ría, con fecha de 21 de septiembre de 1994, se formuló escrito de alegaciones contra el aparcamiento subterráneo de la Plaza de Barcelos, significando la carencia de un estudio en profundidad del tráfico en Pontevedra, la necesidad de hacer un estudio real del número de vehículos y aparcamientos tanto privados como ofertados así como un estudio económico y creación de transporte público... etc, solicitando la anulación del concurso en tanto en cuanto no se cumplan las anteriores premisas.
    3º. Don Miguel Anxo Fernández Lores, portavoz del Grupo municipal del Bloque Nacionalista Galego, con fecha de 21 de septiembre de 1994, se presentó escrito de alegaciones, manifestando su disconformidad con el aparcamiento subterráneo de la Plaza de Barcelos por los siguientes motivos: "No se atiene a las indicaciones del Plan General de Ordenación Urbana respecto al mantenimiento de superficies arboladas del casco urbano, eliminando la actual estructura de alameda que tiene la Plaza de Barcelos", así como que está en contra del proyecto de remodelación de la citada plaza realizado mediante concurso y aprobado por la Corporación anterior. Igualmente considera necesaria la remodelación y mejora de la Plaza de Barcelos con la construcción de plazas de aparcamiento subterráneo en ese espacio, siempre que la ubicación sea bajo los viales de la plaza ya que así no afecta a la superficie arbolada y posibilita la construcción de un mayor número de plazas.
    4º. Don Javier Nogueiras Mascarenhas presentó escrito de alegaciones al pliego único reformado de condiciones, haciendo especial referencia a determinadas condiciones que regulan el plazo de la concesión, las fianzas y condiciones exigidas a los futuros contratistas.
    5º. Por el Colegio Oficial de Arquitectos de Galicia, Delegación de Pontevedra, en fecha 22 de septiembre de 1994, se presento escrito de alegaciones, en el que se hace especial hincapié en la necesidad de dar mayor libertad al diseño concreto de las distintas partes del proyecto, ya que el anteproyecto presentado determina el futuro proyecto de ejecución en los aspectos de diseño, materiales y mobiliario urbano.
    6º. Por el Sr. Ingeniero municipal a la vista de la alegación formulada por la Asociación pola Defensa da Ría, se informa que "quien suscribe estima que el estudio que figura en el expediente justifica la evidente necesidad de disponer de un aparcamiento en la Plaza de Barcelos, único espacio apto para ubicarlo, y organizar la demanda de aparcamiento que se evidencia actualmente, recuperando para el uso peatonal y lúdico la superficie de la plaza, por lo que se conjugan la solución de aparcamiento con la de uso ciudadano de la superficie, manteniendo la estructura de la plaza".
    7º. Por lo que respecta a la formulada por el portavoz del Grupo municipal del B.N.G. por el citado Técnico municipal se informa que "en cuanto al estacionamiento bajo los viales perimetrales, supone afectar también a los árboles actuales situados en el perímetro de la plaza, pero el mayor problema a esta solución estriba en la construcción que supone una grave dificultadcosto al realizarse prácticamente en la línea de fachada de los edificios que contornean los viales de la plaza, y en la difícil reposición de los servicios públicos que discurren por los viales perimetrales. En el proyecto aprobado no se elimina la estructura actual de la alameda de la Plaza de Barcelos"; así mismo por el Sr. Arquitecto municipal se informa que "tal solución sería perfectamente factible siempre y cuando se respetase un retiro a las edificaciones con frente a la plaza de una distancia mínima, por ejemplo el ancho de las aceras, que permitiese el paso de los diferentes servicios urbanos en todo su perímetro. Otra cuestión a resolver sería el dar correcta solución a las pendientes de los viales perimetrales bajo los que se situaría el aparcamiento, que ya sería de más difícil solución técnica".
    8º. En relación con la alegación presentada por don Javier Nogueiras Mascarenhas, por el Sr. Ingeniero municipal se informa que "las alegaciones formuladas estiman que el pliego debe ser modificado en el sentido de acomodar los intereses de la obra y su explotación a los de la empresa contratista de la concesión y no a los que ha considerado oportuno el Ayuntamiento de Pontevedra... por lo que se refiere a la condición 8 el Ayuntamiento pide categoría F (más de 400.000.000 de pts), grupo B (puentes, viaductos y grandes estructuras), solicitando bajar a la categoría E.... condición 12: En todo proyecto de ejecución, con presupuesto de cuantía análoga a la del aparcamiento, es preceptivo incluir el estudio de seguridad e higiene; condición 13: El pliego de condiciones aprobado por el Ayuntamiento evita propuestas genéricas, y se exige precisión en los gastos de mantenimiento y de cesión permanente; condición 68: La Corporación municipal adopta la construcción del aparcamiento como instalación para dotar de un servicio público necesario con el mayor número posible de plazas de aparcamiento. Es evidente que podía ser más rentable con menor número de plazas que las exigidas, pero no se busca la rentabilidad óptima de la empresa concesionaria, sino la mejor utilización de un espacio público para un servicio estimado necesario. En un estacionamiento público, se debe considerar las plazas con dimensiones tales que permitan el estacionamiento y acceso y salida de vehículos a sus ocupantes con comodidad. La evidencia de que con las dimensiones propuestas en la alegación son manifiestamente incómodas se tiene en el aparcamiento bajo la Avenida de Montero Ríos. Se considera que si al concurso se presentan sociedades con el actual Pliego aprobado, no se precisa modificarlo en ningún caso".
    9º. El Sr. Arquitecto municipal informó sobre la alegación presentada por el Colegio Oficial de Arquitectos de Galicia, Delegación de Pontevedra que "las alegaciones antedichas son contradictorias por cuanto no se puede pedir el cumplimiento de las determinaciones del Plan General de Ordenación Urbana para el anteproyecto que nos ocupa, por una parte y después pedir que se respete otro que ya entonces tampoco las cumplía. La tercera y última cuestión de las planteadas, se refiere a la conveniencia de dejar libertad de diseño, y desde luego se comparte plenamente estimando que las bases del concurso deben ser completadas o corregidas para que tal libertad sea plena, debiéndose entender el anteproyecto del concurso como un esquema o croquis indicativo pero que no limite en absoluto la debida libertad de diseño de cada concursante".
    FUNDAMENTOS JURÍDICOS:
    PRIMERO. De conformidad con lo establecido en la base 11 del pliego de condiciones las reclamaciones y sugerencias presentadas durante el período de información pública deberán ser resueltas por el Pleno de la Corporación, en aplicación de lo dispuesto en el artº 122 del Real Decreto Legislativo 781/86.
    SEGUNDO. Según se deduce de los informes técnicos y jurídicos incorporados al expediente la construcción del aparcamiento subterráneo resulta viable urbanísticamente, quedando justificada la conveniencia y necesidad de su construcción y subsiguiente explotación en régimen de concesión administrativa, por lo que no deben ser tenidas en cuenta las alegaciones formuladas oponiéndose a la construcción y explotación en régimen de concesión del aparcamiento subterráneo por cuanto las mismas no desvirtúan los fundamentos que sirvieron de base para la aprobación inicial del anteproyecto y el pliego.
    TERCERO. La Comisión Informativa Municipal de Urbanismo en sesión celebrada el 18 de octubre de 1994, propone se desestimen las alegaciones presentadas excepto la del Colegio Oficial de Arquitectos de Galicia, que estima en parte para favorecer la creatividad y libertad de los autores del proyecto en cuanto al diseño, materiales y mobiliario urbano.
    El Pleno de la Corporación, por mayoría, con el voto favorable de los quince Concejales del grupo municipal del P.P. y de los seis Concejales del grupo municipal del P.S. de GPSOE, con el voto en contra de los cuatro Concejales del grupo municipal del B.N.G., y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Permanente de Urbanismo, acuerda:
    PRIMERO. Desestimar las alegaciones interpuestas por doña Leonor González Prieto, presidenta de la Asociación pola Defensa da Ría, don Miguel Anxo Fernández Lores, Concelleiroportavoz del Grupo municipal del B.N.G., así como la presentada por don Javier Nogueiras Mascarenhas.
    SEGUNDO. Estimar en parte la alegación presentada por el Colegio Oficial de Arquitectos de Galicia, Delegación de Pontevedra, para favorecer la creatividad y libertad de los autores del proyecto en cuanto al diseño, materiales y mobiliario urbano, lo que se reflejará en una cláusula adicional al pliego único reformado de prescripciones técnicas y condiciones jurídicas y económicoadministrativas reguladoras del concurso para la construcción y subsiguiente explotación en régimen de concesión administrativa.
    TERCERO. Prestar aprobación definitiva al pliego único reformado de prescripciones técnicas y condiciones jurídicas y económicoadministrativas reguladoras del concurso para la construcción y subsiguiente explotación en régimen de concesión administrativa, con la siguiente cláusula adicional: "No obstante lo establecido en las condiciones 69, 70 y 71 del pliego regulador de la concesión, los concursantes tendrán plena libertad para proponer materiales diferentes a los señalados, si bien las modificaciones propuestas deberán contar con una calidad igual o superior a la de los materiales descritos en el pliego; así mismo los concursantes tendrán plena libertad para modificar el diseño de la superficie exterior del aparcamiento previsto en el pliego y plano director de la superficie, por lo que podrán proponer otras soluciones que, manteniendo el concepto general del anteproyecto aprobado mejoren, a su juicio, el diseño concreto de la superficie exterior y de su entorno".
    CUARTO. Por la Alcaldía se procederá a la convocatoria del concurso con arreglo al pliego único reformado de prescripciones técnicas y condiciones jurídicas y económicoadministrativas reguladoras del concurso para la construcción y subsiguiente explotación en régimen de concesión administrativa aprobado, concediendo a los licitadores un plazo de 30 días hábiles para la presentación de proposiciones, computándose el mismo desde el día siguiente hábil a la publicación de la convocatoria del concurso en el Diario Oficial de Galicia.
    ASUNTO URGENTE. Previa declaración de urgencia en forma reglamentaria, el Pleno de la Corporación, acuerda disponer la inclusión del siguiente asunto en el orden del día para debate y votación:
    7. EXPEDIENTE Nº 1 DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS DENTRO DEL PRESUPUESTO DEL INDEPO DE 1994.
    Dada cuenta del dictamen favorable, por mayoría, de la Comisión Informativa Permanente de Cuentas a la aprobación del expediente número uno de modificación de créditos dentro del Presupuesto del INDEPO de 1994.
    Abierto el debate, se concede la palabra a don Raimundo González Carballo, en representación del grupo municipal del B.N.G., o cal manifesta que, como xa ten dito neste Pleno, o BNG non tiña ningunha fe no INDEPO xa que a planificación económica débese facer a nivel global de Galicia e non porque se creen unha serie de institucións, comisións ou institutos vanse solucionalos problemas de falta de empresas ou de postos de traballo, entón o tempo veu darlle a razón en canto a esa falta de fe que tiña no INDEPO porque está demostrado que é unha institución que non ten viabilidade, pois se contrata un Xerente e non hai nin local onde ubicalo Instituto polo que agora a correr hai que facer unha serie de obras porque é inadecuado o local para exercer esta función, habendo outras cuestións como pode ser que hoxe a Comisión Executiva do INDEPO aprobou, dunha maneira rara e estraña, aboar con carácter fixo e mensual ó Xerente, que non se sabe nin que funcións vai ter nin de momento exercita o seu traballo porque non ten nin tan sequera as condicións materiais necesarias, un complemento de productividade de aproximadamente dous millóns de pesetas que supón practicamente a maior retribución que se paga neste Concello, equiparable á do Secretario e Interventor, o que revoga un acordo anterior do Consello Rector no que se dicía que ese complemento de productividade pagaríase en función do traballo desenvolvido e demostrado pola persoa do Xerente, polo que anuncia neste Pleno que o BNG vai pensar seriamente se seguirá ou non pertencendo a este organismo porque segue sen verlle sentido ningún e de aí o motivo da súa abstención nesta cuestión da ampliación de crédito.
    A continuación interviene, por el grupo municipal del P.S. de GPSOE, don José Manuel Estévez Heredia para, al propio tiempo que anuncia su voto favorable a la modificación de créditos, señalar que el grupo municipal socialista tiene una gran inquietud sobre el futuro del INDEPO y que, al contrario que el B.N.G., estima que podría cumplir una función importante en Pontevedra a pesar de presentar un retraso escandaloso tanto en la ultimación de su organigrama como en la dotación de los medios materiales, lo que no puede ser imputable ni a la oposición y muchísimo menos a esas típicas disculpas del señor Alcalde en cuanto a la burocracia de este Ayuntamiento, no siendo posible que después de más de dos años no se tuviera previsto el acondicionamiento de un local cuando simplemente se trata de una oficina con dos despachos, porque el grupo municipal socialista al proponer la creación del INDEPO estaba convencido de que debería ser un instrumento para la dinamización económica de Pontevedra, pero la ineficacia y la pasividad del equipo de gobierno está llevando a este aún no nacido Instituto a una situación de parón que empieza a preocupar, ya que la puesta en marcha del INDEPO representa para el grupo municipal socialista un ejemplo paradigmático de lo que es el actual equipo de gobierno del Ayuntamiento de Pontevedra, un freno para el desarrollo económico de esta ciudad, porque si creían en el INDEPO cuando apoyaron la moción del grupo municipal socialista instando a su creación y si creen que es un instrumento necesario para crear puestos de trabajo en una ciudad que cada vez tiene más paro, ¿cómo es posible que estén retrasando continuamente la puesta en marcha de un instrumento que reconocen que puede contribuir a la dinamización industrial, comercial y turística de Pontevedra?, siendo la única respuesta que el equipo popular es un freno para el desarrollo de esta ciudad, por lo que la puesta en marcha del INDEPO solamente será posible si el señor Alcalde repite en la próxima Corporación porque en ésta no va a ser posible verla.
    Le contesta el señor Alcalde diciéndole que da la impresión de que parte de una premisa no exacta, ya que el grupo popular cree que el INDEPO puede contribuir al desarrollo de Pontevedra, por eso ha apoyado la iniciativa del grupo municipal socialista, aunque estima que no es la solución a los problemas de la industrialización y del comercio de esta ciudad porque, como decía don Raimundo González Carballo, el tema de la industrialización y el comercial de las ciudades es mucho más complejo para que se pueda solucionar por la vía del INDEPO pero, aún aceptando la responsabilidad asumida al apoyar su creación, no puede asumir esa culpabilidad que el señor Estévez Heredia le imputa al equipo de gobierno, por las múltiples razones que conoce como miembro del Consejo Rector y del Comité Ejecutivo, porque tuvo que transcurrir más de un año para la elección del Gerente, que el portavoz del B.N.G. se lamentaba de que ese órgano, no este Pleno, tuviera la competencia de aumentar su retribución fija por las razones que saben los miembros del Consejo Rector, no el B.N.G. que nunca quiso participar en el tema de las retribuciones con el que nunca ha estado de acuerdo, pero debiéndose al tema de las retribuciones el hecho de no disponer de candidatos que se hubieran considerado válidos para ocupar la plaza, por lo que se convoca de nuevo su provisión y se aumenta la retribución al considerar todos prácticamente que ese incentivo sería suficiente para que el Gerente tuviera el nivel deseado para que funcionara el INDEPO; que, por lo que respecta al tema del local, no es la Corporación sino el propio órgano el que lo solicita del Ayuntamiento que tiene una escasez histórica de locales, aunque espera que con el desarrollo del P.G.O.U. se pueda recuperar mediante el 15 por 100 de aprovechamiento que le corresponde a esta Entidad, porque aún cuando en determinado momento se tuviera previsto algún local, hubo que ocuparlo para otro fines porque son muchas las necesidades que el equipo de gobierno tiene que cumplir y, si en alguna ocasión se ha quejado de burocracia, lo ha sido respecto de las Administraciones Públicas en general y no específicamente de este Ayuntamiento.
    Terminado el debate, el Pleno de la Corporación, por mayoría, prestó su aprobación al proyecto de acuerdo, en los términos y sentido de voto que se indican a continuación:
    Examinado el expediente nº 1 de créditos extraordinarios y de suplementos de crédito dentro del Presupuesto del INDEPO vigente con cargo al Remanente Líquido de Tesorería.
    RESULTANDO que el Presidente formula propuesta de modificación de créditos para la financiación de la ejecución de las obras de acondicionamiento de un local en el Chalet de Fontoira y del mobiliario y material de oficina necesario para el citado organismo autónomo.
    RESULTANDO que el Sr. Interventor emitió informe en sentido favorable el 26 de octubre de 1994 y que el Consejo Rector en sesión de 27 de octubre de 1994 prestó aprobación inicial a la modificación de créditos propuesta por la Presidencia, siendo dictaminado favorablemente por la Comisión Informativa de Cuentas en sesión celebrada el día 27 de octubre de 1994 el expediente nº 1 de modificación de créditos extraordinarios y suplementos de crédito dentro del Presupuesto del organismo local autónomo INDEPO, con cargo a Remanentes Líquidos de Tesorería.
    CONSIDERANDO que la competencia para aprobar el expediente de modificación de créditos dentro del Presupuesto del organismo local autónomo Instituto para el Desarrollo Económico de Pontevedra, está atribuida al Pleno de la Corporación Municipal, según dispone el artículo 158.2 de la Ley 39/88, de 28 de diciembre, de Haciendas Locales y artículo 37 del Real Decreto 500/90, de 20 de abril.
    El Pleno de la Corporación, por mayoría, con el voto favorable de los quince Concejales del grupo municipal del P.P. y de los seis Concejales del grupo municipal del P.S. de GPSOE, con la abstención de los cuatro Concejales del grupo municipal del B.N.G., y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Permanente de Cuentas, acuerda prestar aprobación inicial al expediente nº 1 de créditos extraordinarios y suplementos de crédito dentro del Presupuesto del INDEPO vigente con cargo al Remanente Líquido de Tesorería, disponiendo que el acuerdo de aprobación con el expediente sea sometido a información pública por el período de quince días hábiles a efectos de reclamaciones, considerándose definitivamente aprobada la modificación sino se presentara reclamación alguna durante el mencionado plazo.
    El contenido de la modificación de crédito es el siguiente:
    AUMENTOS QUE SE PRECISAN
    I M P O R T E
    CRÉDITOS SUPLEMENTOS
    EXTRAORDINARIOS DE CRÉDITOS
    ÓRGANO 024
    FUNCIÓN 761
    PARTIDA 22200 COMUNICACIONES 1.400.000
    22602 PUBLICIDAD Y PROPAGANDA 400.000
    62500 MOBILIARIO Y ENSERES 1.300.000
    62600 EQUIPO PROCESOS INFORMÁTICOS 400.000
    62200 ACONDICIONAMIENTO OFICINA INDEPO 2.000.000 _________
    T O T A L 2.000.000 3.500.000
    ====================================================

    Se ausenta de la sesión don Fernando Morquecho Barral.

    8. MOCIONES URGENTES, RUEGOS Y PREGUNTAS.
    A) MOCIÓN DEL PORTAVOZ DEL GRUPO MUNICIPAL DEL P.S. DE GPSOE, DON ROBERTO TABOADA RIVADULLA, RELATIVA A LA CREACIÓN DE UN CENTRO DE DÍA EN LA CIUDAD INFANTIL "PRÍNCIPE FELIPE".
    Previa declaración de urgencia en forma reglamentaria, el Pleno de la Corporación, por unanimidad, acuerda disponer su inclusión en el orden del día para debate y votación, en los términos siguientes:
    EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
    Numerosos niños, niñas y jóvenes menores de edad de Pontevedra y provincia, se encuentran necesitados de atención y protección por parte de la administración, debido a la situación sociofamiliar en que viven.
    Este problema se vio agravado hace más de un año cuando se cerró el comedor existente en la Ciudad Infantil "Príncipe Felipe" dependiente de la Diputación Provincial de Pontevedra, dejando en la calle a más de 100 niños de los cuales el 80% aproximadamente, pertenecen al Ayuntamiento de Pontevedra.
    En la actualidad, hay menores en edad escolar que dada la situación de necesidad de sus familias (falta de medios económicos, padres que no pueden atenderles por razón de trabajo, etc.) aunque acuden a sus respectivos colegios o Centros de Formación, a la hora de salida de los mismos se encuentran totalmente desprotegidos y con el peligro de convertirse en lo que vulgarmente se denomina "niños de la calle" con el riesgo que todo ello conlleva.
    Mientras, la Ciudad Infantil "Príncipe Felipe" de Pontevedra, que cuenta con un personal altamente cualificado y está dotada de todo tipo de medios (aulas, auditorio, biblioteca, campos de deportes, comedor, etc.), sus instalaciones están siendo infrautilizadas y no porque no existan niños y jóvenes para cubrir dichas plazas, sino debido a una política de bajas indiscriminada llevada a cabo por la Diputación y la Xunta de Galicia.
    Por ello, dado el problema social de los menores y la existencia de unas instalaciones inmejorables en la Ciudad Infantil "Príncipe Felipe", consideramos necesario la creación de un "centro de día" (que funcione desde las 14,30 horas a las 20,30 horas, dotado de comedor, biblioteca, aulas, etc.), para poder realizar parte de las tareas escolares impuestas como deberes en los centros a los que acuden, actividades extraescolares, y todo ello dirigido por un personal cualificado.
    Por todo lo anteriormente expuesto, el Grupo Municipal Socialista en el Ayuntamiento de Pontevedra, solicita que el Pleno de la Corporación Municipal de Pontevedra acuerde aprobar la siguiente
    MOCIÓN URGENTE:
    1. La creación de un Centro de Día para acoger a los niños/as y jóvenes de Pontevedra.
    2. La firma de un Convenio con la Diputación Provincial de Pontevedra para la ubicación de dicho "centro de día" en las dependencias de la Ciudad Infantil "Príncipe Felipe" y sea atendido por el personal adscrito al mismo.
    3. La creación de una partida presupuestaria específica para que este "centro de día" pueda atender las necesidades del municipio de Pontevedra.
    Abierto el debate, se concede la palabra a don Roberto Taboada Rivadulla, portavoz del grupo municipal del P.S. de GPSOE, quien, después de agradecer a todos los grupos representados en esta Corporación su apoyo a la urgencia de la moción, señala que la Ciudad Infantil Príncipe Felipe es un centro asistencial para la atención de menores con situaciones sociofamiliares difíciles que la Diputación Provincial, a través de una política equivocada, fue cerrando poco a poco el ingreso de los niños, de las niñas y de los jóvenes necesitados de atención y, tanto es así, que de seiscientos alumnos que había hace pocos años causaron baja más de la mitad, pero esta cuestión no sería grave ni preocupante, sino incluso positivo, si la razón de estas bajas fuera debido a una disminución de las necesidades sociales en la provincia y en este municipio o como consecuencia de que la demanda fuese inferior, pero la realidad es muy distinta ya que en estos momentos existe una gran demanda social en Pontevedra para atender a menores con esta situación sociofamiliar grave, porque día a día se está viendo que numerosos niños, niñas y jóvenes menores de edad de Pontevedra y de su provincia se encuentran necesitados de atención y de protección por parte de la Administración debido a esas situaciones sociofamiliares difíciles en las que viven, y este problema se vio más agravado cuando hace más de un año se cerró el comedor existente en la Ciudad Infantil Príncipe Felipe dejando en la calle a más de cien niños y niñas, de los cuales el 80 por 100 pertenecen al Ayuntamiento de Pontevedra, habiendo en la actualidad menores en edad escolar que dada esa situación de necesidad, de falta de medios económicos, de padres que no pueden atenderles, por razones, entre otras, de trabajo, que aunque acuden a sus respectivos centros escolares o de formación, a la hora de la salida de los mismos se encuentran totalmente desprotegidos y con el peligro de convertirse en lo que vulgarmente se llaman niños de la calle, con el riesgo que todo ello conlleva y, mientras todo esto sucede, la Ciudad Infantil Príncipe Felipe, que es una institución pública, con un presupuesto de alrededor de los 871 millones de pesetas, que tiene capacidad para atender en residencias descentralizadas a un elevado número de menores, está totalmente infrautilizada, porque en la actualidad es un centro que se encuentra en vías de transformación y de evolución hacia un modelo de centros con subunidades modulares para atender a los niños bajo principios de personalización, de atención individualizada en el marco de la coeducación, que cuenta con un personal altamente cualificado y con una experiencia profesional mínima de 15 años, estando además dotada de todo tipo de medios y ofreciendo incluso unas instalaciones deportivas inmejorables, pero sin embargo todas esas instalaciones están injustificablemente siendo infrautilizadas, no porque no existan niños y jóvenes para cubrir dichas plazas sino debido a una política de baja indiscriminada que está llevando a cabo la Diputación Provincial de Pontevedra y la Xunta de Galicia, lo que da una idea de como la Administración local provincial y la autonómica están incumpliendo de una manera radical el principio de eficacia administrativa y se está despilfarrando dinero público, pero además la Diputación no sólo se desentiende de los problemas y la Xunta no asume sus responsabilidades en este caso, sino que incluso se está llevando a cabo una política equivocada, de desviación de ingresos hacia centros privados, existiendo en estos momentos doce que están atendiendo alrededor de 313 niños en condiciones de atención y medios inferiores a los que puede ofrecer la Ciudad Infantil Príncipe Felipe, por lo que, dadas las necesidades en estos momentos de los menores y la existencia de unas instalaciones idóneas e inmejorables, considera imprescindible que esta Corporación municipal, al sentirse afectada por la situación que está ocurriendo en el municipio de Pontevedra de atención al menor, tiene que colaborar y también aportar su decisión con la creación de un centro de día que debe o puede funcionar desde las 14,30 hasta las 20,30 horas, que esté dotado de comedor, biblioteca y de aulas, en el que los niños puedan realizar parte de las tareas escolares y de sus actividades extraescolares, todo ello dirigido por personal cualificado, existente ya en la Ciudad Infantil, razón por la cual, en nombre del grupo municipal socialista, solicita al Pleno de la Corporación Municipal de Pontevedra la aprobación de los tres puntos concretos que se proponen en la moción.
    A continuación interviene, por el grupo municipal del B.N.G., don José Cesáreo Mosquera Lorenzo, o cal, á vez que anuncia o seu apoio á moción, manifesta que se está inmerso nunha campaña de mobilización e de recollida de firmas, habéndose constituído unha plataforma de defensa do menor, que tamén apoia, sendo precisamente un dos puntos, entroutros moitos, a creación dun centro de día, pero a única cuestión que hai aquí, que lle gustaría saíra aclarada deste Pleno, é que sendo tres Institucións, Xunta, Deputación e Concello de Pontevedra, gobernados polo mesmo partido, haxa tal cantidade de problemas agora de facer un convenio, polo que, á parte de apoiar a moción, agarda que o equipo de goberno teña suficiente sensatez para non desvialo asunto, porque o centro de día ou o crea o Concello de Pontevedra ou a Xunta, ou a Deputación presta as instalacións e o Concello colabora, porque por desgracia as necesidades sociais aumentan e as crises non soamente se notan nos petos dos que cobran ó final de mes senón que se nota tamén no crecemento dos casos de marxinación e pobreza, polo que hai que darlle unha solución e aproveitalas instalacións e por iso agarda que hoxe o Pleno manifeste a súa disposición a constituír ese centro de día e a colaborar economicamente para a súa creación.
    Seguidamente hace uso de la palabra doña María Blanca Rodríguez Fernández, en su calidad de Concejala Delegada de Servicios Sociales, indicando que el equipo de gobierno apoya la filosofía de la moción que presenta el grupo municipal socialista y, al estar de acuerdo con la exposición y defensa que ha realizado su portavoz, estaría dispuesta en principio a respaldar lo que se refiere al primer punto y, por consiguiente, a apoyar la creación del centro de día, pero, por lo que se refiere a los puntos números 2 y 3 de la moción, solicita que se dejen pendientes de aprobación, toda vez que el Pleno de la Diputación adoptó el acuerdo de crear una Comisión que, bajo la denominación de reestructuración de la Ciudad Infantil Príncipe Felipe, se constituyó el pasado día 19 y mantendrá una serie de reuniones para estudiar toda la problemática con el fin de que la Diputación defina su postura y las actuaciones a seguir con respecto a la creación de este centro de día, así como de aquellas otras actividades que pueda desempeñar la Ciudad Infantil y, como quiera que esa Comisión tiene de plazo hasta el día 31 de diciembre de este año para elaborar la correspondiente propuesta, estima que sería más conveniente esperar a que esta Comisión elabore el informe y que la Diputación Provincial fije su postura al respecto, con lo cual la Comisión de Servicios Sociales podría ir debatiendo y estudiando el posible borrador del convenio, así como si realmente es conveniente para el Ayuntamiento lo que la Diputación proponga o si por el contrario habría algo más que decir, en cuyo momento se podría adoptar una postura y, a partir de ahí, cuantificar lo que le va a costar al Ayuntamiento de Pontevedra, porque en estos últimos meses se han mantenido conversaciones y aunque se sabe más o menos que le puede suponer al Ayuntamiento, es conveniente que con anterioridad la Diputación fije realmente cual es su postura y cuales son las pretensiones que tiene, por lo que, en ese sentido, el equipo de gobierno respalda la idea porque está totalmente concienciado en la problemática que hay tanto del colectivo de trabajadores como de los jóvenes y menores que están directamente afectados, por cuya razón el Ayuntamiento tiene la voluntad de participar, de cooperar y de solucionar el problema, pero estima que lo más positivo es ver cual es la postura que fija la Diputación, que es lo que va a suponer al Ayuntamiento la firma de ese convenio, porque todo eso tendrá que quedar resuelto en un plazo máximo de dos meses, y en la Comisión se estudiaría y valoraría cual es la obligación que el Ayuntamiento va a tener y cuales serían las condiciones que tendría respecto a ese convenio, elevando al Pleno la correspondiente propuesta para que adopte el acuerdo que estime conveniente.
    Toma la palabra el señor Alcalde informando que este tema se ha tratado en la Comisión de Gobierno porque había una moción anterior sobre este aspecto del grupo municipal socialista debatida en Comisión, por lo que, suscribiendo lo manifestado por la Delegada de Servicios Sociales, doña Blanca Rodríguez, en cuanto a la creación de un centro de día, interesaría que se añadiera la palabra instar, o la que estime más conveniente el proponente de la moción, de la Diputación Provincial la creación de este centro de día, porque no considera acertado que se deba comprometer ya en este momento el Ayuntamiento de Pontevedra a la obligatoriedad de un convenio según las condiciones que fije la Diputación, dado que se está hablando de un tema del municipio de Pontevedra y no es posible asumir la creación de un centro de día de la Diputación, por lo tanto lo conveniente es que se inste la creación de ese centro de día por la Diputación Provincial la que, una vez que tome su decisión final, propondrá el texto del convenio, que será debatido en Comisión y resuelto por el Pleno.
    De nuevo interviene el señor Taboada Rivadulla señalando que no cree que la cuestión se pueda simplemente argumentar con decir que la filosofía es con la que se está de acuerdo, porque no se trata de una cuestión puramente teórica sino que es una cuestión que necesita hechos y a la que hay que dar soluciones, puesto que lo esencial de esta moción es la decisión política que pueda haber sobre la cuestión, no entrando en como deben ser las condiciones del convenio ni en su pormenorización, aunque a la hora de suscribir un convenio es necesario que, como mínimo, dos partes se pongan de acuerdo, pero no entra en ese tipo de cuestiones ni cuantifica cuanto tiene que aportar este Ayuntamiento presupuestariamente, sino que simplemente hace unas aportaciones políticas y, si se está de acuerdo con esa filosofía, hay que dar un paso más del discurso filosófico por lo que la decisión política está en que se desea la creación de un centro de día y que esta Corporación, a través del señor Alcalde, ponga toda la voluntad para firmar un convenio con la Diputación sin entrar en las cuestiones de condicionamiento del convenio, porque se trata de una decisión política, ya que los que están debatiendo el tema son políticos y no técnicos, por lo que no necesitan la opinión ni del señor Interventor ni del señor Secretario para cuestiones jurídicas ya que la moción no pretende entrar en esos terrenos, pero ¿hay voluntad política de esta Corporación de suscribir un convenio?, esa es la decisión que hay que tomar y es lo que pide como decisión en esta propuesta, si ¿hay voluntad política del Pleno de esta Corporación para que, en los Presupuestos Generales de este Ayuntamiento para 1995, exista una partida presupuestaria específica, sin cuantificar, para este centro de día?, eso es lo que se pide y por lo tanto no se entre en lo que puede ser la pura cuestión filosófica o anecdótica, éntrese en la cuestión de fondo y en lo esencial de lo que es una decisión política que es lo que se pretende, por lo tanto insiste en que se manifieste esta Corporación en cuanto a una decisión política del primer punto que considera que ya está debatido en el sentido de que están de acuerdo en el tema de voluntad política para firmar un convenio y creación de una partida presupuestaria para ese centro de día y, si hay esta voluntad, esa es la cuestión que se debe decidir aquí.
    Vuelve a hacer uso de la palabra el señor Mosquera Lorenzo dicindo que xa na súa intervención previa temía que as cuestións formais de competencias e de que está constituída a Comisión foran a servir de razoamento, base ou disculpa para non aprobala moción tal como está e, aínda que pode ser que a redacción da moción non sexa moi precisa, na Comisión da Deputación unha das cousas que se falou o primeiro día foi de asinar un convenio co Concello de Pontevedra, á parte de asinalo coa Consellería, que se negou a collela transferencia que sería o lóxico e razoable parar ter unha rede única e non andar con chiringos por tódolos lados, pois vai nesa liña, polo que se o Concello está de acordo coa firma dese convenio o que se está a dicir é que, á parte da Deputación, se está disposto a colaborar economicamente aínda que non sexa competencia inicial do Concello, co fin que a Deputación e esa Comisión que está a estudialo asunto, á que tamén pertece, coñeza co Concello de Pontevedra está disposto a asinalo convenio e a potenciala Cidade Infantil Príncipe Felipe, polo que considera que non está demais aprobala xa que non se está a comprometer a nada estraño nin fóra de lugar, máxime cando o proponente acepta que non sexa a propia literalidade da moción senón a filosofía e a disposición da Corporación a entrar neste tipo de convenios e de aportacións cara ó funcionamento do centro de día Príncipe Felipe.
    Toma la palabra el señor Alcalde indicando que, coincidiendo con lo que acaba de manifestar el señor Mosquera, desea proponer como transaccional el instar a la Diputación Provincial la creación del centro de día, porque debe quedar claro que es ella la que lo tiene que crear con la colaboración del Ayuntamiento y, con independencia de que luego matice lo que crea conveniente la Presidenta de la Comisión de Servicios Sociales de este Ayuntamiento, podría quedar redactada en el sentido de instar de la Diputación Provincial la creación de un Centro de Día en la Ciudad Infantil Príncipe Felipe para acoger a niños/as y jóvenes de Pontevedra, ofreciendo este Ayuntamiento su colaboración económica para atender las necesidades de los alumnos del Municipio de Pontevedra lo que, en su día, se instrumentaría a través de un convenio de colaboración habilitando los créditos presupuestarios para tal finalidad, lo que estima que es lo mismo que se solicita en la moción pero sin entrar en la dinámica de la creación, puesto que el Ayuntamiento, en el convenio de colaboración, asumirá los costos de los niños de Pontevedra pero no el total de la creación del centro que corresponde a una Institución de carácter provincial.
    Nuevamente interviene la señora Rodríguez Fernández diciendo que, con la propuesta transaccional del señor Alcalde, la Corporación, a la vez que apoya la creación del centro de día, está asumiendo que va a haber que firmar un convenio entre las dos partes, haciéndose cargo el Ayuntamiento del coste económico que ello suponga, porque, en su anterior intervención, simplemente quiso dejar claro que como la Comisión de la Diputación se ha constituído muy recientemente y está en fase de estudio de la problemática y de cuales van a ser las finalidades que determine la Diputación, así como de cual va a ser el coste económico, por eso propuso que los puntos dos y tres de la moción quedasen pendientes de una aprobación posterior por el Pleno, una vez que en Comisión se examine la oferta que haga la Diputación y el coste económico que va a tener para el Ayuntamiento, pero respaldando la aprobación del punto uno por estar claro que la voluntad política es firmar un convenio y asumir, como ha dicho el señor Alcalde, la parte económica que corresponda a aquellos niños y jóvenes pertenecientes al Ayuntamiento de Pontevedra, por lo que considera que con la redacción que ha propuesto el señor Alcalde se podría aprobar la moción.
    De nuevo hace uso de la palabra el señor Taboada Rivadulla indicando que la redacción de esta transaccional le parece mucho más precisa, ya que contempla la voluntad de la creación del centro de día, estando claro que la Corporación Municipal tiene que defender los intereses de lo que respecta al Municipio de Pontevedra y por lo tanto a sus menores, siendo esa la política en la que insistía claramente al hablar de los tema presupuestarios y del convenio, por lo que está de acuerdo con esa nueva redacción de la transaccional.
    Terminado el debate, el Pleno de la Corporación, por unanimidad, acuerda instar de la Excma. Diputación Provincial de Pontevedra la creación de un Centro de Día en la Ciudad Infantil "Príncipe Felipe", para acoger a niños, niñas y jóvenes de Pontevedra, ofreciendo este Ayuntamiento su colaboración económica para atender las necesidades de los alumnos del Municipio de Pontevedra lo que, en su día, se instrumentaría a través de un Convenio de colaboración, habilitando los créditos presupuestarios para tal finalidad.

    Se ausenta de la sesión don Eugenio Jiménez Passolas.

    B) MOCIÓN DEL CONCEJAL DEL GRUPO MUNICIPAL DEL P.S. DE GPSOE, DON JOSÉ MANUEL ESTÉVEZ HEREDIA, RELATIVA A LA IMPLANTACIÓN DE UN SERVICIO DE TRANSPORTE URBANO EN LA CIUDAD.
    Previa declaración de urgencia en forma reglamentaria, el Pleno de la Corporación, por unanimidad, acuerda disponer su inclusión en el orden del día para debate y votación, en los términos siguientes:
    FUNDAMENTO DE LA URGENCIA: Hace prácticamente dos años el Pleno del Ayuntamiento aprobó una moción del grupo municipal socialista cuyo objetivo era la realización del estudio previo preceptivo para la implantación de un servicio de transporte urbano en el municipio.
    La necesidad de incluir la partida presupuestaria al efecto y realización de los trámites necesarios para su adjudicación, derivados de un incumplimiento del Equipo de Gobierno de un mandato plenario justifican suficientemente la necesidad de debatir de nuevo este tema.
    EXPOSICIÓN DE MOTIVOS: El transporte urbano, su ordenación y funcionamiento no es sólo una competencia exclusiva más de las que consagra la Ley de Bases del Régimen Local, sino un Servicio prácticamente "obligatorio" en todas las ciudades de España a la ciudadanía, y además un instrumento importante a tener en cuenta en el desarrollo de políticas de Tráfico, y de desarrollo comercial y urbanístico de las ciudades.
    TRÁFICO: La puesta en marcha de un servicio de transporte urbano, ajustado a las necesidades y posibilidades de Pontevedra, sería un factor de alivio para el tráfico de la ciudad, que acusa un estado caótico, en el que tanto la ausencia de una política de tráfico en Pontevedra, como la necesidad que tienen miles de pontevedreses de utilizar su vehículo para acercarse desde múltiples núcleos poblacionales a la ciudad, están convirtiendo a nuestra ciudad a vivir bajo una permanente "hora punta".
    DESARROLLO COMERCIAL Y URBANÍSTICO: La actual forma de vida, exige la posibilidad de acercamiento del potencial cliente a los centros comerciales de la ciudad, de tal manera que cualquier plan de dinamización del pequeño comercio pasa, en cualquier ciudad, por la existencia de transporte urbano.
    De la misma manera no puede hablarse de desarrollo urbanístico, sin transporte urbano. Su ausencia sólo facilita la especulación urbanística del valor del suelo, que es lo que está ocurriendo hoy en día en Pontevedra. La ausencia de transporte urbano, es así uno de los factores encarecedores de la vivienda.
    Para el Grupo Municipal Socialista, no resulta serio que el Equipo de Gobierno hable de reforzar el concepto de capitalidad, de acometer el desarrollo económico del municipio, de favorecer iguales condiciones de vida para el ciudadano de la calle Oliva que el de Pontesampaio, de hablar de desmantelamiento del ferrocarril, cuando hoy en día Pontevedra ostenta el triste récord de ser la única capital de provincia sin servicio de transporte urbano. Lo que ha sido posible en múltiples ciudades, incluso de menor tamaño que Pontevedra, ha de ser posible en nuestra ciudad.
    En consecuencia el Grupo Municipal Socialista, solicita la aprobación del Pleno de la siguiente propuesta:
    Que con carácter urgente se apruebe, se dote presupuestariamente y se convoque el necesario concurso para llevar a cabo el estudio que impone la Ley de Transporte para la ordenación e implantación de un servicio de transporte urbano en Pontevedra.
    Abierto el debate, se concede la palabra a don José Manuel Estévez Heredia, en representación del grupo municipal del P.S. de GPSOE, el cual manifiesta que esta moción la trae otra vez al Pleno porque el grupo municipal socialista sigue convencido de que en Pontevedra es necesario tener un servicio de transporte urbano y también porque se ha producido un incumplimiento del mandato plenario que ordenaba la realización del estudio que la Ley de Transportes exige como trámite previo para la implantación de cualquier servicio de transporte urbano; que, con posterioridad a la aprobación por el Pleno hace casi dos años, el señor Alcalde mantuvo una reunión con empresarios del sector, enterándose, a través de la prensa, que se desestimaba la realización de lo que había sido el resultado de un mandato plenario, porque algunos empresarios dijeron que no sería rentable, pareciéndole lamentable que el señor Alcalde y todo su grupo voten a favor y estén de acuerdo en llevar a cabo la implantación del servicio de transporte urbano en Pontevedra y, poco tiempo después, la descarte tras una entrevista con empresarios, a pesar de que el transporte urbano, su ordenación y funcionamiento sea una competencia exclusiva del Ayuntamiento, por lo que la opinión de los empresarios del sector es la de gente que podría verse afectada en sus intereses, por cuya razón no entiende ni nunca entendió los motivos por los que se había rechazado, máxime cuando el transporte urbano es un instrumento fundamental para cualquier política de tráfico, de desarrollo comercial y urbanístico que, en Pontevedra, sería hasta un signo de identidad para el Municipio la puesta en marcha del servicio de transporte ajustado a las necesidades y posibilidades del Ayuntamiento, a la vez que un factor de alivio para el tráfico de la ciudad que acusa un estado caótico y que, tanto la ausencia de una política de tráfico como la necesidad que tienen miles de pontevedreses en utilizar sus vehículos particulares para acercarse a la ciudad desde los múltiples núcleos poblacionales, está convirtiendo a Pontevedra en una ciudad en permanente hora punta, porque además el transporte urbano es fundamental para el desarrollo comercial y urbanístico del que tanto se habla en este Ayuntamiento ya que la actual forma de vida exige la posibilidad de acercamiento a los centros comerciales de tal manera que cualquier plan de dinamización del pequeño comercio pasa, entre otros, por la existencia de un servicio de transporte, de la misma manera que no puede hablarse ni plantearse un desarrollo urbanístico de Pontevedra sin el transporte urbano, puesto que su ausencia sólo facilita la especulación del valor del suelo que es lo que está ocurriendo hoy en Pontevedra con lo que la ausencia de transporte urbano es un factor encarecedor de la vivienda; que para el grupo municipal socialista no resulta serio que el equipo de gobierno hable de reforzar el concepto de capitalidad, de acometer el desarrollo económico del Municipio, de favorecer iguales condiciones de vida para los ciudadanos de la calle de La Oliva que para los de Pontesampaio, del desmantelamiento del ferrocarril cuando Pontevedra ostenta el triste récord de ser la única capital de provincia del Estado Español que carece de servicio ordenado de transporte urbano; que lo único que solicita del equipo de gobierno y del Bloque Nacionalista Galego, al haber aceptado ya en un Pleno anterior la necesidad de implantar el transporte urbano, es que apoyen la realización del estudio que preceptivamente exige la Ley y, para ello, se acuerde la dotación presupuestaria con el fin de proceder a la convocatoria del correspondiente concurso para la elaboración del estudio.
    A continuación interviene don Miguel Anxo Fernández Lores, portavoz del grupo municipal del B.N.G., dicindo que está totalmente de acordo coa moción que presenta o PSOE, xa que este tema foi motivo de varias mocións do BNG nesta e mesmo na anterior lexislatura, nas que se pedía que se incluíse unha partida nos últimos orzamentos municipais para facer un estudio de tráfico que levaría a necesaria implantación dun transporte urbano, que por desgracia non admitiu o equipo de goberno, polo que, ó ter en conta as razóns esgrimidas polo compañeiro Estévez Heredia e pola necesidade desa implantación, vai votar a favor da moción.
    Toma la palabra el señor Alcalde para, a la vez que anuncia el voto favorable del grupo de gobierno, formular algunas matizaciones a la intervención del señor Estévez Heredia porque de alguna manera ha atacado directamente a la gestión del equipo de gobierno, toda vez que no es exacta su afirmación de que se haya desestimado la puesta en marcha del transporte urbano simplemente porque los empresarios hubieran dicho que no era rentable, porque, en su responsabilidad como Alcalde, pretendía informarse de como funcionaban y si era posible ampliar los servicios actuales de las diversas empresas urbanas e interurbanas radicadas en esta ciudad y, con esa intención, acompañado por el señor Teniente de Alcalde Delegado de Tráfico, mantuvo reuniones con las principales empresas que tenían directamente transporte urbano e interurbano, tales como Transportes La Unión que presta el servicio MarínPontevedra, Lérez y la Canicouva, con lo cual ya había una serie de parroquias que se atendían con estos recorridos, Líneas Pontevedresas de Autobuses que hace Monteporreiro, como también otras empresas interurbanas que viniendo de Vilagarcia atendían Campañó o la procedente de Pontecaldelas que recorre varios lugares y parroquias del municipio, siendo la respuesta de los empresarios que no les era rentable el reforzar esos servicios con una mayor continuidad de la que tenían, pero nunca una negativa al transporte urbano municipalizado que ya conoce que es una responsabilidad y una necesidad municipal; que, por otra parte, le parece que también se equivoca el señor Estévez Heredia al afirmar que Pontevedra es la única capital de provincia que carece de transporte urbano, puesto que mantiene reuniones como mínimo con dieciséis Alcaldes y, al menos, hay dos capitales de provincia, Soria y Segovia, que tienen un sistema mixto con empresas, aunque otra cosa diferente es que en Pontevedra no se tenga ordenado, pero, en este momento, existe un transporte urbano apoyado en el interurbano y alguno solamente urbano; que hace apenas unos meses, en el debate del Presupuesto municipal, su compañero don Camilo Garrido decía que los gastos corrientes de este Ayuntamiento son preocupantes y la financiación del transporte urbano es un gasto corriente que tendría que atenderse desde el Ayuntamiento, porque los deseos de desarrollo de esta ciudad que pueda tener, son compartidos por todos y cada uno de los miembros del grupo de gobierno, pero hay que estar en el gobierno para ver que a veces lo que es posible no coincide con lo ideal y, a pesar de ello, el grupo de gobierno va a apoyar la moción pero le rogaría que se ampliara, no en el tema del tráfico que ya hay un estudio y una partida presupuestaria, sino en relación con el problema existente en cuanto a la ampliación o no de los autotaxis, por lo que aprovecharía la moción, si lo admite, para incluir también el servicio de autotaxis porque la situación de ese sector es mala y hay unos asalariados que demandan la concesión de nuevas licenzas pero se carece de un estudio serio al respecto, por lo que propone que se incluyera en la moción el tema del transporte urbano por autotaxis.
    Nuevamente interviene el señor Estévez Heredia, agradeciendo que el señor Alcalde ya diga que va a aprobar la moción y que quiere ampliarla en cuanto al sector del autotaxi, a lo que tiene que decirle que el grupo municipal socialista ha presentado múltiples iniciativas y solicitado la ampliación de las licenzas de autotaxis, que no se produce desde hace muchos años y hay asalariados que lo están demandando, pero, por lo que respecta al tema del transporte urbano municipal, el señor Alcalde ha manifestado que ha tenido contactos con empresas que prestan servicios de carácter interurbano en esta ciudad, a lo que le tiene que contestar que en esta ciudad existen muchas personas que nada tienen que ver con los intereses directos de las empresas y que saben bastante de transporte porque, sin lugar a dudas, esos señores empresarios que ha mencionado iban y van a resultar afectados por la implantación de un servicio de transporte urbano, por eso el estudio que plantea, que exige la Ley de Transportes, tiene que estar basado en otros parámetros, no en la opinión de los señores que están haciendo un negocio con la no existencia del transporte urbano en esta ciudad, por lo que invita al señor Alcalde que tenga contactos con otras personas que no estén directamente implicadas en el tema, porque tiene razón al decir que el servicio de transporte padece una crisis general, pero eso incluso podría ser beneficioso si se llega a establecer el transporte urbano toda vez que esa crisis está llevando a una competencia importante en la oferta de precios a aplicar por las empresas que operan en las distintas ciudades; que, respecto a que si Pontevedra es la única capital del Estado que carece de transporte urbano, para su afirmación se basó en una revista de transportes y le dolió muchísimo que apareciera Pontevedra como la única capital de provincia sin servicio de transporte urbano pero, en cualquier caso, agradece que el señor Alcalde esté a favor de la moción, aunque puede darse la circunstancia que la aprueben y nunca más se llegue a saber nada, con lo que pasarán tres o cuatro legislaturas hablando del transporte urbano, aunque esa será una responsabilidad del grupo popular, por lo que tiene la obligación en estos casos de sospechar, como miembro de la oposición, si Pontevedra es la única o con otra capital de provincia sin transporte urbano, pues si aquí urge el transporte urbano, por algo será, porque un político, sobre todo si es de la oposición, tiene que ser mal pensado, y eso lo sabe el señor Alcalde porque ha tenido la experiencia de la oposición, pero ahora tiene la responsabilidad de gobernar esta ciudad, por lo tanto no la traslade a la oposición, porque sospecha que si el transporte urbano, incluso lo de las licenzas de los autotaxis no se amplían, es porque existen intereses que mediatizan las opiniones de este Ayuntamiento, ya que de todos son conocidos los intereses del partido popular en el sector de los transportes.
    Le contesta el señor Alcalde que la última parte de su intervención es tan sorprendente que sólo le permite sonreír ante su afirmación, porque si tiene pruebas, demuéstrelo, no diga cosas en el aire, hágalo y aquí mismo; que, ya en un tono jocoso, se alegra que sepa que el grupo popular va a estar tres o cuatro legislaturas y que el señor Estévez Heredia lo va a seguir viendo desde la oposición, alegrándole esa premonición por creer que es exacta, pero ya entrando en lo serio, y después de haberle molestado sobremanera la última parte de su intervención, tiene que decirle que ha escuchado pero no ha entendido porque, cuando habló de la consulta a las empresas afectadas, ha dicho que era para reforzar los servicios que tenían, no para consultar el servicio del transporte urbano de esta ciudad, habiendo seguido preocupándose de conocer el costo y la realidad en otros municipios, pudiéndole decir que es desalentador en el capítulo del costo municipal para hacer un buen servicio; que, por otra parte, cuando se habla de transporte urbano, y sirva para la intervención de don Miguel Anxo Fernández Lores, también se habla del transporte urbano de automóviles ligero, por lo tanto lo único que le ha solicitado es que se aumente en el estudio, si lo acepta, la ordenación e implantación de un servicio de transporte urbano en Pontevedra en los dos sentidos.
    Terminado el debate, el Pleno de la Corporación, por unanimidad, acuerda que se dote presupuestariamente y se convoque el necesario concurso para llevar a cabo el estudio que impone la Ley de Transportes para la ordenación e implantación del servicio de transporte urbano y de autotaxis en Pontevedra.
    C) MOCIÓN DEL CONCEJAL DEL GRUPO MUNICIPAL DEL B.N.G., DON JOSÉ CESÁREO MOSQUERA LORENZO, REFERENTE A LA POTENCIACIÓN DE LA ESTACIÓN FERROVIARIA DE PONTEVEDRA Y DEL FERROCARRIL EN GALICIA. Previa declaración de urgencia en forma reglamentaria, el Pleno de la Corporación, por unanimidad, acuerda disponer su inclusión en el orden del día para debate y votación, en los términos siguientes:
    EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
    1. O 28 de xaneiro do pasado ano, o pleno do concello de Pontevedra aprobou, por unanimidade, unha moción do BNG que reclamaba a defensa e pontenciación do servizo ferroviário na nosa cidade.
    Partiase da base de que o ferrocarril é un axente económico, social e ecolóxico de primeira magnitude, e que como tal precisaba, para o seu normal funcionamento, de investimentos que redundasen nunha mellora da rede ferroviária e, conseguintemente, dos servizos que ofertados.
    Os recortes que daquela tentaba realizar RENFE na estación de Pontevedra obrigaron a unha postura activa por parte das institucións e os movimentos políticos e sociais de Pontevedra, xa que só desde a mellora e potenciación da estación se podía contemplar unha cidade e un entorno economicamente viábel. Neste sentido, o concello aprobou solicitar do governo do Estado un cámbio na política ferroviária no sentido de potenciar o ferrocarril galego, e da Xunta de Galiza a adopción dunha postura de defensa activa e contundente en defensa do ferrocarril diante da Administración Central. Ademais, acordou apoiar institucionalmente a manifestación convocada pola Plataforma en Defensa do Ferrocarril que o 12 de febreiro dese ano xuntou a milleiros de Pontevedreses.
    2. Pasado máis de ano e médio desde a aprobación plenária desa moción, a situación do noso ferrocarril lonxe de mellorar vive unha parálise total no que a investimentos modernizadores se refire, e está a viver unha nova redución dos seus servizos. Asi, Pontevedra perdeu os enlaces cos trens de longo percorrido que unen Vigo con Barcelona, Madrid e Irún, e o servizo de paquetería, de tal xeito que para enviar ou recoller mercadorias hai que ir a Vilagarcía ou a Vigo. Paralelamente, non se acometeu a construción do enlace ferroviário PontevedraMarín (tan necesário para a potenciación económica desta zona) nen se realizou mellora algunha nas condicións da rede (electrificación, doble vía, etc.).
    3. Diante desta situación de deterioro paulatino do ferrocarril galego e da estación de Pontevedra, a Alcaldía ten a obriga de tomar as medidas oportunas (no sentido en que se aprobara na moción de xaneiro de 1993) e facer presión diante da Administración Central e da Xunta de Galiza, para que á sua vez presione do Governo do estado, na defensa e modernización da nosa rede ferroviária.
    4. Como expresión do descontento cidadán polos recortes ferroviários no território galego, a Mesa na Defensa dos Camiños de Ferro da Galiza convocou unha manifestación o vindeiro 5 de novembro na Coruña, que conta co apoio da Plataforma en Defensa do Ferrocarril de Pontevedra, e na que deben estar presentes todas as institucións afectadas polo desmantelamento do ferrocarril galego.
    Por todo o anteriormente exposto, o Concello de Pontevedra acorda aprobar a seguinte
    MOCIÓN:
    1. Dirixirse ao Governo do Estado esixindo un cámbio na política ferroviária, no sentido de potenciar e modernizar a rede ferroviária galega.
    2. Dirixirse á Xunta de Galiza para que defenda diante da Administración Central do Estado o investimento preciso para modernizar o ferrocarril galego.
    3. Apoiar a manifestación en defensa do ferrocarril que terá lugar o vindeiro 5 de novembro ás 12 horas na cidade da Coruña.
    4. Apoiar e participar na Plataforma en Defensa do Ferrocarril de Pontevedra.
    Abierto el debate, se concede la palabra a don José Cesáreo Mosquera Lorenzo, en representación del grupo municipal del B.N.G., o cal manifesta que a temática desta moción xa foi debatida nesta Corporación que aprobou unha moción semellante hai ano e medio, descoñecendo se por falta de capacidade de presión ou por desidia a situación segue agravándose e, en concreto, a estación de Pontevedra segue recortando servicios xa que os enlaces cos trens de longo percorrido desapareceron, hai que ir nun de cercanías que non para en Redondela, hai que ir ata Vigo e agardar unha hora ou hora e media, pois están a convertela estación nun apeadeiro, e polo que respecta o enlace ferroviario PontevedraMarín, que según versións dalgún técnico está valorado en mil millóns de pesetas que, para unha obra pública tan importante e para o que significa ó porto, é un investimento moi pequeno, pero a pesar diso non está enriba da mesa seriamente, e isto de Pontevedra lle preocupa moito porque vai quedar fóra do enlace co ferrocarril de longo percorrido e fora das autovías da meseta, a menos que sexa vía de autoestrada de peaxe a Vigo, pero á parte do de Pontevedra hai unha cuestión xeral, por iso a moción trata da estación de Pontevedra e do ferrocarril en Galicia porque, a pesar que a cidadanía nestes momentos non o está a percibir como un problema moi apremante, as Institucións teñen a responsabilidade de velas cousas máis alá do que se palpa, por iso calquera país que se preza está a modernizar e potencialo ferrocarril, e a Plataforma de Defensa do Ferrocarril non está a pedir un AVE, que xa se ten prometido ó Pais Vasco e a Cataluña, senón que os ferrocarrís non sexan peor que hai 50 anos, por iso hai unhas cuestións de oportunidade na parte resolutiva da moción, que xa está aprobada practicamente nos mesmos termos hai ano, e agora se presenta porque volve estar de actualidade tanto a continuación do deterioro do ferrocarril, da política que se está a seguir, como as mobilizacións que xa ten habido algunha en Pontevedra e seguen en toda Galicia.
    Toma la palabra el señor Alcalde para decirle al señor Mosquera Lorenzo, para su conocimiento, que este Ayuntamiento participa en una Plataforma por la Defensa del Ferrocarril a nivel de Galicia, en la que también participan las siete grandes ciudades gallegas juntamente con las de la cornisa cantábrica, habiendo celebrado hace unos meses en La Toja su última reunión y estando prevista celebrar otra en fechas próximas en Oviedo.
    Terminado el debate, el Pleno de la Corporación, por unanimidad, acuerda:
    PRIMERO. Dirigirse al Gobierno del Estado exigiendo un cambio en la política ferroviaria, en el sentido de potenciar y modernizar la red ferroviaria gallega.
    SEGUNDO. Dirigirse a la Xunta de Galicia para que defienda ante la Administración Central del Estado la inversión precisa para modernizar el ferrocarril gallego.
    TERCERO. Apoyar la manifestación en defensa del ferrocarril que tendrá lugar el próximo 5 de noviembre a las 12 horas en la ciudad de La Coruña.
    CUARTO. Apoyar y participar en la Plataforma en Defensa del Ferrocarril de Pontevedra.

    Se ausenta de la sesión don José Cesáreo Mosquera Lorenzo.

    D) MOCIÓN DEL PORTAVOZ DEL GRUPO MUNICIPAL DEL B.N.G., DON MIGUEL ANXO FERNÁNDEZ LORES, REFERENTE A LA REMODELACIÓN DEL MERCADO DE ABASTOS.
    Previa declaración de urgencia en forma reglamentaria, el Pleno de la Corporación, por unanimidad, acuerda disponer su inclusión en el orden del día para debate y votación, en los términos siguientes:
    XUSTIFICACIÓN DA URXÉNCIA:
    A situación na que se encontra o mercado é, na actualidade, lamentábel, tanto no que fai referéncia ao seu aspecto externo como interno. Esta situación require unha actuación urxente e profundidade que dea resposta ás necesidades do mercado.
    A mellora do mercado é imprescindíbel para a potenciación do comércio de Pontevedra e, en especial, da zona monumental.
    Estamos a finais de ano e ainda non se ten decidido como gastar o presupostado, incluida a subvención da Xunta.
    O único xeito de que a oposición, e nomeadamente o BNG, poida debater este tema é por médio dunha moción de urxéncia, tal e como ten demostrado a equipa de governo, ao non tramitar nengunha das nosas mocións nen do grupo municipal do PSOE.
    EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
    1. O tratamento do tema dos mercados, incluido o ambulante, neste concello é un dos exemplos paradigmáticos do mal funcionamento da actual equipa de governo. Non se trata o tema nas comisións nen nos plenos, tomanse decisións á lixeira, que logo hai que rectificar, e asistimos a debates e opinións contraditórias, mesmo dentro da equipa de governo, vertidas nos meios de comunicación. Este xeito de actuar fai que os máis directos interesados (que non son recibidos) descoñezan o seu futuro e as previsións do governo do concello en todo o momento.
    2. O BNG, ante a situación de deterioro dos mercados, e a petición dos interesados, presentou a finais do 1993 unha moción, que non foi tratada en ningunha das instáncias do concello con preséncia da oposición. O posicionamento oficial do concello pasou de posturas como a de construir novos mercados, ou privatizar o actual mercado de abastos, a incluir unha partida de 50 millóns de pesetas nos orzamentos do 94, partida totalmente aleatória, xa que non se apoiou en nengun estudo técnico nen económico das necesidades reais.
    3. Este verán, e contando máis coa oposición dos técnicos municipais que coa sua opinión, o grupo de governo realizou un presuposto sen proxecto para contratar obras por valor de 40 millóns de pesetas, que non son máis que un parche que non resolve as necesidades do mercado demandadas polos usuários.
    4. O BNG presenta, unha vez máis, unha moción o día 7 desde mes solicitando a revisión da adxudicación feita pola Comisión de Governo, xa que non solucionaba os problemas do mercado, e que se elaborase un proxecto de reforma global e definitiva. De novo a moción non é tramitada, e coma sempre a equipa de governo responde con unha nota de prensa onde se sementan máis dúbidas a respeito da actuación do concello na Praza de Abastos.
    Por todo o anteriormente exposto, o concello de Pontevedra acorda aprobar a seguinte
    MOCIÓN URXENTE:
    1. Elaborar un proxecto de reforma global do mercado de abastos que permita a execución en fases.
    2. Adicar a totalidade do presupostado para mercados no orzamento do 94 (50 millóns) ao mercado de abastos, ao ser a actuación máis prioritária, así como solicitar da consellería a prórroga e ampliación da subvención, para a execución da primeira fase.
    3. Incluir unha partida nos orzamentos do 95 para rematar o resto do proxecto.
    4. Elaborar un censo das actuais concesións, para respeitar os dereitos adquiridos, así como o regulamento polo que se rexirá o seu funcionamento.
    Abierto el debate, se concede la palabra a don Miguel Anxo Fernández Lores, portavoz del grupo municipal del B.N.G., o cal manifesta que case ó longo de todo o mandato do señor Alcalde o único xeito que a oposición ten de tratar temas de certa transcendencia é presentar unha moción de urxencia, e o tratamento do tema dos mercados, incluido o ambulante, neste Concello é un dos exemplos paradigmáticos do mal funcionamento do actual equipo de goberno, pois tódolos temas referentes a mercados non se trataron nunca nestes catro anos en ningunha Comisión nin nos Plenos, polo que se toman decisións á lixeira que logo hai que rectificar, asistindo, neste caso, a debates e opinións contradictorias dentro do propio equipo de goberno que logo a única transcendencia que teñen é nos medios de comunicación, porque no Concello diante da oposición nunca se debate, por iso o BNG, ante a situación de deterioro dos mercados e a petición dos interesados, presentou unha moción a finais do ano pasado que non foi tratada en ningunha das instancias deste Concello en presencia da oposición e, a raiz desa moción, o posicionamento do Concello, respecto ó mercado de abastos, pasou por varias fases, falábase nesa época de privatizalo actual mercado de abastos e tamén de facer outro novo, polo que a raiz desa moción se incluiu unha partida de 50 millóns de pesetas nos orzamentos de 1994 que foi totalmente aleatoria pois en ningún caso se apoiou en estudios técnicos nin económicos das necesidades do mercado, a raiz diso, este verán, contando máis coa oposición dos técnicos municipais que coa súa opinión, o grupo de goberno realizou un presuposto, sen proxecto, para contratar obras por valor de 40 millóns de pesetas que non son máis que un parche que non resolve as necesidades do mercado demandadas polos usuarios, por iso, o BNG de novo o día 7 de outubro presenta outra moción, que volve a non ser tratada no Concello, solicitando a revisión desa adxudicación feita pola Comisión de Goberno xa que non solucionaba os problemas do mercado e que se elaborase un proxecto de reforma global e definitiva, e como consecuencia diso houbo novas notas de prensa por parte da Alcaldía, polo que, ó entender que é un tema prioritario que afecta incluso ó prestixio de Pontevedra, porque a situación do mercado actual é lamentable, que ademáis é un tema importantísimo de cara á potenciación do pequeno comercio, concretamente da zona monumental, trae ó Pleno esta moción na que se solicita a elaboración dun proxecto de reforma global do mercado de abastos que permita a súa execución en fases, polo aspecto económico e para non ter que pechalo mercado na súa totalidade; segundo, adicala totalidade do presupostado para mercados no orzamento de 1994, que son 50 millóns de pesetas, ó mercado de abastos da rúa Sierra ó entender que é a actuación máis prioritaria neste momento, así como solicitala prórroga e ampliación da subvención da Consellería; terceiro, incluír unha partida nos orzamentos de 1995 para rematalo resto do proxecto que, polos datos que ten, vai a un presuposto superior ós 100 millóns de pesetas ou perto dos 200; cuarto, que se elabore un censo das actuais concesións para respetalos dereitos adquiridos, así como un regulamento de mercados polo que se rexiría o seu funcionamento.
    A continuación interviene, por el grupo municipal del P.S. de GPSOE, doña María Margarita Adrio Taracido, diciendo que apoya la moción, pero desea hacer unas matizaciones, porque el mercado de abastos, como ya ha dicho el B.N.G., ha sido objeto de múltiples iniciativas del grupo municipal socialista y, de una moción presentada el 17 de junio de este año, que ni siquiera ha sido llevada a Comisión, pero desde el 31 de octubre de 1991 ha venido reiterando hasta la saciedad las denuncias sobre el estado deplorable del mercado, la política de parches y de favoritismos que se realiza en el mismo, pues siempre ha demandado una política de mercado, ahí están su moción y numerosas preguntas, muchas de ellas no contestadas, pero la plantilla de personal real adscrito al mercado nunca se le ha facilitado y sabe que hay funcionarios de este Ayuntamiento con la plaza de vigilantes de mercado que están en otras dependencias y se necesitan vigilantes, porque los que están no son suficientes ya que realizan una doble función, pero además sigue reiterando que se elabore un reglamento de mercados, porque los vigilantes desconocen totalmente sus competencias; que siempre ha demandado una política de mercados que definiese el modelo de mercados que se quiere para la ciudad, ordenación y reglamentación en función de ese modelo, todo ello con una premisa básica de que cualquier remodelación y reorientación del mercado ha de respetar y ser compatible con la actividad de todos los vendedores, ahora mismo se está en una situación en la que sólo existe una cosa cierta, que el equipo de gobierno carece de una política para el mercado, su regulación, ordenación y funcionamiento, para la venda ambulante y la ubicación de la feria, en las que tan pronto se deciden cambios continuos como se suspenden obras programadas, porque si el grupo municipal socialista ha denunciado reiteradamente que el equipo de gobierno actuaba casi siempre al dictado del señor Cuiña, ahora sospecha que el mando a distancia ha sufrido una ampliación, cree que si se han parado las obras programadas para este año obedece a una intervención del señor Presidente de la Cámara de Comercio, al anunciar la presentación de un documento sobre el mercado y, esta denuncia la hace, desde un reconocimiento a la labor de la Cámara de Comercio, pero debería haber sido propiciada por este Ayuntamiento, porque el Concejal Delegado en ningún momento llevó a la Comisión algún tema referente a debatir planteamientos de futuro para el mercado, y el grupo municipal socialista está a favor de un planteamiento global del mercado, porque el planteamiento por fases de la reforma del mercado, que incorpora la moción del B.N.G., pueden no ser compatibles con el normal desarrollo de la actividad por parte de todos los vendedores y, si el modelo de reforma global exige obras que paralicen la actividad de los vendedores, su grupo desea plantemientos que compatibilicen reforma global y actividad, ya que no se trata exclusivamente de defender el derecho al trabajo de los vendedores, sino de plantearse el futuro del mercado como un instrumento fundamental para la revitalización del pequeño comercio e incluso un instrumento de vitalización de la propia zona monumental y, con ello, defendería también el derecho de los ciudadanos pontevedreses usuarios del mismo; que, ya en la pregunta que ha formulado el 23 de septiembre de 1994, de la que como casi siempre no ha obtenido respuesta, preguntaba, entre otras, en que consistirían las obras programadas para el mercado y si se iba a paralizar o semiparalizar la actividad del mismo y si, para este caso, el equipo de gobierno tenía alternativas para celebrar el mercado en otro lugar, por si acaso, y simplemente a título de poner posibilidades sobre la mesa, frente al mercado, al otro lado del río, existe una parcela de dominio público que podría ser una alternativa, por otro lado el equipo de gobierno debe creer también, y a los hechos se remite, que no valen las reformas parciales, y lo dice porque programa, proyecta y presupuesta obras que después no realiza, obras para las que no sólo tenía dinero sino que contaba con una subvención que significaba el 70% de las inversiones programadas, y no llevan a cabo unas obras a las que el señor Alcalde se refería en su resolución de solicitud de subvención como de imperiosa necesidad, pero las obras de imperiosa necesidad habrá que realizarlas formen o no parte de un proyecto global, por lo que en este sentido quisiera e interesa que la moción del B.N.G. incorporase la necesidad de la definición de un modelo de mercado como punto de arranque de la reforma global.
    Toma la palabra el señor Alcalde indicando que, en cuanto a esta moción, si ha habido un seguimiento de las decisiones de la Comisión de Gobierno que realmente ya está plasmada en esas decisiones y comunicada, como es su obligación, a través de los medios de comunicación, dando conocimiento de la misma también a los señores Concejales de los acuerdos de la Comisión de Gobierno, porque en este momento, como ha dicho la compañera Marica Adrio en una referencia a la Cámara de Comercio, que no comparte en cuanto a su visión, porque ojalá hubiera muchas instituciones como en este caso la Cámara que colaborarán con medios económicos en estudios que afectan a su sector, porque, el teledirigismo a que hace referencia, le puede decir que agradece a la Cámara de Comercio que haya hecho ese estudio, ahorrando otros dineros de este municipio, y aprovecha para invitar a todos los miembros de la Corporación, a las once de la mañana, a la presentación de ese estudio y de la maqueta correspondiente que tiene la Cámara de Comercio; que en la moción se pide, en primer lugar, un proyecto de reforma global del mercado de abastos que permita la ejecución en fases, con lo que está de acuerdo, pero ese proyecto viene dado y es convincente, una vez sometido a la Comisión correspondiente, el que presenta la Cámara, ya es uno, aunque también hay un proyecto redactado por los servicios municipales que sobrepasa los 220 millones de pesetas y, en cuanto a que no existe proyecto para la partida presupuestaria, había una memoria valorada firmada por técnico competente de esta Casa, lo que pasó es que cuando, de acuerdo con el Concejal delegado del Servicio, se empezó a proponer esta obra, surgió que si no se desalojaba parte del mercado para ejecutarlas, difícilmente tendrían un futuro, porque en un momento determinado se hicieron unas obras por este Concello sin desalojar, y el problema del movimiento del mercado llevó a que no tuvieran la eficacia que se deseaba; que, en cuanto a esas mociones a las que hacen referencia ambos intervinientes y que a veces dicen que no escucha el equipo de gobierno, una cosa es que su trámite en Comisión proceda o no proceda y, otra cosa, es que si ambos grupos de la oposición se han interesado en un tema en el que el equipo de gobierno también está interesado y que, de alguna manera quizás un poco obcecados por una subvención, la portavoz del grupo municipal socialista habla del 70% de subvención, la única que está concedida oficialmente y por escrito de la Consellería de Industria es de 10 millones de pesetas, en un presupuesto de cuarenta y tantos millones, por lo que se está hablando de un 20%, por tanto se entendió que esa memoria valorada que se iba a ejecutar, con la partida presupuestaria, no se debía hacer y contemplar ese estudioproyecto que mañana se presentará, por lo que se compromete a que todo eso pase a la Comisión correspondiente y, como el punto tres de la propuesta del B.N.G. habla de incluir unha partida en los orzamentos de 1995 para rematar o resto do proxecto, le puede adelantar que el proyecto que presenta mañana la Cámara pasa de mil millones de pesetas, porque es un proyecto más ambicioso pues contempla la remodelación en su totalidad del mercado de abastos, incluso con aparcamiento subterráneo, es un tipo de mercado ya de las que hoy existen en otras ciudades españolas como Valencia y Zaragoza, presentando también un estudio de la financiación de ese proyecto, no sólo con recursos municipales sino a través de la propia iniciativa privada, pero en todo caso ese punto número tres, por lo que pueda pasar, se hablará de plurianualidad si se afronta un proyecto realmente importante por este Ayuntamiento dada la escasez de medios; que, finalmente, tiene que decir que con la rectificación, que es de sabios, el equipo de gobierno ha demostrado su humildad, porque podía haber seguido adelante con ese proyecto, pero es muy respetuoso con los dineros públicos, aunque considera que es un tema de suma necesidad en la ciudad, no sólo por lo que en sí la plaza de abastos supone, sino para el entorno comercial de toda la zona monumental, por lo que, fija la postura del equipo de gobierno, en cuanto a esta moción, aunque ya está realmente fijada con anterioridad, es decir, elaborar ese proyecto, pero con el condicionante de incorporar el que mañana se va a presentar y analizarlo en Comisión, lo de la partida presupuestaria del punto número dos, solicita que se retire porque va en el contexto del tres, es decir, serán 1994, 1995 y 1996, según el proyecto que se apruebe y, en cuanto al punto número cuatro, no hay inconveniente que se estudie dentro del proyecto general.
    Nuevamente interviene el señor Fernández Lores, dicindo que agradecela aprobación da moción e que non ten ningún inconveniente en modificalos puntos de que se fala, incluso de facer un estudio de que mercado se quere, pero, si por parte do equipo de goberno, que neste aspecto entende que foi inoperante e non fixo caso nin en ningún momento propuso este tema abertamente á Corporación ou nas Comisións correspondentes, se houbera feito xa as cousas sen tantas idas e vidas, como humildemente recoñeceu o señor Alcalde cando presentou ese proxecto, porque efectivamente algún técnico competente firmou iso, pero o señor Alcalde sabe tamén que técnicos competentes emitiron opinións no seu día dicindo que non cabía a posibilidade de facer unha reforma parcial porque sería un parche, tal e como se fixo hai dez anos gastando 60 millóns e todo o mundo sabe como é a situación actual da praza, polo que rectificar é de sabios, xa que o BNG o que quería con esta moción era que a Corporación falase deste tema, se tomase un acordo público e se conseguiu.
    Le contesta el señor Alcalde que asume en su totalidad la responsabilidad de no haber llevado el tema del mercado de abastos a Comisión, pero ello fue debido a que estas mociones ya las ha incorporado al expediente y se trataba de un tema que, a iniciativa de la Alcaldía, estaba llevando la Comisión de Gobierno.
    Terminado el debate y como resultado del mismo el Pleno de la Corporación, por unanimidad, acuerda prestar aprobación a la moción presentada disponiendo que:
    A) Se proceda a la elaboración de un proyecto global de reforma del Mercado de Abastos que permita su posterior ejecución por fases, con cargo al Presupuesto de varios ejercicios económicos como gasto plurianual, incluyendo en la primera fase aquellas reformas más urgentes teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias del Presupuesto vigente y las ayudas otorgadas.
    B) Se solicite de la Consellería de Industria e Comercio de la Xunta de Galicia la prórroga y ampliación de la subvención concedida.
    C) Se elabore un censo de las actuales concesiones, para respetar los derechos adquiridos, así como el Reglamento por el que se regirá su funcionamiento.
    E) MOCIÓN DEL PORTAVOZ DEL GRUPO MUNICIPAL DEL B.N.G., DON MIGUEL ANXO FERNÁNDEZ LORES, RELATIVA A LA BÚSQUEDA DE UNA ALTERNATIVA AL VERTEDERO DEL RAPADIÑO.
    Previa declaración de urgencia en forma reglamentaria, el Pleno de la Corporación, por unanimidad, acuerda disponer su inclusión en el orden del día para debate y votación, en los términos siguientes:
    XUSTIFICACIÓN DA URXÉNCIA:
    A problemática dos resíduos sólidos urbanos na nosa cidade precisa dunha solución eficaz e urxente. O vertedeiro do Rapadiño non da para máis, e as posíbeis alternativas (que deberan estar tomadas hai xa moito tempo) non se poden demorar máis. Lembremos ao respeito que a tramitación e construcción dun vertedeiro controlado, coas mínimas garantías meioambientais, leva máis de 6 meses. Necesitase, pois, pasar da política de promesas do grupo de governo (que as máis das veces, por certo, son incumplidas) e acometer actuacións decididas e urxentes na procura dunha solución adecuada.
    EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
    1. O vertedeiro de lixo do Rapadiño está na actualidade saturado. É, polo tanto, preciso acometer urxentemente o seu selado se se queren garantir unhas mínimas condicións sanitárias e meio ambientais. Un selado que se debeu facerse hai xa moito tempo, de atender ás promesas, unha vez máis incumplidas, do Sr. Cuiña. Lembremos sobre este particular as promesas realizadas polo conselleiro, cando solicitou autorización para que verteran os concello de Vilagarcía, Vilaboa e Redondela, de pechalo a finais de 1991.
    2. A pesar de que era coñecido por todos a curta vida que lle quedaba ao vertedeiro do Rapadiño, o Concello de Pontevedra actuou con pasmosa pasividade á hora de procurar alternativas ao grave problema que se aveciñaba. Neste sentido, a finais de 1994, non existe aínda (cando menos o grupo de governo non a deu a coñecer) alternativa algunha ao vertedeiro saturado do Rapadiño.
    3. De todos é sabido que a tramitación e execución dun novo vertedeiro controlado, que posua todas as garantías técnicas, sanitarias e meio ambientais, terá, unha vez atopados os terreos axeitados, unha duración superior aos 6 meses.
    4. Nestes momentos xa estamos fóra de prazo, en tempo de prórroga. A desídia do Grupo de Governo por enfrentarse co problema e procurar solucións fai que, no mellor dos casos, e aínda que se encontren rapidamente os terreos, Pontevedra non teña onde verter o lixo.
    5. Cabe, pois, preguntarse por que se chegou a esta situación. A resposta é doada: porque a equipa de governo, co Sr. Alcalde á cabeza, non tomou ningunha medida ao respeito, a apesar de terse aprobado por unanimidade na Mancomunidade do Vertedeiro buscar solucións alternativas; e disto xa hai máis dun ano.
    A ineficácia e o desinterés demostrado polos nosos governantes levou, incluso, a despreciar o oferecemento do BNG de colaborar na búsqueda de solucións racionais e urxentes.
    6. Diante desta situación, o BNG vese na obriga de esixir do Governo Municipal prazos, e non promesas, para a construcción do novo vertedeiro, de tal xeito que os cidadáns de Pontevedra non se atopen nun futuro próximo co lixo diante da porta.
    Por todo o anteriormente exposto, o pleno do concello de Pontevedra acorda aprobar a seguinte
    MOCIÓN URXENTE:
    1. O Pleno do concello de Pontevedra insta ao grupo de governo a que no prazo dun mes apresente unha solución, que ofereza o máximo de garantías meioambientais e sanitárias ao vertedeiro do Rapadiño.
    Abierto el debate, se concede la palabra a don Miguel Anxo Fernández Lores, portavoz del grupo municipal del B.N.G., o cal manifesta que o tema do vertido de residuos sólidos no Concello de Pontevedra se está a tomar dende o seu punto de vista, moi á lixeira, xa que neste momento o vertedeiro de lixo do Rapadiño está saturado e é preciso acometer urxentemente o seu selado se se queren garantir unhas mínimas condicións sanitarias e medio ambientais, polo que este selado debeuse facer hai tempo ou, cando menos, empezalo, polo que se incumpliu, unha vez máis, as palabras do señor Cuiña que, cando solicitou do Concello de Pontevedra autorización de uso do vertedeiro do Rapadiño para os Concellos de Vilaboa, Vilagarcía e Redondela, fixo unha promesa pública de que o vertedeiro do Rapadiño se pecharía a finais de 1991, promesa que non se cumpriu de ningún xeito e moito teme que non se vaia cumprir no ano 1994 nin probablemente tampouco no 1995, a pesar de que en outubro ou setembro de 1993 se tivo unha reunión da Mancomunidade onde se tratou este tema e, por unanimidade e co asentimento e apoio do señor Alcalde, se acordou estudiar alternativas, pero non só non se fixo nada, senón que se tardou cerca dun ano en volver convocar a Mancomunidade do vertedeiro de Sanxenxo e Pontevedra, a pesar de que o vertedeiro está sobre saturado, sabendo, como tamén o señor Alcalde, que a tramitación e execución dun novo vertedeiro controlado, con tódalas garantías técnicas, sanitarias e medio ambientais, levará moito por enriba dos seis meses que pon nesta moción, porque necesítase que o proxecto se aprobe na Comisión Provincial de Medio Ambiente e executalo, pero nestes momentos non se ten nin sequera un terreo onde poder levar adiante este necesario novo vertedeiro controlado para o Concello de Pontevedra e o equipo de goberno ten a obriga de dar solucións porque neste momento é o que está a gobernar, porque o BNG, xa no seu momento, fixo propostas de colaboración na búsqueda de solucións racionais e urxentes que foron despreciadas polo equipo de goberno, polo que considera que, como oposición, debe esixir do goberno municipal prazos, non só promesas, para construcción dun novo vertedeiro, de tal xeito que os cidadáns de Pontevedra non se atopen, nun futuro próximo, co lixo diante da porta, por iso solicita do Pleno a aprobación da súa moción.
    Le indica el señor Alcalde que el equipo de gobierno no desprecia nada, como máximo o rexeita.
    A continuación interviene, don Camilo José Garrido Torres, en representación del grupo municipal del P. S. de GPSOE, diciendo que el grupo municipal socialista apoya la moción, como también al equipo de gobierno en algo que sería importante y que es una actitud decidida, en relación con la problemática que existe con los residuos sólidos urbanos en Pontevedra, y todos saben que es total la responsabilidad de la C.O.T.O.P. en un plan de residuos a nivel de Galicia y también de Pontevedra, porque esa demora va a provocar, en esta Corporación, en el Ayuntamiento y en el señor Alcalde, una situación de tensión que va a llevar a manifestaciones similares a las celebradas en esta última semana en relación con el problema universitario, en cuyo tema le viene diciendo que demande, reivindique y sea agresivo porque se trata de la ciudad de Pontevedra y, al final, ha reconocido y pretende ponerse al frente de una manifestación, siendo dos cosas tan antagónicas como podría ser el tema de vertedero y el universitario, pero el problema latente es exactamente el mismo y si consiente lo que está pasando con el problema de resíduos en Pontevedra, como ha consentido hasta ahora con el problema universitario, se encontrará con un problema que no es suyo, porque es ahora el momento de ver el incumplimiento reiterado por parte de aquellos responsables de la Xunta en dar solución a este problema, puesto que el Conselleiro habla que tiene determinadas soluciones y de un plan de resíduos que no presenta nunca, porque incluso cuando cesa al Delegado de la COTOP lo nombra, en los periódicos, para buscarle solución a este tema y nunca más se oyó, por lo que el señor Alcalde se está quedando con la patata caliente y explicará las tres mil quinientas gestiones que se están haciendo, pero lo cierto es que no está siendo agresivo con este tema y, como el problema de resíduos es urgente, al final salpicará a todos pero, particularmente, al señor Alcalde.
    Seguidamente, hace uso de la palabra don Germán de la Iglesia Faustino, en su calidad de Teniente de Alcalde Delegado de Limpieza, indicando que, una vez leída la moción que le fue entregada antes de iniciarse el Pleno, tenía pensado iniciar su intervención diciendo que no admitía, pero lo cambia por considerar que tiene que admitir toda clase crítica, que muy gustosamente asume, aunque no le gustan determinadas frases que se emplean en la moción, tales como pasar de la política de promesas del grupo de gobierno que, las más de las veces, son incumplidas, atender las promesas una vez más incumplidas por el señor Cuiña, que el Concello de Pontevedra actúa con pasmosa pasividad, diciendo, en el punto 5º, que la ineficacia y el desinterés demostrado por nuestros gobernantes llegó incluso a despreciar el ofrecimiento del Bloque Nacionalista Galego de colaborar en la búsqueda de soluciones racionales y urgentes y, termina la moción, requiriendo al Pleno para que en el plazo de un mes presente el grupo de gobierno una solución y, en cuanto a la mención de ocultismo y secretismo, tiene que decirle que lo único es que se están haciendo las cosas con prudencia por lo comprometido del tema, entiende que haya animaversión por parte de todas las parroquias, puesto que a nadie le gusta el tener un vertedero en las cercanías de su casa, pero luego se producen sorpresas enormes porque, en la misma reunión donde no se admite un vertedero, se propone la cesión de un terreno para la instalación de un polvorín, de todas formas ha oído no hace mucho tiempo la aseveración de que la basura no hay que removerla porque huele mal y es el criterio que viene siguiendo, pues todo el mundo habla y no lo dice por el grupo municipal del B.N.G., porque sabe la minuciosidad con que estudian las cosas cuando proponen una cuestión de este tipo, pero tiene la seguridad absoluta de que la mayoría de la gente que habla, no conoce el Rapadiño, de todas formas es una propiedade que tiene el Ayuntamiento en Outeiriño da Porca, de 44.150 metros, por la que pagó trece millones y medio de pesetas en el año 1987, aceptando la hoja de aprecio que pusieron los vecinos y el grupo de gobierno tiene el compromiso de sellarla y está a un paso de iniciar ese sellado, pues en 4 o 5 se tendrán los ofrecimientos de las empresas y una vez recibidos se reunirá la Mancomunidad para decidir que empresa lo va a hacer; que se trata de un problema difícil, habiéndose comenzado con unas gestiones en el Ayuntamiento de Villagarcia que resultaron fallidas por haberle dado publicidad antes del momento oportuno, se trató luego con el Ayuntamiento de Poio y allí por gestiones mal llevadas no se aceptó, considerando que han cometido un error, porque es lamentable lo que allí tienen, una fosa de 500 o 400 metros cuadrados llena de basuras y de agua en donde si que puede haber filtraciones y no en un vertedero controlado como el que se pretendía hacer; que se han hecho una serie de gestiones y, como es su obligación, pone los datos a disposición de cualquiera de los 25 componentes de la Corporación, existe un ofrecimiento particular, aunque por el propietario se ha solicitado que no transcienda, de un terreno de doce mil metros cuadrados, de los cuales ocho mil están vallados, con una nave edificada de 160 metros cuadrados, y este vertedero sería un negocio para el Ayuntamiento, porque con los ofrecimientos que se están haciendo a las Juntas de Montes, costaría 13 millones de pesetas, y se están haciendo gestiones porque tiene connotaciones con otro Ayuntamiento, existiendo también ofrecimiento de otro terreno, sin fuentes de ningún tipo, ni manantiales, ni riachuelos, vallado en su totalidad, pero los técnicos informan que no sería suficiente, aunque la suficiencia estaría en función del tiempo que se necesitase para verter los resíduos sólidos urbanos generados por la ciudad de Pontevedra, son dos propuestas privadas y realidades por escrito; también se han hecho otras gestiones para posibles ubicaciones en el término municipal de Pontevedra que se corresponden a cuatro parroquias, algunas de ellas entre parroquia y parroquia, por lo que pone estos datos a disposición de aquel que quiera charlar sobre el particular con la prudencia que pide para tratar estos casos, pues posee todo tipo de datos, fotografías ampliadas de la zona, características que reúnen y quien es el propietario, habiéndose dirigido también a algunas Juntas de Montes, que no han respondido, y esto es un trabajo del último año, que no se hace en un momento, por lo tanto le duele que se diga que no se hace nada, otra cosa es que a lo mejor las gestiones no estén bien hechas y ahí asume esa responsabilidad, pero no que no se están haciendo, pues todavía el pasado sábado con técnicos municipales y técnicos de la empresa ha estado viendo una cantera, habiéndose reunido con dos ingenieros de montes para ver esa posibilidad, llevándose la enorme sorpresa de que uno de los mayores vertederos del mundo, el de HongKong, está en una cantera que recibe por día 4.000 toneladas, y al estar ubicadas las canteras en montes de mano común se regenera el monte una vez sellado y además se rompe la agresividad que la cantera supone para todo el entorno; que también tiene el ofrecimiento, aunque le parece que es una entelequia por parte de ellos, de un Ayuntamiento que está estudiando con una empresa alemana el posible montaje de una planta y se dirige a este Ayuntamiento porque cualquier planta que se haga, como cualquier vertedero, no puede asumirlo un Ayuntamiento de cuatro, cinco o doce mil habitantes, porque su sostenimiento requiere la recepción de un número determinado de toneladas; en consecuencia y como conclusión, pide a los miembros de la Corporación que sopesen esto, estando abierto a recibir cualquier tipo de sugerencia, pero tiene el convencimiento y la esperanza de que, a pesar de todas estas enormes dificultades que supone la recogida de resíduos sólidos urbanos, no se tendrá que llegar a decirle a los pontevedreses que no existe solución, y lo único que pide es colaboración por parte de todos y, en aras de esa prudencia para tratar esos temas, agradece cualquier tipo de sugerencia y se pone a disposición de cualquier miembro de la Corporación.
    Nuevamente interviene el señor Fernández Lores, manifestando que remover non se removería pero calquera tipo de idea ó respecto tivo moita transcendencia pública co cal o oscurantismo non foi exitoso, preocupándolle que o señor Alcalde, despois de aceptar que había que reunir urxentemente a Mancomunidade para buscar solucións alternativas en novembro de 1993, non a reunira ata setembro de 1994 cando xa pasou un ano máis do necesario para o selado y pechado do Rapadiño, pero máis lle preocupa aínda o feito de que o señor Alcalde, na reunión que houbo da Mancomunidade en setembro de 1994, dixera que non se fale de alternativas ó vertedeiro do Rapadiño senón só de pechalo, porque ese tema é mellor deixalo para despois das eleccións municipais, pero o BNG ten a obriga, como oposición, de solicitar que se resolvan os problemas e o equipo de goberno de buscalas alternativas e dar solución ós problemas, para iso goberna, porque cando goberne o BNG, que será pronto, a pesar do que dí o señor Alcalde, presentará as alternativas e se mollará buscándoas; que, por outra banda, non discute que don Germán de la Iglesia estea a buscar solucións, pero lle preocupa a actitude política ó pensar que se está na mesma situación na que se estaba, polo que urxe dar solucións, e quen ten que dálas e o equipo de goberno, porque a postura do BNG non coincide coa do grupo municipal do PSOE, non é que non coincida senón que está de acordo en que a competencia dos residuos sólidos urbanos é da Xunta de Galicia, pero rexeita aberta e claramente o plano de residuos sólidos da Xunta porque vai encamiñado única e exclusivamente á incineración, mentres que o BNG é partidario da reciclaxe, da reducción do lixo e da recollida selectiva para tratar de evitar que se saturen demasiado os vertedeiros controlados, sendo curioso que neste sentido coincide coas xuventudes do partido popular en rexeitala incineración, polo que o Concello de Pontevedra tíñase que manifestar nese sentido e buscar outras alternativas, presionando diante da Xunta para que a solución vaia por outra vía, sendo o equipo de goberno o que ten que buscar unha alternativa porque é necesaria e ten que ser xa, porque fai falta probablemente máis dun ano para poder verter nun novo vertedeiro.

    Se ausenta de la sesión don Javier Pazos Carballido.

    Vuelve a intervenir el señor Garrido Torres, diciendo que sacaria un par de titulares de este tema, uno de ellos que don Germán de la Iglesia puso a parir al Alcalde de Poio por el problema que tiene allí con los vertederos, con lo que está de acuerdo, pero lo cierto es que aquí se está funcionando como un comando autónomo más y, la prueba está, en que al Alcalde de Poio desde aquí también se pone a parir por lo mal que lo hace, pero este Ayuntamiento va a ver si contrata una empresa alemana para que le dé solución a un problema de residuos, aunque, en cualquier caso, lo que si está perfectamente claro también es que don Germán de la Iglesia no tuvo reparo alguno en opinar e incluso movilizar, como corresponde a una persona que está en la actividad política, cuando se presenta el plan de residuos sólidos urbanos del gobierno tripartito, no teniendo ningún inconveniente en decir que aquel plan era malo, pero sin embargo ahora no hay ninguno y don Germán busca soluciones, lo que le consta porque sabe que es de los pocos Concejales que tiene un celo exquisito en su trabajo, pero lo que sucede es que no se está trabajando en este tema con el rigor necesario, aunque pide fe en que va a haber una solución, esperanza porque están próximas las posibles soluciones y mucha caridad porque dice que lo va a resolver la Corporación y, quien lo tiene que resolver, que no se preocupe, diga lo que diga en el Parlamento ese señor, comprometiéndose públicamente y adquiriendo el compromiso de pagar el sellado del vertedero y dar soluciones, pero desde esta Corporación no se le dice nada, lo cual no es lógico y nada tiene que ver con las gestiones que pueda hacer el Concejal Delegado cuyo celo no pone en duda, aunque lo que pone en duda y cree que no puede ser es que cada Ayuntamiento haga lo que le venga en gana, por lo tanto le reitera la oferta al señor Alcalde y al equipo de gobierno para que tomen este tema y lo pongan como punta de lanza, porque le va a caer a todos y al final la población, de la que son representantes, va a ser la afectada en un montón de gestiones que dilatan en el tiempo la verdadera solución, siendo el plan de residuos sólidos el que hay que exigir a quien tiene la responsabilidad de elaborarlo.
    De nuevo hace uso de la palabra el señor de la Iglesia Faustino, manifestando que, en cuanto a reciclaje, se está a la espera única y exclusivamente de que lleguen los contenedores, cuyo sistema de colocación va a ser exactamente el mismo que cuando la containerización, empezándose, en fecha próxima, por San Antoniño, colocando contenedores para vidrio y para papel que es lo que le preocupa y que además es lo que aminora los residuos sólidos a llevar a un vertedero, y si en San Antoniño es eficaz, lo mismo que se hizo en la otra ocasión, se irán extendiendo a toda la ciudad y espera que en no mucho tiempo se lleve el reciclaje de vidrios y papel; en cuanto a la empresa alemana, no ha dicho bajo ningún concepto que haya entrado en contacto con ninguna, sino que lo que dijo es que le han hablado unos señores de que había una empresa alemana; en cuanto a la crítica al plan de la Xunta, no la ha hecho nunca, solamente ha puesto pequeñas objeciones alguna vez, diciendo que a lo mejor ese plan no sería rentable para el Ayuntamiento de Pontevedra en cuanto al coste, por lo que tendría que abrirse camino por otro sistema; que, en otro orden de cosas, ha estado con los técnicos por Europa, mereciéndole su opinión muchísimo respeto, al ser todos ellos catedráticos de Universidad, para permitirse criticar lo que ellos están haciendo, formula pequeñas objeciones pero nunca ha dicho ese plan no, al contrario lo está esperando, habiendo cinco multinacionales que se presentaron y, al parecer, se le va a conceder a una de ellas por treinta mil millones de pesetas, y supone que al prorratear todo eso a lo mejor pudiera no ser interesante, pero de serlo se acogería a él, y si no es interesante y se tienen mejores soluciones se decidirá por estas.
    Toma la palabra el señor Alcalde indicando que la crítica que hizo don Germán de la Iglesia del sistema, la hizo también de los Ayuntamientos de Vilagarcía y de Poio, porque quizás el sistema fue mal llevado en ambos Ayuntamientos, y estima que a eso es a lo que se refería.
    Terminado el debate, el Pleno de la Corporación, por mayoría, con el voto favorable de los cinco Concejales presentes del grupo municipal del P.S. de GPSOE y de los tres Concejales presentes del grupo municipal del B.N.G., con el voto en contra de los trece Concejales presentes del grupo municipal del P.P., acuerda desestimar la moción del portavoz del grupo municipal del B.N.G., don Miguel Anxo Fernández Lores, relativa a la búsqueda de una alternativa al vertedero del Rapadiño.

    Y no habiendo más de que tratar, el Iltmo. Sr. Alcalde da por finalizado el acto, levantando la sesión a las veintiuna horas y treinta minutos, de todo lo cual, yo Secretario, doy fe.

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