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1836-10-15_Ordinaria. Acta de sesión 1836/10/15_Ordinaria
Acta de sesión 1836/10/15_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.12.996/1.1836-10-15_Ordinaria
Título Acta de sesión 1836/10/15_Ordinaria
Data(s) 1836-10-15 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 133 1. Presentación del Diputado D. Juan de Orrea y Sánchez, por su llegada a esta ciudad, disponiendo el Presidente que prestase el juramento prevenido en la Constitución para ejercer su encargo, como efectivamente ocurrió y mandado entrar se acercó a la mesa en donde estaba un Santo Crucifijo y los Evangelios y poniendo la mano sobre estos el Sr. Presidente le recibió juramento que hizo en debida forma, de ser fiel a la Reina, guardar la Constitución y desempeñar bien y fielmente su encargo. En su consecuencia tomó asiento que le corresponde. ------ Folla: 133 2. A petición del Secretario se acordó expedir para los gastos de oficina un libramiento de 500 reales de vellón contra el Depositario de esta Diputación. ------ Folla: 133 3. Al oficio del Sr. Intendente acompañando preguntas sobre la exportación de las pieles de cabritos y mas que expresa, se acordó que los Srs Valladares y Gayoso informen para contestar en su vista a la Real Orden circular de 6 del corriente, Gaceta nº 665. ------ Folla: 133 4. Sobre las preguntas del Gobierno para llevar a debido efecto el Real Decreto de 28 de setiembre, relativo al establecimiento de tantas Intendencias de la Hacienda Pública cuantas son las provincias de la Monarquía según la división del territorio español, hecha por Real Decreto de 30 de noviembre de 1833. Se acordó comisionar a los Sres. Valladares, Gayoso y Orrea, para que presenten su dictamen a fin de contestar. ------ Folla: 133 5. A la Real orden sobre la exención de diezmos y otras semillas, se pasó a informe del Sr. Gayoso a fin de dar cumplimiento a lo que por aquella se exige. ------ Folla: 133 6. A la Real Orden de 16 de septiembre sobre los que se ausentaron del Reino después de jurada la Constitución de 1812 sin licencia para partir ni autorización del Gobierno, quedó enterada la Diputación. ------ Folla: 133,134 7. Se leyó oficio del Jefe Político acompañando el presupuesto de gastos del Ayuntamiento de Soutomaior, con el dictamen de la Contaduría, y enterada la Diputación de uno y otro acordó en vista del examen del referido presupuesto: 1º que deben excluirse la partida de 60 reales que en los gastos ordinarios se presuponen para el Síndico Provincial, por hacer los pagos de boletines y penas de Cámaras. 2º conformares con las rebajas hechas por la Contaduría, y que la cantidad de los 2.998 reales y 40 maravedís a que se redujo aquella dicho presupuesto , deducidos los 60 que esta Diputación juzga no deben satisfacerse, con lo que queda reducido a 2.938 reales con 4 maravedís, se repartan y cobre por tercios, remitiendo nuevas hijuelas a la aprobación, nombrando Depositario dicho Ayuntamiento según está prevenido en el Reglamento vigente de estas Corporaciones, a fin de que, a su debido tiempo remita arregladas al mismo las cuentas que presente. 3º que la Dotación del Secretario que se entienda interina, hasta que reglas fijas determinen las cuotas en la rectificación de Ayuntamientos. 4º en cuanto a las partidas de penas de Cámara, que se tenga presente el resultado de las multas impuestas por dicho Ayuntamiento, que con la debida intervención deben entrar en poder del Depositario de las que deben satisfacerse dicha partida. La Diputación no puede menos que notar la falta de este presupuesto terminante a los medios de cubrir su importe, por lo que en su concepto antes de aprobado, debe advertirle al Ayuntamiento cubra este vacío, sirviendo de regla general esta indicación para que no se admitan ni pasen a las oficinas los expedientes de esta ramo, que carezcan de tan esencial requisito. ------ Folla: 134 8. Acordó al oficio del Sr. Jefe Político de 26 del mes último insertando el del 16 de agosto del Ayuntamiento de la Jurisdicción de Pontevedra, que la Diputación no halla inconveniente de rectificar su examen sobre el presupuesto de dicho ayuntamiento, concediéndoles 12 reales diarios al Secretario, confiada en que deberá ser uno de los que desaparecerá en la nueva división municipal. Advirtiéndose en cuanto al presupuesto, lo mismo que por regla general se acordó en esta fecha sobre el presupuesto del de Soutomaior. ------ Folla: 134 9. Acordó, en vista de oficio de 26 de septiembre del Sr. Jefe Político, rectificar el dictamen ofrecido sobre dicho presupuesto, aprobando el que presento el Ayuntamiento de Carril, bajo las reglas establecidas para el de Soutomaior, según lo acordado en esta Sesión. En la inteligencia de que debe entenderse interinamente hasta la rectificación de este distrito municipal. ------ Folla: 134 10. Al oficio del Sr. Jefe Político insertando el dictamen de la Contaduría de Propios sobre el presupuesto del Ayuntamiento de O Campo y Fragas, que acompaña original, con las exposiciones de D. José Novoa y Gayoso, contra el reparto que se verificó por la aprobación interina de dicho Jefe Político, acordó la Diputación conformarse con lo dispuesto en las reglas generales establecidas sobre que presentó del Ayuntamiento de Soutomaior. En cuanto a la queja del referido Sr. Gayoso, la Diputación juzga puede satisfacérsele exigiendo dicho ayuntamiento y agregándolo al mas inmediato. ------ Folla: 134 11. Con el fin de llevar a efecto la quinta de 50.000 hombres, con la mayor celeridad en el despacho de todo lo perteneciente a ella, se acordó que el Secretario forme y presente unas minutas o instrucción al fin indicado. ------ Folla: 134 12. Se acordó oficiar al Sr. Jefe Político para que se sirva hacer entender a la Contaduría de Propios que al examinar los presupuestos de gastos de los Ayuntamientos, se tenga presente en las partidas que designen para pago de la muerte de animales dañinos, lo que previene la Ordenanza de pesca y caza vigente. ------ Aprobada el acta dispuso el Señor Presidente levantar la sesión
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