Fondos
1837-04-08_Ordinaria. Acta de sesión 1837/04/08_Ordinaria
Acta de sesión 1837/04/08_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.12.996/1.1837-04-08_Ordinaria
Título Acta de sesión 1837/04/08_Ordinaria
Data(s) 1837-04-08 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 141 1. Se acordó señalar para la celebración de las sesiones ordinarias las horas de 9 de la mañana hasta las 2 de la tarde, sin perjuicio de designar oportunamente las que se crean más convenientes según las circunstancias para las sesiones extraordinarias que la Corporación juzgue necesarias. ------ Folla: 141 2. Se acordó que abra la correspondencia el Sr. Presidente, o quién le sustituya, con el Secretario, dando cuenta a la Corporación de los asuntos nuevos y pasando a las respectivas comisiones los que se hallen ya incoados. ------ Folla: 141,142 3. Nombramiento de las Comisiones que deben ocuparse en el despacho de los diferentes asuntos pendientes, quedando elegidos por mayoría los Sres. que siguen para las respectivas que se expresan: - Para el despacho de los negocios ordinarios y en la 1ª semana, los Srs Presidente y González, debiendo continuar para las sucesivas por su orden, uno de los Sres. Diputados más antiguos con uno de los más modernos, rubricando éste último los decretos. - Para examinar los asuntos pendientes sobre el empréstito nacional y agravios sobre repartimiento, a los Sres. Cadabal y Buet. - Para la de organización de Milicia Nacional y arbitrios destinados a su armamento y equipo: Villa y Salgado. - Para la de quinta: Gayoso y González. - Para la de organización, elección y parte política de los Ayuntamientos: Cadabal y Amado. - Para la de instrucción pública, artes, comercio y agricultura: Gayoso, González y Buet. - Para la administración de fondos de Ayuntamientos: Buet y Salgado. - Para las de Cárceles, alimentos de presos y más ramos de beneficencia: González y Amado. - Para la de formación de censo y estadística: Cadabal y Villa. - Para la de infracciones de ley y abusos de autoridad: Salgado y Gayoso. - Para la de obras públicas: Buet y Salgado. - Para la de división territorial: González y Villa. - Para la de suministros, bagajes, alojamientos y demás cargas personales que prestan los pueblos para el servicio público: Gayoso y Amado. ------ Folla: 142 3. Se acordó que el Secretario encargue 24 ejemplares de la "Instrucción para el Gobierno Económico Político de las Provincias". ------
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Nota