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Acta de sesión 1859/11/15_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.12.999/2.1859-11-16_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1859/11/15_Ordinaria

  • Data(s) 1859-11-16 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 124 1. Reunidos: gobernador presidente [interino Manuel Núñez de Prado], Amores, Sancho, Maceira, Espinosa, Troncoso Almansa, Araujo López, Yañez Rodríguez; en el salón de sesiones de la Diputación, se abrió la de este día con la lectura del acta del anterior que fue aprobada. Seguidamente se leyó un oficio del ministro de Fomento fecha 10 del actual, comunicado en 29 de agosto último por el gobernador civil a esta provincia, en que de Real Orden se manifiesta que, con arreglo a lo prevenido en el art. 36, del Real Decreto de 8 de mayo anterior, los gastos del personal y material de las Bibliotecas públicas de Reino se deben satisfacer todos por el presupuesto general ingresando en el Tesoro las cantidades con que para este objeto deben contribuir las provincias, más que por falta de uniformidad y método en el servicio económico de dichas bibliotecas se ha servido dictar SM las disposiciones que contiene dicha comunicación superior, de que quedó enterada esta Diputación provincial a los fines que aquella expresa. ------ Folla: 124 2. Se dio conta de un oficio de la Dirección General de Contribuciones fecha 4 de septiembre último, participando que el ministro de Hacienda con la de 6 del citado mes, comunicó a dicha Dirección una Real Orden por a cual SM la Reina se dignó mandar que se entreguen a los fondos provinciales los créditos que resulten a su favor por recargos sobre las contribuciones autorizados en presupuestos de años anteriores, ordenando que los goberndores pueden y deben cuidar que las dependencias de Hacienda recauden puntualmente los expresados valores, haciendo varias prevenciones a dichas autoridades todas referentes a que tengan efecto las liquidaciones de atrasos e ingresos de todos los créditos provinciales. En su vista la Diputación acuerda consignar que ha oido con complacencia el contenido de dicha comunicación, esperando del celo que distingue al presidente que cuidará de hacer se lleve a pronto y debido efecto la liquidación de todos los atrasos a que es acreedor este cuerpo provincial por sus recargos sobre contribuciones y demás, oficiando lo conducente con las dependencias de Hacienda la intervención de fondos provinciales hacer su confronte para que examinados también los antecedentes la Diputación acuerda en su 1ª reunión lo que sobre tan importante asunto sea procedente; y que sin perjuicio, atendida la necesidad de reunir fondos para cubrir las obligacines que pesan sobre el cuerpo provincial, visto que el descubierto en que se hallan algunos deudores es por demas escandaloso, cual sucede con Ramón Otero, se dicten contra ellos las más rigurosas providencias procediendo con actividad y sin alzar mano hasta hacer efectivos dichos créditos. ------ Folla: 125 3. La Diputación se enteró de un oficio fecha 28 de julio último en que el departamento de liquidación de la derrama general de la deuda pública manifiesta que el fiscal de dicha deuda examinó el expediente que se acompaña de indemnización de daños de la última guerra civil [carlista] a Manuel Otero, y que ha sido de opinión debe informar esta corporación si el dafnificado ha recibido alguna indemnización, o si aparece persona responsable de los daños causados; y en su vista acuerda manifestar que previo informe de la inervención, se conteste con lo que resulte, asi de los Libros de contabilidade como de los antecedentes que pueden existir en secretaría, devolviendo el anunciado expediente. ------ Folla: 125 4. Se leyó un oficio del capitán general de Galicia fecha 15 del actual manifestando que poniéndose sobre las armas del provincial de Tui amalgamando la fuerza del de Pontevedra, queriendo aprovechar la coincidencia de haber muchos jóvenes que conocen la música para formar una banda de lucimiento pide a la corporación que costee el gasto de instrumental, que a lo sumo ascenderá a la cantidad de 16 a 18.000 reales, exponiendo las razones en que funda su petición y en su vista acuerda este cuerpo provincial se manifieste a SE que después del patriotico donativo que la Diputación acaba de hacer al Gobierno de SM para la guerra de África [Marruecos], no le es posible llevar a cabo mayores sacrificios, sin desatender obligaciones muy sagradas de su presupuesto, e incurrir en responsabilidad distrayendo sus fondos de uno a otro concepto; sin embargo, queriendo dar una prueba del aprecio que le merece SE y la predilección con que mira al provincial de Tui, por componerse de soldados todos hijos de esta provincia, vota por unanimidad la suma de 5.000 reales del capítulo de imprevistos, que si las circunstancias lo permitiesen, a juicio del presidente pueden librarse a favor del 1º jefe de referido provincial para el exclusivo objeto expresado por el repetido capitán general. ------ Folla: 126 5. También se dio lectura a otra comunicación del Director General de Agricultura, Industria y Comercio fecha 7 del corriente en que manifiesta que oyendo previamente al ingeniero de montes de esta provincia, se le diga si convendrá o no para el mejor servicio del ramo crear una 2ª plaza de perito agrónomo, con las mismas atribuciones y dotaciones que la que existe actualmente; y la Diputación acuerda que aún cuando dicho ingeniero expresa que considera necesaria dicha creación, juzga por el contrario este cuerpo provincial que no es necesaria semejante creación, atendidas las circunstancias de esta provincia debiendo economizarse dicho gasto en la convicción y seguridad de que no por esto dejarán de mejorarse las condiciones cosmolígicas ? e hidrológicas de esta referida provincia. ------ Folla: 126 6. Diose conta del siguiente dictamen: "El diputado que suscribe se ha enterado del expediente instruido a consecuencia de la exposición de varios vecinos del puerto de Marín, solicitando la creación de una aduana de 2ª clase en el referido Puerto; y sin embargo de que la Diputación informó terminantemente sobre el particular con fecha 24 de abril del año pasado de 1858, la Dirección general de aduanas y aranceles, dirige al gobernador de la provincia con fecha 4 de julio del año actual diciendo que no satisfaciendo los deseos de la referida Dirección general el informe dado por la Junta de Comercio de Vigo en mayo últmo se pidan a la Diputación provincial y Administración de Hacienda Pública. Como esta Diputación según queda indicado haya evacuado uno sobre este asunto en 24 de abril del año último de 1858, cree el que suscribe que debe contestarse al oficio de SS el gobernador insertando copia del mismo informe y manifestando que la Corporación lo adapta en todas sus partes, sin que se le ofrezca cosa alguna que añadir. La Diputación sin embargo acordara lo que crea mas justo. Pontevedra 16 de noviembre de 1859, Ramón Sancho". Y la Corporación acuerda se informe en los términos propuestos en el anterior dictamen. ------ Folla: 127 7. Enterada la Diputación del expediente que para su informe la remite el Gobierno de provincia sobre si deben subvencionarse las obras del camino vecinal que desde Redondela se dirige a Ponteareas por la parroquia de Borbén, y en el que se precisan 2 alcantarillas cuyo costo parece es de 10.000 reales, que el ayuntamientos de Redondela solicita se satisfagan de fondos provinciales; y visto por la Corporación que en la sesión de 25 de octubre del año pasado de 1848 aparece clasificado como camino de 1º orden el que desde Redondela va a Ponteareas por el lugar de Villerga, San Xurxo, Lourido del ayuntamiento de Mós y cuesta de Galleiro. Y ahora resulta que el ayuntamiento de Redondela pretende se verifique el trazado o lleve dicho camino por la parte opuesta, o sea la parroquia de Borbén a evitar toda clase de inconvenientes; acuerda se prevenga al Director encargado de dicho camino que con toda brevedad forme el proyecto definitivo del trazado de dicho camino con la memoria razonada, de la conveniencia de variarlo de sostener el anterior acuerdo de la Diputación, y que en su vista del gobernador, sirviéndose tener presente que la misma tiene declarada la necesidad y justicia que asiste a los pueblos del distrito de Redondela para que se auxilie la construcción del referido camino con algunos fondos provinciales, lo verifique así según mejor lo permita el estado de dichos fondos. ------ Folla: 128 8. Seguidamente se dio conta de otro expediente también remitido por el Gobierno Civil de la provincia a informe de esta Diputación para que manifieste si se está en el caso de subvenir al costo de las obras de reparación del trozo de carretera de 2º orden desde el puente Louro a Tui, y que asciende entre materiales y mano de obra al total de 45.641 reales, según los presupuestos que acompañan del ingeniero de la provincia, y la corporación reconociendo no ya la justicia, sino la urgente necesidad de hacer tal reparación como en anteriores reuniones lo acordó, según resulta de actas, llegando hasta consignar alguna cantidad para tal objeto, como informa la sección del gobierno de conformidad con la misma en su dictamen de 5 del corriente, a cuenta se manifieste el gobernador que es conveniente y de precisión llevar a debido efecto con toda prontitud la reparación del trozo de camino en cuestión, a evitar su completo deterioro e inutilización pasa el tránsito, y que como así se ha visto se aumente cada y ver mas el costo de dicha reparación que indudablemente está a cargo de la provincia, por no hallarse en ejecución la ley de 22 de junio de 1857, según se confirma con hechos recientes de la superioridad; y que en tal concepto procede que permitiéndolo el Estado de fondos se disponga de los necesarios para dicha reparación con preferencia a otros pagos del mismo capítulo considerando que verificado el remate es creíble rebaje el importe de la obra, cuyos pagos también podrían estipularse a plazos convenientes par a facilitar aquella con más prontitud y con más ventajas para otras atenciones que pesan sobre los fondos provinciales. Atendiendo lo avanzado de la hora se levantó la sesión y cierra esta acta que firma el presidente y certifica el infrascrito secretario. ------

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