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Acta de sesión 1896/06/25_Extraordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.010/2.1896-06-25_Extraordinaria

  • Título Acta de sesión 1896/06/25_Extraordinaria

  • Data(s) 1896-06-25 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 17 Señores: Fraga Presidente, P. Otero, Álvarez Gimenez, Nine, Iglesias, Vidal, Neira, Limeses, Pereira, Méndez, Besada, G. Otero, A. Vázquez, Martínez, G. Álvarez. 1. Bajo la presidencia del Sr. D. Eugenio Fraga Mascato y con asistencia de los Señores designados al margen se abrió la sesión a las once de la mañana actuando como secretarios los Señores Prudencio Otero y Gustavo Álvarez. Diose lectura al edicto de convocatoria a la presente cesión extraordinaria inserto en el BOP correspondiente al día 12 del actual. Diose lectura al acta de la anterior sesión que fue aprobada. Se suspende la sesión para que las comisiones de Hacienda y Fomento emitan dictámenes en los asuntos sometidos a despacho. ------ Folla: 17 2. Reanudada diose cuenta del dictamen de la Comisión de Hacienda que dice: "A la Diputación: El Excmo. Sr. Arzobispo de Santiago inició en esta región el patriótico proyecto de organización de un cuerpo de ejército que, con el título de Voluntarios de Galicia, auxilie la obra de defensa de nuestras Antillas contra la insurrección separatista. Idea tan entusiasta y proyecto tan patriótico han sido secundados por todas las corporaciones, entidades y particulares de la región gallega y no podría la Diputación de Pontevedra ser una excepción en este regional concierto de voluntades. Por esta consideración la Comisión de Hacienda a la Excma. Diputación propone se sirva acordar que se conceda como subvención al Batallón de Voluntarios de Galicia, la cantidad de 10.000 pts, que en ningún caso podrán ser aplicadas a objeto distinto del que se propone y que habrán de satisfacerse tan pronto como el referido batallón se halle organizado. Palacio provincial de Pontevedra, 25 de junio de1896. Eugenio Fraga. Ángel Limeses. Salustiano Méndez." La Diputación acuerda de conformidad con lo propuesto en el anterior dictamen. ------ Folla: 17,18 3. Diose cuenta del dictamen de la Comisión de Fomento que dice así: "A la Diputación: La Comisión de Fomento con vista del proyecto y presupuesto de reparación del camino vecinal que une la feria de Silleda y Camporrapado en el Ayuntamiento de Silleda y teniendo en cuenta que la obra proyectada, es de indiscutible necesidad, a la Excma. Diputación propone se sirva conceder una subvención del 50% del importe de las obras en subasta que habrá de celebrarse con intervención de un señor Diputado provincial, satisfaciéndose la referida subvención con cargo a dos presupuestos. Palacio provincial de Pontevedra, 25 de junio de 1896." La Diputación acuerda de conformidad con lo propuesto en el anterior dictamen. ------ Folla: 18,19 4. Diose cuenta del dictamen de la Comisión de Fomento que dice así: "A la Excma. Diputación: La Comisión de Fomento ha examinado el adjunto proyecto de un paseo público para unir directamente las fuentes minero medicinales nominadas Troncoso y Chan da Gándara que constituyen el establecimiento balneario de Mondariz. No es la utilidad, ni la conveniencia; es la necesidad la que manda llevar a cabo obra de tanta importancia, de importancia, no por un coste, relativamente insignificante, sino por el servicio que ha de prestar a los enfermos que de la península y extranjero concurren en crecido número al pie de aquellas fuentes en busca de la salud perdida y que no pudiendo habitar los hoteles del establecimiento, carecen de sitio adecuado para solar y esparcimiento. La conveniencia de este paseo, que pudiera convertirse en ameno jardín, ya la reconoció VE en diferentes acuerdos; la reconoció la Dirección General de Sanidad, el Gobierno de Provincia, la Dirección Médica del establecimiento y todos los concurrentes al mismo, según consta del expediente que se acompaña. Tiempo es por lo tanto que, cumpliendo la Excma. Diputación lo dispuesto en el art. 23 del Reglamento de 12 de mayo de 1874 y ejerciendo las atribuciones que le concede el art. 74 de la ley orgánica provincial no difiera la ejecución de un proyecto que la necesidad impone y la humanidad doliente reclama. Sin extenderse en largas consideraciones expuestas en su mayor parte en la luminosa memoria de la Oficina de Caminos, la Comisión tiene honor de proponer a VE: 1º Que se sirva aprobar el adjunto proyecto. 2º Rogar al Sr. Gobernador se digne declararle de utilidad pública para los efectos de la ley de 10 de enero de 1879. 3º Luego que esta declaración tenga efecto, se saque a subasta lo más pronto posible la construcción del paseo jardín. 4º Que del capítulo 10 "Obras de nueva construcción" del presupuesto del ejercicio próximo se satisfaga el importe de aquella y 5º Que la Oficina de Caminos provinciales se encargue de la dirección y ejecución del proyecto. Palacio de sesiones. Pontevedra, 25 de junio de 1896. Eduardo Iglesias, Gumersindo Otero" El Sr. Álvarez usa de la palabra proponiendo la construcción de dos ramales que enlacen el paseo proyectado con el barrio de Troncoso. El Sr. Iglesias Añino sostiene el dictamen y, a propuesta suya, acuerda la Diputación aprobar en todas sus partes el de la Comisión de Fomento y autorizar al Director de Caminos provinciales para que proceda a la reparación de un camino que desde el barrio de Troncoso conduce al paseo, cuya construcción se acuerda por el lugar en que se halla enclavada la fuente pública, ordenándose al propio tiempo el estudio de dicho ramal de enlace del barrio de Troncoso con el citado paseo por el punto que fuese más conveniente a las necesidades del tránsito y facultando a la Comisión provincial para las resoluciones que procedan. ------ Folla: 19,20 5. Diose cuenta del dictamen de la Comisión de Fomento que dice: "A la Diputación: La Comisión de Fomento, enterada de la solicitud presentada por el Ayuntamiento de Ponteareas, en súplica de una subvención para la construcción de una Casa Consistorial y con vista de la memoria, presupuesto y proyecto que se acompaña, a la Excma. Diputación propone se sirva conceder al citado objeto una subvención del 50% del importe de las obras en subasta que habrá de celebrarse con intervención de un señor Diputado, satisfaciéndose la referida subvención con cargo a dos presupuestos. Palacio provincial de Pontevedra. 25 de junio de 1896. Eduardo Iglesias. Gumersindo Otero." La Diputación acuerda de conformidad con el anterior dictamen. ------ Folla: 20 6. Diose cuenta del dictamen de la Comisión de Fomento que dice: "A la Diputación: La Comisión de Fomento, enterada de la solicitud presentada por el Ayuntamiento de Gondomar, en súplica de una subvención para la construcción de una Casa Consistorial y con vista de la memoria, presupuesto y proyecto que se acompaña, a la Excma. Diputación propone se sirva conceder al citado objeto una subvención del 50% del importe de las obras en subasta que habrá de celebrarse con intervención de un señor Diputado satisfaciéndose la referida subvención con cargo a los presupuestos. Palacio provincial de Pontevedra, 25 de junio de 1896. Eduardo Iglesias. Gumersindo Otero." La Diputación acuerda de conformidad con el anterior dictamen. ------ Folla: 20,21 7. Diose cuenta del dictamen que dice: "A la Diputación: La Comisión de Fomento enterada de la solicitud que presenta el Ayuntamiento de Pontevedra sobre ampliación de subvención concedida para las obras de urbanización de los jardines de la Alameda y avenida del Palacio Provincial; y teniendo en cuenta que esta Corporación se halla en el ineludible deber de prestar todo su auxilio a las obras de referencia ya que estas contribuyen al ornato y embellecimiento de los alrededores del Palacio que es propiedad de la provincia, a la Excma. Diputación propone se sirva conceder al citado objeto una subvención de 15.000 pts cuya cantidad habrá de satisfacerse en partidas y por certificaciones de obras hechas hasta completar su total importe.Palacio provincial de Pontevedra, 25 de junio de 1896. Eduardo Iglesias, Gumersindo Otero." La Diputación acuerda de conformidad con lo propuesto en el anterior dictamen. ------ Folla: 21 8. Diose cuenta del dictamen que dice: "A la Diputación: Vista la instancia que dirige el Ayuntamiento de Pontevedra en súplica de que se subvencionen las obras de reparación del camino municipal de Albeiro a Pombo, cuyo coste calculado es el de 3.000 pts, la Comisión de Fomento a la Excma. Diputación propone se sirva conceder como subvención para las citadas obras, la cantidad de 1.500 pts, la cual se libre inmediatamente a favor del alcalde de Pontevedra, con la obligación de que, una vez ejecutadas las obras, justifique la inversión de la referida cantidad. Palacio provincial de Pontevedra, Junio 25 de 1896. Eduardo Iglesias, Gumersindo Otero." La Diputación acuerda de conformidad con el anterior dictamen. ------ Folla: 21,22 9. Diose cuenta del dictamen que dice: "A la Diputación: La Comisión de Fomento enterada de la súplica que dirige a esta Corporación el Ayuntamiento de Pontevedra, referente a que se amplíe la subvención concedida para reparación del camino vecinal del Gorgullón y teniendo en cuenta que las razones de utilidad que sirvieron de base para la concesión de la subvención anteriormente acordada existen ahora para la ampliación que se solicita, a la Excma. Diputación propone se sirva ampliar la referida subvención con la cantidad de 1.950 pts, la cual se libre inmediatamente a favor del alcalde de Pontevedra con la obligación de que una vez ejecutadas las obras justifique la inversión de la referida cantidad. Palacio provincial de Pontevedra. Junio 25 de 1896. Eduardo Iglesias, Gumersindo Otero". La Diputación acuerda de conformidad con el anterior dictamen. ------ Folla: 22,23 10. Diose cuenta del dictamen de la Comisión de Hacienda que dice: "A la Diputación: La Comisión de Hacienda se ha enterado de la comunicación que dirige a este cuerpo provincial el Ayuntamiento de [Pontevedra] la Capital, participándole que está dispuesto a hacerle cesión del edificio que ocupa la Casa Hospicio siempre que a la vez se haga cargo de los deberes que tiene para con los en ella asilados; y teniendo en cuenta: 1º Que la Casa Hospicio, aunque protegida por la Diputación y Ayuntamiento, no depende directamente de ninguna de estas Corporaciones, corriendo una administración a cargo de una Junta nombrada con arreglo a un Reglamento, lo que ha dado hasta ahora los mejores resultados posibles. 2º Que el Ayuntamiento carece de facultades para poder ceder el edificio de que se trata, no sólo por prohibírselo terminantemente la Ley municipal, sino por que el gobierno, al hacer cesión del referido edificio, lo hizo expresamente para el objeto a que está destinado. 3º Que de hacer suyo la Diputación el referido edificio, adquiriría implícitamente la obligación de constituir en provincial la Casa Hospicio, teniendo que alterar o variar el Reglamento por que se rige, sin duda alguna con perjuicio de los intereses de la Provincia y sin ventaja para los asilados, según viene demostrando la experiencia hasta ahora realizada. 4º Que no es fácil variar o trasladar a otro local el Hospicio, no sólo por que la Diputación no dispone de edificio apropósito para poder verificarlo, sino porque de construir otro nuevo en solar apropósito resultaría sumamente gravoso para la Caja provincial. Esta Comisión después de haber oído al Sr. Presidente de la Diputación, que lo es a la vez de dicha Casa Hospicio, tiene el honor de proponer a VE se subvencione a la Junta del referido Hospicio en la cantidad de 20.000 pts con destino a la construcción de la fachada del repetido edificio que dice a la Gran Vía y del cuerpo de que aquella tiene que formar parte a fin de que responda al buen ornato de la expresada avenida. Al objeto que se proceda por la Junta del Hospicio a acordar la formación del proyecto de la fachada referida con presupuesto y plano y del cuerpo del edificio correspondiente, debiendo presentar dichos trabajos, luego de terminados, a la Comisión provincial, a la que se le faculte para que, prestada su aprobación, acuerde el pago de la subvención referida para la realización de las obras, dentro del presupuesto que debe empezar a regir y del próximo de 1897-98. Palacio de sesiones Pontevedra, Junio 25 de 1896. Ángel Limeses. Salustiano Méndez." La Diputación acuerda de conformidad con el anterior dictamen y no habiendo más asuntos de que tratar se levante la sesión. ------

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