ATOPO
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Acta de sesión 1957/07/23_Ordinaria

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  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.065/1.1957-07-23_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1957/07/23_Ordinaria

  • Data(s) 1957-07-23 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

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  • Alcance e contido Folla: 19 Señores: Presidente: Sr. Rocafort Martinez. Vicepresidente: Sr. Pérez Crespo. Diputados: Sr. Bugallo Sineiro, Carballal Morgade, Cerecedo Lapatza, Conde de Ponte, Fernández Alonso, González Taboada, Massó García, Muiños Iglesias, Pousa Lamas, Romay Martínez, Sierra Cordo, Vázquez de Silva. Secretario: Sr. Posse García. Interventor: Sr. García Álvarez. 1. Presidida por el Iltmo,. Sr. D. Luis Rocafort Martínez, y con asistencia del Vicepresidente Sr. Pérez Crespo y de los Diputados Sres: Bugallo Sineiro, Carballal Morgade, Cerecedo Lapataza, Conde de Ponte, Fernández Alonso, González Taboada, Massó García, Muiños Iglesias, Pousa Lamas, Romay Martínez, Sierra Cordo y Vázquez de Silva; celebra sesión el Pleno de esta Excma. Diputación en el Salón de Actos del Palacio Provincial siendo las dieciocho horas del dia de hoy veintitres de julio de mil novecientos cincuenta y siete, actuando el Secretario de la Corporación Sr. Posse García y el Interventor de Fondos Sr. García Álvarez. Seguidamente se procede al despacho de los asuntos que figuran en el Orden del dia, adoptándose los acuerdos siguientes: Se da lectura de las actas de la sesión ordinaria y extraordinaria, correspondientes al dia 12 de junio del corriente año, las que han sido aprobadas por unanimidad. ------ Folla: 19 2. Devolver al Servicio Ganadero informe sobre repoblación del monte "Outeiro de Coto" y otros para que lo complete. Visto el informe que el Servicio Provincial de Fomento Ganadero, emite en relación con la propuesta de repoblación del monte "Outeiro de Coto y otros", se devuelve a dicho Servicio con el fin de que lo complete ya que lo remitido es insuficiente para poder decidir si procede o no la aprobación de dicha propuesta. ------ Folla: 19 3. Aprobar Plan de Aprovechamientos madeirables en montes Consorciados para el año 1957-1958. Visto el Plan de Aprovechamientos para el año 1957-58 que eleva el Sr. Ingeniero Director del Servicio Forestal, en montes Consorciados con el Patrimonio Forestal del Estado, y que se fija en 40.975,124 metros cúbicos de madera con corteza y 45.284 estéreos de leña que importan 23.306.002,84 pesetas, el Pleno acuerda prestarle su aprobación, y que se eleve al Patrimonio Forestal del Estado para su sanción definitiva. ------ Folla: 19 4. Enterarse de escrito de la Dción. General de Patrimonio Forestal del Estado relativo a escrito dirigido por la Presidencia en relación con otro dirigido a esta por el Ingeniero Director del Servicio Forestal de esta Diputación acordando revisar los Consorcios conforme se vayan haciendo propuestas. Se da cuenta del oficio nº 8395 de la Dirección General del Patrimonio Forestal del Estado de fecha 12 de los corrientes que transcrito literalmente dice lo siguiente: "ILtmo. Sr.: Visto el escrito presentado por esta Presidencia ante la Subdirección del Patrimonio Forestal del Estado en relación con otro dirigido a V.I. por el Ingeniero-Director del Servicio Forestal, esta Dirección General queda enterada de su contenido, entendiendo que no es de su incumbencia por tratarse de cuestiones de orden interno entre esa Corporación y el Servicio Forestal. Debo manifestar a V.I. que si bien esta Dirección General considera acertadas las medidas que esa Corporación tome conducentes a lograr un mayor saneamiento de la propiedad en los montes que aportan al Consorcio, así como para evitar o paliar los perjuicios que la repoblación pueda ocasionar en otras economías, considera muy interesante para evitar retrasos innecesarios -aún cuando en este caso no los haya habido- proceder a esos estudios e informes previamente a la aprobación del Consorcio por esa Diputación, ya que una vez aprobado el monte por la Diutaión y acpetoado por el Patrimono Fiorestal del Estado, el monte en cuestión entra a formar parte de los terrenos sobre los que el Patrimonio Forestal del Estado debe actuar mediante los correspondientes trabajos de repoblación. A estos efectos sería muy conveniente que por esa Corporación se revisara todos los consorcios antiguos en aquellos predios donde aún no se halla realizado trabajos de repoblación, para determinar sobre que superficies de los mismos podrían realizarse estos trabajos sin perjuicio para otras economías y estudiar la posible rescisión de los consorcios existentes en aquellos otros en que esa Diputación considere improcedente sean repoblados, atendiendo a las razones que existan en cada caso.- Lo que me complazco en comunicar a V.I. el Pleno acuerda que se proceda a revisar dichos Consorcios conforme se vayan haciendo las propuestas de repoblación correspondientes a cada monte. ------ Folla: 19 5. Aprobar propuesta de adquisición de material para realizar labores con el tractor D.S.D. 52 en el Centro Regional de E.I. y E. de Lourizán. Prestar aprobación a la propuesta que eleva el Sr. Ingeniero-Director del Centro Regional de Enseñanzas, Investigaciones y Experiencias Forestales de Lourizán, de adquisición de material de trabajo para realizar labores con el tractor D.S.D. 52, propiedad del Patrimonio Forestal del Estado, y adjudicado a dicho Centro, cuyo presupuesto es de pesetas 50.945,00 cuya propuesta se elevará al Patrimonio Forestal del Estado para su definitiva sanción. ------ Folla: 19 6. Aprobar propuesta de ampliación de las instalaciones de riego por aspersión en el Centro Regional de E.I. y E. de Lourizán. Prestar aprobación a la propuesta que eleva el Sr. Ingeniero-Director del Centro Regional de Enseñanzas, Investigaciones y Experiencias Forestales de Lourizán, de ampliación de las instalaciones de riego por aspersión en aquel Centro, y cuyo presupuesto es de 25.405,02 pesetas, debiendo ser elevada esta propuesta al Patrimonio Forestal del Estado, para su sanción definitiva. ------ Folla: 19 7. Aprobar propuesta de una acequia para traida de aguas del depósito del Centro Regional de Enseñanzas, I y E. de Lourizán. Prestar aprobación a la propuesta que eleva el Sr. Ingeniero-Director del Centro Regional de Enseñanzas, Investigaciones y Experiencias Forestales de Lourizán, de una acequia para traida de aguas al depósito en aquel Centro, y cuyo presupuesto es de 16.016.80 pesetas, debiendo ser elevada esta propuesta al Patrimonio Forestal del Estado para su sanción definitiva. ------ Folla: 19 8. Aprobar propuesta de construcción de un edificio para dependencias en el Centro Regional de Enseñanzas I y E. de Lourizán. Prestar aprobación a la propuesta que eleva el Sr. Ingeniero-Director del Centro Regional de Enseñanzas, Investigaciones y Experiencias Forestales de Lourizán, para construcción de un edificio para dependencias de aquel Centro, cuyo presupuesto por administración es de pesetas 399.835,74, debiendo elevarse esta propuesta al Patrimonio Forestal del Estado para su sanción definitiva. ------ Folla: 19 9. Aprobar cuentas que rinde la Dirección del Centro de E. y I.E. de Lourizán, de instalación de riego por aspersión del año 1956. Prestar aprobación a las Cuentas que rinde el Centro Regional de Enseñanzas, Investigaciones y Experiencias Forestales de Lourizán, correspondientes al año 1956, de instalación de riego por aspersión y que importan 60.651,61 pesetas, debiendo elevarse al Patrimonio Forestal del Estado para su sanción definitiva. ------ Folla: 19 10. Aprobar cuentas de obtención de semillas pratenses, correspondientes al año 1956. Prestar aprobación a las Cuentas que rinde el Sr. Ingeniero-Director del Centro Regional de Enseñanzas, Investigaciones y Experiencias Forestales de Lourizán, de obtención de semillas pratenses, correspondientes al año 1956, y que importan 2.535,34 pesetas, debiendo elevarse al Patrimonio Forestal del Estado, para su sanción definitiva. ------ Folla: 19 11. Aprobar cuentas que rinde la Dirección del Centro de E. y I.E. de Lourizán de reparación del invernadero correspondientes al año 1956. Prestar aprobación a las Cuentas que rinde, el Sr. Ingeniero-Director del Centro Regional de Enseñanzas, Investigaciones y Experiencias Forestales de Lourizán, de reparación del invernadero, correspondientes al año 1956, y que importan 43.418,33 pesetas, debiendo elevarse al Patrimonio Forestal del Estado, para su sanción definitiva. ------ Folla: 19 12. Devolver fianza a la Casa "Douthus" de Vigo depositada para responder de suministro de material al Gran Hospital. Vista la instancia suscrita por D. Ramón Pozo Doural, Gerente y propietario de la Casa "Douthus", domiciliada en Vigo, en súplica de que le sea devuelta la fianza constituida para responder del suministro de material facilitado al Gran Hospital en virtud de concurso anunciado al efecto. Tramitado el expediente correspondiente, en el que los informes de los Sres. Director del Hospital e Interventor de Fondos son favorables, así como que en el edicto publicado en el B.O. de la Provincia para oir reclamaciones, transcurridos los quince dias, no se ha presentado alguno, como se acredita con certificación del Sr. Secretario; el Pleno acuerda acceder a lo solicitado y que se devuelva la fianza de que se deja hecha mención. ------ Folla: 19 13. Devolver fianza a Sociedad Española de Oxigeno S.A., de Vigo, depositada para responder de suministro de material al Hogar Provincial. Vista la instancia suscrita por D. Carlos Alvarez en representación de la Sociedad Española de Oxigeno, S.A., con domicilio en Vigo, en súplica de que le sea devuelta la fianza constituida para responder del suministro de material facilitado al Hogar Provincial, en virtud de concurso anunciado al efecto. Tramitado el expediente correspondiente, en el que los informes de los Sres. Administrador de Hogar e Interventor de Fondos son favorables, así como que en el edicto publicado en el B.O. de la Provincia para oir reclamaciones, transcurridos los quince dias no se ha presentado alguna, como se acredita con certificación del Sr. Secretario; el Pleno acuerda acceder a lo solicitado y que se devuelva la fianza de que se deja hecho mención. ------ Folla: 19 14. Acceder a lo solicitado por D. Benito Malvar González y extender duplicado de Cartas de Pago nºs 306 y 307 de 1956, por extravio. Examinado el expediente de extravio de las Cartas de Pago números 306 y 307 de fecha 21 de septiembre del pasado año, a petición del contratista D. Benito Malvar González, domiciliado en Pontevedra, cuyas cartas de pago responden a la fianza definitiva constituida para responder de las obras del c.v. de Vilagarcia de Arousa a Castrogudin. El Pleno teniendo en cuenta la certificación expedida por el Sr. Interventor y que publicado edicto en el B.O. de la Provincia de 11 de mayo pasado se dió un plazo de 30 dias para presentar reclamaciones sin que se haya presentado alguna como se acredita con certificación expedida por el Sr. Secretario General, acuerda acceder a la petición del Sr. Malvar González y que se le extienda duplicado de las mismas a fin de elevar a escritura pública, el contrato correspondiente a dicha obra. ------ Folla: 19,20 15. Dejar sin valor y efecto el acuerdo de 12 de abril último relativo a la adjudicación a "Unión Cristalera" de montaje e instalación con lunas "Segurit" y "Cristañola" de un cierre a la entrada de Palacio Provincial y que se anuncie nuevo concurso. Por D. José Cameselle Rial, vecino de Vigo, industrial, propietario de "La Belga", dedicada a la cristaleria y fabricación de espejos, se presenta recurso de reposición, contra acuerdo adoptado por el Pleno de esta Excma. Corporación, en sesión de 12 de abril último, en virtud del cual, se aprobaba el expediente de excepción y la adjudicación directa a favor de la Casa "Unión Cristalera", también de Vigo, el montaje e instalación con luna "Securit" y "Cristañola" con su estructura metálica e inclusión del escudo provincial de un cierre, a la entrada del Palacio, basada en que dicha casa reunia las condiciones que estipula el Apartado 2º del articulo 41 del Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales, que dice: "Podrán ser contratados directamente los que no puedan ser objeto de concurrencia por versar sobre efectos o materiales amparados por patentes o que constituyan modelo de utilidad o de los que solo haya un producto o poseedor", caso que según el reclamante, no concurre en la Casa "Unión Cristalera", pues tanto él como otras casas dedicadas a estos menesteres, pueden hacer el montaje en las mismas condiciones y con las mismas lunas patentadas; por lo cual considera improcedente la adjudicación directa. Habiéndose fundado el acuerdo de que se deja hecho mención, en un informe erróneo del Sr. Aparejador Provincal que figura en el expediente, el mismo técnico, después de efectuada la adjudicación y en vista de la reclamaicón presentada, ralizó indagaciones sobre la supuesta limitaicón y uso de los refridos materiales, elevó otro ifnorme en el que dice: Que si bien las referidas lunas están somentodas a patente,, no existe en cambio Entidad comercial alguna que disponga de los citados materiales con carácter de exclusiva, pudiendo ser utilizados por cualquier empresa o partiuclar que los adquiera en la Casa productora. Leído asímismo el informe que emite el Sr. Asesor Jurídico de esta Diputacion en el que dice, que esclarecidos los hechos la adjudicaicón verificada, no se atienen a los supuestos que contempla el Reglamento de contratación sobre exclusivas de producción y que procede revocar el acuerdo en cuestión, estimando la reclamación presentada por la Casa "La Belga", de vigo, propeidad de D. José Cameselle Rial. En vista de todo lo cual, el Pleno acuerda dejar sin valor y efecto el acuerdo de 12 de abril último, y que por el Negociado correspondiente se anuncie un concurso para la ejecución de las mencionadas obras, y que se publique en el B.O. de la Provincia un edicto aclaratorio de este error, dando con ello satisfacción a la Casa recurrente. ------ Folla: 20 16. Se da cuenta de escrito de la Dción. Gral. de Turismo interesando se modernicen algunos servicios de Playa América. Se da cuenta de atento escrito de la Dirección General de Turismo, en el que se interesa de esta Excma. Diputación Provincial, que dada la importancia turistica de la llamada "Playa América" enclavada en el Ayuntamiento de Vigo, sería muy conveniente que algunos de los servicios públicos se modernizasen y sean dignos del incremento extraordinario que en un próximo futuro puede adquirir, así por ejemplo la electrificación, alineaciones y rasantes y abastecimiento de aguas, entre otras. El Pleno de este Organismo, de conformidad con lo informado sobre el particular por la Comisión de Obras Públicas y Paro Obrero y el Sr. Ingeniero-Director del Servicio de Vias y Obras Provinciales; acuerda significar a la Dirección General de Turismo que los servicios que se interesan son de exclusiva competencia municipal, ahora bien, con el ánimo de cooperar económicamente al hermosamiento y engrandecimiento de la playa que tanto interés despierta, sería conveniente que por la Alcaldía de Vigo se remitiese a esta Diputación el proyecto de obras a realizar e importe de las mismas, a fin de resolver sobre el particular. ------ Folla: 20 17. Resolver en escrito dirigido por la Delegación de Sindicatos de Vigo interesando reparaciones en el c.v. de la Playa de Patos en Nigrán. Visto el escrito que dirige a esta Diputación la Delegación Provincial de Sindicatos de Vigo, interesando reparaciones en el c.v. de la Playa de Patos, Ayuntamiento de Nigrán; el Pleno de conformidad con lo informado por la Comisión de Obras Públicas y Paro Obrero, así como por el Ingeniero de Vias y Obras provinciales, acuerda comunicar a dicha Delegación que se tendrá en cuenta en su dia la petición ya que actualmente está pendiente de terminación la construcción del muro a orillamar. ------ Folla: 20 18. Adjudicar a D. Adamantino Barreiro las obras de reparación del Palacio Provincial (2ª fase). Elevar a definitiva la adjudicación provisional efectuada a favor del contratista D. Adamantino Barreiro Cons, de las obras de reparación del Palacio Provincial (2ª fase), en la cantidad de un millón ochocientas cuarenta y dos mil noventa y seis pesetas con sesenta y nueve céntimos (1.842.096,69) cuyo anuncio de subasta fué publicado en el B.O. de la Provincia de 3 de junio y en el del Estado de 13 del mismo mes y año 1957, debiendo constituirse por el adjudicatario, dentro de los diez dias siguientes al de la notificación de este acuerdo, la fianza definitiva de 73.683,86 pesetas, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 46 concordante con el 82 del vigente Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales. ------ Folla: 20 19. Adjudicar a D. José Santiso las obras de reparación de CCac. y cc.vv. comprendidos en el Lote nº 2. Elevar a definitiva la adjudicación provisional efectuada a favor del contratista D. José Santiso Alba, las obras cuya reparación de cc.vv. y carreteras provinciales comprende el Lote nº 2 de la subasta anuciada en el B.O. de la Provincia de 18 de junio pasado dividida en cinco Lotes, debiendo constituirse por el adjudicatario dentro del plazo de diez dias contados a partir del siguiente de la notificación de este acuerdo, la fianza definitiva de 9.840,00 pesetas de conformidad con lo dispuesto en el articulo 46 concordante con el 82 del vigente Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales. ------ Folla: 20 20. Rechazar proposición formulada por D. Gumersindo Veiga en la subasta del c.v. de Prado a Vilatuxe y que se anuncie nueva subasta. Vista el acta extendida por la Mesa designada al efecto para dar apertura y publicidad al único pliego presentado optando a la adjudicación de las obras del c.v. de Prado a Vilatuxe, con un presupuesto de 322.084,56 pesetas y cuya subasta fué anunciada en el B.O. de la Provincia de 22 de junio pasado; y resultando que el pliego único, suscrito por D. Gumersindo Veiga Crespo, vecino de Lalín, se compromete a la realización de las obras con estricta sujeción a las condiciones y requisitos anunciadas en la cantidad en "alza" de 412.000,00 pesetas lo que en vista de la diferencia se solicitó el parecer del Sr. Ingeniero-Director de Vias y Obras, el que estima que no es aconsejable la adjudicación por resultar antieconómica para la Diputación. el Pleno, en virtud de las disposiciones vigentes dictadas que por el Negociado correspondiente se anuncie nuevamente la subasta. ------ Folla: 20 21. Desechar el único pliego presentado al concurso para suministro de una apisonadora, por la casa Instalaciones Industriales por no ajustarse a las bases. Se da cuenta del acta levantada por la Mesa designada para la apertura y publicidad del único pliego presentado al concurso para el suministro de una apisonadora para los Servicios de Vias y Obras provinciales anunciado en el B.O. de la Provincia de 3 de junio pasado, y en el del Estado de 13 del mismo mes y año 1957. Pasado el pliego, suscrito por D. Pablo Madariaga Alonso, vecino de Bilbao, en nombre y representación de "Instalaciones Industriales S.A.", a los Servicios Técnicos, a fin de que emitireran informe sobre la oferta, estos lo hacen en la forma siguiente: "Que la propuesta presentada no se ajusta a las bases del concurso, ya que en este se solicitaba una máquina con una potencia de 35 c.v. y la que ofrece el licitador es de 25/27 c.v. y por ello son del parecer se deseche el pliego presentado, toda vez que en estas condiciones de menor potencia de la máquina, es posible licitasen otras casas industriales. ------ Folla: 20 22. Acceder a lo solicitado por D. José Santiso Alba, concediéndole cuatro meses de prórroga para terminación c.v. de Oeste a Dimo. Vista la instancia suscrita por D. José Santiso Alba, contratista de las obras de construcción del c.v. de la carretera de Cesures a Carril en Oeste a Dimo, en soliciutd de que le sea concedida una prórroga de cuatro meses para la total terminación de las obras que le fueron adjudicadas en 31 de agosto de 1956, toda vez que no pudo cumplir su compromiso debido a la falta de cesión de terrenos y dificultades para conseguir la mano de obra; el Pleno de conformidad con los informes emitidos por la Dirección de Vias y Obras y la Comisión de Obras Públicas y Paro Obrero, acuerda acceder a lo interesado por el Sr. Santiso Alba. ------ Folla: 20 23. Denegar instancia de D. Bernardino Duran solicitando la revisión de precios en las obras del c.v. de Chapa a Carril a A Portela. De conformidad con lo informado por la Dirección de Vias y Obras y la Asesoría Jurídica, se acuerda desestimar instancia producida por D. Bernardino Durán Barros contratista de las obras de construcción del c.v. de Chapa a Carril a A Portela, que solicitaba la revisión de precios, conforme a lo prevenido en el Decreto de 18 de enero de 1957, ya que esta disposición exige que se cumplan las condiciones de la Ley de 17 de julio de 1945, sobre revisión de precios, que no les son de aplicación al interesado, en virtud de lo prevenido en el articulo 6º de la misma, sin que se halle comprendido en el Decreto-Ley que invoca para cuya aplicación se dictó también la Orden de 12 de febrero de 1957. Contra este acuerdo podrá formular el interesado recurso contencioso-administrativo, previo el de reposición en el plazo de quince dias, conforme a lo dispuesto en el articulo 377 de la Ley de Régimen Local, Texto refundido de 24 de junio de 1955. ------ Folla: 20,21 24. Aprobar los Padrones del arbitrio de Rodaje de los Ayuntamientos que se relacionan y estimar las reclamaciones presentadas. Se da cuenta de los Padrones del Arbitrio provincial de rodaje, correspondientes al ejercicio de 1957, de los términos municipales que a continuación se indican: Tui 25.233,50 Pesetas Cambados 14.783,50 " Campo Lameiro 9.337,50 " Lalín 48.559,50 " Gondomar 11.114,00 " Pontevedra 48.652,00 " Se da cuenta asímismo de las reclamaciones presentadas contra las cuotas consignadas en los Padrones que a continuación se indican: Ayuntamiento de Gondomar, una de Alfonso Salgueiro Salgueiro; Ayuntamiento de Lalín, una de Jesús Golmar Rodríguez. El Pleno provincial acuerda aprobar los Padrones de referencia y de conformidad con los informes del Jefe del Negociado de Arbitrios estimar las reclamaciones de los señores que se han indicado. ------ Folla: 21 25. Aprobar relación de altas en el arbitrio de Rodaje habidas en el Ayuntamiento de A Guarda durante 2º trimestre del año actual. Fué dada lectura a una relación que presenta el Negociado de Arbitrios, de las Altas de Rodaje habidas en el Ayuntamiento de A Guarda durante el segundo trimestre del año en curso, por un total de pesetas 112,50 y que comprende a los contribuyentes que a continuación se mencionan: 1. Manuel Martínez Valladares. 2. Victor Touriño López. 3. Victor Vicente Rodríguez. 4. Domingo Alfonso Martínez. 5. Manuel Alonso López. 6. Manuel Álvarez Sobrino. 7. Angel Lomba Español. 8. Francisco Portela Lorenzo. La Excma. Corporación aprobó la relación precedente y la consiguiente inclusión en el Padrón de Rodaje para el actual ejercicio económico, de los contribuyentes que comprende. ------ Folla: 21 26. Aprobar relación de altas en el Ayuntamiento de A Guarda durante el 1º trimestre del año actual. Fué dada lectura a una relación que presenta el Negociado de Arbitrios, de Altas en el arbitrio de Rodaje, habidas en el Ayuntamiento de A Guarda durante el primer trimestre del año en curso, por un total de pesetas 275, y que comprende a los contribuyentes que se mencionan a continuación: 1. Colegio San Francisco Javier. 2. El mismo. 3. El mismo. 4. El mismo. 5. El mismo. 6. Manuel Alfonso Carrero. 7. Rafael Vicente Cid. 8. Antonio Silva Areses. 9. Isidro González Franco. 10. Ramón Forjas Alvarez. 11. Juan Vicente Fernández. 12. Avelino García González. La Corporación acordó aprobar la relación que precede, teniendo por incluidos en el Padrón de Rodaje del Ayuntamiento de A Guarda para el actual ejercicio económico, a los contribuyentes que comprende. ------ Folla: 21 27. Aprobar relación de altas en el Ayuntamiento de Caldas de Reis durante el 1º trimestre del año en curso. Fué dada lectura a una relación que presenta el Negociado de Arbitrios, de las Altas por arbitrio de Rodaje, habida en el Ayuntamiento de Caldas de Reis durante el primer trimestre del año en curso, que ascienden a 24 pesetas, y corresponden a los contribuyentes que se citan a continuación: 1. Ramón Agrasar Cajaraville. 2. Manuel Erosa López. La Corporación acordó aprobar la relación precedente teniendo por incluidos en el Padrón de Rodaje del Ayuntamiento de Caldas de Reis para el actual ejercicio económico, a los contribuyentes que comprende. ------ Folla: 21 28. Aprobar relación de altas en el Ayuntamiento de Caldas de Reis, durante el 2º trimestre año en curso. Fué dada lectura a una relación que presenta el Negociado de Arbitrios, de las Altas por Arbitiro de Rodaje, habidas en el Ayuntamiento de Caldas de Reis durante el segundo trimestre del año en curso, importante pesetas 41,50 y que comprende a los contribuyentes que se mencionan: 1. Andrés Barreira Salgado. 2. Distrito Forestal de Pontevedra. 3. Manuel Otero Caldas. La Excma. Corporación acordó aprobar la precedente relación, teniendo a los contribuyentes citados por incluidos en el Padrón de Rodaje del Ayuntamiento de Caldas de Reis para el ejercicio económico de 1957. ------ Folla: 21 29. Aprobar relación de altas en el Padrón del Arbitrio de Rodaje en el Ayuntamiento de A Estrada habidas durante 1º trimestre año en curso. Fué dada lectura a una relación que presenta el Negociado de Arbitrios de Altas habidas en el Arbitrio de Rodaje, por el Ayuntamiento de A Estrada, durante el primer trimestre del año en curso, que comprende a los contribuyentes que se citan: 1. Albino Rodríguez Sánchez. 2. Marcos Ferreiras Torreiro. La Corporación acordó aprobar la relación que precede e incluir las Altas correspondientes por un total de pesetas 24, en el Padrón del arbitrio de Rodaje del Ayuntamiento de A Estrada para el año económico de 1957. ------ Folla: 21 30. Aprobar relación de Altas en el Ayuntamiento de Pontecesures durante el 1º trimestre del año en curso. Fué dada lectura a una relación de Altas en el arbitrio de Rodaje, producidas en el municipio de Pontecesures durante el primer trimestre del año en curso, que presenta el Negociado de Arbitrios, por un total de pesetas 82 (ochenta y dos), y que comprende a los contribuyentes que a continuación se citan: 1. José Costoya Pasin. 2. Carlos Rodríguez Magan. 3. Albino Sánchez Castroagudin. La Corporación acordó aprobar la precedente relación e incorporar las Altas que comprende, al Padrón del Arbitrio de Rodaje correspondiente al actual ejercicio económico. ------ Folla: 21 31. Aprobar relación de altas en el Ayuntamiento de Mondariz durante el primer trimestre del año en curso. Fué dada lectura a una relación de Altas en el arbitrio de Rodaje producidas en el Ayuntamiento de Mondariz en el primer trimestre del año en curso, que presenta el Negociado de Arbitrios, comprensiva de los contribuyentes que se citan a continuación, y por un importe total de pesetas 135,50: Contribuyentes: 1. Constantino Blanco Bernardez. 2. Celestino Reboredo Francisco. 3. Benito Pino Barcia. 4. Hermosinda Gómez Rivas. 5. Serafin Soto Gómez. 6. Delmiro Domínguez Domínguez. 7. José Pregal Pregal. 8. Emilio Bernardez Lema. 9. Manuel Cruces Pino. La Corporación acordó aprobar la precedente relación y la inclusión de las Altas que comprende, en el Padrón del arbitrio de Rodaje del Ayuntamiento de Mondariz para el actual ejercicio económico. ------ Folla: 21,24 32. Aprobar Padrones del arbitrio sobre Productos del Campo de los Ayuntamientos que se relacionan del ejercicio de 1956 y estimar las reclamaciones presentadas cuyos contribuyentes tributaran por el regimen de declaración jurada. Se da cuenta de los Padrones relativos al arbitrio sobre la Riqueza Provincial, Productos del campo, correspondientes al ejercicio de 1956, que se han confeccionado hasta la fecha y que corresponden a los términos municipales que a continuación: Silleda 86.225,00 Ponte Sampaio 6.620,00 Nigrán 103.157,87 A Estrada 222.935,64 Salvaterra de Miño 108.766,49 Se da cuenta asímismo de las reclamaciones presentadas contra las cuotas consignadas en los Padrones que a continuación se indican: Ayuntamiento de Silleda, las reclamaciones correspondientes a los señores siguientes: Herederos Antonio Espiño Brea Manuel Colmeiro Pena Manuela Requeiro López José Collazo Ouzande José Bibián Amigo Orasia Sarmiento Marza Ubaldina Sampayo Villanueva Concepción Rodríguez Abades Hrdos. José González y Josefa Rey Hrdos. Antonio Gómez Barreiro Hrdos. José García y Josefa Domínguez Concepción Colmeiro Colmeiro Antonio Miguez Requeijo Carmen García del Rio Gumersindo Brea Sánchez. Hrdos. José González Treares Manuel Brey García Manuel Espiño Lorenzo José Maceira Fandiño Concepción y Maria Espiño Santiago Brandariz García José Miguez Montoto Maximino Castro Rey Hrdos. Francisco Villanueva Collazo Hrdos. José Mosteiro Hermida Manuel Regueira Amigo José García Puente Manuel Gomas Seoane Ricardo Novo Varela Manuel González Rendo Hrdos. Manuel Fares Campos Antonio Montoto González Hrdos. Maria Josefa Hermida Antonio Colmeiro Montouto Antonio Tallón Sanmartin Ramón Amigo Quintela Hrdos. Florentino Ramos Hrdos. José Gómez Gulias Manuel Gil Castiñeira Claudio Tarrio Varela Hrdos. Fernando Taboada Hrdos. Antonio Montoto Villar Hrdos. Ramón Cacheda Fernández Manuel González Ares Ramona Cajide e hija Elias Pena Fernández Teresa Miguez Carballo Manuel Montoto Ares Marcelino Gil Cojo Hrdos. José Alonso Cabaleiro Ramón Salgueiro Villanueva Hrdos. Andrés Penalba Castro Hrdos. Ramón Castro Araujo Manuel Fernández Fondevila Manuel Fernández Valladares Maria Otero Salgueiro Agustín Valladares Rey Antonio Carnoto Conde Manuel Seoane Rodríguez Hrdos. José Pena Paseiro Ramona Framiñan Parada José González Pena Antonio Alcobre Collazo Hrdos. Valeriano Rey Moure José Calveiro Castro Emilio de la Torre Núñez Gerardo Balboa Blanco Dolores Salgueiro Vales Cándido Lorenzo Colmeiro José Rodríguez Conde Ramón González Dávila Hrdos. Manuel Fernández Gómez Carmen Couto García Manuel Pérez Amil Hrdos. Rosa Orosa Taboada Hipólito Costoyas Otero José López Amigo Amalia González Cabaleiro Manuel Calvo López Ramona Conde Cabaleiro Andrés Taboada Collazo Hrdos. Francisco Taboada Parada Manuel Calveiro Rosende Elvira Montero García Andrés Calveiro Collazo José Núñez Fares Filomena Orosa Pereiras Ramón Gaviero Fares José Villar Araujo Hrdos. Antonio Gómez Hrdos. Manuel Orosa Ouzande Hrdos. Andrés Castro Agustin Regueiro García Adelina Fares Hidalgo José Maria Espantoso Seoane Hrdos. Antonio Sánchez Rodríguez Juan Pereiras Taboadas Hrdos. Ramón Cornado Iglesias Consuelo Rey García Hrdos. Manuel García Sueiro Hrdos. Francisco Núñez Fidalgo. Eliseo Brea Sánchez Pedro Barreiro de la Fuente Jesusa Enriquez Valladares Hrdos. José Carames Barreiro Concepción Preiras Benita Troitiño Maceira Hrdos. Ramón Viz Fernández José Lojo Ocampo Pilar de la Fuente Manuel González Villamayor José Pereiras Iglesias Gracioso Pérez Villamayor Consuelo Villar García Antonio Rozadis Quintillán José Benito Villar Villamayor Emilia Ocampo Gómez Hrdos. Benito de la Fuente Andrés Louzao Ocampo Ramón Fernández Muras Claudio Rozados Villar Visitación Rey Quintás Hrdos. José Villamayor Eduarda Salgueiro José Miguez Couto José Dieguez Villar Josefa Fernández Saa Gerardo Pérez Iglesias Hrdos. José Vallage Casiano Fernández Costoyas José Filloy Bibián Filomena Villar Vázquez Cándido Rial Ramos José Taboada Otero Maria Otero Maceira Hrdos. Agustin Fernández Montoira Hrdos. José Lorenzo Barreira Hrdos. Manuel Sixto Carballeda Pilar Filloy Fernández Antonio Muiños Otero Ramón Fernández Muras Ramón Iglesias Rey Josefa Sánchez García Manuel Cumbraos Rey José Pérez Alonso Hrdos. Antonio Barreiro Antonio Barciela Pereiras David Bibin Castro Benito Lois García Hrdos. Vicente Garrido Barral Andrés Villar Fernández Asunción Espiñal José Montoto González Manuel Vecino Fillot Hrdos. Sergio Ocampo Ramos Ramón González López Benito Filloy García José Amil Costoyas Manuel Couto Otero José Colmeiro Carballo Antonio Fernández García Antonio Quintillán Requejo José Diéguez Hrdos.Antonio González Rodríguez Esperanza y Josefa Ansemil Villamayor Hrdos. Manuel Ortado Costoyas y Estrella Hrdos. Maria Otero Valladares Hrdos. José Sanmartin Fernández Hrdos. Manuel Fernández Fernández Consuelo Álvarez Cortizo Pilar García Lojo Eulalia Gestoso Angela Fernández Lorenzo José Caramés Porto Antonio Ferreiro Rozados Hrdos. José Vidal Alén José Barreiro Cortizo Hrdos. Dolores Miguez López Pilar Fernández Otero Rafael Silva Bascuas Daniel Filloy Villamayor Andrés López Troitiño José Lorenzo Villamayor Jaime Varela López Hrdos. José Fontao y Avelina García Hrdos. Antonio Filloy Valladares Manuel García García Manuel Miguez Filloy Domingo Silva Otero José García Troitiño Concepción García Barreiro Maximino Troitiño Salgueiro Hrdos. José Louzao Fondevila Manuel Miguez López Manuel González Cortizo José Miguez Caramés José García Lojo Manuel Fidalgo José Lojo Iglesias José Grela Miguez Maria Fernández Taboada José Arca López José Criado Filloy Manuel Diéguez Venancio García Otero Marcelino Diéguez Obdulia García Ramona Domínguez Bibián Hrdos. Bautista Montoto Villanueva Hrdos. Antonio Abades Rendo Josefa Conde Fernández Juan Otero Seoane Valentin Montoto Cajide Antonio Colmeiro Bibian Manuel González José Mª Abades Hrdos. José Martínez Manuel Abades Mariano Torres Villanueva José Mª Abades Hrdos. Manuel Ares Taboada Ramón Espiño Iglesias José González Pérez Manuel Ocampo Penide José Conde Guiadas Benito García del Rio Jesús Carames Brea Antonio Collazo Calvo José Campos Otero Hrdos. Manuel Ferreiro Bernardino Pena Pena Hrdos. Rudesinda Iriste Otero Hrdos. Ramón González Campos Agustín Costa Ovelleiro Concepción Campo Penido Ramón Colmeiro Rey Hrdos. Manuel Paz Pereira Maria Araujo Sotelo Hrdos. Fernando Caramés Pereiras Delfina Costoyas Porro Antonio Fontao Fernández José Carrera Costoyas Maria González Viz Antonio Miguez Díaz Jesús López Ferreiro Antonio Cacheda Barral Dolores Fernández Silva José Sueiro Ramos Esmeralda Figueiras Mouriño Hrdos. Manuel Rodríguez Manuel Barreiro Vázquez Dolores y Jesusa Valenzuela Otero Andrés Grela Louzao Antonio Lorenzo Alcobre José Moreira Canicoba José Vila López Hrdos. Manuel Espiño Bibián Hrdos. Antonio Costoyas Fernández Hrdos. Manuel Troitiño Alcobre Manuel Costoyas y esposa Manuel Núñez José Corneiro Rey Hrdos. José Fernández Bibián Ramona Ares Pedrera Hrdos. Francisco Otero Mancebo Delfina Giadas Neira Ramón Otero Fernández Elvira Giadas Rey Benigno Campos Iglesias Hrdos. José Rilo Bujar Benito Otero Vázquez Ramiro Guiadas Neira Ramón Campos González Maria Giadas Silva Carmen Portela de la Fuente José Matos López Pedro Moreira Mancebo José Maria Moreira Neira Ramón Domíguez Antonio Costa Blanco Antonio Bibián Jorge José Moreda Vázquez Ramón Campos Taboada Antonio Miguez González Hrdos. Ramón Rey Neira José González Maria Otero Cabaleiro Ramón Cartimil Varela Antonio Penido Bozados Manuel Lorenzo Canda Maria Couto Rodríguez Manuel Presas Rivas Hrdos. José Villanueva Pichel Florencio García Parada José Rodríguez Gómez Hrdos. Manuel García Visto Manuel Sanmartin Ferreiros Evaristo González Francisco Costoyas Otero Benito García Troitiño Manuel Cabaleiro Villanueva Ricardo González Fernández Obdulia Fraiz Fernández Maximino Taboada Gestoso Manuel Vieitez Abades Hrdos. Francisco Figueira Hrdos. Ramón Andión Fondevila Antonio Conde Conde José Fondevila Alcobre Joaquín Ares González José Lorenzo Alcobre Hrdos. Manuel Cuñarro Sánchez José Domínguez Pereiras José Rodríguez Rodríguez Andrés Souto González Manuel Novo Casal Hrdos. Basilio Colmeiro Campos Hrdos. Ramón Colmeiro Suárez Victor Gil Seoane Ramón Costas Ferreira José Oza Castro Maria Fernández Mato Manuel Seoane Hermida José Sanmartin Ferreira José Amigo Sueiro José Alonso Valladares Francisco Carballido Hrdos. Hipólito Fondevila Otero Hrdos. Manuel Platos Pazos Manuel Leal Granja Dositeo Canabal González Benito Dobarro Lage José Valiñas Barciela Manuel Taboada Tain Hrdos. Josefa Fernández Sanmartin Jesusa Somoza Bugarin Hrdos. José Lázara Otero José Lorenzo Gil Florentino Troitiño Varela Serafin Montoto Gil Hrdos. Carmen Cerviño López Hrdos. José Barciela Campos Antonio Maril Diéguez Hrdos. Indalecio López Villaverde Ramón Salgueiro Márquez Nemesio López Taboada Manuela Lamela Cangas Benjamin Cachafeiro Nogueira José Maria Orrea Varela Maria Josefa Liñares Sampayo José Suárez Fidalgo Jesús Liñares Francisco Sanmartin Mosteiro Florentina Alonso Taboada Antonio Temes Blanco José Dobarro Rodríguez Hrdos. José Salgueiro García Manuel Fernández Ares Benito Rodríguez Fontao Antonio Fernández Amigo Hrdos. José Fernández Soto Soledad Conde Rodríguez Hrdos. José Miguez Lazarra Jesús Salgueiro Calveiro Emilio Otero Ocampo Manuela López Blanco Hrdos. José Canda Gómez Camilo Casal Tato José Taboada Villaverde Manuel Ferro López José Pérez Balo Ramón Rodríguez Cajeda Hrdos. José Rodríguez Pérez Manuel Espiño Iglesias José Tabara Campa José Gulias Rey Hrdos. Andrés Giadas Evaristo Cerdeira Parada Hrdos. Josefa Gómez Ramos Manuel Amigo Reboredo Manuel Blanco Torres Ramón Matos Collazo Marcelino González Framiñan Hrdos. Ramón Sueiro Hrdos. Antonio Iglesias Fondevila Antonio García Fociños Mariano García Ares Francisco García José Senin Pereiras Hrdos. Manuel Pereiras Otero Encarnación Framiñan Carballo Hrdos. Manuel Rodríguez Matos Manuel Framiñan Costoyas Antonio García Espiño Indalecio Sánchez González Antonio Andrade Pereiras Ayuntamiento de Salvaterra de Miño Hrdos. Andrés Fariño Espiño una de: Manuela Rodríguez Alejandro Mon Landa Manuel Espiño López Carmen Gómez Pena Manuela González Gómez Manuel García Collazo Balbina González Hrdos. José Carolo Ansemil Manuel Andrade Pereiras El Pleno provincial acuerda aprobar los Padrones de referencia y de conformidad con los informes del Jefe del Negociado de Arbitrios estimar las reclamaciones de los Señores que se han indicado para que dichos contribuyentes puedan satisfacer el Arbitrio sobre la Riqueza Provincial correspondiente a los Productos del Campo por el sistema de declaración jurada. ------ Folla: 24 33. Acceder a lo solicitado por Dña. Flora Abilleira y reintegrarle el importe del recibo por Productos del Campo. Fué dada lectura a un informe del Jefe del Negociado de Arbitrios que copiado a la letra dice: Vista la adjunta instancia de Dña. Flora Abilleira Vieitez, vecina del lugar de Piolla, de la parroquia de Lérez, en este término municipal, el Jefe de Negociado que suscribe tiene el honor de manisfetar por via de informe, lo siguiente: "Que examinadas las reclamaciones presentadas contra el Padrón de Productos del Campo del Ayuntamiento de Pontevedra, año 1955, aparece entre ellas las que formula dicha señora, solicitando la exclusión del referido documento cobratorio, al amparo de la vigente Ordenanza. Por consiguiente, los recibos a su nombre, que aparecen unidos a su mencionada instancia, ha sido extendidos por error. La reclamante presentó, además, como afirma, declaración jurada negativa. Sin perjuicio, pues, de la oportuna inspección procede acceder a lo solicitado reintegrando a la Sra. Abilleira las 738,04 pesetas que indebidamente ha satisfecho. Pontevedra, 4 de julio de 1957.- El Jefe del Negociado de Arbitrios.- Firmado H. Blanco. La Corporación resolvió de acuerdo con el precedente informe. ------ Folla: 24 34. Acceder a lo solicitado por D. Primo Abal reintegrandole el importe del recibo por Productos del Campo abonado ya a medio de declaración jurada. Fué dada lectura a un informe del Jefe del Negociado de Arbitrios que copiado a la letra dice: "En relación con la adjunta instancia de D. Primo Abal Noya, vecino de Bora, el Jefe de Negociado que suscribe tiene el honor de informar: Que en la relación de reclamaciones presentadas durante la exposición al público del Padrón de Productos del Campo del Ayuntamiento de Pontevedra, año 1955, figura con el número 351, el reclamante: Que, en consecuencia con dicha reclamación, produjo declaración jurada, tributando, con arreglo a la misma, pesetas 33,30 según resguardo numero 332 de 2 de marzo de 1957. Que a pesar de ello no fué excluida del Padrón antes mencionado, habiendosele cobrado el 1º y el 2º semestres de 1955, lo cual aparece acreditado con los correspondientes recibos. Procede en consecuencia acceder a lo que se solicita devolviendo a D. Primo Abal Noya las pesetas 76,42, importe de los citados semestres, que satisfizo de más. Pontevedra 21 de mayo de 1957.- El Jefe del Negociado de Arbitrios. Firmado.- H. Blanco. La Corporación resolvió de acuerdo co el precedente informe. ------ Folla: 24 35. Acceder a lo solicitado a Dña. Natalia Bea García, por los mismos motivos que el anterior. Fué dada lectura a un informe del Jefe del Negociado de Arbitrios que copiado a la letra dice: "En relación con la adjunta instancia de Dña. Natalia Bea García, natural de Santa Maria de Xeve, el Jefe del Negociado que suscribe tiene el honor de informar: Que en la lista de reclamaciones presentadas durante la exposición al público del Padrón de Productos del Campo del Ayuntamiento de Pontevedra, año 1955, figura con el número 617, la solicitante. Que en consecuencia con dicha reclamación, produjo declaración jurada, tributando, con arreglo a la misma, pesetas 76,38 según resguardo número 197 de 11 de febrero del año en curso. Que a pesar de ello no fué excluida del Padrón de que queda hecho mérito, habiendoséle cobrado en concepto de cuota anual por el ejercicio referido pesetas 154,44 lo que acredita con los recibos correspondientes. Procede por tanto, acceder a lo que se interesa, devolviendo a la citada Dña. Natalia Bea García, la expresada cantidad de pesetas 154,14, que satisfizo de más. Pontevedra 21 de mayo de 1957. El Jefe del Negociado de Arbitrios- Firmado: H. Blanco. La Corporación resolvió de acuerdo con el precedente informe. ------ Folla: 24 36. Acceder a lo solicitado por Hrdos. de Segundo Gómez, reintegrandole el importe de recibos por Productos del Campo pagados por declaración jurada. Fué dada lectura a un informe del Jefe del Negociado de Arbitrios que copiado a la letra dice: "En relación con la adjunta instancia de los Señores Herederos de Segundo Gómez Fontán, vecinos del lugar de Fragoso, parroquia de San Andrés, de este término, el Jefe de Negociado que suscribe tiene el honor de informar: Que en la lista de reclamaciones presentadas durante la exposición al público del Padrón de Productos del Campo del Ayuntamiento de Pontevedra, figura, con el número 656 los reclamantes. Que en consonancia con dicha reclamación, produjeron declaración jurada, tributando, con sujección a la misma, pesetas 28,03, según resguardo 250 de 19 de febrero del año en curso. Que a pesar de ello, no fueron excluidos del Padrón de que queda hecho mérito, habiendoseles cobrado los semestres 1º y 2º del citado ejercicio, en junto, 67,88 pesetas, lo que acreditan con los recibos correspondientes. Procede, por lo tanto, acceder a lo que se interesa, devolviendo a los Sres. Herederos de Segundo Gómez Fontán, la expresada suma de pesetas 67,88, que satisficieron de más. Pontevedra, 20 de mayo de 1957.- El Jefe del Negociado de Arbitrios.- Firmado H. Blanco. La Corporación resolvió de acuerdo con el precedente informe. ------ Folla: 24 37. Acceder a lo solicitado por Trinidad Martínez por los mismos motivos. Fué dada lectura a un informe del Jefe del Negociado de Arbitrios que copiado a la letra dice: "En relación con la adjunta instancia de Dña. Trinidad Martínez Garrido, vecina de Bora, el Jefe de Negociado que suscribe tiene el honor de informar: Que en la lista de reclamaciones presentadas durante la exposición al público del Padrón de Productos del Campo del Ayuntamiento de Pontevedra, año de 1955, figura con el nº 346, la solicitante. Que, en consonancia con dicha reclamación, produjo reclamación jurada, tributando, con arreglo a la misma, pesetas 8,85, según resguardo 622 de 7 de mayo de 1957. Que a pesar de ello no fué exlcuida del Padrón que queda referido, habiendosele cobrado en concepto de cuota anual por el ejercicio arriba mencionado, pesetas 44,48, lo que acredita con el recibo correspondiente. Procede, en consecuencia, acceder a lo que se interesa, devolviendo a la citada Dña. Trinidad Martínez Garrido, la expresada cuota anual de pesetas 44,48, que satisfizo de más. Pontevedra 21 de mayo de 1957.- El Jefe del Negociado de Arbitrios.- Firmado H. Blanco. La Corporación resolvió de acuerdo con el preinserto informe. ------ Folla: 24,25 38. Acceder a lo solicitado por Ramón Pousa Rodríguez en relación con recibos por Productos del Campo. Fué dada lectura a un informe que suscribe el Jefe del Negociado de Arbitrios que copiado a la letra dice: "Vista la instancia adjunta del vecino de Vila de Cruces D. Ramón Pousa Rodríguez, el Jefe de Negociado que suscribe tiene el honor de informar: En el Padrón de Productos del Campo de dicho Municipio correspondiente a 1954, se fija al solicitante una cuota anual de pesetas 226,77; pero ocurre que al extender los correspondientes recibos, se leyó erróneamente por un nueve el primer guarismo de la citada cifra, elevándola así a pesetas 926,77 lo que dió origen a la expresada reclamación. Los recibos del mismo contribuyente por el año 1955 están extendidos sobre la cuota anual de pesetas 158,90 que es la del año anterior de pesetas 226,77, como queda dicho, menos el 30% de reducción acordada por la Excma. Corporación, con carácter general. Unos y otros recibos obran, incobrados, en poder del Recaudador de la Zona de Lalín. Procede, en consecuencia, acceder a lo solicitado, devolviendo a Caja los recibos de 1954, extendidos con error, para la rectificación oportuna, y ulterior cobro, sin recargo, al interesado. Sin recargo, también, deberán serle cobrados los de 1955, toda vez su detención obedece al impago, justificado, de los de 1954.- Pontevedra, 4 de julio de 1957.- El Jefe del Negociado de Arbitrios.- Firmado H. Blanco. La Corporación resolvió de acuerdo con el precedente informe. ------ Folla: 25 39. Aceptar Conciertos para el pago del Arbitrio sobre la Riqueza Provincial con los Sres. que se relacionan en la cantidad que a cada uno se fija. Vistos los escritos producidos por los Sres. que a continuación se relacionan en los que manifiestan aceptar la cifra que a cada uno se indica, como importe del Concierto para el pago del arbitrio sobre la riqueza provincial para el año 1957; el Pleno por unanimidad acuerda aceptar dichos Conciertos con arreglo a las Bases aprobadas por la Corporación provincial en sesión de 12 de abril último. D.S.A. Guisasola 75.000,00 D. Silverio Galbán Otero 11.306,02 D. Pita Hermanos, S.A. 20.973,19 D. Amador Otero Fernández 7.613,00 D. Otero Diz y Otero, S.L. 11.306,02 D. Crespo Ribas y Varela 11.306,02 D. Manuel Gómez Pomares 4.500,00 D. Industrial Lechera Peninsular, S.A. 830.000,00 D. Francisco Daporta Oubiña 7.613,01 D. Eugenio Escudero Lastra 7.613,03 ------ Folla: 25 40. Conceder bolsa de viaje para ampliación de estudios a la becaria honorífica Sta. Margarita Bermúdez Martínez. Visto el informe de la Comisión de Cultura, proponiendo se conceda a la Becaria honorífica de esta Diputación, Sta. Margarita Flora Bermúdez Martínez, una bolsa de viaje, ya que existe cantidad disponible en el vigente presupuesto procedente de la beca de Artes Industriales declarada desierta por la Corporación en sesión de 15 del pasado Febrero, en reconocimiento a sus dotes artísticas y a fin de que pueda ampliar sus estudios de violin [MÚSICA]. Se acuerda que la consignación existente en el vigente Presupuesto para la beca de Artes Industriales, declarada desierta, consistente en 8.000 pesetas, se libren a favor de la citada becaria honorífica, Sta. Bermúdez Martínez, cuya dotación no puede incrementarse, toda vez que el régimen de economia que ha sido necesario establecer en todo gasto del Presupuesto Ordinario, no lo permite. ------ Folla: 25 41. Adquirir 100 ejemplares de la obra titulada "La Medicina Mágica de Galicia y otros Esbozos" de D. José Zunzunegui Freire. Vista la instancia que dirige a esta Diputación D. José Zunzunegui Freire, Médico de Vigo, solicitando apoyo económico para la publicación de una obra que lleva por titulo "La Medicina Mágica de Galicia y otros Esbozos" premiada por el Centro Gallego de Buenos Aires en concurso literario del año 1952. Se acuerda, de conformidad con el informe emitido por la Comisión de Hacienda, la adquisición de 100 ejemplares de la citada obra premiada por el Centro Gallego de Buenos Aires. ------ Folla: 25 42. Adquirir un ejemplar de la obra de D. Ramón Otero Pedrayo "Geografia de España" y destinarla al Hogar Provincial. Vista la instancia que suscribe D. Abilio Muiños Adán; vecino de esta ciudad, en nombre y representación de D. Ramón Otero Pedrayo, Catedrático de Geografia de la Universidad de Santiago de Compostela, interesando la adquisición por esta Diputación de uno o varios ejemplares de la obra "Geografia de España" de la que es autor dicho Catedrático Sr. Otero Pedrayo, que consta de cuatro volúmenes, se acuerda, de conformidad con el informe emitido por la Comisión de Hacienda, la adquisición de un ejemplar de la mencionada "Geografia de España", con destino al Hogar Provincial, por tratarse de una obra de alto valor, dentro de su género. ------ Folla: 25 43. Pasar a informe Comisión de Hacienda escrito de Delegación Sindicatos, Vigo solicitando subvención. Pasar a informe de la Comisión de Hacienda, escrito de la Delegación de Sindicatos de Vigo en la que solicita subvención para pago de alquileres de la "Escuela de Formación Profesional, Ebanisteria, Carpinteria y Tallado" en esta Capital, así como una asignación para pago de Profesorado de la misma. ------ Folla: 25 44. Pasar a informe Comisión de Hacienda escrito de Delegación Sindicatos, Vigo solicitando subvención. Pasar a informe de la Comisión de Hacienda escrito de la Delegación Provincial de Sindicatos de Vigo, en la que solicita subvención para compra de un solar para la "Escuela de Formación Profesional" en proyecto de construcción, en Vigo. ------ Folla: 25 45. Adjudicar la plaza de Médico Jefe Clínico Oftalmólogo de la Beneficencia Provincial a D. Jaime Magdalena Castiñeiras. Se da cuenta del expediente de la oposición anunciada para cubrir en propiedad la plaza de Médico Jefe Clínico Oftalmólogo de la Beneficencia Provincial. el Pleno, aceptando la propuesta del Tribunal Calificador, tiene a bien designar a D. Jaime Magdalena Castiñeiras para el desempeño del referido cargo, quien percibirá en concepto de sueldo anual la cantidad de 22.000 pesetas, dos pagas extraordinarias por año y demás emolumentos reglamentarias, debiendo expedirse el correspondiente titulo administrativo que le acredite como funcionario provincial, y tomar posesión del cargo ante el Sr. Secretario General en el plazo de treinta dias hábiles, contados a partir del siguiente al de la notificación de este acuerdo al interesado. ------ Folla: 25 46. Sobreseer expediente disciplinario seguido al Dr. D. Carlos Pino Alvarez por supuestas faltas en el servicio. Se da cuenta del expediente disciplinario instruido al Médico Tocoginecólogo de la Beneficencia Provincial D. Carlos Pino Alvarez, por faltas atribuidas en el ejercicio de su cargo. Examinadas detenidamente las actuaciones practicadas, el Pleno tiene a bien aceptar la propuesta que suscribe el Diputado-Instructor D. Frutos Cerecedo Lapatza, acordando el sobreseimiento y archivo del expediente, por no acreditarse la existencia de hechos concretos sobre que fundamentar la culpabilidad del expedientado. ------ Folla: 25 47. Como consecuencia de expediente seguido al Dr. Pino Alvarez, se acuerda que Dña. Dolores Santamaria cese en sus funciones de Becaria, al finalizar el plazo sin que haya lugar a prórroga. Justificado en el expediente disciplinario instruido al Dr. Pino Alvarez que la Médico becaria Dña. Dolores Santamarina Zapatero ha sido la que ordenó el dia 30 de enero último que la enferma Rosalia Martínez Gondar se levantase de la cama que tenía asignada en el Servicio de Obstetricia del Gran Hospital por necesitarse para otra enferma, lo que no era necesario disponer ya que habia camas disponibles dicho dia, sin causar molestias y riesgos innecesarios a dicha enferma; el Pleno, aceptando la propuesta del Instructor, acuerda que tan pronto como finalice el plazo por el que la beca de la especialidad de Tocoginecología que se le concedió, cese en su disfrute sin haber lugar a prórroga de la misma. ------ Folla: 25 48. Resolver en instancia producida por Dña. Maria Vigo Domínguez viuda y huerfana de funcionario en relación con sus haberes pasivos y asistencia sanitaria. Se da cuenta de instancia suscrita por Dña. Maria Vigo Dominguez, mayor de 70 años, viuda y huerfana de funcionario provincial, solicitando la mejora de sus derechos pasivos y asistencia médico-farmaceútica gratuita, conforme a lo dispuesto en la Orden de 30 de noviembre de 1956. Teniendo en cuenta que el incremento legal establecido en este caso concreto por la expresada disposición es equivalente al 50% de la cuantía básico, prescindiendo de los aumentos que la Corporación haya concedido; y que con posterioridad al acuerdo adoptado en sesión de 9 de julio de 1945, por el que se trasmitió a la solicitante la pensión de viudedad que venía disfrutando su fallecida madre Dña. Josefa Domínguez Seoane, fijada en 1.000,00 pesetas anuales, pasó sucesivamente la interesada a percibir 1.500 pesetas, 2.500 y ultimamente 3.000 pesetas concedidas por acuerdo de 31 de enero de 1956, que son las que actualmente disfruta, aparte un plus de carestia de vida de 1.016,82 pesetas al año, cantidades estas que rebasan con exceso lo que le correspondería mejorar con arreglo al aludido Decreto de 30 de noviembre de 1956, y que con arreglo a la Ley reabsorven dicha mejora; el Pleno lamenta tener que denegar lo que se solicita. En cambio, estimando que la solicitante reune las condiciones legales de pobreza en el sentido legal y se halla imposibilitada para el trabajo, acuerda concederle el derecho de asistencia médico-farmaceútica gratuita en las mismas condiciones que los funcionarios titulares de esta Diputación. Contra este acuerdo podrá formular recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar de la notificación o publicación de este acuerdo, previo al Contencioso-administrativo que podrá interponerse en el plazo de dos meses contados desde el dia siguiente al de la notificación del acuerdo resolutorio del recurso de reposición conforme disponen los articulos 52 y 58 de la nueva Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956. ------ Folla: 25 49. Enterarse de resolución concediendo licencia a D. Aureliano Virgós, Farmaceutico del Hospital, para cumplir sus deberes militares. Quedar enterado de resolución presidencia lde fecha 10 de junio del año en curso, por la que se concedió al Farmaceutico del Gran Hospital D. Aureliano Virgós Pérez Ferreiro licencia forzosa para el cumplimiento de sus deberes militares en la Jefatura de los servicios Farmaceuticos de la 5ª Región Militar, en Zaragoza, designándose al propio tiempo para regentar provisionalmente, la Farmacia del Gran Hospital a D. Luis Lorente Sanjurjo, Farmaceutico establecido en esta Capital. ------ Folla: 26 50. Traspasar los derechos pasivos de Dña. Maria López Fernández que disfrutaba su madre como viuda de funcionario. Por Dña. Maria López Fernández, mayor de edad, viuda y huerfana de funcionario provincial, se solicita la correspondiente pensión de orfandad. En el expediente tramitado al efecto se acredita que el funcionario técnico-administrativo que ha sido de esta Diputación D. Benigno López Sanmartin, falleció en 25 de marzo de 1928, concediéndosele por acuerdo de 21 de abril del mismo año a su viuda Dña. Generosa Fernández Fernández su pensión de viudedad equivalente a 2.000 pesetas anuales. Asímismo se acredita que Dña. Generosa Fernández falleció en Santiago de Compostela el 22 de mayo de 1957 percibiendo actualmente como pensionista la cantidad de 5.000 pesetas anuales y un plus de carestia de vida de 980,50 pesetas por año. También se justifica que el expresado matrimonio dejó dos hijas, Maria Balbina y Maria de la Luz López Fernández. La primera contrajo matrimonio en 10 de diciembre de 1954 con D. Luis Amado Carballo, falleció éste a los 26 años de edad el 3 de septiembre de 1927, sin sucesión. Por último se acredita también que la solicitante Dña. Maria Balbina López Fernández, vive en el dia de la fecha, teniendo su domicilio en Santiago de Compostela, constando empadronada como viuda; y que su hermana Dña. Maria Luz Generosa está empadronada actualmente como cada. Conforme a lo que dispone el articulo 117 del vigente Reglamento de Funcionarios de esta Diputación y 83 del Estatuto de Clases Pasivas del Estado, el Pleno acuerda traspasar los derechos pasivos que disfrutaba la fallecida Dña. Generosa Fernández Fernández, a su hija Dña. Maria Balbina López Fernández, por importe de 5.000 pesetas anuales más un plus de carestia de vida de 980,50 pesetas al año. ------ Folla: 26 51. Conceder pagas de toca y gastos de entierro y funeral a Dña. Concepción Fernández, viudo de jornalero D. Antonio González. Acceder a lo solicitado por Dña. Concepción Fernández Saborida, viuda del Auxiliar-jornalero de esta Diputación D. Antonio González González, fallecido el 13 de mayo último, concediéndole como indemnización y en concepto de pagas de toca, la cantidad de 8.250 pesetas, importe de 10 mensualidades, más 1.200 pesetas para gastos de entierro y funeral. ------ Folla: 26 52. Disponiendo el cese del personal interino que se relaciona y todo aquel que presta servicio como temporero. A fin de dar cumplimiento a lo que se dispone en el vigente Reglamento de Funcionarios de Administración Local de 30 de mayo de 1952 y Orden de 3 de junio de 1957, se acuerda que el próximo dia 31 del corriente mes de julio cese en el desempeño de sus cargos todo el personal interino que a continuación se expresa: D. Domingo Pérez Rodríguez, Médico Oftalmologo. D. Manuel Loureiro Pazos, Médico Analista D. Cándido Torres Diz, Practicante D. Luis Costas Silva, Practicante D. Fernando Prego Brea, Mozo de Sala Dña. Carmen González Soto, Moza de Sala D. Ramiro Pardo Martínez, Auxiliar administrativo. D. Francisco Javier Rial Vázquez, Auxiliar administrativo D. Manuel Docal García, Ordenanza D. Antonio Vilariño Losón, Capellán del Sanatorio de A Lanzada D. Juan Pérez Iglesias, Chofer del Sanatorio de A Lanzada D. Agustin Portela Paz, Aparejador Asímismo cesarán también sus funciones todo el personal temporero y eventual que en el dia de la fecha viene prestando servicio en esta Diputación y Establecimiento dependientes de la misma, cuyos haberes se abonan con cargo a fondos provinciales. ------ Folla: 26 53. Autorizar a la Presidencia para formalizar contratos eventuales de trabajo por necesidades de los servicios. Al cesar en sus funciones los funcionarios interinos, temporeros y eventuales, se faculta a la Presidencia para que, teniendo en cuenta las más imprescindibles necesidades de los servicios, formalice con personal idóneo los correspodientes contratos eventuales de trabajo, sin derecho a indemnización, u otros convenios de natualeza análoga, cuyo personal habrá de encargarse de los trabajos que se le encomienden hasta que, una vez aprobada la reforma de plantilla que se halla en trámite, se vayan cubriendo reglamentariamente sus vacantes. ------ Folla: 26 54. Ratificar contrato de trabajo con José Mella Peleteiro y Ricardo Aboal Carmuega para los servicios de Peon del Hogar Provincial. Ratificar los contratos de trabajo formalizados en 1º de junio último por la Presidencia con D. José Mella Peleterio y D. Ricardo Aboal Carmuega, para los servicios de Peón en el Hogar Provincial, mediante el jornal de 33 pesetas diarias, teniendo estos dos contratos el carácter de eventuales, por estipularse por tres meses de duración. ------ Folla: 26 55. Resolviendo casos especiales sobre aplicación del Plus Especial como consecuencia de la concesión de los beneficios del Decreto-Ley sobre nuevos sueldos a los funcionarios. Como complemento al acuerdo adoptado en sesión celebrada el dia 12 de junio del año en curso, por el que se aplicaron los nuevos sueldos mínimos establecidos por Decreto-Ley de 12 de abril y orden de 3 de junio último , se resuelve ahora casos especiales sobre aplicación del "plus especial" a determinadas clases de funcionarios. Las últimas disposiciones dictadas por el Estado sobre personal de la Administración Local, suprimen las categorias establecidas por las Corporaciones para los funcionarios de las escalas técnico-administrativa y auxiliar y asi se establece que las categorias de Jefes de Negociado, Oficiales y Auxiliares administrativos tienen una categoria única, asignándoles en consecuencia el mismo sueldo reglamentario. En lo que se refiere a esta Diputación han desaparecido ya las categorias de Jefes de Negociado de 1ª y 2ª, quedando solamente clasificados los Auxiliares administrativos en las clases de 1ª, 2ª y 3ª, disfrutando los haberes de 14.000, 12.000 y 9.000 pesetas anuales, respectivamente. Aprovechando la presente coyuntura que ofrece el Decreto y la Orden citados, se trata ahora de unificar esta clase de funcionarios y asimilados, estableciendo una categoria única de los mismos, a la que se asigna el sueldo base anual reglamentario de 14.000 pesetas. Y con el objeto de nivelarlos a todos en dotación económica se les concede además un plus especial de 6.000 pesetas anuales que se irá deduciendo en años sucesivos en la medida que cada auxiliar administrativo haya experimentado una subida de emolumentos, ya sea en el sueldo base o por aumentos graduales de quinquenios y anualidades, hasta su total cancelación. En estas mismas condiciones se concede a los Delineantes, asimilados a técnicos auxiliares, un plus especial de 3.000 pesetas para nivelarlos con los auxiliares administrativos en el percibo de haberes. Siendo el espíritu del acuerdo de 12 de junio que ningún funcionario, de la clase y categoria que sea, pase a cobrar emolumentos inferiores a los que anteriormente percibia por todos conceptos, la diferencia en menos que se produzca al aplicar a cada uno los nuevos haberes, se compensará en concepto de plus especial, amortizable con cada mejora de haberes que experimente el funcionario, hasta su liqidación. En este caso se hallan el Ingeniero-Director y Ayudante del Servicio de Vias y Obras, D. Eloy Fernández Valdés y D. José Maria Sánchez Rivas, y el personal subalterno del Gran Hospital D. Luis Buceta Cortegoso, D. Juan Tilve Durán, D. Manuel Cendón García, D. Genaro Méndez Farto y D. Manuel Ruibal Iglesias. El pago de la contribución sobre las Utilidades que grava este plus especial será de cuenta de los interesados. ------ Folla: 26 56. Enterarse con complacencia del resultado de la cobranza del Servicio de Contribuciones y Arbitrios correspondientes al 2º trimestre. Queda enterada con complacencia la Corporación del resultado de cobranza en el 2º trimestre del año actual, de Contribuciones del Estado, con un porcentaje del 97,52%, del de los Arbitrios provinciales "Productos del Campo" con el 97% de recaudación; del de Arbitrios municipales, con el 97,53%, de cuya cobranza da cuenta en su informe el Jefe del Servicio de Contribuciones de esta Diputación. ------ Folla: 26 57. Comunicar al Ministro de Educación Nacional, que por falta de consignación, no es posible elevar la subvención que solicita para los Institutos Laborales. Visto el informe de la Comisión de Hacienda relativo a petición del Excmo. Sr. Ministro de Educación Nacional, de una elevación de 25.000 pesetas en las subvenciones concedidas para cada uno de los Institutos Laborales establecidos en la Provincia. Se acuerda comunicar a dicho Ministro de Educación Nacional, que lamentándolo mucho, no es posible atender a la petición, por no existir consignación en el vigente Presupuesto 1957-58, toda vez que el régimen de economía que ha sido necesario establecer no permite posibilidad de aumento alguno en el corriente ejercicio. ------ Folla: 26,27 58. Dar cuenta de escrito de la Secretaria en relación con el plazo de resolución del sumario que por falsedad y estafa se sigue contra funcionarios de esta Diputación. La Secretaria del Gobierno del Tribunal Supremo y la Presidencia de la Sala 2ª del mismo contestan en relación con el acuerdo adoptado en sesión de 12 de abril último en que se interesaba la actividad del sumario número 421 de 1948, procedente del Juzgado de Pontevedra que se siguen por falsedad y estafa contra funcionarios de esta Diputación, en el sentido de que en un período relativamente breve se celebrará el juicio oral, si bien hay que tener en cuenta que la cantidad de partes personadas a las que tiene que pasar el sumario para instrucción y calificación, habrá de dar lugar a que transcurra algún tiempo antes de que sea vista dicha causa. ------ Folla: 27 59. Designando Abogado y Procurador para personarse en el pleito contencioso interpuesto por el Médico D. Crescencio González García. Se acuerda ratificar en todas sus partes, la resolución adoptada por la Presidencia en 13 del actual, en uso de las facultades que le confiere el apartado m) del articulo 268 del Texto refundido de la Ley de Régimen Local de 24 de junio de 1955, disponiendo al Letrado D. Ernesto Baltar Santaló, asistido del Procurador D. José Martínez Penas, se personen en el pleito contencioso-administrativo, interpuesto por D. Crescencio González García contra resoluciones de 25 de enero y 12 de abril último, denegatorios de un incremento de sueldo. ------ Folla: 27 60. Resolver de acuerdo con el informe de la Asesoría sobre reparos que formula la Dción. Gral, de Administración Local al reglamento de los Servicios Benéfico Sanitarios de esta Diputación, admitiendolos todos a excepción del reparo sobre suministro a Funcionarios de medicamentos por la Farmacia del Hospital. Diose cuenta de un informe de la Asesoría Jurídica, que dice así: "En sesión de siete de mayo del año actual, se dio cuenta de comunicación del Iltmo. Sr. Director General de Administración Local dando cuenta de los reparos que formula al Reglamento de Servicios Benéficos-Sanitarios de esta Diputación aprobado en sesión plenaria de 29 de noviembre de 1955. El Pleno acordó se modifique el texto del expresado Reglamento en consonancia con las observaciones indicadas por la Superioridad; pero como ofrece duda el reparo opuesto por aquella Dirección General al articulo 31 sobre suministro a Funcionarios Provinciales y Establecimientos de la Beneficencia Provincial, las medicinas, esta Excma. Diputación acordó también que por la Asesoría se informe sobre este extremo indicando especialmente si lo ordenado por la Superioridad está o no en concordancia con lo dispuesto en el articulo 97 del vigente Reglamento de Funcionarios de la Administración Local de 30 de mayo de 1952, que dice textualmente así en su número 3: "Las Entidades Provinciales organizarán la asistencia Médico-Farmacéutica a sus funcionarios valiéndose de los propios servicios de Beneficencia de manera que las prestaciones no sean inferiores a las del Seguro de Enfermedad". Y el número 4 del mismo precepto 97 del citado Cuerpo reglamentario, dice literalmente así: "Del derecho a asistencia Médico-Farmacéutica serán beneficiarias también las personas que proceda conceptuar a cada efecto como integrantes de la familia del funcionario". El párrafo 7º de la Base XVI de la Ley de Sanidad de 25 de noviembre de 1944 del que en el oficio de la Dirección General se dice desprenderse que las Farmacias creadas por instituciones del Estado, Provincia o Municipio serán solamente para el servicio de los acogidos a titulo gratuito, no consideramos que haga inoperante lo que a favor de los funcionarios, y valiéndose de los propios servicios de la beneficencia, tiene establecido la Diputación, por acuerdo plenario de suministrar medicinas en caso de enfermedad. El párrafo 7º ya citado y que se invoca en los reparos, copiado literalmente nos dice lo siguiente: "Solo los Farmacéuticos, individualmente o asociados en las formas que se autoricen podrán ser propietarios de las oficinas de farmacia, de las que serán profesional y civilmente responsables. Se exceptúan de este precepto las creadas por Instituciones del Estado, Provincia o Municipio, para el servicio de los acogidos a titulo gratuito. Los Ministerios de Ejercito, Marina y Aire, continuarán su régimen especial destinado a servicios militares. Para los servicios técnicos o de carácter social de las Corporaciones se establecerán tarifas especiales. Ni en las disposiciones de la Ley de Sanidad citada, ni el Capitulo 3º del Reglamento de Personal de los Servicios Sanitarios de 27 de noviembre de 1953, ni la Orden de 7 de mayo de 1957 de asistencia Médico-Farmacéutica ofrecen contradicción alguna ni se oponen taxativamente al suministro de medicamentos a los Funcionarios provinciales, valiéndose de la Farmacia del Gran Hospital Provincial. En el informe inserto en la sesión de 27 de octubre de 1954, y que figura a los folios 71 vuelto al 73 del Libro de Actas de esta Corporación, se ha tratado casi exhaustivamente esta cuestión por lo que la Asesoría emite su opinión en el sentido de que debe aceptarse y cumplirse los reparos que al Reglamento de Servicios benéfico-sanitarios de esta Excma. Diputación ha formulado la Dirección General de Administración Local, pero teniendo en cuenta que lo legislado sobre materia sanitaria con relación a las Corporaciones Locales no solo no impide la prestación del Servicio Farmacéutico a los Funcionarios Provinciales sino que encomienda a las Diputaciones en su función colaboradora de la Sanidad Nacional, la misión de protegerles benéfica o socialmente ya que en esta misma base 7ª que se señala como reparo se dice "que para los servicios técnicos o de carácter social de las Corporaciones se establecerán tarifas especiales" parece concluirse evidentemente que la Farmacia del Hospital puede suministrar medicamentos mediante una tarifa especial, y en tal sentido el informante tiene el honor de consignar su parecer - que cedería a otra opinión más autorizada- en el sentido de que debe ser mantenido a la reglamentación en cuanto establece el suministro de medicamentos a los Funcionarios, comunicándolo así a la Superioridad con inclusión de una certificación del acuerdo recaído en sesión de 27 de octubre de 1954, a fin de que aquella Dirección General se digne autorizar la prestación de este servicio que no infringe las Leyes ni Reglamentos Sanitarios y que viene más bien a servir las funciones colaboradoras que la Ley de Bases de 25 de noviembre de 1944 encomendaba a las Diputaciones Provinciales. No obstante la Excma. Corporación se dignará resolver lo que estime más procedente.- Pontevedra, 22 de julio de 1957.- El Asesor Jurídico.- Manuel Cabanillas Rubricado. El Pleno acordó de total conformidad con lo propuesto por la Asesoría en el preinserto informe, debiendo elevarse a la Superioridad traslado de este acuerdo, y para su mayor conocimiento se unirá también certificación el acuerdo recaído en sesión de 27 de octubre de 1954, con remisión del Reglamento como queda nuevamente redactado según acuerdo plenario de 7 de mayo de 1957. ------ Folla: 27 61. Designar la Comisión que represente a esta Diputación en el deslinde de los Ayuntamientos de Lalín e Irixo de la provincia de Ourense. A fin de proceder al deslinde oficial entre los Municipios de Lalín, en esta provincia e Irixo, en la de Ourense, se acuerda nombrar la representación de esta Diputación, conforme a lo prevenido en los articulos 26 y 31 del Reglamento de 17 de mayo de 1952, sobre Población y demarcación territorial de las Entidades Locales, cuya representación ostentarán los Señores Diputados siguientes: Don Frutos Cerecedo Lapatza. Don José Sierra Cordo. Don Manuel Campos Paseiro. Esta Comisión estará asesorada técnicamente por el Ingeniero del Servicio Forestal o Ayudante en quien delegue, debiendo comunicarse por la Alcaldía de Lalín a esta Diputación el día y hora en que tendrá efecto esta operación de deslinde. ------ Folla: 27 62. Dar cuenta de acuerdo del Ayuntamiento de Marín en relación con la financiación del ferrocarril de Pontevedra a Marín. Diose cuenta de oficio de la Alcaldía de Marín número 1265 de fecha 9 del actual, trasladando acuerdo de la sesión plenaria de aquella Corporación Municipal adoptado en 26 de junio último, en el que, por unanimidad acuerda el Ayuntamiento de Marin, prestar aprobación y conformidad al acuerdo adoptado por esta Excma. Corporación en sesión plenaria de 12 de junio último, sobre financiación de las obras del ferrocarril que unirá a esta Capital con aquella Villa, condicionando esta conformidad se acepte igualmente por el Ayuntamiento de Pontevedra. el Pleno acuerda interesar de la Alcaldía de Pontevedra, recabe de la Corporación que tan dignamente preside, contestación al oficio que sobre este mismo asunto se le dirigió. ------ Folla: 27,28 63. Dar cuenta de acuerdo de la Junta Coordinadora de la Mejora Ganadera del Ministerio de Agricultura, concediendo a esta Diputación un semental de raza holandesa, acordando agradecer a dicha Junta tal donación y que se entrega a la Mutua Ganadera Guardesa. Diose cuenta de oficio número 1471 de la Junta Coordinadora de la Mejora Ganadera del Ministerio de Agricultura de fecha 8 de junio último trasladando acuerdo de la reunión plenaria que dicho Organismo celebró en 1º de dicho mes pasado en relación con la propuesta de esta Diputación, sobre puesta en marcha de un Centro de Control Lechero de raza holandesa cuyo acuerdo en su tenor literal dice así: "Leído el informe que sobre dicha petición formula el Delegado Técnico de la raza vacuna holandesa D. Cándido del Pozo, se aprueba la adjudicación gratuita a la Diputación de Pontevedra de un semental de raza holandesa, valorado en 50.000 pesetas que se destinará a la explotación que aquel Organismo ha de montar en finca de su propiedad. El citado importe de 50.000 pesetas será sufragado con cargo a la subvención de 850.000 pesetas concedida por la Junta de 20 de febrero de 1956 al Instituto Nacional de Investigaciones económicas para la adquisición de ejemplares selectos nacionales de la indicada raza". el Pleno acuerda agradecer a la Junta Coordinadora el semental adjudicado gratuitamente a esta Diputación y que, conforme a lo propuesto por el Servicio Ganadero de esta Diputación se entregue dicho semental a la Mutua Ganadera Guardesa conforme indica el Sr. Veterinario del Servicio de esta Diputación en su informe del que también se dió lectura en esta misma sesión. ------ Folla: 28 64. Enterarse de escrito del Gobernador Civil comunicando el cese de D. José Jurado Romero como Alcalde de Tui. Diose cuenta de oficio número 675 y 711 de fechas 11 y 17 del actual, del Gobierno Civil, Negociado 1º, Sección 1ª, comunicando que con fecha 10 del actual, han cesado en el cargo del Alcalde del Ayuntamiento de Tui D. José Jurado Romero, que no tiene la condición de Concejal por dicho Municipio. el Pleno acuerda darse por enterado de dichas comunicaciones. ------ Folla: 28 65. Enterarse de la designación de la Presidencia a favor de D. Emilio Pousa Lamas como Delegado del Asilo de Tui y Vocal de la Comisión de Educación Deportes y Turismo. La Presidencia en uso de las facultades que le confiere el articulo 269 del texto refundido de la Ley de Régimen Local de 24 de junio de 1955, acordó designar al Diputado D. Emilio Pousa Lamas para las Delegaciones del Asilo de Tui y para el cargo de Vocal de la Comisión de Educación, Deportes y Turismo, y de cuya designación da cuenta al Pleno. La Corporación queda enterada. ------ Folla: 28 66. Enterarse de escrito de la Dirección General de Bellas Artes agradeciendo colaboración prestada a la Exposición Nacional. Se entera el Pleno de oficio de la Dirección General de Bellas Artes, agradeciendo la colaboración prestada a la Exposición Nacional de Bellas Artes con la concesión del premio que lleva el nombre de esta Diputación y Provincia y el interés que la Corporación pone de manifiesto siempre por estas actividades artísticas. ------ Folla: 28 67. Enterarse de carta de D. Luis de Toledo agradeciendo felicitación. Diose cuenta de atenta carta del Director General de Impuestos sobre la Renta, Iltmo. Sr. Don Luis de Toledo Freire, ex-Presidente de esta Diputación, agradeciendo la felicitación que se le testimonió por acuerdo adoptado en la sesión últimamente celebrada. ------ Folla: 28 68. Enterarse de carta de D. Ernesto Vieitez agradeciendo acuerdo de felicitación. El Pleno se enteró de atenta carta que dirige a la Presidencia el Catedrático de Fisiología Vegetal de la Universidad de Santiago D. Ernesto Vieitez Cortizo, agradeciendo el acuerdo de felicitación que se adoptó con motivo de su triunfo profesional en la oposición celebrada para cubrir dicha Cátedra, y cuyo reconocimiento hace extensivo a todos los Sres. Diputados como compañero que ha sido de ellos en esta Excma. Corporación, a la vez que se despide afectuosamente de las tareas en que con competencia y lealtad probadas ha colaborado, siendo eficaz promotor del Plan de Estudios sobre fertilidad de los suelos de la provincia y Ordenación de sus cultivos. ------ Folla: 28 69. Enterarse de escrito de la Junta Local de Coordinación Económico-Social de Caldas de Reis y felicitando a la Corporación por el Plan Pontevedra, rogando se inicie en aquella Zona. Se dió cuenta de escrito de la Junta Local de Coordinación Económico-Social de Caldas de Reis, trasladando acuerdo de su reunión plenaria de 25 de mayo último, en el que se felicita a la Diputación por el Plan Pontevedra, y se la ruega lo lleve a la realidad iniciando las obras en la Zona de Caldas de Reis para lo que disponen de un detallado estudio hecho por un Técnico de la materia y que dicen pueden aportar en el momento preciso. El Pleno agradece esta felicitación, así como la colaboración ofrecida y en cuanto a su petición de que se lleve a efecto esta obra iniciándola en la Zona de Caldas de Reis, se acuerda también manifestar a la Junta Local de Coordinación de Caldas que se hace previa la condición de llegar a una concentración parcelaria. ------ Folla: 28 70. Enterarse de carta dirigida al Gobernador Civil por la Hermandad Sindical de Labradores y Ganaderos de Vilagarcia de Arousa, trasladando acuerdo sobre regularización del rio Umia con la construcción de tres pantanos. Diose cuenta de escrito en unión de carta dirigida al Excmo. Sr. Gobernador Civil que eleva la Hermandad Sindical de Labradores y Ganaderos de Vilagarcia de Arousa, trasladando acuerdo de 7 de diciembre de 1952 de dicha Hermandad, sobre regularización del rio Umia con la construcción de tres pantanos escalonados, desde la Papeleta de Segaz, aguas arriba, hasta Codeseda, embalsando más de cincuenta millones de metros cúbicos de agua, interesando que la Diputación y el Gobierno hagan suya tal aspiración. el Pleno acuerda pasar este asunto a la Comisión de Cooperación. ------ Folla: 28 71. Realizar la 2ª fase del Presupuesto Extraordinario "G" y solicitar del Banco de Crédito la concesión del préstamo para su realización. Próxima a finalizar la ejecución de las obras que comprende la primera etapa del Presupuesto Extraordinario "G", el Pleno por unanimidad, acuerda realizar la segunda fase de este Presupuesto Extraordinario, aprobado por el Pleno Provincial de 4 de enero de 1956 y autorizado por el Ministerio de Hacienda de 27 de marzo del mismo año. Igualmente acuerda solicitar del Banco de Crédito Local de España la concesión de un préstamo de 16.280.580,74 pesetas para atender a los gastos que motiva la realización de las obras de esta segunda fase de nuestro Presupuesto Extraordinario "G" ------ Folla: 28 72. Solicitar del Banco de Crédito la concesión de un préstamo para atender los gastos del Presupuesto Extraordinario "H". Aprobado en sesión extraordinaria celebrada en el dia de hoy, un Presupuesto Extraordinario, señalado con la letra "H", que comprende la ampliación del Presupuesto Extraordinario "G", con motivo de las modificaciones y revisiones de precios en los proyectos de aquellas obras pendientes de realizar, antes de 1º de noviembre de 1956, el Pleno, por unanimidad, acuerda solicitar del Banco de Crédito Local de España la concesión de un préstamo por importe de 8.000.000 de pesetas para atender a los gastos que motiva el referido Presupuesto Extraordinario "H". ------ Folla: 28 73. Aprobar las modificaciones introducidas en las Ordenanzas del "Servicio de automóviles y Camiones" y "Tasa por prestación de Apisonadoras" cuyo texto integro se inserta al final de esta Acta. Se da cuenta del proyecto de una nueva Ordenanza para el percibo de derechos y tasas por prestaciones del Servicio de Automóviles, Camiones y Apisonadoras propiedad de la Diputación Provincial, que lo justifica la elevación de los precios de coste de estos servicios y principalmente el del carburante. El Pleno por unanimidad de todos los Sres. Diputados asistentes, que constituyen la mayoria absoluta de miembros de la Corporación, acuerda aprobar las modificaciones introducidas en las siguientes Ordenanzas: 1º. Tasa por prestación del Servicio de automóviles y camiones de la Diputación. 2º. Tasa por prestación de servicios de apisonadoras. Igualmente el Pleno acuerda que se exponga al público el expediente de modificación de las dos Ordenanzas anteriormente citadas, a los efectos de oir reclamaciones de los interesados, conforme determina el articulo 722 del texto articulado y refundido de la Ley de Régimen Local, aprobado por Decreto de 24 de junio de 1955 y que las expresadas Ordenanzas al final del acta de esta misma sesión. ------ Folla: 28 74. Se da cuenta de afectuosa carta de D. José Jurado Romero con motivo de su cese como Alcalde de Tui y por consecuencia de Diputado Provincial. Diose cuenta de afectuosa carta que con motivo de su cese en el cargo de Alcalde de Tui y por consecuencia en el de Diputado Provincial en via a la Presidencia Don José Jurado Romero, expresiva del sincero cariño y la cordial gratitud que guarda para todos los compañeros los señores que integran la Corporación y de los que se despide en sentidas frases, deseandoles los mayores éxitos en su gestión. el Pleno, agradece profundamente los términos de la carta del Sr. Jurado y por unanimidad y no como fórmula de cortesia oficial sino como reconocimiento debido a la leal e inteligente colaboración que como Diputado prestó el Sr. Jurado Romero, acuerda consignar en acta el vivo sentimiento que al Pleno produce su ausencia la que no le desliga totalmente de los afanes provinciales ya que desde su profesión médica en Tui, será siempre un elemento valioso y de eficacia para el resurgir provincial que todos deseamos. ------ Folla: 28,29 75. Aceptar formula propuesta por el Ayuntamiento de Vilagarcia de Arousa en relación con anticipo de tesoreria solicitado por dicho Ayuntamiento del Banco de Crédito Local. Asuntos declarados de urgencia Se da cuenta de expediente tramitado por el Ayuntamiento de Vilagarcia de Arousa para solicitar del Banco de Crédito Local de España, un anticipo de Tesoreria para atender al pago de los aumentos de sueldos mínimos de su personal durante el año 1957, habiéndose fijado el expresado Ayuntamiento como garantía de la operación la recaudación que obtenga por los arbitrios municipales sobre la riqueza rústica y urbana, cuya recaudación se realiza por esta Diputación. el Pleno, por unanimidad, acuerda aceptar la formula propuesta por el Ayuntamiento de Vilagarcia de Arousa, y en su consecuencia autorizar a la Delegación de Hacienda para que pueda librar al Banco de Crédito Local de España, cada trimestre, de los fondos que corresponda percibir a la Diputación por recargos, participaciones e impuestos que liquide la Hacienda, cantidades iguales a las que la Diputación recaude para el Ayuntamiento de dichos arbitrios municipales de Urbana, Rústica y Pecuaria; cantidades que la Diputación en lugar de librar al Ayuntamiento de Vilagarcia, ingresará en sus fondos provinciales para compensar a las que debe percibir de la Hacienda. Todo ello de conformidad con la Norma 4ª de la Orden del Ministerio de Hacienda de 13 de junio último (B.O. del Estado del dia 17). ------ Folla: 29 76. Disponiendo que a partir del mes de agosto se le abonen sus haberes a D. Fernando Lorente Sanjurjo como Médico interino con cargo a la vacante de Médico Analista a interin no se cubra esta reglamentariamente o se resuelva el pleito promovido por el propio Sr. Lorente. Habiéndose nombrado en sesión ordinaria celerada el dia 12 de junio del corriente año Médico-interino de la Beneficencia Provincial a D. Fernando Lorente Sanjurjo, se acuerda ahora que, toda vez que el próximo dia 31 del mes en curso queda vacante la plaza de Medico Analista, por cese del que la venia desempeñando interinamente, se le abonen al designado a partir de 1º de agosto próximo sus haberes reglamentarios con cargo a la consignación que figura en el Presupuesto Ordinario de gastos de dicha vacante, entendiéndose que dejará de percibirlos tan pronto se resuelva el pleito contencioso-administrativo promovido en el corriente año por el propio Sr. Lorente contra esta Diputación, o bien se cubra reglamentariamente la expresada vacante con la toma de posesión del nuevo Médico titular, y observando en todo caso el plazo reglamentario que para esta clase de nombramientos interinos fija el vigente Reglamento de Funcionarios de Administración Local. ------ Folla: 29 77. Conceder al único aspirante a la plaza de Ingeniero del Servicio Forestal D. José Taboada Lobit, un plazo para completar su documentación. Se da cuenta del expediente administrativo tramitado para proveer, mediante concurso, la plaza de Ingeniero del Servicio Forestal. Y habiendo solicitado tomar parte en el mismo, el único aspirante, Ingeniero de Montes Don José Taboada Lobit, se le concede un plazo de diez dias naturales a fin de que complete su documentación, presentando los documentos que se indican en los apartados (b, e, f, g y h) de la Base tercera de la Convocatoria, inserta en el B.O. de la Provincia del 30 de marzo de 1957. ------ Folla: 29 78. Rescindir sin perdida de fianza la contrata con D. Benito Malvar de las obras del c.v. de Vilagarcia de Arousa a Castrogudin, acordando no contribuir con fondos provinciales a obras en aquellos Municipios que den lugar a estas rescisiones. Se da cuenta de escrito del Sr. Ingeniero-Director de Vias y Provinciales en el que pone en conocimiento de esta Diputación, que anunciada la subasta de las obras para la construcción del c.v. de Vilagarcia a Castrogudin, Ayuntamiento de Vilagarcia de Arosua, le fueron adjudicadas al contratista D. Benito Malvar Gonzalez, y efectuado el replanteo de las obras el 16 de octubre del mismo año de 1956, no han podido iniciarse éstas por falta de terrenos, cuya cesión no se consiguió a pesar de las gestiones realizadas, proponiendo la rescisión de las obras al contratista mencionado, sin pérdida de fianza. El Pleno de conformidad con el citado escrito, acuerda rescindir la contrata con D. Bentio Malvar González sin pérdida de fianza. También acuerda, tanto para este caso como con carácter general, no contribuir para la construcción de obra alguna y con cargo a fondos provinciales, en aquellos Ayuntamientos que obligan a llegar a estos extremos de rescisión de contrata por no conseguir los terrenos ni realizar las gestiones necesarias para iniciar el expediente de expropiación. ------ Folla: 29 79. Aceptar informe de la Dción. de Vias y Obras sobre utilización de los créditos concedidos por el Banco de Crédito "Presupuesto Extraordinario G" en las carreteras que se relacionan. Se da cuenta de escrito del Sr. Ingeniero-Director de Vias y Obras Provinciales en el que dice que para una mejor y más rápida utiización de los créditos concedidos por el Banco de Crédito Local de España, en lo que se refiere al Presupuesto Extraordinario "G" en su segunda parte, sería conveniente que a ese efecto se invierta en el verano de 1957 el crédito existente que asciende a 9.704.259,55 pesetas en reparar las carreteras siguientes en la cuantía que para cada una a continuación se especifca y cuyo proyecto ya fué aprobado por la Corporación en sesión plenaria de 12 de abril del año en curso: Carreteras que se citan: Porranes a Cuntis 1.329.515,00 Noalla a Caldas (trozo 1º) 693.660,00 Ponteareas a As Neves 1.890.966,05 A Cañiza a Arbo 1.842.300,29 Vilapouca a A Estrada (acopio y acondicionamiento) 553.101,14 Callobre a Ponte Ledesma 2.157.381,32 Total 8.446.923,80 Queda pendiente el riego de la carretera de Vilapouca a A Estrada importante en 3.445.178,00 pesetas que deberá efectuarse el próximo verano de 1958 con el sobrante de la consignación más el adicional de 2.187.842,25 pesetas, cuyo suplemento de crédito se gestiona en la actualidad del Banco de Crédito Local de España. el Pleno acuerda aceptar en todas sus partes el informe que se deja transcrito y resolver de conformidad con el mismo autorizandole para realizar las obras en la forma y cuantia que en el mismo se indica. ------ Folla: 29 80. Acceder a lo interesado por el Ayuntamiento de O Rosal sobre afirmado de la carretera de Sangián con cargo a la subvención de 60.000 pesetas concedidas por acuerdo de 12 de abril. Se da cuenta de oficio del Ayuntamiento de O Rosal, en el que participa que ya construyó a sus expensas la explanación de la carrera de Sangián, creyendo preferible que el afirmado fuera realizado ahora por esta Diputación con las 60.000 pesetas con que fué subvencionada dicha carretera, y si esta cantidad fuera insuficiente a juicio de los Técnicos, que el Ayuntamiento podría hacer la aportación del reto. Leido el informe que sobre el particular emite el Sr. Ingeniero-Director de Vias y Obras en el que dice, que para este camino fué concedida por esta Diputación una subvención de 60.000 pesetas por acuerdo de 12 de abril de 1957. Que el proyecto redactado figura que el importe total de afirmado asciende a la cantidad de 92.808,58 pesetas y que, a esta obra seria necesario añadir la construcción de rampas de acceso y la rotonda final cuyo precio alzado se prespuestaría en 7.000 pesetas, resultando de todo esto que el importe de la obra sería de 99.808,58 pesetas, siendo la diferencia a suplir por el Municipio de pesetas 39.808,58. El Pleno de conformidad con el informe transcrito, acuerda acceder a lo interesado por el Ayuntamiento de O rosal, debiendo por este comunicarse a la Diputación su conformidad para suplir de sus fondos la diferencia que se deja apuntada, más los aumentos que puedan producirse por (revisión, liquidación, etc, etc) ya que la aportación de la Diputación es fija. ------ Folla: 29,30 81. Acceder a petición de los Ayuntamientos que se citan sobre aplicación de las subvenciones para construcción de cc.vvv. Se da cuenta de escrito del Sr. Ingeniero-Director de Vias y Obras Provinciales, en el que participa que acogiéndose al párrafo 1º del acuerdo adoptado por esta Corporación en 12 de abril del año en curso, en virtud del cual se daba a los Ayuntamientos a los que se le habia concedido subvención para la construcción de caminos que habia solicitado, la facilidad de destinar dicha subvención a otros por haber variado la necesidad o actualidad de la petición primitiva, han respondido solicitando la inversión en caminos diferentes los Ayuntamientos que a continuación se relacionan: Ayuntamiento de Gondomar 60.000 pesetas de subvención Ayuntamiento de Mondariz 60.000 " " Ayuntamiento de Nigrán 60.000 " " Ayuntamiento de Redondela 60.000 " " Ayuntamiento de Salceda de Caselas 60.000 " " Petición primitiva c.v. en que se solicita invertir O Porriño-Gondomar a Gondomar- Las 60.000 ptas al c.v. de Guillarei Chenlo, 30.000 pesetas Ramallosa a Forcarei-Couso. Forcadela a Couso a Guillarei- Ramallosa otras 30.000 ptas Mondariz a Sabajanes Mondariz a Toutón Carretera de Chandebrito 30.000 ptas en Cª Chandebrito y las otras 30.000 en carretera de Cean a Vilameán. Redondela-Fornelos a Ventosela 40.000 ptas a Redondela-Fornelos a Viso. Ventosela y 20.000 ptas a Cª de A Coruña a Cabeiro por Sajamonde. San Blas a la Iglesia Parroquial 40.500 ptas para San Blas a la Iglesia (1350 m) y 19.500 ptas para Picoña a Mayor (650m) el Pleno acuerda acceder a la petición que formulan los municipios de Gondomar, Mondariz, Nigrán, Redondela y Salceda de Caselas de emplear la subvención en los caminos que citan, bien entendido que estos cambios se refieren exclusivamente al destino de la aportación, no modificando en absoluto la cuantía que se había concedido como subvención a cada Ayuntamiento. ------ Folla: 30 82. Denegar petición de los Ayuntamientos de Meis, Pontecesures y Redondela, solicitando anticipos de la subvención concedida a los Ayuntamientos por acuerdo de 31-1-1956. Se da cuenta de escritos de los Ayuntamientos de Meis, Pontecesures y Redondela, en los que, en relación con los acuerdos de 31 de enero de 1956, por los que se daban normas a los Ayuntamientos para la construcción de cc.vv. de interés y el de 12 de abril de 1957 concediendo subvenciones a diversos Municipios de la provincia. Los Ayuntamientos que se hace mención anteriormente interesan ahora anticipos de la cantidad subvencionada para iniciar las obras y hacer frente a los primeros gastos, como son herramientas, carretillas, dinamita y jornales de un encargado que dirija las obras, etc, etc. El Pleno de conformidad con lo informado por el Sr. Ingeniero-Director de Vias y Obras Provinciales, teniendo en cuenta que estas peticiones modifican el acuerdo de 31 de enero de 1956, puesto que la subvención se concedía para iniciar las obras de afirmado sin aludir a las de explanación y que puesto que las obras (explanación y afirmado) se llevarán a cabo por medio de prestación personal, acuerda denegar la petición de anticipo que interesan los citados Municipios. ------ Folla: 30 83. Advertir a los Ayuntamientos que serán anuladas las aportaciones concedidas por acuerdo de 31-1-1956 para cc.vv. en aquellos que en 31 de diciembre no esten iniciadas las obras de afirmado. De conformidad con lo propuesto por la Comisión de Obras Públicas y Paro Obrero en relación con el acuerdo adoptado en 31 de enero de 1956, en el cual se daban normas para solicitar aportaciones de esta Diputación para construir caminos en los Ayuntamientos de la Provincia, aportando estos la explanación o bien el 50% de las obras y habiendose concedido en sesión de 12 de abril del año en curso aportaciones a varios municipios. el Pleno, acuerda advertirles que serán anuladas dichas aportaciones a los que en 31 de diciembre no hayan iniciado las obras de afirmado o cuando menos no esté a punto de terminarse la explanación, o bien no hubieran ingresado en Arcas Provinciales el importe del 50%, pasando las cantidades que resulten de dichas anulaciones a incrementar la partida que se destine para este menester en el ejercicio económico siguiente. ------ Folla: 30 84. Gestionar de la Casa "Siga" la adquisición de dos apisonadoras vibrantes marca A.B.G. tipo V. W.T. Por considerar de gran interés para los Servicios de Vias y Obras de esta Diputación y en el ánimo de adquirir dos apisonadoras vibrantes marca A.B.G. tipo V.W.T., cuyo importe aproximado es de 258.520 pesetas cada una; el Pleno acuerda gestionar de la Casa "Sifa" de Madrid, la consecución de licenzas de importación para su adquisición en común con otras entidades peticionarias. ------ Folla: 30 85. Designar Abogado Procurador para intervenir en el pleito interpuesto por D. Saturnino Paz Peón. el Pleno acuerda en uso de las facultades que le confiere el apartado c) del articulo 260 del Texto refundido de la Ley de Régimen Local de 24 de junio de 1955, personarse en el pleito contencioso-administrativo interpuesto con el número 2888 y 41 de 1957 por D. Saturnino Paz Peón contra acuerdo de 25 de abril de 1956 dictado en expediente disciplinario que se le ha seguido, encomendando la dirección del mismo, como parte coadyuvante al Letrado D. Ernensto Baltar Santaló, asistido por el Procurador D. José Martínez Penas. ------ Folla: 30 86. Designar Abogado y Procurador interpuesto por D. Herberto Blanco Rodríguez. el Pleno acuerda en uso de las facultades que le confiere el apartado c) del articulo 260 del texto refundido de la Ley de Régimen Local de 24 de juino de 1955, personarse en el pleito contencioso-administrativo interpuesto con el número 2889 y 42 de 1957, por Don Herberto Blanco Rodríguez contra acuerdo de 25 de enero y 12 de abril de 1956 en los que se le sancionó con suspensión de empleo y sueldo durante un mes y veintiun dias, encomendando la dirección del mismo, como parte coadyuvante, al Letrado Don Ernesto Baltar Santaló, asistido del Procurador D. José Martínez Penas. ------ Folla: 30 87. Aprobar proyecto de adaptación del edificio de la antigua Audiencia de una Sala para la Exposición permanente de Avance Provincial. Se da cuenta del proyecto para las obras de adaptación en el edificio que fue Audiencia Provincial, y que es propiedad de esta Diputación, para la Exposición Permanente de Avance Provincial, de carácter de obligatoriedad para las Diputaciones Provinciales, en virtud de Orden del Ministerio de Información y Turismo. El Pleno por unanimidad, acuerda aprobar el proyecto de obras de adaptación en el edificio propiedad de esta Diputación, situado en la calle de Benito Corbal, para exposición permanente de avance provincial por un importe de 150.000 pesetas. Igualmente se acuerda que durante el actual ejercicio se realicen las obras que comprenden la 1ª parte del proyecto, cuyo importe asciende a pesetas 91.082,86 facultando al ILtmo. Sr. Presidente para su contratación por gestión directa. Este gasto deberá satisfacerse con cargo al Capitulo 11, Articulo 11 y Partida 165, "Reparación, conservación y ampliación de Edificios Provinciales". ------ Folla: 30 88. Texto de la Ordenanza para percepción de Tasa por prestación de Apisonadoras, aprobado en esta sesión. Ordenanza para la percepción de una Tasa sobre la prestación de Apisonadoras propiedad de la Diputación. Articulo 1º.- La Diputación Provincial de Pontevedra podrá ceder el uso de las máquinas apisonadoras de su propiedad a los Ayuntamientos, Entidades, contratistas de obras y demás particulares que lo soliciten, mediante el pago de la tasa que se establece en esta Ordenanza. Articulo 2º.- La tasa se devengará desde el dia en que las máquinas sean entregadas al usuario hasta la fecha en que sean devueltas al Parque Móvil Provincial, siendo de cuenta del arrendatario todos los gastos de combustible, lubrificantes y dietas de los mecánicos y personal afecto a las mismas. Articulo 3º.- El importe de la tasa será de trescientas pesetas diarias. Articulo 4º.- Cuando las máquinas sean utilizadas por Servicios provinciales, quedarán exentos del pago de dietas al personal expresado en el Articulo 2º. Articulo 5º.- El contratista se hará cargo de la máquina en el punto en que esta se encuentre, quedando obligado a devolverla en el lugar que indique el Encargado del Parque Móvil Provincial. El devengo de la tasa se entiende desde el dia de la entrega al de la devolución, computándose ambos e incluyendo dias festivos. Se deducirán aquellos en que la máquina esté parada por averia o desperfecto de la misma. Los usuarios son responsables de los daños y sustracciones que por falta de vigilancia se produzcan en las máquinas o herramientas durante el tiempo que las utilicen, obligandose a establecer por su cuenta el oportuno servicio de guardas. Articulo 6º.- Para la cesión de las máquinas los interesados deberán solicitarlo mediante escrito dirigido al ILtmo. Sr. Presidente, con expresión de la obra a que ha de ser destinada y los dias de trabajo que haya de ser empleada. La Dirección de Vias y Obras informará a la Presidencia, en cada caso, de la conveniencia del alquiler solicitado. Concedida por la Presidencia la autorización de arriendo, el peticionario ingresará en la Depositaría Provincial una fianza igual a la cantidad que resulte de la aplicación de la tarifa del Articulo 3º de esta Ordenanza por los dias de alquier autorizado. Articulo 7º.- La liquidación de los derechos se efectuará por el usuario dentro de los diez dias siguientes al de la devolución de la máquina, cancelándose simultáneamente el depósito que hubiere constituido, bien entendido que, como mínimo se liquidará el número de dias por el que hubiese contratado el uso de aquella, aunque fuera devuelta antes de finalizar el plazo concedido. Articulo 8º.- La Diputación se reserva el derecho de rescate de la máquina en el momento que lo estime conveniente, si las circunstancias lo aconsejaran, en cuyo caso se dará como rescindido el contrato y el ususario tan solo quedará obligado al abono del tiempo que la máquina hubiera permanecido en su poder. Articulo 9º.- Cuando el usuario deje transcurrir el plazo de diez dias indicado en el Articulo 7º sin ingresar el importe de la liquidación, incurrirá en el apremio, cuyo procedimiento se ajustará al Estatuto de Recaudación vigente. Articulo 10º.- En todo lo no previsto en esta Ordenanza, se estará a lo preceptuado en la vigente Ley de Régimen Local y demás disposiciones de aplicación. Articulo 11º.- La presente Ordenanza regirá, a partir de la fecha de su aprobación para el actual ejercicio de 1957. ------ Folla: 30,31 89. Ordenanza para percepción de Tasa por prestación del Servicio de Automóviles aprobada en esta sesión. Ordenanza para la percepción de una Tasa sobre la prestación de servicio de automóviles propiedad de esta Diputación. Articulo 1º.- La Diputación Provincial de Pontevedra podrá prestar el servicio de automóviles, aparte de sus propios servicios a Organismos oficiales, paraestatales y los que tengan servicios consorciados con esta Diputación, mediante el pago de la tasa que se establece en esta Ordenanza. Articulo 2º.- La Tasa que quedan obligados a satisfacer los usuarios de los vehiculos tipo turismo es la de dos pesetas con cincuenta céntimos por kilómetro recorrido, debiendo abonarse también por el arrendatario 10 pesetas por cada hora que exceda de las ocho horas normales de trabajo diarias. Los usuarios de camiones, cuando se trate de Servicios Provinciales, satisfarán por kilómetro recorrido la cantidad de seis pesetas. Para el devengo de esta tasa se considerará un recorrido mínimo diario de 50 Kms. cuando los vehiculos estén dedicados a trabajos de volquetaje en carreteras, caminos, pistas o destierres, sobre cuyo importe abonará el arrendatario el exceso a la tasa estipulada. En estos mismos trabajos satisfará el usuario, además, la cantidad de 25 pesetas por cada hora que exceda de las ocho normales de trabajo diarias, deduciéndose de este exceso el tiempo invertido en la incorporación al trabajo y el retorno al Parque Móvil, que se expresará por el conductor del vehículo en el correspondiente parte del Servicio. Cuando los usuarios de los camiones no tengan el carácter de Servicios provinciales, satisfarán la tasa de seiscientas cincuenta pesetas diarias por jornada normal de ocho horas, y sin que el recorrido máximo pueda exeder de 100 Kms. Articulo 3º.- En caso de averia en el vehículo, y de no ser posible contar con otro afecto al Parque Móvil para realizar el servicio, la Diputación Provincial queda relevada de sustituirlo y de abonar indemnización alguna al usuario, si bien renuncia a hacer efectiva la liquidación correspondiente a los kilómetros recorridos desde la iniciación del viaje hasta el momento en que se produzca la averia o accidente. Articulo 4º.- Los vehículos afectos al Parque Móvil de esta Diputación se solicitará por escrito dirigido al ILtmo. Sr. Presidente quien dispondrá la orden de entrega a la vista del informe que el Encargado de dicho Parque deberá acompañar a la petición sobre las necesidades del Servicio. Articulo 5º.- El Funcionario encargado del Parque Movil, mensualmente formulará las liquidaciones por la utilización de los vehiculos, en las que se hará constar el tiempo invertido en el servicio, los kms., recorridos, carreteras o caminos utilizados e importe de los derechos devengados. Estas liquidaciones serán remitidas a la Intervención de Fondos, entregándose a los usuarios un ejemplar para que en el plazo de quince dias ingresen su importe en la Depositaría Provincial. Articulo 6º.- Cuando algun usuario deje transcurrir el plazo de quince dias sin ingresar el importe de la liquidación, incurrirá en el apremio, cuyo procedimiento se ajustará al Estatuto de Recaudación vigente. Articulo 7º.- En todo lo no previsto en esta Ordenanza, se estará a lo preceptuado en la vigente Ley de Régimen Local y demás disposiciones de aplicación. Articulo 8º.- La presente Ordenanza regirá, a partir de la fecha de su aprobación para el actual ejercicio de 1957. Se levantó la sesión. ------

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