ATOPO
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Acta de sesión 1967/12/28_Ordinaria

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  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.074/1.1967-12-28_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1967/12/28_Ordinaria

  • Data(s) 1967-12-28 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

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  • Alcance e contido Folla: 58 Presidente Sr. Lorenzo Docampo Vicepresidente Sr. Puig Gaite Diputados Sr. Álvarez Gómez Sr. Candeira Blanco Sr. Casal Aboy Sr. García Borregón Sr. González Araujo Sr. González Taboada Sr. Iglesias Vázquez Sr. Martínez Garrido Sr. Otero Rey Sr. Piñeiro Acosta Sr. Rial López Sr. Rodríguez Blanco Sr. Valeiras de Tierra Secretario Sr. Pérez Cofre de Villegas Interventor Sr. Dapena Mouriño 1. En el palacio provincial de Pontevedra, siendo las diecisiete horas, treinta minutos del día veintiocho de diciembre del mil novecientos sesenta y siete, se reúnen los señores que se expresan al margen, con objeto de celebrar sesión ordinaria de la Excma. Diputación en primera convocatoria, bajo la Presidencia del Ilmo. Sr. D. Enrique Lorenzo Docampo. En funciones de secretario accidental, por ausencia del titular, asiste el oficial mayor D. Luís Pérez Cofre de Villegas, hallándose también presente el Sr. Interventor de fondos provinciales D. Josué Dapena Mouriño. Abierta la sesión, se da lectura al borrador del acta de la sesión anterior, que corresponde al día 26 de noviembre, que se aprueba por unanimidad. ------ Folla: 58 Aprobar certificaciones de obra con cargo al presupuesto extraordinario "I". 2. Seguidamente se da cuenta de certificaciones de las obras de conservación de caminos vecinales, libradas por la Dirección de Vías y Obras provinciales, a favor de los contratistas que se expresan, acordándose su pago con cargo al capítulo VI, artículo 1º, del presupuesto extraordinario "I", en los términos siguientes: Camino Contratista Importe 141-C de Vilalonga a Candelaria "Raymundo Vázquez, S.A." 427.091,02 89-C de Gondomar a Chenlo "Raymundo Vázquez, S.A." 498.531,39 sección O Porriño 50-C de Cuntis a Cequeril Isaac Fernández Sarmiento 687.801,20 148-C de Anzo a Fontao Isaac Fernández Sarmiento 421.637,52 28-C de Lougares a Piñeiro Trino Amoedo Durán 998.701,93 43-C de Barrantes a Armenteira José Malvar, Construcciones, S.L. 792.572,49 41-C de Meaño a Sanxenxo José Malvar, Construcciones, S.L. 1.002.246,98 139-C de Gondar al Puerto de José Malvar, Construcciones,S.L 34.235,57 67-C de András a Baión José Malvar, Construcciones, S.L. 549.619,65 116-C de Torroso a Puxeiros José Malvar, Construcciones, S.L. 475.949,70 59-C de Rubín a Olives José Malvar, Construcciones, S.L. 214.426,05 47-C de Vincios a O Calvario José Malvar, Construcciones, S.L. 748.890,83 ------ Folla: 58 Aprobar expedientes de fallidos del arbitrio de rodaje. 3. Se entera el Pleno de los expedientes de fallidos presentados para su aprobación, por la recaudación de arbitrios provinciales, por débitos que afectan al arbitrio sobre rodaje y arrastre por vías y provinciales, correspondientes a los ayuntamientos de Vilaboa, Moaña, Cerdedo, A Estrada y Pontevedra, y años 1962 a 1966, acordándose por unanimidad su aprobación. ------ Folla: 58 Aprobar expedientes de fallidos por tasas hospital. 4. Igualmente se aprueban los fallidos por tasas de presentación de servicios a enfermos acogidos en el Hospital provincial, presentados por la recaudación de arbitrios provinciales y cuyo total asciende a 94.526,90 pesetas. Esta relación comprende débitos de los años 1963 a 1967. ------ Folla: 58 Aprobar relación de bajas de tasas de hospital por incobrables, fallecimientos, etc. 5. Se aprueba también la relación de bajas, que con sus expedientes presenta la recaudación de impuestos provinciales, por tasas por prestación de servicios a enfermos del hospital provincial, correspondientes a los años 1963 a 1967, por un total de 9.675,20 pesetas; y cuyas cantidades resultan incobrables por ausencias, fallecimientos y otras causas que concurren en los deudores. ------ Folla: 58 Rectificar acuerdo de 26-10-67 relativo a perdida de fianza D. Manuel o Marcial Graña Martínez. 6. Visto informe de la intervención de fondos en relación con el acuerdo adoptado en sesión del día 26 de octubre de 1967, sobre incautación de fianza por incumplimiento de contrato, el Pleno acuerda rectificar dicho acuerdo en los términos siguientes: "Que en cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo 3º del artículo 89 del reglamento de contratación de las Corporaciones Locales, se faculta al Ilmo. Sr. Presidente para proceder, con intervención de agente de bolsa, a la venta y cuantas operaciones sean necesarias, de un título de la Deuda Perpetua Interior al 4 %, emisión 1º de octubre 1951. Serie A, número 614.100 y otro de la serie B número 74.446, depositados en la rúbrica 6ª - Fianzas y Depósitos - Fianzas en Valores,- de Valores Independientes y Auxiliares del Presupuesto, por D. Manuel o D. Marcial Graña Martínez, en garantía de contrato, el cual fue rescindido por incumplimiento, con perdida de fianza, en virtud de acuerdo adoptado el 15 de diciembre de 1939; quedando subsistente lo dispuesto en el de 26 de octubre de 1967 en lo relativo a la aplicación de los intereses. ------ Folla: 58 Entrar a formar parte de la mancomunidad del Umia. 7. Visto el proyecto de estatutos que han de regir para el consorcio entre la confederación hidrográfica del norte de España, la Excma. Diputación Provincial de Pontevedra, la Mancomunidad del Umia y los Ayuntamientos de Marín, Pontevedra y Poio, en orden abastecimiento de aguas y saneamiento, y deseando ser esta Diputación miembro de tal consorcio, la Corporación Provincial acuerda inicialmente entrar a formar parte del mismo, facultando tan ampliamente como sea necesario al Ilmo. Sr. Presidente de este organismo, para que sea parte e intervenga en el expediente de legalización del consorcio y examen de las bases redactadas por la comisión designada o que se designe al efecto y demás trámites necesarios hasta que vuelva el proyecto a este organismo, para su aprobación por el Pleno de esta Diputación, según preceptúa el artículo de la vigente Ley de Régimen Local. ------ Folla: 58 Pasar a informe de la comisión de montes el anteproyecto de la ley de caza. 8. Visto el anteproyecto de Ley de Caza, sometido a información pública por el Gobierno y enviado por el Ministerio de Agricultura a esta Diputación, en cumplimiento del artículo de la orden de 9 de noviembre próximo pasado, el Pleno acuerda pasarle a informe de la Comisión de Montes, antes de emitir con respecto a el, la opinión de la Corporación Provincial. ------ Folla: 58 Aprobar relación de admitidos al concurso para provistar la plaza de recaudador de contribuciones zona de Tui. 9. Dada cuenta del expediente en trámite para cubrir la plaza de recaudador de contribuciones de la zona de Tui, en esta provincia, el Pleno acordó admitir al concurso convocado en los Boletines Oficiales números 264 del Estado y 253 de la provincia, ambos del año 1967, a los solicitantes D. Manuel Posse de la Linde, D. José María Astral García, D. Jesús Juan Meléndez Rodríguez, D. Gustavo Manuel Postigo Santamaría y D. Ramón Rodríguez Raposo. ------ Folla: 58 Designando interinamente recaudadores de contribuciones de Ponte Caldelas y Redondela. 10. Vista la comunicación del Ilmo. Sr. Delegado de Hacienda de la Provincia, fecha 19 del corriente mes y año, sobre nombramiento de recaudadores de contribuciones e impuestos del estado, para las zonas vacantes de Ponte Caldelas y Redondela, el Pleno acuerda designar con carácter interino para la zona de Ponte Caldelas al titular de la zona de Pontevedra, D. Andrés López Rodríguez, y para la zona de Redondela, al titular de la zona de Ponteareas D. Manuel Megide González. Estos nombramientos interinos surtirán efectos a partir del 1º de enero de 1968. ------ Folla: 58 Anunciar convocatoria para cubrir en propiedad una plaza de médico dermatólogo. 11. Se entera la Corporación, de comunicación de la Dirección General de Sanidad, fecha 15 del corriente número 1693, autorizando convocatoria de concurso para cubrir en propiedad una plaza de médico dermatólogo de la beneficencia provincial, con arreglo a las bases formalizadas con fecha 30 de noviembre de 1967 por la Presidencia y Secretaría de esta Diputación, y el Pleno, por unanimidad acuerda que se anuncie la oportuna convocatoria para la provisión de dicha plaza, con estricta sujeción a las expresadas bases. ------ Folla: 58 Aprobar relación de admitidos para cubrir dos plazas de sobreguardas. 12. Visto el expediente en trámite para cubrir en propiedad dos plazas vacantes de sobreguardas forestales, mediante concurso oposición anunciado en el Boletín Oficial de la Provincia número 259 de 11 de noviembre último, el Pleno acuerda admitir a este concurso a los aspirantes D. Andrés Álvarez Iglesias, D. Cándido Domínguez Crespo, D. Francisco del Río Farto, D. Demetrio Riveiro Franco, D. Juan Isidro Salomón Pose y D. Antolín Taboada Vilanova. ------ Folla: 58 Nombrar a Dª. María Solar Vázquez enfermera de la beneficencia provincial. 13. Se da cuenta de la propuesta que eleva al Pleno el tribunal calificador de los ejercicios de la oposición convocada en el Boletín Oficial de la Provincia número 276, de 30 de noviembre de 1965 y número 288 de 15 de diciembre de 1967, para cubrir en propiedad una plaza de enfermera de la beneficencia provincial, propuesta que ha recaído a favor de la única aspirante presentada Dª. María Solar Vázquez; y la Corporación, por unanimidad, de conformidad con dicha propuesta, acuerda nombrar a la expresada aspirante, Dª. María Solar Vázquez, para desempeñar en propiedad el cargo de referencia, con el sueldo base de 19.000 pesetas y la retribución complementaria de 17.100 pesetas correspondientes ambos al grado 10 de los fijados en la Ley de 20 de julio de 1963, así como con los demás emolumentos reglamentarios. ------ Folla: 58 Dejar en suspenso la aplicación de la nueva tabla de salarios del convenio colectivo sindical de artes gráficas. 14. Dada cuenta de comunicación de la Presidencia de la sección social del sindicato local del papel y artes gráficas, fecha 26 del corriente, manifestando que por el Ministerio de Trabajo se ha suspendido provisionalmente la entrada en vigor de la nueva tabla de salarios del convenio colectivo sindical interprovincial de artes gráficas que eleva aquellos en un 5%, la Corporación resuelve dejar en suspenso igualmente la adopción de todo acuerdo sobre el particular. ------ Folla: 58 Adjudicando dos becas para médicos post-graduados en el hospital. 15. Aceptando la propuesta del tribunal calificador del concurso convocado en el Boletín Oficial de la Provincia número 260, de 13 de noviembre último, para la adjudicación de una beca de medicina interna y otra de cirugía general, para médicos post-graduados del hospital provincial, el Pleno acuerda adjudicar la beca de medicina interna por importe de 30.000 pesetas anuales a D. José Miguel Canitrot Andion, y la de cirugía general, de la misma cuantía, a D. Emilio Castro y Castro. ------ Folla: 58,59 Elevar consulta para resolución de petición de aplicación de sueldo del estado al ayudante D. José Mª Sánchez Rivas. 16. Se da cuenta de instancia del ayudante de obras públicas, afecto al servicio de vías y obras provinciales de la Diputación, D. José María Sánchez Rivas, solicitando que con efectos de 1º de octubre de 1965, se le asigne el sueldo correspondiente a su clave de ayudante de obras públicas, según las normas que para los funcionarios civiles del estado se contienen en la ley de 7 de febrero de 1964 y en la de 4 de mayo de 1965. Considerando la Corporación que con arreglo a lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto-Ley de 27 de noviembre de 1967, se prorroga hasta 31 de diciembre de 1968 la situación actual de retribuciones de todos los funcionarios públicos, sin que puedan elevarse las que se satisfacen con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, organismos autónomos y Corporaciones Locales, habiéndose, por otra parte, sustentado en caso análogo por el Pleno el criterio de que los funcionarios técnicos de las entidades locales deben sujetarse al régimen general de haberes establecido en la Ley de Régimen Local y Reglamento de Funcionarios de 30 de mayo de 1952, acuerda por unanimidad elevar consulta sobre estos extremos al Servicio Nacional de Inspección y Asesoramiento de las Corporaciones Locales, antes de resolver en definitiva sobre el particular. ------ Folla: 59 Enterarse de sentencia del tribunal central de trabajo instado por Dª. Isabel Tobío Pintos. 17. Queda enterado el Pleno de sentencia del Tribunal de trabajo, fecha 4 de noviembre próximo pasado, dictada resolviendo recurso de suplicación instado por Dª. Isabel Pintos Tobío, contra sentencia de la Magistratura Provincial de Trabajo, confirmatoria de su despido como ayudante sanitario del Hospital Provincial, por falta de asistencia al trabajo, indisciplina y desobediencia; sentencia que confirma la de la expresada Magistratura. ------ Folla: 59 Enterarse de sentencia de la Magistratura Provincial de Trabajo o en demanda de mozos de sala. 18. Se da cuenta de sentencia de la Magistratura Provincial de Trabajo, de fecha 4 del corriente, resolviendo demanda interpuesta contra la Diputación, por los mozos de clínica del hospital provincial D. Fernando Prego Brea y D. Hernando García Giráldez, para reclamar el pago de diferencias retributivas en los conceptos laborales de antigüedad, gratificaciones extraordinarias y días festivos no recuperables; y considerando la Corporación que la expresada sentencia estima en parte la demanda condenando a la Diputación al pago de 1.071,00 pesetas al primero de los reclamantes, y de 931,00 pesetas al segundo, acuerda por unanimidad que se de cumplimiento a dicha sentencia, en su propios términos. ------ Folla: 59 Aprobar bases para contrato con el Ayuntamiento de Vigo, para cobro de sus exacciones. 19. Conoce el Pleno, del acuerdo adoptado por el Excmo. Ayuntamiento de Vigo en sesión del día 22 de noviembre próximo pasado, para encomendar a esta Excma. Diputación la cobranza de todos sus arbitrios y exacciones; acordándose por unanimidad aceptar las bases propuestas para esta cobranza, si bien modificando la 7ª y 8ª que quedan redactadas en la forma que consta en este acuerdo, por cuya razón el correspondiente contrato se formalizará en los términos que siguen: A).- El Ayuntamiento de Vigo encomienda a la Excma. Diputación Provincial la cobranza voluntaria y ejecutiva de todos los arbitrios y exacciones, que se realicen por el sistema de padrón - matrícula, y el procedimiento ejecutivo motivado por certificaciones de débitos de aquellos contribuyentes que teniendo que realizar sus ingresos directos en arcas municipales, no lo hubieran hecho dentro de los plazos reglamentarios al efecto. B).- Por analogía con las normas de la circular de la Dirección General de Administración Local de 20 de julio de 1954, el Ayuntamiento de Vigo, y la Excma. Diputación Provincial, acuerda la cobranza conforme a las siguientes cláusulas: Primera.- Se acoge el Ayuntamiento de Vigo, a la fórmula A) del sistema de cobranza, que preceptúa la citada circular de la Dirección General de Administración Local de 20 de julio de 1954, para lo cual, ha de entregar a la Excma. Diputación, las correspondientes vistas cobratorias de los padrones de contribuyentes, con los recibos extendidos procurando, que estos, tengan la mayor claridad y los mejores medios de localización e identificación del contribuyente. Dichas listas cobratorias con sus correspondientes cargos, se entregarán a la Diputación Provincial, con la antelación de un mes, por lo menos, al inicio de la cobranza voluntaria de cada semestre, con el fin de que los valores puedan ser perfectamente preparados para su cobro.- En lo que respecta a certificaciones de débitos, los cargos se efectuarán a medida que estas se produzcan, pero, procurando unas fechas fijas (quincenales o semanales) al objeto de que puedan ser acogidos por la Excma. Diputación y cargarlos al recaudador, sin pérdida de tiempo. Segunda.- Se entienden reformados los preceptos del artículo 261 del reglamento de las Haciendas Locales los cuales quedarán ajustados en un todo a lo dispuesto por el Decreto de 13 de Diciembre de 1962, que reformó el Estatuto de Recaudación, esto es, la cobranza se efectuará en período voluntario por semestres (1º de abril a 15 de mayo y 1º de octubre a 15 de noviembre), debiendo realizarse los cargos de estos períodos por las cuotas también reformadas, es decir,: 1º semestre, aquellos contribuyentes cuya cuota anual sea superior a 500 pesetas dividida en dos partes, - 2º semestre, la de todos los contribuyentes. Tercera.- En lo que respecta al cobro de recargos de un solo procedimiento ejecutivo, se alteran los límites del artículo 256 del Reglamento de Haciendas Locales, de 5.000 pesetas a 20.000 pesetas conforme a las disposiciones del Decreto 2.066/66 que reformó el Estatuto de Recaudación, acordando la elevación del límite por un solo procedimiento ejecutivo hasta dicha cantidad. Cuarta.- Por la gestión de cobro, el Ayuntamiento de Vigo, abonará los siguientes premios: Recaudación voluntaria: el 2,50 por 100, de las cantidades recaudadas por este concepto.- Asimismo, si en el computo del año, el porcentaje de recaudación obtenido, alcanzase o rebasase al 95 %, el Ayuntamiento de Vigo, abonará el 0,25 por 100 de premio de buena gestión conforme a las disposiciones del artículo 195 y siguientes del Estatuto. Para hallar el citado porcentaje, se considerará como abono de ingresos aquellos valores que siendo bajas no fueron eliminados de los padrones, o que las bajas fuesen decretadas con posterioridad al cargo de voluntaria, con el fin de estimular la recaudación por este concepto.- Por los valores acogidos al sistema de padrón matricula, abonará el 2,50 % de premio de cobranza de todas las cantidades que se recauden. Asimismo, de los recargos de apremio, abonará los siguientes recargos: - En primer grado, el 5 % del 10 %.- En 2º grado, al 15 % del 20 %.- En la recaudación motivada por certificaciones de descubierto, abonará el 50 % de los recargos de apremio, de cada grado ejecutivo. Quinta.- La Diputación, por conducto de la recaudación de contribuciones de la zona de Vigo, previo control del servicio de recaudación, cumplimentará los siguientes deberes: 1º Se hará cargo de todos los valores que se le entreguen para la cobranza voluntaria y ejecutiva, mediante la firma de los correspondientes cargos y el recibí de los valores.- En lo que atañe, a posibles valores pendientes de cobro, que en situación de cobro ejecutivo, se hallen en poder del Ayuntamiento de Vigo, y que este entregue para su exacción, se recibirán los mismos, pero en los cargos, se extenderá diligencia, haciendo constar: "que tanto la Diputación como la zona recaudatoria, no son responsables en ningún concepto, por aquellos valores que hayan incurrido en los preceptos del artículo 199 y siguientes del Estatuto, como asimismo los que estén incursos en prescripción. En este último caso, habrá de acreditarse la interrupción de la prescripción en forma legal. Dichos valores, se entenderán a todos los efectos, tanto para la Diputación como para el recaudador, como si fueran provinentes de recaudación voluntaria del ejercicio corriente.- 2º El ingreso de las cantidades recaudadas al Ayuntamiento de Vigo, se hará de la siguiente forma: a).- Recaudación Voluntaria.- Mediante aplicación mensual reflejará la correspondiente hojilla por conceptos para que la intervención pueda extender los correspondientes mandamientos de ingreso- Previa a esta aplicación mensual, el recaudador realizará ingresos diarios en la cuenta abierta a este fin a nombre del Ayuntamiento y como entregar a cuenta hasta el 90 % de la cantidad que tenga recaudada; de cuya cuenta podrá disponer libremente el Ayuntamiento, considerándose las cantidades retiradas por el mismo como entregas a cuenta de la liquidación mensual siguiente del recaudador.- Al término de los períodos de cobranza voluntaria, a la que se acompañaran las correspondientes relaciones de los contribuyentes morosos, para que contra estos pueda ser decretado el apremio, por ejemplar triplicado. La Diputación, independiente de la citada liquidación, practicará la correspondiente al premio de cobranza, el cual será deducido de la cantidad total a ingresar, reteniéndolo directamente. b).- Recaudación Ejecutiva: Al final de cada mes, se efectuará la aplicación de las cantidades recaudadas por ejecutiva, mediante las correspondientes hojillas por conceptos, que reflejarán el principal y el importe de los recargos de apremio que corresponden al Ayuntamiento los cuales serán transferidos al mismo conducto del servicio de contribuciones, previa deducción del premio de cobranza correspondiente en liquidación que se reflejará por este concepto. La parte de recargos correspondiente a la Diputación, se retendrá al percibirlos directamente de los contribuyentes deudores. c).- Al término de cada semestre, se rendirá cuenta detallada por valores en recibo talonario y otra por certificaciones de débitos.- Dichas cuentas se presentarán al Ayuntamiento dentro de los meses de enero a julio, previo el punteo por este de los valores pendientes de cobro, que presentará el recaudador en la depositaría municipal, mediante las oportunas relaciones numéricas que lo resuman, por cuanto a valores en recibo, y nominales en cuanto a certificaciones de débitos, el día que al efecto se señala, dentro de los indicados meses. Dichas cuentas serán presentadas por el servicio de recaudación de la Diputación, para examen y censura de la comisión liquidadora del Ayuntamiento de Vigo, entendiéndose que, si en el plazo de un mes, no son devueltas con algún error o reparo, se consideren aprobadas. Sexta.- Este contrato será por tiempo indefinido, pero podrá ser denunciado o rescindido, previo acuerdo plenario que tendrá una antelación de seis meses a cada ejercicio económico y la Diputación, quedaría relevada de este servicio, caso de que por el Estado se le rescindiese el servicio de contribuciones del Tesoro Público que tiene confiado. Séptima.- Para las relaciones entre el Ayuntamiento de Vigo y la Diputación Provincial, ostentará la representación de la Corporación Provincial, el Presidente de la misma, quien la ejercerá a través del jefe del servicio de recaudación de contribuciones e impuestos del Estado, el que autorizará todas las cuentas, y liquidaciones y actuaciones que se realicen. Octava.- El control y fiscalización de este servicio, se ejercerá directamente por el de contribuciones de la Diputación, bajo la supervisión del Sr. Interventor de Fondos provinciales, efectuándose, al efecto, los desplazamientos necesarios de tales funcionarios para mayor eficacia del servicio que se contrata. El precedente acuerdo se ha adoptado, previa declaración de urgencia, por no figurar el asunto en el orden del día. Igualmente, previa declaración de urgencia, se adoptan los siguientes acuerdos: ------ Folla: 60 Aprobar aumento en el precio de estancias en el manicomio de Conxo a partir de 1-1-68. 20. Prestar aprobación, en principio, a los aumentos de 20 pesetas en el precio de estancias de acogidos en el manicomio de Conxo, tanto en cuanto a las que se causen a partir de 1º de enero de 1968, como en cuanto a las causadas entre 1º de octubre y 31 del actual mes de diciembre; todo ello según propuesta de la comisión de beneficencia, para inclusión en el presupuesto ordinario del próximo ejercicio económico, con la salvedad de que el pago de estos aumentos requerirá nuevo acuerdo de la Corporación Provincial. ------ Folla: 60 Aprobar cuota de 75 pts. para los acogidos en le sanatorio de Toén. 21. Aprobar la nueva cuota de 75 pesetas por estancia diaria, de enfermos acogidos en el sanatorio psiquiátrico de Toén, según propuesta del Patronato Nacional de Asistencia Psiquiátrica, con efectos a partir de 1º de enero de 1968. ------ Folla: 60 Aprobar bajas de varios contraídos en el libro general de gastos. 22. Aceptando propuesta de la intervención de fondos, se acuerda la baja el Libro General de Gastos, de las diferentes cantidades contraídas, que figuran en la correspondiente relación de fecha 23 del corriente mes y año, y ello con objeto de subsanar para la práctica de la liquidación del actual ejercicio económico, diferentes errores materiales. ------ Folla: 60 Dar de baja cargos por tasas de hospital. 23. Se acuerda dejar sin efecto y dar de baja en la respectiva cuenta, los cargos del Hospital Provincial números 294-66, 391/64 y 22/65, por importes respectivos de 1.203,30 pesetas, 6.556,00 pesetas, y 4.190,50 pesetas, en razón de tratarse de cantidades que figuran en la relación de resultas por proceder de ejercicios ya liquidados. ------ Folla: 60 Dando baja de contraídos en el libro general de rentas y exacciones. 24. Se aprueba propuesta de la intervención de fondos, para dar de baja en el libro general de rentas y exacciones, cantidades que figuran contraídas, como consecuencia de liquidaciones defectuosas, por sus totales respectivos de 7.117,51 pesetas, 616,46 pesetas, 38.476,50 pesetas, 2.315,36 pesetas, 4.387,50 pesetas y 28.079,55. ------ Folla: 60 Dando baja 8 residuos de título de la deuda en el inventario de bienes. 25. De conformidad con propuesta de la intervención de fondos, se acuerda que causen baja en el inventario de bienes provinciales, 8 residuos números 5.636/43 de 100 pesetas nominales cada uno, procedentes, como resto, del canje de los títulos de la deuda perpetua interior, 4 %, emisión de 1º de octubre de 1951; y que cause baja en el mismo inventario, por amortización el título número 417.671, Serie C, deuda amortizable al 4% procedente de un donativo de D. Plácido Castro, por importe de 10.000 pesetas. ------ Folla: 60 Librar subvención a la Delegación Auxilio Social. 26. Visto el informe de la intervención de fondos, se acuerda el pago a la Delegación Provincial de Auxilio Social, de la suma de 50.000 pesetas, consignada como subvención y habilitación de crédito, en el vigente presupuesto. ------ Folla: 60 Consignar en 1968 - 75.000 pesetas de subvención al instituto de investigaciones geológicas, etc. 27. Vista la memoria-estudio de la transformación de brezales de la provincia en pastizales y praderas, formada por el Instituto de Investigaciones Geológicas, Edafológicas y Agrobiológicas de Galicia, el Pleno por unanimidad acuerda hacer constar en acta su satisfacción por el resultado de este trabajo, que deberá pasarse a las Comisiones de Montes y Agricultura, para su divulgación.- Igualmente se acuerda el pago a dicho instituto de la cantidad de 25.000 pesetas, consignadas en el vigente presupuesto para mejora de gastos y forrajes, y que, en el próximo presupuesto de 1968, se consigne la cantidad de 75.000 pesetas no solamente para que los estudios de carácter geológico, edafológico y agrobiológico, puedan realizarse por el instituto con la mayor perfección posible, sino también para que puedan dárseles la máxima divulgación que su naturaleza merece. ------ Folla: 60 Reconocer créditos para 1968. 28. De conformidad con la propuesta de la intervención de fondos, se acuerda reconocer los créditos que a continuación se expresen, para ser satisfechos con cargo al presupuesto de 1968: Al Boletín Oficial del Estado, por anuncios publicados en el número 2/8 de 12/09/67....... 19.400,00 pts. Al mismo Diario, por anuncios publicados en el número 244 de 12/10/67....... 25.000,00 pts. ------ Folla: 60 Reducir en un 5% el importe de los créditos de remuneración de personal contratado. 29. Visto lo establecido en el artículo 3º del Decreto-Ley de 27 de noviembre de 1967, el Pleno acuerda reducir en un 5 % el total importe de los créditos con cargo a los cuales se hubiese remunerado al personal contratado durante el año actual, y ello a fin de que esta reducción surta efectos en el presupuesto del próximo ejercicio de 1968. Igualmente se acuerda prorrogar a partir de 1º de enero de 1968, y por seis meses, todos los contratos formalizados para la prestación de servicios personales, ya sean estos contratos de carácter civil, administrativo o laboral. ------ Folla: 60 Aprobar y adjudicar obras 2ª fase adecentamiento fachada hospital provincial. 30. Dada cuenta de propuesta del Sr. Director del Hospital Provincial, referente a continuación de las obras de adecentamiento de las fachadas exteriores del hospital provincial, y del presupuesto formalizado por el Sr. Aparejador provincial para su realización por un importe de 342.920,00 pesetas, la Corporación teniendo en cuenta que estas obras son de carácter urgente y que su primera fase fue adjudicada directamente al contratista D. José Cano, acuerda aprobar dicho presupuesto y que las obras que comprende se realicen por el expresado contratista. ------ Folla: 60 Enterarse de carta de D. Pío Cabanillas agradeciendo felicitación. 31. Queda enterada la Corporación, de carta del Excmo. Sr. D. Pío Cabanillas Gallas, subsecretario del Ministerio de Información y Turismo, agradeciendo la felicitación de aquella, por su reciente elección como consejero del reino, así como de otros asuntos de protocolo comunicaciones oficiales. ------ Folla: 60 Felicitar al gobernador por su reciente matrimonio. 32. Por unanimidad acuerda la Corporación, hacer constar en acta su más efusiva felicitación al Excmo. Sr. Gobernador Civil de la Provincia D. Ramón Encinas Diéguez, por su reciente matrimonio, con el deseo de que su nuevo estado le proporcione la mayor felicidad. ------ Folla: 60 Ruego del Diputado Sr. González Araujo sobre aclaración del asunto de estancias en Conxo ordenadas por el Ayuntamiento de Vigo. 33. El Diputado Sr. González Araujo, ruega a la Presidencia que le sean facilitados los datos necesarios para poder aclarar al Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Vigo, la situación en que se encuentra el asunto referente al pago por la Diputación ha dicho Ayuntamiento, del importe de estancias causadas en el manicomio de Conxo por enfermos procedentes de su término municipal, cuyas cantidades se reclaman por ese centro sanatorial, al expresado Ayuntamiento. ------ Folla: 60 Hacer saber al personal técnico la necesidad de cumplir con toda exactitud el horario de trabajo. 34. Por último, teniendo en cuenta el Pleno la conveniencia de que los servicios técnicos de la Diputación funcionen con la mayor perfección posible, desarrollándose todos los trabajos sin retraso alguno, acuerda se haga saber al personal técnico la necesidad de cumplir con toda exactitud el horario establecido para el resto del personal. Y no habiendo más asuntos de que tratar, se levantó la sesión, por orden de la Presidencia, a las diecinueve horas, firmándola los que la interviene, de todo lo cual, como Secretario accidental, certifico. El Presidente El Interventor El Secretario accidental ------

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