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Acta de sesión 1968/10/19_Extraordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.074/1.1968-10-19_Extraordinaria

  • Título Acta de sesión 1968/10/19_Extraordinaria

  • Data(s) 1968-10-19 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

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Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 83,85 Presidente Sr. Lorenzo Docampo Vicepresidente Sr. Puig Gaite Diputados Sr. Candeira Blanco Sr. Casal Aboy Sr. García Borregón Sr. González Araujo Sr. González Taboada Sr. Hernández Zunzunegui Sr. Iglesias Vázquez Sr. Martínez Garrido Sr. Otero Rey Sr. Piñeiro Acosta Sr. Rial López Sr. Rodríguez Blanco Sr. Romero Pacheco Sr. Valeiras de Tierra Secretario Sr. Pascual Rosón 1. En la Casa Palacio de esta Excma. Diputación Provincial, siendo la hora de las dieciocho del día diecinueve de octubre de mil novecientos sesenta y ocho, bajo la presidencia del Ilmo. Sr. D. Enrique Lorenzo Docampo, se reunieron los señores vicepresidente, Ilmo. Sr. D. Antonio Puig Gaite, y Diputados: D. Juan Antonio Candeira Blanco, D. José Casal Aboy, D. Ricardo García Borregón, D. José González Araujo, D. Luís González Taboada, D. Alejandro Hernández Zunzunegui, D. Antonio G. Iglesias Vázquez, D. Luciano Martínez Garrido, D. Pedro Otero Rey, D. Victoriano Piñeiro Acosta, D. Pedro Rial López, D. Saturno Rodríguez Blanco, D. Antonio Romero Pacheco y D. Ricardo Valeiras de Tierra, con el fin de celebrar la sesión extraordinaria convocada para este día, según convocatoria de fecha 15 del actual que inserta el B. O. de la Provincia número 238 y de fecha 17 del actual para tratar de los dos únicos asuntos expresados en aquella: actúa de secretario el titular de la Corporación D. Pascual Rosón Pérez. Declarada abierta la sesión por la Presidencia se pasaron a discutir los asuntos consignados para esta sesión cuyo resultado es el siguiente: Expediente de habilitación y suplemento de créditos con cargo a la rúbrica de "Indeterminados", de la última partida del capítulo VII del estado de gastos del presupuesto ordinario.- Tramitado el oportuno expediente instruido en cumplimiento de lo dispuesto en la circular de 27 de febrero de 1968, elevado al Servicio Nacional de Inspección y Asesoramiento de las Corporaciones Locales, el Ilmo. Sr. Jefe Superior del mismo, por resolución del cinco del actual, acordó facultar a esta Excma. Diputación Provincial para tramitar los oportunos expedientes de suplementos y habilitaciones de créditos, mediante transferencia de los créditos precisos, ateniéndose a lo dispuesto en los artículos 691 de la vigente Ley de Régimen Local y 22 de la Ley 48/1966. Los créditos habilitados, suplementados y transferidos que se aprueban son los siguientes: Créditos que se habilitan Capítulo I.- Personal activo Artículo I.- Sueldos y remuneraciones cobradas en mano Partida 11 bis.-Importe de una paga extraordinaria para los funcionarios y empleados de esta Diputación, concedida por el Pleno en sesión de 28-03-68 y autorizada por la Dirección General de admón. Local por resolución de 17-04-68 1.200.000,00 Capítulo V.- Subvenciones y participaciones en ingresos Artículo 2º.- Corporaciones Locales Partida 212 bis.- Al Ayuntamiento de Nigrán, para coadyuvar a los gastos de instalación de un poste repetidor de televisión en la zona de dicho término municipal A.P. 29-08-68 100.000,00 Capítulo VI.- Extraordinarios y de capital Artículo 8º.- Aportaciones a presupuestos de capital Partida 307 bis.- Aportación al presupuesto extraordinario para vías provinciales y nuevas obras e instalaciones en edificios provinciales en cumplimiento de A.P. de 29-08-68 10.847.710,00 Aportación de la Diputación a la Comisión provincial de servicios técnicos, para la construcción del c.v. de Sanxenxo por Padriñán-Laxe a Reis 2.193.813,22 Para asfaltado del camino de Monte Lobeira en Vilagarcía 120.000,00 Para afirmado del camino de Palmou en Lalín 120.000,00 Para pavimentaciones en A Cañiza 182.000,00 Para asfaltado de la carretera de Pontevedra a Casas Novas 420.000,00 Para asfaltado del camino de A Armenteira-O Busto 470.000,00 Para obras de consolidación y reforma del Palacio de Lourizán 600.000,00 Para obras complementarias en el Palacio provincial 3.000.000,00 Para instalación de calefacción con fuel-oil en el Palacio Provincial 300.000,00 Para obras de ampliación en boxes de la sala de San Bernardo y Santa Catalina del Hospital, para la Seguridad Social 810.039,74 Para obras de reforma y nueva instalación del servicio sanitario y offices en el hospital 1.131.856,22 Para obras de reforma y mejora de la instalación eléctrica en el hospital 300.000,00 Por redondeo de la partida 0,82 Créditos que se suplementan Capítulo I.- Personal activo Artículo 1º.- Sueldos y remuneraciones cobradas en mano Partida 17.- Para el pago de haberes y demás emolumentos del personal laboral y contratado del parque móvil 120.000,00 Partida 21.- Sueldo, retribución complementaria, aumentar graduales y pagas extras del personal de servicios especiales y subalterno del hospital 300.000,00 Partida 24.- Plus transitorio de carestía al personal técnico, técnico auxiliar, administrativo, especiales y subalterno del hospital provincial 200.000,00 Partida 26.- Para el pago de contratos de trabajo que formalicen la Diputación, por prestación de servicios en el hospital provincial 100.000,00 Partida 27.- Para el pago de porcentajes al personal técnico, técnico auxiliar, administrativo, servicios especiales y subalterno del hospital, por derecho de asistencia a enfermos pensionistas 4.300.000,00 Partida 34.- Para el pago de contratos de trabajo que formalice esta Diputación, por prestación de servicios en el hogar provincial 150.000,00 Partida 43.- Para pago de deudas de ejercicios anteriores 65.909,00 Importe de la gratificación extraordinaria de navidad de 1967, del personal del taller de carpintería del hogar provincial 737,40 A D. Nicanor Sánchez Casal, maestro de mesilla del hogar provincial, gratificación extraordinaria de septiembre de 1966 y festivos no recuperables y domingos de los meses de abril y mayo de 1966 4.083,40 Para pago de premios de estimulo a favor de los productores del hogar provincial del año 1966, así como la liquidación por horas extraordinarias de 1967 devengadas por los ayudantes sanitarios del hospital 61.087,52 Por redondeo de la partida 0,68 Partida 47.- Para el pago de contratos de trabajo que formalice la Diputación por prestación de servicios en los talleres del hogar provincial 60.000,00 Partida 70.- Para el pago de contratos que formalice la Diputación por prestación de servicios en el servicio de fomento ganadero 70.000,00 Artículo 2º.- Previsión y otras prestaciones Partida 74.- Para el pago de Seguros Sociales y demás de esta naturaleza del personal laboral 540.000,00 Partida 76.- Para el pago de prestaciones médico-farmacéuticas de los funcionarios provinciales 100.000,00 Capítulo II.- Material y diversos Artículo ¿11º?.- Gastos de los servicios Hospital Provincial Partida 106.- Adquisición de víveres y combustibles 1.300.000,00 Partida 109.- Adquisición de material quirúrgico 22.867,00 Partida 110.- Para gastos de farmacia 700.000,00 Partida 111.- Para adquisición de mobiliario y ropa 505.593,00 Partida 114.- Para transfusiones de sangre 400.000,00 Partida 115.- Para atender a los gastos de laboratorio y análisis, incluidos los de radiología 400.000,00 Partida 117.- Para gastos diversos (energía eléctrica, teléfono, etc.) 130.000,00 Hogar provincial Partida 120.- Para adquisición de víveres y combustibles 100.000,00 Partida 124.- Para adquisición de vestuario y ropas 100.000,00 Partida 125.- Para gastos diversos (teléfono, agua, energía eléctrica) 50.000,00 Talleres de hogar provincial Partida 154.- Para la adquisición de material para el taller de mecánica y fontanería del hogar. 25.000,00 Capítulo III.- Clases pasivas Artículo 1º.- De la Corporación Partida 188.- Previsión para el pago de atrasos a cargo de la Diputación, al personal de clases pasivas, en discriminación de las pensiones fijadas por la MUNPAL 650.000,00 Capítulo V.- Subvenciones y participaciones en ingresos Artículo 5º.- A particulares Partida 265.- Cuatro becas para divulgadoras puericultoras del hogar provincial 36.000,00 Capítulo VI.- Extraordinarios y de capital Artículo 1º.- Inversiones no productoras de ingresos Partida 272.- Para mobiliario y material inventariable 1.300.000,00 Partida 276.- Para adquisición de material inventariable con destino al hogar provincial 50.000,00 Partida 280.- Para atender a los gastos de todas las clases que se originen en las obras de accesos a playas y acondicionamiento de los mismos, así como limpieza de rías y sostenimiento de la oficina técnica 806.186,00 Artículo 2º.- Inversiones productoras de ingresos Partida 284.- Para adquisición de mobiliario y material inventariable para el hospital provincial 1.500.000,00 Artículo 7º.- Adquisición de valores y participación en capital de empresas Partida 304.- Al patronato de viviendas de funcionarios previsión para atender al pago de tres viviendas a cargo de la Diputación 1.600.000,00 Total igual 27.829.265,00 Créditos que se transfieren Capítulo VII.- Reintegrables, indeterminados e imprevistos Artículo 2º.- Indeterminados Partida 322.- Para atender a los mayores gastos que resulten del cumplimento estricto de los servicios mínimos obligatorios, de los ayuntamientos y de los correspondientes a las Diputaciones, por la Ley de Régimen Local de quinquenios y horas extras, de su personal previa autorización de la Dirección General de Administración Local 27.829.265,00 Total igual 27.829.265,00 Por el Secretario fedante se hace la aclaración de que el crédito que se suplementa en el capítulo I, artículo 1º, partida 27, por un total de 4.300.000,00 pesetas, engloba la partida consignada en la resolución del 5 de octubre del Servicio Nacional de Inspección y Asesoramiento para pago de porcentajes a médicos y personal del hospital provincial que totaliza 3.750.000,00 mas la consignada para pago de porcentajes del personal del hospital por derechos de asistencia a enfermos, como insuficiente consignación, por un total de 550.000 pesetas. Igualmente y de conformidad con la observación de dicho alto centro directivo en la resolución mencionada, la efectividad de los créditos relativos a personal se entiende condicionada a que se haya obtenido la autorización de dicho centro, que exige la Ley 108 de 1963. También se acuerda exponer al público el expediente de referencia por espacio de quince días hábiles a tenor de lo dispuesto en el número 3 del artículo 691 de la vigente Ley de Régimen Local, a efectos de reclamaciones. ------ Folla: 85 Aprobar expediente de distribución y determinación de créditos en la última partida del concepto "Indeterminados" del capítulo VII del presupuesto de gastos del especial de contribuciones. 2. Expediente de distribución y determinación de créditos en la última partida del concepto "Indeterminados" del capítulo VII del presupuesto de gastos especial de contribuciones. Se aprueba la moción presidencial que es del tenor literal siguiente: "La 7ª de las instrucciones complementarias para la formación de los presupuestos de las Corporaciones Locales del ejercicio de 1968, aprobadas por orden de 11 de diciembre de 1967, establece un crédito transitorio en dichos presupuestos, prorrogados o no, que habrá de figurar en el estado de gastos como última partida del concepto "Indeterminados" del capítulo VIII, para atender a los mayores gastos que resulten del cumplimento estricto de servicios mínimos obligatorios, régimen legal de quinquenios y horas extraordinarias de personal, previa la oportuna autorización de la Dirección General de Administración Local, que podrá delegar tal facultad en los servicios provinciales de inspección y asesoramiento, e indica los ingresos con que ha de nutrirse la mencionada partida. Como consecuencia de la publicación del decreto número 2006/66 y orden de 31 de diciembre de 1966, del Ministerio de Hacienda, sobre reorganización de zonas recaudatorias y retribuciones mínimas asignadas a las mismas, se procedió a la tramitación del oportuno expediente y subsiguiente liquidación, por virtud de la cual han sido satisfechas a los recaudadores de las distintas zonas de la provincia parte de las compensaciones que en virtud del mentado decreto les correspondían, referentes al año 1967, quedando pendiente de pago, por falta de consignación presupuestaria, la suma de 549.645,24 pesetas. Practicada y aprobada la liquidación del presupuesto especial de contribuciones del año 1967, y vistas las certificaciones expedidas por el Sr. Interventor de Fondos, el crédito disponible en el estado de gastos, como última partida del capítulo VIII, concepto "Indeterminados", aparece cifrado en 745.562,29 pesetas que corresponden exactamente con el superávit que arrojó la liquidación de referencia. Por consecuencia de todo ello, y de acuerdo con las instrucciones y normas que quedan citadas en la cabeza de este escrito, el Presidente que suscribe tiene el honor de proponer a la Corporación Provincial la distribución, en parte, del crédito disponible, en los siguientes términos: Importe del crédito disponible 745.562,29 Ptas. A) Para gastos de Personal Por los conceptos del apartado a) del número 1 de la norma 3ª de la circular de 27 de febrero de 1968 B) Para otros gastos ---------------- Para abono a los recaudadores de las zonas de Caldas de Reis, A Cañiza, A Estrada, Lalín, Ponteareas, Ponte Caldelas, Redondela, Tui y Vigo, por insuficiencia de consignación (Partido 9 del estado de gastos) 549.645,24 Total 579.645,24 Por último, se acuerda enviar copia del expediente a la Delegación de Hacienda y Servicio Provincial de Inspección y Asesoramiento de las Corporaciones Locales para su curso definitivo. Y no habiendo mas asuntos que tratar, en esta sesión solevanta la misma siendo la hora de las veinte, que firman los que la intervienen, de todo lo que doy fe. El Presidente El Secretario ------

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