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1984-11-28_Extraordinaria. Acta de sesión 1984/11/28_Extraordinaria
Acta de sesión 1984/11/28_Extraordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.081/2.1984-11-28_Extraordinaria
Título Acta de sesión 1984/11/28_Extraordinaria
Data(s) 1984-11-28 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 1C8075763,1C8075764 De la sesión Extraordinaria en primera convocatoria, celebrada por el Pleno de esta Excma. Diputación el día, 28 de Noviembre de 1984 En el Salón de Sesiones de la Excma. Diputación Provincial de Pontevedra, siendo las dieciocho horas y siete minutos, del día veintiocho de noviembre mil novecientos ochenta y cuatro, bajo la presidencia del Ilmo. Sr. Presidente D. Mariano Rajoy Brey, se reunieron los Sres. Diputados D. Mariano Abalo Costa, D. Javier Álvarez Salgado, D. José Manuel Barros González, D. José Alfredo Bea Gondar, D. Jorge Casal Pintos, D. José Castro Álvarez, D. José Cuiña Crespo, D. Manuel Díaz González, D. Avelino Fernández Alonso, Dª. Elvira Fernández Díaz, D. José Manuel Gallego Lomba, D. Fernando García del Valle Gutiérrez, D. Emilio González Iglesias, D. Elías Lamelas Fariña, D. José Luis López de Guereñu Polán, D. César Marcelino López Freire, D. Adriano Marques de Magallanes, D. Alberto Martín de Hijas Díez, D. Juan Francisco Martínez-Herrera Escribano, D. César José Mera Rodríguez, D. Diego Murillo Carrasco, D. Cesáreo Novoa Alcaraz, D. Pablo Padín Sánchez, D. Javier Pedrido Fraiz y D. Luciano Piñeiro Bermúdez, con el objeto de celebrar sesión Extraordinaria de la Diputación en Pleno, en Primera Convocatoria, con arreglo al correspondiente Orden del Día. A efecto de votaciones se hace constar que la Corporación está formada por veintisiete Diputados de hecho y de derecho, incluido el Presidente. Da fe del acto el Secretario General, D. José Fariña Jamardo, y está presente el Interventor de Fondos Provinciales, D. Fernando Pedrosa Roldán. No asiste a la sesión el Sr. Diputado D. José Antonio Rueda Crespo. Declarada abierta la sesión y de orden de la Presidencia se entra seguidamente en el examen del Orden del Día, adoptándose en relación con el mismo los siguientes acuerdos: 1.1075.- ACTA ANTERIOR El Sr. López de Guereñu interesa que en la página veinticuatro del borrador y en relación con su intervención en la línea séptima, se suprima el párrafo "esto es independiente", y que en la página veinticinco, línea once, se sustituya "Mercados Nacionales" por "Mercados Internacionales", lo que está en consonancia con el resto del párrafo, a lo que se accede por unanimidad, y con estas dos modificaciones y también por unanimidad, se acuerda aprobar el borrador del Acta de la anterior sesión, ordinaria, del Pleno del día 26 de octubre de 1984. A continuación el Sr. Abalo Costa interviene por lo que considera una cuestión de orden, y solicita una explicación por parte de la Presidencia del por qué este Pleno de noviembre tiene carácter extraordinario y no ordinario, a lo que contesta la Presidencia diciéndole que el cambio de fecha obedece a que el día 30 se celebra en Madrid una reunión de la UNED de gran trascendencia en cuanto al futuro de la misma en Pontevedra, y a la que tiene que asistir como Presidente del Patronato. ------ Folla: 1C8075764 2.1076.- PROPUESTAS DE CONVENIOS ESPECÍFICOS DENTRO DEL ACUERDO MARCO ENTRE LA CONSELLERIA DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN Y LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE PONTEVEDRA Vistas las propuestas de Convenios Específicos para el desarrollo de "Ganado Vacuno en la Provincia", "Variedades de Viñedo Autóctonos en Galicia", y del "Bosque Gallego y Conservación de variedades de Castaño", en ejecución de lo dispuesto en el Acuerdo Marco firmado por la Consellería de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Excma. Diputación Provincial, el Pleno, por unanimidad, acuerda aprobar los tres Convenios Específicos, y faculta al Iltmo. Sr. Presidente para que en nombre de esta Excma. Diputación Provincial, proceda a la firma de los citados Convenios. ------ Folla: 1C8075764 3.1077.- FALLOS DEL JURADO DE PREMIOS DE TESIS Y TESINAS DE 1984 De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Acción Social, se acuerda por unanimidad, aprobar el Acta del fallo del Jurado calificador, otorgando los siguientes Premios: a) Trabajo de Catedrático o Profesor, declararlo desierto por no presentarse trabajo alguno. b) Tesis sobre temas de la provincia de Pontevedra: -D. Xan Carmona Badía, por su trabajo "Producción textil rural e actividades marítimo pesqueras na Galiza 1750- 1905". -Dª. Mª Amelia Peralta Bejarano, por su trabajo "Nuevas contribuciones al estudio químico de las fumarias y de la sal de Fremy como oxidante". -Dª. Mª Carmen San José Capilla, por su trabajo "Organogénesis y regeneración de plantas de Castillo mediante cultivo in vitro". -D. Antón Masa Vázquez, por su trabajo "Estudio de la afinidad portainjerto-viníferas en variedades de vid cultivadas en Galicia". -D. Joaquín Rodríguez Campos, por su trabajo "Economía, estratificación social e adaptación. Estudio antropolóxico da terra de montes". c) Tesis sobre temas libres de solicitantes de la Provincia de Pontevedra: -D. Manuel Fontoira Suris, por su trabajo "Estudio sobre la maduración de la respuesta evocada somatosensorial". -D. Alberto Casado Ferviño, por su trabajo "La licencia de marca en el derecho norteamericano. El requisito del control". d) Tesinas de licenciatura sobre temas de la provincia de Pontevedra: -Dª. Mª Aurora Artiega Rego, por su trabajo "La propiedad de la tierra en las comarcas de Santiago y Tui: Redención y venta de rentas forales en el último cuarto del siglo XIX". -D. Juan Carlos Maneiro Cedillo, por su trabajo "Vertebrados de la Ría de Arousa: faunística, biogeografía de islas y estudio de las poblaciones de Crocidura russula". -D. Jesús Domínguez Conde, por su trabajo "Vertebrados de las gándaras de Budiño (Pontevedra): I. Inventario faunístico. II. Evolución estacional de las Comunidades de pasediformes". -D. Martín González Fernández, por su trabajo "La filosofía de Francisco Sánchez, el escéptico". (1550-1623). e) Tesinas sobre temas libres de solicitantes de la Provincia de Pontevedra: -Dª. Margarita Vila Da Vila, por su trabajo "Arquitectura y Escultura románica en la Iglesia de Santa María de Cambre". -D. Ricardo Alonso Alonso, por su trabajo "Aportaciones a la síntesis de alcaloides ribasínicos". -Dª Margarita Smyth Chamosa, por su trabajo "Estudio de la flora briológica de Santiago de Compostela". El Premio concedido a mayores en el apartado de Tesis y en el de Tesinas, lo es con cargo a la dotación del de Catedrático o Profesor agregado que ha quedado desierto. ------ Folla: 1C8075764,1C8075765 4.1078.- PROGRAMA DE OBRAS CULTURALES PARA 1985, DENTRO DEL V CENTENARIO DE LA UNIDAD DE ESPAÑA Sr. Presidente.- ¿Alguna intervención?, Sr. López de Guereñu. Sr. López de Guereñu.- Este expediente lo tramita la Diputación como una Institución intermedia entre los Ayuntamientos y el Estado, de acuerdo con el RD 988/82, de 30 de abril, que regula las subvenciones del V Centenario de la Unidad de España a celebrar en el año 92. Las solicitudes que han formulado los Ayuntamientos, que la Comisión de Acción Social ha tenido a bien estudiar y que vienen a la consideración del Pleno, plantean algunos casos que yo diría son de dudosa rentabilidad, en el sentido menos mercantil del término, y al mismo tiempo no me parece, deban ser contemplados por la Diputación como un caso de estricta justicia. Dentro de las solicitudes que se formularon con cargo al año 84, se encuentra un Auditorio-Teatro en Ponteareas y, dentro de las solicitudes que se plantean para el año 85, el equipamiento para dicho Auditorio-Teatro; esto se sale fuera de lo contemplado en el RD 988/82, de 30 de abril, que es el que regula este tipo de subvenciones por cuanto, si estaría justificado el que la Diputación hiciese de intermediaria del Ayuntamiento de Ponteareas como de cualquier otro Ayuntamiento de la Provincia, para que este Ayuntamiento percibiese una subvención con el fin de construir un Auditorio- Teatro en ese Municipio, no así para equipar el Auditorio, porqué, de lo contrario, cada vez que se haga una reforma el Auditorio- Teatro pedirá nueva subvención, así hasta el año 92. Es evidente que se trata de obras de carácter cultural, pero que todos los complementos no pueden ser incluidos dentro del artículo correspondiente del RD que regula este tipo de subvenciones, por lo tanto nos parece que es un abuso, que la Diputación podría muy bien corregir, y lo haría, desde mi punto de vista, de la siguiente manera, manteniendo la propuesta de Auditorio- Teatro en Ponteareas, porque efectivamente, está dentro de lo contemplado pero, quitando la solicitud de equipamiento para dicho Auditorio-Teatro, ¿y por qué?, como después me extenderé en otros casos que también están ahí contemplados en la propuesta de acuerdo y yo no estoy de acuerdo, valga la redundancia, pues por una cuestión de elemental equidad, si la Diputación de Pontevedra solicita muchas obras, más difícil se le pone a la Administración Central para que pueda, dentro de los límites presupostarios de que se dispone en este tipo de subvenciones, atender a todas aquéllas que la Diputación tramite, si el número es más reducido y más razonable, más posibilidades existen de que sean atendidos por la Administración Central, y este es un caso que yo creo claro de excluir en esa relación. Castillo de Vilasobroso, también en el Municipio, ya decimos de Mondaríz, pero como si fuera de Ponteareas, los Sres. Diputados me entienden, esto fue incluido en la relación de subvenciones con cargo a este RD para el año 1984, ya obtuvo subvención de la Administración del Estado por valor de cinco millones trescientas y pico mil pesetas, obtuvo una subvención de la Diputación de tres millones de pesetas, por cierto, sin que la Diputación exigiese el compromiso presupostario a que estaría obligado el Ayuntamiento de Ponteareas, compromiso que no consta en esta casa, y la Xunta de Galicia ha subvencionado también con cargo al presupuesto del año 84, para la habilitación y reconstrucción del Castillo de Vilasobroso. Como quiera que el Ayuntamiento de Ponteareas ya ha sido subvencionado por el Estado con cinco millones trescientas mil pesetas, no tiene sentido que la Diputación, dentro de las subvenciones que solicita con cargo al presupuesto del 84, e insisto, que ya ha sido subvencionado en ese año, vuelva a pedir otra subvención con cargo al mismo ejercicio económico, véase el expediente y se verá que no se incluye en la relación del año 85, sino en la relación del año 84. Hay otro caso que me parece debiera excluirse de esa relación, siempre en la línea de hacer propuestas lo más reducidas posibles para que puedan ser atendidas por la Administración Central, porque de lo contrario se hace más difícil que puedan ser atendidas por el Estado, Sala de Exposiciones adjunta al Palacio Provincial, y sobre eso tengo que decir lo siguiente, viene en la propuesta de acuerdo incluida esta obra. Yo he visto el anteproyecto que el Presidente ha tenido a bien informarme de él, con mis compañeros de Grupo Socialista, y esa obra entraba una serie de dificultades de tipo legal, de cambio de uso, del suelo en la Alameda. Por otra parte no está clara la voluntad del Grupo de Gobierno cuando por un lado se me contesta por el Presidente en la Comisión de Gobierno, que ese tema está aparcado y que no va a tener, por el momento, solución de continuidad, y sin embargo ahora viene a Pleno la inclusión de esta obra pidiendo una subvención al Estado para su realización. Por otra parte, la ejecución de la obra sería carísima, está presupuestada en ciento once millones de pesetas, un Auditorio y Sala de Exposiciones anexa en el subsuelo del lado oeste de la Diputación Provincial, y nosotros hemos sugerido una alternativa distinta cual sería la de que la Diputación adquiriese patrimonio, es decir, hay edificios con unas características histórico-artísticas, en Pontevedra capital y en la provincia, que podrían ser adquiridos por una cantidad de dinero más inferior que servirían a estos fines de Sala de Exposiciones y que no precisaría de ninguna manera de un proyecto de esta envergadura. Por lo tanto esta es otra contradicción que quiero poner de manifiesto, y por último la remodelación de la Casa Consistorial de Barro no se ajusta al RD que regula subvenciones para obras de carácter cultural, pero la remodelación de la Casa Consistorial de Barro no es una obra que persiga ningún fin cultural, se comprenderá que incluir este tipo de subvenciones en esta relación es un acto caprichoso, que desde luego nosotros no estamos dispuestos a consentir con nuestro voto. Sr. Presidente.- Muchas gracias Sr. López de Guereñu. Sr. Castro. Sr. Castro Álvarez.- Por alusiones. No quería intervenir pero ya que el compañero López de Guereñu menciona tanto Ponteareas me da la impresión de que, casi estaba confundiéndome, si era Concejal de aquel Ayuntamiento Lo que si me sorprende muchísimo es que tenga tanta preocupación que se le vaya agotar el dinero del Estado, y decir a más Ayuntamientos de la provincia que se beneficien más dificultades del Gobierno. Naturalmente usted tiene que defender la provincia de Pontevedra y en cuanto al Castillo de Vilasobroso y que nos exigió por parte de la Diputación la aportación del Ayuntamiento, lo que si pediría al Sr. López de Guereñu que comente con sus propios compañeros, y lo único que puede testificarse aquí porque son hechos y no palabras, es que en el castillo está ejecutada la obra; y que si la Diputación dio tres millones y el Estado cinco millones y la Xunta cinco millones, hasta veintidós millones de pesetas, es de suponer que el resto lo tuviera que poner el Ayuntamiento Pero hay un Decreto que hace el Estado, y está indicando a los Ayuntamientos que posibilidades hay, acogiéndose al V Centenario de la Unidad de España de realizar una serie de obras culturales a las que cada Ayuntamiento puede acogerse. Pero que dice el Decreto que estas obras tienen que ser aprobadas por la Diputación, entonces el Ayuntamiento en vez de mandarlo directamente al Gobierno, lo manda a través de la Diputación y ruega a la Diputación, porque también en eso viene señalado que preste una subvención para eso, pero en cuanto a que esa obra esté comprendida en este Plan que promueve el propio Gobierno, será el Gobierno cuando llegue allí quien decida. Me sorprende que viendo la oposición contra el Castillo de Vilasobroso y contra la propia plaza de la Música, después el Gobierno no le da la razón y nos da la subvención; y en esto Sr. López de Guereñu a pesar de su oposición, tenga usted la plena seguridad de que el Gobierno va a concederle la obra al Ayuntamiento para el Auditorio del Teatro, porque que creo que una de las cosas que ese plan promueve son las obras culturales y esta no le quepa la menor duda que si lo es. Sr. Presidente.- Muchas gracias Sr. Castro. Sr. López Freire. Sr. López Freire.- Simplemente para aclarar una cuestión. En la Comisión se ha debatido este tema como es lógico y yo no voy a entrar en el tema del Ayuntamiento de Ponteareas, porque considero que los Ayuntamientos son los que deben pedir las obras que consideren ellos que deben de realizarse con cargo a este Plan, siempre y cuando cumplan la Normativa que yo creo que si; pero en cuanto a lo que se refiere a obras de la Diputación, creo que quedó muy claro que las subvenciones que concede el Estado van a ir destinadas exclusivamente al Castillo de Soutomaior, es decir, todas las otras obras son obras posibles a incluir por si la cantidad fuera tan grande que nos pudiera alcanzar. Nada más. Sr. Presidente.- Muchas gracias Sr. López Freire. Sr. Abalo. Sr. Abalo Costa.- Si, é para facer fincapé no que acaba de decir o Sr. Castro, últimamente, de que efectivamente o Goberno Central vai asumir este tipo de proposta que se lle faga e non é casualidade porque entendo que aquí o que se pretende e potenciar o V Centenario da Unidade de España que para mín é un fenómeno profundo e insultantemente anticultural, e non comprendo como se poden programar obras culturais desde esa perspectiva, pero claro aquí resulta mais que evidente que o que se pretende non é facer unha labor de carácter cultural sinón fomentar determinado tipo de aspectos políticos. En todo caso non estou de acordo cos criterios de selección que aquí se aplican para aprobar unha serie de obras pretendidamente culturais. Nada mais. Sr. Presidente.- Muchas gracias Sr. Abalo. Sr. Marques. Sr. Marques de Magallanes.- Simplemente aclarar al Sr. López que cuando dijo que podía haber un cambio de uso en cuanto a la posible Sala de Exposiciones, yo le diría que no porque realmente no se trata del suelo sino del subsuelo, y cuando dice también que le parece exagerado ciento diez millones de pesetas, yo quiero recordarle y además recordarlo por y para felicitar al Ayuntamiento de Pontevedra que va a cometer una obra que sale alrededor de trescientos millones que será también un centro de difusión cultural permanente. Nada más muchas gracias. Sr. Presidente.- Muchas gracias Sr. Marques. Sr. López de Guereñu, y con ello finaliza el debate, le ruego brevedad porque ya ha fijado su postura. Sr. López de Guereñu.- Una brevedad absoluta. Primero decir que el RD es de 30 de abril del 82, es decir, que no procede del actual gobierno sino del anterior gobierno, es un lapsus que ha tenido quizá el Sr. Castro. No está comprometida la partida presupuestaria del Ayuntamiento de Ponteareas, y me remito al expediente, se piden subvenciones de las que la Diputación es avalista, y el Ayuntamiento de Ponteareas no tiene comprometido en presupuesto la partida presupuestaria correspondiente, por lo tanto, no hay garantías de ningún tipo de que se acometa la obra, de acuerdo con los Planes establecidos, y de acuerdo con los criterios que la Diputación ha tenido en cuenta cuando ha subvencionado esa obra, como los tendrá en cuenta la Administración Central. Se pide la subvención con cargo al año 84, forma parte del expediente también, y el Sr. Castro acaba de reconocer que con cargo al año 84 ya se ha recibido una subvención de cinco millones trescientas mil pesetas, por lo tanto es una irregularidad, y desde luego, lo que pueda hacerse desde la Administración Central, evidentemente, son criterios muy respetables. Los Diputados socialistas nunca van a ir a la Administración Central para que se decida desde allí lo contrario que haya decidido la Diputación, aquí mantendremos nuestra postura discrepante en aquello que consideremos oportuno, pero jamás acudiremos a la Administración Central para que vulnere o boicotee una decisión tomada por esta Institución. Sr. Presidente.- Muchas gracias Sr. López de Guereñu, nosotros vamos a mantener el dictamen de la Comisión, que tiene fundamentalmente dos puntos; uno primero, aprobado unánimemente en dicha Comisión, en petición de ayuda para el Castillo de Sotomaior, y otro segundo, con la abstención de los Sres. Álvarez Salgado y López de Guereñu, miembros del Grupo Socialista en esa Comisión. En principio las mayores discrepancias vienen dadas por la inclusión del Ayuntamiento de Barro, pero la última parte del dictamen de la Comisión habla de que la obra nº 5, esto es, la remodelación de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de Barro se condiciona a que ostente o no el carácter histórico-cultural a que se refiere el RD 988/82. En cuanto a si deben incluirse o no deben incluirse determinados amueblamientos del propio Castillo de Vilasobroso, del propio Palacio de la Música del Ayuntamiento de Ponteareas, es algo que queda al libre albedrío, a lo que decida en Madrid el Ministerio de Cultura, y nosotros nos limitamos simplemente a transmitir, con un criterio que entiendo que debe ser amplio y flexible como siempre es el criterio de esta Corporación y así lo hemos demostrado, cuáles son las peticiones de los distintos Ayuntamientos Y dicho esto sometemos a votación este punto concreto del Orden del Día. Efectuada la votación el dictamen de la Comisión es aprobado por dieciséis votos a favor, nueve en contra de los Diputados presentes del Grupo del PSOE. y del Sr. Abalo Costa, y la abstención del Sr. Padín Sánchez, acordando por tanto y por mayoría absoluta: 1º) De conformidad con las normas e instrucciones del RD 988/82 de 30 de abril, sobre subvenciones del V Centenario de la Unidad de España, solicitar de la Dirección General de Cooperación Local del Ministerio de Administración Territorial, una subvención de CIEN MILLONES DE PESETAS (100.000.000), para las obras de reconstrucción del Castillo de Soutomaior, propiedad de esta Excma. Diputación Provincial, a realizar durante el próximo ejercicio de 1985, en continuación de las ya efectuadas a partir de 1982, Y dentro del proyecto remitido y aprobado en su día por dicho Ministerio, facultando a la presidencia para formular en nombre de la Corporación, la petición de otorgamiento de la referida subvención. 2º) Remitir a la Dirección General de Cooperación Local del Ministerio de Administración Territorial, las nuevas peticiones solicitadas para 1985, que se detallan: 1.- Biblioteca Pública del Ayuntamiento de O Rosal. 2.- Ampliación Biblioteca Pública del Ayuntamiento de Marín. 3.- Mejora de la Casa de Cultura del Ayuntamiento de Caldas de Reis. 4.- Rehabilitación y acondicionamiento de la Casa de Cultura para Biblioteca y aula cultural del Ayuntamiento de Vilagarcía. 5.- Remodelación de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de Barro. 6.- Reparación de la Biblioteca Pública del Ayuntamiento de Barro. 7.- Mejora y reforma de la Casa de Cultura de Combarro, propiedad de esta Diputación Provincial. 8.- Casa de Cultura del Ayuntamiento de Catoira. 9.- Equipamiento del Auditorium-Teatro del Centro Cultural del Ayuntamiento de Ponteareas. La obra nº 5 se condiciona a que ostente o no el carácter histórico o cultural a que se refiere el RD. 988/82 de 30 de abril. ------ Folla: 1C8075765,1C8075766 5.1079.- ESCRITO DEL AYUNTAMIENTO DE SALVATERRA INTERESANDO AUTORIZACIÓN PARA MODIFICACIÓN DE OBRA DEL Plan de Infraestrutura DEPORTIVA DE 1982 Sr. Presidente.- ¿Alguna intervención? Sr. López de Guereñu. Sr. López de Guereñu.- Con el anuncio que ha hecho el Sr. Presidente de que retirará el seis, me ha hecho un favor, y ahora verá por qué, porque en efecto en el seis se hablaba de la Moción de la Presidencia sobre el estado de los bateles cedidos por la Diputación a Entidades Deportivas de la provincia, tema que yo pretendía formular una pregunta si lo tenía a bien, pero evidentemente. Sr. Presidente.- Sr. López de Guereñu le recuerdo que estamos en el cinco, entonces ya no podrá formular la pregunta. Sr. López de Guereñu.- Ahora, sin embargo, tiene razón usted. Pues en el cinco, solicita el Ayuntamiento de Salvaterra autorización para modificar la obra del PID del año 82, este expediente es, una vez más, prueba de lo que nosotros consideramos una arbitrariedad que se ejerce desde esta Diputación a la hora de ejecutar los Planes Deportivos del 84, del 83, del 82, y hasta del 80, porque están todos ellos o buena parte de ellos sin ejecutar, y la Diputación sigue concediendo prórrogas, sigue permitiendo que no se ejecuten las obras en un principio planeadas, sigue permitiendo que se cambien presupuestos, y este es un ejemplo y me voy a esforzar en demostrarlo. Hace un mes, aproximadamente, la Diputación consagró lo que nosotros, vuelvo a insistir, consideramos una arbitrariedad, en el caso de los Ayuntamientos de Cuntis y Valga, y quiero recordar como hice entonces, que el Ayuntamiento de Cuntis está gobernado por una coalición de independientes y el Partido Socialista, pero evidentemente, desde una óptica provincial, no podemos detenernos en si gobierna el PSOE o si gobierna Alianza Popular, desde una óptica provincial hay que mantener unos criterios objetivos, hay que seguirlos, para el conjunto de la provincia, y este es un esfuerzo que estamos intentando hacer, y ahora, me voy a referir al caso de Salvatierra. En primer lugar, como consta en el expediente, no se dispuso de los terrenos por lo que la Diputación arriesgó un dinero otorgando la subvención correspondiente comprometiendo esa subvención sin que el Ayuntamiento, como reconoce el Alcalde en su escrito, dispusiera de los terrenos, por lo tanto era imposible la realización de la obra, primera irregularidad que vulnera, precisamente, la norma III de las bases que regían el Plan Deportivo del año 82. Y la Diputación lo que no puede hacer es crear unas bases para después vulnerarlas, porque efectivamente eso es no tener ningún respeto por la norma, y así no se llega a ningún lado. Por otra parte se trata del Plan del 82, lo cual implica un retraso que nosotros consideramos injustificable, no se puede estar a las puertas del año 85 todavía pensando en dar prórrogas para la ejecución de Planes Deportivos del año 82, eso demuestra una falta total de planificación, una falta total de voluntad de hacer las cosas bien, y evidentemente nosotros tenemos que decirlo en cada ocasión que se nos plantee. Se mantiene el mismo presupuesto de la obra, según el expediente, para hacer menos obras, muy bien, de forma que estamos abocados si este precedente se consagrase a que el Ayuntamiento de Salvaterra nos vuelva a pedir otra prórroga, nos vuelva a rebajar el tipo de obra en cuanto a su cuantía y en cuanto a sus características técnicas, y nos vuelva a decir que el presupuesto, sin embargo, se sigue manteniendo igual, y desde luego el dictamen de la Comisión viene favorablemente y evidentemente con los votos en contra del Grupo Socialista. Por lo tanto, es una absoluta irregularidad que se pretenda conceder prórroga de subvención a una obra que disminuye en más del 50% la ejecución material de la misma, pero cuyo presupuesto se pretende mantener al 100% íntegro. Por otra parte, como la obra consistía en una pista polideportiva, que es una instalación deportiva de carácter social, fundamentalmente, el mismo término lo dice, polideportiva, a la que pueden acceder las gentes de toda edad y condición, se elimina esa parte que era la de características más sociales, y ¿cuál se mantiene?, dos pistas de tenis que evidentemente es un deporte, con todos los respetos, minoritario, y que sobre todo alberga en la cancha como máximo a cuatro participantes en cada ocasión, es decir, una obra, la que se mantiene, que no cumple los fines sociales tan amplios como la pista polideportiva. Véase, por tanto, que en absoluto se siguen los criterios que en su día inspiraron el Plan del 82. Yo tengo que calificar esto, de consagrarse, Sr. Presidente, de una chapuza como lo fueron los casos de Cuntis y Valga y otros más anteriores y en definitiva no se trae el caso de Cambados que fue dictaminado por la Comisión de Acción Social también, que fue consecuencia de una promesa que usted formuló al Diputado Abalo, y que la Comisión ha dictaminado negativamente, y como es negativo no se trae a Pleno, éste como es positivo, tratándose del mismo caso, para obviar la contradicción que se produce; caso de Cambados no se disponía de terrenos, caso de Salvaterra tampoco y demás circunstancias análogas; en el caso de Cambados el Grupo de Gobierno decide denegar, en el caso de Salvaterra decide prorrogar, es decir confirmar la solicitud del Alcalde, ahora que no se ponga de manifiesto esta contradicción que, evidentemente, yo si que pongo de manifiesto y esa es mi obligación; no se trae el de Cambados, si se trae el de Salvaterra. Evidentemente no podemos admitir que esto sea así, pedimos que se desapruebe la solicitud de dicho Ayuntamiento, y con esto he terminado. Sr. Presidente.- Muchas gracias Sr. López de Guereñu. En principio quisiera hacer algunas precisiones a la única intervención que sobre este tema se ha producido. Ha dicho el Sr. López de Guereñu que el Partido Socialista actúa con una óptica provincial y buena prueba de ello es que se opone a la prórroga de una obra en Cuntis que es un Ayuntamiento Socialista o que Gobierna en coalición el Partido Socialista con unos independientes; buena prueba de que el Grupo de Gobierno de esta Corporación, el Grupo Popular, actúa con una óptica provincial, es que precisamente le concede la prórroga a un Ayuntamiento en el que está gobernando el Partido Socialista, y buena prueba de que también el Grupo Popular de esta Corporación actúa con un criterio provincial es que le da una ampliación al Ayuntamiento de Salvaterra que tampoco pertenece al Grupo Popular. En segundo lugar, evidentemente yo no entro ni puedo entrar en las bases del año 82, porque en aquella época no estábamos nosotros en esta Corporación, si se concedió o no se concedió una subvención sin haber o no terrenos no es un problema mío, lo que si tiene que quedar bien claro es que en los planes de deportes de este año, que Dios mediante aprobaremos en este propio Pleno, uno de los requisitos que se le exige a los Ayuntamientos para conceder le la subvención deportiva es la certificación municipal de ser titulares de los mencionados terrenos. En tercer lugar, es evidente que las circunstancias en el caso del Ayuntamiento de Salvaterra han cambiado de una manera radical, de como eran las circunstancias en un primer momento, creo que hay un informe técnico, informe favorable e informe que ratifican los Técnicos de esta Diputación, diciendo que fue preciso hacer un relleno y una serie de obras complementarias que no se pudieron prever en un determinado momento. Sr. López de Guereñu yo le ruego que no tenga un criterio tan excesivamente rígido, porque la Ley hay que interpretar la flexivamente, máxime cuando las circunstancias de hecho cambian, que en muchas ocasiones cambian, en ocasiones aparece roca y es preciso hacer unas determinadas obras adicionales en la carretera, y en este caso ocurrió exactamente lo mismo, por consiguiente han cambiado las circunstancias y nosotros lo único que hacemos es, repito, mantener un criterio flexible. En cuarto lugar, yo creo que nosotros no debemos decirle al Ayuntamiento de Salvaterra si tiene que hacer la pista Polideportiva o la Pista de Tenis, creo que hay un principio de autonomía municipal, en el cual se ha basado siempre el Grupo Popular de esta Corporación, y es el propio Ayuntamiento el que tiene que decidir si se hace o no Pista Polideportiva, si se hace o no Pista de Tenis, yo no entro a discutir si el Tenis y la pista Polideportiva es un deporte más o menos selecto, que evidentemente hay muchas opiniones para esto. Y en quinto lugar, yo le recuerdo Sr. López de Guereñu, que ha habido un acuerdo unánime de todos y cada uno de los componentes del propio Pleno del Ayuntamiento de Salvatierra que yo creo que debemos aquí respetar, por consiguiente por estas cinco razones a que acabo de referirme, nosotros vamos a mantener el dictamen favorable de la Comisión y sometemos a votación el mismo, que resulta aprobado por quince votos a favor, ocho en contra de los Diputados del Grupo Socialista y tres abstenciones de los Diputados Sres. Abalo Costa, Fernández Díaz y Padín Sánchez, acordando por tanto y por mayoría absoluta acceder a lo interesado por el Ayuntamiento de Salvaterra, autorizando la supresión de la pista polideportiva y como la obra restante deja inalterable el presupuesto, se mantiene la subvención concedida para dos pistas de tenis, por importe de DOS MILLONES CUATROCIENTAS CUARENTA MIL SEISCIENTAS SETENTA PESETAS (2.440.670). ------ Folla: 1C8075766 6.1080.- MOCIÓN DE LA PRESIDENCIA SOBRE ESTADO DE LOS BATELES CEDIDOS POR ESTA DIPUTACIÓN A ENTIDADES DEPORTIVAS DE LA PROVINCIA La Presidencia, en uso de las facultades que tiene conferidas por la vigente legislación, retira este asunto del Orden del Día. ------ Folla: 1C8075766,1C8075769 7.1081.- PROPUESTA DE NORMAS QUE REGIRAN EL Plan de Infraestrutura DEPORTIVA RURAL DE 1985, Y DISTRIBUCIÓN DE CANTIDADES Sr. Presidente.- Punto siete. Intervenciones. Sr. López de Guereñu. Sr. López de Guereñu.- Se trata de establecer unas bases, unas normas que han de regir la distribución de unos dineros destinados a Infraestructura Deportiva Rural, son cien millones de pesetas, prácticamente noventa y nueve millones novecientas noventa y nueve mil cuatrocientas cuarenta y cinco pesetas. Ya en la Comisión de Acción Social que tiene competencias en materia de Cultura, Deportes y Beneficencia, dijimos que había tres enmiendas que nos parecía muy razonables plantear y que pedíamos al Grupo de Gobierno asumiese con lo que el Grupo Socialista no tendría inconveniente en votar estas normas, no fue así en la Comisión de Acción Social, lo reproducimos en el Pleno, y la primera de ellas es justamente la que aparece en primer lugar: pueden acogerse a estas ayudas las obras municipales o parroquiales de nueva construcción o reforma y mejora de actuales instalaciones deportivas; sin embargo no se dice que tanto las obras municipales que evidentemente van a ser gestionadas, tramitadas, y solicitadas por los Ayuntamientos, las parroquiales también deben ser tramitadas a través de los Ayuntamientos No se dice en las normas, por lo tanto, nosotros planteamos una enmienda en este sentido, que sin embargo no se ha recogido en el seno de la Comisión de Acción Social, yo creo que debe recogerse que las parroquiales también deban de ser tramitadas a través de los Ayuntamientos, y hay un antecedente en esta Diputación como es el caso de las obras de Acción Comunitaria. La segunda enmienda se refiere a la base tercera; los Ayuntamientos al seleccionar las obras a incluir en este plan tendrán en cuenta los siguientes criterios: población del núcleo, y luego dos criterios más que no me voy a extender en explicar, habría que precisar a que núcleo se refiere, porque como se trata de obras municipales y parroquiales, si lo que hay que tener en cuenta es la población del núcleo de la capital del municipio, o la población del núcleo rural de cada una de las parroquias, es algo que habría que precisar también, porque sino no queda clara; y por último, la última enmienda era la que hacíamos a la norma octava, se considerarán causas para la pérdida de la subvención el no justificar la subvención en el plazo señalado y la de no justificar la investigación; nosotros queríamos que quedara explícitamente señalado, íntegramente, es decir no justificar la inversión íntegra, porque el decir no justificar la inversión, ya fue motivo de interpretación variable entre unos y otros Sres. Diputados, había Ayuntamientos que solicitaban la prórroga para la ejecución de Planes Deportivos, nosotros defendíamos que no se había justificado la inversión porque no era íntegramente esa justificación, otros Sres. Diputados, entre ellos el Sr. Presidente, con una dudosa interpretación, que reconoció él, que con tal de que hubiera una certificación de obra aunque fuera por una cuantía inferior al íntegro, que ya se podía entender como justificada la inversión, bueno, para que no ocurran estas ambivalencias de interpretación, nosotros queremos sugerir, con la mejor buena fe, que conste el no justificar la inversión entendida esta en su sentido íntegro. y estas eran las tres enmiendas, y retiramos una cuarta que era el no tener en cuenta el criterio del número de parroquias, y esa la retiramos ahora, y estas tres serían las que pediríamos tener en cuenta. Sr. Presidente.- Muchas gracias Sr. López de Guereñu. Sr. López Freire. Sr. López Freire.- Sr. Presidente, yo me voy oponer al plan deportivo por dos razones: una de fondo y otra de forma; la de fondo es porque en mi criterio existen dos formas de repartir el dinero que de los Planes Deportivos referidos a obras de carácter municipal, pueden seguirse dos formas de actuación distintas, una de ellas consistente en que la Diputación y el Consejo Superior de Deportes en su día, hoy en día la Xunta de Galicia, garanticen un sesenta y seis por ciento, es decir los dos tercios de la obra a realizar y otro criterio sería el de repartir a partes iguales entre todos los Ayuntamientos de la Provincia. En anteriores actuaciones de la anterior Corporación, yo defendí siempre el criterio de que lo importante cuando se refiere a Infraestructura Deportiva Municipal sería el de realizar obras importantes en las cuales se garantizara el sesenta y seis por ciento de la inversión, con este criterio es cierto que todos los Ayuntamientos no pueden ser garantizados en Sus obras ni siquiera la mayoría de ellos, pero también es verdad que con este criterio se pueden hacer obras importantes dado que se garantizaría el sesenta y seis por ciento del valor de la obra. Por lo tanto en lo que se refiere al fondo yo hubiera preferido que se seleccionaran las obras una vez adjuntados los proyectos como se ha hecho en el año 83, cuando hubo que remitirlos al Consejo Superior de Deportes, y una vez recibidos los proyectos se seleccionarán con criterios objetivos como en aquel caso que eran población, extensión, número de centros escolares, número de equipos deportivos, número de instalaciones deportivas del centro etc. con una fórmula polinómica, y una vez seleccionadas se realizarán obras importantes en la Provincia dado que para el año siguiente serían obras en otros Ayuntamientos Por lo tanto, yo respeto el criterio que se ha seguido de reparto equitativo entre todos los Ayuntamientos, pero me queda una cosa muy clara y es que con este reparto es imposible realizar por los Ayuntamientos, salvo que ellos aporten una cantidad muy importante, obras de gran nivel de Infraestructura Deportiva; yo recuerdo, por ejemplo, que en años anteriores se concedieron subvenciones de dieciocho millones a un Ayuntamiento de la Coalición Popular y a otros para potenciar obras de un cierto nivel importante. En cuanto a la cuestión de forma es lógico que yo me oponga a que el criterio de reparto del Plan de Infraestrutura Deportiva figure la cláusula de las parroquias, y eso es muy razonable, por ejemplo el Ayuntamiento de Cangas tiene cinco parroquias; el Ayuntamiento de A Estrada tiene cincuenta y tantas parroquias, entonces no se puede razonar en el sentido de decir que, claro, toda parroquia necesita una dotación exactamente igual. En mi opinión, Sr. Presidente, esto no es verdad, es decir donde las parroquias tengan diez o doce habitantes hay que dotarles de instalaciones deportivas, pero será conjuntamente varias parroquias y centralizados en un lugar, lo que no es lógico ni aconsejable es que se construyeran por ejemplo pabellones polideportivos en cada una de las parroquias con cincuenta habitantes para que luego no los pudieran ocupar, habría que centralizarlo y el reparto sería en función de la población que reunieran esas parroquias; en cambio, tampoco es lógico, que se empleen dos millones de pesetas en parroquias que tienen dos mil o tres mil habitantes como sucede en otras, por lo tanto por esto que acabo de apuntar tanto de fondo como de forma, yo me voy oponer a la propuesta. Sin embargo, considerando que lógicamente no voy a tener éxito, si mantengo que el criterio de que la justificación de las obras se haga una vez que la obra está adjudicada como se propone ahí, porque considero que una vez que una obra está adjudicada a un constructor está justificada la inversión como he mantenido en otras ocasiones. Muchas gracias. Sr. Presidente.- Muchas gracias Sr. López Freire; también para fijar postura, Sr. Mera. Sr. Mera Rodríguez.- Yo quisiera decirle al Sr. López de Guereñu, que últimamente debe padecer de amnesia, porque en la última Comisión, esa primera sugerencia que él hace, no la hizo en la Comisión, digo que debe padecer de amnesia o estaba soñando, porque precisamente el Grupo Popular una de las cosas que quiso hacer este año fue terminar con la Acción Comunitaria, vamos a llamarla así, deportiva, porque la experiencia nos estaba demostrando, y él lo sabe perfectamente, que estas obras, en general, no se llevaban a cabo porque los vecinos pedían las obras que les daba la gana, porque el pedir no tiene fronteras, en cambio nuestros medios estaban muy limitados, incluso, por ejemplo, ponían obras de tres o cuatro millones de pesetas que se daban subvenciones de doscientas y cuatrocientas mil, lo cual era imposible de realizar. Entonces, para acabar con este caos, el Grupo Popular adoptó el que este año todas las obras fuesen municipales, lo cual no quiere decir, por supuesto, con respeto hacia los vecinos, de que sean los propios vecinos los que tengan la iniciativa, es decir, que los vecinos vayan al Ayuntamiento, bien a través de Asociaciones de Vecinos o como quieran ellos agruparse, y solicitar las obras que ellos consideren convenientes. En segundo lugar, quisiera decirle, en cuanto a lo que define en el tema de cuando se considera la obra comenzada o no comenzada, que hay un precedente que lo tiene el propio Gobierno Central, por ejemplo, los Planes provinciales normalmente se dice que las obras deben estar contratadas, no finalizadas, sino contratadas el 30 de noviembre del año siguiente, es decir, si estamos en el ejercicio de 1985, por ejemplo, que es lo que estamos elaborando en el Plan, el Gobierno Central, el Gobierno de todos, pero es de su partida, dice que las obras deben contratarse el 30 de noviembre, es decir, que deben estar contratadas antes del 30 de noviembre del año siguiente, ahora, lo que no dice ni matiza ya es cuando esas obras deben estar finalizadas. Estoy de acuerdo en que la inversión debe realizarse lo más pronto posible, en esto creo que estamos todos de acuerdo, sobre todo en una época de crisis y de paro como la que estamos viviendo, lo cual no quiere decir que haya que poner pegas, porque en la operativa de construcción de obras se sabe perfectamente que se encuentran con muchos problemas como son las expropiaciones, lo que decía antes el Presidente, de que a lo mejor resulta que en una obra aparece roca, etc. En cuanto al Sr. López Freire quisiera decirle que no estamos de acuerdo con él, que efectivamente el Sr. López Freire tiene que darse cuenta que los medios económicos son limitados, que están aparte, nosotros hacemos un plan independiente, la Diputación está haciendo un gran esfuerzo en este sentido, porque creo que de todos es conocido que la marcha de las quinielas en este momento es caótica, es decir, que va a cargar notablemente el Presupuesto Ordinario de la Diputación. En cuanto al tema de las parroquias, también quisiera decirle, por supuesto que no estamos de acuerdo, porque la parroquia es algo que está ahí, es algo muy gallego, algo que sentimos creo que todos, y aparte algo que está incluso contemplado dentro del Estatuto de Autonomía de Galicia como Entidad Jurídica, entonces es algo que tenemos que contemplar, de ahí que nosotros pusiéramos la parroquia en el tema del reparto, porque una serie de vecinos que viven en un grupo determinado muchas veces tienen necesidad de construir, aunque sólo sea una pequeña instalación como puede ser un campo de fútbol o algo similar, y aparte decirle al Sr. López Freire, que aquellos dieciocho millones que efectivamente se dieron en algún momento, yo creo que tenemos que terminar con ese tema puesto que de esa forma la mayor parte de los Ayuntamientos de la provincia, dado el escaso dinero, se quedarían sin nada, y prueba evidente de ello fue incluso el año pasado, por si queremos acabar con esta problemática. Nada más, Sr. Presidente. Sr. Presidente.- Muchas gracias Sr. Mera. Sr. Padín. Sr. Padín Sánchez.- Si, muy brevemente porque hoy quisiera hablar poco dada mi afonía, pero sin duda ninguna yo creo que cuando se confunde el tocino con las témporas, como en este caso el tema de la parroquia, hay que decir algo, lo que no se puede hacer es utilizar, con todos los respetos Sr. Mera, demagógicamente el tema de la parroquia, cuando realmente hay que utilizarlo en otras cosas, no solamente en la parroquia, en la comarca y demás. No vale utilizar ese argumento que usted acaba de hacer, porque sin duda ninguna meter un campo de fútbol en todas las parroquias, excuso decirle en A Estrada, tendría que subir a primera división porque habría cincuenta y dos campos de fútbol, o sea que imagínese lo que sería eso. El problema es que el Grupo Popular asuma, efectivamente, el tema de la parroquia en otros temas; por otro lado, estoy completamente de acuerdo en el planteamiento del Sr. López Freire, lo que sucede es que si dejásemos sin duda ninguna mayores cantidades y no tuviésemos un criterio de reparto, por lo menos, a mí como Diputado independiente, me preocuparía muchísimo el a dónde irían esas tan grandes cantidades y cómo serían habilitadas, por lo tanto el criterio igualitario parece en principio mejor, de todas maneras estoy de acuerdo do completamente en el planteamiento que hace el Sr. López de Guereñu del Partido Socialista, y en todo caso si se mantuviesen esos criterios votaría a favor, en otro caso votaría en contra. Sr. Presidente.- Muchas gracias Sr. Padín, Sr. López Freire, todos los grupos han fijado postura; limítese, se lo ruego, a responder a la alusión. Sr. López Freire.- Simplemente referirme a la alusión que se ha dicho que el criterio del reparto de las obras fijando grandes cantidades para crear instalaciones deportivas importantes en los Ayuntamientos es un criterio distinto del que mantiene el Grupo Popular, me parece correcto que el Grupo Popular mantenga su criterio y que los demás mantengamos otro, pero en lo que no estoy de acuerdo es que eso supondría perjuicio para los Ayuntamientos, lo que si supondría es demora, es decir, se harían cinco Ayuntamientos cada año, pero se harían obras o instalaciones que tuvieran un carácter importante, que a lo mejor había Ayuntamientos que ya los tienen bien dotados, y otros no, por poner un ejemplo, el Ayuntamiento de Cangas no tiene ningún pabellón polideportivo que usar, de propiedad municipal, y habrá otros muchos Ayuntamientos que no lo tengan y aspirarán a tenerlo. Sr. Presidente.- De acuerdo, muchas gracias. y para cerrar el debate, Sr. Marques como Presidente de la Comisión. Sr. Marques de Magallanes.- Simplemente dos palabras, es que estoy francamente sorprendido, estoy francamente admirado, que se pueda realmente invocar a Galicia como algo extraordinariamente vital, en todos momentos, y ahora mismo estemos dudando en cuanto a la trascendencia de la parroquia, y en cuanto, naturalmente, siendo realmente un soporte sociológico, siendo una institución inconfundible por la dispersión que hay de población en Galicia, y muy especialmente en la provincia de Pontevedra, nosotros si hemos tomado en consideración la parroquia. Yo creo que hay que poner mucho más énfasis que lo que hemos puesto, creo que se puede rayar casi en lo ofensivo, subestimar la importancia de la parroquia. Sin embargo, también estoy de acuerdo con el Sr. Mera al decir que el Sr. López de Guereñu ha sufrido una discreta amnesia porque realmente, esto no se había tratado en la Comisión de Acción Social. Se habló de que era un Plan menos malo y menos injusto porque efectivamente, en buena asepsia no hay un plan absolutamente justo. Nada más, muchas gracias. Sr. Presidente.- Muchas gracias Sr. Marques, Sr. Abalo, para fijar también la postura de su grupo. Sr. Abalo Costa.- Si, non pensaba intervir porque entendo que fundamentalmente están debatindo o criterio os técnicos, en calquer caso como sentóu un debate ideolóxico, si que quero ahora fixar a posición no sentido que o recofiecemento da parroquia pasa pala necesaria desaparición das Deputacións, do carácter provincial de Galicia que non ten nada que ver esta división en provincias, polo tanto todo esto é absurdo, incluso eso conlevaría que hubera unha distribución mais racional e mais seria dos cartas, que de esta maneira coincido coas intervencións que se fixeron, que realmente é unha utilización dos cartas pois, moi poco intelixente, que realmente non vai a cubrir unha serie de necesidades, e ahí si que estou de acordo, polo tanto me da igual que se poda matizar mais ou menos a proposta porque as resultantes van a ser idénticas, por esas razóns me vou a abster. Sr. Presidente.- Muchas gracias Sr. Abalo. Yo quisiera hacer, antes de someter a votación este punto séptimo del Orden del Día, algunas precisiones sobre alguna de las afirmaciones que han efectuado diversos Sres. Diputados, y que he creído recoger porque me es muy difícil sintetizar todas las intervenciones muy a vuela pluma. Sr. López de Guereñu, en primer lugar ha hablado de las obras parroquiales, creo que ha sido suficientemente aclaratoria en este sentido la intervención del Sr. Mera, pueden acogerse, dice la base primera, a estas ayudas, las obras municipales o parroquiales de nueva construcción, etc., pero luego hay que fijarse en la base tercera, donde dice que los Ayuntamientos al seleccionar las obras, esto es, que son los propios Ayuntamientos y no las parroquias las que van a seleccionar esas obras, como ya dejó bien claro en su intervención el Sr. Mera. Hemos suprimido este año aquella partida de infraestructura deportiva rural porque la experiencia había demostrado que, y buena prueba de ello las anulaciones que hicimos en el Pleno del pasado mes de octubre, muchas de estas obras de parroquias no se hacen; quede pues claro que solamente los Ayuntamientos pueden pedir este tipo de obras. En segundo lugar, en cuanto a la población del núcleo, de la base tercera, creo que es una objeción realmente poco importante, simplemente el propio Ayuntamiento tiene su autonomía y aquí lo que se dan son, exclusivamente, unos criterios de tipo general. En cuanto a la intervención del Sr. López Freire, efectivamente, y como él ha dicho, hay dos criterios, uno, el distribuir una cantidad proporcional a todos los Ayuntamientos, y otro, el que defiende el Sr. López Freire. Nosotros este año hemos decidido acudir a un criterio similar al del POS, es decir, distribuir entre los distintos Ayuntamientos de la provincia, por varias razones: en primer lugar, porque la experiencia demuestra que no es siempre fácil el reparto de las cantidades, plantea muchos problemas, este año lo hemos visto en el Pleno del pasado mes de julio, el realizar este tipo de distribuciones sin que haya diferencias importantes entre los miembros de la Corporación, incluso entre los propios Ayuntamientos; por otra parte hay otro argumento también muy importante, y es que la experiencia demuestra que muchas de las obras que se hacen en los municipios son pequeñas obras, son vestuarios de campos de fútbol, son cerramientos de campos, etc., son obras pequeñas que se hacen con cantidades también pequeñas y que se van haciendo a lo largo de los tiempos. Naturalmente, se ha dicho, y efectivamente puede que exista una cierta base de razón, con estas cantidades nadie podrá hacer grandes pabellones polideportivos, etc., sin embargo yo quiero precisar que es bueno el establecer este tipo de plan porque al introducir el dinero del deporte en el POS los Ayuntamientos pueden acudir al crédito del Banco de Crédito Local, que como todos sabemos es un crédito barato y que le permite realizar grandes obras. Por otra parte creo que esos grandes pabellones es más propio el hacerlos una Comunidad Autónoma, en este caso la Xunta de Galicia, o del Consejo Superior de Deportes, que de la propia Diputación, igual que es más propio de la Xunta de Galicia o de la Administración Central el hacer grandes carreteras, mientras que la función de la Diputación es la de hacer pequeñas obras de infraestructura; de cualquier suerte, repito, por la vía del Banco de Crédito Local, e incluso por la vía del POS o Plan de la CAE, se pueden hacer ese tipo de grandes obras, de cualquier suerte yo también insisto en que evidentemente son criterios distintos. En cuanto al tema de la parroquia, y yo no convierto esto en absoluto en un problema ideológico como decía el Sr. Abalo, que yo entiendo que no lo es, nosotros al distribuir el dinero en lugar de acudir al criterio que se siguen en los planes provinciales, es decir por una parte superficie y por otra parte población, hemos suprimido lógicamente la superficie, pero si hemos acudido al tema de parroquia porque la parroquia además de ser una Entidad Local reconocida en el Estatuto tiene una especial configuración en cuanto agrupación de carácter social y vecinal en toda Galicia, y así todos los que son Alcaldes de Ayuntamientos son perfectamente conscientes que estas parroquias en realidad funcionan con una cierta autonomía, no es evidentemente la autonomía que debieran tener y que con el tiempo la tendrán, pero todas las parroquias, hacen sus obras. Los Ayuntamientos distribuyen, hacen su pequeño plan de obras y servicios teniendo en cuenta las parroquias. Las propias parroquias tienden a tener sus pequeños campos de fútbol, tienden a tener sus pequeñas pistas polideportivas, es decir, que creo que es un criterio que se puede utilizar, comprendo también perfectamente las opiniones de algunos Sres.: Diputados de que entienden que el tema de la parroquia o que el criterio de la parroquia no es un criterio válido pero nosotros creemos, las acabo de apuntar, que existen razones que así aconsejan que se mantengan. Por consiguiente, no se si me habré olvidado de alguna de las objeciones que han hecho los Sres. Diputados, pero es imposible recogerlas todas, pero creo que las más importantes están contestadas, y dicho esto ya someto a votación este punto séptimo del Orden del Día. Verificada ésta el dictamen de la Comisión obtiene quince votos a favor, diez en contra de los Diputados del Grupo Socialista y de los Sres. López Freire y Padín Sánchez, y la abstención del Sr. Abalo Costa, siendo por tanto y por mayoría absoluta, aprobadas las siguientes NORMAS Primera.- Pueden acogerse a estas ayudas las obras municipales o parroquiales de nueva construcción o reforma y mejora de las actuales instalaciones deportivas. Segunda.- La financiación de la Diputación no será superior al 50% del Presupuesto total. Tercera.- Los Ayuntamientos a seleccionar las obras a incluir en este Plan, tendrán en cuenta los siguientes criterios: Población del núcleo, número de futuros usuarios y el no contar con instalaciones deportivas similares a las que se solicitan. Cuarta.- El plazo de remisión de la documentación finaliza el día 10 de enero de 1985, acompañando a la solicitud, certificación de aportación municipal, certificación de disponer de los terrenos correspondientes, certificación del número de habitantes del núcleo en que vaya a ser ubicada la instalación, informe del número de futuros usuarios y relación valorada y croquis de la obra a realizar. Quinta.- Una vez aprobada la obra solicitada, por la Excma. Diputación provincial, le será comunicada a los Ayuntamientos, estableciéndose el plazo de un año para su construcción, a partir de la fecha de aprobación de la ayuda por el Pleno de esta Corporación. Sexta.- Los justificantes se efectuarán de conformidad con el modelo normalizado que se acompaña, informe del Ayuntamiento e informe favorable emitido por el funcionario técnico provincial que designe la Presidencia. Séptima.- La ayuda sólo podrá aplicarse para la obra a la que fue concedida, no autorizándose ningún cambio de destino. Octava.- Se consideran causas para la pérdida de la subvención, el no justificar la inversión en el plazo seña- lado en la Norma Quinta, o el hecho de solicitar el cambio de destino. Asimismo se aprueba la distribución entre todos los Ayuntamientos de la provincia, de los CIEN MILLONES DE PESETAS (100.000.000) del PID de 1.985, de la siguiente forma: CORPORACIÓN Cantidad fija 750.000 - 50 Ptas. por habitante - 26.215 por parroquia - TOTAL 1.- Arbo 750.000 255.150 157.290 1.162.440 2.- Barro 750.000 209.800 157.290 1.117.090 3.- BaIona 750.000 511.150 157.290 1.418.440 4.- Bueu 750.000 627.200 157.290 1.534.490 5.- Caldas 750.000 456.950 235.935 1.442.885 6.- Cambados 750.000 666.400 131.075 1.547.475 7.- Campo 750.000 145.700 157.290 1.052.990 8.-.Cangas 750.000 917.300 131.075 1.798.375 9.- Cañiza 750.000 431.950 235.935 1.417.885 10.- Catoira 750.000 189.350 104.860 1.044.210 11.- Cerdedo 750.000 228.350 209.720 1.188.070 12.- Cotobade 750.000 313.450 340.795 1.404.245 13.- Covelo 750.080 342.050 367.010 1.459.060 14.- Creciente 750.000 242.600 288.365 1.280.965 15.- Cuntis 750.000 319.800 309.720 1.279.520 16.- Dozón 750.000 138.900 209.720 1.098.620 17.- Estrada 750.000 1.157.250 1.336.965 3.244.215 18.- Forcarei 750.000 402.450 340.795 1.493.245 19.- Fornelos 750.000 128.300 183.505 1.061.805 20.- Agolada 750.000 240.650 655.375 1.646.025 21.- Gondomar 750.000 520.700 262.150 1.532.850 22.- Grove 750.000 526.300 52.430 1.328.730 23.- Guarda 750.000 495.550 78.645 1.324.195 24.- Lalín 750.000 972.500 1.258.320 2.980.820 25.- Lama 750.000 212.200 262.150 1.224.350 26.- Marín 750.000 620.750 183.505 1.554.255 27.- Meaño 750.000 310.000 183.505 1.243.505 28.- Meis 750.000 273.750 183.505 1.207.255 29.- Moaña 750.000 713.800 104.860 1.768.660 30.- Mondaríz 750.000 362.550 314.580 1.427.130 31.- Mondaríz Balneario 750.000 33.550 26.215 809.765 32.- Moraña 750.000 262.300 235.935 1.248.235 33.- Mos 750.000 671.450 262.150 1.683.600 34.- Neves 750.000 308.600 340.795 1.399.395 35.- Nigrán 750.000 643.050 183.505 1.576.555 36.- Oia 750.000 157.850 157.290 1.065.140 37.- Pazos 750.000 192.250 209.720 1.151.970 38.- Pontevedra 750.000 1.902.750 471.870 3.124.620 39.- Porriño 750.000 708.350 209.720 1.668.070 40.- Portas 750.000 182.400 104.860 1.037.260 41.- Poio 750.000 620.650 131.075 1.501.725 42.- Ponteareas 750.000 808.600 655.375 2.213.975 43.- Ponte Caldelas 750.000 412.200 235.935 1.398.135 44.- Pontecesures 750.000 143.600 26.215 919.815 45.- Redondela 750.000 1.180.800 340.795 2.271.595 46.-.Ribadumia 750.000 221.850 183.505 1.155.355 47.- Rodeiro 750.000 241.150 524.300 1.515.450 48.- Rosal 750.000 300.050 104.860 1.154.910 49.- Salceda 750.000 290.700 183.505 1.224.205 50.- Salvaterra 750.000 472.300 445.655 1.667.955 51.- Sanxenxo 750.000 745.350 235.935 1.731.285 52.- Silleda 750.000 534.650 865.095 2.149.745 53.- Soutomaior 750.000 277.950 52.430 1.080.380 54.- Tomiño 750.000 542.350 393.225 1.685.575 55.- Tui 750.000 782.300 314.580 1.846.880 56.- Valga 750.000 319.650 131.075 1.200.725 57.- Vigo 750.000 7.499.200 838.880 9.088.080 58.- Vilaboa 750.000 314.000 31.075 1.195.175 59.- Vila de Cruces 750.000 459.700 734.020 1.943.720 60.- Vilagarcía 750.000 1.192.900 340.795 2.283.695 61.- Vilanova 750.000 789.150 183.505 1.722.655 TOTALES 45.750.000 36.344.600 17.904.845 99.999.44 ------ Folla: 1C8075769 8.1082.- MOCIÓN DEL PRESIDENTE DE LA COMISION DE ACCIÓN SOCIAL SOBRE CREACIÓN DE UNA COMISIÓN DE SEGUIMIENTO, RELATIVA A SOLICITUD DE ESCUELA SUPERIOR DE BELLAS ARTES EN PONTEVEDRA Sr. Presidente.- Alguna intervención. Sr. López de Guereñu. Sr. López de Guereñu.- Primero Sr. Presidente lamentar que por la falta de argumentos del Sr. Marques y del Sr. Mera se recurra a insultos, pero yendo al punto octavo del Orden del Día aprovecho para pedir encarecidamente que esta Comisión encargada de gestionar el que en Pontevedra se ubique una Facultad de Bellas Artes funcione realmente, se reúna con una periodicidad predeterminada, fije unos objetivos y, en definitiva, concluya sus trabajos de acuerdo con lo que todos deseamos, por cuanto fue unánime el suscribir el dictamen en la Comisión correspondiente. No quisiera que ocurriese con esta Comisión lo que ya viene ocurriendo con la Comisión de Normalización Lingüística que preside el Sr. Marques y que duerme el sueño de los justos; o con la de la selección bibliográfica para ediciones de la Diputación que tampoco tiene una virtualidad en cuanto é las decisiones que toma, a las gestiones que realiza, etc. Yo agradezco, sin embargo, "que se me incluya, supongo que en consideración al número de Diputados que tiene en esta Diputación el Grupo Socialista, pero advierto ya que no soy muy partidario o nada partidario de formar parte de Comisiones que no funcionen, que no hagan nada, por lo que estaré muy atento al trabajo que desarrolle esta Comisión; evidentemente aportaré la parte alícuota que me corresponda, en cuanto a ideas y gestiones que se me encomienden, y si ocurriera lo mismo que con las Comisiones que he citado, evidentemente la abandonaría. Sr. Presidente.- Muchas gracias Sr. López de Guereñu. Seguidamente y con la abstención del Sr. Abalo Costa y el voto favorable de los demás Sres. Diputados presentes, se aprueba la referida Moción y se acuerda, por tanto: 1º.- Nombrar una Comisión de Seguimiento formada por las siguientes personas: Presidente, D. Adriano Marques de Magallanes, Presidente de la Comisión de Acción Social; vicepresidente, D. José Luis López de Guereñu Polán, Diputado-Vocal de dicha Comisión; Vocales D. José Fariña Jamardo, D. Carlos Valle Pérez, D. Rafael Fontoira Surís y D. Manuel Crespo Alfaya. 2º.- Que se consigne en el Presupuesto provincial, la cantidad de SETECIENTAS CINCUENTA MIL PESETAS (750.000), para gastos que puedan ocasionarse con motivo de la confección del dossier y visitas a personalidades interesadas en este tema. ------ Folla: 1C8075769 9.1083.- SOLICITUD DEL AYUNTAMIENTO DE CANGAS INTERESANDO RECTIFICACIÓN DE ERROR MATERIAL EN LA DENOMINACIÓN DE LA OBRA Nº 258 DEL ADICIONAL AL PLAN PROVINCIAL DE OBRAS Y SERVICIOS 1984 La Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Cangas remite certificación de acuerdo adoptado por la Comisión Municipal Permanente, en el sentido de hacer patente haberse padecido error material en la denominación de la obra nº 258 del Adicional al POS/84: "Alumbrado público en Orillamar", e interesando, en consecuencia, su corrección por la de "Alumbrado público de Outeiro-Barreiras". el Pleno, de conformidad con la propuesta de la Comisión Informativa de Cooperación y Mancomunidades, con la abstención del Sr. Abalo Costa y el voto favorable de los demás Sres. Diputados presentes, acuerda la subsanación del error padecido, sustituyendo la denominación de la obra nº 258 del Adicional al POS/84: "Alumbrado público en Orillamar", por la de "Alumbrado público de Outeiro-Barreiras". ------ Folla: 1C8075769,1C8075773 10.1084.- PROPUESTA DE APROBACION DE CRITERIOS, NORMAS Y MÓDULOS FINANCIEROS PARA LA REDACCIÓN DE LOS PLANES: POS y CAE PROVINCIAL DE OBRAS Y SERVICIOS Y DE LA COMARCA DE ACCIÓN ESPECIAL PARA 1985 Sr. Presidente.- Alguna intervención. Sr. López de Guereñu. Sr. López de Guereñu.- POS y CAE, un buen grueso de dineros públicos, administrados por la Diputación Provincial, que van a obras de Infraestructura de la Provincia. Hemos dicho en la Comisión de Mancomunidades y Cooperación los cuatro Diputados Socialistas que formábamos parte de ella, que estamos de acuerdo con los criterios generales que se aplican al POS, y hemos dicho también, que planteamos la necesidad de una aplicación correcta del punto 2º del art.º 1º de la Norma Reguladora de este Plan, y ¿que dice el punto 2º del art.º 1º? : pues que las obras a incluir en este plan serán las de infraestructura, y las cita: alcantarillados, agua, alumbrado público, obras de infraestructura de fundamental necesidad no obras de ostentación, no obras complementarias, no obras que no tengan nada que ver con el más elemental confort de nuestras gentes en el medio rural, y sin embargo, en la cláusula 2ª de las Normas que vienen a consideración de este Pleno ya se dice: podrán ser solicitadas por los Ayuntamientos y se tendrán en cuenta cualquier tipo de obras que estos Ayuntamientos planteen, por ejemplo, jardines botánicos, parques de música, obras ostentosas y posiblemente, algún monumento a inválidos, y además aquellas contenidas en el párrafo 2º del art.º 1º de la Norma Reguladora, es decir, la norma reguladora queda como algo subsidiario, pero lo fundamental, las grandes obras de ostentación, las grandes obras ornamentales que no cumplen una función social primaria, que no cumplen el objetivo fundamental del POS como es la finalidad de estos dineros para obras de primera necesidad de las gentes del medio rural, y con ello posibilitar que los Alcaldes o los Ayuntamientos propicien obras que en modo alguno cumplen esa función social, por lo tanto, he aquí nuestro primer punto de desacuerdo, solamente aquellas obras que están contempladas en el punto 2º del art.º 1º de la norma regulado
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