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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1871-07-27_Ordinaria. Acta de sesión 1871/07/27_Ordinaria
Acta de sesión 1871/07/27_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.100/1.1871-07-27_Ordinaria
Título Acta de sesión 1871/07/27_Ordinaria
Data(s) 1871-07-27 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 44 Señores Taboada V.P., Martínez, Casares. 1. Leída el acta de la sesión última ha sido aprobada. Vista la solicitud que el Ayuntamiento de esta capital eleva al Ministerio de la Gobernación solicitando la transferencia del crédito de cinco mil quinientas pesetas que resulten sobrante en el capitulo 11, articulo 2º del presupuesto general del Estado, agregando dicha partida al Capitulo 10, Articulo 2º para gastos de personal y material del Lazareto de Tambo y considerando la necesidad de mejorar cuanto sea posible este establecimiento por ser uno de los de mejores condiciones higiénicas, se acuerda devolver al Sr. Gobernador la exposición informando hallarse de todo punto conforme esta Comisión con el Ayuntamiento. ------ Folla: 44 2. Enterada del acuerdo tomado por el Ayuntamiento de Sayar rebajando el sueldo del maestro de la Escuela completa del distrito y siendo esta una obligación reglamentaria no puede hacerse alteración en ella y por lo tanto se acuerda prevenirle se atenga a lo dispuesto en el párrafo 3º, de la circular inserta en el Boletín nº 111 de 16 de Mayo último. ------ Folla: 44 3. Vista la comunicación de 2 del actual del Alcalde de Soutomaior participando que dos de los individuos de la Junta de asociados se niegan a firmar el acta en que se discutió el presupuesto, se acuerda decirle que este servicio es obligatorio para todos, si bien consignando en el acta la opinión de los que se opongan y por lo mismo que los estreche por los medios legales y si aun así no la firmasen que instruya diligencia y remita a los culpables a los Tribunales. ------ Folla: 44 4. Habiendo acudido a esta Comisión el Alcalde de Vilagarcía consultando si para conceder terreno para que D. Ramón Mareo Gemer pueda ensayar la construcción de un molino de viento está vigente el articulo 50 de la Ley de 1868 o rige el articulo 80 de la de 1870; se acuerda decirle que la Ley de 1868 no comprende el caso consultado y que la de 1870 no está aun vigente y por lo tanto, que lo que procede es instruir el oportuno expediente para la enajenación del terreno. Se levantó la sesión. ------
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Nota