ATOPO
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Acta de sesión 1873/01/16_ Ordinaria.

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.100/4.1873-01-16_ Ordinaria.

  • Título Acta de sesión 1873/01/16_ Ordinaria.

  • Data(s) 1873-01-16 (Creación)

  • Volume e soporte Follas, 32-39.

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Leída el acta de la sesión última ha sido aprobada. Se acuerda pasar a informe de la Junta provincial de Instrucción primaria el expediente sobre supresión de la partida que por retribuciones de niños no pobres de la Escuela de Cerdedo venía figurando en el presupuesto municipal y acerca de la creación de una escuela en el lugar de Bugarín del mismo distrito. Dado cuenta de la certificación que ha remitido el Alcalde de Ponteareas acerca del presupuesto del gastos e ingresos de dicho distrito, apareciendo de ella que la mayoría de la Junta municipal hizo algunas rebajas en el personal de Secretaría, gastos de alumbrado público y supresión de lo consignado para material de las Escuelas del distrito, de cuyo acuerdo, se alzaron el Alcalde y el primer Teniente de Alcalde; Considerando que el alumbrado público ha sido aprobado por el Ayuntamiento y Asociados y que únicamente se opusieron estos al pago de toda la cantidad que importaba este servicio: Considerando que la ley de Instrucción pública establece las escuelas que debe haber en los distritos, y es evidente que deben estar dotadas de personal y material de lo cual no pueden prescindir los Ayuntamientos según lo dispuesto en el articulo 127 de la Ley municipal: considerando que según el articulo 170 de la misma ley los municipios están bajo la autoridad del Gobernador y Comisiones según los casos: considerando que corresponde exclusivamente a los Ayuntamientos el nombramiento y separación de sus empleados. Se acuerda 1º dejar sin efecto la providencia de la mayoría de asociados acerca del alumbrado público, la cual se reunirá en sesión extraordinaria para consignar en el presupuesto también extraordinario el déficit que resulte de la cantidad a que asciende el alumbrado público, arbitrando al efecto los recursos que sean precisos: segundo, se deja sin efecto lo que también acordó sobre instrucción primaria cuyos gastos son obligatorios, y 3º: se confirma en lo demás el acuerdo del Ayuntamiento y Asociados. Se pasa a informe del Ingeniero la reclamación de Dña. Dominga Tato vecina de A Estrada sobre pago de daños y perjuicios causados con motivo de la carretera que se dirige a Cuntis en una casa de la propiedad de aquella. Dado cuenta del expediente sobre supresión de Escuelas en el distrito de Silleda y resultando que el acuerdo tomado por la Diputación en 3 de Enero de 1872 no ha sido de conformidad con el Sr. Gobernador como así lo prevenía la ley municipal de 21 de octubre de 1868 que regía en la fecha en que se ha tomado la Comisión de conformidad con lo propuesto por el Sr. Diputado ponente, acuerda se diga al Ayuntamiento de Silleda incluya en el presupuesto las asignaciones correspondiente a las Escuelas suprimidas con los haberes devengados y no satisfechos a los maestros quedando anulado el expresado acuerdo de dos de Enero. El Sr. Gobernador hace presente que por el Sr. Alcalde de esta Capital le ha sido pedida la bandera y colgadura de los balcones para adornar la Iglesia de Santa María la Mayor el día de San Sebastián y se acordó autorizarle para dar dichos efectos. Fueron de opinión contraria los Señores Martínez y Taboada. En este estado se retiró el Sr. Limeses. Se ha dado cuenta del expediente instruido en el Gobierno de provincia por virtud de instancia de D. Luis de la Riega y otros terratenientes de la parroquia de Mourente sobre daños y perjuicios que les causa en sus propiedades la tomada de aguas del arroyo de Santa Margarita cuyo expediente ha pasado a informe el Sr. Gobernador en 28 de Diciembre último, y de conformidad con lo informado por el Ingeniero Jefe, se acuerda manifestarle que en concepto de esta Comisión procede la demolición de la presa construida, la cual radica en la finca de Juan e Isidro Martínez, por las razones que se indican en el expresado informe. Vista la reclamación que hace el Administrador del Hospital de Santiago sobre el pago de 5.734 pesetas 50 céntimos a que asciende el importe de las estancias de enfermos de esta provincia devengadas en el último trimestre del corriente año, se acuerda que pase a la ordenación de pagos para que mande expedir el correspondiente libramiento. Habiendo llamado la atención de esta Corporación el notable aumento de enfermos, comparados con los que han ingresado en aquel establecimiento en igual período del año último, sin que hubiese causa especial para esto y deseando esta Comisión alejar toda sospecha de fraude y considerando al mismo tiempo lo importante que es que una persona de confianza que represente a la provincia en el ingreso de enfermos en dicho establecimiento acuerda: 1º. Que para intervenir convenientemente en lo sucesivo las Entradas e saídas de enfermos pobres en dicho Hospital, se sitúe interinamente en Santiago el Oficial Auxiliar de la Secretaría de la Diputación D. Darío Ulloa, con el mismo haber que disfruta; pero atendiendo a los gastos de escritorio y demás que en esta Comisión han de originársele, se proponga al Cuerpo provincial en la próxima reunión un aumento de gratificación de 1.500 a 2.000 reales anuales o lo que estime más conveniente tanto sobre este punto como en el modo y forma de llevar la Intervención. 2º. Que la Contaduría proponga con urgencia las instrucciones que deben comunicarse al Oficial Auxiliar Interventor. Visto el expediente instruido a instancia de D. Pedro Ramilo Alonso, en queja del Ayuntamiento de Vigo por la rebaja que le hizo en su dotación como maestro de la Escuela de Sárdoma, se acuerda de conformidad con lo informado por la Junta provincial de Instrucción primaria revocar el acuerdo del Ayuntamiento puesto que la dotación de 2.400 reales que viene disfrutando es menor a la que por la categoría y número de vecinos del distrito le correspondía según la ley y para rebajarla era necesario declararla en vacante según lo dispuesto en la Real Orden de 18 de Octubre de 1859. Se pasa a informe de la Contaduría el oficio de la Administración Económica de esta provincia referente al descuento que han de sufrir los sueldos de los empleados. Igualmente se pasa a informe de la Junta de Instrucción primaria el expediente sobre un acuerdo tomado por el Ayuntamiento de Cotobade sobre la supresión de la Escuela de San Jorge de Saco. Se ha dado cuenta del expediente sobre traslación de la escuela de niños del lugar de Porto do Conde en el distrito de Portas al pueblo de D. Juan y se acuerda quedar enterada la Comisión. Visto el oficio del Ingeniero Jefe de 8 del actual proponiendo se conceda un crédito para dotación del auxiliar de dicha Jefatura, se acuerda que se consigne en el proyecto de presupuesto adicional la cantidad de 5.000 reales para esta plaza sobre la cual y la persona que haya de desempeñarla se proponga lo conveniente a la Diputación provincial. Vista la comunicación del Ayuntamiento de Arbo de 29 de Diciembre último manifestando que por créditos reclamados judicialmente no puede satisfacerle al Maestro de la Escuela D. José Garrido, lo que le está adeudando, se acuerda decirle que sin escusa de ningún género pague al Maestro o a quien le represente lo que le adeuda por sueldos sin dar lugar con su tenaz morosidad, a que se le multe como se ejecutará si a término de segundo día no lo verifica participando así a esta Comisión, advirtiéndole que sobre no poder retenérsele más que la cuarta parte de su haber a dicho maestro, que no son atendibles otros créditos más que los reclamados judicialmente; y en el caso de haberlos, le deduzca su importe de lo que debe ahora pagársele remitiendo a esta Corporación copia certificada de las reclamaciones de créditos que hayan sido falladas por los Tribunales. Con lo cual se levantó la sesión.

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