ATOPO
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Acta de sesión 1873/10/02_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.100/4.1873-10-02_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1873/10/02_Ordinaria

  • Data(s) 1873-10-02 (Creación)

  • Volume e soporte Follas, 439-444.

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Abierta la sesión a las siete de la noche, se leyó el acta de la anterior y fue aprobada. Visto el presupuesto y necesario acerca de las otras adicionales que deben construirse para evitar la humedad e infiltración de las aguas en la casa inclusa provincial, según lo acordado anteriormente por esta Comisión importantes 1.608 pesetas 72 céntimos se aprueba como lo propone la Contaduría. Enterada de una instancia del Comisionado de apremio que esta procediendo contra el Ayuntamiento de Cambados por débito a los fondos provinciales, en la cual traslada un oficio del Alcalde manifestando que no le es posible pagar el crédito por falta de fondos porque tuvo necesidad de disponer de ellas para atender al socorro de los presos pobres del partido adelantando cantidades a los Ayuntamientos del mismo a quienes no puede ejecutar por estar abierto el período electoral, cuya prohibición le indicó el Secretario del Gobierno, se acuerda oficiar al Señor Gobernador para que provea al Alcalde los medios legales para hacer efectivo lo que los demás del partido adeudan, sin que obste para esto el período electoral, durante el cual se puede siempre ejecutar por obligaciones corrientes de conformidad con la orden de 5 de Octubre de 1870 aclarativa de la ley electoral. Vista la cuenta de la Comisión que en representación de esta Corporación ha ido a Santiago y a Carril a presenciar la inauguración del ferrocarril compostelano se aprueba y se acuerda que con cargo a imprevistos se pague el saldo de 152 pesetas que restan por satisfacer al completo de las 777 que importó la subvención a los pobres y gastos de la Comisión. Se aprueba la cuenta de los tomos encuadernados de la colección legislativa de 1872 y del diccionario de Alcubilla del mismo año que importa 28 pesetas 75 céntimos y se acuerda pasarla a la Contaduría para material extraordinario expida libramiento. Vista la cuenta de impresión de 90.000 cédulas electorales que al respecto de 86 reales millar importan según contrato 1.935 pesetas, se aprueba y se acuerda que con cargo a imprevistos se expida libramiento consignándose en esta acta que el aumento que se observe entre estas cédulas y las que anteriormente se imprimieron es debido a que por la urgencia que había a fin de que este servicio se practicase en los pocos días que faltaban para las elecciones según estaba dispuesto, hizo preciso que todas las imprentas de esta Capital hiciesen en horas ordinarias y extraordinarias la tirada. Se pasa a informe del Ayuntamiento de Baiona la instancia producida por los Concejales D. Casimiro Fernández y D. Ramón Vázquez quejándose del Alcalde por haber cometido varias arbitrariedades. Esta concesión quedó enterada de la orden del Poder ejecutivo de 1º de Septiembre relativa al impuesto sobre la indemnización de los vocales de esta Corporación. Vista la consulta que hace el Alcalde de Meis sobre si puede proceder ejecutivamente contra los contribuyentes morosos por débitos de 1872-73 contéstesele que con arreglo a lo dispuesto en la orden de 5 de Octubre de 1870 y según se desprende del articulo 171 párrafo 3º de la ley electoral aclarado por dicha orden se puede proceder ejecutivamente contra los indicados morosos. Queda enterada la Comisión de que por disposición del Ingeniero Jefe se establece en Porranes el sobrestante D. Juan Mouriño. Visto el oficio del Alcalde de Soutomaior preguntando el Alcalde si a favor de D. Martín Posada se expidió un libramiento con el nº 1º por valor de pesetas 1.203 en el ejercicio de 1870-71 se acuerda contestarle negativamente. Dado cuenta del oficio del Juez de 1ª instancia de Tui pidiendo una certificación acerca del expediente sobre concesión de terreno a Lorevia Giráldez para que obre los debidos efectos en procedimiento que se halla instruyendo sobre daños causados en la propiedad concedida a aquella, se acuerda que se le expida arreglándose estrictamente a los antecedentes. Visto el expediente sobre pago de 30 pesetas el Comisionado de apremio que se dirigió en Mayo de 1872 contra el Ayuntamiento de Cotobade, y resultando que ninguna queja se ha producido contra dicho Comisionado y por el contrario el Alcalde conviene en que no se le pagaron las dietas, se acuerda oficiar al Alcalde para que por los medios legales estreche a los individuos de la Corporación anterior a que efectúen el pago en la inteligencia de que si así no lo verificase en un breve plazo se le exigirá la responsabilidad que corresponda. Dado cuenta de una instancia de los vecinos de las parroquias de Donas Barreiros y Ramallosa solicitando autorización para contra ir a sus espesas un pontón sobre el río Junqueira, se acuerda pasarla al Ayuntamiento para que resuelva en uso de sus facultades lo que considere procedente a no afectar dicha obra algún camino provincial en cuyo caso presentaron los interesados el correspondiente presupuesto a esta Corporación. Enterada de una comunicación del Alcalde de O Grove en la que asegura que no se ha producido reclamación contra las elecciones municipales y de la instancia producida por D. José Botana a la que por medio de una acta notarial afirma lo contrario, se acuerda que para apreciar los hechos remita el Alcalde a Correo visto el expediente y demás antecedentes. Dado cuenta del oficio del Alcalde de Sanxenxo preguntando la clase de trabajos que debe verificar en los padrones y demás documentos para evitar protestas y reclamaciones en la elección de Diputados provinciales, se acuerda contestarle que cumpla estrictamente las disposiciones legales. Vista la instancia producida por D. José Portela Tirán y Manuel Boullosa solicitando que se les indemnice de los daños y perjuicios que puedan ocasionarlos en dos fincas de su propiedad en el caso de rebajarse el camino viejo adherente a ellas con motivo de la construcción del provincial de Ponte Caldelas, se acuerda pasarla a informe del Ingeniero Jefe. Enterada de lo manifestado por D. José Sánchez comisionado de apremio que ha procedido contra el Ayuntamiento de Covelo y tomando en consideración lo informado por la Contaduría, se acuerda que este Comisionado deja el número de dietas que devenga y los motivos porque no consignó en el expediente la resistencia del Alcalde a pagar las que le reclamó. Se pasa a informe del Ingeniero Jefe la instancia de Ramón Cachafeiro y Juan Fernández pidiendo indemnización de un monte ocupado con el camino de Sotelo a Cesures y se construyan unas rampas para servicio de varios terrenos. Con lo cual se levantó la sesión que firman los Señores presentes de que yo el Secretario certifico.

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