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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1873-10-24_Ordinaria. Acta de sesión 1873/10/24_Ordinaria
Acta de sesión 1873/10/24_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.100/4.1873-10-24_Ordinaria
Título Acta de sesión 1873/10/24_Ordinaria
Data(s) 1873-10-24 (Creación)
Volume e soporte Follas, 458-462.
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Abierta la sesión se dio cuenta del acta de la anterior y fue aprobada. Dado cuenta en vista pública de la alzada que contra el repartimiento de arbitrios de Marín interpusieron D. Francisco Ortíz, D. José Fernández, D. José Rocafort, D. Francisco Deza, D. José Pampillón y Dª. Josefa Runcesana y visto que además de no haber sido incluidos en él todos los industriales y haberes cargado a los que reclaman cuotas excesivas no se comprenden las introducciones particulares viniendo con esto a inferir agravios al Comercio se estima la alzada y se deja sin efecto el repartimiento disponiendo que el Ayuntamiento proceda a convocar los gremios para que eligiendo dos individuos procedan en unión de la Asamblea municipal a efectuar dicho repartimiento en el caso de que no se conforma en administrarlos exigiéndoles con arreglo a tarifa. Pasaron al Sr. Limeses en calidad de Ponente dos expedientes de A Estrada y Bouzas. Dado también cuenta en vista pública de la alzada que produjeron D. Manuel Pastoriza y D. José del Río contra un acuerdo del Ayuntamiento de Meira por las cuotas que le argó en el repartimiento para cubrir los gastos municipales y resultando que no exponen concretamente los agravios y se desestima la alzada por injustificada y se confirma la providencia del Ayuntamiento. Visto el presupuesto del resto de enseres que aun se necesitan en el alojamiento de los Capataces de la Escuela práctica de Agricultura se autoriza al Director de ella para adquirir los efectos que reclama abonándose su importe por cuenta de lo consignado para aquello y en virtud de cuenta justificada. Se pasa al Ayuntamiento de Bueu la instancia que presentó Vicente Marilla quejándose de un convenio que con obras particulares obstruye un camino vecinal para que la resuelva y entere a los interesados del acuerdo que llegue a dictar a fin de que, si no estuviesen conformes produzcan la alzada en la forma prevenida en el artº 133 de la ley municipal. Vista una instancia producida por Don José Alonso quejándose del Ayuntamiento de Vigo porque, habiendo sido perito tercero elegido en discordia en un expediente de expropiación que hubo necesidad de ejecutar para dar más ensanche a la Calle Méndez Núñez no le satisface por completo los honorarios, se acuerda que pase al Ayuntamiento para su resolución como asunto de los que por ley le están encomendados. Enterada de la cuneta de gastos de replanteo ejecutadas en la 1ª y 2ª quincena de Septiembre último en el camino de Lalín a Carballiño importantes 334 pesetas 98 céntimos de los cuales se entregaron en 19 de Agosto 140 pesetas se aprueba y se acuerda pasarlo a la contaduría para que expida libramiento por el resto o sea por 194 pesetas 98 céntimos. Pasado por el Señor Gobernador a informe de esta Comisión un expediente sobre declaración de utilidad pública de una casa que para dar ensanche a una vía vecinal de valga debe demolerse, se acuerda devolverlo diciendo al Señor Gobernador que, tratándose de un asunto municipal, incumbe hacer la declaración al Ayuntamiento según lo dispuesto en el párrafo 4º, arti. 5º del Decreto de 14 de Noviembre de 1868. Se pasa al Ingeniero Jefe una instancia de D. Manuel Portela Teirón para que ordene lo que proceda sobre el pago de la indemnización que reclama de los materiales tomados en su propiedad para servicio del camino de Ponte Caldelas. Vistas las ordenanzas municipales del distrito de A Guarda y de conformidad con lo informado por la Junta Provincial de Sanidad, se aprueban en todas sus partes excepto en lo que trate de derretir los hígados de los pescados y desecación de los mismos que se practicará en las afueras de la Villa para no ofender a la salubridad pública pasándose aquellas el Señor Gobernador para los efectos del artículo 71 de la ley municipal. Para resolver lo que proceda en el expediente sobre la demencia y pobreza de Manuel Fernández Núñez, vecino del distrito de Salceda se acuerda oficiar al Alcalde para que remita la partida de bautizo de aquel enfermo. Dado cuenta de la reclamación de D. Francisco Lajosa Diéguez contra un acuerdo del Ayuntamiento de Lalín que le obliga a desempeñar el cargo de concejal sin tener en consideración la enfermedad que le aqueja según resulta del certificado facultativo y visto que la alzada no ha sido formulada como previene el articulo 133 de la ley municipal, se acuerda remitir al Alcalde los antecedentes para que notifique al interesado la resolución del Ayuntamiento a fin de que después haga uso de los recursos que le concede dicha ley si le conviniese. Siendo pasada la hora señalada para las sesiones se levantó la sesión de este día cuya acta firman los señores presentes de que yo el Secretario certifico.
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