ATOPO
Rexistros actuais: 1.625.360
Obxectos dixitais dispoñibles: 504.762

Acta de sesión 1874/05/09_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.101/1.1874-05-09_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1874/05/09_Ordinaria

  • Data(s) 1874-05-09 (Creación)

  • Volume e soporte Follas: 133,137

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Dada lectura del acta de la anterior fue aprobada. Vista la instancia producida a la Junta Provincial de primera enseñanza por D. Miguel Bemposta maestro del distrito de Ribadumia en queja de que el Ayuntamiento y la junta municipal le han rebajado su sueldo y suprimido las retribuciones que por los niños pobres le estaba asignada. Visto lo informado por la sección se acuerda que informe el Ayuntamiento en el plazo de quinto día cuando se le ofrezca referente a la citada reclamación. Visto el expediente instruido por consecuencia de la queja producida por Francisco Abalo Señoráns contra el Ayuntamiento de Portas, alzándose de un acuerdo por los cuales se le manda retirar una parra que tiene en terreno de su propiedad, bajo pretexto de que los postes que sostienen aquella, están en terreno comunal e impiden el tránsito público. Visto el informe del negociado, se acuerda que debiendo determinarse para la resolución de este expediente si el camino de que se trata es de propiedad privada o pública y si existe o no una servidumbre constituida, y naturaleza y extensión de la misma de lo cual compete conocer a los tribunales de justicia, y teniendo en cuenta además que ante esta Comisión, el apelante, no justificó suficientemente su derecho, y Visto el artículo 162 de la ley municipal, acuerda a la Tribunales de justicia sirviese conveniente. Dado cuenta de la solicitud producida para D. Patricio de Andrés Moreno Contratista del trozo del camino de Sanxenxo a Caldas comprendido en el distrito de Meaño reclamando 11.009 reales que debió satisfacerle el Ayuntamiento cuando era vecinal y que, declarada provincial dicha vía pide se le abono aquella suma de fondos de la provincia. Visto lo que manifiesta al ingeniero Jefe de Caminos provinciales en su oficio de 29 de abril último. Considerando que el camino de que se trata se declaró provincial en 5 de febrero de 1872. Considerando que las cantidades que se reclaman proceden de obras efectuadas antes de declararse provincial la citada carretera, y que si bien el ayuntamiento tenía entonces la obligación de satisfacer aquellas partidas, la misma debe permanecer, puesto que tal declaración solo puede llevar consigo el pago por la provincia de todas las obras ejecutadas con posterioridad al 5 de febrero de mil ochocientos setenta y dos; Se acuerda que como resolución a dicha solicitud se transcriba al alcalde de Meaño, el oficio dirigido por el Ingeniero, a fin de que en un breve plazo, y sin dar margen a mas recuerdos, satisfaga al indicador contratista las cantidades que le adeude por resto de certificaciones de obras ejecutadas, en el Camino de que se trata, con ¿? El interés correspondiente a un seis por ciento anual desde los dos meses siguientes al a que correspondan las certificaciones hasta el día en que se verifique el pago, según lo dispuesto en el articulo 39 del pliego de condiciones generales para los contratos de obras públicas de 10 de julio de 1861. Visto el expediente del camino de Lalín a Carballiño la Comisión acuerda que se oficie al Ingeniero para que proceda a las reformas de presupuesto de dicho camino en la parte a que se refieren los expedientes de expropiación primitivos y adicional a fin de poder rematar dichas obras a la posible brevedad. Visto el expediente instruido por consecuencia de la reclamación interpuesta por D. José Rocafort, y otros vecinos de Marín contra las cuotas que para gastos municipales le han sido impuestas. Visto lo que manifiesta el Alcalde en su oficio de primero del actual referente a la imposibilidad de formar nuevos repartimientos a los industriales dedicados a la venta de artículos de comer, beber y arder por los muchos trabajos que pesan sobre la secretaría, como son repartos, matrículas y presupuestos para el próximo año económico para lo que solicito se le autorice para cobrar obras el 4º trimestre del repartimiento, tal cual lo ha hecho la Junta Municipal sin perjuicio de que al finalizar el corriente ejercicio se proceda a la correspondiente liquidación expuesto a lo agraviado; se acuerda que teniendo en consideración lo expuesto y lo especial de los trabajos extraordinarios para el reemplazo que acaba de decretarse conforme con el Negociado, encargándose al Alcalde que entere de este acuerdo a los reclamantes, cuya bonificación deberá hacerse en el primer trimestre y siguientes del próximo ejercicio. Vista una instancia producida por Pedro Caeiro al Ayuntamiento de A estrada, que el Alcalde acompaña a su oficio de 28 de abril último solicitando que como contratista de las obras del Ponton de los Aguados, se sirviese ordenar su liquidación y abono, se acuerde se manifieste al Alcalde, que habiéndose subastado, construido y terminado la obra de dicho Pontón, como municipal obligando al Ayuntamiento a satisfacer su importe, sin que la provincia tomase sobre si compromiso de ninguna clase, se le devuelva la citada instancia para que sobre ella y respecto a la liquidación definitiva de dichas obras, determine la corporación municipal. Visto que el Ayuntamiento de Gondomar no ha cumplido con el acuerdo de 29 de agosto del año último referente a la rebaja de 372 pesetas hecha en el sueldo de D. José rodríguez, maestro de la escuela de Morgadáns, en dicho distrito; se acuerda se amoneste al ayuntamiento para que en el plazo de ocho días cumpla con lo resuelto en 29 de agosto satisfaciendo al expresado maestro su dotación al respecto de 322 pesetas 50 céntimos que disputaba. No habiendo mas asuntos de que tratar, se levantó la sesión de que yo secretario accidental certifico.

Área de notas

  • Nota

Puntos de acceso

Área de control da descrición