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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1874-07-11_Ordinaria. Acta de sesión 1874/07/11_Ordinaria
Acta de sesión 1874/07/11_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.101/1.1874-07-11_Ordinaria
Título Acta de sesión 1874/07/11_Ordinaria
Data(s) 1874-07-11 (Creación)
Volume e soporte Follas: 218,220
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Leída el acta de la sesión de ayer ha sido aprobada. Visto el Decreto del Excmo. Señor Ministro de la Gobernación por el cual se dispones que las diputaciones tengan modificados sus presupuestos antes del 31 del mes actual: Vista la comunicación del jefe económico de esta provincia a la que acompaña copia del repartimiento de la contribución territorial correspondiente al presente ejercicio, a fin de que sea examinado por la Diputación con la mayor urgencia: Visto el oficio del Señor Gobernador Civil trasladando otro del Ilmo. Sr. Presidente de la Audiencia del territorio invitando a la Diputación para que se sirva formular y remitir su informe acerca del proyecto de división judicial de este territorio inserta en la gaceta de 14 de junio último; Considerando que dada la urgencia y perentoriedad de los indicados asuntos, no cabe dilatar mas tiempo la convocación del Cuerpo provincial si han de ser resueltos oportunamente, puesto que entre la convocatoria y la reunión deben mediar lo menos ocho días con arreglo al artículo 38 dela ley, y que los ocho días restantes del mes apenas son suficientes para el examen y modificaciones que hayan de hacerse en los presupuestos, de los cuales deben tener conocimiento previo los Ayuntamientos para tener a su vez terminados los suyos antes del 15 de agosto: Considerando que de no aprobarse cuanto antes el repartimiento de la contribución territorial, será imposible que la recaudación pueda verificarse en principios del mes próximo, según esta prevenido, de lo cual se seguirán perjuicios de consideración al Estado: Considerando por último que es deber ineludible de esta Comisión atender al despacho de los negocios que le están encomendados y que incurriría en responsabilidad si por abandono o negligencia dejarán de llenarse los servicios públicos, máxime cuando estas son de tanta importancia y consideración como los de que se trata; se acuerda dirigir atenta comunicación al Sr. Gobernador a fin de que, si consideraciones de otro orden no lo impidiera y en conformidad a lo dispuesto en artículo 38, se sirva hacer la convocación en la forma prevenida en el mismo para el día 22 del corriente para la reunión del cuerpo provincial en sesión extraordinaria con objeto de ocuparse de los tres asuntos mencionados. Con lo cual se levantó la sesión.
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