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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1874-08-13_Ordinaria. Acta de sesión 1874/08/13_Ordinaria
Acta de sesión 1874/08/13_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.101/1.1874-08-13_Ordinaria
Título Acta de sesión 1874/08/13_Ordinaria
Data(s) 1874-08-13 (Creación)
Volume e soporte Follas: 254,256
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Leída el acta anterior ha sido aprobada. Dado cuenta de una comunicación del señor gobernador fecha 8 de julio último a la que acompaña el recurso de alzada que los concejales del Ayuntamiento actual de Tui interponen contra el acuerdo dictado por esta Comisión en 16 de julio citado por el que desestimo la responsabilidad que alcanza a los concejales del anterior ayuntamiento acerca del pago del cuarto trimestre para gastos municipales y provinciales y en el que a la vez apercibió a los reclamantes: visto que el recurso fue interpuesto en tiempo hábil, se acuerda que se remitan al Sr. Gobernador los antecedentes que forman el expediente y se tuvieron a la vista para dictar el referido acuerdo sin omitir el (acuerdo) informe del alcalde y certificado de la providencia. Visto el expediente del trozo 1º del camino de A Estrada a Cuntis y la instancia producida por D. Enrique Jiménez y D. Antonio Barcala en agosto de 1873 en solicitud de que se le abonen por el contratista los perjuicios que se le irrogaron con motivo de los depósitos de tierra en terreno de su propiedad y visto lo informado por el Ingeniero Jefe de Caminos provinciales en que manifiesta que es de justicia la reclamación entablada y que así se lo advirtió al Contratista para que satisficiera dichos daños; se acuerda se le prevenga al repetido contratista verifique sin demora el pago de los perjuicios de que se trata; dese conocimiento de esta resolución al alcalde para que se le comunique a los interesados y al Ingeniero Jefe para que cuide del cumplimiento por parte del contratista haciéndole entender que en otro caso se dictara providencia. Dado cuenta de una instancia de José María Muñoz y otro del gremio de taberneros de Marín quejándose de que el Alcalde no le ha notificado la providencia que debió haber recaído en el expediente administrativo que se instruyó contra don Francisco Tourón sobre pago de derechos de una pipa de vino que introdujo en su casa; se acuerda se diga al alcalde que notifique dicha providencia caso de haberla dictado, a los reclamantes y si no hubiera recaído aquella cuide de que se verifique inmediatamente y se haga como va expuesto. Se dio cuenta de un expediente de alzada interpuesta por el maestro de primera enseñanza del distrito de Portas contra un acuerdo de la Junta municipal por haberle rebajado en el presupuesto partidas de pago obligatorio. La Comisión antes de señalar día para la vista acuerda pasar el expediente a la Junta provincial de Instrucción pública para que se sirva informar lo que se le ofrezca y parezca acerca de lo que expone. Visto el pliego de condiciones para el arriendo de arbitrios municipales en el distrito de Tui y último ejercicio y muy especialmente la 8º de dichas condiciones, se confirman las providencias decretadas por la alcaldía de Tui en 10 y 16 de junio último sobre reclamación del arrendatario contra Juan Manuel Ochoa sobre traslación a su casa desde la de D. José María Barrera sobre arrobas de vino, comunicándose al alcalde para que a su vez se lo haga los interesados. El Señor Sanmartín se ha abstenido de tomar parte en este asunto. Vista una comunicación del Director de la Escuela práctica de Agricultura proponiendo la separación del alumno Manuel Diz Alonso por incorregible en las graves faltas que viene cometiendo, se acuerda estimar dicha separación y que se anuncie la vacante en el Boletín oficial fijando un plazo de 15 días para admitir solicitudes de los aspirantes, dándose cuenta en su día a la Diputación. Con lo cual se levantó la sesión.
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