ATOPO
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Acta de sesión 1876/08/28_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.106/1.1876-08-28_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1876/08/28_Ordinaria

  • Data(s) 1876-08-28 (Creación)

  • Volume e soporte Follas: 57v,59

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Leída el acta anterior fue aprobada. Dado cuenta del expediente instruido para el blanqueo y reparaciones de la entrada y escalera de este edificio provincial, así como de la certificación de las obras de la que resulta que su importe asciende a pesetas 490,12 se acuerda de conformidad con la Contaduría que se paguen a cuyo efecto resuelva el expediente a la misma contaduría. Visto el expediente sobre la conveniencia de encuadernar las obras de la biblioteca provincial que carecen de esta circunstancia, se acuerda que esto se efectúe haciéndolo por subasta pública, y consignando en las condiciones que el contrato durará tres años, en los que el contratista quedará obligado a encuadernar por el precio de contrata las obras que se le designen. Enterada la Comisión provincial de la comunicación del Alcalde de Bouzas quejándose del de Vigo porque en la base para el repartimiento entre los ayuntamientos del partido solo tuvo presente la riqueza territorial sin tener en cuenta para nada la industrial: Visto lo manifestado por el Alcalde de Vigo el cual hace caso omiso de esta última circunstancia, acuerda que toda vez está en ejercicio el presupuesto, no se hagan en el alteraciones; pero que en el próximo año económico se tengan en cuenta las cantidades que en el actual hayan satisfecho de mas los ayuntamientos del partido y se les abonen cargándose la diferencia al de Vigo. Visto el expediente sobre imposición de una servidumbre de acueducto que solicita D. Manuel Baldenedo González vecino del término municipal de Lalín, remitido a informe de esta Comisión por el señor gobernador: Visto el artículo 125 de la ley de 3 de agosto de 1866 y el 2º párrafo del 126 de la misma, se acuerda informar en sentido de que no ha lugar a la concesión que se solicita sin perjuicio de que decidida la cuestión sobre propiedad por los tribunales, use de su derecho. De conformidad con lo propuesto por el negociado se acuerda pasar a informe del ingeniero jefe una comunicación del Alcalde de A Estrada y la instancia de los vecinos del lugar de Barro sobre indemnización de terrenos comprendidos en el trozo 5º de la carretera provincial de Sotelo a Pontecesures. Igualmente se acuerda de conformidad con lo propuesto por la Contaduría que se paguen los tubos de vacuna venidos de Londres, que importan según cuenta, 1.929 reales. Se acuerda señalar el día 4 del próximo mes de septiembre para celebrar la vista pública de la alzada de Santiago Fernández vecino del distrito de Ponte Caldelas. Visto el proyecto de reorganización del Colegio de internos del Instituto provincial, se acuerda que se de cuenta de el a la Excma. Diputación en la primera reunión. Dado cuenta del presupuesto de las ropas necesarias para servicio de la Inclusa provincial formado por la Directora del mismo que importa pesetas 74,50 se acuerda aprobarlo y que se anuncie la subasta para el día 4 de septiembre próximo como lo propone la Contaduría. Enterada de la comunicación del Capitán de Música del Regimiento Infantería de la Reina número dos en la que manifiesta sus deseos de reemplazar las vacantes de la música de dicho regimiento con otros del hospicio; y vista la comunicación de la Directora de este establecimiento; se acuerda decirle que aquí no hay hospicio provincial; y que habiéndose enterado la Señora Directora del particular y después de explorados los acogidos contestaron negativamente. Vista la instancia de D. José Patiño vecino de esta Capital reclamando que se le abone la indemnización de un muro de contención en una finca de su propiedad que se halla contigua al camino provincial de A Seca: Vista la hoja de tasación del terreno y muro que allí se le expropio al Patiño: visto lo informado por el ingeniero jefe, y Considerando que hay una omisión u oscuridad que establece duda ocasional a perjuicios de dicho Patiño; y que no siendo regular que por falta de claridad o precisión en la tasa hubiese, como lo hizo, dejado de reclamar comprendiendo que la piedra de muro de sostenimiento no había sido expropiada ni indemnizado de ella, se acuerda que se proceda a su tasación a cuyo efecto ofíciese lo conveniente al Ingeniero Jefe de Caminos provinciales. Dado cuenta de una comunicación del Ingeniero Jefe participando que a excepción del Ingeniero jefe participando que a excepción de algunas rampas de servicio particular, se hallan en estado de recibirse provisionalmente las obras de los trozos primero última parte, primera del segundo y última del segundo y primera del tercero del camino provincial de Ponteareas a Setados, se acuerda que se reciban del modo que lo propone dicho ingeniero y se comisiona para esto al vicepresidente de esta Comisión Sr. Don Sabino González Besada y en su defecto al vocal Sr. D. Leopoldo Álvarez Bugallal. Con lo cual se levantó la sesión.

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