ATOPO
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Acta de sesión 1903/08/04_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.107/3.1903-08-04_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1903/08/04_Ordinaria

  • Data(s) 1903-08-04 (Creación)

  • Volume e soporte Follas: 72, 73

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Leída el acta anterior, fue aprobada. Vista la instancia suscrita por los porteros de la Diputación provincial D. Emilio arias y D. José del Monte, en súplica de que se les conceda alguna gratificación por los servicios extraordinarios prestados a la Comisión mista de Reclutamiento, se acuerda conceder 50 pesetas a cada uno de los firmantes, con cargo al capítulo de imprevistos. El vocal Sr. Boente vota en contra. Vista la instancia del Sr. Presidente de la Junta de la Cocina Económica de esta ciudad, en súplica de que se le conceda alguna cantidad para obsequiar a los pobres con una comida extraordinaria, con motivo de las fiestas de la Peregrina, se acuerda conceder 100 pesetas con cargo al capítulo de calamidades. Vista la cuenta de los gastos ocasionados durante el 4º trimestre del año próximo pasado en la cárcel de este partido, cuyo importe es de 2.282,48 pesetas; Se acuerda aprobarlas y realícese su importe. Vista la cuenta de gastos ocasionados en el correccional de esta ciudad durante el 4 trimestre del año próximo pasado por los penados que en el sufren condena y cuyo importe es de 4.717,24 pesetas; se acuerda aprobarla y satisfágase. Visto el recurso de alzada interpuesto para ante el Sr. Gobernador, por Carmen Castiñeira Otero y otras vecinas de la parroquia de Combarro, contra un acuerdo del ayuntamiento de Poio, que al conceder línea para edificar, a Valentín Fontán, le faculta para ampliar su casa, ocupando con tal motivo un terreno que las recurrentes dicen ser de su propiedad; y Considerando: que se demuestra a medio de testimonio expedido por el secretario del juzgado municipal de Poio, que los testigos que depusieron en juicio para declarar acerca de la posesión del terreno que Valentín Fontán ocupa con la edificación para que fue autorizado, es de la propiedad de las recurrentes, por tratarse de un callejón de servicio que solo ellas utilizan desde tiempo inmemorial, cuya consecuencia conduce a confesar que el ayuntamiento de Poio rebasó el límite de las facultades que su ley orgánica le confiese, haciendo de esta suerte que su acuerdo adolezca de vicios que lo invalidan. Se acuerda informar al Sr. Gobernador, en el sentido de que se revoque el acuerdo. Se acuerda, siguiendo la costumbre establecida en años anteriores, y teniendo en consideración que en el actual la exposición de ganados habrá de demandar mayores gastos, subvencionar en la cantidad de 2.000 pesetas las fiestas que se celebrarán en honor de la Divina Peregrina, cuya cantidad se libre con cargo al capítulo de imprevistos, a favor del Sr. Presidente de dicha congregación. Se levantó la sesión.

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