Fondos
Acta de sesión 1903/12/21_
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.107/3.1903-12-21_
Título Acta de sesión 1903/12/21_
Data(s) 1903-12-21 (Creación)
Volume e soporte Follas: 137 v,138 v
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Leída el acta anterior, fue aprobada. Siendo las Diputaciones las encargadas de velar por el fomento de las artes que causen algún beneficio a las provincias que administran y tratándose en el presente caso de premiar los servicios prestados por D. Mariano Cousiño, que con sus trabajos de tallado ha conseguido colocar a gran altura el nombre de esta provincia; esta Comisión acuerda concederle mientras viva la pensión anual de 1.800 pesetas, que percibirá desde 1º de enero de 1904, por mensualidades de 150 pesetas, con cargo al capítulo de imprevistos toda vez no hay consignación en el presupuesto formar el de 1905 para incluir dicha cantidad como partida especial al objeto indicado. Se impone como obligación al Sr. Cousiño dar enseñanza del arte a que se dedica desde 1º de enero próximo, hasta el número de 10 alumnos que designe esta corporación entre los que lo soliciten. Vistas las cuentas municipales del ayuntamiento de Vilanova correspondientes a los años económicos de 1890-91, 1894 -95 y 1895 – 96; y Considerando: que no han sido solventados debidamente los reparos que las mismas habían ofrecido. Se acuerda remitir por conducto del Sr. Gobernador al alcalde de Vilanova copia de los reparos mencionados para que disponga que en el plazo de 30 días sean solventados por los respectivos cuentadantes. Visto que ha transcurrido con exceso el plazo que señala el artículo 19 del R.D. de 26 de abril de 1900, desde la celebración de la subasta del servicio de bagajes para 1904, sin que se haya formulado contra ella reclamación alguna. Se acuerda aprobarla adjudicándose definitivamente el remate de dicha contrata a D. Francisco Calvo Sobrino por el tipo de 11.990 pesetas, previniendo a este que en el plazo de 10 días debe presentar el documento que acredite haber constituido la fianza definitiva. Vista la solicitud del ayuntamiento de Tui, en súplica de que se le conceda una moratoria para el pago de la cantidad que en concepto de atrasos adeuda a los fondos provinciales; se acuerda acceder a lo solicitado concediéndole una moratoria de cinco años, dividida en 20 plazos debiendo satisfacer juntamente con la correspondiente al trimestre respectivo, la cantidad de 1.645,80 pesetas en el primero de dichos plazos y 1.645,63 en cada uno de los restantes. Se levantó la sesión.
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Nota