ATOPO
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Acta de sesión 1906/06/30_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.110/1.1906-06-30_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1906/06/30_Ordinaria

  • Data(s) 1906-06-30 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 20 1. Presidencia del Sr. Nine. Señores que asistieron: García Vidal, Martínez Casal, Pazos, Echeverría y Fernández de Lema. Reunidos a las 11 de la mañana, se dio lectura al acta de la anterior que por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 20 2. Acto seguido, haciendo uso de las facultades que la confiere el caso 2º del art. 98 de la vigente Ley provincial y previa declaración de urgencia, adoptó los acuerdos siguientes: 1º. Decretar el ingreso en el hospicio de María Ramona Matilde Bello Silva, de 33 años de edad, físicamente impedida para el trabajo y pobre, cuando exista en dicho establecimiento cabida para el ingreso de la misma, toda vez que actualmente está completo el número de asilados, mayores de 16 años. 2º. Desestimar el recurso de agravio que interpuso el vecino de Pontesampaio, Pío Rodríguez, contra la resolución de la Junta repartidora de dicha localidad, en mérito a que no ajustó su reclamación a lo prevenido en el art. 140 de la Ley municipal, toda vez que no presentó dicho recurso ante la Alcaldía, según previene dicho texto legal. 3º. Desestimar igualmente el recurso de la misma índole que interpuso el vecino de Sanxenxo, Don. Victoriano Fajardo, toda vez que el interesado no atemperó su reclamación a lo prevenido en la regla 7ª del art. 128 de la repetida Ley, entablando su alzada dentro del plazo que determina el indicado texto legal. ------ Folla: 20 3. Desestimar de igual suerte el recurso de agravios, interpuesto por el vecino del referido pueblo, D. José Padín, que reclama por habérsele aumentado su cuota, al verificar la Junta el repartimiento, en la cuantía de 25'95 pesetas, con relación a la que se satisfizo en el anterior año; en razón a que según informe la Alcaldía, el mencionado vecino posee un establecimiento de efectos navales, por el cual no contribuye en la matrícula de subsidio industrial, con la clasificación que le corresponde. ------ Folla: 20 4. Desestimar de igual suerte el recurso de Ramón Rodríguez Alonso, vecino del mencionado pueblo de Sanxenxo, que se alza de la resolución de la Junta que le fijó una cuota contributiva superior en una peseta cincuenta céntimos a la que satisfizo en el anterior año; en razón a que este pequeño aumento anual, tiene justificación por el hecho de que según informa la alcaldía, el recurrente ejerce la profesión de tabernero, despachando vinos de sus cosechas y que la cuota recurrida se fijó atemperándose la Junta a lo estatuido en el apartado 3º del art. 126 de la Ley municipal. ------ Folla: 20 5. Desestimar de igual suerte el recurso de agravio, también interpuesto por el vecino del repetido pueblo de Sanxenxo, Cándido Otero Rey, contra la cuota que le asignó la Junta repartidora, que superó en 4 pesetas, a la que satisfizo el año anterior, en razón a que el pequeño aumento de la cuota recurrida, tiene justificación según informe de la Alcaldía, porque el Sr. Otero mejoró sus utilidades de propietario y colono dedicándose al tráfico de ganado. ------ Folla: 20,21 6. Desestimar igualmente el recurso de agravios que interpone Dña. Ángela Rey Nombo, vecina también de Sanxenxo, alzándose de la cuota que superó en 16'13 pesetas a la que satisfizo en el año anterior; en razón a que según informa la Alcaldía, el aumento mencionado está justificado por haber ampliado en escala importante los negocios del establecimiento que existe en la planta baja de su casa y dedicarse además, al comercio de granos y huevos, por cuyo ramo no contribuye. ------ Folla: 21 7. Desestimar de igual suerte el recurso de agravios que formula Alfredo Iglesias Amado, vecino del repetido pueblo de Sanxenxo, alzándose de la resolución de la Junta que la asignó la cuota de 21'57 pesetas, en razón a que, según informa la Alcaldía, el recurrente aumentó su hacienda con los bienes heredados, recientemente, de su finada suegra y además, con lo que le produce el comercio de granos a que se dedica en gran escala. Y, por último, se dio también cuenta del recurso de agravio que formula el vecino del repetido pueblo de Sanxenxo, D. Onafre Rodríguez Lueiro, contra la cuota que se le asignó, que supera en 12'04 pesetas, a la que satisfizo en el anterior año; acordando desestimarlo en razón a que, según informe de la Alcaldía, las utilidades que obtiene de su profesión de perito agrimentor y de la renta de sus fincas, se aumentaron en forma considerable con la representación que obtiend de remuneración por administrar los bienes de D. Manuel Pereira, circunstancias de riqueza que justifican por modo pleno el pequeño aumento que motiva el recurso. Se acordó desestimarlo - Vale. Se levantó la sesión. ------

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