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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1906-12-18_Ordinaria. Acta de sesión 1906/12/18_Ordinaria
Acta de sesión 1906/12/18_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.110/1.1906-12-18_Ordinaria
Título Acta de sesión 1906/12/18_Ordinaria
Data(s) 1906-12-18 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 44 1. Presidencia del Sr. Nine. Señores que asistieron: Martínez Casal, García Vidal, Echeverría, Pazos y Fernández Lema. Abierta la sesión a las 11 de la mañana se dio lectura de la anterior que por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 44 2. Acto continuo haciendo uso de las atribuciones que le confiere el caso 3º del art. 98 de la Ley y previa declaración de urgencia, adoptó los acuerdos siguientes: 1º. Otorgar según costumbre anual y con motivo de las próximas Pascuas el donativo de 45 pesetas al Asilo de Hermanitas de los pobres desamparados de esta ciudad, para que en la noche del día 24 se de a los 45 asilados que allí se albergan una cena extraordinaria, debiendo pagarse esta suma con cargo a la consignación que para atenciones de beneficencia existe en el presupuesto vigente. 2º. Otorgar asimismo a los 65 penados que se recluyen en la Cárcel de esta ciudad,el donativo de una peseta, que será entregado por la Comisión Provincial directamente a cada uno de los mismos en el citado día 24, debiendo pagarse esta cantidad con cargo a la Consignación que existe en presupuesto para atenciones carcelarias. 3º. Otorgar igualmente el donativo que represente una comida extraordinaria el citado día 24 del actual a los Asilados de la Casa Hospicio, debiendo satisfacerse la cuenta justificada con cargo a la Consignación que para atenciones de beneficencia existe en el presupuesto que comenzará a regir el día 1º del venidero mes de Enero. 4º. Visto el oficio que dirige con fecha 7 del actual el Sr. Juez de Instrucción del partido de Lalín manifestando que decretó el ingreso en el hospital de Santiago del herido Manuel Silva Torres, atropellado en la vía pública por un carro, interesando de la Diputación que satisfaga las estancias; la Comisión acordó se manifieste a dicha autoridad judicial que debiendo de existir en el presupuesto Carcelario del partido, una consignación para atender a la curación de heridos en la vía pública, debe ordenar que contra tal presupuesto se satisfagan las estancias que devengue en el referido hospital Manuel Silva. 5º. Ordenador a la Jefatura de Caminos provinciales que redacte con las modificaciones a que hubiera lugar y por duplicado los pliegos de condiciones para las obras de construcción del camino de Lalín a Ponte San Xusto, trozo 6º, cuyo remate anteriormente adjudicado a D. Vicente Bugallo se rescindió en 6 de Noviembre de 1.903, debiendo fijarse día para la nueva subasta en la que habrán de observarse las prescripciones del R.D. de 24 de Enero de 1.905. 6º. Encontrar justificada la explicación que en razonadísimo informe, suscribe el Contador de la Diputación, por no haberse satisfecho con más anterioridad 18 ptas. al empleado D. Luis Amado al ascender en Diciembre del año próximo pasado de 1.500 a 1.800 ptas. y en consonancia con tal informe, resolver que la cantidad citada de 18 ptas. se libre contra el artículo 1º del presupuesto vigente. 7º. Dado cuenta del oficio del Sr. Jefe de Caminos provinciales manifestando que en el presupuesto vigente sólo existen 1,838'56 pesetas para los gastos ordinarios de peones y composición de herramientas que fluctúan entre 2.400 y 2.500 al mes, resultando un déficit de 600 a 700 ptas. en números redondos en el corriente mes de Diciembre. Visto el informe de la Contaduría; la Comisión en consonancia con lo que en el mismo se propone, acordó que el déficit mencionado para satisfacer las atenciones de que se ha hecho mérito se pague con cargo al art. 2º del Capítulo 10 que tenía por destino "Expropiación y obras del camino de Callobre a Ponteledesma". ------ Folla: 44 3. Por último, teniendo en consideración que actualmente no son precisos los servicios del auxiliar temporero de la Caja de Quintos D. José Viñas del Monte; se acuerda amortizar la referida plaza que se hallaba dotada con 1.460 pesetas anuales. Se levantó la sesión. ------
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