ATOPO
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Acta de sesión 1910/01/21_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.118/1.1910-01-21_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1910/01/21_Ordinaria

  • Data(s) 1910-01-21 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 4 1. Presidencia del Sr. Otero (D. Cándido); vocales: Sres. Echeverría, Lema, Sequeiros, Casas (D. Antonio) y Ruza. Abierta la sesión a las doce e la mañana se dio lectura al acta de la anterior que por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 4,5 2. Acto seguido haciendo uso de las atribuciones que le confiere el caso 3º, artículo 98 de la vigente Ley provincial y previa declaración de urgencia, adoptó los acuerdos siguientes: 1º. Declarar de abono la cuenta importante 372 ptas. por estancias de 15 ancianos en el Asilo de Hermanitas de los Pobres de Pontevedra durante el mes de diciembre último, debiendo pagarse dicha suma contra la consignación que existe en presupuesto para atenciones de beneficencia. 2º. Declarar igualmente de abono la cuenta importante tres mis doscientas cincuenta y cinco pesetas por estancias de sesenta alienados pobres hijos de esta provincia en el Manicomio de Conxo durante el mes de octubre último, debiendo pagarse dicha suma contra la consignación que existe en presupuesto para esta obligación. 3º. Declarar de abono en consonancia con lo informado por el Sr. Arquitecto provincial al Maestro de Albañiles, Ramón González Gómez, la suma de seiscientas veinte ptas. por obras de pintado y reparación de paredes, techos, puertas y vidrieras del Salón de conferencias y despacho de la Presidencia, debiendo pagarse la expresada cantidad contra la consignación que existe en presupuesto para conservación del Edificio provincial. 4º. Decretar el ingreso en el Manicomio de Conxo por cuenta de fondos provinciales en consonancia con el acuerdo que figura en la sesión del 14 del corriente de los dementes pobres hijos de esta provincia siguientes: Victoriano Alejandro Méndez, vecino de Pontevedra; Carmen Mercuida, vecina de Cuntis; Manuel Rodríguez Santiago, vecino de Marín; José Piñeiro Piñeiro, vecino de Bueu y Miguel García García, vecino de Valga, cuyos expedientes han de ajustarse a lo prevenido en el R.d. de 19 de mayo de 1885. ------ Folla: 5 3. También acordó en mérito a lo manifestado por el Sr. Juez de 1ª Instancia de Vigo en su alta comunicación de fecha 20 del actual, decretar el ingreso en el citado Manicomio del demente Emilio F. Pérez Sousa, recluido en la Cárcel de la repetida Ciudad desde 1902 por haberse negado la familia a hacerse cargo de dicho enfermo que fue declarado irresponsable por los Tribunales ordinarios, debiendo en su consecuencia reclamarse de esta Audiencia el certificado que abarque la parte dispositiva de la Sentencia relacionada con este demente. ------ Folla: 5 4. Decretar también el ingreso en el citado Manicomio de la demente Concepción Sánchez de la Iglesia, recluida asimismo en la Cárcel de la Ciudad de Vigo en las mismas condiciones del caso anterior, debiendo también reclamarse de la citada Audiencia el oportuno certificado de la parte dispositiva de la Sentencia que afecta a esta enferma. Se levantó la sesión. ------

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