ATOPO
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Acta de sesión 1910/07/16_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.118/1.1910-07-16_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1910/07/16_Ordinaria

  • Data(s) 1910-07-16 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 30 1. Presidencia del Sr. Nine. Señores que asistieron: López de Neira, Areal, Vázquez Limeses y Casas (D. Antonio). Abierta la sesión a las 11 de la mañana se dio lectura al acta de la anterior que por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 30,31 2. Acto seguido haciendo uso de las atribuciones que le confiere el caso 3º, art. 98 de la vigente Ley provincial y previa declaración de urgencia se adoptaron los siguientes acuerdos. 1º. Declarar de abono la cuenta que presenta el Director Jefe de Caminos provinciales importante ciento setenta y nueve ptas. con sesenta y cinco céntimos por conservación de los mismos durante el mes de junio último, debiendo pagarse dicha suma contra la consignación que existe en presupuesto para esta obligación. 2º. Contestar al atento oficio del Sr. Gobernador en el que se interesa se designe por esta Corporación provincial el Perito que representa la misma en el expediente de Expropiación de terrenos para construcción del trozo 2º del camino de 2º orden de Callobre a Ponte Ledesma en el Ayuntamiento de A Estrada, significando a la citada autoridad Gubernativa que oportunamente designó esta Comisión para el expresado cargo a D. Gumersindo Durán que practicó ya la tasación de los terrenos que comprende el 1º trozo del referido camino. 3º. Declarar de abono a D. Ricardo Santos y vecino de esta capital la suma de veinticuatro ptas. por cuatro regaderas de lata fuerte con asas de vuelta para utilizar en los jardines de la Excma. Diputación; debiendo pagarse dicha suma contra la consignación que existe en presupuesto para conservación del edificio provincial. 4º. Declarar de abono al jardinero de la Corporación Generoso Blázquez la suma de siete cincuenta ptas. por jornales de dos mujeres que diariamente verifican el riego de los expresados jardines a contar 20 de junio hasta el 26 del repetido mes; la misma cantidad de 7'50 ptas., hasta el 3 del corriente por idéntico servicio y 15 ptas. hasta el 10 del corriente; debiendo pagarse las expresadas sumas que en totalidad ascienden a treinta ptas. contra la consignación que existe en presupuesto para conservación del edificio provincial. 5º. Resolver de conformidad con la moción de Contaduría que la cuenta de los trabajos de campo para el estudio de los trazos 2º y 3º del camino provincial de Agolada a Ponte Ledesma que importan en total 608'75 ptas. y cuya cuenta fue aprobada y declarada de abono en sesión de esta Comisión de 10 de agosto de 1909 se satisfaga con cargo a la partida correspondiente del vigente presupuesto. 6º. Declarar de abono la cuenta que presenta el Sr. Arquitecto provincial importante seis mil doscientas setenta y siete ptas. con cuarenta y ocho céntimos por liquidación de las obras de reparación de las cubiertas de este Palacio provincial de las cuales fue contratista el vecino de esta Ciudad, D. Diego Iglesias, debiendo pagarse la expresada cantidad contra la consignación que existe en presupuesto para esta atención. 7º. Adjudicar a D. Rogelio Quintáns, Industrial de Pontevedra representante de los establecimientos tipográficos de esta Capital, la composición y tirada de las listas electorales derivadas de la rectificación del censo del corriente año por el mismo precio y condiciones en que se realizó el servicio en el anterior año, o sea, 27 ptas. pliego de cuatrocientas cuarenta líneas; debiendo hallarse completamente tiradas el 31 de agosto próximo venidero, no adjudicándose este servicio mediante subasta en consideración a que la R.O. de 27 de febrero de 1908 autoriza a las Diputaciones para realizarlo por administración sin sujetarse a las formalidades del R.D. de 24 de enero de 1905 por estar de lleno comprendido el caso en el apartado 6º del art. 41 de la citada disposición. El Sr. Quintáns se aviene a hacer efectiva la multa en la cuantía que señale esta Comisión de no estar verificado el servicio en el plazo fijado. 8º. Decretar el ingreso en el Asilo de Hermanitas de los pobres de Pontevedra de la anciana de setenta años de edad, Virginia Nogueira, vecina de Vigo pobre de solemnidad y sin familia alguna en la vacante de José Manuel Fernández, que falleció el 13 del actual. Se levantó la sesión. ------

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