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Acta de sesión 1912/12/29_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.123/1.1912-12-29_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1912/12/29_Ordinaria

  • Data(s) 1912-12-29 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 58 1. Presidencia del Sr. García Vidal. Señores que asistieron: Garrido, Sequeiros, González, Fraga, García Rodríguez y Ruza. Abierta la sesión a las once de la mañana, se dio lectura al acta de la anterior que por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 58 2. Seguidamente se dio cuenta del acuerdo adoptado por la Junta de la Cárcel del partido judicial de Ponteareas, en solicitud de autorización para transferir una partida del presupuesto carcelario en ejercicio; y Resultando: que la expresada Junta en sesión de 16 del actual, a instancia del Sr. Alcalde, acordó reintegrar al Depositario D. Agustín Antón González, de la cantidad de 629 pesetas 95 céntimos que en concepto de anticipo satisfizo para pagar a la Hacienda los derechos e inscripciones en el Registro de la propiedad del edificio recientemente adquirido de la casa cárcel del partido judicial, a cuyo efecto acordó transferir una partida del presupuesto en vigor, por no figurar en el mismo consignación a tal objeto. Considerando: que la citada inversión es de carácter preferente y rigurosamente obligatoria, sin que lleve el presupuesto en vigor alteración alguna en la cifra total de sus ingresos y gastos, ya que las cantidades que a tal descubierto se destinan, resultarían sobrantes y sin aplicación en la liquidación del mismo; la Comisión, conforme con el Negociado, acordó informar al Sr. Gobernador en el sentido de que procede le preste su aprobación definitiva. ------ Folla: 58 3. También se dio cuenta de un oficio del Sr. Comisario de Guerra de Vigo, remitiendo nota de precios para señalamiento del tipo a que deben abonarse los suministros durante el mes actual por los pueblos de esta provincia a las fuerzas del Ejército y Guardia Civil, y aceptando la propuesta por el Negociado, en consonancia con lo dispuesto en el artículo 3 de la Instrucción de 9 de agosto de 1877, acuerda fijar los que han de constituir el tipo aludido, debiendo publicarse en el Boletín Oficial: Pan: 6'50 Kilogramos, 0'22 ptas.: Cebada: 4 Kilogramos, 1'20 ptas.; Centeno: 4 Kilogramos, 0'96 ptas.; Maíz: 4 Kilogramos, 0'96 ptas.; Paja: 6 Kilogramos: 0'90 ptas.; Hierba seca: 12 Kilogramos, 1'50 ptas.; Carbón: 1 Kilogramo, 0'15 ptas.; Leña: 1 Kilogramo: 0'05 ptas.; Petróleo: 1 litro, 0'90 ptas. ------ Folla: 58 4. Acto continuo se examinó el presupuesto carcelario del partido judicial de Cambados para el próximo año de 1913, aparece ajustado a los requisitos exigidos por Real decreto de 11 de marzo de 1886, habiendo sido disentido y aprobado por la Junta de partido, sin que se hubiese interpuesto reclamación alguna, apareciendo también ajustadas las plantillas de personal a las aprobadas por Real decreto de 14 de agosto de 1905, y no observándose en sus partidas extralimitación alguna que corregir y que las cuotas contributivas sobre los cupos de contribución con que respectivamente figuran en el reparto formado por la Administración de Hacienda, la Comisión conforme con el Negociado acuerda informar al Sr. Gobernador en el sentido de que procede prestarle su aprobación definitiva. ------ Folla: 58 5. Y, por último, también se ha examinado el presupuesto carcelario del partido judicial de Lalín para el próximo año de 1913, y por las mismas consideraciones que se consignan en el precedente acuerdo; la Comisión conforme con el Negociado acordó informar al Sr. Gobernador en el sentido de que procede prestar su aprobación definitiva a dicho presupuesto carcelario de Lalín. Se levantó la sesión. Consta este libro de cincuenta y ocho folios utilizados en las actas de las sesiones celebradas por la Comisión provincial desde el día tres de enero hasta el veintinueve de diciembre, resolviendo asuntos en funciones de cuerpo consultivo a tenor de lo establecido en el artículo 102 de la vigente Ley provincial. Pontevedra, 31 de diciembre de 1912. Vº.Bº El Vicepresidente. ------

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