Fondos
-
4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1914-11-10_Ordinaria. Acta de sesión 1914/11/10_Ordinaria
Acta de sesión 1914/11/10_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.127/1.1914-11-10_Ordinaria
Título Acta de sesión 1914/11/10_Ordinaria
Data(s) 1914-11-10 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 29 1. Presidencia del Sr. Sampedro (D. Casto). Vocales Señores; López de Neira, Nine, García Golmar, Sarmiento Ozores y Otero Bárcena. Abierta la sesión a las once y media de la mañana se dió lectura al acta de la anterior que por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 29 2. Seguidamente examinó los recursos de agravios interpuestos ante V.E. por D. Manuel Mosteiro Troitiño, D. Ramón García Longo y D. Rosendo Fernández Silva vecinos del Ayuntamiento de Meaño contra las cuotas que les fueron asignadas en el repartimiento vecinal formado para cubrir el déficit del presupuesto. Resultando que los recurrentes fundamentan sus recursos en el hecho de que no habiendo variado en nada las circunstancias o medios económicos de los mismos desde el año último al actual, no tiene justificación el aumento a 26,75 ptas. al primero, 15,90 al segundo y 20,50 al último de los exponentes, cuando todos ellos nunca satisfacieron más que 10 ptas. con que hasta aquí venían tributando. Considerando que siendo el déficit a repartir igual al del año anterior y apareciendo demostrado que ninguno de los reclamantes haya hecho adquisición de fincas, rentas ni sufrido alteración en sus utilidades que justifiquen el considerable aumento advertido en los cupos que les fueron asignados, la Comisión de conformidad con las demás consideraciones legales que constan en el dictamen del Negociado, acordó estimar estos recursos declarando que los Sres. Mosteiro, Ganin y Fernández Silva deben continuar tributando la misma cuota de diez pesetas con que figuraban en el año anterior. ------ Folla: 29 3. Visto el expediente instruido por el Ayuntamiento de Fornelos para la construcción de un cementerio católico en la parroquia de Ventin. Resultando que la Corporación municipal a propuesta de los vecinos de dicha parroquia acordó en sesión de 11 de mayo último la construcción, por cuenta de aquellos de un cementerio católico, en mérito a que el actual resulta insuficiente para la inhumación de cadáveres de los que fallecen en dicha localidad, cuyas obras ascienden aproximadamente a la cantidad de cinco mil pesetas, que aquellos vecinos se proponen adquirir a medio de suscripción popular, ya que la situación económica del Ayuntamiento no permite la ejecución de una nueva necrópolis en la aludida parroquia. Considerando que lo mismo en el expediente administrativo que en el proyecto técnico encomendado a un Maestro de obras a falta de otro facultativo, se han llenado debidamente los requisitos prevenidos en la R.O. de 16 de julio de 1888 dotándose al cementerio de una capacidad más que suficiente para la inhumación de las defunciones que anualmente ocurran sin que haya necesidad de remover las sepulturas en el plazo de veinte años y que el cementerio que se pretende construir cuenta en su perímetro o recinto con un apartado para disidentes al objeto de dar decorosa sepultura a los que fallezcan fuera del seno de la Religión católica; la Comisión acordó informar al Sr. Gobernador en el sentido de que procede que preste su aprobación al expediente y proyecto referidos. Se levantó la sesión. ------
Ãrea de notas
Nota