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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1917-06-28_Ordinaria. Acta de sesión 1917/06/28_Ordinaria
Acta de sesión 1917/06/28_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.132/1.1917-06-28_Ordinaria
Título Acta de sesión 1917/06/28_Ordinaria
Data(s) 1917-06-28 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 25 1. Presidencia del Sr. Lema. Vocales: Señores García Vidal, Ruza García, Sampedro Folgar, Carrera Ramilo y González Fraga. Abierta la sesión a las once y media de la mañana, se dió lectura al acta de la anterior que por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 25 2. Seguidamente haciendo uso de las atribuciones que le concede el caso 3º del articulo 98 de la vigente Ley provincial y previa declaración de urgencia, adoptó los siguientes acuerdos. Declarar de abono al Director Jefe de caminos provinciales, la cuenta importante quinientas catorce pesetas con nueve céntimos por conservación de los mismos, durante el mes de mayo último debiendo pagarse dicha suma contra la consignación que existe en presupuesto para esta obligación. ------ Folla: 25 3. Visto el oficio que suscribe el Sr. Alcalde de Vilaboa, participando que adquirió los libros del escritor gallego, Valentín Lamas Carbajal, cuya adquisición fuesubvencionada por esta Comisión en reunión de 25 de abril último, con la cantidad de cien pesetas, la comisión acordó declarar de abono esta última cantidad, contra la consignación que se cita en el expresado acuerdo, y en consideración a que el importe de tal compra arroja un valor del doble de tal cantidad. ------ Folla: 25 4. Resolver los recursos de agravios en número de noventa y ocho que formulan igual número de vecinos del Ayuntamiento de Lavadores, cuyo primer nombre de la relación es el de Florentina Abalde Abalde y el último el de Juana Villar Alvarez, reduciendo las cuotas que se estiman excesivas a las mismas que los aludidos vecinos pagaron en el anterior año, según se detallan en el expediente, teniendo en consideración esta Comisión para adoptar tal acuerdo a que no consta que los aludidos contribuyentes hayan aumentado de riqueza y a que el déficit municipal es menor que el del anterior año. ------ Folla: 25 5. Resolver de igual modo los recursos de agravios que formulan vecinos de Baiona que a continuación se citan, dejando reducida las cuotas que se fijan en mérito a que el informe del Alcalde del expresado pueblo, aconseja que sean atendidas tales reclamantes, señalándoles las cuotas aludidas, Manuel Martínez Misa, 75 ptas, Ezequiel Simons, 125 ptas, Luis Gil, 60 ptas; Lino Castro, 46 ptas; Remigio Eloy, 70 ptas; Salustiano Otagubel, 86,06 ptas; Evaristo Casalderrey, 62 ptas; Vicente Martínez Fernández, 90 ptas; María Cividanes Rodríguez, 15 ptas; Josefa Giráldez Blanco, 4 ptas; Virginia Martínez Agrelo, 28 ptas; Casilda Martínez Agrelo, 9 ptas; Consuelo Rodríguez Giráldez, 270 ptas; Adoración Romero Valverde, 64 ptas y Marciala Pérez Estévez, 93 ptas. ------ Folla: 25 6. Pasar a informe del Sr. Alcalde de Caldas de Reis, catorce recursos de agravios que formulan los vecinos, D. Elisardo Domínguez y otros a los efectos del articulo 140 de la Ley municipal. ------ Folla: 25 7. Visto el recurso que formula el vecino de Baiona, Don Magno González Amor, formulando alzada contra cuota que le asignó la Junta repartidora del déficit, y considerando que a tenor de lo establecido en las Rs. Os. de 5 de abril de 1899 y 2 de noviembre de 1910, y 17 de septiembre de 1914, los repartimientos del déficit sólo pueden gravar las utilidades consignadas en las bases 4ª y 6ª de la regla 2ª del articulo 138 de la Ley municipal, y teniendo en cuenta que el interesado justificó no posee en el término municipal tales utilidades, la Comisión de conformidad con lo propuesto por el Negociado acordó excluir al Sr. González Amor del repartimiento del déficit municipal de Baiona. ------ Folla: 25 8. Pasar a informe del Sr. Director Jefe de caminos provinciales, el oficio que suscribe el Sr. Alcalde de Salvaterra de Miño, pidiendo que la subvención concedida para reparar el puente de Fillaboa, otorgada en cuantía de tres mil pesetas, en sesión de 16 de noviembre de 1912, se eleve en la cantidad de 982 ptas 95 céntimos. ------ Folla: 25 9. Decretar el ingreso en el Asilo de Hermanitas de los pobres de Pontevedra, cuando exista vacante, de la anciana natural de Cangas, Concepción Martínez Romero. ------ Folla: 25,26 10. Dado cuenta de la protesta que suscribía el vecino de esta capital, Don Benigno Barros Martínez contra el acuerdo que adoptó esta Comisión en reunión de 8 del actual, adjudicando sin tener en cuenta lo prevenido en el R.D. de 24 de enero de 1905, al vecino de Vigo, D. Rafael Vicelto la impresión de las listas electorales del actual año. Resultando que esta Comisión en reunión de 1º del actual acordó que se publicase edicto en las mismas condiciones que en el año anterior para adjudicar tal servicio en el corriente. Resultando que en 1916 se publicó edicto análogo al del presente año y comparecieron a solicitar el servicio Don José Benito Fernández y Peón, y D. José Varela Gómez, vecino de Vigo, que resultó favorecido, que en 1915 se publicó así mismo edicto en idénticas condiciones a las del año actual, y resultó adjudicatario del servicio en representación de las imprentas de esta capital, D. Julio Antunes, que en 1914 éste mismo Señor también en representación de las imprentas de esta ciudad fueadjudicatario del servicio habiendo acudido a concurso análogo al del año corriente; y por último; que en 1913 también se abrió concurso en idénticas condiciones a las del año actual, resultando adjudicatario D. Eladio Portela, que fuelicitador en su propio nombre y en el de las imprentas de esta capital. Considerando que a tenor de lo dispuesto en la R.O. de 27 de febrero de 1908, las Diputaciones están exentas de verificar subasta para adjudicar el servicio de que se ha hecho mérito, en consideración a la perentoriedad del plazo que señalan las disposiciones vigentes (desde 25 de julio a 1º de septiembre) para las listas electorales. Considerando que el Señor Barros por el hecho de acudir a concurso de 1º del corriente, representado por su dependiente D. Leopoldo Silva Peón, según hace constar en su escrito de protesta está incapacitado para pedir la nulidad de tal concurso que implícitamente acató al acudir al mismo, la Comisión por mayoría acordó desestimar la reclamación formulada por el ya citado vecino Don Benigno Barros. Durante la deliberación de este asunto se abstuvo de tomar parte en la misma el Vicepresidente, Sr. Lema. En contra del precedente acuerdo, hizo constar su voto el Vocal Sr. García Vidal. ------ Folla: 26,27 10. Dado lectura a la ponencia que literalmente copiada es como sigue: "Los Vocales Señores González Fraga y Ruza, emiten informe en lo referente a las pretensiones formuladas por la Comisión especial de investigación de la patria de Colón, manifiestan que son verdaderamente patrióticos y dignos de la consideración y ayuda, los trabajos y desvelos de la referida comisión, y sin que a esta Corporación incumba al menos por ahora, apreciar la oportunidad de someter a la Academia de la Historia en consulta el examen de los documentos y pruebas de que la dicha Comisión dispone, entienden y proponen después de comunicarse con aquella, que para el caso en que la misma su presidente o el de la Diputación que lo ha sido de la asamblea en que se ha designado la Comisión especial, acuerde y juegue prudente la consulta y haya necesidad de que sean invitados individuos de aquella Real Academia, para hacer el estudio de los elementos de prueba sobre el terreno y en sus originales, la Diputación provincial sufrague los gastos indispensables a tal objeto de viaje y estancia en Pontevedra de los Sres. Académicos con cargo al capítulo de imprevistos, Rosa González Fraga. Abierta discusión por el Sr. Vicepresidente acerca de la resolución que debiera adoptarse sobre tal particular y después de ligero debate, en el que intervinieron todos los Sres. Vocales y el Vicepresidente, la Comisión por mayoría acordó aceptar lo propuesto por los Sres. Ruza y González Fraga, pero con la limitación de que los gastos no podrían bajo ningún concepto rebasar la cifra de 1.500 pesetas viéndose obligada la Corporación a concretar en tal cifra el auxilio que se otorga a la aludida Comisión especial por la precaria situación del erario provincial. Los Sres. Ruza y González Fraga, pidieron que se hiciese constar que la limitación de los gastos estaba ya expresada al determinar tasativamente cuales debían de ser estos. En contra del precedente acuerdo, hizo constar su voto el vocal Sr. Sampedro, concebido en los términos siguientes: En que las iniciativas y gestiones relativas al asunto de que se trata, deben, a su juicio entablarse y costearse por las Corporaciones populares, y así lo entendió el Excmo. Ayuntamiento de esta capital, al reunir ocupándose constantemente del mismo. En que aunque la invitación a la R. Academia de la Historia fuera propia de la Excma. Diputación provincial, o quisiera esta tomarla a su cargo sería necesario tener en cuenta que se halla sometida a su severo régimen económico reafirmado por la Comisión en todas las sesiones celebradas hasta hoy, que está obligada por estipulaciones recientes al cumplimiento de obligaciones sagradas, y que está amenazada formalmente de reclamaciones ineludibles y preferentes. En que no hay necesidad, ni conveniencia laguna de la venida y estancia aquí de una comisión de dicha academia, puesto que por los fotograbados ya publicados, y por las fotografías ya hechas de los llamados nuevos documentos, se puede formar juicio cabal de las cosas; y en todo caso pueden enviarse a Madrid los documentos para que allí se examinen y estudien en forma detenida, completa y definitiva, lo cual es punto menos que imposible. En que entre dichos nuevos documentos, sólo hay dos que obran en el Archivo Notarial; y esto no reclama la venida y estancia de la Comisión, por cuanto su valor paleográfico, no ofrece duda alguna, y haya excelentes fotografías obtenidas de los mismos y su valor histórico mejor se aprecia en Madrid, que es esta capital, aunque desde luego se puede afirmar que no lo tienen. En que la venida de la Comisión tiene por objeto examinar el Crucero de Colón en Porto Santo, su examen pudiera dar por resultado una escena cómica, más que que un dato utilizable, y en todo caso, también puede facilitarse a la Academia fotografías excelentes. En que el recorrido por las Rías para señalar la Punta de la Galea y de la Lanzada, es también innecesaria a juicio del que suscribe, dado que, con cualquier carta geográfica y muy en especial con la levantada hace poco tiempo por la Comisión Hidrográfica puede la Academia enterarse perfectamente de la situación y forma de dichas puntas y juzgar con acierto de la importancia que tuviesen tales datos. En que dado el juicio que han merecido ya a los técnicos de dentro y fuera de la Región, los documentos en que se funda la atrevidisíma aseveración de que el gran Navegante era Español y gallego y nacido en Porto Santo, o en Pontevedra, la Excma. Diputación corre un gran pliego de que su cultura y su seriedad sufran grave quebranto. Y en que, lo que parece más prudente dada la naturaleza dedicada del asunto y atendida la opinión, ya hecha pública, de los que tienen autoridad en estas materias, sería, en todo caso, una consulta extraoficial dirigida a la Academia de la Historia sobre todos, los elementos que vienen utilizándose en favor del llamado nuevo origen y patria de Colón; y en virtud de su informe tomar la Diputación o el Ayuntamiento los acuerdos que estimasen más acertadas. Por todo lo expuesto: El vocal que suscribe, que a la vez es cronista de la provincia, correspondiente de la Real Academia de la Historia, individuo del mismo de la Real Academia Gallega, y Presidente de la Sociedad Arqueológica de esta capital, cree que la comisión provincial no se halla en condiciones de invitar a la Real Academia de la Historia para que se digne nombrar una comisión de su seno que venga a esta capital con el objeto indicado, y que no debe sufragar los crecidos gastos que la invitación tendría que originar a menos que reciba un auxiliar en relación con su precario estado económico. ------ Folla: 27 11. Se acordó que en los expedientes para ingreso de dementes en Conxo, a medida que vayan ocurriendo vacantes, sean ponentes los Sres. Vocales y Vicepresidente por el órden siguiente; González Fraga, Carrera Ramilo, García Vidal, Sampedro Ruza y Vicepresidente. ------ Folla: 27 12. Por último, se acordó que pase a despacho de la Comisión de presupuestos de la Excma. Diputación la instancia de Don José Filgueira, Director del Instituto antirrábico "Cobián Areal", pidiendo que se aumente quinientas pesetas a la subvención otorgada a dicho establecimiento. Se levantó la sesión. ------
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