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Acta de sesión 1920/02/17_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.139/1.1920-02-17_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1920/02/17_Ordinaria

  • Data(s) 1920-02-17 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 6 1. Presidencia del Sr. Otero Bárcena. Vocales Señores Corbal, Villamarín, López Suárez, Contreras y Ulloa. Abierta la sesión a las once de la mañana, se dió lectura al acta de la anterior que por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 6 2. Examinadas las cuentas de fondos municipales del Ayuntamiento de Mondariz correspondientes al año natural de 1915. Resultando que se hallan debidamente reintegradas que su factura se ajusta a lo prevenido en la circular de la Dirección de la Administración de 1º de julio de 1886; que las partidas de Cargo y Data se aproximan y ciñen respectivamente a las del presupuesto ordinario de la Corporación. Resultando por otra parte que en el expediente de aprobación instruido por la Municipalidad se han seguido los trámites prevenidos en los artsº. 161 y siguientes de la Ley municipal constando que fueron informadas favorablemente por el Regidor Síndico y Junta y aprobadas por el Ayuntamiento. ------ Folla: 6 3. Visto el informe de la Sección de cuentas del Gobierno Civil; la comisión de conformidad con el dictamen del Negociado, acordó que pudiera informar al Sr. Gobernador en el sentido de que utilizando la facultad que le otorga el art. 165 de la Ley procede que presta a dichas cuentas su aprobación definitiva. ------ Folla: 6 4. Análogo acuerdo al anterior adoptó con las cuentas de fondos municipales del Ayuntamiento de Crecente, correspondientes al año de 1917. ------ Folla: 6,7 5. Visto el expediente de información pública instruido en el Gobierno civil de esta provincia a virtud de instancia y proyecto presentado por D. Teodosio Domínguez en solicitud de autorización para el restablecimiento de un tranvía eléctrico entre el barrio del Burgo de Pontevedra y el Dique del Oeste de las obras del Puerto de Marín. Considerando que en la tramitación de este expediente se han llenado los requisitos y formalidades reglamentarias, sin que ni los Ayuntamientos ni los particulares interesados hayan formulado durante el período de audiencia reclamación alguna contra el expresado proyecto al que son favorables los informes hasta el presente emitidos con la adición solicitado por el Ayuntamiento de Pontevedra en el sentido de que se construya un ramal hasta el cementerio de esta ciudad; la Comisión de conformidad con el dictamen del Negociado acordó que pudiera evacuar el trámite establecido por el articulo 16 del Reglamento aprobado por Real Decreto de 7 de octubre de 1904 informando a la superioridad en el sentido de que procede otorgar la concesión solicitada imponiendo al concesionario las condiciones propuestas por la Jefatura de Obras Públicas. Se levantó la sesión. ------

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