ATOPO
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Acta de sesión 1921/02/23_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.140/1.1921-02-23_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1921/02/23_Ordinaria

  • Data(s) 1921-02-23 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 7 1. Presidencia del Sr. Riestra. Vocales Señores García Vidal, Echeverría, G.Golmar, Puig y Corbal. Abierta la sesión a las once de la mañana, se dió lectura al acta de la anterior que por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 7 2. Seguidamente haciendo uso de las atribuciones que la concede el caso 3º del articulo 98 de la vigente Ley provincial y previa declaración de urgencia adoptó los siguientes acuerdos: Declarar de abono a la Superiora del Asilo de Hermanitas de los pobres de Pontevedra, la cuenta importante ochocientas diecinueve pesetas por estancias de ancianos en dicho establecimiento durante el mes de diciembre último incluyendo en ella el importe de las devengadas en el Asilo de Santiago de las ancianas Amalia y Matilde Bandin, debiendo pagarse dicha suma contra la consignación que existe en presupuesto para esta obligación. ------ Folla: 7 3. Declarar de abono a la Superiora del Asilo de Hermanitas de los pobres de Vigo, las cuentas importantes 139,50 y 135 pesetas respectivamente, por estancias de ancianos en aquel establecimiento durante los meses de octubre y noviembre últimos, debiendo pagarse dichas sumas, en cuantía total de doscientas setenta y cuatro pesetas cincuenta céntimos, contra la consignación que existe en presupuesto para esta obligación. ------ Folla: 7 4. Declarar de abono al Sr. Alcalde de Cangas, la cuenta justificada que presenta importante ochenta y nueve pesetas, por bagajes facilitados por aquel Ayuntamiento a Carabineros y enfermos, desde 1º de julio a 18 de diciembre del año último, debiendo librarse contra la consignación que existe en presupuesto en el capitulo 2º, articulo 2º. ------ Folla: 7 5. Declarar de abono al industrial de esta ciudad D. Celestino Peón Villar, la cuenta importante catorce pesetas, por impresos facilitados a la Junta provincial del Censo electoral, debiendo librarse contra la consignación del capitulo 2º, articulo 4º del presupuesto vigente. ------ Folla: 7 6. Declarar igualmente de abono al sombrerero D. Agustín Ferrero Rojo, la cuenta importante siete pesetas, por arreglo de una gorra y tricornio para uso de los ordenanzas de esta Diputación, debiendo pagarse contra la consignación del capitulo 12, articulo único del presupuesto vigente. ------ Folla: 7,8 7. Declarar de abono las estancias que devenguen en el Hospital de esta ciudad, los pobres indigentes, Encarnación González Gómez, de 25 años de edad, y Manuel Romero Carbajo, de 27 naturales de los Ayuntamientos de A Cañiza y Nigrán, respectivamente, recogidos en la vía públcia e ingresados por decreto del Sr. Gobernador con fecha 11 y 12 del actual. ------ Folla: 8 8. Dado cuenta de oficio del Sr. Presidente de la Cámara de Comercio, Industria y Navegación de esta ciudad, participando acuerdo adoptado por dicha Cámara Oficial, en el sentido de solicitar de la Dirección General del Instituto Geográfico y Estadístico, el establecimiento de un mareógrafo en Marín que facilite el conocimiento necesario del régimen de las marcas en la ría de Pontevedra, con objeto de evitar la varadura de los barcos mercantes que tienen que pasar la barra para llegar a los muelles de esta capital, varaduras que ocasionan graves perjuicios al comercio a consecuencia de la pérdida de tiempo (a veces días) empleado en poner de nuevo a flote los barcos varados; se acuerda ver con agrado tal iniciativa prestar el más decidido apoyo a tan plasible y justa pretensión y rogar interesadamente al ILtmo, Señor Director General del mencionado Instituto Geográfico y Estadístico, se sirva adoptar las medidas conducentes para el pronto establecimiento del mareógrafo indicado en evitación de los frecuentes daños que tantos perjuicios acarrean al comercio de esta localidad. Se levantó la sesión. ------

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