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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1922-03-16_Ordinaria. Acta de sesión 1922/03/16_Ordinaria
Acta de sesión 1922/03/16_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.143/1.1922-03-16_Ordinaria
Título Acta de sesión 1922/03/16_Ordinaria
Data(s) 1922-03-16 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 9 Presidencia del Sr. Villamarín. Vocales Sres. García Golmar, Casas (D. Antonio) González Fraga, Bueno Casar y Boente Sequeiros. 1. Abierta la sesión a las tres de la tarde se dio lectura al acta de la anterior que por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 9 2. Vista la reclamación formulada por D. Jesús Montes Acuña contra la proclamación hecha el día 9 de febrero último por la junta municipal de escrutinio que por el 3º distrito de "Salcedo" del término municipal de Pontevedra proclamó a don Rogelio Torres, concejal definitivamente elegido; la Comisión por las consideraciones que constan en el expediente que se publicarán íntegras en el Boletín oficial, acordó desestimar la aludida reclamación. ------ Folla: 9 3. Visto el expediente que originaren las protestas formuladas contra la elección de concejales últimamente celebrada en el Ayuntamiento de O Grove; la Comisión por las consideraciones legales que constan en el expediente que se publicaran íntegras en el Boletín oficial, acordó estimar la expresada reclamación y declarar la nulidad de la elección reclamada. ------ Folla: 9 4. Visto el expediente de información pública instruido en el Gobierno Civil de esta provincia a virtud de instancia y proyecto presentado por D. Carlos E. Gunche en representación de la compañía anónima "Tranvías eléctricos de Vigo" en solicitud de autorización para establecer un tranvía eléctrico desde dicha ciudad a Redondela. Considerando: que en la tramitación de este expediente se han llenado los requisitos y formalidades reglamentarias sin que ni los Ayuntamientos ni los particulares interesados hayan formulado durante el período de audiencia concedido en el Boletín oficial de 26 de noviembre último, reclamación alguna contra el expresado proyecto al que se unieron planos, memoria, pliego de condiciones y demás documentos reglamentarios y que el implantamiento de dichas vías habrá de reportar positivos beneficios al comercio y muy particularmente a los intereses públicos; la Comisión acordó evacuar el trámite establecido en el artículo 87 del reglamento aprobado por R. O. de 24 de mayo de 1878 para la ejecución de la ley de ferrocarriles vigente, dictaminando en sentido favorable a la concesión solicitada con las condiciones que la superioridad estime conveniente, en vista de los dictamenes facultativos aportadas al expediente. ------ Folla: 9,10 5. Examinado el presupuesto carcelario del partido judicial de Ponteareas para el año económico de 1922 - 23, aparece ajustado a los requisitos exigidos por R. D. de 11 de marzo de 1886 habiendo sido discutido y aprobado por los representantes de los Ayuntamientos que componen el partido judicial, apareciendo también ajustadas las plantillas de personal a las aprobadas por R. D. de 14 de agosto de 1905 en la que figura comprendido el médico de la prisión preventiva con el haber que señala el R. D. de 12 de abril de 1515 y no observándose en sus partidas extralimitación alguna que corregir y que las cuotas contributivas asignadas a cada Ayuntamiento están proporcionalmente distribuidas sobre los cupos de contribución con que respectivamente figuran en el repartimiento formado por la administración de Hacienda; la Comisión acordó informar al Sr. Gobernador en el sentido de que procede prestarle su aprobación definitiva. ------ Folla: 10 6. Visto el recurso del alzada interpuesto por doña María de la Concepción González Vergés a nombre y en representación de su marido don Paulino Portela Veiga contra acuerdo del Ayuntamiento de Vigo que le obliga a dar paso por finca de su propiedad a las aguas procedentes de otras fincas contiguas. Resultando: que don José Ramón Pozada López, solicitó del Ayuntamiento que obligase al dueño de la casa nº 44 de la calle de García Barbón don Pulino Portela Veiga a dar paso a las aguas procedentes del patio y casitas que el Sr. Posada López posee en el primer callejón de la transversal de las escuelas públicas del Arenal por la alcantarilla que existe para ese objeto y de la cual venía sirviéndose hasta ahora el propietario de dichas casas, cuando lo era también de la nº 44; acordando el Ayuntamiento en sesión de 7 de octubre último de conformidad con lo propuesto por su comisión de obras obligar al propietario de la referida casa a dejar expedita la higiene y salud del vecindario. Considerando: que no se trata como la recurrente afirma, de imponer sobre su finca una servidumbre de acueducto, si no de restablecer sencillamente el paso de unas aguas de alcantarilla para el servicio público, , dejando expedita la que pasa por debajo de la casa de su propiedad nº 44 para dar salida a las aguas procedentes de las casas de aquella zona y patios posteriores de las mismas, cuya circulación quedó interrumpida por haber cerrado el Sr. Portela Veiga - marido de la exponente - la expresada alcantarilla taponándola por el interior, dando lugar al estancamiento de aquellas, con grave riesgo de la salubridad pública a cuya necesidad está el ayuntamiento obligado a atender con preferencia como servicio municipal impuesto por las exigencias de la higiene; la Comisión de conformidad con las demás consideraciones que constan en el dictamen del negociado, acordó informar al Sr. Gobernador en el sentido de que procede desestimar este recuso, confirmando en su virtud el acuerdo que lo motivó. Se levantó la sesión. ------
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