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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1924-01-26_Ordinaria. Acta de sesión 1924/01/26_Ordinaria
Acta de sesión 1924/01/26_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.146/1.1924-01-26_Ordinaria
Título Acta de sesión 1924/01/26_Ordinaria
Data(s) 1924-01-26 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 3 1. Presidencia del Sr. Trapote Legerén. Vocales Señores: Fraga Aguiar, Massó Lois, Vidal y Sarmiento Gil. Abierta la sesión a las cuatro de la tarde, se dió lectura al acta de la anterior que por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 3 2. Seguidamente, haciendo uso de las atribuciones que la concede el caso 3º del articulo 98 de la vigente Ley provincial y previa declaración de urgencia, adoptó los siguientes acuerdos: Prestar aprobación en consonancia con lo establecido en el articulo 23 del Reglamento para el repartimiento y administración de la contribución de inmuebles, cultivo y ganadería de 30 de septiembre de 1885, al practicado sobre la riqueza rústica y pecuaria por la Administración de contribuciones de ésta provincia en el reparto general del Estado para el año económico de 1924-25, equivalente a 3.063.621 pesetas por el cupo del Tesoro al tipo de 18.857.891 por cien y 490.179 pesetas por el recargo del 16% para atenciones de primera enseñanza; y al de riqueza urbana en cuantía de 224.113,10 pesetas, por el cupo del Tesoro al tipo de 20.607.891 por cien; y 35.858,10 pesetas por recargo del 16% para atenciones de primera enseñanza y 16.808,50 pesetas por el recargo adicional del 7,50 por 100 entre los pueblos de esta provincia cuyos repartimientos se publicarán en el Boletín Oficial de la misma, cumpliendo lo que determina el articulo 28 del mencionado Reglamento. ------ Folla: 3 3. Declarar de abono al Ayuntamiento de As Neves, la subvención de ciento noventa y cuatro pesetas sesenta y seis céntimos otorgadas por esta Comisión en 17 de julio del año último, para arreglo de fuentes de aquella localidad, una vez que según informa el Sr. Arquitecto provincial, el importe de las obras con tal fin ejecutadas se eleva a más del doble de la expresada subvención, que deberá ser satisfecha contra la consignación que se cita en el aludido acuerdo. ------ Folla: 4 4. Contestar a oficio del Sr. Jefe de la Sección de Estadística provincial, en el sentido de que durante el segundo semestre del año próximo pasado, no ha ocurrido variación alguna en el modo de ser de los Ayuntamientos y partidos judiciales de esta provincia por creación, supresión de entidades o cambio de nombres, categoría y capitalidad en las mismas, que comprenden los primeros. ------ Folla: 4 5. Declarar de abono al industrial de esta ciudad D. Joaquín Viñas, la cuenta importante ciento diecisiete pesetas, por encuadernación de Gacetas, apéndices de legislación Administrativo, tomos del censo electoral etc, desde el mes de abril de año último a la fecha, debiendo pagarse dicha suma contra la consignación que existe en presupuesto, capitulo 8, artículo único. ------ Folla: 4 6. Declarar de abono a la Superiora del Asilo de Hermanitas de los pobres de Pontevedra, la cuenta importante mil setenta y tres pesetas, por estancias de ancianos en aquel establecimiento durante el mes de diciembre último, debiendo librarse dicha suma contra la consignación que existe en presupuesto para atenciones de Beneficencia. ------ Folla: 4 7. Declarar de abono al Sr. Director del Manicomio de Cojo, la cuenta importante siete mil cuatrocientas treinta y una pesetas noventa céntimos, por estancias de dementes pobres hijos de esta provincia en aquel establecimiento durante el mes de septiembre último, debiendo librarse dicha suma contra la consignación que existe en presupuesto para esta obligación. ------ Folla: 4 8. Declarar de abono a la Superiora del Asilo de Hermanitas de los pobres de Vigo, la cuenta importante ciento cincuenta pesetas por estancias de ancianos en aquel establecimiento, durante el mes de noviembre último, debiendo librarse dicha suma contra la consignación que existe en presupuesto para atenciones de Beneficencia. ------ Folla: 4 9. Declarar de abono a la Superiora de la Casa-Hospicio de Pontevedra, la cuenta importante quinientas sesenta y cuatro pesetas sesenta céntimos, a que ascendió la cena extraordinaria concedida a los asilados y Hermanas de la Caridad, por acuerdo de ésta Comisión de 14 de diciembre último en la tradicional Noche Buena, debiendo librarse dicha suma contra la consignación que se cita en el expresado acuerdo. ------ Folla: 4 10. Declarar de abono al Sr. Director del Manicomio de Conxo, la cuenta importante siete mil seiscientas ochenta y una pesetas ochenta céntimos por estancias de dementes, hijos de esta provincia en aquel establecimiento durante el mes de octubre último, debiendo librarse dicha suma contra la consignación que existe en presupuesto para esta obligación. ------ Folla: 4 11. Declarar de abono al Sr. Director Jefe de caminos provinciales la cuenta importante quinientas cuarenta pesetas treinta y cinco céntimos por conservación de los mismos durante el mes de diciembre último, debiendo librarse dicha suma contra la consignación que existe en presupuesto para ésta atención. ------ Folla: 4 12. Proponiendo esta Comisión llevar a término la implantación de la red telefónica provincial en el plazo más breve posible, se acuerda interesar de los Ayuntamientos de la provincia se pongan al corriente en el pago de las cantidades con que han acordado contribuir para la instalación y realización de un servicio de tanto interés y beneficio general. ------ Folla: 4 13. Vista la instancia suscrita por D. Ramón Duran Alvarez, contratista del acopio y empleo de materiales para la conservación de la sección de Moraña a Cuntis, perteneciente al camino provincial de Paradela a Cuntis, solicitando una prórroga de cuatro meses para poder terminar su compromiso, en mérito a que los temporales y falta de brazos en el país imposibilitaron la terminación de aquella obra en el plazo marcado, se acuerda de conformidad con lo informado por el Sr. Director Jefe de caminos provinciales, conceder al citado contratista, el plazo de tres meses, en vez de los cuatro que el interesado pide para la terminación de la aludida obra. Se levantó la sesión. ------
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